Historia de la Ley Nº Código de Minería. Artículo 21

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Historia de la Ley Nº Código de Minería. Artículo 21"

Transcripción

1 Historia de la Ley Nº Código de Minería Artículo 21 Facultades del Servicio Nacional de Geología y Minería para efectuar trabajos de geología

2 Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos. Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley. Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice. Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

3 Índice 1. Antecedentes Tramitación Legislativa Informe Técnico Proyecto de Ley Informe de Secretaría de Legislación Indicación de Cuarta Comisión Legislativa Informe de Primera Comisión Legislativa Antecedentes del Relator Proyecto de Ley Publicación de ley en Diario Oficial Ley N

4 NOTA DE CONTEXTO La presente historia de ley relativa al artículo 21 de la Ley N Código de Minería-, ha sido construida en base a los antecedentes aportados durante la tramitación legislativa de esta ley, desarrollada ante las Comisiones legislativas, incluyendo el análisis de las Actas de la Junta de Gobierno respectiva, la que actuaba con facultades propias de un poder legislativo 1. El proyecto de ley del Código de Minería en su texto original contemplaba la disposición que es objeto de esta historia de la ley en los mismos términos del artículo 21 actual. La norma guarda concordancia con los objetivos principales del proyecto, cual es, el fomento a la investigación minera y la creación de un sistema de concesiones práctico, eficiente y de fomento de la inversión. En ese contexto, junto con facultar toda persona para buscar sustancias minerales, se otorga al Servicio Nacional de Geología la misma potestad previa obtención de las autorizaciones correspondientes. No existen mayores referencias durante la tramitación del proyecto sobre el sentido y alcance de esta norma más que las que se reseñan en el presente documento, siendo aprobada por la H. Junta de Gobierno el 16 de Agosto de Historia de la Ley N Consultado en Acta N 23/83 de la H. Junta de Gobierno. Fecha 28 de noviembre de 2013.

5 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 5 de 17 INFORME TÉCNICO 1. Antecedentes Tramitación Legislativa 1.1. Informe Técnico Fecha 30 de diciembre de 1982 PROYECTO DE CODIGO DE MINERÍA. Informe Técnico. IV. Facultad de catar y cavar. Con el objeto de facilitar la investigación minera y la recopilación de antecedentes técnicos que den luz sobre su existencia, el proyecto ha facultado a toda persona para buscar sustancias minerales, en tierras de cualquier dominio, empleando desde fuera de ellas, equipos, máquinas o instrumentos con ese objeto, y, además, se ha otorgado al Servicio Nacional de Geología y Minería la facultad de efectuar trabajos de geología, previa obtención de los permisos pertinentes.

6 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 6 de 17 PROYECTO LEY 1.2. Proyecto de Ley Fecha 30 de diciembre de 1982 CODIGO DE MINERIA. LEY N La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente PROYECTO DE LEY. TÍTULO I. DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS. Párrafo 1. ARTICULO 21. Sin perjuicio de los derechos que normas legales especiales confieren a la Comisión Chilena de Energía Nuclear y de los derechos del Estado sobre los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el Servicio podrá efectuar trabajos de geología de acuerdo a las normas que lo rigen y debiendo obtener los permisos que sean necesarios en virtud de este párrafo. A solicitud del Servicio o del dueño del suelo o de su poseedor o tenedor actual, el Juez regulará el ejercicio de esta facultad, pudiendo imponer el otorgamiento de caución para garantizar el pago de perjuicios. El Estado responderá de todo perjuicio que el Servicio cause con ocasión del ejercicio de esta facultad. Sólo su dueño podrá autorizar al Servicio para realizar los trabajos a que se refiere el inciso precedente dentro de los límites de una concesión minera. A solicitud del Servicio, toda persona que realice trabajos de exploración geológica básica deberá proporcionarle la información de carácter general que al respecto obtenga.

7 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 7 de 17 INFORME SECRETARÍA LEGISLACIÓN 1.3. Informe de Secretaría de Legislación Informe de la Secretaría de Legislación de la Junta de Gobierno enviado al Presidente de la Primera Comisión Legislativa. Fecha 29 de abril de MAT.: Informa proyecto de ley que aprueba el nuevo Código de Minería. BOL.: N SANTIAGO, 29 ABRIL 1983 DE : SECRETARIO DE LEGISLACION DE LA JUNTA DE GOBIERNO A : SEÑOR PRESIDENTE DE LA PRIMERA COMISION LEGISLATIVA. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la ley N , la Secretaría de Legislación de la Junta de Gobierno viene en informar el proyecto de ley de la materia, originado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República. Hago presente a V.S. que, por no haberse dispuesto su urgencia en la sesión de la Excma. Junta de Gobierno de fecha 4 de enero de 1983, esta Secretaría de Legislación lo ha calificado de "Ordinario Extenso", para todos los efectos legales y reglamentarios correspondientes IV. ANALISIS JURIDICO DEL PROYECTO El Título I del proyecto de Código de Minería, denominado DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS, se divide en dos párrafos: el Párrafo 1º, que contiene las Normas generales (artículos 1º a 13), y el Párrafo 2º, que trata De la facultad de catar y cavar (artículos 14 a 21). Con el propósito de mejorar el conocimiento mineralógico del país, el artículo 21 faculta al Servicio Nacional de Geología y Minería para efectuar trabajos de geología, conforme a las normas que lo rigen y debiendo obtener los permisos necesarios y rendir las cauciones que fije el juez para garantizar el pago de las indemnizaciones de perjuicios, de los cuales responderá el Estado. El mismo Servicio está facultado para requerir de toda persona que realice trabajos de exploración geológica básica, la información de carácter general que al respecto obtenga.

8 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 8 de 17 INFORME SECRETARÍA LEGISLACIÓN Acordado en sesión Nº 396, con el voto favorable del Capitán de Navío JT señor Mario Duvauchelle Rodríguez, del Teniente Coronel de Ejército (J) señor Fernando Torres Silva, del Comandante de Grupo (J) señor Juan Eduardo Fuenzalida Lamas, y del Mayor (J) de Carabineros señor Carlos Olguín Bahamonde. Saluda atentamente a V.S., MARIO DUVAUCHELLE RODRIGUEZ Capitán de Navío JT Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno

