BASES ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº AMC EO-AC DERIVADA ADS N EO-AC SUBASTA INVERSA PRESENCIAL PRIMERA CONVOCATORIA

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1 BASES ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº AMC EO-AC DERIVADA ADS N EO-AC SUBASTA INVERSA PRESENCIAL PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES MÓVILES DE LA UNIDAD DE NEGOCIOS CHACHAPOYAS DE LA GERENCIA REGIONAL AMAZONAS CAJAMARCA

2 CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1. ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : Electro Oriente S.A. RUC N : Dirección : Jr. Dos de mayo Nº 43, Chachapoyas - Amazonas. Teléfono : Domicilio Legal : Jr. Augusto Freyre Nº IQUITOS 1.2 OBAJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES MOVILES DE LA UNIDAD DE NEGOCIOS CHACHAPOYAS DE LA GERENCIA REGIONAL AMAZONAS CAJAMARCA. ITEM DESCRIPCION U.M. CANT. CODIGO FICHA TECNICA 1 PETRÓLEO DIESEL B5 GALÓN 3, A VALOR REFERENCIAL 1 El valor referencial asciende a S/. 59, Cincuenta y nueve mil seiscientos cuarenta con 35/100 Nuevos Soles, incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de Octubre ITE M DESCRIPCION UNID. MEDID A CANTI D. PRECIO UNITARIO S/. VALOR REFERENCIAL S/. 01 PETROLEO B5 DIESEL GALON 3, , (Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Seis con 00/100 Nuevos Soles) 1 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas. sin perjuicio de las acciones que el Titular de la Entidad ejecute en virtud al artículo 58º de la Ley, de ser necesario. 2

3 1.4 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante documento GOA de fecha 07/11/ FUENTES DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 1.6 SISTEMA DE ADQUISICIÓN Y MODALIDAD Sistema : Suma Alzada Modalidad de selección : Subasta Inversa Presencial 1.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL NO CORRESPONDE 1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección en el Capítulo III. 1.9 LUGAR DE ENTREGA La entrega será en el mismo establecimiento COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES S/ (Cinco con 00/100 Nuevos Soles), previo pago en las ventanillas (CAJA) de la entidad BASE LEGAL Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley N Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado. Ley Nº modifica el Decreto Legislativo Nº 1017 ley de Contrataciones del Estado Decreto Supremo Nº EF Modificación de Diversos Artículos del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa. Constitución Política del Perú. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Resolución de Contraloría Nº CG, modifican diversas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público. Directiva Nº CG/OCI-GSNC, Ejercicio del Control Preventivo por los Órganos de Control Institucional, aprobada con Resolución de Contraloría Nº CG; publicada el y normas complementarias. Directiva Nº OSCE/CD, Lineamientos para la Aplicación de la Modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa. 3

4 DIRECTIVA Nº OSCE/CD, Aplicación de la Modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa. Resolución de Alcaldía Nº MPH/A, de fecha 24 de enero Decreto Legislativo N 1126, que establece medidas de control en los insumos químicos, productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas, aprobado por Decreto Supremo N EF. Decreto Supremo N EF, que aprueba modificatoria al Reglamento del Decreto Legislativo N 1126 aprobado mediante Decreto Supremo N

5 CAPÍTULO II 2.1. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PROCESO DE SELECCIÓN ETAPAS FECHAS LUGAR / MEDIO CONVOCATORIA 28 de noviembre del 2014 SEACE OSCE REGISTRO DE PARTICIPANTES ACTO PUBLICO DE PRESENTACION DE PROPUESTA, PUJA Y OTORGAMIENTO DE BUENA PRO. Del 01/12/2014 al 09/12/ /12/2014 Mesa de Partes, sito en Jr. Dos de mayo Nº 437, Chachapoyas Amazonas, de 08:00 hrs. a 18:00 hrs. Oficina Electro Orinte Jr. Dos de mayo Nº 437, Chachapoyas Amazonas, Tercer Piso, En Acto Público a horas de las 10:30 CONVOCATORIA Se realizará mediante invitación, así como a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes se realizará en Mesa de Partes, sito en el Jr. Dos de mayo Nº 437, Chachapoyas - Amazonas, en las fechas señaladas en el cronograma del proceso de selección, en el horario de 08:00 a 18:00 Horas. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del electrónicamente. FORMATO Nº 1, Solicitud de Registro como Participante. IMPORTANTE: Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas. Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas. 2.3 ACTO PUBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 2 En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICO, en la evaluación deberá considerarse lo siguiente: 2 De acuerdo a lo establecido por el art ículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases. 5

