REGLAMENTO DE LA GESTIÓN DEL ES-

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1 Acuerdo 4 marzo 2009, l Consejo Gobierno la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento la gestión l estacionamiento en los campus universitarios. REGLAMENTO DE LA GESTIÓN DEL ES- TACIONAMIENTO EN LOS CAMPUS UNI- VERSITARIOS PREÁMBULO El Consejo Gobierno la Universidad Zaragoza reguló el sistema estacionamiento en el campus San Francisco mediante Acuerdo 24 febrero 2004 (BOUZ 26, 1 marzo). En el punto sexto se dispone que el Consejo Dirección concretará los términos este Acuerdo. La elevada manda ha obligado con posterioridad a la aplicación criterios racionalización con objeto disminuir o evitar la saturación los estacionamientos en horas punta. El Defensor Universitario se ha referido en diversas ocasiones a la necesidad regular el estacionamiento ntro los campus universitarios indicando que no constituye un recho adquirido por el mero hecho ser trabajador o estudiante la misma, sino que se trata una posibilidad que la Universidad ofrece a todos los sectores que la conforman, pero siempre bajo las restricciones a las que obliga para todos la escasez espacio disponible. Asimismo, en varios sus informes se anima a la comunidad universitaria a utilizar vías alternativas al uso l vehículo particular para el traslado a los campus. El presente Reglamento es el instrumento normativo que permitirá una acuada gestión los estacionamientos en todos los campus nuestra Universidad. Establece para ello un procedimiento regulador l acceso, unas reglas uso y un sistema garantizador su cumplimiento, presididos todos ellos por unos criterios que han guiar las actuaciones futuras en este ámbito. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto l Reglamento El objeto este Reglamento es la gestión l estacionamiento los vehículos automóviles a motor tres o más ruedas en los campus la Universidad Zaragoza. Artículo 2. Criterios gestión Los criterios por los que se regirá la gestión l estacionamiento son los s: a) La progresiva peatonalización. b) La limitación l acceso vehículos. c) La implantación un régimen autorización acceso previa solicitud los interesados. d) La graduación las necesidas o prioridas los usuarios. e) El establecimiento un sistema cupos por los sectores que integran la comunidad universitaria. Artículo 3. Autorización acceso 1. Para estacionar en alguno los campus universitarios a que se refiere este Reglamento será preciso contar con la correspondiente autorización acceso. 2. La autorización podrá serlo para todo el curso académico o para un día terminado o para fines semana y los meses julio y agosto. A petición los miembros la comunidad universitaria y con carácter ocasional, podrá concerse autorización acceso a invitados o visitas previamente acordadas. TÍTULO II ACCESO A LOS ESTACIONAMIENTOS CAPÍTULO I SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA EL CURSO ACA- DÉMICO Artículo 4. Usuarios que puen solicitar autorización acceso 1. Podrán solicitar la autorización correspondiente para accer a los estacionamientos los campus universitarios los miembros l personal docente e investigador, los estudiantes, los miembros l personal administración y servicios y los institutos mixtos la Universidad Zaragoza. 2. Asimismo, podrán hacerlo los trabajadores las empresas u organismos que tengan suscrito un contrato con la Universidad Zaragoza para la prestación servicios forma continuada. Artículo 5. Objeto la solicitud autorización 1. La solicitud irá referida a uno solo los estacionamientos los campus universitarios. Con carácter excepcional y siempre que las actividas universitarias l solicitante lo justifiquen, podrá instarse la autorización para accer a más uno los estacionamientos. 2. La solicitud cada usuario podrá incluir hasta dos vehículos. En ningún caso los vehículos así autorizados podrán accer o permane- 1