9 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 9 de 17 INDICACIÓN CUARTA COMISIÓN LEGISLATIVA 1.4. Indicación de Cuarta Comisión Legislativa Indicaciones del Presidente de la Cuarta Comisión Legislativa al Proyecto de Código de Minería enviado por el Secretario de Legislación, al presidente de la Primera Comisión Legislativa. Fecha 17 de junio, S.L. J. G. (O) Nº 2981 ANT.: Artículo 25 de la ley Nº MAT.: Eleva indicación a proyecto de ley que indica. SANTIAGO, 20 JUN DE: SECRETARIO DE LEGISLACION DE LA JUNTA DE GOBIERNO A : SEÑOR PRESIDENTE PRIMERA COMISION LEGISLATIVA. 1. En conformidad con lo dispuesto en la norma legal citada en el antecedente, elevo a V.S. indicación formulada por el señor Presidente de la Cuarta Comisión Legislativa al proyecto de ley que a continuación se señala y que se encuentra en estudio en la Comisión Legislativa que V.S. preside: "Dicta nuevo Código de Minería". (Boletín Nº ) 2. En relación con la proposición de Comisión Conjunta contenida en la referida indicación, ruego a V.S. se sirva tener presente que daré cuenta de ella en la próxima sesión legislativa de la Excma. Junta de Gobierno. Saluda atentamente a V.S., MARIO DUVAUCHELLE RODRIGUEZ Capitán de Navío JT Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno Distribución: - S.E. el Presidente de la República. - Sr. Presidente Primera Comisión Legislativa. - Sr. Presidente Segunda Comisión Legislativa. - Sr. Presidente Tercera Comisión Legislativa. - Sr. Presidente Cuarta Comisión Legislativa. - Sr. Jefe Depto. Legislativo SEGPRES. - Sres. Integrantes SLJG. - Coord. Leg. - Secretaría.

10 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 10 de 17 - Archivo. INDICACIÓN CUARTA COMISIÓN LEGISLATIVA S.IV.COM.LEG. (0) N 152 OBJ.: Formula indicación. REF.: Proyecto de ley de nuevo Código de Minería. Boletín N SANTIAGO, 17 de Junio de 1983 DEL PRESIDENTE DE LA CUARTA COMISION LEGISLATIVA AL SECRETARIO DE LEGISLACION En relación con el proyecto de ley citado en la referencia la Cuarta Comisión Legislativa aprueba la idea de legislar y formula indicación para introducir las siguientes modificaciones al texto del proyecto propuesto por S.E. el Presidente de la República: 11.- En el inciso tercero del artículo 21 sustituir el punto final. (. ) por una coma (,) agregando a continuación lo siguiente: "la que una vez recibida tendrá el carácter de pública.". La modificación tiene por objeto hacer accesibles a toda persona las informaciones proporcionadas al Servicio por quienes realicen trabajos de exploración geológica básica. Saluda atentamente a US. FERNANDO MATTHEI AUBEL General del Aire Comandante en Jefe de la FACH Miembro de la Junta de Gobierno Presidente de la II Comisión Legislativa Distribución: Ministerio de Minería Archivo

11 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 11 de 17 INFORME PRIMERA COMISIÓN LEGISLATIVA 1.5. Informe de Primera Comisión Legislativa Informe de la Primera Comisión Legislativa enviado a la H. Junta de Gobierno. Fecha 09 de agosto, ORDINARIO N 6583/150/19 OBJ.: Informa proyecto nuevo Código de Minería. REF.: Of. S.L.J.G. (0) N 2805 de 29 de Abril de Boletín SANTIAGO, 9 AGO 1983 DE: PRESIDENTE DE LA PRIMERA COMISION LEGISLATIVA A: LA HONORABLE JUNTA DE GOBIERNO (Secretaría de Legislación) En conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la ley N , la Comisión que presido viene en informar el proyecto de ley de la materia, originado en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República. I. OBJETIVO. El proyecto tiene como objetivo la dictación de un nuevo Código de Minería dando cumplimiento a las normas de la Constitución Política de la República de Chile de 1980, y a los preceptos de la ley N Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras. II.- ANALISIS GENERAL La iniciativa consta de 15 títulos con 245 disposiciones permanentes y 6 transitorias, más un artículo final relativo a su vigencia. El título I, "Del dominio del Estado y de los derechos mineros", (arts. 1 a 21), trata de las materias básicas del derecho minero, en 2 párrafos. El párrafo 2 (arts. 14 a 21) regla el ejercicio de la facultad de catar y cavar; los permisos que, en determinadas situaciones, es necesario obtener para ejercitarla y en general para ejecutar labores mineras, y las servidumbres que pueden imponerse para los efectos de la facultad de catar y cavar.

12 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 12 de 17 INFORME PRIMERA COMISIÓN LEGISLATIVA III.- ANALISIS PARTICULAR DE LAS DISPOSICIONES DEL PROYECTO. TITULO I DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS. Párrafo 2 ARTICULO 21.- Faculta al Servicio Nacional de Geología y Minería para que, sin perjuicio de los derechos de la Comisión Chilena de Energía Nuclear y los del Estado sobre los hidrocarburos líquidos o gaseosos, efectúe trabajos de geología, con los correspondientes permisos y en la forma que el juez determine si así se lo han solicitado el mismo Servicio o el dueño, el poseedor o el tenedor del suelo. El juez podrá imponer que se otorgue caución por los perjuicios que se ocasionen. La Cuarta Comisión Legislativa ha formulado una indicación para dar carácter de pública a la información obtenida por el Servicio, en el inciso final de este artículo, indicación que la Comisión informante acordó rechazar por ser de dudosa constitucionalidad y, además, porque inhibirá a los interesados para entregar sus antecedentes al Servicio. La Comisión sugiere aprobar este artículo, con una modificación meramente formal del texto del Ejecutivo, que se reproduce en el texto sustitutivo. En mérito de las consideraciones expuestas, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente texto sustitutivo: LEY N CODIGO DE MINERIA La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente PROYECTO DE LEY: CODIGO DE MINERIA. TITULO I. DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS. Párrafo 2 De la facultad de catar y cavar.

13 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 13 de 17 INFORME PRIMERA COMISIÓN LEGISLATIVA ARTICULO 21. Sin perjuicio de los derechos que normas Legales especiales confieren a la Comisión Chilena de Energía Nuclear y de los derechos del Estado sobre los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el Servicio podrá efectuar trabajos de geología de acuerdo con las normas que lo rigen y debiendo obtener los permisos que sean necesarios en virtud de este párrafo. A solicitud del Servicio o del dueño del suelo o de su poseedor o tenedor actual, el juez regulará el ejercicio de esta facultad, pudiendo imponer el otorgamiento de caución para garantizar el pago de perjuicios. El Estado responderá de todo perjuicio que el Servicio cause con ocasión del ejercicio de esta facultad. Sólo su dueño podrá autorizar al Servicio para realizar los trabajos a que se refiere el inciso precedente dentro de los límites de una concesión minera. A solicitud del Servicio, toda persona que realice trabajos de exploración geológica básica deberá proporcionarle la información de carácter general que al respecto obtenga. Saluda a la H. Junta de Gobierno, MAURICE POISSON EASTMAN VICEALMIRANTE MIEMBRO DE LA JUNTA DE GOBIERNO PREMIDENTE SUBROGANTE DE LA PRIMERA COMISION LEGISLATIVA

