FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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- Santiago Mora Acuña
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1 CAPÍTULO VII
2 FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID 1. Marco jurídico 2. Programas de protección realizados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio 2.1 Actuaciones para aves 2.2 Otras actuaciones desarrolladas para la conservación de la fauna Águila Calzada (Hieraetus pennatus) Especie catalogada como de interés especial
3 GESTIÓN DE FAUNA SILVESTRE 1. MARCO JURÍDICO regulación básica estatal sobre la protección de la flora y la fauna se encuentra La recogida en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que establece el régimen jurídico básico de conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad. Esta ley deroga la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres e incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 79/409/CEE 1 del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres y la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. De la misma manera la Ley establece para las especies catalogadas los programas de cría o propagación fuera de su hábitat natural y se regula el acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres, el reparto de beneficios derivados de su utilización y el comercio internacional de especies silvestres, de acuerdo con su legislación internacional. Respecto a las categorías de especies protegidas, la Ley 42/2007 crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Español de Especies Amenazadas. Ambos registros públicos de carácter administrativo y de ámbito estatal, se instrumentan reglamentariamente mediante el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero. De acuerdo con la Ley 42/2007, la Comunidad de Madrid, al igual que el resto de Comunidades Autónomas, deberá poner en marcha las medidas necesarias que garanticen la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, atendiendo preferentemente a la preservación de sus hábitats y estableciendo regímenes específicos de protección para aquellas especies silvestres cuya situación así lo requiera, incluyéndolas en alguna de las categorías mencionadas en esta Ley. Destacar que, además, la Ley 42/2007 establece la elaboración de Estrategias de Conservación de Especies Amenazadas como marco orientativo para la redacción de Planes de recuperación y conservación de especies protegidas. El Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial incluye especies, subespecies y poblaciones que son merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza, o grado de amenaza, así como aquellas que figuran como protegidas en los anexos de las Directivas y los convenios internacionales ratificados por España. En el seno del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, se establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas que incluirá, cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje, los taxones o poblaciones de la biodiversidad amenazada. El Catálogo integra especies en las categorías: 1 Derogada por la Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres 324 EL MEDIO Ambiente en la comunidad de madrid
4 En peligro de extinción: taxones o poblaciones cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando. Vulnerable: taxones o poblaciones que corren el riesgo de pasar a en peligro de extinción en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellos no son corregidos. Merecen especial atención los listados de especies protegidas por Convenios Internacionales que siguen vigentes y que han sido suscritos por nuestro país: Convenios sobre Comercio Internacional de especies amenazadas, firmado en Washington (1973) y en Harare (1997); la Convención sobre conservación de especies de aves migratorias, firmada en Bonn (1979) y el Convenio para la conservación de la vida silvestre en el medio natural en Europa, firmado en Berna (1979), y las Listas Rojas elaboradas por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN). la fauna y flora silvestres, debidamente actualizados. La Ley 42/2007 establece que cuando se trate de taxones o poblaciones protegidas en los anexos de las normas o decisiones de la Unión Europea, como los que se enumeran en el Anexo V sobre especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren protección estricta, o en los instrumentos internacionales ratificados por España, la inclusión en el Listado se producirá de oficio por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, notificando previamente tal inclusión a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y gozarán de las medidas de protección establecida en la Ley. En el Anexo V de la Ley 42/2007 están recogidas las siguientes especies de fauna presentes en la Comunidad de Madrid: Lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi) Es necesario hacer referencia a que el articulado del Real Decreto 1997/1995 2, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, está vigente si bien, la Ley 42/2007 deroga sus anexos e incorpora tanto los anexos de la Directiva 79/409/CEE 1 del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, como los de la Directiva 92/43/ CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de 2 Incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID 325
