B O L E T Í N O F I C I A L D E C A N T A B R I A

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "B O L E T Í N O F I C I A L D E C A N T A B R I A"

Transcripción

1 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Consejería Educación Orn EDU/8/2010, 1 febrero, por la que se dictan las normas sobre la modificación los conciertos educativos para el curso académico 2010/2011. El apartado cimonoveno la Orn EDU/5/2009, 7 enero, por la que se dictan normas para la aplicación l régimen conciertos educativos a partir l curso académico 2009/2010 (B.O.C. 14 enero) establece Durante el periodo vigencia esta Orn, las normas contenidas en la misma serán aplicación a los procedimientos modificación los conciertos educativos previsto en el artículo 46 l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. La modificación l concierto se producirá oficio o instancia parte, siendo preceptiva en el primer caso la audiencia l interesado. El artículo 46 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por el Real Decreto 2377/1985, 18 diciembre, contempla la posibilidad modificar el número unidas los centros que hayan suscrito el oportuno concierto educativo con la Consejería Educación con objeto garantizar el acuado ejercicio l recho a la Educación. A la vista esta normativa, es preciso establecer los procedimientos que permitan modificar y, en su caso, suscribir en los términos previstos en la presente Orn, los conciertos educativos para el próximo curso 2010/2011. Por ello, según lo previsto en el artículo séptimo l Real Decreto 2377/1985, 18 diciembre DISPONGO Artículo 1.- De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, 3 mayo, Educación y en el Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, los centros docentes privados concertados, que seen modificar los conciertos educativos suscritos, berán presentar solicitud a la Consejería Educación. El plazo para hacerlo será diez días hábiles, contados a partir l día siguiente a la publicación esta Orn en el Boletín Oficial Cantabria. Para ello, los centros educativos, amás la capacidad para impartir enseñanzas, berán cumplir los requisitos previstos en la presente Orn. Artículo 2.- Los centros autorizados Educación Infantil que cuenten con un sfase entre el numero unidas concertadas en este nivel y el numero líneas concertadas en el nivel primaria, podrán solicitar el incremento para las unidas que tengan autorizadas a fin igualar las líneas ambos niveles educativos, siempre que exista suficiente manda las familias y satisfaga necesidas escolarización. En el caso los centros concertados educación especial que soliciten accer al régimen conciertos en este nivel, se valorará que el número alumnos se acúe a la Orn l Ministerio Educación y Cultura 18 septiembre 1990 por la que se establecen las proporciones profesionales/alumnos la atención educativa los alumnos con necesidas educativas especiales. Artículo 3.- Se podrá solicitar para aquellos alumnos y alumnas con necesidas específicas apoyo educativo que estén incluidos en alguno los grupos siguientes: alumnado con necesidas educativas especiales, alumnado con altas capacidas intelectuales o alumnado que requiera compensación sigualdas en educación. Este apoyo se ajustará a las modalidas siguientes: Unidad Apoyo a la Integración o Unidad Compensación Desigualdas en Educación. Para la concesión estas unidas se tomará en consiración el número total alumnos y alumnas que presenten estas necesidas, terminadas en el Informe Psicopedagógico y que se encuentren escolarizados en el centro en el segundo ciclo Educación infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Pág. i /17

2 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 La solicitud una Unidad Apoyo a la Integración irá dirigida a apoyar al alumnado con necesidas educativas especiales y al alumnado con altas capacidas intelectuales. Se entien por alumnado con necesidas educativas especiales aquel que requiere, por un periodo su escolarización o a lo largo toda ella, terminados apoyos y atenciones educativas especificas rivadas discapacidad o trastornos graves conducta conformidad con el artículo 73 la Ley Orgánica 2/2006, 3 mayo, Educación. Para la justificación estas necesidas educativas berá adjuntarse el correspondiente Informe Evaluación Psicopedagógica. La solicitud una Unidad Compensación Desigualdas en Educación ira dirigida al apoyo al alumnado que presente simultáneamente las siguientes características: Pertenecer a familias o entornos culturales en situación sventaja socioeducativa o a otros colectivos socialmente sfavorecidos, con dificultas respecto al acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo. Presentar un sfase curricular dos o más cursos. Estas circunstancias serán bidamente justificadas. En cumplimiento lo establecido en el artículo 7 apartado 2 l Decreto 98/2005, 18 agosto, ornación la atención a la diversidad en las enseñanzas escolares y la educación preescolar en Cantabria, la terminación las necesidas compensación sigualdas un alumno o alumna, se realizará a través la evaluación psicopedagógica correspondiente y se justificará mediante Informe Evaluación Psicopedagógica. No obstante, para los casos tectados con anterioridad a la publicación l Decreto 98/2005, en la justificación estas necesidas se tomarán en consiración los informes elaborados por el profesorado correspondiente. Artículo 4.- La ratio máxima establecida para cada nivel podrá verse incrementada por el número repetidores en las unidas escolares que así lo requieran sin que ello suponga un aumento l número unidas concertadas. Tampoco podrá concerse aumento unidas por superación la ratio máxima cuando se ba a una autorización excepcional otorgada a petición l centro. Artículo Las solicitus modificación conciertos educativos se presentaran en el Registro la Consejería Educación, C/ Vargas 53 7ª planta, o en cualquiera los lugares establecidos en el artículo la Ley 6/2002, 10 diciembre, Régimen Jurídico l Gobierno y la Administración la Comunidad Autónoma Cantabria, en el plazo señalado en el artículo 1 la presente orn y conforme a los molos que figuran como Anexo I. 2.- Las solicitus berán ser suscritas por quienes figuren en el registro centros docentes como titulares los respectivos Centros. En el caso que la titularidad corresponda a una persona jurídica, la solicitud berá ser firmada por quien ostente la representación aquella. 3.- Los Centros que soliciten suscribir concierto para impartir el 2º ciclo en el nivel Educación Infantil, a su solicitud, berán acompañar la siguiente documentación: a) Una memoria explicativa en los términos previstos en el Real Decreto 2377/1985, 18 diciembre. b) Acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Para ello el solicitante podrá autorizar expresamente a la Administración la Comunidad Autónoma Cantabria a recabar la información necesaria para acreditar tales extremos ante la Agencia Estatal Administración Tributaria y la Tesorería General la Seguridad Social, mediante la presentación l Anexo II bidamente cumplimentado. En el caso no presentar el mencionado Anexo, el solicitante estará obligado a aportar los documentos originales correspondientes emitidos por la Agencia Estatal la Administración Tributaria y por la Tesorería General la Seguridad Social. Pág. i /17

