REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TÍTULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TÍTULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 1 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TÍTULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO CAPÍTULO I. DE LOS TRABAJOS DE GRADO Y MODALIDADES DE GRADUACIÓN PARA TITULOS TERMINALES DE TERCER NIVEL. Artículo 1. Artículo 2. Los estudiantes de la Universidad Técnica de Ambato, que hubieren sido declarados legalmente Egresados, y aprobado un Trabajo de Investigación Aplicada en una de las Modalidades de Graduación establecidas en el presente Reglamento, podrán obtener su Título Terminal de Tercer Nivel. Para ser declarados legalmente Egresados, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: 2.1 Haber aprobado la Malla Curricular de la Carrera respectiva. 2.2 Haber aprobado un segundo idioma y el módulo de Cultura Física en los Departamentos de Idiomas y Cultura Física, respectivamente; haber aprobado los Módulos Optativos; haber cumplido las Prácticas Preprofesionales: y, haber cumplido con las horas de Vinculación con la Colectividad. (Resolución 1083-CU-P-2012, de julio 04 del 2012) Artículo 3. Se establece como forma de graduación el Trabajo de Investigación, llamado también de Graduación o Titulación, en el ámbito de la carrera universitaria, bajo las siguientes Modalidades: 1. TRABAJO ESTRUCTURADO DE MANERA INDEPENDIENTE 2. SEMINARIOS DE GRADUACIÓN Artículo 4. Artículo 5. El Trabajo de Graduación o Titulación utiliza la metodología de la investigación para resolver problemas de la realidad natural y/o social del contexto con su respectiva propuesta de solución. El enfoque puede ser predominantemente cualitativo o cuantitativo dependiendo del tipo de investigación. El trabajo de Graduación o Titulación constituye uno de los requisitos obligatorios para la obtención del título terminal de tercer nivel. Dicho trabajo puede ser estructurado de manera independiente o como consecuencia de un seminario de fin de carrera, en ambos casos guiados por un Tutor que debe ser un Docente de la Universidad.

2 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 2 CAPITULO II. TRABAJO ESTRUCTURADO DE MANERA INDEPENDIENTE Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. El Trabajo Estructurado de Manera Independiente equivale a veinte (20) créditos; un crédito corresponde al menos a cuatro horas de tutorías directas o mediadas en tiempo real, y treinta y seis horas mínimas de trabajo independiente del estudiante. El Trabajo Estructurado de Manera Independiente implica un proceso de investigación orientado por un Tutor que garantice la calidad científica del trabajo en el tiempo programado. Los trabajos de Investigación, Graduación o Titulación estarán en concordancia con la política de investigación de la Universidad Técnica de Ambato, y estarán dirigidos a solucionar problemas socio económicos o de desarrollo tecnológico del contexto. Serán Tutores de los Trabajos de Investigación, de Graduación o Titulación, los Docentes Titulares o Accidentales de la Facultad correspondiente. Artículo 10. Previa la iniciación del proceso del Trabajo de Investigación, de Graduación o Titulación, cada graduando cancelará en la Dirección Financiera, por una sola vez, un Derecho de Tutoría. Este derecho deberá anexarlo a la solicitud que dirija al Decano de la Facultad pidiendo se apruebe el Tema y Plan de su Trabajo de Graduación o Titulación. Artículo 11. Artículo 12. Artículo 13. Artículo 14. Artículo 15. El Docente Tutor recibirá el valor de un Derecho de Tutoría, una vez finalizado el Trabajo de Graduación o Titulación correspondiente previa autorización del Decano; a excepción de aquellos docentes que registren en su Distributivo de Trabajo, Horas Académicas Complementarias asignadas para el efecto. El reconocimiento económico especificado en el artículo anterior, se lo efectuará con base a la certificación del(de la) Secretario(a) de Facultad, de que el Trabajo de Graduación o Titulación ha finalizado a satisfacción. El Consejo Directivo conocerá y aprobará el Proyecto de Trabajo de Graduación o Titulación propuesto, y designará al Tutor del mismo. Durante el desarrollo del Trabajo de Graduación o Titulación, el Tutor deberá presentar un informe bimensual de su avance, y uno final. El estudiante, una vez egresado, dispondrá como máximo de dos años para culminar su Trabajo de Graduación o Titulación, pasado este tiempo deberá someterse a los requerimientos de actualización de conocimientos determinados por la Universidad. La actualización de conocimientos se realizará, en las Carreras que se encuentran vigentes en la Universidad, de acuerdo a la información de la SENESCYT, la misma que

3 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 3 deberá ser conocida por Consejo Académico Universitario, y posteriormente aprobada por Consejo Universitario, en base a los siguientes aspectos: a. Tiempo mayor a dos años y menor o igual a seis años.- Aprobar de manera obligatoria los créditos del módulo de Diseño de Proyectos de Investigación y los créditos de dos módulos del eje de formación profesional. b. Tiempo mayor a seis años.- Someterse al proceso de reingreso a la Carrera. Los Módulos de actualización de conocimientos no forman parte de la malla curricular y deberán incorporarse al sistema informático, para que la inscripción de los estudiantes, las calificaciones y la asistencia, estén debidamente registradas. La aprobación de cada módulo se sujetará al Reglamento del Sistema de Evaluación, Acreditación y Calificación por Competencias para la Promoción en Ciclos Semestrales y Créditos de la Universidad Técnica de Ambato. Estas calificaciones no se considerarán para el promedio de la nota de Grado. El Egresado una vez autorizado por Consejo Directivo de la Facultad sobre la base de las mallas aprobadas por el Consejo Universitario, dispondrá por última vez de dieciocho meses para culminar su Trabajo de Graduación, sin tener la obligación de aprobar: Vinculación con la Colectividad y Prácticas Pre- Profesionales. (Resolución 1725-CU-P-2013, de agosto 27 de 2013) Artículo 16. Artículo 17 Artículo 18. Artículo 19. Artículo 20. Una vez elaborado el Trabajo de Graduación o Titulación, el Graduando en comunicación dirigida al Decano de la Facultad, solicitará la revisión y calificación del trabajo; para lo que, deberá adjuntar dos copias completas con sus respectivos anexos impresos en el formato que la Universidad establezca para el efecto, el certificado que acredite su calidad de Egresado, y, un informe del Tutor del Trabajo de Graduación o Titulación que certifique la autenticidad del trabajo y haberle orientado durante todo el proceso. El Decano pondrá en conocimiento de Consejo Directivo esta documentación, para que proceda a designar una Comisión de Calificación del Trabajo de Graduación o Titulación, conformada por dos Docentes de la Facultad. En forma individual, y en un plazo máximo a treinta días calendario, los Miembros de la Comisión de Calificación del Trabajo de Graduación o Titulación, de conformidad con aquél aprobado, remitirán por escrito al Decano de la Facultad la calificación correspondiente. Si el promedio aproximado a décimas de las calificaciones fuese igual o mayor a siete (7.0) puntos, pero existan modificaciones y/o ampliaciones al trabajo, el Decano las comunicará al Graduando con el propósito de que las ejecute. El Graduando con el visto bueno del Docente calificador que haya solicitado los cambios, justificará ante el Decano que éstos fueron ejecutados, quien a su vez autorizará la impresión definitiva del trabajo, y el registro de las calificaciones a Secretaría de Facultad. El promedio aproximado a décimas de las calificaciones del Trabajo de Graduación o Titulación, constituirá la calificación del documento.