14 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 14 de 17 ANTECEDENTES RELATOR 1.6. Antecedentes del Relator Documento de Trabajo por el cual el Relator de la H. Junta de Gobierno realiza exposición de antecedentes del Proyecto de Ley. Fecha 16 de agosto, MAT.: Dicta nuevo Código de Minería. (BOLETIN N ) I-ORIGEN. INGRESO. CALIFICACION. Mensaje. 30 diciembre "Ordinario Extenso" que paso a ser ''Ordinario" III- OBJETO: Dictar un nuevo Código Minero, cumpliendo, así, el mandato constitucional en tal sentido a fin de perfeccionar las normas en lo que a materias técnicas mineras se refiere. IV- SINTESIS DEL TRAMITE LEGISLATIVO: En sesión de 17 de mayo de 1983, la H. Junta de Gobierno acordó cambiar la calificación de proyecto de ''0rdinario Extenso a Ordinario y además, acordó incluirlo en la tabla de la sesión del día martes 16 de agosto del año en curso. A.- COMISION ESPECIFICA: La Primera Comisión Legislativa. B.- PARTICIPAN: Las Comisiones Legislativa Segunda, Tercera y Cuarta. 1.-Todas aprueban la idea de legislar. 2.- La Tercera Comisión Legislativa aprobó el texto propuesto en el Mensaje, con las siguientes enmiendas: Indicaciones formales. c) Indicaciones de fondo Da el carácter de información pública a la información que reciba el Servicio Nacional de Geología y Minería como consecuencia de la obligación de proporcionársela que tiene toda persona, que realiza trabajos de exploración geológica básica. (Art.21, inciso tercero) (SE RECHAZA).

15 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 15 de 17 PROYECTO LEY 1.7. Proyecto de Ley Fecha 20 de septiembre, 1983 LEY N CODIGO DE MINERIA La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente PROYECTO DE LEY: CODIGO DE MINERIA. TITULO I DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS Párrafo 1o.- Párrafo 2.- De la facultad de catar y cavar. Artículo 21.- Sin perjuicio de los derechos que normas legales especiales confieren a la Comisión Chilena de Energía Nuclear y de los derechos del Estado sobre los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el Servicio podrá efectuar trabajos de geología de acuerdo con las normas que lo rigen y debiendo obtener los permisos que sean necesarios en virtud de este párrafo. A solicitud del Servicio o del dueño del suelo o de su poseedor o tenedor actual, el juez regulará el ejercicio de esta facultad, pudiendo imponer el otorgamiento de caución para garantizar el pago de perjuicios. El Estado responderá de todo perjuicio que el Servicio cause con ocasión del ejercicio de esta facultad. Sólo su dueño podrá autorizar al Servicio para realizar los trabajos a que se refiere el inciso precedente dentro de los límites de una concesión minera. A solicitud del Servicio, toda persona que realice trabajos de exploración geológica básica deberá proporcionarle la información de carácter general que al respecto obtenga.

16 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 16 de 17 LEY 2. Publicación de ley en Diario Oficial 2.1. Ley N Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : Organismo :MINISTERIO DE MINERIA Título :CODIGO DE MINERIA Tipo Versión :Texto Original De: URL : (Texto no Oficial) CODIGO DE MINERIA La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Ley: CODIGO DE MINERIA TITULO I DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS Artículo 21.- Sin perjuicio de los derechos que normas legales especiales confieren a la Comisión Chilena de Energía Nuclear y de los derechos del Estado sobre los hidrocarburos líquidos o gaseosos; el Servicio podrá efectuar trabajos de geología de acuerdo con las normas que lo rigen y debiendo obtener los permisos que sean necesarios en virtud de este párrafo. A solicitud del Servicio o del dueño del suelo o de su poseedor o tenedor actual, el juez regulará el ejercicio de esta facultad, pudiendo imponer el otorgamiento de caución para garantizar el pago de perjuicios. El Estado responderá de todo perjuicio que el Servicio cause con ocasión del ejercicio de esta facultad. Sólo su dueño podrá autorizar al Servicio para realizar los trabajos a que se refiere el inciso precedente dentro de los límites de una concesión minera.

17 Historia de la Ley N , Art. 21 Página 17 de 17 LEY A solicitud del Servicio, toda persona que realice trabajos de exploración geológica básica deberá proporcionarle la información de carácter general que al respecto obtenga. JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General de Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- RAFAEL ORTIZ NAVARRO, Mayor General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno Subrogante. Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el N 2, del artículo 82 de la Constitución Política de la República, respecto al artículo 96, en relación con los números 6, 7 y 8 del artículo 95 y el inciso segundo del artículo 65 de la precedente ley, y por cuanto he tenido a bien aprobarla, la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como Ley de la República. Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría. Santiago, 26 de septiembre de AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Samuel Lira Ovalle, Ministro de Minería.- Jaime del Valle Alliende, Ministro de Justicia.- Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Alvaro Larenas Letelier, Capitán de Fragata, Subsecretario de Minería.

DECRETO LEY Nº FIJA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES

DECRETO LEY Nº FIJA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES DECRETO LEY Nº 3.274 Fecha Publicación Diario Oficial: 5 de junio de 1980 Ultima Modificación: Ley Nº 18.427 FIJA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES Santiago, 25 de Marzo de 1980.- Visto:

Más detalles

Historia de la Ley

Historia de la Ley Historia de la Ley 18.269 Modifica la ley N 16.744, que estableció el Seguro Social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales Artículo Único Número 7 Modifica el artículo 77

Más detalles

Historia de la Ley. Decreto Ley Nº 319. Modifica Composición Consejo Editorial Jurídica de Chile

Historia de la Ley. Decreto Ley Nº 319. Modifica Composición Consejo Editorial Jurídica de Chile Historia de la Ley Decreto Ley Nº 319 Modifica Composición Consejo Editorial Jurídica de Chile D. Oficial de 20 febrero, 1974 Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca

Más detalles

Tipo Norma :Decreto Ley 369 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DEL INTERIOR

Tipo Norma :Decreto Ley 369 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DEL INTERIOR Tipo Norma :Decreto Ley 369 Fecha Publicación :22-03-194 Fecha Promulgación :18-03-194 Organismo Título :MINISTERIO DEL INTERIOR :CREA LA OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL

Más detalles

dominio absoluto, exclusivo, 56 letra a) inalienable e imprescriptible de los depósitos de hidrocarburos en cualquier terreno en que se encuentren.

dominio absoluto, exclusivo, 56 letra a) inalienable e imprescriptible de los depósitos de hidrocarburos en cualquier terreno en que se encuentren. Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1 Fecha Publicación :24-04-1987 Fecha Promulgación :04-12-1986 Organismo Título :MINISTERIO DE MINERIA :FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY

Más detalles

Historia de la Ley Ley de Propiedad Intelectual

Historia de la Ley Ley de Propiedad Intelectual Historia de la Ley 17.336 Ley de Propiedad Intelectual Artículo 86 Irrenunciabilidad de los derechos patrimoniales que otorga la ley. 02 de octubre, 1970 Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida

Más detalles

LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS DE EXCEPCION. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS DE EXCEPCION. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente Biblioteca del Congreso Nacional ------------------------------------------------------------------------------ Identificación de la Norma : LEY-18415 Fecha de Publicación : 14.06.1985 Fecha de Promulgación

Más detalles

Historia de la Ley DFL N 1. Código del Trabajo

Historia de la Ley DFL N 1. Código del Trabajo Historia de la Ley DFL N 1 Código del Trabajo Artículo 1º, inciso 3 Aplicación supletoria del Código del Trabajo D. Oficial 16 de enero 2003 Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por

Más detalles

Artículo 12 - Ninguna persona podrá ser titular de más del 5% de las cuotas de un Fondo Mutuo.

Artículo 12 - Ninguna persona podrá ser titular de más del 5% de las cuotas de un Fondo Mutuo. Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DL-1328 Fecha de Publicación : 16.01.1976 Fecha de Promulgación

Más detalles

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Tipo Norma :Ley 18458 Fecha Publicación :11-11-1985 Fecha Promulgación :31-10-1985 Organismo Título :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL :ESTABLECE REGIMEN PREVISIONAL DEL PERSONAL DE LA DEFENSA

Más detalles

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Tipo Norma :Ley 20017 Fecha Publicación :16-06-2005 Fecha Promulgación :11-05-2005 Organismo :MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Título :MODIFICA EL CODIGO DE AGUAS Tipo Version :Ultima Version De : 29-12-2009

Más detalles

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley 1-2009 Fecha Publicación :15-03-2010 Fecha Promulgación :30-12-2009 Organismo Título :MINISTERIO DE JUSTICIA :MODIFICA PLANTA DE PERSONAL

Más detalles

Historia de la Ley Nº Ley de Tránsito

Historia de la Ley Nº Ley de Tránsito Historia de la Ley Nº 18.290 Ley de Tránsito Artículo 183 1 Obligaciones de Conductor que participa en accidente de tránsito 07 de febrero, 1984 1 Nota: En virtud del DFL N 1, del Ministerio de Transpo

Más detalles

MODIFICA LA LEY N , QUE ESTABLECE UN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADOLESCENTES POR INFRACCIONES A LA LEY PENAL

MODIFICA LA LEY N , QUE ESTABLECE UN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADOLESCENTES POR INFRACCIONES A LA LEY PENAL Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma: LEY-20191 Fecha de Publicación: 02.06.2007 Fecha de Promulgación:

Más detalles

DECRETO N 814, DE 2003

DECRETO N 814, DE 2003 DECRETO N 814, DE 2003 Reglamento del artículo 19 bis del decreto ley Nº 1.263, de 1975, sobre identificación presupuestaria de los estudios preinversionales, programas o proyectos de inversión TEXTO ACTUALIZADO

Más detalles

D.F.L. N , DE MINISTERIO DEL INTERIOR Reglamenta aplicación del artículo 38, inciso segundo, del D.L. N 3.

D.F.L. N , DE MINISTERIO DEL INTERIOR Reglamenta aplicación del artículo 38, inciso segundo, del D.L. N 3. D.F.L. N 1-3.063, DE 1980 MINISTERIO DEL INTERIOR Reglamenta aplicación del artículo 38, inciso segundo, del D.L. N 3.063, de 1979 TEXTO ACTUALIZADO HASTA EL DECRETO LEY N 3.477, DE 1980 D.F.L. N 1-3.063,

Más detalles

Tipo Version :Ultima Version De : Inicio Vigencia : :http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=29714&idversion= &idparte

Tipo Version :Ultima Version De : Inicio Vigencia : :http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=29714&idversion= &idparte Tipo Norma :Ley 18297 Fecha Publicación :16-03-1984 Fecha Promulgación :02-03-1984 Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Título :LEY ORGANICA DE LA EMPRESA NACIONAL DE AERONAUTICA DE CHILE Tipo Version

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINAM

DECRETO SUPREMO N MINAM Aprueban Cuadro de Tipificación de Infracciones Ambientales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a la Gran y Mediana Minería respecto de Labores de Explotación, Beneficio, Transporte y Almacenamiento

Más detalles

Modifica la fecha de las elecciones primarias municipales DESTINACIÓN. BOL! FIN Nc PERÍODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 364 SESIÓN N

Modifica la fecha de las elecciones primarias municipales DESTINACIÓN. BOL! FIN Nc PERÍODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 364 SESIÓN N 10595-06 BOL! FIN Nc PERÍODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 364 Modifica la fecha de las elecciones primarias municipales SESIÓN N 8_a PRIMER TRÁMITE CONST. FECHA. 05-04-2016 SEGUNDO TRÁMITE CONST.

Más detalles

Tipo Norma :Decreto Ley 3346 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE JUSTICIA

Tipo Norma :Decreto Ley 3346 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE JUSTICIA Tipo Norma :Decreto Ley 3346 Fecha Publicación :22-05-1980 Fecha Promulgación :24-04-1980 Organismo :MINISTERIO DE JUSTICIA Título Tipo Versión :Ultima Versión De : 08-06-2012 Inicio Vigencia :08-06-2012

Más detalles

D.L. N 799, DE 1974 Deroga ley N y dicta en su reemplazo disposiciones que regulan uso y circulación de vehículos estatales

D.L. N 799, DE 1974 Deroga ley N y dicta en su reemplazo disposiciones que regulan uso y circulación de vehículos estatales D.L. N 799, DE 1974 Deroga ley N 17.054 y dicta en su reemplazo disposiciones que regulan uso y circulación de vehículos estatales TEXTO ACTUALIZADO HASTA LA LEY N 19.817 D.L. N 799, DE 1974 DEROGA LEY

Más detalles

PDF created with FinePrint pdffactory Pro trial version

PDF created with FinePrint pdffactory Pro trial version Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : LEY-18502 Fecha de Publicación : 03.04.1986 Fecha de Promulgación

Más detalles

Modifica la denominación del Escalafón del Servicio Femenino Militar del Ejército MENSAJE DESTINACIÓN BOLETÍN N( LEGISLATURA

Modifica la denominación del Escalafón del Servicio Femenino Militar del Ejército MENSAJE DESTINACIÓN BOLETÍN N( LEGISLATURA 10505-02 MENSAJE BOLETÍN N( PERÍODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 363 Modifica la denominación del Escalafón del Servicio Femenino Militar del Ejército SESIÓN N( FECHA: 1163 12-01-2016 PRIMER TRÁMITE