3 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 c) Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. d) Informe evaluación psicopedagógica para aquellos centros que soliciten unidas apoyo a la integración o compensación sigualdas. 4.- Si no se aportaran los documentos señalados anteriormente se concerá un plazo diez días hábiles para su subsanación conformidad con lo establecido en el artículo 71 la Ley 30/1992, 26 noviembre. La no aportación dará lugar a la no suscripción los conciertos educativos solicitados previa resolución. Artículo Las solicitus recibidas, así como las propuestas modificación oficio, se tramitarán conforme el procedimiento previsto en los puntos duodécimo y siguientes la Orn EDU 5/2009, 7 enero 2009, por la que se dictan normas para la Aplicación l Régimen Conciertos Educativos a partir l curso 2009/ Las modificaciones los conciertos educativos que se produzcan al amparo esta Orn se formalizarán antes l 15 mayo 2010, mediante diligencia que se adjuntará al documento formalización l concierto educativo. 3. Los conciertos educativos que se suscriban por primera vez al amparo esta Orn, para impartir el 2º ciclo Educación Infantil, se formalizarán en la forma prevista y antes la fecha establecida en el artículo 25 l Real Decreto 2377/1985, 18 diciembre. La formalización se realizará en documento oficial ajustado al molo aprobado por la Orn EDU 23/2009, 12 marzo, por la que se hacen públicos los molos documentos administrativos en los que se formalizarán los conciertos educativos a partir l curso DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA La presente Orn entrará en vigor el día siguiente al su publicación en el Boletín Oficial Cantabria. Santanr, 1 febrero La consejera Educación, Rosa Eva Díaz Tezanos Pág. i /17

4 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 ANEXO I EDUCACIÓN INFANTIL SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:... Representante l titular:... D.N.I.:... Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código:... Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO: ( ) Suscripción Concierto Educativo por primera vez ( ) Modificación l Concierto Educativo EDUCACION INFANTIL 3 AÑOS 4 AÑOS 5 AÑOS Nº unidas funcionamiento curso 2009/10 Nº unidas solicitadas curso 2010/11 OBSERVACIONES: , a Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez concierto educativo presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan, siempre que los Estatutos la Cooperativa hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos. Pág. i /17

5 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 EDUCACIÓN PRIMARIA SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:... Representante l titular:... D.N.I.:... Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código:... Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ] SUSCRIPCIÓN DEL CONCIERTO EDUCATIVO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION DEL CONCIERTO EDUCATIVO [ ] Educación Primaria ENSEÑANZAS Nº unidas concertadas curso 2009/2010 Nº unidas solicitadas curso 2010/2011 OBSERVACIONES: , a Pág. i /17

6 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez un concierto para enseñanzas obligatorias presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Los Centros autorizados spués la entrada en vigor la Ley Orgánica reguladora l Derecho a la Educación y que no hayan estado acogidos al régimen conciertos con anterioridad, berán presentar, amás justificación haber cumplido lo preceptuado en los artículos 28 y siguientes l Capítulo II l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. No será necesario aportar este documento cuando el Centro estuviese concertado anteriormente, y los estatutos la Cooperativa no hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:... Representante l titular:... D.N.I.:... Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código:... Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ]SUSCRIPCIÓN CONCIERTO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION DEL CONCIERTO EDUCATIVO Educación Secundaría Obligatoria ENSEÑANZAS [ ] Primer Ciclo [ ] Segundo Ciclo Nº unidas concertadas curso 2009/2010 Nº unidas solicitadas curso 2010/2011 OBSERVACIONES: , a Pág. i /17