6 Las propuestas se presentarán en acto público, en Mesa de Partes, sito en Jr. Dos de mayo Nº 437, Chachapoyas Amazonas, de 08:00 hrs. a 18:00 en fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario Público o Juez de Paz de la Provincia. IMPORTANTE: Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas. Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N EO-AC, DERIVADA ADS N EO- AC conforme al siguiente detalle: Señores ELECTRO ORIENTE S.A. Jr. Dos de mayo Nº 437, Chachapoyas Amazonas. Att.: Comité Especial Permanente Subasta Inversa ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N EO-AC DERIVADA ADS N OE-AC SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES MOVILES DE LA UNIDAD DE NEGOCIOS CHACHAPOYAS DE LA GERENCIA REGIONAL AMAZONAS - CAJAMARCA. SOBRE Nº 1: SOBRE DE HABILITACIÓN NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR RUC Nº : Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado Señores ELECTRO ORIENTE S.A. Jr. Dos de mayo Nº 437, Chachapoyas - Amazonas. Att.: Comité Especial Permanente Subasta Inversa ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N EO-AC DERIVADA ADS N OE-AC SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES MOVILES DE LA UNIDAD DE NEGOCIOS CHACHAPOYAS DE LA GERENCIA REGIONAL AMAZONAS - CAJAMARCA. SOBRE Nº 2: PROPUESTA ECONOMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR RUC Nº: Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR 6

7 2.4 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS SOBRE N 1 sobre de habilitación Se presentará en un original y dos copias 3. El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 4, la siguiente documentación: Documentación de presentación obligatoria: a) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1). b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección 5 (Anexo Nº 2). c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4) La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. e) Declaración Jurada de Plazo de entrega (Anexo Nº 5) 6. f) Constancia de Inscripción en el Registro de Hidrocarburos, que autorice al postor a comercializar el combustible objeto de la convocatoria De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial. La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria. El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento (tales como: folletos, instructivos, catálogos o similares), en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral de la sección específica de las Bases. En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor de evaluación. 7

8 IMPORTANTE: La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento. Documentación de presentación facultativa: a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa REMYPE, de ser el caso 7. b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad 8. IMPORTANTE: En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONÓMICA 9 El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. La oferta económica se presentará en sobre cerrado, debiendo indicarse el precio ofertado en función al valor referencial total establecido en las Bases, y deberá incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del bien a adquirir y no podrá exceder el valor referencial total. IMPORTANTE: La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento. Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento. De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original. 8

9 En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada. 2.5 APERTURA DE PROPUESTAS APERTURA DEL SOBRE DE HABILITACIÓN (SOBRE Nº 01). a) Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. En caso se omita la presentación de los documentos indicados como obligatorios, se procederá a la descalificación. b) El Comité Especial descalificará toda propuesta que no cumpla con lo solicitado en la Ficha Técnica. APERTURA DE LOS SOBRES ECONÓMICOS (SOBRE Nº 02). a) Acto seguido el Presidente del Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas en los cuales los postores estén habilitados, anunciando los montos ofertados y el secretario los anotará en la pantalla, a través de un sistema informático, o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los participantes del acto público. b) Las propuestas económicas que superen el valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas. c) Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo. 2.6 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Presentar Carta Fianza c) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. Presentar Carta Fianza d) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. Presentar Carta Fianza e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. f) Código de cuenta interbancario (CCI). g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. h) Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso. 9

