Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS

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1 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS Nombre del organismo contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo: LICITACIÓN PÚBLICA Nº: 34/12 Ejercicio: 2012 Clase: Única Modalidad: Contratación Consolidada, Precio Tope Expedientes: Rubro: Insumos Médicos OBJETO DEL LLAMADO: Provisión de Prótesis, Implantes, Elementos de uso en Cirugía General, Cirugía Minimamente Invasiva, Neurocirugía y Urología, para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO en todo el país por el término de ciento ochenta (180) días corridos, renovable por hasta un periodo de ciento ochenta (180) días corridos, de acuerdo al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, sus Anexos, las cláusulas del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en todo lo que no sea modificado por las condiciones particulares y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes Servicios y Prestadores de Servicios Médico - Asistenciales y Sociales del Instituto de Servicios Sociales. Costo del Pliego: - SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS Lugar / dirección Página de Internet del INSTITUTO CONSULTAS AL PLIEGO Lugar / dirección Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones. Perú 169, 5º Piso, C.A.B.A. /Fax: (011) consultapliegos@pami.org.ar tel: (011) PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Lugar / dirección Perú 169 Piso 5º Ciudad Autónoma de Buenos Aires ACTO DE APERTURA Lugar / dirección Perú 169 Piso 6º Ciudad Autónoma de Buenos Aires Plazo y Horario De Lunes a Viernes de 10:00 a 17:00 hs. Hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha fijada para la Apertura. Plazo y Horario Hasta el día y hora dispuesta para la apertura Fecha y horario 14/06/2012 a las 12:00 horas OBSERVACIONES 1

2 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ARTÍCULO 1º - OBJETO La presente Licitación Pública tiene por objeto la provisión de prótesis, implantes y elementos de uso en Cirugía General, Cirugía Minimamente Invasiva, Neurocirugía y Urología, para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO en todo el país por el término de ciento ochenta (180) días corridos, renovable por hasta un periodo de ciento ochenta (180) días corridos, de acuerdo al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, sus Anexos, las cláusulas del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en todo lo que no sea modificado por las condiciones particulares y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes Servicios y Prestadores de Servicios Médico - Asistenciales y Sociales del Instituto de Servicios Sociales. Forman parte del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas los siguientes anexos: ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII ANEXO VIII ANEXO IX ANEXO X ANEXO XI Elementos a proveer y precios tope Listado de elementos con características técnicas Circuito operativo Formulario tipo Solicitud de Prótesis e Implantes quirúrgicos Formulario tipo de Certificado de Implante Declaración Jurada de aceptación de normativa y Prohibiciones Declaración Jurada sobre sanciones. Padrón de Afiliados Consumo estimado semestral de los productos médicos Planilla de cotización Modelo de contrata ARTÍCULO 2 - CARACTERÍSTICAS DE LAS PRESTACIONES I. DE LA PROVISIÓN Los adjudicatarios deberán proveer durante la vigencia del contrato los elementos de uso en cirugía general, cirugía mínimamente invasiva, neurocirugía y urología, detallados en el ANEXO I del presente Pliego, para su utilización en cirugía programada y de urgencia, incluyendo los servicios de apoyo técnico necesarios, de acuerdo a los trámites que se detallan en el Anexo III del presente Pliego. La adjudicación se hará por renglón y para cada una de las regiones que se establecen en el ANEXO VIII del presente. Cada adjudicatario deberá atender la demanda que se origine en los establecimientos asistenciales radicados en las regiones adjudicadas. II.- MODALIDADES DE LA CONTRATACIÓN De acuerdo a los artículos 19º inciso a); 25º incisos a) y c); 26º y 28º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Proveedores de Servicios Médico -Asistenciales y Sociales del INSTITUTO, aprobado por la Resolución N 135/03-IN, la contratación se hará por las siguientes modalidades: a) Contratación consolidada: La realiza el Nivel Central del INSTITUTO para todas las Unidades de Gestión Local del país. b) La cantidad de unidades de bienes a adquirir, consignados en el Pliego de Bases y 2

