REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
|
|
- Andrés Campos Salas
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (Aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2016) (Informado favorablemente en Comisión de Postgrado de 16/06/2016) Artículo 1. Ámbito de aplicación. El presente Reglamento tiene por objeto la regulación de las retribuciones a satisfacer por la Universidad Internacional de Andalucía por la participación, en condición de personal docente, del profesorado de las actividades académicas de postgrado reguladas en el Reglamento sobre Estudios de Postgrado de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de enero de 2013, y de las actividades y cursos de extensión universitaria reguladas en el Reglamento de Estudios de Extensión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de diciembre de Artículo 2. Retribuciones por la participación en la docencia conducente a la obtención de títulos oficiales. 1. El personal docente perteneciente a las Universidades públicas de Andalucía que participe en la impartición de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales, de Máster y de Doctor, de la Universidad Internacional de Andalucía, sólo percibirá retribuciones por parte de la misma por la citada actividad en el caso de que dicha actividad no esté contemplada en el Plan de Ordenación Docente de la Universidad en la que preste habitualmente sus servicios el profesorado. 2. La acreditación de la condición exigida en el número anterior deberá ser fehaciente, debiendo el profesorado aportar certificado acreditativo del cumplimiento de dicha condición o, en su defecto, declaración jurada. A estos efectos, en el caso de que las enseñanzas traigan razón en la existencia de un Convenio Interuniversitario, la suscripción de éste se entenderá que acredita el cumplimiento de la condición, si así se expresa en el clausulado del Convenio. 3. La condición regulada en los números anteriores será extensiva a todo tipo de retribución, comprendiendo no sólo la actividad docente stricto sensu, sino también las
2 retribuciones que, en su caso, pudieran corresponder en concepto de Dirección, Coordinación general, coordinación de módulos o asignaturas, tutela de proyectos o trabajos finales y dirección de tesis doctorales. Artículo 3. Dirección y Coordinación Académica 1. La retribución máxima por la Dirección académica de una titulación de Máster, oficial o propio, es de La retribución máxima por la Dirección académica de una titulación de Experto Universitario es de Las retribuciones por dirección académica de postgrado, oficial y propio, se establecerán en función del número de estudiantes matriculados en el programa académico. 3. La retribución máxima por la Dirección académica de las actividades y cursos de extensión universitaria es de En caso de que la Dirección sea colegiada, la cuantía correspondiente a la retribución por la Dirección se dividirá entre el número de Directores de la actividad académica. 5. El derecho al percibo de la retribución asignada a la Dirección o codirección de Máster o Experto se producirá una vez haya finalizado el curso y estén firmadas y entregadas todas las Actas generadas por las materias o módulos docentes del plan de estudios. 6. El derecho al percibo de la retribución asignada a la Dirección o codirección de las actividades y cursos de extensión se producirá una vez haya finalizado el curso o la actividad y entregada, cuando corresponda, el Acta de evaluación. 8. A los efectos retributivos, se podrá contemplar el desdoble de grupos en el caso de los títulos de postgrado, oficiales y propios, siempre que el número de estudiantes por grupo sea superior a 40 y cuente con el informe favorable de la Comisión de Posgrado. 9. A los efectos retributivos, no se contemplará el desdoble de grupos en el caso de las actividades y cursos de extensión universitaria. 10. Se podrá contemplar una retribución máxima equivalente a 3 créditos de docencia para atender las tareas asignadas a los miembros de la Comisión Académica y de la Comisión Garantía de Calidad de los títulos de postgrado oficiales. Las personas beneficiarias de los mismos deberán justificar que no perciben retribución o reconocimiento de créditos en la Planificación Docente por las mismas actividades en sus respectivas universidades de origen. Artículo 4. Dirección de tesis doctorales. La retribución máxima por Dirección de tesis doctoral es de 500. El derecho al percibo de la misma se devengará una vez extendida el acta de evaluación de la tesis doctoral y presentada en el registro general de la universidad.
