SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES BASES DE VENTA SUBASTAS ELECTRÓNICAS 2014 PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES

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1 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES BASES DE VENTA SUBASTAS ELECTRÓNICAS 2014 PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1931, Colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, en la Ciudad de México, Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, 36, 38 fracción II, 38 ter, 39, 42, 45, 47 y 52 a 54 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (LFAEBSP); 38 y 51 de su Reglamento (RLFAEBSP); y numerales PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, QUINTO, SÉPTIMO, SÉPTIMO BIS, NOVENO BIS, DÉCIMOCUARTO, DÉCIMOQUINTO, DÉCIMOSEXTO, VIGÉSIMO PRIMERO a TRIGÉSIMO SEGUNDO de las Políticas, Bases y Lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la venta de los bienes muebles, inmuebles, activos financieros y empresas que le son transferidos (POBALINES), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2008, así como sus diversas modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación, emite las BASES DE VENTA de subastas electrónicas para la enajenación de bienes inmuebles durante el ejercicio 2014, las cuales se encuentran disponibles de manera gratuita a partir de la fecha de la publicación de la CONVOCATORIA en la dirección electrónica de Internet en lo sucesivo EL PORTAL. Las presentes BASES DE VENTA estarán vigentes únicamente para los procedimientos de SUBASTAS de bienes inmuebles que se lleven a cabo en EL PORTAL, y no serán aplicables a otros procedimientos de SUBASTAS que se realicen en otros canales comerciales autorizados por el SAE. I. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA. La CONVOCATORIA se publicó el 24 de enero de 2014 en el periódico Reforma, y se modificó mediante acuerdo de 2 de abril de 2014 publicado en el periódico El Universal y mediante acuerdos de 11 de julio y 27 de agosto de 2014, publicados en el periódico Milenio. La CONVOCATORIA, las BASES DE VENTA y toda la documentación que en las mismas se refiere, serán difundidas en idioma español y las cifras expresadas en moneda nacional de los Estados Unidos Mexicanos. II. DEFINICIONES. Para efectos de las BASES DE VENTA, ya sea en singular o plural, se entenderá por: 1. BASES DE VENTA.- El presente documento que determina las condiciones, términos y formalidades que deben cumplir los PARTICIPANTES en las SUBASTAS, y contienen los derechos y obligaciones de las partes, elaboradas de conformidad con la LFAEBSP, el RLFAEBSP y demás normativa aplicable. 2. CONVOCATORIA.- Al anuncio del procedimiento público de venta de SUBASTAS. 3. DÍAS HÁBILES.- Los establecidos como no inhábiles en las Disposiciones de Carácter General que para tal efecto publica de manera anual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Los comunicados de las SUBASTAS se realizarán durante las 24 horas, los 365 días del año a través de correo electrónico. 4. FALLO.- Al acto por medio del cual el SAE evalúa y determina el resultado de las SUBASTAS. 5. GANADOR.- PARTICIPANTE a quien le ha sido aceptada su OFERTA DE COMPRA y declarada como la oferta más alta. 6. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- Cantidad que debe entregar el GANADOR para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con las BASES DE VENTA, y que se aplicará a favor del SAE en caso de incumplimiento. 7. GARANTÍA DE SERIEDAD.- Cantidad que debe entregar el PARTICIPANTE de tal manera que se asegure el sostenimiento de su OFERTA DE COMPRA al participar en las SUBASTAS, de conformidad con las BASES DE VENTA. 8. INTERESADO.- La persona física o moral que tenga intención de participar en la SUBASTA. 9. LOTE.- Un bien inmueble o conjunto de bienes inmuebles que será tratado como una sola unidad para efectos de su venta en las SUBASTAS. 10. OFERTA DE COMPRA.- Oferta económica, incondicional e irrevocable, presentada por el PARTICIPANTE para adquirir un LOTE de conformidad con lo establecido en las BASES DE VENTA. La OFERTA DE COMPRA tendrá un carácter de oferta pendiente hasta que el PARTICIPANTE realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD, y éste sea verificado por el SAE. Página 1 de 11

2 11. PARTICIPANTE.- A la persona que cumpla con los requisitos establecidos en las BASES DE VENTA y demás normativa aplicable y que haya concluido el proceso de inscripción en EL PORTAL y que presente OFERTAS DE COMPRA dentro de la SUBASTA. 12. PRECIO DE SALIDA.- Al valor inicial de los LOTES en las SUBASTAS. 13. REPRESENTANTE LEGAL o APODERADO.- Persona física con las facultades suficientes para actuar en nombre de otra persona (ya sea física o moral según sea el caso) en las SUBASTAS. 14. SUBASTAS.- Al procedimiento público de venta a través de medios electrónicos por el cual los PARTICIPANTES realizan sus OFERTAS por esos medios. III. BIENES OBJETO DE LAS SUBASTAS. Los bienes objeto de las SUBASTAS se presentan en LOTES. Un LOTE está conformado por un bien inmueble o conjunto de bienes inmuebles. El SAE cuenta con documentación que acredita el legítimo derecho de propiedad del encargo o entidad transferente sobre los LOTES objeto de las SUBASTAS o la facultad de disponer de éstos. Los LOTES se presentan con su número de lote, descripción, condición física, ubicación y, en su caso, superficie total, linderos y colindancias, incluyendo su superficie de terreno, superficie de construcción, fotografías; nombre, denominación o razón social de la entidad transferente; existencia en su caso de gravámenes, limitaciones de dominio o cualquier otra carga que recaiga sobre los bienes; problemática jurídica y/o condición especial, mismas que podrán ser consultadas gratuitamente en EL