3 Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos de la Licitación de referencia, debe interpretarse al sólo efecto estimativo para guía del oferente, basada en la previsión de los requerimientos, la reserva presupuestaria para su pago y para el cálculo de las garantías a constituir y no como un número máximo de unidades a requerir. Por consiguiente el I.N.S.S.J.P podrá, durante el período de vigencia del contrato, realizar los requerimientos de acuerdo con las necesidades del servicio, al precio unitario adjudicado. c) Precio Tope: Los precios unitarios ofertados no podrán exceder el precio tope que para cada producto establece el ANEXO I. Los precios unitarios no variarán durante la vigencia del contrato. Los adjudicatarios atenderán exclusivamente la demanda por cirugía programada y de urgencia. III.- CONDICIONES GENERALES DE LAS PRESTACIONES 1) Las prestaciones se cumplirán de acuerdo a las características técnicas establecidas en el Anexo II, el circuito operativo establecido por el INSTITUTO en el Anexo III y a las normas Técnicas especificas que se establezcan en el futuro para una mejor eficacia y eficiencia. 2) Los proveedores deberán cumplir con los plazos de entrega previstos en el Artículo 15º - PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA. El incumplimiento dará lugar a la aplicación de penalidades y/o sanciones conforme lo previsto en el Artículo 21º - PENALIDADES Y SANCIONES. 3. El/los adjudicatario/s entregaran productos de reconocida calidad, con experiencia de uso en el país. 4) Deberán contar durante todo el período de ejecución del contrato, con los recursos humanos necesarios para la atención de las prestaciones a su cargo. 5) Los insumos se entregaran con los accesorios y elementos de introducción o montura necesarios para el implante cualquiera sea su tipo. 6) El/los adjudicatario/s deberán poner a disposición de los médicos tratantes, para los renglones que correspondan, sets con los elementos de distintas medidas o características a los efectos de su elección adecuada en el acto quirúrgico, como así también el instrumental especifico que requieran. IV.- RESPONSABILIDAD Los adjudicatarios deberán asumir ante el INSTITUTO la responsabilidad en cuanto a la calidad de los elementos ofertados al INSTITUTO y la puntualidad en la entrega de los elementos y/o servicios requeridos en cada solicitud de provisión. V.- PROPUESTA 1. Acreditar su capacidad operativa para asumir las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 2. El oferente indicará cada uno de los renglones del ANEXO I que esté dispuesto a proveer. 3. Los oferentes cotizarán por renglón a un precio único en las regiones que estén en condiciones de atender totalmente la demanda producida para la atención de los afiliados en los establecimientos radicados en dichas regiones (ANEXO VIII). 4. La oferta económica consistirá en la aceptación de los precios topes establecidos en el ANEXO I o una reducción porcentual de los mismos. 5. El oferente cotizará precio unitario y total por renglón en pesos con hasta dos decimales, expresados en números. Si el total cotizado no respondiera al precio unitario se tomará este último como precio cotizado. Asimismo deberá indicar el monto total de la oferta en letras y números. 3

4 6. En ningún caso se admitirán cotizaciones en monedas extranjeras, ni cláusulas de ajuste. 7. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este INSTITUTO es considerado como exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el monto con la leyenda más I.V.A., se realizará el cálculo de la alícuota correspondiente. 8. El precio incluirá el insumo y sus correspondientes accesorios, cualquiera sea su medida y sistema de introducción y todos los gastos que demande la entrega en las unidades sanatoriales u hospitalarias donde se efectúen las cirugías, como así también el instrumental que se solicite en calidad de préstamo. VI.- STOCK Y DISPONIBILIDAD DEL PRODUCTO Con el fin de asegurar el cumplimiento de las prestaciones el/los adjudicatario/s deberá contar con un stock permanente que les permita atender la demanda de los insumos durante quince (15) días. VII.- COMUNICACIONES, CONSULTAS Y ACLARACIONES Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales artículo 3º, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno y en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente Pliego. Las consultas y aclaraciones sobre el contenido del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos podrán ser realizadas en la Subgerencia de Compras y Contrataciones, sita en Perú 169 Piso 5º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TEL (011) /FAX (011) , de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 17:00 hs. ó por correo electrónico a la dirección consultapliegos@pami.org.ar. Las consultas podrán realizarse hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de recepción y apertura de las ofertas y serán contestadas por circular que se remitirá por correo electrónico y será publicada en la página de internet ARTÍCULO 3º - REQUISITOS DE LOS OFERENTES Para participar de la presente licitación los oferentes deberán reunir los siguientes requisitos: 1. Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sí mismo o como integrante de un grupo o asociación. 2. Deberán contar para la provisión, como mínimo con un Centro Operativo, que funcionará las 24 horas, todos los días del año, durante el período de vigencia del contrato. Este Centro deberá contar con recursos humanos, espacio físico, equipamiento tecnológico y de comunicaciones suficiente, para poder realizar las provisiones en las condiciones que se establecen en el presente Pliego. Asimismo deberán incluir un programa para la atención de la demanda programada y la atención de emergencia, estableciendo los mecanismos que permitan a los prestadores médicos asistenciales tener acceso a los insumos durante las 24 hs. 3. Los oferentes deberán demostrar capacidad para proveer los insumos que ofrecen en las condiciones establecidas en el presente Pliego y deberán acreditar mediante carta compromiso o carta intención de la empresa con la cual realizará la distribución, la capacidad y experiencia de la misma, como así también los planes de entrega alternativos ante situaciones de urgencia y posibles contingencias. En el caso que la empresa distribuidora fuera la misma prestadora, deberán presentar todos los elementos que 4