7 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez un concierto para enseñanzas obligatorias presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Los Centros autorizados spués la entrada en vigor la Ley Orgánica reguladora l Derecho a la Educación y que no hayan estado acogidos al régimen conciertos con anterioridad, berán presentar, amás justificación haber cumplido lo preceptuado en los artículos 28 y siguientes l Capítulo II l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. No será necesario aportar este documento cuando el Centro estuviese concertado anteriormente, y los Estatutos la Cooperativa no hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos. CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:.. Representante l titular:... D.N.I.: Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código: Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ] SUSCRIPCION CONCIERTO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION CONCIERTO EDUCATIVO ENSEÑANZAS A) CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO (1) Denominación:. Denominación:. Denominación: Unidas Concertadas curso 2009/2010 Unidas Solicitadas curso 2010/2011 OBSERVACIONES: , a Pág. i /17

8 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez un concierto para enseñanzas obligatorias presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Los Centros autorizados spués la entrada en vigor la Ley Orgánica reguladora l Derecho a la Educación y que no hayan estado acogidos al régimen conciertos con anterioridad, berán presentar, amás justificación haber cumplido lo preceptuado en los artículos 28 y siguientes l Capítulo II l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. No será necesario aportar este documento cuando el Centro estuviese concertado anteriormente, y los Estatutos la Cooperativa no hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos. Notas: (1) Indicar los Ciclos Formativos Grado Medio que se sean transformar y el número unidas para cada uno ellos. Pág. i /17

9 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR. SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:... Representante l titular:... D.N.I.:... Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código:... Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ] SUSCRIPCION CONCIERTO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION DEL CONCIERTO EDUCATIVO ENSEÑANZAS A) CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR (1)..... Unidas concertadas curso 2009/2010 Unidas Solicitadas curso 2010/2011 OBSERVACIONES: , a Pág. i /17

10 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez un concierto para enseñanzas obligatorias presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Los Centros autorizados spués la entrada en vigor la Ley Orgánica reguladora l Derecho a la Educación y que no hayan estado acogidos al régimen conciertos con anterioridad, berán presentar, amás justificación haber cumplido lo preceptuado en los artículos 28 y siguientes l Capítulo II l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. No será necesario aportar este documento cuando el Centro estuviese concertado anteriormente, y los Estatutos la Cooperativa no hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos. Notas: 1. Indicar los Ciclos Formativos Grado Superior que se sean transformar y el número grupos para cada uno ellos. Pág. i /17

11 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 BACHILLERATO SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:... Representante l titular:... D.N.I.:... Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código:... Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ] SUSCRIPCION CONCIERTO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION DEL CONCIERTO EDUCATIVO BACHILLERATO : (1) ENSEÑANZAS - MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES - MODALIDAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA - MODALIDAD DE ARTE Nº unidas concertadas curso 2009/2010 Nº unidas Solicitadas curso 2010/2011 OBSERVACIONES: , a Pág. i /17

12 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez un concierto para enseñanzas obligatorias presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Los Centros autorizados spués la entrada en vigor la Ley Orgánica reguladora l Derecho a la Educación y que no hayan estado acogidos al régimen conciertos con anterioridad, berán presentar, amás justificación haber cumplido lo preceptuado en los artículos 28 y siguientes l Capítulo II l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. No será necesario aportar este documento cuando el Centro estuviese concertado anteriormente, y los Estatutos la Cooperativa no hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos. NOTA: 1. Indicar las modalidas l Bachillerato y el número unidas cada una ellas. Pág. i /17

13 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 EDUCACIÓN ESPECIAL SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:... Representante l titular:... D.N.I.:... Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código:... Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ] SUSCRIPCIÓN CONCIERTO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION CONCIERTO EDUCATIVO ENSEÑANZAS EDUCACIÓN INFANTIL EDUCACIÓN BÁSICA OBLIGATORIA MÓDULOS SEGÚN DISCAPACIDAD [ ]Auditivos [ ]Autistas o problemas graves personalidad [ ]Plurificientes [ ]Psíquicos [ ]Auditivos [ ]Autistas o problemas graves personalidad [ ]Plurificientes [ ]Psíquicos Nº unidas concertadas curso 2009/2010 Nº unidas Solicitadas curso 2010/2011 TRANSACION A LA VIDA ADULTA PCPI / TALLER ESPECIFICO [ ]Auditivos [ ]Autistas o problemas graves personalidad [ ]Plurificientes [ ]Psíquicos [ ]Auditivos [ ]Autistas o problemas graves personalidad [ ]Plurificientes [ ]Psíquicos OBSERVACIONES: , a Pág. i /17

