D E L A P R OV I N C I A D E S O R I A SUSCRIPCIONES

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1 Boletín Oficial D E L A P R OV I N C I A D E S O R I A SUSCRIPCIONES Anual para Ayuntamientos, Juzgados y Organismos Oficiales: ,75 e Anual particulares ,50 e Semestral particulares ,35 e Trimestral particulares ,05 e SE PUBLICA LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES EXCEPTO FESTIVOS FRANQUEO CONCERTADO Nº 42/4 Precio ejemplar: 1,05 e Número ejemplar atrasado: 1,60 e Depósito Legal: SO-1/1958 ANUNCIOS Por cada línea de texto, en letra Arial, Helvética o similar, de cuerpo 12 y a 15 cm. de columna: Inserción ordinaria : 1,60 euros. Inserción urgente : 3,05 euros. Año 2010 Miércoles 28 de Abril Núm. 46 PAG. S U M A R I O I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN Resolución sobre suspensión de prestaciones... 2 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO Solicitud autorización construcción de solera de fijación de depósito de agua en la margen derecha del río Jalón.. 2 II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA Modificaciones plantilla y RPT personal funcionario y laboral Anuncio de cobro de tributos períodicos locales primer período AYUNTAMIENTOS SORIA Convocatoria de ayudas para financiar gastos básicos de vivienda en el municipio de Soria... 4 LICERAS Modificación ordenanza servicio de abastecimiento de agua potable... 8 Presupuesto general Presupuesto general CASTILLEJO DE ROBLEDO Cuenta General Cuenta General Cuenta General Presupuesto general Presupuesto general UCERO Enajenación aprovechamiento de uso público y conservación de la Cueva de Galliana Baja ABEJAR Solicitud licencia para instalación solar fotovolvaica Solicitud licencia para reanudación actividad en Hotel Puerta de Pinares ALMAZÁN Cédula de notificacion denuncias expedientes sancionadores Cédula de notificacion denuncias expedientes sancionadores Corrección de errores VINUESA Reglamento regulador cobertura plazas vacantes en el Ser. Municipal de Atención a la Famiia y Comedor POZALMURO Elección de juez de paz titular Cuenta general MORÓN DE ALMAZÁN Aprobación modificación nº 1 del presupuesto general para BUBEROS Cuenta general MATALEBRERAS Aprobación proyecto sustitución redes de abastecimiento RABANERA DEL CAMPO Aprobación proyecto sustitución redes MONTEAGUDO DE LAS VICARÍAS Expediente de declaración de prescrición de derechos y obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores Expediente de declaración de ruina de varios inmuebles en Valtueña ÓLVEGA Exposición matrícula del IAE 2010 y apertura período voluntario de cobranza VALDERRODILLA Rectificación... 19

2 Pág de abril de 2010 B.O.P. de Soria nº 46 S U M A R I O ALPANSEQUE Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de construcciones, instalaciones y obras ESPEJÓN Cuenta general ALDEALPOZO Presupuesto general VALDEGEÑA Presupuesto general ALDEHUELA DE PERIÁÑEZ Presupuesto general TORRUBIA DE SORIA Aprobación proyecto obra nº 45 del plan de obras menores GOLMAYO Presentación solicitudes de nuevo ingreso de la Escuela Municipal de música. Curso 2010/ EL BURGO DE OSMA-CIUDAD DE OSMA Rectificación anuncio de cesión gratuita de suelo de propiedad municipal III. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Solicitud constitución coto privado de caza ubicado en Sotillo del Rincón y Villar del Ala Solicitud cambio de titularidad coto privado de caza SO Modificación de ocupación de vía pecuaria en TM de Villar del Río Segregación de has. ubicadas en Cihuela e incluidas en el coto privado de caza SO JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Autorización instalación producción de energía eléctrica fotovoltaica Basoa IV en TM El Burgo de Osma V. ANUNCIOS PARTICULARES NOTARÍA DE JOSÉ MANUEL BENEITEZ BERNABÉ Acta para constatación de defecto de cabida a favor de los Ayuntamientos de Magaña y Valdelagua del Cerro MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SORIA RESOLUCIÓN sobre suspensión de prestaciones. Por esta Dirección Provincial se ha procedido a dictar resolución de suspensión de prestaciones de los interesados que se relacionan y por los hechos/motivos que se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (B.O.E. nº 86, de 11 de abril), dispone de 30 días desde la publicación de este edicto para interponer ante este Organismo, a través de su Oficina de Prestaciones, la preceptiva Reclamación Previa a la vía jurisdiccional. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal. RELACIÓN DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE SUSPENSIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO Soria, 13 de abril de El Director Provincial, José María Bahón Sanz MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO NOTA - ANUNCIO Hormigones Almazán, S.A. ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se indican a continuación: CIRCUNSTANCIAS: Construcción de solera para fijar un depósito de almacenamiento de agua en la margen derecha del río Jalón.