10 Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como: i. Copia de DNI del Representante Legal. j. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. k. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias Debidamente actualizado. l. Copia del RUC de la empresa. 2.7 PERIODO DE PUJA a) Solamente los postores clasificados podrán participar en el periodo de puja, realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente, al momento de efectuar los lances, el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento. b) Durante el periodo de puja, el postor deberá pujar sólo hasta con dos (02) decimales. c) Durante el periodo de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados. d) El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento. Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (03) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. El Comité Especial proveerá de un sistema de control de tiempo que será visible para todos los participantes. El periodo de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho periodo hayan desistido de seguir presentando nuevos lances. VALOR DE DECREMENTO El valor de los lances serán verbales y el valor monetario que representa el Decremento Mínimo el mismo que deberá contemplarse durante el periodo de puja, el que no puede ser inferior al cero punto uno por ciento (0.1%) ni superior al tres por ciento (3%) del valor referencial total, será el que se detalla en el cuadro siguiente: 10

11 ITEM DESCRIPCION DEL BIEN VALOR REFERENCIAL DECREMENTO MÍNIMO DEL TOTAL DEL V.R. DECREMENTO PORCENTUAL 1 S/.59, S/ % DIESEL B5 e) OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO: Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo más bajo. 2.8 EN CASO DE EMPATE En caso de empate el otorgamiento de la buena pro se efectuará de acuerdo a lo establecido en el artículo 95º del Reglamento. 2.9 CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO El otorgamiento de la buena pro quedará automáticamente consentido si hasta el momento del cierre del acto público, ningún participante hubiera dejado constar en actas su intención de interponer el recurso de apelación 11

12 CAPÍTULO III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS 1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Suministro de combustible para las unidades móviles de la unidad de negocios Chachapoyas de la Gerencia Regional Amazonas Cajamarca. La presente contratación tiene por finalidad el suministro de combustible para las unidades móviles de la unidad de negocios Chachapoyas de la Gerencia Regional Amazonas Cajamarca, para uso en el transporte del personal y asistencia en las labores cotidianas que se desarrollan durante el proceso de generación en cada una de las instalaciones eléctricas. 2. ANTECEDENTES Desde Agosto 2014, FONAFE ha transferido a Electro Oriente el Sistema Eléctrico Aislado Chachapoyas, la cual a través de su Unidad de Negocios requiere el suministro de combustible para el abastecimiento de sus unidades móviles, para el cumplimiento de sus actividades programadas. Los presentes requerimientos técnicos mínimos y especificaciones técnicas, definen los lineamientos y alcances para el Suministro de combustible para las Unidades Móviles de la Unidad de Negocios Chachapoyas de la Gerencia Regional Amazonas - Cajamarca, para el periodo OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN Suministro de combustible para las Unidades Móviles de la Unidad de Negocios Chachapoyas de la Gerencia Regional Amazonas Cajamarca, permitirá el abastecimiento para el desplazamiento de dichas unidades en cumplimiento de sus funciones asignadas como el del trasporte del personal hacia las Centrales Hidroeléctricas, y las distintas asistencias en las labores cotidianas que se desarrollan en cada una de las instalaciones eléctricas ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE A CONTRATAR 4.1. ALCANCE: Los tipos de combustibles a suministrar, atendiendo al volumen, son: Diesel B5. El suministro de combustible se realizará a través de las estaciones de servicio ubicadas en la provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas DESCRIPCION DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE 12