14 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez un concierto para enseñanzas obligatorias presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Los Centros autorizados spués la entrada en vigor la Ley Orgánica reguladora l Derecho a la Educación y que no hayan estado acogidos al régimen conciertos con anterioridad, berán presentar, amás justificación haber cumplido lo preceptuado en los artículos 28 y siguientes l Capítulo II l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. No será necesario aportar este documento cuando el Centro estuviese concertado anteriormente, y los Estatutos la Cooperativa no hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos Notas.- Interpretación siglas:. P.C.P.I. = Programa Cualificación Profesional Inicial Pág. i /17

15 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 APOYOS PARA LA INTEGRACION DE ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES Y/O ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES Y DE COMPENSACION DE DESIGUALDADES EN EDUCACION PARA TODOS LOS NIVELES SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:... Representante l titular:... D.N.I.:... Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código:... Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia... C.P.: UNIDADES PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ] SUSCRIPCION CONCIERTO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION DEL CONCIERTO EDUCATIVO APOYOS De alumnos con necesidas educativas especiales : [ ] Integración con cualquier discapacidad con trastornos graves conducta De alumnos con altas capacidas intelectuales Nº unidas concertadas curso 2009/2010 Nº unidas solicitadas curso 2010/2011 [ ] Compensación educativa De alumnos compensación sigualdas en educación OBSERVACIONES: , a Documentación que berán aportar: Los Centros que escolaricen alumnos con necesidas educativas especiales y/o altas capacidas intelectuales así como alumnos compensación sigualdas en educación, berán acompañar relación nominal estos alumnos, con la evaluación psicopedagógica en la que se basa el dictamen escolarización especificando el curso en que se encuentran escolarizados. Notas: Diferenciar las unidas apoyo a la integración alumnos con necesidas educativas especiales asociadas a condiciones personales discapacidad motora, que requieran recursos personales complementarios (Auxiliar Técnico Educativo y/o Fisioterapeuta). Pág. i /17

16 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 PROGRAMAS DE CUALIFICACION PROFESIONAL SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO. CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Nombre l titular:... N.I.F.:.. Representante l titular:... D.N.I.: Representación que ostenta:... Denominación l Centro:...Código: Domicilio:... Localidad:... Municipio:... Provincia:... C.P.: UNIDADES Y ENSEÑANZAS PARA LAS QUE SE SOLICITA CONCIERTO EDUCATIVO [ ] SUSCRIPCION CONCIERTO POR PRIMERA VEZ [ ] MODIFICACION DEL CONCIERTO EDUCATIVO ENSEÑANZAS (1) PROGRAMAS DE CUALIFICACION PROFESIONAL INICIAL Denominación:. Unidas Concertadas curso 2009/2010 Unidas Solicitadas curso 2010/2011 OBSERVACIONES: , a Pág. i /17

17 Martes, 9 febrero BOC NÚM. 26 Documentación que berán aportar: Todos los Centros berán acompañar a la solicitud acreditación hallarse al corriente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Caso que la citada acreditación no acompañase a la solicitud, la presentación ésta conlleva la autorización a la Dirección General Coordinación y Política Educativa para recabar la información pertinente la Agencia Estatal la Administración Tributaria y la Seguridad Social. Los Centros que soliciten suscribir por primera vez un concierto para enseñanzas obligatorias presentarán una memoria explicativa sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen conciertos, redactada en los términos que se indican en el artículo 20 l Reglamento Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Los Centros autorizados spués la entrada en vigor la Ley Orgánica reguladora l Derecho a la Educación y que no hayan estado acogidos al régimen conciertos con anterioridad, berán presentar, amás justificación haber cumplido lo preceptuado en los artículos 28 y siguientes l Capítulo II l Reglamento Normas Básicas sobre conciertos educativos. Cuando el titular l Centro sea una Cooperativa, se berá adjuntar una copia los Estatutos que la rijan. No será necesario aportar este documento cuando el Centro estuviese concertado anteriormente, y los Estatutos la Cooperativa no hubiesen sufrido variación s la última renovación los conciertos. Notas: (1) Indicar los Programas Cualificación Profesional Inicial que se sean transformar y el número unidas para cada uno ellos. ANEXO II AUTORIZACION AEAT/SEGURIDAD SOCIAL Don Con N.I.F. en su calidad representante legal la Entidad Con C.I.F. autoriza a la Consejería Educación la Comunidad Autónoma Cantabria a solicitar respectivamente la Agencia Estatal Administración Tributaria y l órgano competente la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento sus obligaciones con las mismas, a efectos comprobar el cumplimiento los requisitos establecidos para la suscripción/modificación los conciertos educativos. La presente autorización se otorga exclusivamente a los mencionados efectos. Para que así conste y sirva autorización ante la Consejería Educación, suscribo la presente en a Representante legal l Centro (Firma y sello) 2010/1466 Pág. i /17

ANEXO I SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO CURSO ACADÉMICO 2013/2014 EDUCACIÓN INFANTIL

ANEXO I SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO CURSO ACADÉMICO 2013/2014 EDUCACIÓN INFANTIL 1 ANEXO I SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO CURSO ACADÉMICO 2013/2014 EDUCACIÓN INFANTIL 1. DATOS DEL SOLICITANTE Y DEL CENTRO Nombre del titular:... N.I.F.:... Representante del titular:... D.N.I.:...