2 cer simultáneamente en el estacionamiento correspondiente. 3. No se admitirá más una solicitud por vehículo. 4. La solicitud autorización será por un curso académico e indicará el campus al que se sea accer. Artículo 6. Formalización la solicitud 1. Las solicitus acceso a los estacionamientos los campus se dirigirán a la Unidad Seguridad la Universidad Zaragoza en los plazos que se terminen. 2. El solicitante será el conductor l vehículo y berá figurar, él o su cónyuge, en el permiso circulación o en la póliza seguros l vehículo respecto l cual se pi la autorización acceso. 3. La solicitud se formalizará cumplimentando el impreso o aplicación informática que oportunamente se indique. 4. El solicitante indicará un correo electrónico que servirá como cauce comunicación para toda notificación relacionada con el sistema gestión los estacionamientos. 5. El solicitante se compromete a abonar el importe correspondiente por el procedimiento que indique la Universidad Zaragoza. 6. El solicitante respon la veracidad los datos facilitados. La falta veracidad será causa retirada la autorización acceso sin recho a la volución las cantidas abonadas por tal concepto. CAPÍTULO II AUTORIZACIÓN DE ACCESO PARA EL CURSO ACADÉ- MICO Artículo 7. Órgano competente Una vez concluido el plazo presentación solicitus, la Unidad Seguridad examinará las recibidas, aplicará los criterios que en este mismo Reglamento se establecen y resolverá las solicitus con objeto concer las autorizaciones acceso. Artículo 8. Plazo resolución La Unidad Seguridad resolverá las solicitus en los diez días hábiles s a la conclusión l plazo presentación solicitus. Artículo 9. Comunicación y efectos la resolución 1. Cada solicitante recibirá en el correo electrónico indicado en su solicitud la comunicación haberle sido concedida o negada la autorización acceso. 2. La autorización faculta el acceso al estacionamiento correspondiente durante el curso para el que fue solicitada. 3. Los usuarios podrán solicitar a la Unidad Seguridad el cambio matrícula l vehículo autorizado, sin recargo económico adicional, presentando los documentos contemplados en el artículo 6 para el nuevo vehículo. Artículo 10. Cupos acceso 1. Para cada sector la comunidad universitaria se reserva un número autorizaciones conforme a lo establecido en el Anexo I. 2. El Rector la Universidad Zaragoza revisará anualmente el cupo correspondiente a cada sector. Artículo 11. Criterios para autorizar el acceso Los criterios para resolver las solicitus autorización acceso a los estacionamientos son los s: a) Actividad sarrollada en la Universidad Zaragoza. Este criterio atenrá, en el sector l personal docente e investigador y en el l personal administración y servicios, a la jornada o tiempo dicación conforme a la relación puestos trabajo y, en el sector estudiantes, a los créditos en que se hallen matriculados. Asimismo se tomará en consiración el número horas semanales l personal no universitario que sarrolla su actividad en la Universidad. Conforme a este criterio se primará la mayor dicación. b) Campus stino. Este criterio discriminará entre los distintos campus atendiendo a aquel en que el solicitante sarrolla su actividad. c) Distancia su resincia habitual al estacionamiento solicitado. Este criterio tomará como referencia el distrito postal resincia l solicitante primando la lejanía ésta respecto l campus en que sarrolla su actividad. d) Cargas familiares. Este criterio primará a los empleados públicos que, acogidos al Plan Concilia la Universidad Zaragoza, tengan a su cargo hijos menores doce años, hijos con discapacidad o personas mayores con discapacidad. 2