3 Artículo 5. Coordinación de módulos. 1. La retribución máxima por la coordinación de módulos en los estudios de postgrado, tanto oficiales como propios es de 300. Para causar derecho a esta retribución, el módulo ha de tener una carga lectiva de, al menos, seis créditos europeos, y el número de profesores participantes en el citado módulo no puede ser inferior a cuatro. La retribución por coordinación de módulo será incompatible con la retribución por dirección, aun cuando se realicen ambas actividades. 2. La retribución por coordinación de módulos se hará efectiva una vez acreditada la evaluación de los mismos mediante la firma del Acta de calificaciones de los estudiantes y entregada la Certificación del Director del Programa académico acreditando la realización de la actividad. 3. En las actividades y cursos de extensión universitaria no se contemplará la retribución por coordinación de módulos. Artículo 6. Docencia. 1. La docencia en los Másteres, oficiales o propios, y en los títulos de Experto Universitario, será retribuida como máximo con 650 por cada crédito. 2. El derecho al percibo de las retribuciones de postgrado, oficial y propio, establecidas en el presente artículo será efectivo a partir de la firma del Acta de calificaciones del módulo al que esté adscrita la docencia realizada y entregada la Certificación del Director del Programa académico acreditando la realización de la actividad. 3. La docencia en las actividades y cursos de extensión universitaria podrá ser retribuida en horas o créditos. La retribución máxima por crédito será de 600. La retribución máxima por hora será de 120. Las actividades que tengan la consideración de conferencias se valoraran a efectos retributivos como equivalente a un máximo de un crédito de docencia. 4. El derecho al percibo de las retribuciones por actividades y cursos de extensión universitaria será efectivo a partir de la firma del Acta de calificaciones y entregada la Certificación del Director del Programa académico acreditando la realización de la actividad 5. A los efectos de retribución de docencia, todas las actividades y cursos de extensión universitaria, recogidas en el Reglamento de Estudios de Extensión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía, tendrán idéntico tratamiento retributivo, sin distinguir por tipo de actividad.
4 Artículo 7. Docencia en proyectos o programas de cooperación. La docencia derivada de proyectos o programas de cooperación establecidos por Convenios de Colaboración que le den soporte se regulará a efectos retributivos por lo estipulado en los mismos, previo acuerdo del Consejo de Gobierno. Artículo 8. Dirección de memoria o trabajo final. 1. La dirección de la memoria o trabajo final del Máster, oficial o propio, será retribuida con un máximo de En el caso de las titulaciones de Experto Universitario, éstas podrán, igualmente, prever en su Plan de estudios la realización de una memoria o trabajo final; en tales casos, la dirección de dicha memoria o trabajo final será retribuida con un máximo Para causar derecho al percibo de la retribución establecida por dirección de memoria o trabajo final, será preciso que la misma haya sido acreditada por la Dirección del Programa. 4. Un mismo tutor de trabajos finales sólo podrá ser retribuido por un máximo de tres tutorías. Artículo 9. Carga lectiva por profesor. Salvo acuerdo expreso en contrario, aprobado por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Comisión de Posgrado de la Universidad, y justificado especialmente en razón a la excesiva especialización de las materias de que se trate, ningún profesor podrá ser el responsable de más de cuatro créditos ni menos de uno en la misma titulación. Artículo 10. Indemnizaciones por razón del servicio. El profesorado percibirá las indemnizaciones por razón del servicio a las que, de conformidad con la legislación vigente, se cause derecho como consecuencia de los desplazamientos, alojamiento y manutención. En materia de desplazamientos, y salvo causa mayor expresamente justificada, se procurará que estos se realicen en transporte público colectivo. El alojamiento y la manutención se realizarán, preferentemente, en los Campus o Sedes, en el caso de que dispongan de estos servicios. Artículo 11. Cancelación y modificación de actividades académicas. 1. En los supuestos en los que las titulaciones de postgrado, oficiales o propios, y las actividades y cursos de extensión universitaria aprobadas no se desarrollaran por no
5 alcanzar el número mínimo de alumnos matriculados que se hubiera previsto en la programación, ninguna actividad docente generará derecho a retribución. 2. En el caso de que no se alcanzase el número de alumnos matriculados previsto presupuestariamente en la programación de la actividad académica, si la Comisión de Posgrado informa favorablemente su impartición, el presupuesto de gasto se modificará y ajustará a los ingresos liquidados por la actividad. Artículo 12. Cuantías retributivas del profesorado Las cuantías retributivas del profesorado recogidas en los artículos anteriores tienen el carácter de máximas, determinándose las cuantías exactas y los periodos docentes de aplicación por los correspondientes conceptos retributivos en las normas de ejecución presupuestaria recogidas en el presupuesto anual de la Universidad Internacional de Andalucía aprobado en Consejo de Gobierno Disposición Transitoria. Programas académicos iniciados o aprobados antes de la entrada en vigor del presente Reglamento. Los postgrados, oficiales y propios, y las actividades y cursos de extensión universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía que estén en periodo de impartición docente con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento seguirán rigiéndose, en lo que afecta a las cuantías retributivas del profesorado, por las normas vigentes antes de dicha entrada en vigor, hasta su completa extinción. Hasta el establecimiento de las cuantías y periodos de vigencia en las normas de ejecución presupuestaria correspondiente, será de aplicación las cuantías máximas establecidas en los artículos anteriores para los programas académicos de postgrado y actividades y cursos de extensión universitaria que hayan sido aprobados en Consejo de Gobierno con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento. Disposición Derogatoria. Quedan derogados el Reglamento de Retribuciones de las Enseñanzas de Postgrado de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2012; y el Anexo 1 Retribuciones de las Actividades de Extensión Universitaria contenido en el Reglamento de Estudios de Extensión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado en Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2013, así como cualquier otra norma o acuerdo de rango igual o inferior al presente Reglamento. Disposición Final. El presente Reglamento entrará en vigor en el curso académico 2016/2017, sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Transitoria del mismo.