13 El suministro se realizará en una Estación de Servicio (Grifo) ubicada en la ciudad de Chachapoyas con surtidores que midan el volumen despachado y cuenten con la autorización expedida por el organismo pertinente. Para que el Contratista cumpla con el suministro de combustible a los vehículos designados por Electro Oriente, previamente y en coordinación con el personal encargado del área de LOGISTICA del Departamento de Generación Chachapoyas, este hará entrega de los Vales de Atención emitidos y autorizados por Electro Oriente, debidamente enumerados, firmados y autorizados, indicando las cantidades a suministrar por el Contratista. El Contratista, deberá garantizar el suministro continuo y permanente del combustible. El despacho del combustible se dará única y exclusivamente a los vehículos autorizados por Electro Oriente y solo en la estación de servicio indicada por el Contratista y ratificada en el contrato respectivo, con base en el Vale de Atención expedida por Electro Oriente S.A. con firma del Supervisor o administrador del contrato. El suministro de combustible dispondrá de las 24 horas durante los siete días de la semana para abastecimiento de las unidades móviles. Calidad de los equipos surtidores: Cumplir las características técnicas, de operación y seguridad de los equipos de suministro de combustible, instalados en la estación de servicio contratada, la cual debe ajustarse a los requerimientos y disposiciones legales vigentes. Atención durante suministros: Las estaciones de servicio deben contar con empleados que presten la debida atención y suministrar el combustible con responsabilidad, seguridad y precisión. Ellos verificarán el número de placa de cada vehículo antes del abastecimiento a fin de registrarlos en el medio establecido de control. Medida: Ofrecer y cumplir durante la vigencia del contrato con la medida establecida para cada galón de combustible solicitado el cual es de 3,784 centímetros cúbicos por galón (cm3). La variación de los precios durante la ejecución del contrato, estará sujeto a la situación del mercado a nivel nacional y se reajusta de acuerdo a la formula expresado en las bases. El primer día de cada mes el Contratista, hará entrega de los vales atendidos acompañados de una hoja de liquidación y de la factura correspondiente para su cancelación de acuerdo al contrato suscrito. El Combustible que oferte el Contratista será debidamente filtrado, y estar en condiciones técnicas de ser administrado a los vehículos, sin que estos posteriormente presenten desperfectos relacionados al combustible administrado. Así mismo deberá cumplir con las normas técnicas de calidad. 13

14 4.3. TABLA DE REQUERIMIENTOS Combustible SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DIESEL B5 UV Cantidad Tiempo de TOTAL Unidad Referencial Ejecución REQUERIDO Mensual (Meses) (Gln.) DIESEL B5 GALON ,600 La cantidad de consumo es referencial, pudiendo Electro Oriente, modificarla de acuerdo a sus necesidades. 5. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES 5.1. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS - DE LA FICHA TÉCNICA APROBADA El combustible requerido Petróleo Diesel B5 UV, cuenta con ficha técnica APROBADA, como bien común, esto según lo revisado en la lista de bienes comunes que aprueba y pública el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado OSCE. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN FICHA TÉCNICA APROBADA Denominación del bien Denominación técnica Unidad de medida Descripción General : DIESEL B5 : DIESEL B5 : GALÓN : DIESEL B5 CATÁLOGO ÚNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO Segmento/Familia/Clase/Commodity Ítem : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales anticorrosivos / Combustibles / Petróleo y destilado / Diesel : DIESEL B5 Código : CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN A. CARACTERÍSTICAS A.1. Requerimientos del Producto El Diesel B5 es un combustible constituido por una mezcla de Diesel N 2 (95%) y 5% en volumen de Biodiesel (B100). B. REQUISITOS B.1. Documentación 14

15 Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo: 1. Contar con la Autorización e Inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos vigente de la Dirección General de Hidrocarburos para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, de acuerdo a lo indicado en el Art.5 del D.S. Nº EM del 2 de agosto de Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos; y el Art. 78 del D.S. Nº EM del 22 de julio del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. Actualmente OSINERGMIN es el encargado de la administración del Registro de Hidrocarburos, por D.S. Nº EM del 3 de febrero del 2010, y regulado por R.C.D. OSINERGMIN N OS/CD del 18 de octubre del Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN. 2. Contar con el Certificado de Usuario de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados (IQPF), de acuerdo al DS. N EF del 21 de febrero de 2013, que indica que: ( ) las Gasolinas y Gasoholes, Diesel y sus mezclas con Biodiesel, serán controlados y fiscalizados únicamente en las zonas geográficas establecidas por el Artículo 1 del Decreto Supremo N DE- SG y sus normas modificatorias, y el Decreto Supremo N IN. B.2. Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante Atributos del bien El Diesel B5, deberá cumplir con las disposiciones establecidas por la Resolución Ministerial Nº MEM-DM, en la que se resuelve que la calidad del Diesel B5, debe cumplir la especificación del Diesel N 2, aprobada mediante D.S. N EM y sus modificatorias, que a continuación se detallan: 15