5 acrediten esta capacidad y los correspondientes planes de entrega normal, urgencias y alternativo ante contingencias. 4. Para acreditar la habilitación y autorización de funcionamiento de la empresa se deberá presentar la documentación prevista en cualquiera de las dos alternativas siguientes: a) Disposición y certificado de habilitación y autorización de funcionamiento de la empresa según Disposición A.N.M.A.T. Nº 2319/02 (t.o. 2004), acompañada de Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente. El rubro de autorización está determinado por el Certificado de BPF y no por el certificado de habilitación, motivos por el cual ambos deben presentarse en forma conjunta, careciendo de validez por separado. b) Disposición y certificado de habilitación de establecimiento según Res. 255/94-Ms y AS, donde consten la vigencia y el rubro de los productos médicos. 5. Contar los lugares de producción y comercialización con las habilitaciones requeridas por las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales. 6. Ser fabricante, representante y/o distribuidor autorizado en el país de los productos que ofrezca. 7. En caso de no ser el fabricante, contar con el reconocimiento del establecimiento productor como representante y/o distribuidor autorizado, su autorización para presentarse en el presente llamado y la documentación que acredite que la empresa a la cual representa cuenta con las correspondientes habilitaciones para fabricar los productos ofrecidos, haciéndose solidario de la garantía de fabricación. 8. Acreditar la provisión de los insumos requeridos a obras sociales nacionales o provinciales y sistemas de medicina prepaga. 9. Deberán constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de correo electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al procedimiento del presente llamado. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO. ARTÍCULO 4.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR No podrán presentar ofertas: 1. Las personas físicas y jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el INSTITUTO, por causa atribuible al incumplimiento de sus obligaciones. 2. Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueran excluidas del Registro de Proveedores del INSTITUTO. 3. Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación societaria, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública Nº Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de ética pública. 5. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. 6. Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delito contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. 7. Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social. 8. Las personas físicas o jurídicas respecto de las cuales se haya declarado la quiebra o se encuentren en estado de liquidación. 5

6 9. No será admitida la presentación de uniones transitorias de empresas ni ninguna otra forma asociativa o representativa que se genere al efecto o formada para contrataciones similares. ARTÍCULO 5 - REQUISITOS DE LOS PRODUCTOS 1. Para acreditar la Inscripción de los productos, se deberá presentar la documentación prevista cualquiera de las tres alternativas siguientes: a) Certificado de registro según disposición 2318/05 (t.o. 2004) firmado y sellado por el Director Nacional o Interventor de A.N.M.A.T. b) Certificado de Inscripción según Disposición 3802/04, firmado y sellado por funcionario autorizado de la Dirección de Tecnología Médica. c) Declaración Jurada emitida en el formulario aprobado por Anexo I de la Disposición A.N.M.A.T. Nº 3802/04 acompañada de copias de los documentos previstos en el artículo 9º de la norma mencionada, integrando en único cuerpo documental, firmado en original en todas sus fojas por el representante legal y el director técnico de la empresa titular, e intervenido con el sello fechador de la Mesa de entradas de la A.N.M.A.T., el cual será suficiente constancia de empadronamiento según el Artículo 8º de la Disposición 3208/04 (Conf. Art. 3º Disp. 4831/05). 2. Los productos importados deberán tener autorización de uso en Estados Unidos de Norteamérica o de la Comunidad Europea de Naciones, debiendo acompañar la documentación correspondiente. 3. Los productos ofertados no se deberán encontrar en etapa de experimentación. 4. Los productos deberán ser garantizados por un mínimo de un año a partir de la fecha de colocación de la prótesis, implante y elementos, debiendo durante ese plazo el proveedor hacerse cargo de su reposición en caso de falla. ARTÍCULO 6º - CONTENIDO DE LA OFERTA Las ofertas deberán presentarse en sobre o caja en original y duplicado y cumplir con los requisitos formales establecidos en los artículos 7 y 10º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 8 del mismo Pliego. La presentación estará debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado del oferente y deberá contener: 1. Índice de la documentación presentada, con indicación de las hojas que conforman cada una de sus partes, con mención de la cantidad total de fojas de la oferta. 2. Carta de presentación del oferente, con todos los datos y documentación que correspondan a su individualización y personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad y responsables de la conducción y la administración. 3. Documentación suficiente que acredite la personería del representante legal, si la misma no surge del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la personería del apoderado. 4. Domicilio que constituye, teléfono, fax y dirección de correo electrónico. 5. Inscripción en la Inspección General de Personas Jurídicas y/o del Registro Público de Comercio, vigente. 6. Certificado fiscal para contratar vigente o constancia de iniciación del trámite. 7. Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, vigente. 8. Garantía de mantenimiento de oferta. 9. En caso de no ser el fabricante, contar con el reconocimiento del establecimiento productor como representante y/o distribuidor autorizado, su autorización para presentarse en el presente llamado y la documentación que acredite que la empresa a la cual representa cuenta con las correspondientes habilitaciones para fabricar los productos ofrecidos, haciéndose solidario de la garantía de fabricación. 6

