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COORDINACIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN Y PRODUCTIVIDAD GERENCIA DE SILVICULTURA COMUNITARIA ProÁrbol Elaboración o modificación de reglamentos internos o estatutos comunales Términos de Referencia 1. ANTECEDENTES La estrategia emprendida por el Gobierno Federal a partir de 1997 con la ejecución del Proyecto de Conservación y Manejo Sustentable de Recursos Forestales en México y del Programa de Desarrollo Forestal Comunitario (PROCYMAF) que se ejecuta actualmente en los estado de Campeche, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y Veracruz, la CONAFOR continúa fortaleciendo el manejo y la conservación de los ecosistemas forestales en ejidos y comunidades principalmente indígenas bajo esquemas de silvicultura comunitaria. Dicha estrategia se desarrolla con base en la identificación y fortalecimiento de procesos de desarrollo forestal local que permiten apoyar el manejo tradicional de los recursos naturales de propiedad colectiva a través de la generación de alternativas encaminadas a mejorar el nivel de vida de las comunidades, apoyando así su tránsito hacia la sustentabilidad. Por lo anterior y en el marco de una nueva política sectorial el Gobierno actual a través del Programa ProÁrbol, ha establecido i) disminuir los índices de pobreza y marginación en áreas forestales, mediante la inducción a un manejo y uso adecuado de sus recursos naturales; ii) generar desarrollo y expansión económica a partir de la valoración, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos de los bosques, selvas y la vegetación de las zonas áridas e; iii) impulsar la planeación y organización forestal, incrementar la producción y productividad de los recursos forestales, su conservación y restauración, así como elevar el nivel de competitividad del sector para contribuir a mejorar la calidad de vida de los mexicanos. En este contexto la CONAFOR a través de la Gerencia de Silvicultura Comunitaria impulsa actividades y acciones mediante la ejecución de apoyos a través de las Reglas de Operación del Programa ProÁrbol, para la Elaboración o Modificación de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales (RE), a fin de regular el uso, aprovechamiento, acceso y conservación de las tierras de uso común, incluyendo los derechos y obligaciones de ejidatarios y avecindados, respecto de dichas tierras. En la citada Ley Agraria también se señala que el reglamento interno/ estatuto comunal debe ser formulado y aprobado por la asamblea ejidal/ comunal, por ello con igual cuidado se deberán definir, acordar e incorporar en el reglamento interno los mecanismos de aplicación de esas reglas. 1

Apoyo que aplica exclusivamente para ejidos y comunidades que se encuentran en municipios de regiones forestales prioritarias de los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Coahuila de Zaragoza, Colima, Distrito Federal, Guanajuato, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas con el objetivo de desarrollar, fortalecer y consolidar procesos de desarrollo forestal comunitario. 2. OBJETIVOS Objetivo general Elaborar o actualizar reglamentos internos o estatutos comunales en ejidos y comunidades para que establezcan un efectivo control sobre los recursos forestales de uso común mediante la celebración de acuerdos, que permitan el diseño y aplicación de sus reglas. Objetivos específicos a) Buscar el fortalecimiento y formalización de las reglas internas de los ejidos y comunidades, así como de sus procesos de desarrollo forestal comunitario; b) Propiciar que los diferentes grupos de usuarios de los recursos forestales de uso común en ejidos y comunidades fortalezcan la capacidad para la toma de decisiones; c) Elaborar reglas internas para la definición y manejo de áreas de conservación comunitaria y sobre estrategias de aprovechamiento de recursos naturales para su incorporación en los estatutos comunales y/o reglamentos internos; d) Inscribir ante el Registro Agrario Nacional (RAN) los reglamentos internos/ estatutos comunales. 3. CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EJECUCIÓN Para la ejecución de éste tipo de apoyo, el ejido o comunidad deberá seleccionar del Listado de Asesores Técnicos de ProÁrbol un asesor técnico con el perfil adecuado y registro vigente que deberá considerar los siguientes aspectos: a) Motivación del interés del ejido/comunidad. Realización de reuniones con los integrantes del Comisariado, del Consejo de Vigilancia y el grupo de caracterizados o de principales del ejido o comunidad para motivar el interés en la revisión y actualización de su reglamento interno/estatuto comunal. b) Realización de un taller introductorio en temas de legislación agraria y normatividad ambiental, en el que se resalte la importancia del Reglamento Interno/Estatuto Comunal. c) Diagnóstico preciso de el ejido/la comunidad. Mediante la realización de un taller, se elaborará un diagnóstico de los principales recursos con que cuenta el ejido/la comunidad y las formas de aprovechamiento. Si hay aprovechamiento de 2