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17 C. CERTIFICACIÓN Opcional. La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial o un Certificado de Inspección con Valor Oficial que confirme que el bien entregado: Diesel B5, cumple con las especificaciones de calidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI. En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un Certificado de Calidad, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Diesel B5, cumple con las especificaciones de calidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI. En caso no se emitan en el país los documentos previamente indicados, el Contratista podrá presentar un Informe de Ensayo con Valor Oficial de lote, o en su ausencia un Informe de Ensayo de lote sin valor oficial, emitido por un Laboratorio acreditado por el INDECOPI, en el que se informe los resultados de las pruebas realizadas al bien entregado: Diesel B5. Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista. D. OTROS D.1. Transporte Para el transporte del Diesel B5, que se realiza generalmente en embarcaciones y en camiones tanques debidamente identificados; eventualmente se utilizan vagones tanque. El transporte se realiza de acuerdo a las normas de seguridad vigentes, y según el Art. 41 de la D.S. N EM, inciso h), se deberá identificar con los siguientes letreros: 17

18 6. CONDICIONES DE OPERACIÓN FORMA DE SUMINISTRO El suministro de combustible, se realizará de acuerdo al siguiente procedimiento: 1) Atención todos los días del año, incluido domingos y feriados, 24 horas del día. 2) Electro Oriente, proporcionará al Contratista un listado de los vehículos autorizados para el suministro, pudiendo incluir o excluir posteriormente otros vehículos, lo cual se comunicará al Contratista. El cambio comunicado por Electro Oriente, surtirá efecto a partir de la recepción de la comunicación por el contratista 3) Para suministrar el combustible, el Contratista deberá exigir la presentación de Vales de Atención los cuales deberán contener datos respecto a nombre de la estación o grifo, placa del vehículo, kilometraje del vehículo, sede a la que pertenece, la cantidad (glns) a suministrar, nombre del chofer, firma del funcionario autorizado. 4) Antes del despacho el personal del Contratista verificará la placa del vehículo a atender, y ante cualquier circunstancia extraña, el Contratista deberá informar inmediatamente al administrador del contrato y/o a la administración del Departamento de Generación Amazonas Cajamarca de Electro Oriente S.A. 5) Se suministrará el combustible requerido y detallado en el Vale de Atención, tomando las medidas de seguridad del caso. 6) Una vez concluido el despacho se informará al chofer que verifique lo suministrado y este entregará al contratista el vale de atención suscribiéndolo en señal de conformidad de la entrega DE LA ESTACIÓN DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE LA ESTACIÓN DE SERVICIO. El establecimiento deberá contar con la autorización de uso y funcionamiento otorgado por: La Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas de conformidad con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos. 18