4 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 4 Artículo 21. Artículo 22. Artículo 23. Artículo 24. Artículo 25. Artículo 26. Artículo 27. Artículo 28. Si el promedio de las calificaciones del Trabajo de Graduación o Titulación fuese inferior a siete (7.0) puntos, el Decano pondrá el particular en conocimiento del Subdecano de la Facultad, para que éste en un plazo no mayor a ocho días laborables, convoque a los Docentes de la Comisión y al Tutor del Trabajo de Graduación o Titulación, con el propósito de que en forma conjunta determinen las modificaciones necesarias a realizarse. El Graduando tendrá un plazo máximo de seis meses para rehacer el trabajo, culminado éste se deberá seguir el mismo procedimiento de evaluación que describe el presente Reglamento. Si un Graduando en la segunda tentativa no alcanzare el promedio mínimo de siete (7.0) puntos, tendrá que denunciar un nuevo Proyecto de Trabajo de Graduación o Titulación, u optar por la otra Modalidad de Graduación, de acuerdo con las normas prescritas en este Reglamento. El Decano, luego de recibir el original empastado, más tres copias digitales del Trabajo de Graduación o Titulación, solicitará a Consejo Directivo de la Facultad la designación del Tribunal, día y hora para la defensa respectiva. Este Tribunal estará presidido por el Decano o su Delegado, e integrado por los dos Docentes que calificaron el Trabajo de Graduación o Titulación, incluyéndose un Miembro Suplente; actuará como Secretario(a), el(la) Titular de la Facultad o quien haga sus veces. No integrará este Tribunal el Tutor del Trabajo de Graduación o Titulación correspondiente. El original empastado y una copia digital del Trabajo de Graduación o Titulación reposarán en Biblioteca de la Facultad, una copia digital en la Secretaría de la Facultad, y una copia digital en la Biblioteca General de la Universidad. El Graduando luego de recibir la resolución del nombramiento del Tribunal, previamente a la Defensa Oral en la fecha y hora señaladas por Consejo Directivo, procederá a cancelar en la Tesorería de la Universidad, los derechos correspondientes de acuerdo al arancel universitario, y lo presentará en la Secretaría de Facultad, conjuntamente con el certificado único de no adeudar a las diferentes dependencias universitarias. El(la) Secretario(a) de la Facultad deberá notificar al Decano que toda la documentación del Graduando está completa, y que por lo tanto no existe impedimento para rendir la Defensa Oral. La Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación será pública, o privada a petición del Graduando. Al inicio de aquella el Graduando realizará una presentación de su trabajo en un lapso de veinte a treinta minutos, luego cada uno de los Miembros del Tribunal dispondrán como máximo de veinte minutos para realizar preguntas relacionadas con el Trabajo de Graduación o Titulación; y, calificarán la defensa con notas de uno (1.0) a diez (10.0) puntos.

5 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 5 Artículo 29. Artículo 30. Artículo 31. Al finalizar la Defensa Oral, el Tribunal en reunión privada, establecerá el promedio de las calificaciones alcanzadas, aproximándolas a décimas, la que constituirá la calificación de la Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación. Si la media aritmética de las calificaciones de la Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación fuese inferior a siete (7.0) puntos, el Presidente del Tribunal procederá a declarar que el Graduando ha reprobado su Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación, lo que se dejará sentado en actas. En este caso el Graduando podrá solicitar a Consejo Directivo de la Facultad una nueva defensa, que se desarrollará entre uno y tres meses posteriores a la reprobación. En todos los casos, el Graduando deberá cancelar previamente a la Defensa Oral los derechos de grado correspondientes. Si la media aritmética de las calificaciones de la Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación fuese siete (7.0) puntos o más, se procederá a elaborar un Acta de Graduación suscrita por todos los Miembros del Tribunal, y por el(la) Secretario(a) de la Facultad. La calificación final a constar en el Acta de Graduación, será la media aritmética aproximada a décimas de: a) La media aritmética aproximada a décimas, de las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas y/o módulos aprobados de la Malla Curricular de la Carrera; y, b) La media aritmética de las calificaciones del Trabajo de Graduación o Titulación y de la Defensa Oral. Artículo 32. Artículo 33. Artículo 34. Artículo 35. La calificación final que constará en el Acta, será la media aritmética obtenida según lo indicado en el artículo anterior, y su equivalencia se aproximará al entero. El Graduando que hubiere alcanzado una nota final promedio igual o mayor a siete (7.0) puntos será declarado aprobado, lo que deberá constar en el Acta de Graduación. Levantada el Acta de Graduación, el Presidente del Tribunal de la Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación dispondrá su lectura en presencia del Graduando, y a continuación se procederá a su Investidura y Toma de la Promesa de Ley. Cuando un Graduando repruebe por dos ocasiones en la Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación, deberá empezar nuevamente el proceso de graduación. CAPÍTULO III. SEMINARIOS DEL FUNCIONAMIENTO