5 El Bigotudo (Panurus biarmicus) es una especie catalogada como sensible a la alteración de su hábitat FAUNA INVERTEBRADOS Maculinea nausithous Apteromantis aptera Cerambyx cerdo Parnassius apollo Saga pedo VERTEBRADOS Reptiles Galápago europeo (Emys orbicularis) Galápago leproso (Mauremys leproso) Lagartija serrana (Lacerta monticola) Lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi) Eslizón ibérico (Chalcides bedriagai) Culebra de herradura (Coluber hippocrepis) Culebra lisa europea (Coronella austriaca) Lagartija roquera (Podarcis muralis) Anfibios Sapo corredor (Bufo calamita) Sapillo partero ibérico (Alytes cisternasii) Sapo partero común (Alytes obstetricans) Rana patilarga (Rana iberica) Sapo de espuelas (Pelobates cultripes) Ranita de San Antón (Hyla arborea) Sapillo moteado meridional (Discoglossus jeanneae) Tritón jaspeado (Triturus marmoratus) Mamíferos Desmán (Galemys pyrenaicus) Topillo de Cabrera (Microtus cabrerae) Nutria (Lutra lutra) Gato montés (Felix silvestris) Lince ibérico (Lynx pardina) Por su parte, la Comunidad de Madrid, considerando imprescindible acomodar la legislación estatal a las características de su entorno, y en aplicación de sus competencias sobre desarrollo legislativo y ejecución de normas adicionales de conservación de la flora y fauna dentro de su territorio, aprobó la Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección de la Fauna y Flora Silvestres en la Comunidad de Madrid. El objetivo de esta Ley es el establecimiento de las medidas necesarias para garantizar la conservación y protección de la fauna y flora silvestres en el territorio de la Comunidad, siendo la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio el organismo que velará por conservar y proteger superficies de suficiente amplitud y diversidad como hábitats para las especies autóctonas y catalogadas. 326 EL MEDIO Ambiente en la comunidad de madrid
6 En desarrollo de la Ley 2/1991 se aprueba por Decreto 18/1992, de 26 de marzo, el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres y creación de la categoría de árboles singulares. Este Catálogo Regional, al igual que el Catálogo Español, es un registro público de carácter administrativo en él que se incluyen especies de fauna y flora silvestres que figuran en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, así como especies, subespecies y poblaciones de fauna y flora silvestres de la Comunidad de Madrid, cuya protección efectiva exija medidas específicas por parte de la Administración. En el Catálogo Regional se clasifican las especies, subespecies o poblaciones amenazadas en las 4 categorías establecidas en el artículo 7 de la citada Ley 2/1991: Vulnerables, destinada a aquellas que corren el riesgo de pasar a las categorías anteriores en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellas no son corregidos. De interés especial, se incluyen las que, sin estar contempladas en ninguna de las categorías precedentes, sean merecedoras de una atención particular en función de su valor científico, ecológico, cultural o por su singularidad. El Catálogo Regional recoge un total de 133 especies, 42 de invertebrados y 91 de vertebrados. Entre los invertebrados destacan por su mayor número los Lepidópteros y Coleópteros, si bien también encontramos Ortópteros, Dictiópteros, Efemerópteros, Odonatos, Plecópteros y Tricópteros. En peligro de extinción, reservada para aquellas cuya supervivencia es poco probable si los factores causantes de su actual situación siguen actuando. Sensibles a la alteración de su hábitat, referida a aquellas cuyo hábitat característico está particularmente amenazado, en grave regresión, fraccionado o muy limitado. Entre los vertebrados hay 4 especies de peces, todos en la categoría de peligro de extinción, 5 anfibios, 6 reptiles, 15 mamíferos y aves, con 61 especies catalogadas (67% de las especies de vertebrados y 46% de las especies catalogadas, Tabla VII.1 y VII.2). La inclusión en el Catálogo Regional de especies o poblaciones en las categorías de en peligro INVERTEBRADOS En peligro de extinción Sensibles a la alteración de su hábitat Vulnerables De interés especial Ortópteros Lepidópteros Dictiópteros 1 1 Efemerópteros 2 2 Total Tabla VII.1. Categorías de especies de invertebrados en el Catálogo Regional Odonatos 1 1 Plecópteros 3 3 Tricópteros 2 2 Coleópteros TOTAL FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID 327