3 B.O.P. de Soria nº de abril de 2010 Pág. 3 Solicitante: Hormigones Almazán, S.A. Objeto: Solera de fijación y depósito de agua Cauce: Río Jalón Paraje: El Carrizal Polígono 80 Parcela 5142 Municipio: Medinaceli (Soria). Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de 25 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, P de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina. Zaragoza, 7 de abril de El Comisario adjunto P.A. El Jefe de Área, Antonio Coch Flotats ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA SECRETARÍA GENERAL MODIFICACIONES plantilla y RPT personal funcionario y laboral El Pleno de la Diputación Provincial de Soria en Sesión celebrada el 9 de abril de 2010, adoptó acuerdo de rectificación de la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario y Laboral, así como la Relación de Puestos de Personal Funcionario a Extinguir y la Relación de Puestos de Personal Laboral en Funcionarización publicadas junto con el Presupuesto General de esta entidad en el Boletín Oficial de la Provincia nº 6 de Las modificaciones aprobadas son las siguientes: 1) RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO A EXTINGUIR (pág. 10 del Boletín Oficial de la Provincia) Oficina Técnica de Servicios Agropecuarios DENOMINACIÓN DOTACIÓN C.D. C.ESPEC. P.ADIC OTRO C.E. Capataz Serv. Agropecuarios , ,29 Parque Móvil y Conservación DENOMINACIÓN DOTACIÓN C.D. C.ESPEC. P.ADIC OTRO C.E. Conductores ,33 893,08 Ordenanza-Conductor ,80 773,85 Ordenanza-Conductor ,33 893,08 TOTAL , ,01 En cuanto a la cantidad asignada al Regente de la Imprenta en concepto de Otro C.E., existe un error material en la cuantía, apareciendo publicado 6.052,42 e, cuando debería ser 6.061,44 e. El resto del anexo permanece inalterado. 2) RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO PERSONAL LA- BORAL Pág. 12 BOP: Órgano. Imprenta: donde dice C.E debería decir CPT. 3) PERSONAL LABORAL EN FUNCIONARIZACION. Pág. 15 Boletín Oficial de la Provincia: Órgano. Servicio de Informática. ÓRGANO Servicio de Informática CÓDIGO DENOMINACIÓN DOTACIÓN C.D. C.ESPEC. BASICO PAGA ADICIONAL OTRO C.E. Técnico Auxiliar de Informática ,66 908,99 DENOMINACIÓN DOTACIÓN C.D. C.ESPEC. BASICO PAGA ADICIONAL CPT Técnico Auxiliar de Informática ,66 908, ,74 Pág. 15 Boletín Oficial de la Provincia: Órgano. Servicio de Asistencia a Municipios. DENOMINACIÓN DOTACIÓN C.D. C.ESPEC. BASICO PAGA ADICIONAL CPT Arquitecto , ,57 239,38 Soria, 9 de abril de El Presidente en Funciones, Antonio Pardo Capilla ANUNCIO DE COBRO DE TRIBUTOS PERIÓDICOS LOCALES PRIMER PERÍODO 2010 PERÍODO DE COBRO: Se pone en conocimiento de todos los contribuyentes de la Provincia de Soria, que entre el 16 de abril y el 15 de junio de 2010 se realizará el cobro de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva. TRIBUTOS: En esta primera fase de 2010, se ponen al cobro los siguientes impuestos y tasas: - Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, del período 2010, en todos los municipios de la Provincia de Soria, con excepción de la ciudad de Soria, Almazán, Burgo de Osma, Covaleda, Duruelo de la Sierra, Ólvega y Valdeprado. - Tasa por distribución de agua, recogida de basura y servicio de alcantarillado, únicamente de aquellos Municipios y Entidades Públicas que hayan delegado la recaudación en la Excma. Diputación Provincial de Soria y por los períodos que éstos determinen. COBRO DE RECIBOS - Los recibos domiciliados serán enviados a las entidades bancarias designadas el día 17 de mayo de Los recibos no domiciliados se enviarán por correo ordinario al domicilio fiscal señalado por el contribuyente. Los avisos de pago no recibidos, podrán recogerse en la oficina del Servicio de Recaudación de la Diputación, en horario de 9:00 a 14:00 horas y en la Entidad Gestora Caja Rural de Soria, durante el período de cobranza, en horario de 8:30 a 14:00 horas. PAGO TELEMÁTICO DE IMPUESTOS: Los recibos no domiciliados podrán pagarse por Internet, a través del servicio pago telemático de tributos que se encuentra en la Página Web de Diputación, en la dirección: Para realizar el pago se requerirá: - Estar en posesión del DNI electrónico o Certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. - Tener cuenta abierta en la Entidad Financiera Caja Duero, BBVA o La Caixa. (Próximamente se adherirán otras Entidades colaboradoras). - Tener el documento aviso de pago emitido por Diputación. Pago telemático asistido. En las Dependencias de Recaudación de la Excma. Diputación, podrá realizarse el pago telemático de tributos a través de un empleado público, sin nece-

4 Pág de abril de 2010 B.O.P. de Soria nº 46 sidad de DNI electrónico o Certificado digital. Para ello será necesario: - Tener cuenta abierta en la Entidad Financiera Caja Duero, BBVA o La Caixa (Próximamente se adherirán otras Entidades colaboradoras). - Aportar el número de cuenta o nº de tarjeta de crédito. - Identidad del ordenante del pago con el titular de la cuenta de cargo. LUGARES DE PAGO: Los recibos no domiciliados podrán abonarse en las siguientes entidades: - Entidad Gestora Caja Rural de Soria. - Entidades Colaboradoras: Caja Duero Banco Santander Central Hispano Banco Bilbao Vizcaya Argentaría La Caixa Grupo Banco Popular. RECLAMACIONES: Las incidencias que se puedan producir durante el desarrollo de la cobranza serán atendidas en el Servicio de Gestión y Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Soria. Compruebe la exactitud de los datos reflejados en los documentos cobratorios, comunicando cualquier anomalía a la Entidad Gestora del tributo, aportando la documentación oportuna. Recargo. Intereses y costas: Transcurrido el plazo señalado se iniciará el procedimiento de cobro en vía ejecutiva de los recibos que no hayan sido satisfechos, exigiéndose el recargo ejecutivo del 5% desde el día siguiente del vencimiento del plazo de pago en período voluntaria hasta la notificación de la providencia de apremio. Soria, 29 de marzo de El Presidente en funciones, Antonio Pardo Capilla AY U N TA M I E N T O S SORIA CONVOCATORIA de ayudas para financiar gastos básicos de vivienda en el municipio de Soria. 1º.