6 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 6 Artículo 36. El Seminario de Graduación es un Trabajo de Graduación o Titulación que tiene como propósito fundamental desarrollar procesos de investigación, en el ámbito de la carrera universitaria del egresado y/o estudiante del último semestre para solucionar problemas del contexto. Se diferencia de la otra modalidad de graduación, en cuanto los Participantes del Seminario trabajan de acuerdo con una organización colectiva de asistencia a módulos y talleres, cuya aprobación incluye retroalimentación académica y presentación de trabajos, con sujeción a un calendario común obligatorio. El Seminario de Graduación podrá realizarse dentro o fuera del país, en instituciones debidamente calificadas que mantengan convenios con la Universidad Técnica de Ambato. Artículo 37. La necesidad de implementar el Seminario de Graduación será establecida por el Consejo Académico de Facultad, en cuya planificación deberán incluirse los módulos a impartir relacionados al tema del Seminario, la relevancia académica, objetivos, número de participantes y, fases del mismo de acuerdo con el nodo problematizador (problema crítico a resolver). El proceso contemplará: a) Proyecto de Seminario, que deberá presentarse hasta treinta días anteriores a la fecha sugerida para su iniciación. b) El Proyecto deberá denominarse en función del eje de investigación que la Carrera o Facultad estime pertinente asumir. c) Determinación en el Proyecto de las áreas temáticas que se abordarán en el Seminario. d) Problemas a resolverse desglosados en las distintas áreas temáticas. e) Aprobación de los Trabajos de Graduación o Titulación f) Ejecución de los Trabajos de Graduación o Titulación con la tutoría de Docentes designados por Consejo Directivo de Facultad. g) Evaluación y aprobación del Trabajo de Graduación o Titulación, según el contexto del Seminario. h) Defensa del Trabajo de Graduación o Titulación ante un Tribunal. i) Presentación por parte de la Facultad al finalizar el Seminario, de una síntesis de los resultados en los que se visibilicen las soluciones, que a través del Trabajo de Graduación o Titulación, se presenta a la comunidad. j) Presentación por parte de la Facultad al finalizar el Seminario, de un informe con los resultados de la evaluación del evento. k) Presentación por parte de la Facultad al finalizar el Seminario, de un informe final de conformidad con el formato establecido para el efecto, en el que además deberán consignarse cuáles son las áreas temáticas que podrían abordarse en la solución del eje de investigación, y que deberán asumirse en eventos posteriores.

7 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 7 Artículo 38. Artículo 39. Artículo 40. Artículo 41. El Seminario será autofinanciado, y los Participantes deberán cancelar en la Dirección Financiera los aranceles que determine Consejo Directivo de Facultad en su planificación, ratificados por Consejo Universitario; debiendo entregarse para la Universidad el 25% de los ingresos. El Seminario de Graduación tendrá una duración de doscientas horas presencial, y seiscientas horas trabajo autónomo. Los Participantes tienen la obligación de asistir por lo menos al 90% de las horas presenciales determinadas. El Trabajo de Graduación o Titulación, avalado por un Docente del Seminario o de la Facultad, será aprobado por Consejo Directivo de Facultad, el mismo que designará al Tutor del Trabajo de Graduación o Titulación. Los resultados de los Trabajos de Graduación o Titulación elaborados en el Seminario de Graduación, serán socializados a la Comunidad y/o publicados en una Revista Científica. DEL COORDINADOR Artículo 42. El Coordinador del Seminario de Graduación, será designado por Consejo Directivo de una terna presentada por Consejo Académico de Facultad, y ratificado por Consejo Universitario. Recibirá un reconocimiento económico mensual equivalente al 1.5 del salario básico unificado, exceptuando el caso de acreditación a Horas Académicas Complementarias del Distributivo de Trabajo respectivo. El reconocimiento del 1.5 del salario básico unificado deberá constar en el presupuesto del Proyecto del Seminario de Graduación. Artículo 43. Son funciones del Coordinador de los Seminarios: a) Planificar el Seminario de Graduación, de acuerdo a las directrices de Consejo Académico de la Facultad. b) Coordinar el apoyo logístico del Seminario c) Controlar la asistencia de Docentes y Participantes d) Solicitar al Decano la contratación y pago de Docentes e) Presentar al Decano informes del cumplimiento del trabajo de los Docentes. f) Presentar informes del avance académico del Seminario al Subdecano de Facultad. g) Programar reuniones para consolidar el trabajo en equipo durante el desarrollo del Seminario y facilitar la retroalimentación oportuna.

8 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 8 h) Presentar el informe final del desarrollo del Seminario de Graduación en el formato elaborado para el efecto. DE LOS DOCENTES Artículo 44. Artículo 45. Consejo Directivo solicitará a Consejo Universitario la contratación de los Docentes del Seminario, los que serán especializados en la temática. De ser necesario seleccionará profesionales académicos de fuera de la Facultad. Igualmente se podrán establecer convenios con universidades nacionales o extranjeras, para contar con catedráticos en las áreas requeridas. Los Docentes de los Seminarios deberán cumplir el 100% de las horas programadas para cada módulo, y remitir un informe del trabajo cumplido al Coordinador, según formulario establecido. DEL PROCESO DE GRADUACION Artículo 46. El Proceso de Graduación de los Seminarios, se regirá en lo aplicable, a lo estipulado en los artículos del 9 al 35 del presente Reglamento; a excepción del Art. 10. y del 31, que se lo reemplaza con el siguiente texto: Si la media aritmética de las calificaciones de la Defensa Oral del Trabajo de Graduación o Titulación fuese siete (7.0) puntos o más, se procederá a elaborar un Acta de Graduación suscrita por todos los Miembros del Tribunal, y por el(la) Secretario(a) de la Facultad. La calificación final a constar en el Acta de Graduación, será la media aritmética aproximada a décimas de: a) Cincuenta por ciento de la media aritmética aproximada a décimas, de las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas y/o módulos aprobados de la Malla Curricular de la Carrera; b) Veinticinco por ciento de la media aritmética aproximada a décimas, de las calificaciones obtenidas en los Módulos del Seminario, que deben ser de siete (7.0) puntos o más en cada uno de ellos; y, c) Veinticinco por ciento de la media aritmética de las calificaciones del Trabajo de Graduación o Titulación y de la Defensa Oral. Para optar por el Título de Tercer Nivel, el Graduando deberá tener la calificación promedio de por lo menos siete puntos sobre diez (7.0/10). Artículo 47. En caso de que el Graduando repruebe uno o varios módulos del Seminario, esto es, que no alcance calificaciones de mínimo siete (7.0) puntos en cada uno de ellos, deberá empezar nuevamente el proceso de graduación.