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS Y/O EXTERNAS DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y GESTIÓN (Aprobado en Junta de Centro de 5 de marzo de 2015)
INTRODUCCIÓN REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS Y/O EXTERNAS DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y GESTIÓN (Aprobado en Junta de Centro de 5 de marzo de 2015) El Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, establece
Más detallesREGLAMENTO DE TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (Aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 27 de enero de 2016)
VICERRECTORADO DE DOCENCIA REGLAMENTO DE TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (Aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 27 de enero de 2016) Preámbulo El Real Decreto 1393/2007,
Más detallesReglamento de Títulos Propios de la Universidad de Burgos
Reglamento de Títulos Propios de la Universidad de Burgos Vicerrectorado de Ordenación Académica y Calidad Informado favorablemente por la Comisión de Docencia de fecha 19/04/13 Aprobado por el Consejo
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA (Aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja el
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Aprobada por Consejo de Gobierno en sesión de 26 de octubre
Más detallesNCG110/2: Normativa reguladora del Profesorado Emérito en la Universidad de Granada
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 110. 27 de julio de 2016 NCG110/2: Normativa reguladora del Profesorado Emérito en la Universidad de Granada Aprobado en la sesión extraordinaria de Consejo
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE DOBLE TITULACIÓN La presente normativa tiene como objeto regular las condiciones para el reconocimiento de estudios entre la Universidad Politécnica de Cartagena y
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS TRANSVERSALES Y PROFESIONALES DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE 1
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS TRANSVERSALES Y PROFESIONALES DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE 1 Exposición de motivos Los planes de estudios de los títulos
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO VISITANTE EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN
REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO VISITANTE EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN PREÁMBULO La Universidad de Jaén, en aras de promocionar la internacionalización, la especialización y la calidad de la
Más detallesREGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DE LAS ENSEÑANZAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DE LAS ENSEÑANZAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2012) Artículo 1. Ámbito de aplicación. El presente
Más detallesDescripción y estructura de los títulos propios
REGLAMENTO DE TÍTULOS PROPIOS DE POSTGRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008, Y MODIFICADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 El objeto
Más detallesNormativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM
Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en
Más detallesVII ORDENACIÓN ACADÉMICA Y FORMACIÓN PERMANENTE
24.- NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS, CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN.