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación y Empleo

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación y Empleo BOCM VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2011 Pág. 27 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación y Empleo 9 ORDEN 3119/2011, de 4 de agosto, por la que se aprueban los conciertos educativos

Más detalles

El plazo para la presentación de las solicitudes será del 4 de diciembre de 2014 al 31 de enero de 2015, ambos inclusive.

El plazo para la presentación de las solicitudes será del 4 de diciembre de 2014 al 31 de enero de 2015, ambos inclusive. Resolución de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación por la que se dictan Instrucciones para la tramitación de las solicitudes de los conciertos educativos para el curso 2015/16 Por Orden

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 45 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10 ORDEN 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 19314 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros públicos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 310 Lunes 26 de diciembre de 2011 Sec. I. Pág. 141836 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 20181 Orden EDU/3498/2011, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECI/3858/2007,

Más detalles

Requisitos de edad y académicos exigidos por la normativa vigente para el nivel educativo y curso al que se pretenda acceder. Cuándo solicitarlo?

Requisitos de edad y académicos exigidos por la normativa vigente para el nivel educativo y curso al que se pretenda acceder. Cuándo solicitarlo? Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Solicitud de matrícula de alumnos en centros docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana sostenidos con fondos públicos para el curso 2009/2010. Objeto

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXIV Núm. 121 23 de junio de 2015 20538 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Orden de 20/05/2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la

Más detalles

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación Ref: 49/133432.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS EN PROGRAMAS AUTORIZADOS

Más detalles

CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO

CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN DE 6 DE FEBRERO DE 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE EL ALUMNADO CON

Más detalles

ANEXO I. 1 DATOS PERSONALES DEL INTERESADO: Nombre y Apellidos: Municipio: Provincia: Teléfonos: E-mail:

ANEXO I. 1 DATOS PERSONALES DEL INTERESADO: Nombre y Apellidos: Municipio: Provincia: Teléfonos: E-mail: ANEXO I REGISTRO DE ENTRADA Consejería de Salud y Política Social Dirección General de Política Social y Familia SERVICIO DE PROGRAMAS SOCIALES Y MIGRACIONES SOLICITUD DE INFORME DE ESFUERZO DE INTEGRACIÓN

Más detalles

Entre otros aspectos se recordará al alumnado los siguientes puntos:

Entre otros aspectos se recordará al alumnado los siguientes puntos: ASUNTO: COMUNICACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL Y RÉGIMEN ESPECIAL SOBRE ACTUACIONES A DESARROLLAR POR LOS CENTROS DOCENTES PARA INFORMAR AL ALUMNADO SOBRE LAS PRUEBAS DE ACCESO A

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 43416 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/493/2013, de 20 de junio, por la que se modifican las Órdenes EDU/1061/2008, de 19 de junio, por

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 19057 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 7 de julio de 2010 por la que se convoca la selección de centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial para el desarrollo de las prácticas

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 15142 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 14 de junio de 2010 por la que se modifica la Orden de 13 de abril de 2010 por la que se convocan las pruebas de acceso y se establecen

Más detalles

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, DISPONGO:

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, DISPONGO: 23177 ORDEN de 24 de septiembre de 2013 por la que se establece el procedimiento, plazos y requisitos para la implantación, modificación y supresión de enseñanzas de formación profesional del sistema educativo

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Ley 9/1993, de 19 de abril, de reconocimiento de la Universidad «Alfonso X el Sabio», de Madrid. Jefatura del Estado «BOE» núm. 94, de 20 de abril de 1993 Referencia: BOE-A-1993-10256 TEXTO CONSOLIDADO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 35 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 7 ORDEN 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen

Más detalles

INSTRUCCIONES. Primera. Objeto

INSTRUCCIONES. Primera. Objeto Ref: 49/054368.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN

Más detalles

Artículo 25 de la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (BOCYL nº 98 de 24 de Mayo de 2013)

Artículo 25 de la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (BOCYL nº 98 de 24 de Mayo de 2013) PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ADAPTACIONES EN LAS PRUEBAS DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE CASTILLA Y LEÓN PARA ESTUDIANTES DE BACHILLERATO

Más detalles

Grado en Criminología y Seguridad

Grado en Criminología y Seguridad Grado en Criminología y Seguridad Datos del título Denominación del Título: Graduado o Graduada en Criminología y Seguridad por la Universidad de Cádiz Rama de Conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 155 Jueves 30 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 69436 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 11215 Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

DISPONGO CAPÍTULO I DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

DISPONGO CAPÍTULO I DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PROYECTO DE DECRETO DE LA COMUNIDAD DE MADRID POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTEN PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La Ley

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 13477 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 2231 Dirección General de Personal.- Resolución de 14 de mayo de 2014, por la que se convocan licencias por estudios