9 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 9 DISPOSICIONES GENERALES: PRIMERA.-En casos excepcionales, cuando no se disponga de un Docente a nombramiento en la especialidad, la designación de Coordinador para las Modalidades de Graduación, podrá recaer en un Docente Accidental. SEGUNDA.- Con el fin de garantizar una tutoría adecuada a los Graduandos, cada Docente - Tutor no podrá orientar más de cinco Trabajos de Graduación o Titulación por semestre. En casos excepcionales y en función del número de egresados, el Consejo Directivo de Facultad podrá autorizar un número mayor a cinco Trabajos de Graduación o Titulación. TERCERA.- El Trabajo de Investigación, Graduación o Titulación constituye uno de los requisitos obligatorios para la obtención del Título de Tercer Nivel, y pueden ser estructurados de manera independiente o como consecuencia de un Seminario de fin de Carrera. CUARTA.- Se autorizará la denuncia del Tema de Graduación o Titulación, una vez que el estudiante haya aprobado al menos el ochenta por ciento (80%) del Programa Académico, y siempre y cuando no registre módulos o asignaturas pendientes de aprobación de niveles inferiores. QUINTA.- Los egresados y estudiantes de la Facultad de Ciencias Humanas y de la Educación, por su característica académica, podrán acceder a cualquier Modalidad de Graduación a partir del penúltimo semestre, siempre y cuando no registren módulos o asignaturas pendientes de aprobación de niveles inferiores. Los estudiantes de la carrera de Medicina, por su característica académica, podrán acceder a cualquier modalidad de graduación al inicio de su internado rotativo. SEXTA.- El Trabajo de Graduación o Titulación es Propiedad Intelectual del Graduando y de la Universidad Técnica de Ambato. SÉPTIMA.- Con la aprobación del presente Reglamento, se derogan todos los reglamentos, normativos, resoluciones y demás disposiciones que se lo opongan, en especial el Reglamento de Graduación para obtener el Título Terminal de Tercer Nivel de la Universidad Técnica de Ambato, aprobado en segunda y definitiva mediante resolución CU-P-2007 del 19 de diciembre del 2007, que entró en vigencia a partir de marzo del 2008 según resolución 0100-CU-P-2008 del 15 de enero del 2008.(Resolución 768-CU-P-2012) OCTAVA.- El presente Reglamento entra en vigencia a partir del 15 de julio del DISPOSICIONES TRANSITORIAS: (Res CU-P-2009, noviembre 11/09) PRIMERA.- La graduación de los estudiantes que empezaron el proceso para obtener su título terminal de tercer nivel antes de la vigencia del presente Reglamento, se regirá por el Reglamento de Graduación para obtener el Título terminal de tercer nivel de la Universidad Técnica de Ambato, aprobado en segunda y definitiva mediante resolución 1827-CU-P-2007 del 19 de diciembre del (Resolución 768-CU-P ) SEGUNDA.- Las Facultades con Modalidades Semipresencial y que aún poseen el Sistema Académico por asignaturas y semestres, no aplicarán para el egresamiento de sus estudiantes la parte pertinente del artículo 2, numeral 2.2 del presente Reglamento, que dice Haber aprobado el Módulo de Cultura Física y

10 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 10 Módulos Optativos, y haber cumplido las Prácticas Preprofesionales y las horas de Vinculación con la Colectividad TERCERA.- Las Facultades con Modalidad Presencial y que aún poseen el Sistema Académico por asignaturas y semestres, no aplicarán para el egresamientos de sus estudiantes la parte pertinente del artículo 2, numeral 2.2 del presente Reglamento, que dice Haber aprobados los Módulos Optativos, y haber cumplido con las horas de Vinculación con la Colectividad, y con las Prácticas Preprofesionales, esto último, con excepción de las Facultades que las manejan como parte de sus mallas curriculares. CUARTA.- Los egresados que se encuentran en el proceso de Actualización de Conocimientos, podrán sujetarse a lo determinado en el artículo 15 del presente Reglamento. (Resolución 1725-CU-P-2013, de agosto 27 de 2013) CERTIFICACIÓN En mi calidad de Secretaria General de la Universidad Técnica de Ambato CERTIFICO que el presente Reglamento de Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel de la Universidad Técnica de Ambato, fue aprobado por H. Consejo Universitario en primera en sesión ordinaria del 04 de junio de 2009, mediante Resolución 0665-CU-P-2009, y en segunda y definitiva en sesión ordinaria del 15 de julio del 2009, según Resolución 0880-CU-P Ab. Miriam Viteri Sánchez SECRETARIA GENERAL UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO CERTIFICACIÓN En mi calidad de Secretaria General de la Universidad Técnica de Ambato CERTIFICO que la reforma al Reglamento de Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel de la Universidad Técnica de Ambato, con la inclusión de las Disposiciones Transitorias fue aprobado por H. Consejo Universitario en primera en sesión ordinaria del 15 de septiembre del 2009, mediante Resolución 1128-CU-P-2009, y en segunda y definitiva en sesión ordinaria del 11 de noviembre del 2009, según Resolución 1445-CU-P Dra. Miriam Viteri Sánchez SECRETARIA GENERAL UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO Mediante Resolución 768-CU-P-2012 de mayo 22 del 2012, se autoriza rectificar en número de Resolución de aprobación en segunda y definitiva del presente Reglamento, constante en las Disposiciones General Séptima y Transitoria Primera,

11 REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TITULO TERMINAL DE TERCER NIVEL DE LA UTA. 11 que consta como aprobada en segunda y definitiva mediante Resolución 100-CU-P de enero 15 del 2008, siendo lo correcto: DISPOSICIÓN GENERAL SÉPTIMA.. aprobado en segunda y definitiva mediante resolución 1827-CU-P-2007 del 19 de diciembre del 2007, que entró en vigencia a partir de marzo del 2008 según resolución 0100-CU-P-2008 del 15 de enero del 2008 ; y, DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.. aprobado en segunda y definitiva mediante resolución 1827-CU-P del 19 de diciembre del DRA. MIRIAM VITERI SÀNCHEZ SECRETARIA GENERAL CERTIFICACIÓN En mi calidad de Secretario General Ad-Hoc de la Universidad Técnica de Ambato CERTIFICO que las reformas al Art. 2 eliminando el subnumeral 2.3 y Art. 15 del Reglamento de Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel de la Universidad Técnica de Ambato, fueron aprobadas por H. Consejo Universitario en primera en sesión ordinaria del 10 de enero del 2012, mediante Resolución 0046-CU- P-2012, y en segunda y definitiva en sesión ordinaria del 04 de julio del 2012, mediante Resolución 1083-CU-P Dr. Fabián Usinia SECRETARIO GENERAL (Ad-Hoc) UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO CERTIFICACIÓN En mi calidad de Secretaria General de la Universidad Técnica de Ambato CERTIFICO que la reforma al Art. 15 y la inclusión de la Disposición Transitoria cuarta del Reglamento de Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel de la Universidad Técnica de Ambato, fueron aprobadas por H. Consejo Universitario en primera en sesión ordinaria del 09 de julio del 2013, mediante Resolución 1442-CU-P- 2013, y en segunda y definitiva en sesión ordinaria del 27 de agosto del 2013, mediante Resolución 1725-CU-P DRA. MIRIAM VITERI SÀNCHEZ SECRETARIA GENERAL

Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario

Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario Av. Colombia 02-11 y Chile (Cdla. Ingahurco)» Teléfonos: 593 (03) 2521-081 / 2822-960 ' Fax: 2521-084 Ambato - Ecuador RESOLUaON: 1725-CU-P-2013 El Honorable

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO:

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Educación

Más detalles

Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil

Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL REGLAMENTO MARCO PARA LA OBTENCION DE TITULOS PROFESIONALES DE LAS FACULTADES Y ESCUELAS DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:

UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: el Art. 356 de la Constitución de la República del Ecuador, entre otros principios establece que será gratuita la educación superior pública de

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSGRADO

REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSGRADO REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSGRADO CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1.- Objeto: El presente reglamento tiene por objeto establecer

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN DE LA FACULTAD DE MEDICINA. Capítulo I: Disposición general. Capítulo II: De los directores de los trabajos de graduación

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN DE LA FACULTAD DE MEDICINA. Capítulo I: Disposición general. Capítulo II: De los directores de los trabajos de graduación REGLAMENTO DE GRADUACIÓN DE LA FACULTAD DE MEDICINA Capítulo I: Disposición general Art. 1 La Facultad de Medicina confiere el título de médico a los egresados de la Escuela de Medicina, que han cumplido

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA SALESIANA EL CONSEJO SUPERIOR CONSIDERANDO:

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA SALESIANA EL CONSEJO SUPERIOR CONSIDERANDO: UNIVERSIDAD POLITÉCNICA SALESIANA EL CONSEJO SUPERIOR CONSIDERANDO: a) Que, la Disposición General Tercera del Reglamento de Régimen Académico expedido por el Consejo de Educación Superior (CES) establece:

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CUENCA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

UNIVERSIDAD DE CUENCA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS UNIVERSIDAD DE CUENCA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS COMISIÓN DE ASESORÍA DE TESIS REGLAMENTO DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN, REQUISITO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE FIN DE CARRERA EN LA FACULTAD DE

Más detalles

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1: La Pasantía es aquella actividad curricular, que como requerimiento académico, comprende un conjunto de actividades de formación

Más detalles

Azuay titularse conforme a las modalidades establecidas en el Reglamento de Régimen Académico.

Azuay titularse conforme a las modalidades establecidas en el Reglamento de Régimen Académico. INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE TITULACIÓN ESPECIAL EN LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Artículo 1.- Objeto: El presente instructivo tiene por objeto

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL 1 REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo VII de la Sesión Ordinaria No.35, según acta No.43-2012, del 20 de noviembre

Más detalles

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA UNIVERSIDAD DE LIMA PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA Abril, 2016 1 ÍNDICE Página TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Disposiciones preliminares 4 TÍTULO III

Más detalles

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Estas normas están referidas al Reglamento de Titulación, aprobado por el

Más detalles

CHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN Y DE MOVILIDAD DE ALUMNOS

CHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN Y DE MOVILIDAD DE ALUMNOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre CHAPINGO SUBDIRECCIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN

Más detalles

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 REGLAMENTO ACADÉMICO TÍTULO I NORMAS GENERALES Art. 1º El presente reglamento norma aquellos aspectos que dicen relación con las actividades

Más detalles

REGLAMENTO PARA AYUDANTES DE CATEDRA Y AUXILIARES DE LABORATORIO DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO (Res: 2327-CU-P-2013 de diciembre 04, 2013)

REGLAMENTO PARA AYUDANTES DE CATEDRA Y AUXILIARES DE LABORATORIO DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO (Res: 2327-CU-P-2013 de diciembre 04, 2013) AYUDANTES DE CATEDRA Y DE LABORATORIO 1 REGLAMENTO PARA AYUDANTES DE CATEDRA Y AUXILIARES DE LABORATORIO DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO (Res: 2327-CU-P-2013 de diciembre 04, 2013) DE LA FINALIDAD

Más detalles

NORMAS DE LA LICENCIATURA DE SOCIOLOGÍA (Plan 2009)

NORMAS DE LA LICENCIATURA DE SOCIOLOGÍA (Plan 2009) NORMAS DE LA LICENCIATURA DE SOCIOLOGÍA (Plan 2009) Artículo 1. Este reglamento regula la Licenciatura de Sociología. Se aplicará a la labor docente y al desempeño de los/las estudiantes de dicha carrera,

Más detalles

INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PREPROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DISEÑO. Capitulo I: Naturaleza. Capitulo II: Organización

INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PREPROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DISEÑO. Capitulo I: Naturaleza. Capitulo II: Organización INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PREPROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DISEÑO Capitulo I: Naturaleza Art. 1 Las prácticas o pasantías preprofesionales que deben cumplir los estudiantes de la Facultad

Más detalles

REGLAMENTO UNIDAD DE TITULACIÓN ESPECIAL

REGLAMENTO UNIDAD DE TITULACIÓN ESPECIAL REGLAMENTO UNIDAD DE TITULACIÓN ESPECIAL TÍTULO I: Objeto y Ámbito Artículo 1. El presente reglamento establece las disposiciones de cumplimiento obligatorio que rigen la implementación de la Unidad de

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS NORMATIVA INTERNA DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración

Más detalles

POSADAS, 10 de mayo de 2013

POSADAS, 10 de mayo de 2013 POSADAS, 10 de mayo de 2013 VISTO: La Resolución CD Nº 095/08 y su modificatoria Resolución CD N 039/12, por la cual se aprueba el RÉGIMEN DE APROBACIÓN DE LAS ASIGNATURAS Y ESPACIOS CURRICULARES DE LAS