Más detallesETSI DE MONTES UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID. Reglamento del Proyecto Fin de Carrera
ETSI DE MONTES UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID Reglamento del Proyecto Fin de Carrera Aprobado en Junta de Escuela de 19 de diciembre de 2006, modificado en Junta de Escuela de 28 de junio de 2011 y
Más detallesNORMATIVA SOBRE TUTELA ACADÉMICA PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS DOCTORALES
NORMATIVA SOBRE TUTELA ACADÉMICA PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS DOCTORALES (Aprobada por la Comisión de Estudios de Posgrado del 13 de febrero de 2008) (Aprobada por el Consejo de Gobierno del 25 de febrero
Más detallesNormativa sobre tramitación, aprobación y ejecución de acuerdos con otras
Normativa sobre tramitación, aprobación y ejecución de acuerdos con otras universidades o instituciones extranjeras CONVENIOS INTERNACIONALES DE COOPERACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID EXPOSICIÓN DE
Más detallesREGLAMENTO COMÚN PARA LA COMISIONES DE CONVALIDACIONES, ADAPTACIONES Y EQUIVALENCIAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
1 REGLAMENTO COMÚN PARA LA COMISIONES DE CONVALIDACIONES, ADAPTACIONES Y EQUIVALENCIAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS (PARA RECONOCIMIENTO POR EQUIVALENCIA DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR) Aprobado
Más detallesREGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:
Más detallesPág. 12 Lunes 19 Diciembre 2011 BOUCA Nº 136 * * *
Pág. 12 Lunes 19 Diciembre 2011 BOUCA Nº 136 * * * Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/R130REC/2011, de 19 de diciembre de 2011, por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento
Más detallesNORMATIVA PRECIOS PÚBLICOS ENSEÑANZA NO REGLADA CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
NORMATIVA PRECIOS PÚBLICOS ENSEÑANZA NO REGLADA CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA De acuerdo con lo establecido en el artículo 81.3.c. de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
Más detallesFacultade de Química NORMATIVA DE PRÁCTICAS EXTERNAS DEL GRADO EN QUÍMICA
Facultade de Química Campus de Vigo 36310 Vigo España Tel. 986 812 696 quimica.uvigo.es decanatoquimica@uvigo.es NORMATIVA DE PRÁCTICAS EXTERNAS DEL GRADO EN QUÍMICA Preámbulo En la nueva ordenación de
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO.
NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO. El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por Real Decreto 861/2010 de 2 de julio,
Más detallesEn su. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado.
REAL DECRETO 195/2016, DE 13 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DEL SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO UNIVERSITARIO DE DOCTOR (fecha 3 de junio de 2016) En su Disposición final
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Folio 1/5 Vista la necesidad de dictar instrucciones para determinar en la Comunidad Autónoma de Canarias la institución educativa que puede ofertar los estudios conducentes a obtener la certificación
Más detallesRESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.
8529 RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura y la Universidad
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DE LA UAH (Aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de marzo de 2011) ÍNDICE
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DE LA UAH (Aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de marzo de 2011) ÍNDICE EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo
Más detallesDecreto 138/2017, de 5 de septiembre, y previo informe del Consejo Escolar de Aragón, dispongo:
ORDEN ECD/ /2018, de de, por la que se modifica la Orden de 26 de octubre de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, que regula la matriculación, evaluación y acreditación académica del
Más detallesPROYECTO DE REAL DECRETO DE CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA
PROYECTO DE REAL DECRETO DE CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II Educación Infantil Capítulo III Educación Primaria Capítulo IV Educación
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 318 Viernes 31 de diciembre de 2010 Sec. I. Pág. 109381 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 20148 Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real
Más detalles(Aprobada por el Consejo de Gobierno el 11 de noviembre de 2008)
NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 11 de noviembre de 2008) ÍNDICE A.- OBJETO
Más detallesNORMA REGULADORA DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE A TIEMPO PARCIAL
NORMA REGULADORA DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE A TIEMPO PARCIAL El artículo 46.2, apartado k) de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, establece que los
Más detallesPREÁMBULO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Acuerdo de 7 de abril de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de los trabajos de fin de grado y de fin de máster en la Universidad de Zaragoza. PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007
Más detallesREGLAMENTO DE TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA
VICERRECTORADO DE DOCENCIA REGLAMENTO DE TRABAJOS DE FIN DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (Aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca en su sesión de 17 de diciembre de 2015)
Más detallesSecretaría General. Edificio Pabellón de Gobierno. Campus El Ejido, s/n Tel.: Fax:
NORMAS REGULADORAS DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE A TIEMPO PARCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA 1 El artículo 46.2, apartado k) de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en redacción dada por la Ley Orgánica
Más detallesARTÍCULO 1.- OBJETO. ARTÍCULO 2.- CONVENIO INTERUNIVERSITARIO DE COTUTELA.