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 6695 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 27 de febrero de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil. (2009050103) El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura,

Más detalles

Acreditación de Inglés Avanzado

Acreditación de Inglés Avanzado Acreditación de Inglés Avanzado Guía práctica 2015 ANPE, el sindicato de la enseñanza pública Docentes como tú C/ O'Donnell, 42-1.º A 28009 Madrid Tels.: 915 213 111 y 915 214 348 Fax: 915 230 404 anpe@anpe-madrid.com

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO B.O.C.M. Núm. 122 LUNES 25 DE MAYO DE 2015 Pág. 91 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 21 ORDEN 1513/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación,

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO El Ayuntamiento de Pizarra reconoce al movimiento asociativo como el conjunto de

Más detalles

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación DECRETO **/2014, DE ** DE *******, POR EL QUE SE REGULA EL FONDO DE MEJORAS Y SE ESTABLECE EL SISTEMA DE APROBACIÓN DE LOS PLANES DE MEJORA DE LOS MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE CASTILLA LA MANCHA. Históricamente

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 34715 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 11479 Resolución de 2 de junio de 2010, del Director General de Formación Profesional y Educación

Más detalles

BOR nº 69, de 27 de mayo de 2015 [página 10878]

BOR nº 69, de 27 de mayo de 2015 [página 10878] BOR nº 69, de 27 de mayo de 2015 [página 10878] Orden 4/2015 de 21 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se regula el proceso de admisión y matrícula de alumnos en los ciclos

Más detalles

III. OTRAS RESOLUCIONES Consejería de Sanidad y Consumo

III. OTRAS RESOLUCIONES Consejería de Sanidad y Consumo 1997/012 - Lunes 27 de Enero de 1997 III. OTRAS RESOLUCIONES Consejería de Sanidad y Consumo 114 ORDEN de 16 de enero de 1997, por la que se regula el reconocimiento de oficialidad de los cursos que en

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 167 Sábado 13 de julio de 2013 Sec. I. Pág. 52150 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 7708 Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN Ref: 09/930748.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA

Más detalles

Requisitos de acceso.

Requisitos de acceso. SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL y UNIVERSIDADES DIRECCION GENERAL DE EVAlUACiÓN Y dispuesto en la Orden ECI/994/2008, de 2 de abril, por la que se establecen las normas que han

Más detalles

Núm. 152. Boletín Oficial de Aragón

Núm. 152. Boletín Oficial de Aragón RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se establecen instrucciones para la matrícula a efectos de convalidación de módulos profesionales de ciclos formativos

Más detalles

VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA

VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA homologación a títulos y grados académicos de posgrado, se ha considerado conveniente establecer el siguiente procedimiento en términos análogos al establecido por el Estado, introduciendo algunos aspectos

Más detalles

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 25114 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 7546 Resolución de 15 de junio de 2015, de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 15671 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2012, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros

Más detalles

CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA CONSEJERIA DE EDUCACIONYCIENCIA

CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA CONSEJERIA DE EDUCACIONYCIENCIA Página núm. 1.045 CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA ORDEN de 30 de diciembre de 2002, por la que se regulan las ayudas Superficies para la campaña 2003/2004, las primas ganaderas para el año 2003, la indemnización

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación, Juventud y Deporte

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación, Juventud y Deporte B.O.C.M. Núm. 285 JUEVES 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación, Juventud y Deporte 1 ORDEN 11442/2012, de 7 de noviembre, por la que

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO Pág. 74 LUNES 25 DE MAYO DE 2015 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 20 ORDEN 1459/2015, de 21 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,

Más detalles

CALENDARIO ADMISION - MATRICULACION 2011-2012

CALENDARIO ADMISION - MATRICULACION 2011-2012 CALENDARIO ADMISION - MATRICULACION 2011-2012 Proceso de solicitud de matrícula de alumnos en centros docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana sostenidos con fondos públicos para el curso

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. miércoles 21 de mayo de 2014

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. miércoles 21 de mayo de 2014 BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO N.º 94 OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA 2211 ORDEN de 21 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística

Más detalles

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden EDU/.../2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 24607 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura y Agua 7387 Orden de 4 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se aprueban las bases reguladoras

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN Ref: 49/095827.9/13 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA

Más detalles

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones:

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones: INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE PARA EL DESARROLLO DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DURANTE EL CURSO 2009-2010. La Orden de la Consejería

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 4672 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente y de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por

Más detalles

RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES

RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES Folio 1/8 RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES Y SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNADO DE CICLOS DE

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 22487 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 30 de junio de 2014 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de Programas de Cualificación Profesional

Más detalles

EN LA COMUNIDAD DE MADRID

EN LA COMUNIDAD DE MADRID ORDEN 2176/2007, de 6 de noviembre, RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID (Orden del Gobierno de Madrid) PREGUNTAS MÁS FRECUENTES EN LA APLICACIÓN DE LA ORDEN DEL RECONOCIMIENTO

Más detalles

MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487]

MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487] MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487] - BOE 30 julio 1994, núm. 181/1994 [pág. 24741] (RCL 1994\2233). Esta corrección está incorporada en el texto de la disposición.