PORTAL. Los LOTES se ofrecen AD CORPUS de conformidad con lo establecido en el artículo 2261 del Código Civil Federal y sus correlativos de los códigos civiles de las entidades federativas de la República Mexicana y en las condiciones físicas y jurídicas en que actualmente se encuentran. Los LOTES clasificados con problemática jurídica y/o condiciones especiales se ofrecen en las condiciones físicas, documentales y jurídicas señaladas a la fecha de publicación en EL PORTAL, por lo que las OFERTAS DE COMPRA que realicen los PARTICIPANTES se realizarán tomando en consideración las mismas y cualquier otra no conocida por el SAE, incluso antes de la publicación de los LOTES en EL PORTAL o que surja con posterioridad a la fecha de la publicación y hasta antes de la entrega del LOTE, la cual no será responsabilidad del SAE y deberá ser asumida por el GANADOR de la SUBASTA, por lo que libera al SAE del saneamiento para el caso de evicción, por vicios ocultos, así como por la existencia no conocida por el SAE o sobreviniente de gravámenes, limitaciones de dominio o cualquier otra carga que recaiga sobre éstos o cualquier otro problema que pudiese existir respecto de cualquiera de los LOTES. Los LOTES regulares o sin problemática ni condiciones especiales (PJ (0)) se entregarán libres de gravamen y limitaciones de dominio, así como al corriente en el pago de impuestos y derechos por los servicios con los que cuenten y el SAE garantiza su legal transmisión y entrega física. Los LOTES clasificados con problemática jurídica y/o condiciones especiales, se ofrecen en las condiciones físicas, documentales y jurídicas señaladas a la fecha de su publicación en EL PORTAL. Las OFERTAS DE COMPRA que realicen los PARTICIPANTES por los LOTES identificados con las nomenclaturas: PJ(1), PJ(2), PJ(3), PJ(4), CE(1), CE(2), CE(3), CE(4), CE(5) y CE(6) se entiende que las realizan tomando en consideración, según corresponda, esa problemática jurídica y/o condición especial y cualquier otra problemática o condición especial no conocida por el SAE, incluso antes de la publicación de los LOTES en EL PORTAL o que surja con posterioridad a la fecha de la publicación y hasta antes de la entrega del inmueble, la cual no será responsabilidad del SAE y deberá ser asumida por el GANADOR, por lo que el GANADOR libera al SAE del saneamiento para el caso de evicción, por vicios ocultos, así como por la existencia no conocida por el SAE o sobreviniente de gravámenes, limitaciones de dominio o cualquier otra carga que recaiga sobre éstos o cualquier otro problema que pudiese existir respecto de cualquiera de los LOTES. Los LOTES identificados con PJ (0) no tienen problemática jurídica alguna, es decir son regulares, cuentan con escritura y con posesión. La clasificación de los LOTES que presentan alguna Problemática Jurídica (PJ) y/o Condiciones Especiales (CE) (en cuyos casos las actividades necesarias para su regularización serán a cargo del GANADOR) se detalla a continuación: 1. PROBLEMÁTICAS JURÍDICAS (PJ) Página 2 de 11

3 PJ (1) Con posesión, sin escrituras. Los gastos por concepto de impuesto predial, consumo de agua, cuotas de mantenimiento, energía eléctrica y honorarios notariales e impuestos por la traslación de dominio a favor de la entidad transferente, derivados de la adjudicación serán a cargo del GANADOR, a partir del FALLO. PJ (2) Con posesión, con gravámenes o embargos a favor de terceros. Los gastos por concepto de impuesto predial, consumo de agua, cuotas de mantenimiento, energía eléctrica y honorarios notariales derivados de la adjudicación serán a cargo del GANADOR, a partir del FALLO. El gravamen, embargo y la anotación marginal a favor de la entidad transferente, en caso de que existan, se cancelarán al momento de la protocolización de la compraventa, con cargo al GANADOR. PJ (3) Sin posesión y con escrituras. Los gastos para la toma de posesión del inmueble y los gastos por concepto de impuesto predial, consumo de agua, cuotas de mantenimiento y energía eléctrica, serán a cargo del GANADOR. PJ (4) Sin posesión y sin escrituras. Los gastos para la toma de posesión del inmueble y los gastos por concepto de impuesto predial, consumo de agua, cuotas de mantenimiento, energía eléctrica y honorarios notariales, impuestos y derechos por la traslación de dominio a favor de la entidad transferente, derivados de la adjudicación serán a cargo del GANADOR. 2. CONDICIONES ESPECIALES (CE) CE (1) Con gravamen, hipoteca o embargo a favor de la entidad transferente o tercero y/o inscrito como anotación marginal a favor de la entidad transferente en el Registro Público de la Propiedad. Los impuestos, gastos y derechos que correspondan por la transmisión de la propiedad a favor del fisco federal o de cualquier otra transferente deberán ser cubiertos por el GANADOR. El gravamen, embargo y la anotación marginal a favor de la entidad transferente, en caso de que existan, se cancelarán al momento de la protocolización de la compraventa, con cargo al GANADOR. CE (2) No se encuentra delimitado, no cuenta con colindancias o límites identificables. No se realizará entrega física del inmueble. CE (3) Discrepancia conocida en la superficie del terreno, respecto de lo señalado en el avalúo, escritura pública, Registro Público de la Propiedad o Catastro. Todos los gastos, derechos, honorarios notariales o periciales necesarios para el levantamiento topográfico, deslinde o subdivisión, adicionales a aquéllos necesarios para su escrituración, serán a cargo del Ganador. CE (4) Una de las colindancias se encuentra sobre un canal que pasa por el terreno. CE (5) El comprador deberá tramitar a su costa la toma de posesión judicial o administrativa del inmueble. CE (6) Para los LOTES de inmuebles procedentes de la entidad transferente Fondo de Desincorporación