RESOLUCIÓN RECTORAL DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2010 POR LA QUE SE VIENE A REGULAR EL PROCEDIMIENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORALES CON UNIVERSIDADES EXTRANJERAS. ARTÍCULO 1.- OBJETO. La presente norma tiene
Más detallesNÚMERO 212 Lunes, 4 de noviembre de 2013
25379 DECRETO 203/2013, de 29 de octubre, por el que se regulan complementos retributivos adicionales del personal docente e investigador de la Universidad de Extremadura. (2013040229) El Estatuto de Autonomía
Más detalles(Texto consolidado) INTRODUCCIÓN
Acuerdo de 22 de junio de 2017, de la Junta de Escuela de la Escuela de Ingeniería y Arquitectura de la Universidad de Zaragoza (EINA), que modifica los acuerdos de Junta de la EINA de 19 de diciembre
Más detallesREGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 15/12/2008 La Universidad de Huelva tiene previsto implantar en el curso académico
Más detallesNCG73/2: Modificación del Reglamento sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en la Universidad de Granada
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 73. 26 de julio de 2013 NCG73/2: Modificación del Reglamento sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en la Universidad de Granada Aprobado
Más detallesNORMAS ACADÉMICAS DE MÁSTER UNIVERSITARIO
NORMAS ACADÉMICAS DE MÁSTER UNIVERSITARIO (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 25 de mayo de 2015) (Normas Académicas Generales adaptadas al RD 1393/2007, de 29 de octubre, modificado
Más detallesMODELO DE CONVENIO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS (GRADO Y/O MÁSTER UNIVERSITARIO)
MODELO DE CONVENIO PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS (GRADO Y/O MÁSTER UNIVERSITARIO) PARA ORGANISMOS PÚBLICOS Y PRIVADOS QUE DISPONGAN DE CENTROS A LOS QUE PUEDEN IR LOS ESTUDIANTES A REALIZAR LAS PRÁCTICAS
Más detallesVicerrectorado de Postgrado y Formación Permanente Y+NeHHoNSJB8egFDKGmrzA==
INSTRUCCIÓN DE FECHA 22 DE MAYO DE 2018 SOBRE DOBLES TITULACIONES Y SIMULTANEIDAD DE ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA La Ley Orgánica 6/2001,
Más detallesPROGRAMA DE APOYO A LA DOCENCIA DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS: CURSO
PROGRAMA DE APOYO A LA DOCENCIA DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS: CURSO 2014-2015 La Universidad de Granada, a través del Vicerrectorado de Enseñanzas de Grado y Posgrado, apuesta por un proceso continuo de
Más detallesReglamento de Prácticas Tuteladas del Grado de Veterinaria de la Universidad de Córdoba
Reglamento de Prácticas Tuteladas del Grado de Veterinaria de la Universidad de Córdoba (Aprobado en sesión ordinaria de Junta de Facultad de 27/05/2014 y Consejo de Gobierno de 26/11/2014, modificado
Más detallesREGLAMENTO PRÁCTICAS EN EMPRESAS FACULTAD DE CIENCIAS
REGLAMENTO PRÁCTICAS EN EMPRESAS FACULTAD DE CIENCIAS (Aprobado na Xunta de Facultade do día 07 de febreiro de 2013 e modificado na Xunta de Facultade do día 12 de marzo de 2014) PREÁMBULO Las Prácticas
Más detallesREGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS
REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 36 de la Ley Orgánica 6/2001,
Más detallesIII. Otras Resoluciones
Página Boletín Oficial de Canarias núm. 139 23763 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación y Universidades 3455 Viceconsejería de Educación y Universidades.- Resolución de 29 de mayo de 2018, por
Más detallesNORMATIVA PARA LA EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA
NORMATIVA PARA LA EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 5 de noviembre de 2009 y modificada por el Consejo de Gobierno
Más detallesAprobado por Acuerdo del Consejo de gobierno de 24 de enero de 2012.
REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA POR EL QUE SE APRUEBAN INSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DE TÍTULOS, DIPLOMAS Y CERTIFICACIONES ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA.
Más detallesDEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN HAP/2186/2017, de 22 de diciembre, por la que se da publicidad al acuerdo de 19 de diciembre de 2017, que aprueba el Baremo destinado a remunerar
Más detalles2. Las especialidades docentes del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional son las que se relacionan en el anexo II.
REAL DECRETO 1834/2008, DE 8 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE DEFINEN LAS CONDICIONES DE FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LA DOCENCIA EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, EL BACHILLERATO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL
Más detallesNORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2008) Los mecanismos y condiciones
Más detallesNORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO
NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Año 2017 1 NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Cabudare, septiembre 2017 3 1. ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO.