Más detalles

Lo indicado en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás supuestos de jubilación voluntaria legalmente previstos.

Lo indicado en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás supuestos de jubilación voluntaria legalmente previstos. ÁREA DE (Disposición Vigente a 18/11/2008, en todo lo que no se oponga al Estatuto Básico del Empleado Público ni a la Ley Orgánica de Universidades.) Ley 27/1994, de 29 septiembre BOE 30 septiembre 1994,

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 8977 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 23 de marzo de 2010 por la que se convoca la prueba de acceso y se establece el plazo de matriculación en los estudios superiores de Arte Dramático en la Escuela Superior

Más detalles

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. 1 Os comunicamos en el día de hoy, el ACUERDO de 5 de mayo de 2011, del Consejo

Más detalles

INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN EN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN

INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN EN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACIÓN TERRITORIAL INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO

Más detalles

TITULO II. De la gestión presupuestaria CAPITULO I. De la gestión de los presupuestos docentes.

TITULO II. De la gestión presupuestaria CAPITULO I. De la gestión de los presupuestos docentes. TITULO II De la gestión presupuestaria CAPITULO I De la gestión de los presupuestos docentes. Artículo 17. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 31324 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 5610 ORDEN de 10 de diciembre de 2014, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago obligatoria de

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 22533 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 13 de septiembre de 2013 por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE LAS PRACTICAS EN EMPRESAS ESCUELA UNIVERSITARIA POLITECNICA DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA (ZARAGOZA)

REGLAMENTO SOBRE LAS PRACTICAS EN EMPRESAS ESCUELA UNIVERSITARIA POLITECNICA DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA (ZARAGOZA) REGLAMENTO SOBRE LAS PRACTICAS EN EMPRESAS ESCUELA UNIVERSITARIA POLITECNICA DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA (ZARAGOZA) Adscrita la Universidad de Zaragoza 1. Introducción Uno de los fines que la Escuela

Más detalles

Por todo ellos, esta Dirección General de Centros Docentes, en uso de sus competencias, ha resuelto dictar las presentes INSTRUCCIONES.

Por todo ellos, esta Dirección General de Centros Docentes, en uso de sus competencias, ha resuelto dictar las presentes INSTRUCCIONES. RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE LOS REQUISITOS MÍNIMOS Y SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE AULAS DE COMPENSACIÓN

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 270 Miércoles 9 de noviembre de 2011 Sec. I. Pág. 116652 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 17630 Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades

Más detalles

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ORDEN 2182/2013 DE 4 DE JULIO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2013/2014 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 29 Martes 3 de febrero de 2015 Sec. I. Pág. 8088 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 943 Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto

Más detalles

Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO

Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS POR LA QUE SE ESTABLECEN

Más detalles

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones:

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones: INSTRUCCIONES de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente para el desarrollo del Programa de Formación en centros de trabajo durante el curso 2007-2008 La Orden de la Consejería

Más detalles

Orden de 26 de abril 2011

Orden de 26 de abril 2011 (Disposición Vigente) Orden de 26 de abril 2011 LIB 2011\145 LENGUA CATALANA. Regula la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los

Más detalles

ENSEÑANZA EN GENERAL. Régimen de Centros docentes extranjeros en España.

ENSEÑANZA EN GENERAL. Régimen de Centros docentes extranjeros en España. ENSEÑANZA EN GENERAL. Régimen de Centros docentes extranjeros en España. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (RCL 1985\1604, 2505 y ApNDL 4323), reguladora del Derecho a la Educación, establece en su

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

CAPÍTULO I: REGLAS GENERALES APLICABLES AL RECONOCIMIENTO

CAPÍTULO I: REGLAS GENERALES APLICABLES AL RECONOCIMIENTO REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO DE CREDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS, QUE DESARROLLA EL REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (aprobado

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 12 LUNES 7 DE MARZO DE 2011 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 1 ORDEN 539/2011, de 11 de febrero, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título

Más detalles

Orden 2029/2000 impresos a cumplimentar en la entrega de pequeñas cantidades del mismo tipo de residuo

Orden 2029/2000 impresos a cumplimentar en la entrega de pequeñas cantidades del mismo tipo de residuo en la entrega de pequeñas cantidades 1739 ORDEN 2029/2000, de 26 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se regulan los impresos a cumplimentar en la entrega de pequeñas cantidades del mismo

Más detalles

Los centros privados sostenidos con fondos públicos contarán con la figura del Director, según establece el Art. 54 de la LODE.