Más detalles

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS LEY

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS LEY REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS LEY 19.862 Ley 19.862 Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos Publicación : 08.02.2003 Promulgación : 30.01.2003 Organismo

Más detalles

ESTABLECE IMPUESTOS A COMBUSTIBLES QUE SEÑALA LEY Nº MINISTERIO DE HACIENDA

ESTABLECE IMPUESTOS A COMBUSTIBLES QUE SEÑALA LEY Nº MINISTERIO DE HACIENDA ESTABLECE IMPUESTOS A COMBUSTIBLES QUE SEÑALA LEY Nº 18.502 MINISTERIO DE HACIENDA Publicado en el Diario Oficial del 3 DE ABRIL DE 1986 La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación

Más detalles

PRIMERO.- Que, por oficio Nº 4.466, de 5 de. proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, sobre. para otorgar la posesión efectiva de la

PRIMERO.- Que, por oficio Nº 4.466, de 5 de. proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, sobre. para otorgar la posesión efectiva de la Santiago, veintiséis de agosto de dos mil tres. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por oficio Nº 4.466, de 5 de agosto de 2003, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el

Más detalles

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA Mmh. MINISTERIO DE HACIENDA LEY N 18.164 ESTABLECE NORMAS DE CARÁCTER ADUANERO Y MODIFICA LA LEGISLACION PERTINENTE Publicada en el Diario

Más detalles

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE HACIENDA

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE HACIENDA Tipo Norma :Ley 18778 Fecha Publicación :02-02-1989 Fecha Promulgación :17-01-1989 Organismo Título :MINISTERIO DE HACIENDA :LEY QUE ESTABLECE SUBSIDIO AL PAGO DE CONSUMO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE

Más detalles

fecha posterior a la indicada en el inciso primero y desde su inicio.

fecha posterior a la indicada en el inciso primero y desde su inicio. Tipo Norma :Ley 19539 Fecha Publicación :01-12-1997 Fecha Promulgación :28-11-1997 Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARIA DE Título PREVISION SOCIAL :OTORGA REAJUSTE EXTRAORDINARIO,

Más detalles

ASCENSOS AL GRADO DE GENERAL DEL EJÉRCITO NACIONAL Solicitud de venia para conferir ascensos a varios señores Coroneles del Ejército Nacional

ASCENSOS AL GRADO DE GENERAL DEL EJÉRCITO NACIONAL Solicitud de venia para conferir ascensos a varios señores Coroneles del Ejército Nacional Carpeta Nº 79 de 2015 Repartido Nº 32 Abril de 2015 ASCENSOS AL GRADO DE GENERAL DEL EJÉRCITO NACIONAL Solicitud de venia para conferir ascensos a varios señores Coroneles del Ejército Nacional - Proyecto

Más detalles

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 280 Fecha Publicación :12-05-2010 Fecha Promulgación :10-11-2009 Organismo Título :MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS :MODIFICA REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN

Más detalles

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE HACIENDA

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE HACIENDA Tipo Norma :Ley 18480 Fecha Publicación :19-12-1985 Fecha Promulgación :17-12-1985 Organismo Título :MINISTERIO DE HACIENDA :ESTABLECE SISTEMA DE REINTEGRO DE GRAVAMENES QUE INCIDAN EN COSTO DE INSUMOS

Más detalles

CLASIFICACION: La clasificación usual de las fuentes del derecho son tres:

CLASIFICACION: La clasificación usual de las fuentes del derecho son tres: FUENTES DEL DERECHO CLASIFICACION: La clasificación usual de las fuentes del derecho son tres: Fuentes Históricas Fuentes materiales o reales Fuentes Formales Fuentes del derecho Definición de fuente:

Más detalles

Constitución Política de la República de Nicaragua de 1987 ANEXO 5

Constitución Política de la República de Nicaragua de 1987 ANEXO 5 Constitución Política de la República de Nicaragua de 1987 ANEXO 5 Índice Cronológico de las Reformas Constitucionales Contenidas en el Diario de Debates de la Asamblea Nacional 1 ÍNDICE CRONOLÓGICO DE

Más detalles

REF.: ORDENANZA MUNICIPAL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE FONDOS PUBLICOS, LEY Nº

REF.: ORDENANZA MUNICIPAL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE FONDOS PUBLICOS, LEY Nº 1 HUALPEN, REF.: ORDENANZA MUNICIPAL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE FONDOS PUBLICOS, LEY Nº 19.862.- Nº / VISTOS: Acuerdo Nº 08, de fecha 23 de Febrero de 2005, del Concejo Municipal de Hualpén; lo

Más detalles

HISTORIA DE LA LEY CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE DE Artículo 68

HISTORIA DE LA LEY CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE DE Artículo 68 HISTORIA DE LA LEY CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE DE 1980 Artículo 68 Rechazo en general de proyectos de ley por la Cámara de Origen, y el ejercicio de la facultad de insistencia del Presidente

Más detalles

Considerando: Decreto:

Considerando: Decreto: Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-1009 Fecha de Publicación : 29.08.2008 Fecha de Promulgación

Más detalles

Resolución de Secretaría General N 0':f:Z., EFA/SG

Resolución de Secretaría General N 0':f:Z., EFA/SG Resolución de Secretaría General N 0':f:Z., -2014-0EFA/SG Lima, 2 3 OCT. 2014 y; VISTO: El Informe W 224-2014-0EFA/OAJ, del 14 de octubre del 2014, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N 018-2002-PCM

Más detalles

:http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=29713&idversion= &idparte

:http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=29713&idversion= &idparte Tipo Norma :Ley 18296 Fecha Publicación :07-02-1984 Fecha Promulgación :01-02-1984 Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Título :LEY ORGANICA DE LOS ASTILLEROS Y MAESTRANZAS DE LA ARMADA Tipo Version

Más detalles

INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL

INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL Norma: Acuerdo Ministerial 286 Publicación: Registro Oficial Suplemento 531 Fecha: 09-sep-2011 Estado: Vigente EL MINISTRO DE RECURSOS

Más detalles

Tipo Norma :Decreto Ley 1298 Fecha Publicación :26-12-1975 Fecha Promulgación :23-12-1975 :MINISTERIO DE HACIENDA

Tipo Norma :Decreto Ley 1298 Fecha Publicación :26-12-1975 Fecha Promulgación :23-12-1975 :MINISTERIO DE HACIENDA Tipo Norma :Decreto Ley 1298 Fecha Publicación :26-12-1975 Fecha Promulgación :23-12-1975 Organismo :MINISTERIO DE HACIENDA Título :CREA SISTEMA DE PRONOSTICOS DEPORTIVOS Tipo Version :Ultima Versión De