Más detallesNormativa de Trabajos Fin de Grado, Fin de Máster y otros Trabajos Fin de Título de la Universidad de Jaén
Normativa de Trabajos Fin de Grado, Fin de Máster y otros Trabajos Fin de Título de la Universidad de Jaén Aprobada en sesión ordinaria nº 25 de 5 de junio de 2017 de Consejo de Gobierno de la Universidad
Más detallesNORMATIVA PRECIOS PÚBLICOS ENSEÑANZA NO REGLADA
NORMATIVA PRECIOS PÚBLICOS ENSEÑANZA NO REGLADA De acuerdo con lo establecido en el artículo 34.3. de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, las Universidades en uso de su autonomía
Más detallesI. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.1. CONSEJO DE GOBIERNO I.1.5. Vicerrectorado de Estudiantes Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 26 de enero de
Más detallesACG68/5e: Programa de Apoyo a las Enseñanzas oficiales de Másteres, curso académico
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 68. 13 de febrero de 2013 ACG68/5e: Programa de Apoyo a las Enseñanzas oficiales de Másteres, curso académico 2013-2014 Aprobado en la sesión ordinaria del
Más detallesCONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y. REUNIDOS
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y. REUNIDOS En, a.. de. de 201... De una parte, Dª Mª JOSÉ LORENZO SEGOVIA, VICERRECTORA DE FORMACIÓN PERMANENTE
Más detallesDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/409/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden de 26 de octubre de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, que regula la
Más detallesACUERDO 9/2016, DE 2 DE FEBRERO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSITAT
ACUERDO 9/2016, DE 2 DE FEBRERO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSITAT DE VALENCIA, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO REGULADOR DE LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA
Más detallesNORMATIVA SOBRE TRAMITACIÓN, APROBACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACUERDOS CON OTRAS UNIVERSIDADES O INSTITUCIONES EXTRANJERAS.
NORMATIVA SOBRE TRAMITACIÓN, APROBACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACUERDOS CON OTRAS UNIVERSIDADES O INSTITUCIONES EXTRANJERAS. (Aprobado por Junta de Gobierno de 30 de marzo de 1999, BOCyL nº 82, de 3 de mayo) CONVENIOS
Más detallesMarco Legal. Artículo 83. Colaboración con otras entidades o personas físicas.
Marco Legal -Ley Orgánica de Universidades. (Ley Orgánica 6-2001 de 21 de diciembre B.O. E. nº 307 de 24 de diciembre de 2001) Artículo 83. Colaboración con otras entidades o personas físicas. 1. Los Grupos
Más detallesReglamento UCA/CG07/2009, de 21 de julio de 2009, de Creación de las Sedes de Facultades y Escuelas de la Universidad de Cádiz
Reglamento UCA/CG07/2009, de 21 de julio de 2009, de Creación de las Sedes de Facultades y Escuelas de la Universidad de Cádiz (Aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz de
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 107 Viernes, 3 de junio de 2011 Pág. 42939 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DE VALLADOLID RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2011,
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DE VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
Acuerdo de 2 de febrero de 2006, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba la normativa reguladora de vacaciones, licencias y permisos del personal docente e investigador
Más detallesNORMATIVA DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
NORMATIVA DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA PREÁMBULO Las Actividades de Extensión Universitaria son actividades de carácter formativo que tienen como objetivo facilitar la transferencia mutua
Más detallesNORMATIVA DE CONVALIDACIÓN Y ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2005)
NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN Y ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2005) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 36.1 de la Ley Orgánica 6/2001,
Más detallesModalidad I: Ayudas al PDI de la Universidad de Salamanca para desplazamientos a universidades extranjeras con convenio.