3 Artículo 12. Baremo 1. En virtud los criterios establecidos en el artículo anterior se asignará a cada solicitante una puntuación conforme al baremo que se recoge en el Anexo II. 2. En caso empate, se atenrá en primer lugar a la puntuación obtenida en el apartado Actividad sarrollada en la Universidad Zaragoza y, persistir, a la que arrojen lo sucesivos apartados en el orn en que figuran en al artículo anterior. 3. En el caso usuarios que sean titulares la tarjeta estacionamiento reservado para discapacitados, no corresponrá la aplicación l baremo. Estos usuarios estarán obligados a hacer uso las plazas señalizadas a tal efecto. Artículo 13. Precios 1. Cada usuario habrá abonar con carácter personal una cantidad fijada anualmente por el Rector en el plazo diez días hábiles s que le sea notificada la autorización acceso. De no hacerlo, la autorización se entenrá revocada. 2. No se admitirá como forma pago el cargo l importe a una unidad planificación o proyecto investigación. 3. Los miembros la comunidad universitaria que sean titulares una tarjeta estacionamiento reservado para discapacitados estarán exentos l pago la cantidad antes referida. Artículo 14. Extinción la autorización acceso 1. La autorización acceso se extinguirá cuando se produzca alguna las s circunstancias: a) Solicitud baja voluntaria por el usuario. b) Pérdida la condición miembro la comunidad universitaria o aquélla que le permitió obtener la autorización. c) Expiración l plazo por el que fue concedida la autorización. d) Adopción una medida que comporte la retirada la autorización. 2. En ningún caso procerá la renovación automática la autorización acceso. CAPÍTULO III AUTORIZACIONES PARA UN DÍA Artículo 15. Ámbito, finalidad y cupo las autorizaciones para un día 1. Podrán concerse autorizaciones para un día exclusivamente para el estacionamiento l campus San Francisco y con el fin accer a los servicios centrales la Universidad Zaragoza. Estas autorizaciones tendrán carácter gratuito. 2. Se establece una reserva por sectores según se indica en el Anexo III. Artículo 16. Formalización la solicitud 1. Las solicitus se dirigirán a la Unidad Seguridad la Universidad Zaragoza en un plazo no superior a siete días naturales respecto aquel en que se pretenda accer al estacionamiento. 2. El usuario podrá solicitar a su nombre un máximo veinticuatro autorizaciones gratuitas por año, sin sobrepasar las seis mensuales. 3. Cada vehículo no podrá ser objeto más veinticuatro autorizaciones gratuitas por año, sin sobrepasar las seis mensuales. CAPÍTULO IV AUTORIZACIONES PARA VISITAS E INVITADOS Artículo 17. Solicitus y condiciones acceso 1. Podrán concerse autorizaciones acceso a visitas e invitados no pertenecientes a la comunidad universitaria la UZ previa solicitud motivada un miembro ésta. 2. Estos permisos podrán concerse a profesores otras Universidas que accedan con motivo impartir clases, cursos o realizar actividas investigación, a miembros tribunales que realicen su actividad en el campus y en aquellos casos bidamente justificados gravedad o urgencia. 3. El tiempo por el que se concerá la autorización será el necesario para el sarrollo la actividad que justifica la visita o invitación. En ningún caso será superior a quince días. 4. Quienes accedan conforme a lo preceptuado en este artículo quedan sujetos a las reglas uso los estacionamientos establecidas en el presente Reglamento. TÍTULO III REGLAS DE USO DE LOS ESTACIONAMIENTOS CAPÍTULO I CONDICIONES DE UTILIZACIÓN Artículo 18. Disponibilidad plazas La autorización acceso no comporta la reserva plaza alguna estacionamiento. Éste queda supeditado a la disponibilidad plazas 3

4 libres en el estacionamiento l campus correspondiente. Artículo 19. Horario 1. El horario utilización los estacionamientos será 7:00 a 2: Fuera dicho horario, los vehículos autorizados no podrán accer ni permanecer estacionados. Artículo 20. Zonas estacionamiento 1. Las zonas estacionamiento general son las señalizadas a tal efecto. 2. Existen zonas reservadas para discapacitados que habrán acreditar su condición mediante la correspondiente tarjeta. 