Más detalles

VISTO la Actuación SIGEA Nº del Registro de esta Administración Federal, y

VISTO la Actuación SIGEA Nº del Registro de esta Administración Federal, y Fecha de Publicación en el Boletín Oficial Nº 31.828: 25/01/2010 Administración Federal de Ingresos Públicos ADUANAS Resolución General 2758 Procedimiento. Operaciones de exportación. Apartado 2 del Artículo

Más detalles

ministerio de defensa

ministerio de defensa Núm. 108 Martes, 4 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 12151 I. disposiciones generales ministerio de defensa fuerzas armadas. plantillas 5772 Real Decreto 386/2013, de 31 de mayo, por el que se fijan las plantillas

Más detalles

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. "Por el cual se adiciona un artículo transitorio al Decreto 2067 de 1991"

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. Por el cual se adiciona un artículo transitorio al Decreto 2067 de 1991 REPÚBLICA DE COLOMBIA libertad y Orden MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DECRETOLEY ;M'~"" 889. 2017 (27 "Por el cual se adiciona un artículo transitorio al Decreto 2067 de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Decreto Supremo que establece el Procedimiento de implementación progresiva de la Estructura de Ingresos aplicable al Personal Militar de las Fuerzas Armadas y policial de la del Perú EL PRESIDENTE DE

Más detalles

Modifica la duración y extensión territorial de las concesiones mineras

Modifica la duración y extensión territorial de las concesiones mineras 9357-08 BOLETÍN N PERÍODO LEGISLATIVO. 2014-2018 LEGISLATURA.3.62 Modifica la duración y extensión territorial de las concesiones mineras SESIÓN N" _ 25 FECHA: 15-05-2014 PRIMER TRÁMITE CONST SEGUNDO TRÁMITE

Más detalles

Sistema Peruano de Información Jurídica

Sistema Peruano de Información Jurídica Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE

Más detalles

Contraloría General de la República División de Coordinación e Información Jurídica

Contraloría General de la República División de Coordinación e Información Jurídica Contraloría General de la República División de Coordinación e Información Jurídica Dictamen 059172N12 Estado - Nuevo SI Carácter NNN NumDict 59172 Fecha emisión 26-09-2012 Orígenes DJU Referencias 161749/2012

Más detalles

Otorga un bono al personal asistente de la educación de menores remuneraciones que se indica MENSAJE DESTINACIÓN BOLETÍN N<

Otorga un bono al personal asistente de la educación de menores remuneraciones que se indica MENSAJE DESTINACIÓN BOLETÍN N< 10633-05 MENSAJE BOLETÍN N< PERÍODO LEGISLATIVO _ 2014-2018 LEGISLATURA 364 Otorga un bono al personal asistente de la educación de menores remuneraciones que se indica SESIÓN N< FECHA: 02-05-2016 PRIMER

Más detalles

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - - documento generado el 10-Abr-2014

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile -  - documento generado el 10-Abr-2014 Tipo Norma :Resolución 330 EXENTA Fecha Publicación :21-03-2014 Fecha Promulgación :19-02-2014 Organismo :MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA; INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA Título :APRUEBA

Más detalles

1 2 JUL ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL RIGUEZ N JUS/CDJE

1 2 JUL ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL RIGUEZ N JUS/CDJE ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL 411` A S tarjo Consejo de Defensa Jun MINISTERIO DE STICIA XesoCución de Ca Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica creí Estado Lima, 1 2 JUL. 2011 N 038-2011-JUS/CDJE VISTO,

Más detalles

FORO DEL AGUA Y MINERIA PERSPECTIVAS SOBRE USO DE AGUA EN EL SECTOR MINERO METALÚRGICO

FORO DEL AGUA Y MINERIA PERSPECTIVAS SOBRE USO DE AGUA EN EL SECTOR MINERO METALÚRGICO FORO DEL AGUA Y MINERIA PERSPECTIVAS SOBRE USO DE AGUA EN EL SECTOR MINERO METALÚRGICO Sr. Norberto Escobedo Loyola Biólogo Abogado ASUNTOS AMBIENTALES Y MINEROS Constitución Política del Perú - 1993 Artículo

Más detalles

El proyecto de ley de presupuestos

El proyecto de ley de presupuestos El proyecto de ley de presupuestos marco constitucional, legal y reglamentario 1 Principios que informan la elaboración del presupuesto... a) Principio de legalidad: los egresos de fondos públicos requieren

Más detalles

PROCESOS LEGISLATIVOS

PROCESOS LEGISLATIVOS PROCESOS LEGISLATIVOS Iniciativa Discusión Sanción Promulgación Publicación Etapas Iniciativa Presidente de la República Mensaje Diputados y Senadores Moción Proyecto de ley que moderniza el sistema de

Más detalles

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE

Más detalles

Boletín N

Boletín N Sobre aprobación del Presupuesto y el Plan de Desarrollo Institucional en las Universidades de Chile, Tecnológica Metropolitana, de Los Lagos, de O Higgins y de Aysén en el proyecto sobre universidades

Más detalles

remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de la de carácter permanente

remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de la de carácter permanente Biblioteca del Congreso Nacional ------------------------------------------------------------------------------ Identificación de la Norma : LEY-19185 Fecha de Publicación : 12.12.1992 Fecha de Promulgación

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto

Más detalles

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Decreto Ley 1819 Fecha Publicación :11-06-1977 Fecha Promulgación :08-06-1977 Organismo Título :MINISTERIO DE HACIENDA :DISPONE SUPLEMENTOS AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION Y ESTABLECE NORMAS

Más detalles

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES 592058 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano de conflictos internacionales, desórdenes internos y calamidades públicas. El Gobierno del Perú abonará los gastos ocasionados, de conformidad

Más detalles

MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014.

MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. REFORMA A LOS ARTÍCULOS. 25, 27 Y 28 CONSTITUCIÓN. Artículo 25 El sector público tendrá a su cargo las áreas estratégicas. Gobierno

Más detalles

Tipo Norma :Ley 18845 Fecha Publicación :03-11-1989 Fecha Promulgación :19-10-1989 :MINISTERIO DE JUSTICIA

Tipo Norma :Ley 18845 Fecha Publicación :03-11-1989 Fecha Promulgación :19-10-1989 :MINISTERIO DE JUSTICIA Tipo Norma :Ley 18845 Fecha Publicación :03-11-1989 Fecha Promulgación :19-10-1989 Organismo Título :MINISTERIO DE JUSTICIA :ESTABLECE SISTEMAS DE MICROCOPIA O MICROGRABACION DE DOCUMENTOS Tipo Version

Más detalles

-GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea. -CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.

-GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea. -CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros. Tipo Norma :Decreto Ley 1092 Fecha Publicación :11-07-1975 Fecha Promulgación :07-07-1975 Organismo Título :MINISTERIO DE HACIENDA :DISPONE OBLIGATORIEDAD DEL SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DE LAS FUERZAS

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD Aprueban "Procedimiento para el Reporte de Emergencias en las Actividades de Comercialización de Hidrocarburos", aprueban formatos para el reporte de emergencias y modifican Tipificación y Escala de Multas

Más detalles

ABOGADO OFICIAL g. Santiago, 18 de mayo de N / Honorable Cámara de Diputados:

ABOGADO OFICIAL g. Santiago, 18 de mayo de N / Honorable Cámara de Diputados: FORMÓLA INDICACIONES AL PROYECTO MODIFICATORIO DE LA LEY N 20.365, QUE ESTABLECE FRANQUICIA TRIBUTARIA RESPECTO DE SISTEMAS SOLARES TÉRMICOS, DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS Y DE LA LEY QUE CREA

Más detalles

ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL. Pág Aprueban Guía de Auditoría de las Adquisiciones y Contrataciones del Estado NORMAS LEGALES

ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL. Pág Aprueban Guía de Auditoría de las Adquisiciones y Contrataciones del Estado NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo segundo de la citada resolución dispone que los Secretarios de las Salas Superiores de las Cortes de Justicia de la República, remitan bimestralmente

Más detalles

LEY NUM MODIFICA NORMAS SOBRE REMUNERACIONES DE LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES

LEY NUM MODIFICA NORMAS SOBRE REMUNERACIONES DE LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : LEY-20198 Fecha de Publicación : 09.07.2007 Fecha de Promulgación

Más detalles

Proyecto de ley Fortalecimiento del SERNAC. Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado 12 de septiembre de 2016

Proyecto de ley Fortalecimiento del SERNAC. Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado 12 de septiembre de 2016 Proyecto de ley Fortalecimiento del SERNAC Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado 12 de septiembre de 2016 Introducción Importancia del sistema de protección de los derechos

Más detalles

COMUNICADO N 877. ROSARIO, 20 de Diciembre de Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. S / D

COMUNICADO N 877. ROSARIO, 20 de Diciembre de Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. S / D COMUNICADO N 877 ROSARIO, 20 de Diciembre de 2013. Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. REF. Asamblea Extraordinaria del Mercado de Valores de Rosario S.A., a celebrarse el Jueves 23

Más detalles

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Resolución general Nº 2.153/06 (1) D.G.I

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Resolución general Nº 2.153/06 (1) D.G.I ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS IMPUESTOS Resolución general Nº 2.153/06 (1) D.G.I. - 883 Ref: Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas. Ley Nº 23.905

Más detalles

Tipo Norma :Decreto 118 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Tipo Norma :Decreto 118 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Tipo Norma :Decreto 118 Fecha Publicación :14-02-2011 Fecha Promulgación :05-11-2010 Organismo Título :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO :APRUEBA REGLAMENTO QUE FIJA LOS REQUISITOS DE DISEÑO Y CÁLCULO

Más detalles

1. Para los cargos de Subdirectores, se requerirá contar con título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado

1. Para los cargos de Subdirectores, se requerirá contar con título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley 1-2010 Fecha Publicación :10-11-2010 Fecha Promulgación :11-08-2010 Organismo Título :MINISTERIO DE JUSTICIA :FIJA Y MODIFICA LAS PLANTAS

Más detalles

DECRETO SUPREMO N 73 REGLAMENTO ESPECIAL DE EXPLOSIVOS PARA LAS FAENAS MINERAS

DECRETO SUPREMO N 73 REGLAMENTO ESPECIAL DE EXPLOSIVOS PARA LAS FAENAS MINERAS DECRETO SUPREMO N 73 REGLAMENTO ESPECIAL DE EXPLOSIVOS PARA LAS FAENAS MINERAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Publicado en el Diario Oficial el 25 de marzo de 1992 Santiago, 4 de diciembre de 1991.- Con

Más detalles

Historia de la Ley Nº 6.412

Historia de la Ley Nº 6.412 Historia de la Ley Nº 6.412 Dispone que las Cortes de Apelaciones integradas por sus fiscales o con abogados, se dividirán en salas de tres miembros para el despacho de las causas, cuando hubiere retardo

Más detalles

DIRECCION LEGISLATIVA -CONTROL DE INICLATIVAS-

DIRECCION LEGISLATIVA -CONTROL DE INICLATIVAS- CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA, C. A. DIRECCION LEGISLATIVA -CONTROL DE INICLATIVAS- NUMERO DE REGISTRO 2891 FECHA QUE CONOCIO EL PLENO: 19 DE AGOSTO DE 2003 INICIATIVA DE LEY: JORGE MENDEZ HERBRUGER

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. Decreto n.º

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. Decreto n.º Decreto n.º 20-2006 Publicado en La Gaceta n. 7 de miércoles 10 de enero de 2007 NOTA: De conformidad con lo establecido en el inciso f, artículo 7 y el artículo 11 del decreto del TSE n. 03-2014 Reglamento

Más detalles

9335- MOCIÓN V. Modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones, en materia de instalación de antenas emisoras DESTINACIÓN BOLETÍN N

9335- MOCIÓN V. Modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones, en materia de instalación de antenas emisoras DESTINACIÓN BOLETÍN N 9335- MOCIÓN V BOLETÍN N PERÍODO LEGISLATIVO 2014-2J018 LEGISLATURA 362 Modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones, en materia de instalación de antenas emisoras SESIÓN N _.. 21 PRIMER TRÁMITE

Más detalles

Historia de la Ley Nº

Historia de la Ley Nº Historia de la Ley Nº 18.059 Asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de Organismo Rector Nacional de Tránsito y le señala atribuciones Téngase presente Esta Historia de Ley

Más detalles

"TÍTULO I Del derecho a la asistencia religiosa

TÍTULO I Del derecho a la asistencia religiosa Tipo Norma :Decreto 155 Fecha Publicación :26-05-2008 Fecha Promulgación :18-07-2007 Organismo Título :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL; SUBSECRETARIA DE GUERRA :REGLAMENTO DE ASISTENCIA RELIGIOSA EN ESTABLECIMIENTOS

Más detalles

DIRECCIÓN LEGISLATIVA - CONTROL DE INICIATIVAS -

DIRECCIÓN LEGISLATIVA - CONTROL DE INICIATIVAS - 00001 CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA, C. A. DIRECCIÓN LEGISLATIVA - CONTROL DE INICIATIVAS - NUMERO DE REGISTRO 4661 'FECHA QUE CONOCIO EL PLENO: 05 DE NOVIEMBRE DE 2013. INICIATIVA DE LEY PRESENTADA

Más detalles

Cuadro de enfermedades profesionales

Cuadro de enfermedades profesionales Página 1 de 7 English Français Português mapa del web contactar buscador del ministerio ir Novedades y Presentación Documentación Normativa Organizaciones actualidad INSHT Inicio Estudios e Homologación

Más detalles

MTC. Aprueban Norma de Metas de Uso de Espectro Radioeléctrico de Servicios Públicos de Telecomunicaciones

MTC. Aprueban Norma de Metas de Uso de Espectro Radioeléctrico de Servicios Públicos de Telecomunicaciones MTC Aprueban Norma de Metas de Uso de Espectro Radioeléctrico de Servicios Públicos de Telecomunicaciones RESOLUCION MINISTERIAL Nº 087-2002-MTC-15.03 Lima, 6 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante

Más detalles

A N T E C E D E N T E S:

A N T E C E D E N T E S: HONORABLE ASAMBLEA: DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE PUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE JUSTICIA, CON RELACIÓN A LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO, MEDIANTE LA CUAL SE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO

Más detalles

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST.