de Entidades (FDE), todos los impuestos, derechos, gastos y honorarios notariales que se generen por la protocolización de la escritura de compraventa correspondiente correrán a cargo del GANADOR. Asimismo, deberá tomarse en consideración que el GANADOR deberá pagar a su costa todos los impuestos, derechos, gastos y honorarios notariales que se causen o que se encuentren pendientes de pago por la formalización de la transmisión de propiedad por fusión de las sociedades que integraban el sistema Banrural o que por cualquier razón hayan formado parte de éste, a favor del Banco Nacional de Crédito Rural S.N.C. en liquidación, como sociedad fusionada y/o adicionalmente los gastos, impuestos, derechos y honorarios notariales pendientes por la formalización de la transmisión de propiedad a favor del Fondo de Desincorporación de Entidades, con motivo de la suscripción del Convenio de Transmisión de Propiedad y Titularidad a Título Gratuito de Bienes, Derechos y Obligaciones Contingentes que integran las actividades residuales del Proceso de Desincorporación del Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C., en Liquidación (Banrural en liquidación) a favor del Fondo de Desincorporación de Entidades. Asimismo, correrán a cargo del GANADOR los gastos de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad de las escrituras correspondientes a tales transmisiones. CE (8) En el caso de los inmuebles de Luz y Fuerza del Centro en lliquidación cuyos titulares sean sociedades que por cualquier razón forme parte de ésta, los impuestos, derechos, gastos y honorarios notariales que se causen por la traslación de dominio a favor de Luz y Fuerza del Centro en liquidación e inscripción en el Registro Público de la Propiedad de la escritura correspondiente a tal transmisión, correrán a cargo del GANADOR. Página 3 de 11

4 IV. PRECIO BASE DEL BIEN. Los LOTES objeto de las SUBASTAS se ofertarán con un PRECIO DE SALIDA, el cual incluye el importe correspondiente a la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los casos en que se cause dicho impuesto conforme a la legislación aplicable y vigente, por lo que las OFERTAS DE COMPRA que se hagan por los LOTES se entenderán con IVA incluido. El PRECIO DE SALIDA de cada LOTE podrá ser consultado al momento de la publicación de la SUBASTA respectiva en EL PORTAL. V. PROCEDIMIENTO DE LA SUBASTA. El procedimiento de las SUBASTAS será el siguiente: 1. Inscripción.- Los INTERESADOS en participar en las SUBASTAS deberán registrarse en EL PORTAL, conforme al procedimiento establecido en el mismo. La información a proporcionar es absolutamente confidencial y exclusiva para los propósitos comerciales del mismo y se regirá conforme a lo señalado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. El SAE podrá solicitar a los INTERESADOS cualquier aclaración o modificación de la información de registro. Los INTERESADOS deberán registrar la información que se le solicite en EL PORTAL, así como cargar en el mismo la documentación que se requiera, entre otra: nombre completo, denominación o razón social; nombre de usuario; una contraseña que el usuario elige; datos de domicilio: calle y número, colonia, municipio o delegación, estado y código postal de 5 caracteres; Registro Federal de Contribuyentes con Homoclave (13 caracteres para personas físicas y 12 caracteres para personas morales); Clave Única del Registro de Población (CURP); número telefónico; cuenta de correo electrónico; y una cuenta bancaria con número CLABE, por medio de la cual se devolverán los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD en caso de no resultar GANADOR en las SUBASTAS. El proceso de inscripción concluye al aceptar incondicionalmente los términos y condiciones de utilización del PORTAL, de la CONVOCATORIA y de las BASES DE VENTA. Todos los datos que se asienten en dicho registro deberán ser veraces, ya que el SAE podrá en cualquier momento requerir al INTERESADO, PARTICIPANTE o, en su caso, GANADOR acreditar su personalidad, así como la veracidad de los datos aportados, misma que deberá coincidir con los datos de su registro en EL PORTAL. Dicho requerimiento se realizará a través de EL PORTAL o vía correo electrónico a la cuenta registrada y deberá atenderse en los términos establecidos en el mismo. En caso de que el PARTICIPANTE resultara GANADOR en una SUBASTA y no pudiera acreditar su personalidad por no contar con la documentación que registró o los datos no coincidan con los declarados en dicho registro, la OFERTA DE COMPRA será desechada y el PARTICIPANTE descalificado y se hará acreedor a las penas y sanciones señaladas en las BASES DE VENTA. La inscripción en EL PORTAL es personal e intransferible. Los INTERESADOS podrán inscribirse durante las 24 horas de los 365 días del año, debiendo cumplir con el plazo y monto mínimo para el depósito de las GARANTÍAS DE SERIEDAD para poder realizar sus ofertas. Una vez completado el registro y que este sea aprobado por el SAE, recibirá un correo electrónico de confirmación de registro. El proceso de registro no tiene costo alguno y sólo se realiza en una ocasión para participar en las SUBASTAS. 2. Documentos para la acreditación de personalidad.- La documentación descrita en este apartado será indispensable para la formalización de venta de los LOTES adjudicados. Los documentos para acreditar la identidad y constitución de los PARTICIPANTES y personalidad jurídica de los representantes o apoderados en las SUBASTAS será, de manera enunciativa mas no limitativa, la siguiente: PERSONA MORAL Acta constitutiva y última modificación, con sello del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, con el desglose de accionistas, en su caso. Poder Notarial del representante legal con facultades por lo menos para actos de administración, otorgado ante fedatario público y manifestación por medio de escrito libre que señale que el poder no le ha sido limitado ni revocado. Datos generales del representante legal e identificación oficial vigente (debiendo ser alguno de los siguientes PERSONA FISICA Identificación oficial vigente (debiendo ser alguno de los siguientes documentos: credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte o cédula profesional). Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única del Registro de Población (CURP). Comprobante de Domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (debiendo ser alguno de los siguientes documentos: Recibo de pago del impuesto predial, agua, energía eléctrica o teléfono Página 4 de 11