7 10. Copia de las habilitaciones requeridas por las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales. 11. De ser fabricantes, inscripción en el Registro Industrial de la Nación. 12. La habilitación de la empresa como fabricante se acreditará mediante copia del punto 4 del Artículo 3º del presente Pliego. 13. La inscripción de los productos se acreditará mediante la presentación de copia del punto 1 del Artículo 5º del presente Pliego. 14. Para los productos importados de cualquier origen copia, con la correspondiente apostilla de: - Certificado inscripción en el país de origen - Certificado emitido por parte de la FDA, TÚV u otra certificación que indique la aprobación del producto para su uso en los Estados Unidos de Norteamérica o en la Comunidad Europea de Naciones. 15. Certificado de garantía de los productos. 16. Toda la información que considere conveniente sobre los productos ofrecidos y capacidad de producción. 17. Dirección, números de teléfono y fax y correo electrónico del o de los centros operativos destinados a atender la demanda. 18. Planes de trabajo para entrega normal, urgencias y contingencias según lo requerido. 19. Copia de los últimos dos balances de ejercicios cerrados y nota sobre evolución correspondiente al ejercicio presente, firmados por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En caso de personas físicas documentos equivalentes y últimas dos declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, firmadas por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 20. Listado de sucursales y/o representaciones en el ámbito nacional, con mención de la relación comercial que los une con el oferente. Indicar dirección, teléfonos, fax o correo electrónico. 21. Nómina de los principales clientes del sector público, privado y obras sociales y entidades bancarias con las que opera. 22. Declaración Jurada de aceptación de normativa y de no estar comprendido en las causales determinadas en el artículo 4 del presente Pliego (ANEXO VI). 23. Declaración Jurada, confirmando que el oferente no registra apercibimientos y/o sanciones por parte del INSTITUTO, la A.N.M.A.T. o las autoridades de salud nacional y provincial, y en los organismos técnicos nacionales (ANEXO VII). 24. Planilla de Cotización (ANEXO X). 25. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos, firmado en todas sus fojas como constancia de adhesión a las cláusulas del mismo y las correspondientes del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del INSTITUTO Nacional de Servicios Sociales, aprobado por la Resolución N 218/03-I, que puede obtener a través de la página de Internet Toda la documentación deberá entregarse en idioma original, si no fuera en español deberá acompañarse por su traducción al idioma nacional certificada por traductor público nacional. ARTÍCULO 7 - MANTENIMIENTO DE LA OFERTA El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha del acto de apertura de las presentaciones, prorrogables en las formas y modalidades previstas en el Articulo 51º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Medico - Asistenciales y Sociales del Instituto. 7

8 ARTÍCULO 8.- GARANTÍAS DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO La garantía de mantenimiento de oferta será presentada conjuntamente con la oferta y su valor será equivalente cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta. Se exigirá garantía de mantenimiento de oferta aun cuando el monto de la misma fuere inferior a PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00), es decir que el monto total de la oferta fuere inferior o igual a PESOS CIEN MIL ($ ,00). Dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación, los adjudicatarios deberán presentar la garantía de cumplimiento del contrato por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del monto total de lo adjudicado. Si vencido dicho plazo no constituye la garantía de cumplimiento, no se emitirá la orden de compra ni se suscribirá el contrato, adjudicando la contratación al oferente ubicado en segundo lugar en el Acta de Evaluación de Ofertas, con la pérdida de la garantía de la oferta del proponente incumplidor. Formas de constitución de las garantías: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central. b) Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad de Buenos Aires o el Gran Buenos Aires. c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del INSSJP, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSSJP. f) Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº y Resolución Nº 267/03 del Ministerio de Economía ARTÍCULO 9 - LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las propuestas presentadas conforme lo establecido por el artículo 6 del presente, deberán encontrarse perfectamente cerradas, identificadas con los datos del Procedimiento de Selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, serán admitidas hasta LA HORA FIJADA para la apertura del Acto, en la SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - Perú Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde tendrá lugar la Apertura. Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. 8

9 ARTÍCULO 10º - APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar, día y hora antes indicada, cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar: a) Número de Expediente e identificación del procedimiento de selección b) Fecha y hora en que se labre el acta. c) El número de orden asignado a cada oferta. d) La denominación del oferente. e) Renglones ofrecidos. f) Montos de las ofertas. g) La garantía de mantenimiento de oferta. h) La cantidad de fojas que contiene cada oferta original. i) Las observaciones que se formulen. j) Hora de cierre del acto. El acta será suscripta por los agentes del INSTITUTO designados al efecto y por los oferentes que lo desearen. ARTÍCULO 11º: EVALUACION DE LAS OFERTAS Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que será designada por la máxima autoridad del INSTITUTO. Para ello, analizará la documentación presentada por los oferentes y evaluará las propuestas, a efectos de verificar la admisibilidad y conveniencia de las mismas considerando: a) El cumplimiento de los aspectos formales y el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Artículos 16º y 17º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la documentación exigida por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos y el Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico - Asistenciales y Sociales del INSSJP, aprobado por la Resolución Nº 135/03-I. La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación de aspectos formales o requerir las aclaraciones que crea conveniente. b) Antecedentes en el mercado nacional. c) La propuesta económica. d) Todo otro aspecto que la Comisión Evaluadora considere analizar y sirva para una mejor evaluación de las ofertas presentadas. La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes toda información que considere necesaria. Asimismo podrá solicitarles la presentación de muestras de los productos ofrecidos. El INSTITUTO podrá determinar la retención de muestras a los adjudicatarios, procediéndose a la devolución de las restantes en los términos del artículo 11º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales La Comisión Evaluadora suscribirá un acta-dictamen en los términos del Articulo 18 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, donde se incluirán: a) Las ofertas rechazadas con una breve justificación b) Las ofertas admisibles. c) Los renglones declarados fracasados o desiertos. d) El orden de prelación de cada renglón encabezado por el oferente que haya realizado la mejor oferta económica, quedando como alternativa la oferta siguiente; y así sucesivamente se ubicará a los demás oferentes. e) La resolución en las situaciones de empate. 9