- Objeto de la ayuda. BASES El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, con destino a subvencionar gastos básicos de vivienda (comunidad, electricidad y calefacción) a personas físicas arrendatarias o propietarios de viviendas situadas en el municipio de Soria Sólo se subvencionarán los gastos de la vivienda habitual Sólo se concederá una ayuda por vivienda. 2º.- Dotación presupuestaria La cuantía global de las ayudas será de con cargo a la aplicación presupuestaria de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Soria para el año º.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes bases quienes reúnan los siguientes requisitos: a) Personas físicas propietarias de una vivienda o titulares de un contrato de arrendamiento. A los efectos previstos en las presentes bases reguladoras, tendrán la consideración de beneficiarios la unidad familiar. Se entenderá por unidad familiar la compuesta por el solicitante, su cónyuge o pareja y los hijos a cargo menores de veinticinco años o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. b) Los ingresos de la unidad beneficiaria no deberán superar los siguientes umbrales máximos: FAMILIAS INGRESOS 1 miembro ,20 e 2 veces IPREM 2 miembros ,10 e 3,5 veces IPREM 3 miembros ,40 e 4 veces IPREM 4 miembros ,70 e 4,5 veces IPREM 5 miembros ,00 e 5 veces IPREM 6 o más miembros ,30 e 5,5 veces IPREM El IPREM, establecido por el Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía, se considera la unidad de medida para la determinación de los ingresos familiares, en su cómputo anual, incluyendo dos pagas extras. Se considera el IPREM de 2008 (516,90 e/mes), dado que los ingresos a valorar son los correspondientes a ese ejercicio. A estos efectos se computará la renta proporcionada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y solicitada de oficio por la Concejalía de Bienestar Social, Coop. e Igualdad del Excmo. Ayuntamiento de Soria. c) El solicitante deberá estar empadronado en el municipio de Soria de manera continua desde el 1 de julio de 2009 o con anterioridad. d) En el caso de viviendas alquiladas, no podrá existir parentesco, hasta el segundo grado, por consaguinidad o afinidad, entre el propietario de la vivienda y cualquiera de los titulares del contrato de arrendamiento, residentes en la vivienda. e) La vivienda habrá de estar destinada a domicilio habitual y permanente de la unidad solicitante. f) El solicitante y resto de componentes de la unidad familiar no podrán ser titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o de disfrute sobre otra vivienda, excepto la considerada como domicilio habitual y permanente. Se exceptuarán de este requisito a los titulares de contrato de arrendamiento en los supuestos de cesión temporal a víctimas de violencia de género, personas que se encuentren en situación de emergencia social afectados por actuaciones de renovación urbanística así como personas con movilidad reducida de carácter permanente reconocida oficialmente y aquellos que siendo

5 B.O.P. de Soria nº de abril de 2010 Pág. 5 titulares de una vivienda acrediten legalmente la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio El solicitante, conforme al artículo 14.2 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, deberá tener autorización de residencia en España Si el interesado acreditase haber residido, de manera habitual y permanente, en más de una vivienda, desde el 1 de julio de 2009, se podrá solicitar la ayuda por gastos básicos de una o varias de las viviendas, siempre que se aporte la documentación correspondiente No podrán tener la condición de beneficiarios cuando concurran alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el propio beneficiario o en alguno de los miembros de la unidad familiar. Sin perjuicio de la facultad del Ayuntamiento de Soria para exigir la presentación o recabar por sí otros documentos, la justificación de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 se hará constar mediante declaración responsable. 4º.- Forma y plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado (anexo I), y estarán a disposición de los interesados en la Concejalía de Bienestar Social, Coop. e Igualdad del Ayuntamiento de Soria y en la página web del Ayuntamiento de Soria ( Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Soria o bien por cualquiera de los medios previstos en el art de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común El plazo de presentación será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación en le Boletín Oficial de la Provincia de Soria Salvo manifestación expresa en contrario, la presentación de la solicitud implicará la autorización de los beneficiarios, por sí y en representación de los componentes de la unidad familiar, para que el Ayuntamiento pueda realizar las siguientes actuaciones: a) Obtener directamente y/o por medios telemáticos cuantos datos tributarios sean necesarios, a efectos de las ayudas reguladas en las presentes bases, a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria así como obtener información del Catastro, Ayuntamiento o Registros públicos de cualquier índole que pudiera corresponder. b) Facilitar el acceso de las restantes Administraciones Públicas a los datos relativos a los interesados que obren en su poder de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. c) Remitir al solicitante información y comunicaciones a través de las vías de comunicación facilitadas en la solicitud Documentación a presentar, original o copia compulsada: a) Solicitud normalizada (anexo I). b) DNI/NIE del solicitante y de su cónyuge o pareja. c) El Certificado de empadronamiento del solicitante en el municipio de Soria se solicitará de oficio por la Concejalía de Bienestar Social, Coop. e Igualdad. El solicitante deberá estar empadronado en el municipio de Soria de manera continua desde el 1 de julio de 2009 o con anterioridad. d) Si el solicitante tuviera descendientes deberá aportar libro de familia o documento oficial que lo acredite. e) En el caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial deberá adjuntarse la correspondiente sentencia acompañada, en su caso, del convenio regulador. f) Informe de convivencia