5 documentos: credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte o cédula profesional). Cédula de Identificación Fiscal (cuando se trate de fideicomisos, presentar cédula de identificación fiscal de la fiduciaria o del propio fideicomiso, en su caso). Comprobante de Domicilio Fiscal con antigüedad no mayor a tres meses (pudiendo ser alguno de los siguientes documentos: Recibo de pago de impuesto predial, agua, energía eléctrica o teléfono fijo). En caso de fideicomisos, comprobante de domicilio de la fiduciaria o del propio fideicomiso, en su caso. Una cuenta de correo electrónico. Contrato constitutivo del fideicomiso y sus convenios modificatorios, de ser el caso. Copia del estado de cuenta bancario a nombre de la persona moral inscrita en EL PORTAL que demuestre la existencia de la cuenta CLABE registrada. Manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del representante legal de que la información remitida es veraz. fijo). Una cuenta de correo electrónico. En caso de actuar a través de apoderado, poder otorgado ante fedatario público con facultades por lo menos para actos de administración y manifestación por medio de escrito libre que señale que el poder no ha sido limitado o revocado, así como los datos del apoderado e identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte o cédula profesional). Copia del estado de cuenta bancario a nombre de la persona física inscrita en EL PORTAL que demuestre la existencia de la cuenta CLABE registrada. Manifestación bajo protesta de decir verdad de que la información remitida es veraz. 3. Impedidos para participar.- De conformidad con el artículo 32 de la LFAEBSP, estarán impedidas para participar en las SUBASTAS, las personas que se encuentren en los supuestos siguientes: I.- Las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; II.- Las que no hubieren cumplido con cualquiera de las obligaciones derivadas de los procedimientos previstos en esta Ley, por causas imputables a ellas; III.- Aquéllas que hubieren proporcionado información que resulte falsa o que hayan actuado con dolo o mala fe, en algún procedimiento realizado por la Administración Pública Federal para la adjudicación de un bien; IV.- Aquéllas que hubieren participado en procedimientos similares con el Gobierno Federal y se encuentren en situación de atraso en el pago de los bienes por causas imputables a ellos mismos, salvo los casos previstos en los lineamientos que para tal efecto expida la Junta de Gobierno del SAE; V.- Aquéllas a las que se les declare en concurso civil o mercantil; VI.- Los terceros a que se refiere el artículo 38 de la LFAEBSP, respecto de los bienes cuya enajenación se les encomiende; VII.- Los agentes aduanales y dictaminadores aduaneros, respecto de los bienes de procedencia extranjera; VIII.- Los servidores públicos que por sus funciones hayan tenido acceso a información privilegiada, y IX.- Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de Ley. El SAE se reserva el derecho de verificar y en su caso descalificar en cualquier momento a los PARTICIPANTES, cuando se llegue a conocer por cualquier medio, que se encuentran en alguno de los impedimentos mencionados en el presente numeral. 4. OFERTAS DE COMPRA y depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD.- Por cada LOTE que deseen adquirir, los INTERESADOS deberán realizar una OFERTA DE COMPRA y depositar la GARANTÍA DE SERIEDAD que asegure el sostenimiento de su oferta en los términos establecidos en EL PORTAL. La primera OFERTA DE COMPRA de cada uno de los lotes en los que se desee participar podrá presentarse una vez que se publiquen en EL PORTAL los LOTES a subastar del evento que corresponda a más tardar dos días hábiles antes de la fecha de cierre señalada en el calendario establecido en la CONVOCATORIA. La(s) oferta(s) tendrá(n) un estatus de oferta(s) pendiente(s) hasta que dicho PARTICIPANTE realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD y sea confirmado por el SAE. Los INTERESADOS deberán exhibir la GARANTÍA DE SERIEDAD por medio de un depósito referenciado, que deberá efectuarse a más tardar dos días hábiles previos a la fecha del cierre de la SUBASTA. En caso de que no se realice el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD la oferta será rechazada. La información necesaria para la realización del depósito referenciado (línea de captura) será enviada vía correo electrónico después de haberse realizado la OFERTA DE COMPRA. Dichos depósitos pueden ser realizados vía electrónica a Página 5 de 11