Los centros privados sostenidos con fondos públicos contarán con la figura del Director, según establece el Art. 54 de la LODE. INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES PARA LA REGULACIÓN DE LA GESTIÓN RELATIVA A LA FINANCIACIÓN DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA EN LOS CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS TOTAL O PARCIALMENTE CON

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE MÁSTER O DOCTOR AL TÍTULO Y/O GRADO ACADÉMICO DE MÁSTER UNIVERSITARIO O DOCTOR

NORMATIVA REGULADORA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE MÁSTER O DOCTOR AL TÍTULO Y/O GRADO ACADÉMICO DE MÁSTER UNIVERSITARIO O DOCTOR Consejo de Gobierno - Sesión Ordinaria de 17/12/10 (nº 14/10) Punto 4.1 ANEXO 3 NORMATIVA REGULADORA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE MÁSTER O DOCTOR AL TÍTULO Y/O GRADO ACADÉMICO DE MÁSTER

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 64948 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 19287 Orden de 9 de noviembre de 2009, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la

Más detalles

Ref: 09/114422.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv

Ref: 09/114422.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv Ref: 09/114422.9/15 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL POR LAS QUE SE REGULA EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN LOS

Más detalles

Ley Orgánica 2/2006 de Educación y la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía.

Ley Orgánica 2/2006 de Educación y la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía. INSTRUCCIONES DE 11 DE JUNIO DE 2015 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO PARA EL DESARROLLO DEL PRÁCTICUM UNIVERSITARIO DE LAS TITULACIONES DE GRADO, MÁSTER Y EQUIVALENTE

Más detalles

Conselleria de Educación

Conselleria de Educación Conselleria de Educación Resolución de 10 de junio de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes sobre el servicio complementario de transporte de los centros públicos de titularidad

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 98 LUNES 27 DE ABRIL DE 2015 Pág. 37 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 8 ORDEN 1153/2015, de 20 de abril, de la Consejera de Educación,

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 6735 I. Disposiciones generales Presidencia del Gobierno 1433 LEY 5/2015, de 26 de marzo, de reconocimiento de la universidad privada Universidad Internacional de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXIV Núm. 235 1 de diciembre de 2015 33301 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Bienestar Social Orden de 25/11/2015, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 54 MARTES 5 DE MARZO DE 2013 Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 2 ORDEN 502/2013, de 25 de febrero, por la que se regula el

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 14424 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 12 de mayo de 2009 por la que se convoca la selección de centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, para el desarrollo de las prácticas

Más detalles

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ORDEN 8835/2012, DE 19 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2012/2013 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 13112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

Más detalles

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES Sec. III. - Pág. 17388 Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES 6125 Resolución del Director General

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación B.O.C.M. Núm. 118 MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2010 Pág. 105 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación 26 ORDEN 2586/2010, de 7 de mayo, por la que se regula la concesión de ayudas

Más detalles

2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS A PARTIR DEL CURSO ACADÉMICO

2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS A PARTIR DEL CURSO ACADÉMICO Folio 1/7 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA

Más detalles

DISPONGO: Artículo 1. Objeto del real decreto.

DISPONGO: Artículo 1. Objeto del real decreto. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES DE CUALIFICACIÓN Y FORMACIÓN QUE DEBEN POSEER LOS MAESTROS DE LOS CENTROS PRIVADOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y DE EDUCACIÓN PRIMARIA. El artículo

Más detalles

NOTA INFORMATIVA PREVIA

NOTA INFORMATIVA PREVIA Homologación de títulos extranjeros de educación superior por la Universitat de València (al amparo del Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo) NOTA INFORMATIVA PREVIA El artículo 6. 2 d) del Real Decreto

Más detalles

Por todo lo expuesto, y haciendo uso de las autorizaciones referidas anteriormente, en su virtud dispongo:

Por todo lo expuesto, y haciendo uso de las autorizaciones referidas anteriormente, en su virtud dispongo: ORDEN EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que

Más detalles

Consejería de Educación 3468 ACUERDO de 18 de septiembre de 2003, del Consejo de

Consejería de Educación 3468 ACUERDO de 18 de septiembre de 2003, del Consejo de Pág. 15 Consejería de Educación 3468 ACUERDO de 18 de septiembre de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra a los vocales del Consejo Social de la Universidad Rey Juan Carlos, en representación

Más detalles

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014 CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014 ÍNDICE 1. Aspectos generales. 3 2. Convalidación y exención LOGSE-LOE de módulos profesionales. 5 3. Convalidación

Más detalles

INSTRUCCIONES PREINSCRIPCIÓN CURSO 2015-2016

INSTRUCCIONES PREINSCRIPCIÓN CURSO 2015-2016 INSTRUCCIONES PREINSCRIPCIÓN CURSO 2015-2016 ÍNDICE 1.-PLAZOS PREINSCRIPCIÓN UNIVERSITARIA... 3 2.- ENLACE PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD DE PREINSCRIPCIÓN... 5 3.-PASOS PARA CUMPLIMENTAR LA PREINSCRIPCIÓN

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 81 de 9-iv-2012 1/5 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Educación y Universidades Resolución de 23 de marzo de 2012, de la Consejería de Educación y Universidades, por la

Más detalles