10 f) Recomendación de las ofertas más convenientes a los intereses del INSTITUTO. ARTÍCULO 12º.- IGUALDAD DE OFERTAS De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en caso de igualdad de precios y calidad, en uno o más renglones se solicitará a los oferentes empatados que formulen una mejora en sus ofertas. El silencio por parte del oferente, se entenderá como ratificación de su oferta. Si se mantuviera la igualdad se procederá al sorteo de las ofertas en cuestión. ARTÍCULO ADJUDICACIÓN La adjudicación se hará por acto dispositivo o resolutivo según corresponda, se tendrá en cuenta el dictamen de la Comisión Evaluadora y demás dictámenes e informes que se considere necesario agregar, de acuerdo a lo que el INSTITUTO considere más conveniente. La adjudicación se hará por renglón y por región. Se adjudicará cada renglón en forma total para cada región. En caso que algún renglón quedare desierto en una o más regiones, el INSTITUTO podrá realizar una petición de oferta a los adjudicatarios del mismo renglón para otras regiones a los efectos de dar cobertura por un plazo de hasta noventa (90) días mientras se realiza un nuevo llamado. Si el consumo durante el plazo contractual fuese inferior al estimado en la orden de compra, ésta se extinguirá al vencimiento final del plazo contractual. ARTÍCULO 14º - EJECUCIÓN DEL CONTRATO Durante la ejecución del contrato los adjudicatarios tendrán las siguientes obligaciones: 1. Realizar las provisiones únicamente a través de la aplicación de las normas indicadas en el presente Pliego y sus Anexos. 2. Proveer exclusivamente los insumos que haya presentado en la oferta aceptada obligándose a mantener el stock suficiente para atender la demanda en los plazos estipulados. El reemplazo de los productos ofrecidos sólo podrá aceptarse, previa conformidad del INSTITUTO, para mejorar la calidad o por razones de fuerza mayor. El elemento de reemplazo deberá poseer las mismas certificaciones que el original. - La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o parcial sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del INSSJP; en cuyo caso el adjudicatario cedente continuará obligado en forma solidaria, mancomunada e ilimitadamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por culpa del adjudicatario. El INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser adjudicatario del INSSJP. - La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. ARTÍCULO 15º - PLAZOS Y LUGARES DE ENTREGA El proveedor deberá cumplimentar la entrega de las prótesis, implantes y elementos solicitados por los establecimientos asistenciales radicados en el ámbito geográfico adjudicado, donde se atiendan los beneficiarios, debiéndose cumplir los siguientes plazos: 10

11 1. Intervenciones quirúrgicas de Urgencia: Inmediata. 2. Intervenciones quirúrgicas de carácter programado: Será establecido por el médico tratante. El prestador deberá entregar el insumo con un mínimo de 24 horas de antelación a la cirugía. Las prótesis, implantes y elementos de uso deberán ser entregados en las Instituciones Sanatoriales u Hospitalarias solicitantes. ARTÍCULO 16 - RESPONSABILIDADES DE LOS ADJUDICATARIOS Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los Pliegos de Bases y Condiciones, o en la restante documentación contractual, el adjudicatario estará obligado por lo siguiente: 1 RESPONSABILIDAD CIVIL Y PATRIMONIAL a Los proveedores deberán asumir expresamente la responsabilidad civil integral y culpa objetiva por riesgos o vicios, sin ningún tipo de limitación cuantitativa o temporal, por cualquier daño que cause con motivo u ocasión de sus servicios. b El INSTITUTO estará exento por cualquier daño que sufra los proveedores con motivo y ocasión de eventos de toda especie y actividades de cualquier índole, comprendidas o relativas al servicio prestado. c El INSTITUTO no será responsable de los daños que puedan ser causados a los elementos a proveer durante su transporte y almacenamiento, debiendo el proveedor contratar los seguros correspondientes. d El adjudicatario deberá contar con seguros de responsabilidad civil con las coberturas que hagan a la ejecución del contrato. 2 INDEMNIDAD a El PROVEEDOR deberá mantener indemne al INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extra judicial que pudieran realizar los Afiliados del INSTITUTO o cualquier tercero por causas derivadas del cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones del contrato. b El INSTITUTO no responderá, en ningún caso, ante terceros, como así tampoco intervendrá en ninguna discrepancia, reclamo o juicio que pudiera producirse entre terceros y el PROVEEDOR, motivo por el cual consigna en forma expresa la renuncia, a cualquier acción judicial o reclamo extra judicial contra el INSTITUTO. c Estarán a cargo del proveedor los montos de las indemnizaciones que hubiera tenido que abonar el INSTITUTO a sus Afiliados por causas derivadas del incumplimiento de las obligaciones del contrato. ARTÍCULO 17º.- RECEPCION PROVISIONAL+ La recepción de los insumos tendrá carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la recepción definitiva. ARTÍCULO 18º.- RECEPCIÓN DEFINITIVA La recepción definitiva será otorgada por la Subgerencia de Insumos Médicos dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de cada entrega, una vez verificada la congruencia entre la documentación presentada, Solicitud, Remito, Certificado de Implante, Orden de Compra y Detalle de las prestaciones, la oferta adjudicada y lo facturado. ARTÍCULO 19º.- FACTURACION La factura deberá presentarse en la Sede del INSTITUTO, sito en la calle Perú 169 PB Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo ajustarse a las normas de la AFIP, acompañando la información que se detalla a continuación: 11