6 través de EL PORTAL o en sucursal mediante el depósito de cheque nominativo utilizando el formato denominado de Pago Único que emite EL PORTAL. Los INTERESADOS deberán considerar los usos y horarios bancarios. En el caso de que dicho depósito no se vea reflejado en los estados de cuenta correspondientes, la OFERTA DE COMPRA será desechada; esta situación será informada al PARTICIPANTE mediante correo electrónico. El monto mínimo para la GARANTÍA DE SERIEDAD será del 10% (diez por ciento) del importe de su oferta inicial, el cual no podrá ser menor a $10, (Diez mil pesos 00/100 M.N.). El SAE conservará en custodia los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD, desde el momento en que los reciba y hasta el término de las SUBASTAS. Este depósito no generará intereses ni cantidad alguna por cualquier otro concepto, por el tiempo en que hayan estado retenidos los recursos depositados por los PARTICIPANTES. A los PARTICIPANTES que no resulten GANADORES al finalizar las SUBASTAS se les hará la devolución del depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD vía electrónica al número de cuenta CLABE que fue proporcionada durante la inscripción en EL PORTAL. En el supuesto de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD se realice mediante cheque y éste sea devuelto por cualquier causa por el banco, el INTERESADO estará obligado a reembolsar la cantidad que la institución bancaria cobre por la devolución del mismo. Los PARTICIPANTES podrán observar desde la presentación de su OFERTA DE COMPRA en EL PORTAL, la posición de la misma con respecto a la de los demás en la misma SUBASTA. En el caso de que se detecte que el valor de la OFERTA DE COMPRA está muy por encima del valor de la segunda más alta colocada en las SUBASTAS en proceso o que la misma está muy por encima del PRECIO DE SALIDA, EL PORTAL requerirá al PARTICIPANTE confirmar su OFERTA DE COMPRA. 5. Inspección ocular.- Los INTERESADOS que hayan presentado OFERTA DE COMPRA sobre uno o más LOTES, podrán visitar e inspeccionar los mismos. La visita ocular y/o inspección física es opcional en todos los casos, por lo que en caso de no realizarla o de realizarla inadecuadamente los PARTICIPANTES no podrán argumentar tales causas para solicitar la cancelación parcial o total de la SUBASTA o de la venta respectiva. Cuando por la naturaleza del(los) LOTE(S), por su ubicación o cualquier otra circunstancia no pueda realizarse la inspección física, se pondrán a su disposición fotografías en EL PORTAL. Dichas fotografías únicamente se mostrarán como apoyo, sin que por ello se entienda que existe o existirá responsabilidad y garantía por parte del SAE sobre sus características y condiciones. Por tanto, éstas no serán motivo de cancelación de la venta o de la devolución parcial o total de los montos pagados por los compradores. Sólo podrán visitarse aquellos LOTES que estén clasificados con PJ (0), regulares y con posesión y que cuenten con servicio de vigilancia, previa confirmación por parte del área responsable del SAE y para ello, se deberá enviar una solicitud vía correo electrónico a la dirección ventas@sae.gob.mx, con al menos un día hábil de anticipación a la fecha de visita y hasta dos días hábiles antes de la fecha de cierre de las SUBASTAS a efecto de programar la visita. Respecto de los LOTES que no cuenten con servicio de vigilancia, únicamente se mostrarán fotografías de los mismos en EL PORTAL y en el CUARTO DE DATOS localizado en las oficinas del SAE, ubicadas en Avenida Insurgentes Sur Número 2073, Colonia San Ángel Inn, Código Postal 01000, Delegación Álvaro Obregón, en la Ciudad de México, Distrito Federal, en un horario de las 10:00 a las 14:00 horas y de las 16:30 a las 18:00 horas, en días hábiles, con estricto apego al Reglamento del Cuarto de Datos, sin que ello implique responsabilidad alguna o garantía del SAE, por lo que este hecho no podrá ser motivo de cancelación o devolución de los pagos efectuados. El Reglamento de uso del Cuarto de Datos se encuentra publicado en EL PORTAL como anexo de las BASES DE VENTA. 6. Realización de las SUBASTAS.- El día de cierre de la SUBASTA y el inmediato anterior, podrán participar mejorando sus ofertas exclusivamente aquellos que hubiesen cumplido plenamente con el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD; dicha participación podrá realizarse a partir de la confirmación del depósito con lo que su OFERTA DE COMPRA cambia de estatus pendiente a confirmada. Página 6 de 11

7 Los PARTICIPANTES podrán mejorar sus OFERTAS DE COMPRA durante el plazo y medios establecidos en EL PORTAL, sin necesidad de incrementar su depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD. Las SUBASTAS cierran a las 14:00 horas conforme al huso horario de la ciudad de México, de la fecha de término o cierre señalada. Para incrementar el monto de las OFERTAS DE COMPRA, los PARTICIPANTES deberán realizar pujas por los LOTES en EL PORTAL, por cualquiera de las siguientes modalidades: a. Puja libre: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA de manera manual en el PORTAL, ingresando el monto exacto de su oferta. b. Puja por montos establecidos: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA en montos fijos determinados de manera previa en EL PORTAL. c. Puja automática: El PARTICIPANTE incrementa su OFERTA DE COMPRA utilizando un sistema automatizado en EL PORTAL, en el que se establece y programa un monto máximo para adquirir el LOTE y el sistema realiza de manera automática una puja por un monto preestablecido de $1, (Un mil pesos 00/100 M.N.) en cada ocasión que otro PARTICIPANTE en la misma SUBASTA ofrezca un monto mayor a su última puja efectiva. EL PORTAL dejará de realizar la puja automática cuando se alcance el monto máximo establecido por el PARTICIPANTE. El monto máximo no se considerará OFERTA DE COMPRA, sino las pujas que se hagan efectivas por EL PORTAL. Las pujas automáticas no podrán programarse en las 48 horas previas al cierre de las SUBASTAS. 7. Causas de descalificación de PARTICIPANTES.