tipo comercial, se incluirá una revisión de la estructura organizativa que se encarga de la administración de los productos forestales. d) Identificación y priorización de reglas de uso de los recursos forestales. Con una dinámica adecuada y con los materiales de apoyo necesarios, se realizará un taller con el grupo de ejidatarios/comuneros que haya seleccionado la asamblea general. En este ejercicio se nombrará una comisión redactora que se responsabilizará de sistematizar y registrar los acuerdos y propuesta de reglas internas. e) Redacción del reglamento/estatuto. El asesor técnico apoyará la redacción del documento procurando que cubra los requerimientos jurídicos, y sobretodo, que refleje las necesidades de regulación identificadas en el taller. f) Presentación del reglamento/estatuto ante la asamblea. Una vez que el documento haya sido concluido, se deberá presentar ante la asamblea general, para que se apruebe y constituya formalmente en el reglamento Interno/estatuto comunal. g) Inscripción ante el Registro Agrario Nacional. El asesor técnico asegurará que el reglamento/estatuto aprobado por la asamblea general se inscriba ante el RAN. Con esta actividad se dará por concluida la formalización del reglamento interno/estatuto comunal. 4. PROPUESTA TÉCNICA La propuesta técnica es el documento que formula el asesor técnico y que se anexa a la solicitud de el ejido/la comunidad. Este será evaluado conforme a las Reglas de Operación de ProÁrbol mediante un grupo de especialistas que determinará si el proyecto presenta la calidad técnica necesaria para alcanzar sus objetivos. En el caso de propuestas orientadas a la modificación de estatutos comunales o reglamentos internos, está deberá de ser acompañada con una copia impresa del reglamento o estatuto al que se pretende hacer modificaciones. La propuesta debe incluir, como mínimo, los siguientes elementos: a) Carátula. Donde se mencione el título, fecha de elaboración, nombre de el ejido/la comunidad proponente, domicilio del núcleo agrario y nombre del asesor técnico que desarrollará el taller. b) Antecedentes. Este apartado comprenderá una descripción de las características socioeconómicas de el ejido/la comunidad que será apoyado a través del taller c) Objetivos. Describirán el objetivo general, así como sus efectos o impactos esperados. d) Alcances de la actividad. Serán los objetivos específicos que describan lo que se pretende alcanzar y las metas que se esperan lograr con la realización del taller. e) Metodología. El asesor técnico propondrá la metodología que considere adecuada para alcanzar los objetivos propuestos. 3

f) Resultados esperados o productos. Se describirá en forma concreta como los resultados esperados del ejercicio contribuirán al fortalecimiento del proceso de desarrollo forestal comunitario y a la solución de problemas específicos g) Duración. El trabajo efectivo deberá desarrollarse en un plazo no mayor a tres meses. h) Cronograma de actividades. Se debe incluir un calendario detallado de actividades programadas. i) Desglose de los conceptos de gasto por fuente de financiamiento (Anexo 1) j) Currículum del asesor técnico. Anexar currículum vitae breve del asesor técnico (persona moral), responsable de las actividades y del personal técnico especializado que integra su equipo de trabajo. 5. RESULTADOS ESPERADOS (PRODUCTOS) Informe único Una vez ejecutado el programa de trabajo, el asesor técnico deberá entregar al ejido o la comunidad un documento técnico impreso en dos tantos y una copia adicional para la Gerencia Regional de la CONAFOR formulado de acuerdo al Manual para la formulación de reglamentos ejidales y estatutos comunales y a éstos términos de referencia. El informe deberá estar respaldado en formato electrónico usando el procesador de textos Microsoft Word o cualquier otro compatible. El informe considerará el siguiente formato: a) Resumen ejecutivo; b) Datos generales de los ejercicios realizados; c) Metodología utilizada; d) Descripción del programa desarrollado; e) Caracterización socioeconómica de el ejido / la comunidad; f) Descripción de la problemática en el uso y manejo de los recursos forestales que se pretende resolver; g) Relación de los principales acuerdos entre los usuarios de los recursos forestales; h) Disposiciones y acuerdos inscritos en el estatuto para las operaciones forestales comerciales; i) Conclusiones y recomendaciones; j) Anexos Memoria fotográfica. Registro de asistentes. Copia Acta de aprobación del nuevo reglamento/estatuto por la Asamblea General. 4