3. Existen, asimismo, zonas reservadas para carga y scarga para vehículos los servicios la Universidad Zaragoza y proveedores, que habrán acreditar su condición convenientemente. CAPÍTULO II INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE USO Artículo 21. Incumplimientos Constituyen incumplimientos las condiciones uso las s: a) La inobservancia l horario. b) El estacionamiento en lugares no habilitados para ello. c) La cesión gratuita u onerosa la autorización obtenida. d) La utilización los estacionamientos con fines distintos al sarrollo actividas universitarias. Artículo 22. Medidas por incumplimiento las condiciones uso 1. La cesión gratuita u onerosa la autorización obtenida comportará la retirada la autorización sin recho a la volución la cantidad abonada. Igual medida se aplicará en el caso la utilización los estacionamientos con fines distintos al sarrollo actividas universitarias. 2. La inobservancia l horario, así como el estacionamiento en lugares no habilitados para ello, comportarán la retirada la autorización acceso durante siete días hábiles. Ésta será catorce días hábiles si el usuario reitera su conducta una segunda vez en el mismo trimestre y extinción la autorización durante todo el curso si lo hace por tercera vez en el mismo trimestre. 3. Si quien incumple las condiciones uso disfrutara un permiso gratuito un día, no podrá obtener otro permiso acceso durante dos meses. Esta imposibilidad será cuatro meses o todo el curso, si incurriere en una segunda o tercera infracción, respectivamente, durante todo el curso. Artículo 23. Órganos competentes 1. El servicio vigilancia la Universidad velará por el cumplimiento las condiciones uso los estacionamientos y pondrá en conocimiento la Unidad Seguridad los incumplimientos que tecte. 2. Correspon a la Unidad Seguridad la adopción las medidas a que se refiere el artículo anterior. 3. El usuario podrá recurrir en un plazo cinco días hábiles ante el Adjunto al Rector para Infraestructuras las medidas adoptadas, biendo ser resuelta en un plazo diez días hábiles. Hasta que se resuelva la impugnación, las medidas quedarán en suspenso. Artículo 24. Cumplimiento las medidas El usuario podrá elegir, ntro los 30 días naturales s al aviso la medida, el período en que se cumplirá, salvo que ésta suponga la extinción la autorización. TÍTULO IV RESTRICCIONES DE ACCESO Y RÉGIMEN DE RESPON- SABILIDAD CAPÍTULO I RESTRICCIONES DE ACCESO Artículo 25. Causas restricción Por motivos saturación los estacionamientos y para garantizar el acuado sarrollo las actividas docentes, investigadoras y gestión, la Universidad Zaragoza se reserva el recho a restringir el acceso a los estacionamientos. Artículo 26. Ámbito la restricción La restricción podrá abarcar todas las plazas o una parte ellas, ir referida a una terminada franja horario o a un período temporal concreto o hacerse forma extensiva o selectiva. Artículo 27. Órgano competente Correspon al Rector la Universidad Zaragoza el ejercicio esta facultad restricción. De ello dará cuenta al Consejo Gobierno en la sesión más próxima que éste celebre. 4

5 recogidas en los artículos 22 y 23 este Reglamento. Segunda. Entrada en vigor CAPÍTULO II RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD Artículo 28. Responsabilidad La Universidad Zaragoza se exonera totalmente cualquier responsabilidad rivada los daños o sustracciones que puedan sufrir los vehículos y los objetos positados en su interior durante el tiempo en que permanezcan en los estacionamientos los campus universitarios. El presente Reglamento entrará en vigor el día 1 octubre 2009 para los estacionamientos campus San Francisco y la Escuela Universitaria Estudios Sociales. Anexo I Cupos acceso ESTACIONAMIENTO DE CAMPUS SAN FRANCISCO JORNADA COMPLETA DISPOSICIÓN ADICIONAL Única. Actualización cupos y precios Colectivo Cupo (nº Se habilita al Rector la Universidad Zaragoza para revisar los cupos y los precios a que se refieren los artículos 10, 13 y 15 este Reglamento, previo informe la Unidad Seguridad. Única. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Quedan rogados el Acuerdo Consejo Gobierno 24 febrero 2004 que regulaba el sistema aparcamiento en el campus San Francisco y las normas que lo sarrollaron. DISPOSICIONES FINALES Primera. Régimen para ciclomotores y motocicletas 1. Los ciclomotores y motocicletas sin sicar tendrán libre acceso a los estacionamientos los campus universitarios. 2. Estos vehículos habrán ser estacionados en las zonas stinadas a tal efecto. No podrán accer ni permanecer estacionados fuera l horario establecido en el artículo 18 este Reglamento. 3. La inobservancia las reglas anteriores será consirada incumplimiento las condiciones uso los estacionamientos y comportará la prohibición acceso durante siete días hábiles. Ésta será catorce días hábiles si el usuario reitera su conducta una segunda vez en el mismo trimestre y extinción la autorización durante todo el curso si lo hace por tercera vez en el mismo trimestre ESTUDIANTES 600 ESTACIONAMIENTO DE CAMPUS SAN FRANCISCO TARDES Colectivo Cupo (nº 200 ESTUDIANTES 200 ESTACIONAMIENTO DE CAMPUS SAN FRANCISCO FINES DE SEMANA, JULIO Y AGOSTO Colectivo Cupo (nº ESTUDIANTES Sin cupo Sin cupo ESTACIONAMIENTO DE ESTUDIOS SOCIALES JORNADA COMPLETA Colectivo Cupo (nº 4. En los supuestos incumplimiento las condiciones uso por los conductores estos vehículos, les serán aplicación las reglas PERSONAL UZ Y CONTRATAS 120 5

6 ESTUDIANTES 60 ESTACIONAMIENTO DE ESTUDIOS SOCIALES TARDES Colectivo Cupo (nº 20 ESTUDIANTES 20 Anexo II Baremo por actividad, campus, resincia y cargas familiares 1. Actividad sarrollada en la Universidad Zaragoza: Jornada PDI Becarios servicios Personal los institutos mixtos Miembros l Consejo Social no universitarios Contrata vigilancia Contratas cafeterías Contrata limpieza Empresas con actividad en el campus a las que se refiere el artículo 4.2 Créditos matriculados Estudiantes Nº créditos Nº créditos / 10 Tiempo completo 10 Profesores eméritos y colaboradores extraordinarios Tiempo parcial 6h 7 Tiempo parcial 5h 6 Tiempo parcial 4h 5 Tiempo parcial 3h 4 PAS UZ Colectivo Colaboradores contratos externos Becarios investigación 10 PAS y otros con TIPO DE JORNADA >=35 horas semanales >=30 y <35 PUNT OS Campus stino. Estacionamiento solicitado: San Francisco y Estudios Sociales CAMPUS Todos los colectivos San Francisco y Escuela Universitaria Estudios Sociales Destino en dos o más campus, entre ellos campus San Francisco (solo aplicable a PAS y PDI) Paraíso 15 Veterinaria, Río Ebro, Huesca, Teruel y Escuela Universitaria Politécnica la Almunia. 5 Personal investigación contratado como PAS Colaboradores proyectos investigación >=25 y <30 >=20 <25 8 y 7 < Distancia su resincia habitual al estacionamiento solicitado, cuando dicha solicitud recaiga sobre el estacionamiento campus San Francisco o Escuela Universitaria Estudios Sociales, según el listado códigos postales: 6

7 Todos los colectivos CODIGO POSTAL Punto 2.2.a) l Plan Concilia la Universidad Zaragoza: Empleados publicos que tengan a su cargo hijos menores 12 años, personas mayores o personas con discapacidad. Punto 2.2.b) l Plan Concilia la Universidad Zaragoza: Empleados públicos que tengan hijos con discapacidad psíquica, física o sensorial Otras Empleados públicos acogidos al Plan Concilia la Universidad Zaragoza. Aquellos trabajadores la Universidad Zaragoza que cumplan estos requisitos, en sus apartados indicados en la tabla adjunta: Empleados públicos la Universidad la Zaragoza Requisito Anexo III Cupo diario autorizaciones gratuitas Colectivo PAS UZ 20 PDI UZ 20 Estudiantes UZ 20 Cupo Anexo IV Modalidas estacionamiento Modalidad Horario Precio Estacionamiento 7:00 a 50 campus San Francisco 2:00 l día jornada completa Estacionamiento campus San Francisco tars Estacionamiento campus San Francisco fines semana, julio y agosto Estacionamiento la Escuela Universitaria Estudios Sociales jornada completa Estacionamiento la Escuela Universitaria Estudios Sociales tars 14:30 a 2:00 l día s las 16:00 l viernes hasta las 2:00 l lunes 7:00h a 2:00 l día 14:30 a 2:00 l día

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