7 Tabla VII.2. Categorías de especies de vertebrados en el Catálogo Regional VERTEBRADOS En peligro de extinción Sensibles a la alteración de su hábitat Vulnerables De interés especial Peces 4 4 Anfibios Reptiles Total Aves Mamíferos TOTAL de extinción o sensible a la alteración de su hábitat conlleva las siguientes prohibiciones: Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías o huevos, cualquier actuación con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción de sus hábitats y, en particular, de sus nidos, vivares y áreas de reproducción, invernada, reposo o alimentación. Asimismo, queda prohibida la observación y la caza fotográfica y el establecimiento para tales fines de puestos fijos a menos de 250 m de sus puntos de cría, concentración migratoria o invernada. Está prohibido poseer, naturalizar, transportar, vender o exponer para la venta, importar o exportar ejemplares vivos o muertos, así como sus propágulos o restos. Para situaciones excepcionales, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio podrá autorizar la captura en vivo, con fines científicos, culturales o de reproducción en otras zonas de ejemplares de cualquiera de las especies catalogadas. Con este fin se podrá autorizar la recogida de huevos, crías y semillas, siendo competencia de la citada Consejería el fomento de la cría, repoblación y reintroducción de especies catalogadas. Estas medidas permiten conocer las especies amenazadas y adelantares a la toma de decisiones en cuanto a la persistencia de la propia especie como a medidas futuras de conservación. Respecto a la cría en cautividad de especies catalogadas, la Ley 42/2007, recoge como excepción que se podrá autorizar cuando sea necesario por razón de investigación, educación, repoblación o reintroducción, o cuando se precise para la cría en cautividad orientada a dichos fines. Establece la prohibición de la cría en cautividad con fines de comercio o cualquier otro fin que no sea alguno de los enunciados en las excepciones del artículo 58. Las infracciones y sanciones al efecto se tipifican y clasifican en su Título VI de la Ley 42/ PROGRAMAS DE PROTECCIÓN REALIZADOS POR LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Las actuaciones en materia de fauna silvestre vienen programadas en el vigente Plan Forestal de la Comunidad de Madrid (ver capítulo VI. Plan Forestal de esta misma publicación). A pesar de que la Consejería de Medio 328 EL MEDIO Ambiente en la comunidad de madrid
8 Ambiente y Ordenación del Territorio no ha aprobado ninguno de los Planes mencionados anteriormente, y con el fin de preservar las poblaciones de determinadas especies está desarrollando varios programas específicos de conservación de especies y realizando diferentes actuaciones encaminadas a la protección de diversas especies amenazadas ACTUACIONES PARA AVES Las actuaciones incluyen censos de poblaciones que permiten conocer el estado de conservación de la especie censada (Tabla VII.3). de las parejas reproductoras se encuentra en la Comunidad de Madrid. En la actualidad existen dos núcleos principales de reproducción: el más numeroso se encuentra en la Zona Especial de Protección de Aves (ZEPA) denominada Encinares del los ríos Alberche y Cofio ; el segundo lugar está en el Monte de El Pardo; el resto están dispersas. Con datos referidos al año 2010, en la Comunidad de Madrid se constataron 35 parejas establecidas de águila imperial ibérica, lo cual supone un incremento respecto al año anterior de 3 parejas (crecimiento anual de casi un 10%). En el año 2011 se confirman esta Águila Imperial Ibérica (Aquila adalberti) Actuaciones de conservación del Águila Imperial Ibérica (Aquila adalberti) Clasificada en el Catálogo Regional con la categoría de en peligro de extinción. Esta especie que debía ser frecuente en el centro, sur y oeste de la Comunidad de Madrid y en cotas bajas de la Sierra de Guadarrama, ha sufrido en épocas pasadas una importante regresión en el número de parejas y en su área de distribución, debido a la persecución directa, expolio de nidos, enfermedades del conejo -su principal alimento-, alteración de su hábitat por aumento del suelo ocupado por urbanizaciones e infraestructuras, desapareciendo de casi todos los lugares salvo del Monte de El Pardo y de los encinares del suroeste. En los años 70 la población se redujo a 10 parejas. Actualmente ocupa la zona centro, vive tanto en pinares en altitudes medias de la sierra, como en encinares de llanura. Ubica los nidos en grandes árboles y requiere zonas abiertas poco arboladas que utiliza como cazaderos. El total de la población mundial se encuentra en la Península Ibérica, y aproximadamente el 12% FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID 329