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN REGLAMENTO DE GRADUACIÓN UNIVERSIDAD GERARDO BARRIOS REGLAMENTO DE GRADUACION La Junta General Universitaria de la Universidad Gerardo Barrios Barrios Considerando: 1.- Que el articulo 5 de la Ley de Educación

Más detalles

opciones establecidas en el INSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE TITULACIÓN (UTE) EN LOS PROGRAMAS DE POSGRADO

opciones establecidas en el INSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE TITULACIÓN (UTE) EN LOS PROGRAMAS DE POSGRADO INSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE TITULACIÓN (UTE) EN LOS PROGRAMAS DE POSGRADO Artículo 1.- Objeto: El presente instructivo tiene por objeto establecer los criterios y lineamientos generales

Más detalles

NORMAS DE LA LICENCIATURA EN TRABAJO SOCIAL. (Plan de estudios 2009)

NORMAS DE LA LICENCIATURA EN TRABAJO SOCIAL. (Plan de estudios 2009) NORMAS DE LA LICENCIATURA EN TRABAJO SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES (Plan de estudios 2009) Artículo 1. (Objeto y ámbito de aplicación) Estas normas regulan la Licenciatura en Trabajo Social

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES ARTICULO PRIMERO.- FINALIDAD. TITULO I GENERALIDADES CAPITULO

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR REGLAMENTO DE CURSOS ABIERTOS TITULO I GENERALIDADES Artículo 1.- Cursos Abiertos.- La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato, mantiene un

Más detalles

PASANTÍA PASANTÍAS FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN

PASANTÍA PASANTÍAS FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN REGLAMENTO REGLAMENTO DE DE PRÁCTICAS PRÁCTICA Y PASANTÍAS PASANTÍA FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN TITULO I DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art. 01. El presente Reglamento General tiene por objeto Normar

Más detalles

El REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

El REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN El REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN MODALIDAD DE TITULACIÓN EXAMEN DE FIN DE CARRERA O DE GRADO EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Facultad de Humanidades y Educación Coordinación Académica

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Facultad de Humanidades y Educación Coordinación Académica UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Facultad de Humanidades y Educación Coordinación Académica REGLAMENTO DE LOS TRABAJOS DE LICENCIATURA DE LAS ESCUELAS DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN CAPITULO

Más detalles

DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA EN SISTEMAS, ELECTRÓNICA E INDUSTRIAL Presente

DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA EN SISTEMAS, ELECTRÓNICA E INDUSTRIAL Presente Ambato, Ingeniero DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA EN SISTEMAS, ELECTRÓNICA E INDUSTRIAL Presente De mi consideración: Yo, con Cédula de Identidad No., GRADUADA(O) (fecha de grado) en la CARRERA DE..de la

Más detalles

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN SANTIAGO DE CHILE OCTUBRE - 2008 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: El presente instructivo regula

Más detalles

POSGRADO INSTITUCIONAL EN CIENCIAS QUÍMICAS Y BIOQUÍMICAS

POSGRADO INSTITUCIONAL EN CIENCIAS QUÍMICAS Y BIOQUÍMICAS POSGRADO INSTITUCIONAL EN CIENCIAS QUÍMICAS Y BIOQUÍMICAS NIVEL DOCTORADO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN EN SEMINARIOS DE INVESTIGACIÓN Y DE DOCTORADO Mérida, Yucatán Aprobado por el Comité

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO:

REGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO: Que, el Art. 356 de la Constitución de la República señala que en cuanto a la educación,

Más detalles

NORMAS INTERNAS SOBRE TRABAJOS ESPECIALES Y TRABAJOS DE GRADO

NORMAS INTERNAS SOBRE TRABAJOS ESPECIALES Y TRABAJOS DE GRADO REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE RELACIONES PÚBLICAS DECRETO PRESIDENCIAL Nº 921 DEL 4 DE ABRIL DE 1972 RESOLUCIÓN

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ACADEMIA DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO. Capítulo I. DE LA NATURALEZA

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ACADEMIA DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO. Capítulo I. DE LA NATURALEZA REGLAMENTO PARA FUNCIONAMIENTO DE ACADEMIA DE CIENCIAS... 1 REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ACADEMIA DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO Capítulo I. DE LA NATURALEZA Art. 1. Créase

Más detalles

TIJUANA No. 169 Mayo 25, 2009

TIJUANA No. 169 Mayo 25, 2009 TIJUANA No. 169 Mayo 25, 2009 Comité Académico General Adendum al Reglamento de Posgrado. Con fecha 7 de abril de 2009, la Secretaría de Educación Pública Federal, oficio DIPES/SR/3782/09, ha procedido

Más detalles

1 Vigente al 11 de julio del 2012.

1 Vigente al 11 de julio del 2012. REGLAMENTO DE DESIGNACIONES DE LAS AUTORIDADES ACADÉMICAS Y DE FUNCIONARIOS DE LIBRE REMOCIÓN DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO

Más detalles

A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales

A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales A. REGLAMENTO TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas básicas de la estructura, organización y administración del Programa de Magíster en Ciencias de la

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJO DIRIGIDO

REGLAMENTO DE TRABAJO DIRIGIDO UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Facultad de Ciencias Económicas y Financieras Carrera Administración de Empresas REGLAMENTO DE TRABAJO DIRIGIDO La Paz, 2011 REGLAMENTO DE TRABAJO DIRIGIDO ÍNDICE ÍNDICE...

Más detalles

VISTO: Las propuestas presentadas sobre Reglamento de Tesis de Grado para la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y;

VISTO: Las propuestas presentadas sobre Reglamento de Tesis de Grado para la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y; Comodoro Rivadavia, 06 de Julio de 2009 VISTO: Las propuestas presentadas sobre Reglamento de Tesis de Grado para la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y; CONSIDERANDO: Que existe la necesidad

Más detalles

UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO REGLAMENTO INTERNO DE CLINICAS FACULTAD DE ODONTOLOGIA

UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO REGLAMENTO INTERNO DE CLINICAS FACULTAD DE ODONTOLOGIA UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Resolución No. USG-H.C.U-No. 0018-10-2008 tomada por el Honorable Consejo Universitario en su Sesión ordinaria del día 21 del mes de octubre del año 2008, la misma

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs Reglamento para la Evaluación y Certificación de los Aprendizajes y Competencias del

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN PARA MAESTRÍAS CONVENIO SEP - UPAEP. Qué necesito saber sobre el proceso de titulación?