Copia (y original solo para cotejo) de registro del reglamento interno/estatuto comunal ante el Registro Agrario Nacional (al menos copia de documento que certifique que el registro ante el RAN se encuentra en trámite). 6. TIEMPO PARA LA EJECUCIÓN DEL APOYO El programa de trabajo deberá ejecutarse en un periodo máximo de 4 meses, contados a partir de la recepción del primer pago y se llevará a cabo en apego a los términos de referencia y el Manual para la formulación de reglamentos ejidales y estatutos comunales, los cuales se encuentran publicados en la página de la CONAFOR. 7. RESPONSABLES DE LA SUPERVISIÓN La supervisión del desarrollo del taller será responsabilidad de el ejido/la comunidad beneficiario, así como de la Gerencia Regional de la CONAFOR que corresponda. 8. PERFIL DEL ASESOR TÉCNICO Ser una persona moral. Estar inscrito en el Listado de Asesores Técnicos de ProÁrbol. Contar con un equipo multidisciplinario con experiencia en aspectos jurídicos, social y preferentemente en organización y planeación comunitaria vinculada al manejo de recursos naturales, Contar con especialistas en materia de legislación agraria y ambiental Contar con un mínimo de 2 años de experiencia en aspectos legales agrarios, manejo de recursos naturales y experiencia en la conducción y facilitación de talleres participativos. 9. FORMA DE OTORGAR LOS APOYOS Para el pago de los apoyos se deberá presentar copia del convenio de adhesión firmado por el beneficiario y la CONAFOR, copia del contrato de prestación de servicios firmado por el consultor y el núcleo agrario beneficiario en donde se especifique el monto total del pago, así como la cesión de derechos que el beneficiario otorgue a favor del asesor técnico respecto del monto establecido para asistencia técnica en los criterios de ejecución; un recibo fiscal del consultor que contenga los honorarios pactados correspondientes al primer 50%; y los productos esperados a entregarse al finalizar el apoyo. 5

Con la firma de dicho contrato y la cesión de derechos por parte del beneficiario, el asesor técnico se obliga de manera solidaria con el beneficiario a dar cumplimiento al concepto de apoyo y a las disposiciones de estas Reglas. El 50% restante será liberado a la conclusión del trabajo, previa carta del ejido o la comunidad en la que indica que ha recibido el producto acordado a su entera satisfacción, acompañada de un recibo fiscal del consultor con el monto correspondiente al 50% final por los servicios prestados, la encuesta de calidad requisitada por un integrante de los órganos de representación y el formato de evaluación técnica de asesores de ProÁrbol. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación de ProÁrbol y el marco normativo vigente. 10. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y DICTAMINACIÓN TÉCNICA DE LAS PROPUESTAS La revisión y dictaminación de las propuestas técnicas será realizada por un grupo de expertos que verificará cada una de las solicitudes asegurando que el expediente técnico se encuentre completamente integrado y respaldado con copia del acta de asamblea general de ejidatarios/comuneros donde se especifica el apoyo solicitado. Así mismo, la dictaminación se llevará a cabo conforme a los criterios de prelación establecidos en las Reglas de Operación de ProÁrbol. Con base en ello únicamente se apoyarán solicitudes que obtengan una calificación igual o mayor a 80% con relación al total, en el dictamen de factibilidad. 11. CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE APOYOS Los apoyos serán asignados por el Comité Técnico Estatal, para ello considerará la disponibilidad presupuestal de acuerdo al resultado de los dictámenes y a lo previsto en las Reglas de Operación del ProÁrbol 2010. 6

DESGLOSE DEL PRESUPUESTO Anexo 1 -Pesos- CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD COSTO COSTO COSTO APORTACIÓN MEDIDA UNITARIO MENSUAL TOTAL CONAFOR BENEFICIARIO Honorarios 1 Honorarios 2 Materiales y papelería Transporte SUBTOTAL IVA TOTAL 7