para los casos de separación de hecho, emitido por la Policía Local. g) Título de familia numerosa. h) Certificado de minusvalía de cualquier miembro de la unidad familiar. i) La situación de víctima de violencia de género se considerará acreditada por alguno de los documentos siguientes que deberá aportar el solicitante: - Orden de protección o cualquier otra medida cautelar de protección a favor de la víctima acordada por el órgano judicial. - Sentencia condenatoria por delitos o faltas que constituyan violencia de género. - Informe del Ministerio fiscal, que indique la existencia de indicios de que el solicitante es víctima de violencia de género, hasta tanto no se dicte orden de protección. j) La condición de desempleado se acreditará con el certificado correspondiente en el que conste el hecho de estar percibiendo prestación económica o subsidio por desempleo. k) La condición de emigrante retornado a Castilla y León se acreditará con certificado expedido por el órgano competente sobre las cotizaciones al sistema de seguridad social o de previsión correspondiente o cualquier otro documento acreditativo de tal circunstancia. l) En su caso, contrato de arrendamiento íntegro, con todo su clausulado y anejos. ll) Documentación acreditativa del pago de los gastos a subvencionar: - Únicamente se subvencionarán los gastos realizados entre el 1 de julio de 2009 y la fecha de publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Soria. - Los gastos subvencionables son los correspondientes a comunidad, electricidad y calefacción, cuando ésta no vaya incluida dentro del recibo de comunidad. - En el caso de los suministros (electricidad y calefacción) se aportará la factura y el justificante bancario del pago a favor de la compañía suministradora. - El pago de la comunidad (incluida la calefacción, en su caso) se acreditará mediante justificante bancario de la transferencia y/o certificado o recibo expedido y sellado por la comunidad de propietarios. En ambos supuestos deberá constar al menos el titular del recibo, la dirección a que corresponde, el mes de referencia y el importe pagado. - En el caso de que el solicitante de la ayuda no coincida con el titular de los recibos o justificantes bancarios, deberá acreditarse documentalmente la relación existente entre ambos.

6 Pág de abril de 2010 B.O.P. de Soria nº 46 - No se considerarán válidos los recibos o justificantes bancarios en los que no consten los datos citados, ni aquellos que contengan enmiendas o tachaduras. m) Certificado del número de cuenta bancaria y titularidad de la misma o fotocopia de la primera hoja de la cartilla Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no va acompañada de los documentos a los que se refiere el punto anterior, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Igualmente el solicitante podrá presentar, y el Ayuntamiento solicitar cualquier otro documento necesario para verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles en orden a la resolución correspondiente del procedimiento, así como los que resulten precisos en virtud del ejercicio de las facultades de control. 5º.- Valoración de solicitudes Para la valoración de la situación sociofamiliar se aplicará el siguiente baremo: Por la condición de familia monoparental: 2 puntos Por la condición de familia numerosa: 2 puntos Por parto múltiple o adopción simultánea: 2 puntos Por la condición de mujer víctima de violencia de género: 2 puntos Por la condición de desempleado (con prestación económica o subsidio por desempleo): 2 puntos por miembro Por la condición de emigrante retornado: 2 puntos por miembro Por minusvalía reconocida (si la condición de familia numerosa se ha obtenido por tener dos hijos, uno de ellos con una minusvalía reconocida, no se puntuará la minusvalía de ese hijo en este apartado) 2 puntos por miembro Las ayudas se otorgarán por orden decreciente de puntuación y a igualdad de puntos, por orden creciente de renta per cápita, hasta agotar presupuesto. 6º.- Cuantía de la subvención La cuantía de la ayuda será una cantidad fija de 350 e por unidad familiar beneficiaria En el caso de las familias numerosas oficialmente reconocidas, la ayuda se elevará a 400 e Si los justificantes aportados de los gastos subvencionables realizados fuesen de cuantía inferior a las cifras anteriormente señaladas, la ayuda se reducirá en la misma cuantía. 7º.- Tramitación y resolución de reconocimiento de la subvención Las solicitudes y documentación una vez instruidas e informadas por la Concejalía de Bienestar Social, Coop. e Igualdad se elevarán a la Comisión de Bienestar Social, Coop. e Igualdad que dictaminará en torno a la procedencia o no de la ayuda. La Junta de Gobierno Local visto el informe técnico y el dictamen de la Comisión Informativa adoptará el acuerdo correspondiente El plazo máximo para resolver la convocatoria será de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes La lista con las concesiones y denegaciones se publicará en el tablón de anuncios de la Concejalía de Bienestar Social, Coop. e Igualdad del Ayuntamiento de Soria Las resoluciones acordadas por el Excmo. Ayuntamiento de Soria agotarán la vía administrativa y frente a ellas podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que resolvió, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o ser impugnadas directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. 8º.- Compatibilidad. Las subvenciones contempladas en esta convocatoria son incompatibles con otras ayudas que el beneficiario pueda obtener de ésta o de cualquier otra Administración para el mismo fin. 9º.- Revocación de la concesión. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas vulnerando lo establecido en la base anterior, podrá dar lugar a la revocación de la concesión de la ayuda. 10º.- Inspección, seguimiento y control. El Ayuntamiento de Soria podrá realizar cuantas actuaciones considere oportunas para el seguimiento y control de las ayudas, así como requerir los justificantes que se consideren necesarios, sin perjuicio de las actuaciones de control financiero que correspondan a la intervención general, en relación con las ayudas concedidas.

