1 UNIVERSIDAD DE COSTA RICA OFICINA DE SERVICIOS GENERALES SECCIÓN DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN UNIDAD DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISTEMAS ELÉCTRICOS MANTENIMIENTO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA INSTALACIONES TEMPORALES ELÉCTRICAS MARZO DEL 2015
2 ÍNDICE 1-Alcance -3-2- Común a todas las instalaciones -3-3- Restricciones de Tiempo 4- Disposiciones Generales 5- Protección de Falla a Tierra para el personal 6- Resguardo 7- Referencia -3- -3- -5- -6- -6-
3 1-Alcance. Las disposiciones de este documento aplican a las instalaciones eléctricas de potencia y alumbrado temporales. 2-Común a Todas las Instalaciones. (A) Otras Secciones. Excepto lo que modifique específicamente este documento, todos los demás requisitos del Código eléctrico Nacional 2008 para instalaciones permanentes aplicarán al cableado de instalaciones provisionales. (B) Aprobación. Las instalaciones provisionales sólo son aceptables si están aprobadas de acuerdo con las condiciones de uso y requisitos especiales de dicha instalación. 3- Restricciones de Tiempo. (A) Durante el Período de Construcción. Las instalaciones provisionales de potencia y alumbrado están permitidas durante los períodos de construcción, remodelación, mantenimiento, reparación o demolición en inmuebles, estructuras, equipos o actividades similares. (B) 90 Días. Se pueden utilizar las instalaciones provisionales de potencia y alumbrado durante un tiempo no mayor de 90 días para alumbrado decorativo en días feriados y propósitos similares. (C) Emergencias y Ensayos. Se pueden utilizar las instalaciones provisionales de potencia y alumbrado durante emergencias y ensayos, experimentos y trabajos en desarrollo. (D) Remoción. Las instalaciones provisionales se removerán inmediatamente después de terminada la construcción o el fin para cual el cableado fue instalado. 4-Disposiciones Generales. (A) Acometidas. Las acometidas se instalarán de conformidad con la Sección 230. CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL 2008 (B) Alimentadores. Los alimentadores estarán protegidos como está indicado en la Sección 240 del NEC 2008. Provendrán de un centro de distribución aprobado. Los conductores pueden formar parte de un cordón multiconductor flexible o de un conjunto de cables de un tipo identificado en la Tabla 400.4 del NEC para uso pesado o extrapesado. Para propósito de esta Sección los cables tipo NM y tipo NMC serán permitidos sin ninguna limitación de altura. (C) Circuitos Ramales. Los circuitos ramales provendrán de una salida para potencia o un tablero aprobado. Los conductores pueden formar parte de un cordón multiconductor flexible o de un conjunto de cables de un tipo identificado en la Tabla 400.4 del NEC para uso pesado o extra pesado. Todos los conductores estarán protegidos de acuerdo con lo previsto en la Sección 240. Para propósito de este documento los cables tipo NM y tipo NMC serán permitidos sin ninguna limitación de altura. Excepción: Se permitirá el tendido de conductores simples aislados en circuitos ramales instalados.
4 Nota. Los circuitos ramales deberán ser conectados al punto de conexión suministrado por la Universidad de Costa Rica. La tensión a tierra no excederá de 150 V, el cableado no estará sujeto a daño físico, y los conductores serán soportados sobre aisladores separados no más de 3.0 m (10 pies); o, para guirnaldas, los conductores serán dispuestos tal que no trasmita esfuerzo a los portalámparas. (D) Tomacorrientes. Los tomacorrientes serán del tipo de puesta a tierra. A menos que estén colocados en una canalización metálica puesta a tierra en forma continua o en cable con cubierta metálica, todos los circuitos ramales tendrán un conductor separado de puesta a tierra del equipo y los tomacorrientes estarán conectados eléctricamente a los conductores de puesta a tierra del equipo. Los tomacorrientes en sitios de construcción no se instalarán en los circuitos ramales que alimenten alumbrado provisional. Los tomacorrientes no se conectarán al mismo conductor activo de circuitos multiconductores que alimenten alumbrado provisional. (E) Medios de Desconexión. Se instalarán suiches de desconexión o enchufes adecuados para poder desconectar todos los conductores activos de cada circuito provisional. Para los circuitos ramales de conductores múltiples el suiche desconectará simultáneamente todos los conductores activos en el enchufe de potencia o en el tablero donde se origina el circuito ramal. Se permiten manillas para accionamiento de tipo aprobado. (F) Protección de Lámparas. Las lámparas para alumbrado general