DOCUMENTO REGULADOR DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA MOVILIDAD VINCULADA CON LOS CONVENIOS DE COOPERACIÓN CON UNIVERSIDADES EXTRANJERAS Y OTRAS INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA SUPERIOR El Vicerrectorado de Relaciones
Más detallesReglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Titulación: Grado en Ingeniería Civil. (Aprobada por Junta de Escuela de 18 de Diciembre
Más detallesDISPOSICIONES COMUNES
NORMATIVA ESPECÍFICA DE PRÁCTICAS EXTERNAS DEL MASTER UNIVERSITARIO DE LA ABOGACÍA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DE EXTREMADURA (Aprobado por Junta de Facultad de Derecho de 4 de
Más detallesREGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS
REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 36 de la Ley Orgánica 6/2001,
Más detallesREGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA EN ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO (Adaptado RD 861/2010)
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA EN ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO (Adaptado RD 861/2010) Aprobado por Consejo de Gobierno de 21 de febrero de 2012 La nueva
Más detallesInstrucción Técnica del Vicerrectorado de Postgrado sobre Actas Académicas en los Estudios Oficiales de Postgrado
Instrucción Técnica del Vicerrectorado de Postgrado sobre Actas Académicas en los Estudios Oficiales de Postgrado CAPITULO I. PRINCIPIOS GENERALES La progresiva implantación de la administración electrónica
Más detallesVicerrectorado de Docencia y Relaciones Internacionales Universidad de Castilla-La Mancha
NORMATIVA SOBRE DOBLES TITULACIONES Y SIMULTANEIDAD DE ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA (Aprobada por Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2013) Preámbulo.
Más detallesREGLAMENTO DE PERMANENCIA Y PROGRESO EN LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO Y MASTER
REGLAMENTO DE PERMANENCIA Y PROGRESO EN LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO Y MASTER Aprobado por el Consejo de Gobierno el 29 de julio de 2016 Aprobado por el Consejo Social el 23 de septiembre de 2016
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE MELILLA (Aprobado por Junta de Facultad el 20 de noviembre de 2015) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Este
Más detallesVista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril;
Acuerdo de aprobación de la modificación de la Normativa para la Creación, Modificación o Supresión de los Departamentos de la Universidad Miguel Hernández. Vista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
Más detallesI. COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 21 ORDEN 2682/2008, de 28 de mayo, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la implantación y la carga lectiva semanal
Más detallesMÁSTER EN GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN DIGITAL
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA DOCUMENTACIÓN Y LA COMUNICACIÓN MÁSTER EN GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN DIGITAL FACULTAD DE CIENCIAS DE LA DOCUMENTACIÓN Y COMUNICACIÓN UNIVERSIDAD DE
Más detallesCONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA REUNIDOS
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA En Madrid, a 11 de junio de 2013 REUNIDOS DE UNA PARTE De una parte, D. Juan
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE
Real Decreto 950/1997, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de diferentes Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Ministerio de la Presidencia
Más detalles(Aprobado en Junta de centro el día 2 de Mayo de 2012).
Instrucciones para la realización del Trabajo Fin de Grado aplicable a los titulados en el Grado Ingeniería Eléctrica y Grado Ingeniería Electrónica Industrial y Automática de la Escuela Universitaria
Más detallesNORMATIVA PARA LA EVALUACIÓN DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO POR MÉRITOS DOCENTES
(Aprobado por Comisión Gestora en sesión de 31/10/2000. Modificada en las sesiones de Comisión Gestora de 20/03/2001 y de 03/07/2001 y por el Consejo de Gobierno Provisional en sesión de 21/04/04) NORMATIVA
Más detallesI. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
3 tudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. I.
Más detallesFacultad de Ciencias del Trabajo REGLAMENTO INTERNO POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS CURRICULARES EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL TRABAJO
Facultad de Ciencias del Trabajo Facultad del Trabajo Avda. Duque de Nájera, s/n 11002, Cádiz. España REGLAMENTO INTERNO POR EL QUE SE REGULAN LAS PRÁCTICAS CURRICULARES EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL
Más detalles(Aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 16 de abril de 2004, BOUCA núm. 11, de 23 de abril)
NORMATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ POR LA QUE SE REGULAN LAS ENSEÑANZAS DE POSTGRADO O ESPECIALIZACIÓN, QUE SON ACREDITADAS MEDIANTE UN DIPLOMA O TÍTULO PROPIO (Aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno
Más detallesCRITERIOS DE BAREMACIÓN DOCENTIA 2017 ANECA/COMISIÓN DE EVALUACIÓN URJC
CRITERIOS DE BAREMACIÓN DOCENTIA 2017 ANECA/COMISIÓN DE EVALUACIÓN URJC Dimensión 1: Planificación y formación docente (20 PUNTOS). (Para poder obtener una evaluación favorable, el profesor deberá obtener,
Más detallesORDENACIÓN ACADÉMICA FACULTAD DE ENFERMERÍA
ORDENACIÓN ACADÉMICA FACULTAD DE ENFERMERÍA Normativa especifica para la organización y el reconocimiento de créditos de actividades universitarias culturales formativas. (Aprobada en Junta de Centro de
Más detalles