7 B.O.P. de Soria nº de abril de 2010 Pág. 7

8 Pág de abril de 2010 B.O.P. de Soria nº 46 Soria, 13 de abril de El Alcalde, Carlos Martínez Mínguez LICERAS En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el acuerdo provisional de modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales, que fueron aprobadas por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 31 de marzo de Ordenanza Fiscal de la Tasa del Servicio de abastecimiento de agua potable a domicilio. Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del texto refundido citado podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra la aprobación de dichas modificaciones de las Ordenanzas con sujeción a las normas que se indican a continuación: a) Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. b) Oficina de presentación: Ayuntamiento. c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno, Asamblea Vecinal. Liceras, 31 de marzo de El Alcalde, Timoteo Arranz Barrio. 1222

9 B.O.P. de Soria nº de abril de 2010 Pág. 9 PRESUPUESTO GENERAL 2009 Aprobado inicialmente, por Pleno de la Asamblea Vecinal, del Ayuntamiento de Liceras, en sesión de 31 de marzo de 2010, el Presupuesto General para el ejercicio de 2009 estará expuesto al público en las oficinas de la Casa Consistorial durante el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para su examen y reclamaciones por los interesados, ante la asamblea vecinal. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, 169 y 170 Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Liceras, 7 de abril de El Alcalde, Timoteo Arranz Barrio. 1223a PRESUPUESTO GENERAL 2010 Aprobado inicialmente, por Pleno de la Asamblea Vecinal, del Ayuntamiento de Liceras, en sesión de 31 de marzo de 2010, Presupuesto General año 2010, estará expuesto al público en las oficinas de la Casa Consistorial durante el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para su examen y reclamaciones por los interesados, ante la asamblea vecinal. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, 169 y 170 Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Liceras, 9 de abril de El Alcalde, Timoteo Arranz Barrio. 1223b CASTILLEJO DE ROBLEDO APROBACIÓN CUENTA GENERAL EJERCICIO 2006 Formuladas y rendidas las Cuenta General del presupuesto de esta Entidad Local correspondiente al ejercicio 2006, se expone al público, junto con sus justificantes y el informe de la Comisión Especial de Cuentas, durante 15 días. En este plazo y ocho días más se admitirán los reparos y observaciones que puedan formularse por escrito, los cuales serán examinados por dicha Comisión que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emitiendo nuevo informe, antes de someterlas al Pleno del Ayuntamiento de Castillejo de Robledo, para que puedan ser examinadas, y, en su caso, aprobadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Castillejo de Robledo, 12 de abril de El Alcalde, José Manuel García Valle. 1219a APROBACIÓN CUENTA GENERAL EJERCICIO 2007 Formuladas y rendidas las Cuenta General del presupuesto de esta Entidad Local correspondiente al ejercicio 2007, se expone al público, junto con sus justificantes y el informe de la Comisión Especial de Cuentas, durante 15 días. En este plazo y ocho días más se admitirán los reparos y observaciones que puedan formularse por escrito, los cuales serán examinados por dicha Comisión que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emitiendo nuevo informe, antes de someterlas al Pleno del Ayuntamiento de Castillejo de Robledo, para que puedan ser examinadas, y, en su caso, aprobadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Castillejo de Robledo, 12 de abril de El Alcalde, José Manuel García Valle. 1219b APROBACIÓN CUENTA GENERAL EJERCICIO 2008 Formuladas y rendidas las Cuenta General del presupuesto de esta Entidad Local correspondiente al ejercicio 2008, se expone al público, junto con sus justificantes y el informe de la Comisión Especial de Cuentas, durante 15 días. En este plazo y ocho días más se admitirán los reparos y observaciones que puedan formularse por escrito, los cuales serán examinados por dicha Comisión que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emitiendo nuevo informe, antes de someterlas al Pleno del Ayuntamiento de Castillejo de Robledo, para que puedan ser examinadas, y, en su caso, aprobadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Castillejo de Robledo, 12 de abril de El Alcalde, José Manuel García Valle. 1219c PRESUPUESTO GENERAL 2009 Aprobado inicialmente, por Pleno del Ayuntamiento de Castillejo de Robledo, en sesión de 15 de abril de 2010, el Presupuesto General para el ejercicio de 2009 estará expuesto al público en las oficinas de la Casa Consistorial durante el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para su examen y reclamaciones por los interesados, ante la asamblea vecinal. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, 169 y 170 Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Castillejo de Robledo, 12 de abril de El Alcalde, José Manuel García Valle. 1220a PRESUPUESTO GENERAL 2010 Aprobado inicialmente, por Pleno del Ayuntamiento de Castillejo de Robledo, en sesión de 15 de abril de 2010, Presupuesto General año 2010, estará expuesto al público en las oficinas de la Casa Consistorial durante el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para su examen y reclamaciones por los interesados, ante la asamblea vecinal. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, 169 y 170 Real Decreto