19 Constancia de Inscripción en el Registro de Hidrocarburos emitido por OSINERGMIN Licencia de funcionamiento HORARIO DE ATENCIÓN El grifo o estación de servicio deberá estar en la capacidad de atender el requerimiento durante las 24 horas de día ininterrumpidamente a los vehículos autorizados por Electro Oriente S.A; de Lunes a Domingos, inclusive los feriados EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA La estación de servicio deberá contar como mínimo con lo siguiente: Dispensadores de combustible electrónicos y con capacidad de despacho de 10 o más galones por minuto para garantizar un eficiente, continúo y oportuno servicio, con un mínimo de dos dispensadores múltiples. Deberá contar necesariamente con servicios de agua, aire y servicios higiénicos, dentro de la Estación de Servicio y en buen estado. Se deberá permitir la inspección ocular de la estación de servicio y/o grifo. Cada estación de servicio deberá contar con Seguro vigente contra todo riesgo OTROS ASPECTOS DEL SUMINISTRO El Contratista será responsable ante el Electro Oriente S.A. por los daños o desperfectos que pudiera ocasionar a los vehículos el suministro de combustible adulterado u otra sustancia diferente a las solicitadas. El contratista se hará cargo en su totalidad del gasto que ocasione el mantenimiento o reparación del vehículo, si no lo hiciera en el término de diez (10) días, Electro Oriente descontará de uno o más pagos que corresponda el valor de la reparación y podrá ser causal de resolución del contrato por incumplimiento. Así mismo El Contratista será responsable ante cualquier evento o circunstancia dentro de sus estaciones de servicio, que afecten y/o dañen a los bienes y personal de Electro Oriente S.A. para lo cual el Contratista deberá contar con un seguro que garantice cubrir daños a terceros. El Contratista, verificará que la dotación de los combustibles se realice exclusivamente en los vehículos que Electro Oriente, designe y/o autorice, para ello verificará la presentación del Vale de Atención emitido por Electro Oriente con todos los visados del personal designado como administrador del contrato. Informar inmediatamente al Área de Logística, sobre ocurrencias que se ocasionen con los conductores de los vehículos. 19

20 Electro Oriente, no aceptará los vales que no tengan la firma del conductor. Está prohibido cambiar vales de abastecimiento por efectivo total o parcialmente bajo responsabilidad del Contratista y el conductor del vehículo Los vales serán abastecidos a un solo vehículo, no podrá ser fraccionado el abastecimiento en dos o más vehículos, si el vale no fuera abastecido en su totalidad, se anotará la cantidad exacta abastecida para efectos de facturación, la cual debe coincidir con el comprobante emitido por el Contratista. El conductor del vehículo deberá verificar en el surtidor que la cantidad de combustible abastecida corresponda a la cantidad que se consigna en el vale, el mismo que será anotado y dará su conformidad firmando el mismo y anotando su nombre El Contratista se compromete a mantener sus equipos en perfecto estado de funcionamiento con la finalidad de no interrumpir el suministro de combustible. El suministro deberá llevarse a cabo en las instalaciones de la mencionada Estación de Servicio del Contratista. El Contratista, entregará cuando Electro Oriente lo requiera, los certificados de calidad vigentes del combustible suministrado LUGAR DE ENTREGA El combustible será entregado y/o suministrado en la ciudad de Chachapoyas, Departamento de amazonas, en los centros de autoservicios o estación de servicios autorizados por el Contratista. Si el postor cuenta con más de una estación de servicios para el suministro de combustible, podrá indicar en su propuesta el número de estaciones de servicio adicionales, siempre que estas cumplan con las condiciones mínimas exigidas. El postor deberá precisar la ubicación exacta y dirección de cada una de las estaciones de servicio, para la ejecución de la prestación PLAZO DE ENTREGA La entrega y/o suministro del combustible se realizará en forma diaria durante las 24 horas, por un periodo de 12 meses, que inicia al día siguiente de suscrito el contrato. 7. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO El pago se realizará en forma mensual por el valor de cada liquidación, los cuales tendrán carácter de pagos a cuenta. El Contratista facturará por periodos mensuales, emitiendo una única factura por los suministros realizados durante el mes correspondiente, además de entregar las liquidaciones de consumo adjuntando los vales correspondientes. 20