REGLAMENTO DE TITULACIÓN PARA MAESTRÍAS CONVENIO SEP - UPAEP. Qué necesito saber sobre el proceso de titulación? REGLAMENTO DE TITULACIÓN PARA MAESTRÍAS CONVENIO SEP - UPAEP Como alumno de Maestría de Convenio SEP UPAEP es muy importante que conozcas el proceso de titulación ya que de esta manera podrás ir realizando

Más detalles

NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO

NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Año 2017 1 NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO Cabudare, septiembre 2017 3 1. ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO.

Más detalles

GUIA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS SEMINARIOS DE INVESTIGACIÓN

GUIA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS SEMINARIOS DE INVESTIGACIÓN GUIA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS SEMINARIOS DE INVESTIGACIÓN AGOSTO 2013 1 INTRODUCCIÓN Los seminarios de investigación son asignaturas obligatorias de naturaleza predominantemente práctica donde el alumno

Más detalles

DECRETO EXENTO Nº 243/09. REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009.

DECRETO EXENTO Nº 243/09. REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009. DECRETO EXENTO Nº 243/09 REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009. VISTOS El D.F.L. Nº 12, de 10 de marzo de 1981, del Ministerio de Educación,

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES ARTICULO PRIMERO.- FINALIDAD TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I

Más detalles

SEÑORES ESTUDIANTES DE LOS ULTIMOS SEMESTRES

SEÑORES ESTUDIANTES DE LOS ULTIMOS SEMESTRES INFORMACION QUE DEBE TENER EN CUENTA SEÑORES ESTUDIANTES DE LOS ULTIMOS SEMESTRES LOS ESTUDIANTES QUE HAYAN CONCLUIDO EL SÉPTIMO SEMESTRE PODRÁN INICIAR SUS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES, PARA LO CUAL DEBERÁN

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL POSTGRADO

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL POSTGRADO REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL POSTGRADO ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA Reglamento para el Otorgamiento de PostGrado EPG/AUPSJB 1 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL POSTGRADO EN

Más detalles

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite:

Artículo 2.- Son requisitos para obtener el diploma de Especialidad o el grado de Maestría o de Doctorado, que el solicitante acredite: REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN PARA POSGRADO EDICIÓN: PERIODO OTOÑO 2003 Capítulo I GENERALIDADES Artículo 1.- El presente reglamento es de observancia general para los estudiantes que han cumplido con

Más detalles

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO 1256 ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO La ESPAE, mediante resolución No. 82-11-369, creó el

Más detalles

1.- FINALIDAD 2.- OBJETIVOS

1.- FINALIDAD 2.- OBJETIVOS DIRECTIVA PARA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE, NO DOCENTE QUE LABORA EN LA BIBLIOTECA CENTRAL Y BIBLIOTECAS ESPECIALIZADAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO. 1.- FINALIDAD La Directiva tiene como

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJO DE FINAL DE GRADO PARA LAS CARRERAS DE ECONOMÍA, ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA PÚBLICA

REGLAMENTO DE TRABAJO DE FINAL DE GRADO PARA LAS CARRERAS DE ECONOMÍA, ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA PÚBLICA REGLAMENTO DE TRABAJO DE FINAL DE GRADO PARA LAS CARRERAS DE ECONOMÍA, ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA PÚBLICA http://200.10.231.97/academico/reglamentaciones/homologacion_tfg.pdf Capítulo I Del Trabajo Final

Más detalles

Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales

Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales Reglamento General de Programas Especiales de Continuación de Estudios Aprobado en Consejo FACE, Septiembre 2007 Última Modificación: Noviembre de

Más detalles

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER Art. 1 Es el grado académico de posgrado, otorgado por la Universidad Finis Terrae a quien ha aprobado

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO ACADÉMICO AL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA

REGLAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO ACADÉMICO AL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA REGLAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO ACADÉMICO AL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA LA JUNTA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL AMAZÓNICA UEA CONSIDERANDO Que, la Ley Orgánica

Más detalles

Modalidad Examen Único

Modalidad Examen Único Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Dirección General de Desarrollo Académico e innovación Educativa Subdirección de Innovación Educativa Jefatura de Diseño de Oferta Semipresencial Modalidad Examen

Más detalles

d. El estudiante deberá realizar la inscripción de asignaturas dentro de los plazos fijados por el calendario de la Universidad.

d. El estudiante deberá realizar la inscripción de asignaturas dentro de los plazos fijados por el calendario de la Universidad. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LOS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MATRÍCULA DE LOS PROGRAMAS DE PREGRADO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Central - I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES

Más detalles

REGLAMENTO DIPLOMADO EN SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL

REGLAMENTO DIPLOMADO EN SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL REGLAMENTO DIPLOMADO EN SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL I. ANTECEDENTES GENERALES 1. Objetivo del reglamento; Entregar a los alumnos participantes, una herramienta eficaz, para que puedan conocer adecuadamente

Más detalles

CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley 25665) FACULTAD DE ENFERMERÍA CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS CICLO DE TITULACIÓN VIA TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN ENFERMERÍA

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO Quito, 16 de octubre de 2014 CONTENIDOS A. El Examen de Grado de Carácter Complexivo

Más detalles

REGLAMENTO DE TALLERES DE TÍTULO

REGLAMENTO DE TALLERES DE TÍTULO REGLAMENTO DE TALLERES DE TÍTULO Escuela de Arquitectura Universidad de Magallanes. MAYO 2011 1. OBJETIVOS El proceso de titulación se constituye en la instancia más solemne e importante para el transcurso

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA FACULTAD DE MEDICINA CLÍNICA ALEMANA - UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA FACULTAD DE MEDICINA CLÍNICA ALEMANA - UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO REGLAMENTO DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA FACULTAD DE MEDICINA CLÍNICA ALEMANA - UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO Artículo 1. Los alumnos de la carrera de Medicina se regirán por el

Más detalles

Reglamento de Titulación de la Carrera de Terapia Ocupacional

Reglamento de Titulación de la Carrera de Terapia Ocupacional Reglamento de Titulación de la Carrera de Terapia Ocupacional Decreto Rectoría 10/ 2017 Vigencia desde 25/05/2017 Versión anterior Sin versión previa TITULACIÓN Título I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO CACAD-REGL.-05 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE REVALIDA DE TITULO Y RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD ACADEMICA DE UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA PARA EXPEDIR UN TITULO EN PARTICULAR