9 tendencia positiva de la población madrileña con 37 parejas establecidas, lo cual ha supuesto un aumento respecto al año 2010 de dos parejas, y de cinco con respecto al año Además, se observa la expansión de la especie hacia el este de la ciudad de Madrid con tres nuevos territorios ocupados A fin de preservar este incalculable legado natural, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio desarrolla un programa de Actuaciones para la Conservación del Águila imperial cuyos objetivos son proteger, frenar el declive, disminuir problemas y conseguir niveles aceptables, además de mantener su hábitat en condiciones que garanticen su supervivencia. Entre las actuaciones realizadas destacan: Las encaminadas a conocer la biología del águila: Control y seguimiento de poblaciones. Vigilancia de nidos. Censos y prospección de zonas potenciales para ser ocupadas. Actuaciones concretas en terrenos privados con la problemática de la especie presente en los aprovechamientos. Plan específico de la carretera M-501. Las encaminadas a eliminar las causas de mortalidad: Repoblaciones de conejo. Construcción de vivares, para mejorar el éxito reproductor de los conejos. Seguimiento de líneas eléctricas para detectar puntos negros de colisión o electrocución. Modificación de tendidos y apoyos. Vigilancia en cotos de caza, para el control de trampas y otros métodos prohibidos de caza no selectiva. Limitar tránsito por caminos y pistas forestales. Actuaciones para la conservación del Buitre Negro (Aegypius monachus) Clasificada en el Catálogo Regional con la categoría de en peligro de extinción. Al igual que ha sucedido con el buitre común o leonado la población nacional de buitre negro ha visto aumentados sus efectivos, debido en gran medida a su protección directa, protección de sus hábitats idóneos y regulación en la gestión de reses muertas. Tras una fase crítica en la década de los ochenta, esta especie se ha beneficiado de un progresivo aumento, que lentamente asegura su supervivencia. Supone alrededor del 5% de la población de España con 105 parejas reproductoras en 2011, 98 de las cuales pertenecen a la colonia de Peñalara. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio está desarrollando una serie de actuaciones de estudio, seguimiento y conservación, algunas de las cuales se exponen a continuación: Alimentación suplementaria en las ZEPA. Seguimiento de la población mediante el marcaje de adultos con marcas alares y emisores de radio-seguimiento terrestre. Seguimiento de pollos mediante emisores de radioseguimiento vía satélite. Vigilancia de cotos de caza, para el control de trampas y otros métodos prohibidos de caza no selectiva. Vigilancia de nidos. Plan específico en el Parque Natural de Peñalara, teniendo el máximo de parejas reproductoras. Control de pollos para tratamiento de antibióticos en las carroñas, tanto en campo como en cautividad y posible repercusión en la seguridad aérea en grupo con el buitre leonado. 330 EL MEDIO Ambiente en la comunidad de madrid
10 Buitre Negro (Aegypius monachus) está clasificado en el Catálogo Regional con la categoría de en peligro de extinción Envío de ejemplares a otras Comunidades, como Cataluña. Actuaciones para la conservación del Águila Real (Aquila chrysaetos) Clasificada en el Catálogo Regional con la categoría de sensible a la alteración de su hábitat. España. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio está llevando a cabo las siguientes actuaciones para su conservación: Control y seguimiento de poblaciones. Vigilancia de nidos. Censo anual de parejas reproductoras y pollos que vuelan. El Águila real ha mantenido sus poblaciones estables en los últimos años. Es sedentaria y se distribuye en altitudes medias y altas ( metros) de la Sierra de Guadarrama. Sin preferencias en cuanto a cobertura vegetal, instala sus nidos en cortados, rocas y árboles. Necesita amplias zonas de campeo, que no deben ser muy densas para poder detectar a sus presas principales, los conejos. En la actualidad se localizan en la Comunidad de Madrid 17 territorios ocupados, con 12 parejas reproductoras en 2010, de las 850 que hay en Marcaje y seguimiento de Águila Perdicera (Hieraaetus fasciatus) Clasificada en el Catálogo Regional con la categoría de en peligro de extinción. Este ave, que prefiere las zonas de presierra y los cortados rocosos del este, ha venido sufriendo un progresivo descenso de sus poblaciones de forma continua hasta nuestros días. En la actualidad es una de las rapaces más amenazadas a escala nacional y sus efectivos reproductores continúan reduciéndose. Es especialmente sensible a las FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID 331