- El SAE descalificará a los PARTICIPANTES por: a. No cumplir con cualquiera de los requisitos que se señalan en las BASES DE VENTA. b. No cumplir con los procedimientos establecidos en EL PORTAL. c. Por participar de manera tendenciosa o intentar manipular el procedimiento. d. Cuando participen en las SUBASTAS con dolo o mala fe de manera que afecten la transparencia o la propia realización de las SUBASTAS. e. Encontrarse en los supuestos del artículo 32 de la LFAEBSP. f. No presentar la documentación para acreditar su identidad o personalidad jurídica cuando sea requerida por el SAE. g. Cuando los datos aportados durante el proceso de registro sean falsos. 8. FALLO.- Una vez realizado el cierre de la SUBASTA, el SAE procederá a la evaluación de las OFERTAS DE COMPRA, para verificar que se cumplan con los requisitos señalados en la CONVOCATORIA y las BASES DE VENTA. Concluido el análisis, se procederá a emitir el FALLO, declarando GANADOR al PARTICIPANTE con la mayor OFERTA DE COMPRA, siempre que la misma sea igual o mayor al PRECIO DE SALIDA. En caso de empate, el(los) LOTE(S) se adjudicarán al PARTICIPANTE que primero la haya registrado en el PORTAL y que haya cumplido con el depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD; y en el caso de empate de OFERTAS DE COMPRA realizadas bajo la modalidad de puja automática, se declarará GANADOR al PARTICIPANTE que la haya programado primero. El PARTICIPANTE con la OFERTA DE COMPRA más alta, al cierre del plazo para presentar ofertas, recibirá vía correo electrónico, la notificación de su posición como GANADOR, a la dirección de correo electrónico señalada durante el proceso de inscripción. Posteriormente, el FALLO se notificará a los PARTICIPANTES a través del correo electrónico señalado por cada uno de ellos durante el proceso de inscripción. Asimismo, el FALLO será publicado en EL PORTAL. 9. Devolución de la GARANTÍA DE SERIEDAD.- Una vez emitido el FALLO, se procederá a realizar las devoluciones correspondientes de los depósitos de GARANTÍA DE SERIEDAD a aquellos PARTICIPANTES cuyas posturas no resultaron ganadoras o que la hayan realizado fuera de los plazos establecidos, al número de cuenta bancaria CLABE señalado por los mismos durante el proceso de inscripción. Página 7 de 11

8 En el supuesto que el número de cuenta bancaria CLABE proporcionado por el INTERESADO o PARTICIPANTE sea erróneo, se notificará dicha situación vía correo electrónico, para que en un plazo de tres días hábiles remita por la misma vía, el número de cuenta bancaria CLABE correcto para poder realizar la devolución. 10. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- Una vez celebrado el cierre de la SUBASTA, los GANADORES deberán efectuar el depósito de GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO para asegurar el cumplimiento de obligación de pago del(los) LOTE(S) adjudicado(s). El GANADOR contará con cinco días hábiles a partir de la fecha en que se dé a conocer el FALLO, para efectuar un pago que sumado a su depósito de GARANTÍA DE SERIEDAD sea equivalente al 25% del monto total del LOTE adjudicado, el cual se constituirá como GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. En caso de que el depósito de la GARANTÍA DE SERIEDAD realizado por el GANADOR, sea mayor o igual al 25% del pago total del LOTE en cuestión, será considerado como el depósito de GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO y se proseguirá con lo correspondiente al pago total. La información necesaria para la realización del depósito referenciado (Referencia Alfanumérica) de las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO, será enviada vía correo electrónico. Dichos depósitos pueden ser realizados vía electrónica o en sucursal mediante el depósito de cheque nominativo. Los GANADORES deberán considerar los usos y horarios bancarios. VI. Pago de los LOTES.- Una vez exhibidas las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO, los GANADORES de las SUBASTAS deberán efectuar el pago del restante 75% o el porcentaje restante del monto total adjudicado, al momento en que se firme la escritura pública, o bien, en un plazo que no excederá los sesenta días hábiles contados a partir del día en que se dé a conocer el FALLO, lo que ocurra primero. La información para realizar dicho pago estará disponible en EL PORTAL. Los GANADORES podrán realizar el pago de manera extemporánea dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo señalado para su cumplimiento, pagando además del saldo pendiente exigible, el 5% aplicado sobre dicho saldo o el equivalente a 10 días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, lo que sea mayor. Para los efectos de las BASES DE VENTA, se entenderá que la venta surte todos sus efectos hasta que sea pagada la totalidad del precio de venta. En caso de que el GANADOR, no realice el pago total del (los) LOTE(S) en los plazos establecidos, será facultad del SAE cancelar la OFERTA DE COMPRA al GANADOR. VII. FORMALIZACIÓN DE LA VENTA DE LOS LOTES.- El GANADOR deberá designar por escrito dentro de los diez días naturales contados a partir del día de la fecha de FALLO, al fedatario público ante el que se protocolizará la escritura pública de la operación de compraventa, tomando en consideración que el domicilio de los representantes del SAE y en donde se suscribirán las escrituras correspondientes por parte de los mismos es el ubicado en Avenida Insurgentes Sur 1931, Colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, en la Ciudad de México, Distrito Federal, de lo contrario el SAE lo designará, aceptando el GANADOR las condiciones de su contratación. Para que se lleve a cabo la formalización de la compraventa mediante escritura pública, el SAE expedirá la carta de instrucciones al fedatario público designado. El GANADOR tendrá derecho a suscribir la escritura pública de compraventa o a formalizar la transmisión de la propiedad a su nombre o al de otra persona física o moral, previa solicitud por escrito del GANADOR siendo cualquiera de las abajo señaladas, siempre que cuente con la autorización expresa del SAE: 1. Cualquier sociedad propuesta por escrito por el GANADOR, siempre y cuando dicha sociedad sea subsidiaria del GANADOR y siempre y cuando por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) del capital social de dicha subsidiaria sea propiedad del GANADOR. 2. Cualquier sociedad propuesta por escrito por el GANADOR, siempre y cuando dicha sociedad sea propietaria de por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) del capital social del GANADOR. Página 8 de 11