12 a) Copias de las solicitudes de provisión. b) Remitos de los insumos entregados en las Instituciones Sanatoriales u Hospitalarias solicitantes. c) Orden de compra correspondiente d) Certificados de Implante y sus troqueles. e) Planilla resumen (formato a suministrar por el INSTITUTO) f) A los efectos de la facturación el INSTITUTO está exento del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). ARTÍCULO 20º - FORMA Y CONDICIONES DE PAGO Los pagos por la provisión de los insumos se realizarán dentro de los TREINTA (30) días corridos de la presentación de la factura. La misma se presentará mensualmente. ARTÍCULO 21º - PENALIDADES Y SANCIONES Además de las penalidades y sanciones establecidas en el artículo 25 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y a la promoción de acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a aplicar las penalidades que se enuncian a continuación: A) MULTA Por la falta de entrega de las prótesis, implantes y elementos dentro de los plazos establecidos en el Pliego o la entrega de elementos defectuosos que no puedan utilizarse en la práctica quirúrgica, sin dar solución inmediata o respuesta satisfactoria a los requerimientos del INSTITUTO, se aplicara una multa que será diez (10) veces el valor de adquisición de la prótesis, implantes y elementos no entregada o de los elementos defectuosos entregados. Por no mantener abierto el Centro Operativo, los días y horarios indicados en el art. 3º punto 2, se aplicará una penalidad equivalente al 5% de la facturación presentada. Sin perjuicio de aplicación de una multa, en caso de corresponder, el INSTITUTO podrá efectuar la adquisición directa, en plaza, a un tercero, del elemento indicado en la solicitud de provisión que no haya sido entregada por el adjudicatario estando a cargo de este los mayores costos que demande. B) RESCISION A partir de la quinta reiteración de las causales antes citadas el INSTITUTO podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor. De verificarse que el Proveedor proveyó elementos de calidad inferior a los aceptados en la adjudicación el INSTITUTO procederá a la rescisión del contrato en forma inmediata e iniciará las acciones legales correspondientes. Las sanciones y penalidades aplicadas serán comunicadas a la Gerencia de Administración para su incorporación en el sistema de información sobre Proveedores y Prestadores. Las sanciones y penalidades que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños y perjuicios a los afiliados o a los prestadores de atención médica. El INSTITUTO podrá debitar de cualquier factura en trámite de cobro los cargos imputables por incumplimiento del presente contrato, o de cualquier cuenta del proveedor. 12

13 ARTICULO 22º - AUTORIDAD SANCIONATORIA - PROCEDIMIENTO Denunciado y/o verificado el incumplimiento el INSTITUTO lo comunicará al proveedor. El adjudicatario deberá documentar el cumplimiento en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas de haber recibido el reclamo por cualquier medio (nota, fax, correo electrónico, o cualquier otra vía que lo documente) o efectuar el descargo correspondiente por los mismos medios y dentro del mismo plazo. El descargo será resuelto por el INSTITUTO en las veinticuatro (24) horas siguientes. La penalidad se aplicará una vez vencido el plazo acordado para el descargo, sin que se haya recibido respuesta por parte del adjudicatario o cuando el INSTITUTO desestime el descargo. Las multas o penalidades serán resueltas por acto dispositivo de la Gerencia de Prestaciones Médicas. ARTICULO 23º - AUDITORIAS El INSTITUTO, a través de sus áreas competentes de Nivel Central o de las Unidades de Gestión Local, podrá, en cualquier oportunidad, realizar auditorias, monitoreos, inspecciones, consultas con los profesionales y establecimientos asistenciales o con los beneficiarios o sus representantes y demás acciones que considere conveniente para evaluar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los adjudicatarios, así como la calidad de los productos y/o servicios que presta y solicitar mejoras o aplicar sanciones si correspondiere. Los controles podrá hacerlos por sí o a través de universidades, centros de investigación y desarrollo científico y tecnológico o cualquier otra institución especializadas, ya sean públicas o entidades sin fines de lucro. ARTÍCULO 24º.- VIGENCIA DE LOS CONTRATOS La prestación del servicio de provisión que se celebre con el adjudicatario tendrá una duración de ciento ochenta (180) días corridos contados a partir del momento de suscribirse la respectiva contrata. Los contratos se podrán renovar, de común acuerdo, por hasta ciento ochenta (180) días corridos. Asimismo, y también de común acuerdo, debidamente fundado en razones prestacionales o económicas, se podrá renovar por un plazo mayor. No obstante, sus cláusulas seguirán vigentes hasta que se hayan cumplido todos los servicios derivados de su ejecución. ARTÍCULO 25º - NORMATIVA APLICABLE Y ORDEN DE PRELACIÓN Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: 1. La Orden de Compra. 2. La contrata a partir de la firma. 3. La adjudicación a partir de su resolución 4. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos, junto con las circulares que se dicten en consecuencia. 5. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 6. La Oferta y sus Accesorios. 7. El Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico-Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por Resolución Nº 135/03-I. Las disposiciones reglamentarias del INSTITUTO en materia de compras, contrataciones, recepción de bienes y servicios, facturación, pago y abastecimiento de insumos médicos. 13