10 Pág de abril de 2010 B.O.P. de Soria nº 46 legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Castillejo de Robledo, 12 de abril de El Alcalde, José Manuel García Valle. 1220b UCERO Aprobados por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2010 el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el concurso de la enajenación del aprovechamiento ordenado del uso público y conservación de la Cueva de la Galiana Baja y sus instalaciones anejas situada en terrenos del Monte número 98 del CUP denominado Pinar, de la pertenencia de los Ayuntamientos de Ucero, Nafría de Ucero y Herrera de Soria y ubicada en el Parque Natural del Cañón del Río Lobos se exponen al público en la Secretaría de este Ayuntamiento a efectos de examen y reclamaciones por un período de ocho días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Simultáneamente se anuncia licitación (si bien la misma quedará aplazada cuando sea necesario, en el caso de que se formulen reclamaciones contra el Pliego de condiciones), con arreglo a las siguientes características: 1. Entidad adjudicataria: Ayuntamiento de Ucero. 2. Contenido del contrato objeto de licitación: El aprovechamiento ordenado del uso público y conservación de la Cueva de la Galiana Baja y sus instalaciones anejas de los Años 2010 a Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Tramitación ordinaria por procedimiento abierto, mediante forma de concurso. 4. Pliego de Condiciones: El contrato se llevará a efecto con arreglo al Pliego General de Condiciones Técnico Facultativas que regula la ejecución de disfrutes en montes a cargo de la Dirección General de Montes (Boletín Oficial de la Provincia números 64 y 73 de fechas 6 y 30 de junio de 1975) y el Pliego Especial de Condiciones Facultativas además del particular para este aprovechamiento. 5. Presupuesto base de licitación: 2.465,82 e anuales al alza. 6. Garantía provisional y definitiva: Los licitadores acreditarán la constitución de una garantía provisional de 49,32 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación, en la forma establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por el importe del 4 por 100 del remate, que habrá de constituirse en la forma prevista para la garantía provisional. 7. Nombre y dirección a la que deben enviarse las proposiciones: Ayuntamiento de Ucero, Puente s/n Ucero (Soria). Tfno Fecha límite de recepción de proposiciones: El día en que se cumplan los quince días naturales contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria. 9. Documentación a presentar y obtención de documentos: La enumerada en las cláusulas 8 y 11 del Pliego. Ayuntamiento de Ucero (Soria). 10. Apertura de proposiciones: Tendrá lugar en el Salón de Actos del Ayuntamiento a las 14 horas del quinto día hábil siguiente a aquél en que termine el plazo señalado en la cláusula anterior y coincida con uno de los días en que la Secretaría del Ayuntamiento se encuentre abierta al público (martes y miercoles) o siguiente día hábil en que se encuentre abierta. 11. Criterios y modelo que se utilizarán para la adjudicación del contrato: Los criterios determinados en la Cláusula 8 del Pliego y la proposición se presentará según el siguiente modelo: D.... con domicilio en... C.P.... y DNI número... expedido en... con fecha..., en nombre propio (o en representación de... como acredito por...), enterado del expediente de adjudicación del aprovechamiento ordenado de la Cueva de la Galiana Baja y sus anejos por procedimiento abierto, mediante la forma de concurso, cuyo anuncio de licitación ha sido anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria de fecha..., tomo parte en la misma, y teniendo en cuenta los criterios de adjudicación contenidas en la Cláusula 8 del Pliego de Condiciones Económico Administrativas Particulares efectúo una oferta con el siguiente tenor:..., haciendo constar que mantengo la oferta durante... meses y que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 20 Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. En..., a... de... de Gastos: Serán de cargo del adjudicatario los de publicación del anuncio. Ucero, 3 de marzo de El Alcalde, Saturio Miguel García ABEJAR Por la empresa Canard,S.A., se ha solicitado licencia de obra y de prevención ambiental para Proyecto de Instalación solar fotovoltaica sobre Nave Industrial, en Zona Industrial La Solanilla, parcela B de esta localidad. Lo que se hace público en cumplimiento de lo previsto en el artículo 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se somete a información pública, por plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, los que puedan verse afectados por el otorgamiento de la citada licencia puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes. Asimismo, que este mismo plazo de veinte días, sirva de exposición de expediente de uso excepcional en suelo rústico de protección natural, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 307 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León Abejar, 16 de abril de El Alcalde, Javier Romero Benito. 1227a Por la empresa RYM Hoteles,S.L., se ha solicitado licencia de obra y de prevención ambiental para la reanudación de la actividad en Hotel Puerta de Pinares, en C/ Anselmo de la Orden, 41 de esta localidad. Lo que se hace público en cumplimiento de lo previsto en el artículo 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Am-

11 B.O.P. de Soria nº de abril de 2010 Pág. 11 biental de Castilla y León, se somete a información pública, por plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, los que puedan verse afectados por el otorgamiento de la citada licencia puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes. Abejar, 16 de abril de El Alcalde, Javier Romero Benito. 1227b ALMAZÁN CÉDULA DE NOTIFICACION DENUNCIAS EXPEDIENTES SANCIONADORES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores por infracción a la norma de Tráfico que a continuación se relacionan, una vez que intentada su notificación, por alguna de las causas establecidas en el artículo 59.4 de la ley antes citada, no ha sido posible practicar: Se ha formulado contra Vd. denuncia por el hecho ya indicado, iniciándose por tal motivo expediente sancionador bajo el número de expediente que se indica, siendo el Instructor del procedimiento el Jefe de la Policía Local, abajo firmante, y el Organo competente para su resolución el Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, conforme a lo establecido en el art de la Ley de Seguridad Vial, aprobada por R.D.L. 339/1990, de 2 de marzo (reformada por ley 19/2001, de 19 de diciembre), y artículo 15 del R.D. 320/1994, regulador del Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico y a los efectos establecidos en los artículos 28, 29, 13 y 35 b) de la LRJAPPAC. De conformidad con lo dispuesto en el art de la L.S.V. antes citada, de no ser el titular de esta notificación el conductor del vehículo en el momento de la infracción, SE LE REQUIERE para que en el plazo de quince días hábiles siguientes a la recepción de esta notificación, comunique a la Oficina de Denuncias de la Policía Local de Almazán, mediante escrito presentado en el Ayuntamiento de Almazán, la identidad del conductor del vehículo denunciado, debiendo indicar al menos el nombre, apellidos, D.N.I., domicilio, localidad y provincia del mismo. Si el titular