9 3. En caso de que el GANADOR sea subsidiaria, filial o parte relacionada de otra sociedad mercantil la Holding o Controladora, podrá suscribir la escritura pública de compraventa cualquier sociedad cuyo capital social sea propiedad de la Holding o Controladora cuando menos en un cincuenta y uno por ciento (51%), en cuyo caso el GANADOR deberá acreditar al SAE dicha relación societaria. 4. La persona física propuesta por escrito por el GANADOR, la cual deberá acreditar una relación de parentesco por consanguinidad hasta el segundo grado o afinidad hasta el primer grado con el GANADOR. 5. Cualquier persona moral, sociedad, asociación o fideicomiso, que controle, esté controlada por, o esté bajo el mismo grupo de control del GANADOR. Se considerará que una persona controla a otra si la primera tiene, directa o indirectamente, la facultad de determinar la dirección o administración y las políticas de la otra persona, ya sea por su participación en el capital social de ésta, por estipulación contractual o por cualquier otro motivo. 6. A través de un fideicomiso constituido por el GANADOR en el cual aporte el inmueble objeto de la venta, el cual deberá siempre ajustarse a los términos de la legislación común sobre la transmisión de propiedad del inmueble; en este caso todos los gastos y honorarios serán por cuenta del GANADOR. El SAE se abstendrá de formalizar la venta, cuando de la información proporcionada por autoridad competente se tengan elementos para presumir que los recursos con los que se pagó el bien correspondiente, no tienen un origen lícito, de conformidad con el artículo 40 de la LFAEBSP. VIII. ENTREGA DE LOS LOTES. La entrega jurídica o física según corresponda del(los) LOTE(S) se realizará al GANADOR una vez que haya sido cubierto el 100% (cien por ciento) del valor de su OFERTA DE COMPRA, en un plazo que no excederá de treinta días hábiles siguientes a la fecha en que se haya cubierto el monto total del precio de los mismos, sin perjuicio del estado en que se encuentre el trámite de la firma de la escritura pública, a efecto de que los pagos por contribuciones, derechos, servicios y, en su caso, los que resulten procedentes, sean cubiertos por el GANADOR. En caso de que no se verifique la entrega-recepción jurídica o física según corresponda del bien inmueble transcurrido un plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha programada para llevar a cabo dicha entrega por causas imputables al GANADOR, éste toma conocimiento y acepta expresamente que de manera inmediata sin que medie instrucción judicial o administrativa alguna, el SAE quedará exento de responsabilidad alguna respecto del bien inmueble. Para efecto de la formalización en escritura que llegare a realizarse con posterioridad a lo anterior, el GANADOR deberá obtener toda la documentación que en su caso le sea requerida por el Notario Público respectivo o las autoridades locales conducentes, liberando por ende al SAE de cualquier responsabilidad al respecto y no reservándose ninguna acción o reclamación en contra de éste. Para la entrega a que se refieren los párrafos anteriores se firmará un acta de entrega-recepción en la que se consignarán las circunstancias que ocurran en el acto. De contar el inmueble con bienes muebles que no forman parte del(los) LOTE(S) objeto de la venta, éstos serán retirados por el SAE con anterioridad a la firma del acta de entrega-recepción, en caso contrario el comprador brindará las facilidades para que sean retirados en fecha posterior y lo anterior deberá quedar asentado en el acta con los bienes inventariados a efecto de poder retirarlos con posterioridad. IX. PENAS Y SANCIONES.- Los INTERESADOS, PARTICIPANTES o GANADORES en su caso, serán objeto de penalización de conformidad con lo siguiente: 1. Por incumplimiento del primer pago del importe de la venta: En el caso de que los GANADORES de las SUBASTAS incumplan con el primer pago del 25% del monto total, se tendrá por incumplida la oferta y se retendrá a favor del SAE la GARANTÍA DE SERIEDAD. 2. Por incumplimiento del pago total de la operación: Una vez exhibida la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, y no se pague el porcentaje restante del valor de la operación, se tendrá por incumplida la obligación de pago y se aplicará a favor del SAE el 10% (diez por ciento) del importe con el que haya sido declarado GANADOR. 3. Cuando los datos aportados durante el proceso de registro sean falsos, serán descalificados Página 9 de 11