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST. 9441-06 BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 362 Modifica la Ley de Rentas Municipales sancionando el incumplimiento de la obligación del contribuyente de declarar la cantidad de trabajadores

Más detalles

Reglamento del Senado, someten a _consideración de esta Honorable Asamblea el METODOLOGÍA

Reglamento del Senado, someten a _consideración de esta Honorable Asamblea el METODOLOGÍA , COMISION DE MARINA HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión de Marina de la Cámara de Senadores, le fueron turnados por la Mesa Directiva para estudio y elaboración del Dictamen correspondiente, 14 propuestas

Más detalles

«SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN»

«SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN» INICIATIVA DE DECRETO MEDIANTE LA CUAL SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA QUE EL EJECUTIVO DEL ESTADO SE CONSTITUYA EN GARANTE O AVAL SOLIDARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ZAMORA, MICHOACÁN, PARA QUE SU PLANTILLA DE

Más detalles

Tipo Norma :Ley 18489 Fecha Publicación :04-01-1986 Fecha Promulgación :02-01-1986 :MINISTERIO DE HACIENDA

Tipo Norma :Ley 18489 Fecha Publicación :04-01-1986 Fecha Promulgación :02-01-1986 :MINISTERIO DE HACIENDA Tipo Norma :Ley 18489 Fecha Publicación :04-01-1986 Fecha Promulgación :02-01-1986 Organismo :MINISTERIO DE HACIENDA Título Tipo Version :Unica De : 04-01-1986 Inicio Vigencia :04-01-1986 :MODIFICA LEY

Más detalles

SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38

SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38 SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38 FUENTE: Registro Oficial No. 733, 27-VI-2012 FECHA: 27 de junio de 2012. ASUNTO: Expídese la Norma General para la Transmisión de los Documentos de Control Previo

Más detalles

PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO. PERIODICO OFICIAL 28 DE OCTUBRE - 2011 PAGINA 105 PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO. LA SUSCRITA CIUDADANA LUZ MARIA NÚÑEZ FLORES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL

Más detalles

ÍNDICE LEY Y REGLAMENTO DE MINAS REGLAMENTO. 4º Clasificación y vigencia 4º Medición distancias, profundidades. 6º Solicitudes

ÍNDICE LEY Y REGLAMENTO DE MINAS REGLAMENTO. 4º Clasificación y vigencia 4º Medición distancias, profundidades. 6º Solicitudes ÍNDICE LEY Y REGLAMENTO DE MINAS LEY REGLAMENTO Exposición de motivos Exposición y aprobación TÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS RECURSOS. 1º Objeto de la Ley 1º Ámbito Ley y Reglamento

Más detalles

^^%é. a MOCIÓN «Sf LEGISLATURA DESTINACIÓN. oí.- DIO, BOLETÍN N( SESIÓN N PERÍODO LEGISLATIVO PRIMER TRÁMITE CONST.

^^%é. a MOCIÓN «Sf LEGISLATURA DESTINACIÓN. oí.- DIO, BOLETÍN N( SESIÓN N PERÍODO LEGISLATIVO PRIMER TRÁMITE CONST. ^^%é MOCIÓN «Sf BOLETÍN N( PERÍODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 363 Modifica la ley 18.101, que fija normas especiales sobre arrendamientos de predios urbanos, en lo referido al pago de la renta efectuado

Más detalles

SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE TOLEDO EL DÍA 9 DE JULIO DE 2008 ACUERDO

SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE TOLEDO EL DÍA 9 DE JULIO DE 2008 ACUERDO SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE TOLEDO EL DÍA 9 DE JULIO DE 2008 ACUERDO 5º.- APROBACION DE INSTRUCCIÓN REGULADORA DE TRAMITACION DE CONTRATOS, ADAPTADA A LA LEY 30/2007,

Más detalles

H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO:

H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO: H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO: El suscrito, Diputado VÍCTOR MANUEL SÁNCHEZ OROZCO, miembro integrante de la Sexagésima Legislatura del Estado de Jalisco, en ejercicio de la Facultad que me confieren

Más detalles

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación. COMUNICACIÓN SSN 2714 11/02/2011 Circular SSN 167 RESOLUCION Nº 35614 SINTESIS: Modifica Resolución 35401 A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER.

REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER. REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Decreto Ejecutivo, Nº: 52, de Fecha: 23/04/2002; D. Oficial: 189 - Tomo: 357. Publicado DO: 10/10/2002

Más detalles

CARABINEROS DE CHILE CONSEJO ASESOR SUPERIOR DEPTO. I REGLAMENTO DE LA SECCIÓN PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 26

CARABINEROS DE CHILE CONSEJO ASESOR SUPERIOR DEPTO. I REGLAMENTO DE LA SECCIÓN PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 26 CARABINEROS DE CHILE CONSEJO ASESOR SUPERIOR DEPTO. I REGLAMENTO DE LA SECCIÓN PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 26 1996 1 2 REGLAMENTO DE LA SECCIÓN PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 26 Ministerio

Más detalles

DECRETO LEY: LEY ORGANICA DEL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA

DECRETO LEY: LEY ORGANICA DEL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA Biblioteca del Congreso Nacional Lista de Aciertos ------------------------------------------------------------------------ Identificación Norma : DL-3525 Fecha Publicación : 20.12.1980 Fecha Promulgación

Más detalles

NORMAS SOBRE RÉGIMEN DE ASESORAMIENTO A LAS COMISIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y DEL SENADO

NORMAS SOBRE RÉGIMEN DE ASESORAMIENTO A LAS COMISIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y DEL SENADO NORMAS SOBRE RÉGIMEN DE ASESORAMIENTO A LAS COMISIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y DEL SENADO Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en su reunión conjunta del día 26 de junio de 1989,

Más detalles

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Tipo Norma :Ley 20251 Fecha Publicación :04-03-2008 Fecha Promulgación :07-02-2008 Organismo Título :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO :ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LOS PERMISOS DE EDIFICACIÓN

Más detalles