11 Seguimiento de las poblaciones de Cigüeña Negra (Ciconia nigra) Clasificada en el Catálogo Regional con la categoría de en peligro de extinción. La cigüeña negra vive en terrenos montañosos escarpados y en zonas de bosques cercanas a los ríos y embalses de la zona noroccidental de Madrid. Está en el límite de su área de distribución, por tanto es importante su recuperación. En las últimas décadas, ha sufrido una notable regresión en toda la península, que se ha ido frenando lentamente, llegando incluso a producirse un ligero aumento en las poblaciones de algunas zonas, como ocurre en la Comunidad de Madrid. Este sensible aumento ha permitido que en la actualidad se reproduzcan en la Comunidad de Madrid 10 parejas. Este ave, de forma muy similar a como ocurre con el Águila perdicera, es extremadamente sensible a la presencia humana. El Águila Perdicera (Hieraaetus fasciatus) alteraciones antrópicas, y en la Comunidad de Madrid hay constancia de al menos dos parejas. Por ello, se ha venido realizando un continuo seguimiento de las parejas reproductoras, así como de ejemplares divagantes. En el año 2009 se han criado en cautividad varios pollos de esta especie en Madrid en colaboración con el Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat (GREFA). Además, en 2011 se ha iniciado un programa de refuerzo poblacional mediante Hacking, con 4 pollos liberados en la ZEPA Nº ES EncinarES de los rios Alberche y Cofio. Para potenciar la estabilización de parejas reproductoras en la Comunidad de Madrid, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio esta desarrollando las siguientes actuaciones: Censo y seguimiento de parejas nidificantes. Muestreo en embalses de la concentración de cigüeñas en la época de migración, durante los meses de agosto, septiembre y octubre. Vigilancia de nidos. Seguimiento y vigilancia de parejas de Halcón Peregrino o Común (Falco peregrinus) Clasificada en el Catálogo Regional con la categoría de vulnerable. 332 EL MEDIO Ambiente en la comunidad de madrid
12 Vive en los roquedos de piedemonte de la sierra y en los cortados fluviales de los ríos Henares y Jarama. La población de éste ave de presa se ha mantenido estable en los últimos años, pero existe un grave problema de productividad de pollos voladores. Por ser la rapaz más preciada en cetrería ha sufrido una fuerte presión debido al robo ilegal de pollos en los nidos. Actualmente la población se ha estabilizado en torno a unas 25 parejas, de las que 5 en el año 2011 nidifican en la ciudad de Madrid. Para controlar la evolución de las poblaciones de este halcón, se están desarrollando las siguientes actuaciones: Inventario de parejas y vigilancia de nidos. Extracción de sangre a pollos cautivos para identificarlos a través de su ADN, y así poder determinar su procedencia para prevenir o en su caso reconocer expolios. Refuerzo poblacional mediante Hacking en la ciudad de Madrid, con 7 pollos liberados en 2011 Censos bianuales y actuaciones con otras especies de aves Cernícalo primilla (Falco naumanni) Clasificada en el Catálogo Regional con la categoría de en peligro de extinción. Aparece ligado a los medios urbanos rurales, en iglesias, castillos y ruinas en la zona del río Henares y en las cuencas bajas de los ríos Jarama y Manzanares, rodeados de campiñas de cereales, viñedos y olivares. Parejas censadas Especie 2009 Águila imperial 32 Águila real 12 Águila perdicera 2 Buitre negro 105 Cigüeña negra 7 Si en el año 1989 se censaron en la Comunidad de Madrid 150 parejas reproductoras repartidas fundamentalmente en 6 colonias al este de la región (Getafe, Meco, Torrejon de Velasco, Colmenar Viejo y Fresno de Torote); en el año 2009, el censo alcanzaba las 300 parejas reproductoras distribuidas en 16 colonias, confirmándose esta tendencia positiva en censos posteriores, estimándose 305 parejas, en 31 colonias en el año Para controlar la evolución de las poblaciones se están desarrollando las siguientes actuaciones: Censo de parejas, cada dos años un muestreo de colonias para controlar su evolución. La colocación de nidales artificiales en edificaciones propicias para la reproducción de la especie está dando resultados bastante buenos. Construcción de primillares tiene un carácter relevante, ya que se pueden construir en áreas idóneas de alimentación, o en vacios que sirvan de puente con otras poblaciones limítrofes. Es el caso de el Primillar de San Felix (Perales del Río), que actualmente alberga una de las colonias más importantes de la Región y que nació en el año 2005 con 4 parejas reproductoras (en el año 2009 alcanzó las 23) en el marco de un convenio establecido entre la Comunidad de Madrid y el Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat Tabla VII.3. Evolución de los censos de poblaciones de las principales especies de aves amenazadas de la Comunidad de Madrid 2009 FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID 333
13 En el CRAS Madrid se observa un incremento de animales exóticos acogidos (GREFA) que incluye también la cría de ejemplares en cautividad. 