10 El GANADOR que se encuentre en alguno de los supuestos indicados en los numerales 1, 2 o 3 de este apartado, adicionalmente quedará impedido de participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE, en los siguientes plazos: i. Si incumple por primera vez con su obligación de pago o aporta datos falsos, quedará impedido de participar en un plazo de 30 días calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA; ii. iii. Si es la segunda ocasión que incumple con su obligación de pago o aporta datos falsos, quedará impedido de participar en un plazo de 6 meses calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA; Si es la tercera ocasión o sucesivas que incumple con su obligación de pago o aporta datos falsos, quedará impedido de participar en un plazo de 2 años calendario a partir del día en que haya fenecido el término para la realización del pago de conformidad con las BASES DE VENTA. Por participación dolosa y/o mala fe. Cuando participen con dolo y/o mala fe, de manera que afecten la transparencia o la realización de la SUBASTA, serán descalificados, y quedarán impedidos de participar en futuros procedimientos de venta convocados por el SAE en un plazo de 2 años calendario, contados a partir del día en que el SAE conozca dicha circunstancia. Adicionalmente si estuviere participando en una Subasta o Remate Electrónico en desarrollo, se suspenderá su cuenta de participación en el sistema. X. Información General.- Todos los PARTICIPANTES y GANADORES toman conocimiento de que las SUBASTAS se rigen por la LFAEBSP, el RLFAEBSP, las POBALINES y demás normativa aplicable al procedimiento y manifiestan su conformidad al respecto y a lo siguiente: 1. Los PARTICIPANTES manifiestan estar de acuerdo en que el SAE no hará uso de la facultad de adjudicar OFERTAS DE COMPRA en segundo lugar en cada SUBASTA, en términos de lo dispuesto por el artículo 51 de la LFAEBSP. 2. El SAE podrá modificar, limitar o revocar cualquiera de los términos, condiciones y plazos previstos en la CONVOCATORIA y en las BASES DE VENTA, sin responsabilidad alguna y sin expresión de causa, en cualquier momento y hasta antes del FALLO. 3. El SAE podrá cancelar la SUBASTA antes del acto de FALLO en el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor, cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa, la entidad transferente o cuando exista causa justificada. 4. El SAE se reserva el derecho de cancelar la compraventa una vez realizado el FALLO correspondiente y hasta antes de la entrega de los bienes que integran los LOTES, en el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor, cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa o la entidad transferente, o que por cualquier otra causa ajena al SAE no le permita a éste la venta o la entrega en las condiciones pactadas. En tal circunstancia el SAE lo hará del conocimiento del GANADOR y procederá a la devolución del importe pagado sin que proceda el pago de intereses o de suma adicional alguna para el PARTICIPANTE por el tiempo que se encuentre en custodia del SAE alguna por cualquier concepto. 5. El SAE por ningún motivo recibirá pagos en efectivo; cualquier pago debe ser a través del Sistema Bancario Mexicano. 6. Las notificaciones relacionadas con las SUBASTAS serán realizadas a los PARTICIPANTES y GANADORES vía correo electrónico a la cuenta señalada en el proceso de inscripción, salvo que en la CONVOCATORIA o las BASES DE VENTA se establezca otro medio. 7. Todos los trámites y pagos posteriores a la SUBASTA que se tengan que realizar, respecto a los LOTES adjudicados, ante las autoridades correspondientes, serán por cuenta y responsabilidad del GANADOR. 8. Tratándose de pagos en exceso, el PARTICIPANTE y/o GANADOR deberá dirigirse a la Coordinación de Atención a Clientes del SAE, solicitando la devolución del monto depositado en dichas condiciones; los PARTICIPANTES podrán solicitar informes al respecto al teléfono (LADA sin costo). Página 10 de 11

11 9. El SAE no aceptará responsabilidad alguna por el uso que pudiera hacer el GANADOR del bien, ni reclamaciones posteriores a la adjudicación, toda vez que los LOTES se ofrecen en las condiciones físicas mecánicas, jurídicas y documentales y en el lugar en que se encuentran, sin ningún tipo de garantía. 10. En el caso de que el cheque certificado o de caja no pueda cobrarse por cualquier causa ajena al SAE, se procederá a cancelar la operación y se estará en lo previsto en las presentes BASES DE VENTA y en la legislación, y los usos bancarios y mercantiles. 11. Toda vez que los bienes objeto de las SUBASTAS se ofrecen en las condiciones físicas, mecánicas, jurídicas y documentales, sin ningún tipo de garantía, el PARTICIPANTE o GANADOR al aceptar las BASES DE VENTA renuncia expresamente al saneamiento por vicios ocultos. 12. El SAE se reserva el derecho de retirar antes del cierre de la SUBASTA, sin responsabilidad alguna, cualquier bien que integran los LOTES. 13. En caso de proceder alguna cancelación, serán descontados los gastos realizados por el SAE durante el proceso de la venta y no procederá resarcimiento alguno. 14. No procederá cancelación o devolución de la venta, en aquellos casos en que los bienes no sean entregados en las fechas pactadas por causas no imputables al SAE. 15. El SAE se reserva el derecho de realizar la entrega de aquellos LOTES que, en el supuesto de caso fortuito, fuerza mayor, cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa o cuando exista causa justificada, no sean factibles de vender. En este caso, el PARTICIPANTE procederá a presentar una solicitud para que se someta a trámite la devolución del monto pagado por el o los LOTE(S) de acuerdo a los procedimientos de Atención a Clientes. 16. Ninguna de las condiciones establecidas en las BASES DE VENTA, en la CONVOCATORIA, en los procedimientos de EL PORTAL, así como en las OFERTAS DE COMPRA que se presenten, podrán ser negociadas. 17. Ningún servidor público de ésta u otra institución puede garantizar o influir en el resultado de toda venta pública que promueva el SAE. A todo INTERESADO se le brindará información general, la cual estará a disposición en las oficinas del SAE de las 10:00 a las 14:00 horas en días hábiles. De igual forma se podrá solicitar información a la dirección de correo electrónico ventas@sae.gob.mx o al teléfono (LADA sin costo). A T E N T A M E N T E, MARIO ERNESTO RIESTRA GARCÍA DIRECTOR EJECUTIVO DE COMERCIALIZACIÓN DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, (PUBLICADA EL 24 DE ENERO DE 2014 ÚLTIMA MODIFICACIÓN 27 DE AGOSTO DE 2014) Página 11 de 11

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