21 La ejecución de la prestación será cancelada, previa conformidad, dentro de los plazos administrativos, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 181 del Reglamento de Contrataciones del Estado. El Comprobante de Pago deberá ser expresado en nuevos soles La conformidad de recepción se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de recepcionado los bienes. 8. VARIACION DE PRECIOS Y REAJUSTE DE PAGOS Los precios unitarios estarán sujetos a variaciones por normas dictadas por el Supremo Gobierno y de variaciones propias de los productores PETROPERU y otras refinerías para tales efectos se considerará lo siguiente: El Contratista deberá sustentar el incremento o decremento del precio luego de suscrito el contrato debiendo hacer de conocimiento por escrito del precio oficial ex planta al momento de la variación del mismo, el contratista está obligado a comunicar a Electro Oriente la nueva lista oficial de precios ex Planta de su proveedor en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles de producida la misma. La omisión de esta comunicación podrá ser considerada como un incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales esenciales y de acuerdo a lo estipulado en el reglamento Art.167, ser causal de resolución del contrato por causas imputables al contratista. El Contratista deberá adjuntar a su factura el documento emitido por su proveedor mayorista referente al reajuste en los precios, no considerándose el aumento de precios del otro mayorista. El reajuste de los precios será a partir de la fecha efectiva del Alza o Disminución, no pudiendo aplicarse al combustible entregado anterior a la fecha de reajuste. Electro Oriente, a través del administrador del Contrato emitirá un informe con la liquidación respectiva, sin embargo, para efectos de proceder con los reajustes del precio del combustible, será necesario contar con la comunicación escrita remitida por el Contratista sobre el incremento o disminución de precio. Formula de Reajuste Para efectos del cálculo e coeficiente de reajuste (K) siempre se considera como Vo el precio de venta del productor mayorista, en la fecha de otorgamiento de la buena pro. El coeficiente de reajuste (K) que se utilizara es el siguiente: K = Va / Vo Donde: K = Coeficiente de reajuste Va = Precio de venta del productor mayorista al momento de consumo. Vo = Precio de venta del productor mayorista, en la fecha de otorgamiento de la buena pro 21

22 El coeficiente se aplicará de la siguiente fórmula para reajustar el precio al momento de pago. Pa = Po * K Donde: Pa = Precio unitario actualizado al momento de consumo. Po = Precio unitario de su oferta económica. K = Coeficiente de reajuste. Se variara el monto del pago según lo que declare y demuestre el Contratista. Todos los precios incluyen IGV y todos los impuestos costos y gastos aplicables de ser el caso. El precio final a obtenerse después de aplicado el coeficiente de reajuste (K) será redondeado por redondeo simple. Se aceptara que el precio de galón reajustado tenga hasta tres decimales, sin embargo, al momento de realizar el pago se redondeara a dos decimales. 9. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del suministro requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento. La garantía de fiel cumplimiento, se ejecutará en su totalidad, solo cuando la resolución por la cual la entidad resuelve el contrato por causa imputable al Contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutariado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de las garantías corresponderá íntegramente a Electro Oriente, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado. 10. DISPOSICIONES ADICIONALES El Contratista, se obliga expresamente a no subcontratar y/o transferir total o parcialmente a terceros, la prestación a que se refiere el presente proceso. El incumplimiento de las obligaciones es causal de resolución de contrato. Asimismo, en el ámbito de las normas sobre contrataciones del estado, no procede la cesión de posición contractual. Será causal de resolución del contrato el incumplimiento reiterado de lo establecido en los párrafos anteriores. 11. VIGENCIA DEL CONTRATO El contrato tendrá vigencia a partir del día siguiente de su suscripción y estará vigente hasta la emisión de la conformidad por parte de la entidad y la realización del pago correspondiente de la última prestación, de conformidad con lo establecido en el Art. 149 del Reglamento. 12. PROHIBICIÓN DE PRÁCTICAS RESTRICTIVAS 22