2.2 OTRAS ACTUACIONES DESARROLLADAS PARA LA CONSERVACIÓN DE LA FAUNA La creciente demanda de energía eléctrica exige el incremento del número de líneas y tendidos eléctricos instalados en el medio natural con el subsiguiente riesgo de electrocución o de colisión de éstas en dichas infraestructuras, sobre todo para algunas especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, regulado en el artículo 55 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Las investigaciones actuales sobre las causas de mortandad no natural más frecuentes en la avifauna, han puesto de manifiesto que entre las principales se encuentran la electrocución y la colisión en las estructuras de conducción eléctrica, hasta el punto de suponer actualmente el principal problema de conservación para especies tan emblemáticas como el águila imperial ibérica, el águila-azor perdicera u otras grandes rapaces. La electrocución afecta también a especies más comunes, como águilas reales, culebreras, aguilillas calzadas, milanos negros, azores, ratoneros, cigüeñas y búhos reales, por citar algunas de las especies más afectadas. Por todo ello, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid aprobó, con fecha 29 de enero de 2010,un Convenio Marco de Colaboración con Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. para la mejora de la protección de la avifauna en el entorno de líneas eléctricas de alta tensión. En este contexto, se ha desarrollado en el año 2010, un Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid e Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el que se han concretado una serie de actuaciones a desarrollar que ha concluido con la modificación de un total de 117 apoyos situados en áreas de especial relevancia para el águila imperial: Trabajos de investigación sobre conservación, gestión y potenciación de Lepidrópteros protegidos en el espacio de especial interés entomológico Regajal. Acuerdo para el estudio de la población de lobos. Entrada en funcionamiento del nuevo Centro de Recuperación de Animales Silvestres de la de la Comunidad de Madrid (CRAS MADRID Viñuelas). En agosto de 2010 se inaguró el nuevo Centro de Recuperación de Animales Silvestres de la de la Comunidad de Madrid (CRAS MADRID Viñuelas). Su construcción y funcionamiento se enmarcan 334 EL MEDIO Ambiente en la comunidad de madrid
14 dentro de las actuaciones que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, está realizando para promover la conservación y recuperación de su medio natural en aras de asegurar su mantenimiento para las generaciones venideras. Está ubicado en el Monte de Viñuelas, en una finca propiedad de la Comunidad de Madrid (Término Municipal de Madrid); ocupa una superficie de m2, de los que 5000 m 2 corresponden a instalaciones exclusivamente diseñadas para la atención tanto de la fauna silvestre autóctona como de la exótica, y en el que se han invertido 6 millones de euros para su ejecución. Desde su entrada en funcionamiento el CRAS MADRID Viñuelas ha asumido buena parte de las actuaciones que lleva a cabo la administración madrileña relacionadas con la conservación de la fauna silvestre en nuestra región, priorizando con las especies más amenazadas. Entre estos servicios, el más destacado por tiempo invertido es la recogida y recuperación de aquellos animales silvestres que por motivos diversos han perdido la capacidad de desenvolverse con normalidad en la naturaleza y son recogidos bien directamente por personal del CRAS Madrid-Viñuelas alertado por vía telefónica-, bien por personal dependiente de organismos oficiales (agentes forestales, SEPRONA, policías locales, etc.) o, en otros casos, entregados directamente por particulares. No obstante, el ámbito de actuación del CRAS es mucho más amplio que la acogida, tratamiento, recuperación y, en su caso, liberación de las especies ingresadas, prestando los siguientes servicios: Recepción de avisos telefónicos los 365 días del año. Recogida de fauna silvestre herida para su posterior rehabilitación y liberación. Análisis de muestras y determinación de enfermedades Programas de cría en cautividad Acogida de fauna exótica Tareas divulgativas y formativas Investigación Analizados los datos globales de los animales ingresados tanto en el CRAS MADRID Viñuelas como en los Centros colaboradores se observa un incremento constante del número de animales atendidos, apreciando en los últimos años un significativo crecimiento de la fauna exótica acogida. De los 2996 ejemplares ingresados en el año 2011, 603 son exóticos, es decir el 20%, del total. Este número se ha incrementado, con respecto al año 2010 en un 30%, siendo especialmente significativo el aumento de galápagos de florida con 396 ingresos. Por último, indicar que se vienen manteniendo acuerdos de colaboración con distintas instituciones y organismos en materia de conservacion de nuestro patrimonio natural entre los que destacan el Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona (GREFA) y el grupo BRINZAL, la Fundación para la Investigación y el Desarrollo Ambiental, Cañada Real, Safari Aldea del Fresno, así como con otras entidades y Ayuntamientos, como la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, el Instituto de Investigación de Recursos Cinegéticos (IREC), la Facultad de Veterinaria de Madrid, SEO/Birdlife, Grupo Ralora, Museo de Ciencias Naturales, Fundación Amigos del Aguila Imperial y otras entidades y fíncas privadas que han realizado un esfuerzo para la investigación y potenciación de especies en peligro de extinción. FAUNA SILVESTRE DE LA COMUNIDAD DE MADRID 335
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