estarán protegidas contra contactos accidentales o rotura, mediante aparatos de alumbrados adecuados o portalámparas con resguardo. No se usarán cubiertas de bronce, bases cubiertas de papel u otras bases de caja metálica a menos que la cubierta esté puesta a tierra. No se utilizará lámparas del tipo incandescente. (G) Empalmes. En los sitios de construcción no se requerirá caja para empalmes o para derivaciones cuando los conductores del circuito sean los de un cordón multiconductor, de un cable que los contiene o se trate de conductores a la vista. Cuando se realiza un cambio a un sistema de canalización en tuberías o con cables con protección metálica o con cubierta metálica, se usará una caja, tubo, o accesorios de terminaciones con un agujero independiente con pasacables para cada conductor. (H) Protección Contra Daños Accidentales. Los cordones y cables flexibles se protegerán contra daños accidentales Las esquinas filosas y salientes deben evitarse. Cuando se pase a través de puertas y otros puntos críticos, se proporcionará la debida protección para evitar daños. (I) Terminación en Dispositivos. Los cables que entren en envolventes que contengan dispositivos que requieren terminación, se sujetarán a la caja con accesorios designados para ese uso. (J) Soportes. Los ensambles de cables y cordones flexibles serán soportados en sitio a intervalos que aseguren su protección contra daño físico. Los soportes serán en forma de grapas, amarres de cables, correas u otros accesorios de soporte que no causen daños. La vegetación no será usada como soporte para tramos aéreos de circuitos ramales o alimentadores.
5 5-Protección de Falla a Tierra para el Personal. (A) Salidas de Tomacorriente. Los tomacorrientes monofásicos de 125 V, 15, 20 y 30 amperios que no formen parte de la instalación permanente de un edificio o estructura y que puedan ser utilizadas por el personal, estarán protegidos mediante un interruptor de circuito con protección de falla a tierra para evitar daños a las personas. Si se instalan tomacorrientes o existen como parte de la instalación permanente del edificio o estructura y se utilizan como tomacorriente provisional, estarán protegidas por el interruptor de falla a tierra para evitar daños a las personas. Para este efecto se permiten las instalaciones de cables que incorporen interruptores de circuitos de falla a tierra listados para protección de las personas. Dado que son 4 tomacorrientes por circuito, se permitirá que el primer tomacorriente sea con protección de falla a tierra y los otros tres queden alimentados de este. (B) Uso de Otras Salidas. Los tomacorrientes distintos de los de 125 V, una fase, 15-, 20,- y 30 A tendrán protección de acuerdo con (1) o, el programa asegurado del conductor de puesta a tierra del equipo de acuerdo con (2). (1) Protección GFCI. Interruptor de circuito con protección de falla a tierra para protección del personal (Ground-Fault Circuit Interrupter). (2) Programa Asegurado del Conductor de Puesta a Tierra del Equipo. Se debe establecer y cumplir continuamente un procedimiento escrito a cuyo cargo estén una o más personas de la obra, que asegure que los conductores de puesta a tierra de todos los equipos, grupos de cables, tomacorrientes que no formen parte de la instalación permanente del edificio o estructura y equipos conectados a un enchufe, se instalen y se mantengan de acuerdo con los requisitos establecidos en 250.114, 250.138, 406.3(C) y 527.4(D) del NEC 2008. (a) Los ensayos que se indican a continuación se harán en todos los cordones, tomacorrientes que no son parte del cableado permanente del edificio o estructura y el equipo conectado con cordón y enchufe que requiera ser puestos a tierra. (1). Se ensayará la continuidad de los conductores de puesta a tierra del equipo para determinar su continuidad eléctrica. (2) Se verificará en cada tomacorriente y enchufe la perfecta conexión del conductor de puesta a tierra del equipo. Este conductor estará conectado al terminal apropiado. (3). Todos los ensayos requeridos se realizarán como sigue: a. Antes de comenzar a trabajar en el sitio de construcción. b. Cuando haya evidencia de daños. c. Antes de que el equipo se ponga en servicio después de cualquier reparación. d. A intervalos no mayores de 3 meses. (b) Los ensayos requeridos en (2)(a) serán registrados y tenerlos disponibles a la autoridad competente.
6 6-Resguardo. Para instalaciones provisionales con tensión nominal mayor de 600 V se utilizarán cercas adecuadas, barreras u otros medios efectivos para prevenir el acceso de personal no autorizado. 7-Referencia. A-Código Eléctrico Nacional 2008.