14 ARTÍCULO 26º -COMPETENCIA A todos los efectos legales derivados del presente contrato serán competentes los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. ARTICULO 27º.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este INSTITUTO a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho trámite previo a la emisión de la Orden de Compra. A los fines expuestos deberán dirigirse a Registro de Proveedores, Cumplimiento y Vencimiento Contractual, sito en Perú 169 Piso 5º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Te: ARTICULO 28º- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la página de Internet del INSTITUTO y que rige para la contratación en todas sus cláusulas que no fueran modificadas expresamente por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos. RAZON SOCIAL... DOMICILIO... LOCALIDAD FIRMA DEL PROVEEDOR SELLO COMERCIAL 14

15 RENGLON ANEXO I ELEMENTOS A PROVEER Y PRECIOS TOPE INSUMOS Cirugía General PRECIO TOPE TRAMITE 1 Sutura Mecánica de Todo Tipo $ 1.891, Malla de Polipropileno 7,5cm x 15cm $ 194, Malla de Polipropileno 15cm x 15cm $ 291, Malla de Polipropileno 30cm x 30cm $ 612, Malla de Poliglactina 7,5cm x 15cm $ 607, Malla de Poliglactina 15cm x 15cm $ 714, Malla de Poliglactina 30cm x 30cm $ 1.563,00 1 Cirugía Mínimamente Invasiva 8 Set de dilatación de tubo digestivo $ 1.256, Botón de Gastrostomia $ 1.046, Botón de Gastrostomía con balón $ 1.452, Set de Ligaduras para Varices Esofágicas $ 805, Set de Gastrostomía Percutanea $ 1.082, Set para estenosis esofágica con Stent de Plástico $ 2.959, Set para estenosis esofágica con Stent Autoexpandible ó Nitinol. $ 2.790, Set para estenosis esofágica con Stent con cobertura. $ 2.731, Set de Drenaje Multipropósito $ 678, Set de Drenaje Biliar Interno-Externo $ 1.896, Stent para vías biliares metálico percutáneo autoexpandible $ 4.734, Stent para vías biliares de plástico $ 1.017,00 1 Neurocirugía Válvulas para Hidrocefalia Ventrículo-Peritoneal y Lumbo- 20 Peritoneal de Presión Media y Baja (estándar o $ 1.876,00 1 convencionales) 21 Válvulas para Derivación V/P de Regulación Externa $ 8.208, Sistemas de derivación ventriculo peritoneales $ 3.960,00 autorregulables 1 23 Clip de Aneurisma $ 1.219, Prótesis para Reemplazo Reparación y/o Regeneración de $ 1.493,00 Duramadre 1 25 Sistema de Fijación de Plaqueta con todos sus $ 4.328,00 componentes en titanio 1 26 Malla de Reconstrucción de Titanio con tornillos $ 3.165,00 1 Kits para relleno de bomba de infusión para baclofeno y/o 27 $ 1.980,00 1 derivados.** 28 Cemento para Craneoplastía $ 2.500,

16 Urología 29 Sling Urinario Femenino $ 1.133, Sling Urinario Masculino $ , Stent Prostático $ , Stent Uretral $ , Kits para reparaciones de Prolapso Anterior y Posterior $ 2.249, Set de Nefrostomía $ 625, Catéter Doble J con guía - introductor $ 285,00 1 Nota: Item 27 ** En la solicitud médica se deberá aclarar la cantidad a utilizar por el paciente en 1 (un) año. 16

17 ANEXO II LISTADO DE ELEMENTOS CON CARACTERISTICAS TECNICAS 1 Requisito para todos los ítems Importados: Aprobación por FDA ó CE. 2 Requisito para los insumos Nacionales: Aprobación por ANMAT. CIRUGIA GENERAL 1.- Sutura Mecánica de todo tipo. 2.- Malla de Polipropileno 7,5cm x 15cm -No absorbible. -Medidas: entre 7,5cm x 15cm -Presentado en doble bolsa estéril. 3.- Malla de Polipropileno 15cm x 15cm. -No absorbible. -Medidas: entre 15cm x 15cm -Presentado en doble bolsa estéril. 4.- Malla de Polipropileno 30cmx 30cm. -No absorbible. -Medidas: entre 30cm x 30cm. -Presentado en doble bolsa estéril. 5.- Malla de Poliglactina 7,5cm x 15cm. -Reabsorbible. -Medidas: entre 7.5cm x 15cm; 6.- Malla de Poliglactina 15cm x 15cm. -Reabsorbible. -Medidas: entre 15cm x 15cm 7.- Malla de Poliglactina 30cm x 30cm. -Reabsorbible. -Medidas: entre 30cm x 30cm 17

18 CIRUGIA MINIMAMENTE INVASIVA 8.- Set de dilatación de tubo digestivo -Balón para esófago, colón, píloro y vías biliares -Todas las medidas. -Presentado en pack de doble bolsa estéril. 9.- Botón de Gastrostomía Botón de Gastrostomía con balón Set de Ligadura para várices esofágicas Set de Gastrostomía Percutanea Set para Estenosis Esofágica con Stent de Plástico Set para Estenosis Esofágica con Stent Autoexpandible ó Nitinol Set para Estenosis Esofágica con Stent con cobertura 16.- Set de Drenaje Multipropósito -Estéril, descartable. -Catéter siliconado. -Set con y sin cobertura hidrofílica. -Diámetro: entre 8 F y 12 F -Alambre Guía de 0,035 entre 140 cm y 180 cm Set de Drenaje Biliar Interno Externo -Stent Biliar no metálico (estéril, descartable) entre 8 a 12 F. -Set de introductor (tipo D Agostino) y guía entre 8 a 12 F 18.- Stent para vías Biliares Metálico Percutáneo Autoexpandible. - Stent más Sistema de introductor de 6 Fr. que permita su implante por vía percutánea o endoscópica de Nitinol con liberación de impacto de 8 ó 10 mm. de diámetro. Largo: 6 u 8 cm. con marca radiopaca en los extremos. - Canal guía de 0,035 a 0, Stent para vías Biliares de Plástico - Stent plástico de entre 7 F a 10 Fr. No premontado. - Sistema introductor - Guías de hasta 4,50 mts. de entre 7 Fr a 10 Fr 18