del vehículo incumpliere tal obligación sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de una infracción muy grave, con multa de 301 a euros, según se establece en los artículos 65.5.i y 67.2, de la L.S.V. En los mismos términos responderá el titular cuando por causa imputable a éste no sea posible notificar la denuncia al conductor que ha identificado. PAGO DE LA MULTA: Si abona el importe de la multa en el plazo de treinta días naturales siguientes a la publicación de este Edicto, tendrá derecho a una reduccion del 30 por ciento, debiendo abonar en este caso el importe que se indica en el apartado importe reducido. El abono anticipado con la reducción señalada, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (art. 67.1, de la L.S.V.). El pago de la multa podrá efectuarlo en horario de 9 a 14 y de lunes a viernes, en la Oficina de Denuncias del Ayuntamiento de Almazán, sita en Plaza Mayor, núm.1, a través de giro postal o mediante transferencia bancaria en la cuenta abierta a tal efecto en la entidad, Caja Rural Provincial de Soria, nº a nombre del "Excmo. Ayuntamiento de Almazán", sin olvidar consignar el número de expediente, fecha de la denuncia y titular de la misma. ALEGACIONES: Contra la misma podrá alegar cuanto considere oportuno y proponer las pruebas que estime convenientes en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de esta publicación, ante el Instructor del expediente, mediante escrito presentado en el Registro General de este Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios que se establecen en el art. 38.4, de la Ley 30/1992, de RJAPPAC, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero. De no efectuar alegaciones en el plazo indicado esta notificación será considerada Propuesta de Resolución, según lo establecido en el art del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo. El expediente obra en la Oficina de Denuncias de este Ayuntamiento, pudiendo tener acceso o copia del mismo si así lo solicita, una vez acreditada su identidad o en su caso título legal que lo represente. Este expediente caducará al año de su iniciación, salvo que concurran causas de suspensión (Art de la L.S.V.).

12 Pág de abril de 2010 B.O.P. de Soria nº 46 Almazán, 14 de abril de El Instructor, Jesús Ángel Lapeña Crespo. 1234a CÉDULA DE NOTIFICACION DENUNCIAS EXPEDIENTES SANCIONADORES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores por infracción a la norma de Tráfico que a continuación se relacionan, una vez que intentada su notificación, por alguna de las causas establecidas en el artículo 59.4 de la ley antes citada, no ha sido posible practicar: Se ha formulado contra Vd. denuncia por el hecho ya indicado, iniciándose por tal motivo expediente sancionador bajo el número de expediente que se indica, siendo el Instructor del procedimiento el Jefe de la Policía Local, abajo firmante, y el Organo competente para su resolución el Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, conforme a lo establecido en el art de la Ley de Seguridad Vial, aprobada por R.D.L. 339/1990, de 2 de marzo (reformada por ley 19/2001, de 19 de diciembre), y artículo 15 del R.D. 320/1994, regulador del Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico y a los efectos establecidos en los artículos 28, 29, 13 y 35 b) de la LRJAPPAC. De conformidad con lo dispuesto en el art de la L.S.V. antes citada, de no ser el titular de esta notificación el conductor del vehículo en el momento de la infracción, SE LE REQUIERE para que en el plazo de quince días hábiles siguientes a la recepción de esta notificación, comunique a la Oficina de Denuncias de la Policía Local de Almazán, mediante escrito presentado en el Ayuntamiento de Almazán, la identidad del conductor del vehículo denunciado, debiendo indicar al menos el nombre, apellidos, D.N.I., domicilio, localidad y provincia del mismo. Si el titular del vehículo incumpliere tal obligación sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de una infracción muy grave, con multa de 301 a euros, según se establece en los artículos 65.5.i y 67.2, de la L.S.V. En los mismos términos responderá el titular cuando por causa imputable a éste no sea posible notificar la denuncia al conductor que ha identificado. PAGO DE LA MULTA: Si abona el importe de la multa en el plazo de treinta días naturales siguientes a la publicación de este Edicto, tendrá derecho a una reduccion del 30 por ciento, debiendo abonar en este caso el importe que se indica en el apartado importe reducido. El abono anticipado con la reducción señalada, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (art. 67.1, de la L.S.V.). El pago de la multa podrá efectuarlo en horario de 9 a 14 y de lunes a viernes, en la Oficina de Denuncias del Ayuntamiento de Almazán, sita en Plaza Mayor, núm.1, a través de giro postal o mediante transferencia bancaria en la cuenta abierta a tal efecto en la entidad, Caja Rural Provincial de Soria, nº a nombre del "Excmo. Ayuntamiento de Almazán", sin olvidar consignar el número de expediente, fecha de la denuncia y titular de la misma. ALEGACIONES: Contra la misma podrá alegar cuanto considere oportuno y proponer las pruebas que estime convenientes en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de esta publicación, ante el Instructor del expediente, mediante escrito presentado en el Registro General de este Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios que se establecen en el art. 38.4, de la Ley 30/1992, de RJAPPAC, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero. De no efectuar alegaciones en el plazo indicado esta notificación será considerada Propuesta de Resolución, según lo establecido en el art del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo. El expediente obra en la Oficina de Denuncias de este Ayuntamiento, pudiendo tener acceso o copia del mismo si así lo solicita, una vez acreditada su identidad o en su caso título legal que lo represente. Este expediente caducará al año de su iniciación, salvo que concurran causas de suspensión (Art de la L.S.V.). Almazán, 14 de abril de El Instructor, Jesús Ángel Lapeña Crespo. 1234b En en anuncio nº 1190 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 44 de fecha 21 de abril de 2010, relativo a la notificación de las resoluciones de expedientes sancionadores en materia de tráfico, por error, se ha omitido un expediente, el cual publicamos a continuación para general conocimiento.