23 Los postores en un proceso de selección están prohibidos de concertar entre sí o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia, bajo sanción de quedar inhabilitados para contratar con el Estado, sin perjuicio de las demás sanciones que establecen las disposiciones vigentes. 13. FORMA Y PLAZO DE PAGO Electro Oriente, realizará el pago total de la contraprestación a favor del Contratista, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes al otorgamiento de la conformidad de recepción de la prestación/ejecución total de la prestación, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento de Contrataciones del Estado, para efectos del pago de la prestación ejecutada por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación: - Recepción y conformidad del Administrador del Contrato; - Informe del Administrador del Contrato, emitiendo su conformidad de la prestación efectuada, cuando corresponda; - Vales de Atención; - Comprobante de pago respectivo; 14. CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN La conformidad del suministro de combustible es de responsabilidad del administrador del contrato designado por Electro Oriente, y se otorgará de conformidad con lo establecido en el Art.176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El administrador del contrato será el responsable de la supervisión en la ejecución de la prestación, teniendo en cuenta el cumplimiento de las condiciones contractuales el cual lo sustentará con la presentación del informe de conformidad respectivo en un plazo que no exceda a los 10 días calendarios de culminada la prestación de forma mensual. En caso de existir observaciones sobre la ejecución de la prestación, Electro Oriente indicará por escrito el sentido de estas, dando al Contratista, un plazo prudencial para la subsanación; el plazo otorgado no podrá ser menor de dos (02) ni mayor de diez (10) días calendarios. Si a pesar del plazo otorgado, el Contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, Electro Oriente podrá resolver el contrato, sin prejuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Para efectos de la conformidad, el Contratista entregará a Electro Oriente, la documentación requerida concerniente a la ejecución de la prestación, el cual se detalla en el párrafo precedente. La recepción conforme, no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o por vicios ocultos. 23

24 15. REQUISITOS PARA SER POSTOR Podrán participar como postores al presente proceso de selección, Personas Naturales y/o Jurídicas debidamente constituidas, que efectúen la prestación objeto de la presente convocatoria. Estar habilitado para contratar con el Estado. Contar con las autorizaciones legales vigentes para la comercialización de combustible. 16. NATURALEZA JURÍDICA La relación contractual entre Electro Oriente S.A. y el Contratista se regirá por lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM, y demás normas conexas. 17. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN. La presente convocatoria, se realiza por la modalidad A PRECIOS UNITARIOS. 18. FINANCIAMIENTO. El costo total a contratar, será financiado por Electro Oriente S.A. con cargo a recursos propios. 19. ACCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE SEGURIDAD El Contratista es responsable de la ejecución de la prestación requerida por Electro Oriente S.A., quedando obligado a tomar todas las medidas de prevención y de seguridad necesaria para evitar los peligros y riesgos contra la integridad psicofísica, la salud y la vida de las personas; para lo cual debe considerar como prioridad básica que su personal deba contar con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). El riesgo resultante de la inobservancia de esta obligación, será de estricta responsabilidad del Contratista, corriendo con todo tipo de penalidades y perjuicios que pudieran presentarse durante la prestación del servicio. Electro Oriente S.A. no indemnizara al Contratista por posibles pérdidas o daños que surjan en sus materiales, herramientas, instalaciones y otros, sea aquellos que provengan por fuerza mayor, hechos de terceros o del propio Contratista. Cuando se produzca daños a bienes de Electro Oriente S.A., causado por actos u omisiones generados por personal del Contratista, estas previas evaluaciones y valorizaciones justificadas serán cargadas a responsabilidad del Contratista, la cual se hará efectivo previo descuento en los pagos respectivos por la prestación del servicio. 24

25 CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO Conste por el presente documento, la contratación del suministro de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [ ], con domicilio legal en [ ], representada por [.. ], identificado con DNI Nº [ ], y de otra parte [...], con RUC Nº [...], con domicilio legal en [...], inscrita en la Ficha N [...] Asiento N [...] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], debidamente representado por su Representante Legal, [...], con DNI N [..], según poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [ ] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a las Especificaciones Técnicas. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV. 10 Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO 11 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica. En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago. 25

26 LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO]. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 12 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del contrato 13 : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. IMPORTANTE: Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente: De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo En el caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 14 : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso. 26

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