19 NEUROCIRUGIA 20.- Válvulas para Hidrocefalia, Ventrículo Peritoneal y Lumbo Peritoneal de Presión Media y Baja. (Estándar o convencionales) 21.- Válvulas para Derivación Ventrículo Peritoneal de Regulación Externa Sistemas de derivación ventrículo peritoneales autorregulables Clip de Aneurisma Prótesis para reemplazo, reparación y/o regeneración de duramadre Sistema de Fijación de Plaqueta con todos sus componentes en titanio. -Material: Titanio. Si el elemento de fijación requiriera tornillos, los mismos serán de Titanio 26.- Malla de Reconstrucción de Titanio con Tornillos Kits para relleno de bomba de infusión para baclofeno y/o derivados -Debe ser compatible con la bomba Cemento para Craneoplastía. UROLOGIA 29.- Sling Urinario (Femenino) Sling Urinario (Masculino) Stent Prostático 32.- Stent Uretral 33.- Kits para reconstrucción de Prolapso Anterior Posterior 34.- Set de Nefrostomía 35.- Catéter Doble J con guía - introductor. 19

20 A) TRAMITE DE SOLICITUD ANEXO III CIRCUITO OPERATIVO Para iniciar la solicitud en formulario adjunto (Anexo IV) se requerirá ser afiliado al INSTITUTO, que el médico tratante sea correspondiente al Sistema de PAMI y la prescripción médica acorde a Normas de esta Especialidad con indicación de la fecha de cirugía. 1. TRAMITE NORMAL (Prescriptor / Proveedor) La Institución Sanatorial u Hospitalaria donde se realizará la intervención quirúrgica solicitará al Centro Operativo del proveedor correspondiente a la Región donde se localiza el Establecimiento el/los insumos prescriptos por el médico tratante y serán solicitados a través del Sistema que el Instituto implemente a tal fin, el cual será de uso obligatorio para las partes intervinientes. En caso de existir fallas en el sistema informático la solicitud se enviará por fax o correo electrónico. A) ENTREGA, FACTURACIÓN Y PAGO DE LOS INSUMOS 1. El proveedor entregará el insumo 24 hs. antes de la fecha de programación de cirugía en la Institución Sanatorial u Hospitalaria con el remito correspondiente en tres copias y el certificado de implante en blanco. 2. Para las cirugías programadas las solicitudes de provisión deberán ser recibidas por los proveedores con una antelación no inferior a cinco días. 3. Para la atención de las cirugías de urgencia los adjudicatarios establecerán los mecanismos que permitan a los prestadores médicos-asistenciales tener acceso a los insumos durante las 24 hs. de todos los días del año. 4. El proveedor podrá solicitar la anulación de la solicitud de provisión y la devolución de los insumos en las mismas condiciones que se los entregó si el implante no se produjera dentro de los cinco días de la fecha de entrega. 5. Inmediatamente posterior al procedimiento el médico tratante procederá al llenado del Certificado de Implante y al pegado de los troqueles o stickers de la prótesis en su reverso, el que será remitido en forma inmediata al proveedor. La Institución Sanatorial u Hospitalaria certificará la firma. 6. La facturación con Solicitud, Remito, Certificado de Implante, Orden de Compra correspondiente y un Detalle de las Prestaciones en formato que el Instituto determinará, se presentará en la Subgerencia de Insumos Médicos. La fecha de ésta presentación será tomada como fecha de facturación. 7. La Subgerencia de Insumos Médicos controlará la información, que acompañe a la facturación y, en caso de no encontrar diferencias o irregularidades, emite el certificado de recepción definitiva a partir del cual se sigue el procedimiento de pago. Si hubiera diferencias, deberá gestionar su solución a través del proveedor antes de emitir la 20

21 recepción definitiva. Las Facturas serán conformadas en la Subgerencia de Insumos Médicos. 8. Posterior a su conformación, la facturación entrará en el ámbito de la Gerencia Económico Financiera para su pago dentro de los plazos fijados (30) días. ANEXO IV SOLICITUD DE IMPLANTE INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS SOLICITUD DE PRÓTESIS E IMPLANTES QUIRÚRGICOS Fecha Apellido y Nombres Beneficio Edad Sexo Fecha Nacimiento Documento Tipo LE LM CI LC LF DNI Pasaporte Número Domicilio Localidad Provincia Modo Programado Descripción Código Urgencia Fecha de la intervención Institución Historia Clínica Nº UGL Firma y Sello del Médico Actuante Teléfono Firma y sello autorizado institución sanatorial u hospitalaria 21

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