13 B.O.P. de Soria nº de abril de 2010 Pág. 13 Almazán, 26 de abril de El Secretario, P.A., Octavio Yagüe Sobrino. 1190bis VINUESA Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento por el que se Regula los Criterios que han de regir la cobertura de plazas vacantes en el Servicio Municipal de Atención a la Familia y el Servicio de Comedor, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LOS CRITERIOS QUE HAN DE REGIR LA COBERTURA DE PLAZAS VACANTES EN EL SERVICIO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA FAMILIA Y EL SERVICIO DE COMEDOR DE VINUESA (SORIA) Artículo 1.- Objeto. El presente Reglamento tiene como objeto regular el procedimiento de admisión en el Servicio Municipal de Atención a la Familia de Vinuesa (en adelante SMAF) y del Servicio de Comedor. CRITERIOS QUE HAN DE REGIR LA COBERTURA DE PLAZAS VACANTES EN EL SERVICIO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA FAMILIA DE VINUESA Artículo 2.- Destinatarios. Podrán ser beneficiarios de plazas en el SMAF de Vinuesa: 1. Niños cuya edad esté comprendida entre los 4 meses y los 3 años y residan en el municipio o zona de influencia. No se acogerán en ningún caso y bajo ninguna circunstancia a niños mayores de tres años. 2. Niños cuyos padres desarrollen su actividad profesional en Vinuesa y que residan fuera del municipio o área de influencia. 3. Sólo se admitirán niños en el SMAF los meses de junio, julio y septiembre cuando vayan a continuar usando el servicio a partir de septiembre, rechazándose aquellas solicitudes para utilizar el servicio únicamente durante los meses de junio, julio y septiembre. Artículo 3.- Ocupación Máxima Será el Patronato Provincial para el Desarrollo Integral de Soria el encargado de establecer el límite máximo de plazas. Este límite podrá verse modificado por circunstancias de espacio temporales y de personal. Actualmente el límite de plazas establecido por el Patronato de Desarrollo Integral para el SMAF de Vinuesa es de 18 plazas. Artículo 4.- Plazo y Presentación de Solicitudes: 1.- Los padres o representante legales de los menores ya admitidos en el curso anterior, solicitarán entre el 1 y el 15 de mayo de cada año, la reserva de plaza para el curso siguiente en las oficinas del Ayuntamiento de Vinuesa. 2.- Finalizado el plazo descrito en el párrafo anterior y no habiéndose efectuado la solicitud de reserva de plaza, la misma será incorporada de oficio a las plazas vacantes, comunicándose a los padres o representantes legales del menor afectado que al finalizar el presente curso causará baja en el SMAF. 3.- Los solicitantes que no se encuentren al corriente de pagos del servicio, perderán su derecho de reserva de plaza, si antes del 15 de septiembre del nuevo curso no hubieran procedido al abono de dicho pago, comunicándose esta circunstancia a los padres o representantes legales del menor. 4.- Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la asignación de las plazas vacantes por orden de recepción de las preinscripciones realizadas durante el año en curso. 5.- Si el número de preinscripciones es superior a las plazas ofertadas, se procederá a asignar las mismas conforme a los criterios de admisión establecidos en el artículo 7 del presente Reglamento. Se publicará una lista Provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Contra esta lista provisional, se abrirá un plazo de 5 días naturales para presentar alegaciones. Resueltas las alegaciones, se publicarán en el plazo de diez días la lista definitiva y la lista de espera. Artículo 5.- Solicitudes de nuevo ingreso 1.- Los padres del menor o sus representantes legales que hubieran obtenido plaza conforme al artículo anterior, presentarán las solicitudes de nuevo ingreso en las oficinas municipales desde el del 1 al 15 de junio, según modelo normalizado, los cuales se facilitaran en las oficinas municipales y en el SMAF. A la solicitud se acompañará los siguientes documentos: - Fotocopia del libro de familia - Fotocopia compulsada de la cartilla de la Seguridad Social. - Certificado médico oficial. - Fotocopia de la cartilla infantil de vacunaciones actualizada. - Tres fotografías del niño tamaño carné - Ficha familiar debidamente firmada, que incluye: conocimiento y aceptación de la normativa del centro, datos para localización de los padres o tutores, así como de aquellas personas que en un momento dado puedan hacerse cargo del menor. - Autorizaciones: 1.- de salida en caso de enfermedad repentina o accidente. 2.- de salida a realizar actividades fuera del recinto SMAF. 3.- permiso para poder grabar o fotografiar al menor en actividades del centro y con fines didácticos. 2.- En el supuesto de disponibilidad de plazas durante el período comprendido entre la convocatoria de plazas de un año y la del siguiente, se podrá proceder por parte del Ayuntamiento a la cobertura de las mismas en el orden establecido en la lista de espera. 3.- Si no hubiera lista de espera, las vacantes podrán cubrirse mediante nuevas inscripciones por orden de recepción de las preinscripciones realizadas durante el año en curso, salvo que las preinscripciones en el momento de producirse la vacante, fueran mayores que las plazas vacantes, en ese su-

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