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO Revisó: Director de Admisiones y Registro Académico Coordinador de Registro Académico Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 9 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 004 Resolución N 885 OBJETIVO

Más detalles

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005 77 CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0025712 de 2 de septiembre de 2005 1) Apruébase la creación del Grado de Magister en Derecho

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA REQUISITOS A CUMPLIR POR EL PARTICIPANTE PARA REALIZAR PASANTÍAS

Más detalles

Reglamento de Opciones de Evaluación Profesional de la Universidad Autónoma del Estado de México

Reglamento de Opciones de Evaluación Profesional de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento de Opciones de Evaluación Profesional de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE OPCIONES DE EVALUACIÓN PROFESIONAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Art. 160 de la Ley Orgánica de Educación Superior corresponde a las universidades y escuelas politécnicas producir propuestas y

Más detalles

Capítulo I De la Definición

Capítulo I De la Definición El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Reglamento General de esta institución dicta las presentes Normas del

Más detalles

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ CONVOCATORIA PARA LA TITULACIÓN MEDIANTE EL EXAMEN COMPLEXIVO Dando cumplimiento a la Disposición Transitoria Quinta, literales b y e del Reglamento de Régimen Académico expedido

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Régimen Académico del Sistema Nacional de Educación Superior en el Art. 18 establece que el crédito es una unidad de tiempo

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TIANGUISTENCO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 FRACCIÓN V, Y TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS ESPECIALIZACIÓN, ESPAE

REGLAMENTO DE ESTUDIOS ESPECIALIZACIÓN, ESPAE REGLAMENTO DE ESTUDIOS ESPECIALIZACIÓN, ESPAE 1255 3 ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL - ESPOL ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS - ESPAE REGLAMENTO DE ESTUDIOS ESPECIALIZACIÓN La

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS ENERO 2016 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Condición de egresado 3 TÍTULO III Grado académico de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES DE TITULACIÓN ESPECIAL EN LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY

INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES DE TITULACIÓN ESPECIAL EN LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES DE TITULACIÓN ESPECIAL EN LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Artículo 1.- Objeto: El presente instructivo tiene por objeto

Más detalles

3.18. REGLAMENTO DE CURSOS, PROGRAMAS Y DIPLOMADOS DE EXTENSION UNIVERSITARIA

3.18. REGLAMENTO DE CURSOS, PROGRAMAS Y DIPLOMADOS DE EXTENSION UNIVERSITARIA Capítulo 3 Régimen de Estudios Consejo Académico: Reunión N 401 10 de diciembre de 2009 Consejo Superior: Reunión N 258 18 de enero de 2010 3.18. REGLAMENTO DE CURSOS, PROGRAMAS Y DIPLOMADOS DE EXTENSION

Más detalles

Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Reglamento REG-GEN-003-1 Para el egreso y titulación (RVOE estatal) Autor Fecha Creación Actualización Próxima Revisión Dirección General Académica Octubre 2010 Julio 2012 Julio 2013 TÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OBTENCIÓN DE LICENCIATURA EN ECONOMÍA PLAN DE ESTUDIOS 2012

REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OBTENCIÓN DE LICENCIATURA EN ECONOMÍA PLAN DE ESTUDIOS 2012 REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OBTENCIÓN DE LICENCIATURA EN ECONOMÍA PLAN DE ESTUDIOS 2012 Artículo 1. Antecedentes CAPÍTULO I DEFINICIONES Y CARACTERÍSTICAS Las modalidades de graduación vigente en

Más detalles

TUTORÍAS ACADÉMICAS. Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas. Área responsable: Coordinación de Gestión Académica

TUTORÍAS ACADÉMICAS. Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas. Área responsable: Coordinación de Gestión Académica TUTORÍAS ACADÉMICAS Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas Área responsable: Coordinación de Gestión Académica Versión: 1.0 TUTORÍAS ACADÉMICAS Código: OAC.0047 Versión: 1 Áreas

Más detalles

Ministerio de Defensa

Ministerio de Defensa DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos

Más detalles

CORHUILA CORPORACIÓN UNIVERAITARIA DEL RUMA Y... le floc...rilesern~y

CORHUILA CORPORACIÓN UNIVERAITARIA DEL RUMA Y... le floc...rilesern~y CORPORACIÓN UNIVERAITARIA DEL RUMA Y... le floc...rilesern~y RESOLUCION No. 1377 DE 2016 (08 de junio) POR LA CUAL SE AUTORIZA EL DESARROLLO DE DIPLOMADOS COMO OPCIÓN DE GRADO EN LAS SEDES DE NEIVA Y PITALITO

Más detalles

REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION

REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION Secretaria General Departamento de Títulos y Grados 2008 1 TITULO I : Disposiciones Generales. TITULO II : Del Egreso. TITULO III : Titulación. TITULO IV : De la Ceremonia

Más detalles

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de

Más detalles

REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO

REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO Formando Líderes en Agronegocios USC REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO Octubre - 2015 CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1º: Del objeto El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas,

Más detalles

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO Escuela de Diseño Pontificia Universidad Católica de Chile Vigencia a partir de marzo 2010_ modificado Julio 2014 Disposiciones generales El presente

Más detalles

BASES DEL CONCURSO DE MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN DE PERSONAL DOCENTE- INVESTIGADOR DE IAEN

BASES DEL CONCURSO DE MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN DE PERSONAL DOCENTE- INVESTIGADOR DE IAEN BASES DEL CONCURSO DE MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN DE PERSONAL DOCENTE- INVESTIGADOR DE IAEN IAEN, Quito, Mayo de 2016 TABLA DE CONTENIDOS I. PREPARACIÓN II. CONVOCATORIA III. REVISIÓN DE DOCUMENTOS IV. FASE

Más detalles

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes:

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes: EVALUACIÓN 1. ACREDITACIÓN DE LAS ASIGNATURAS Acreditación es el proceso por el cual un alumno cumple con las actividades educativas y criterios de evaluación de las asignaturas, con los requisitos curriculares

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES PARA LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES

PREGUNTAS FRECUENTES PARA LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES PREGUNTAS FRECUENTES PARA LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES 1. Quiénes deben realizar las prácticas pre profesionales? El régimen de prácticas pre profesionales, es aplicable para las y los estudiantes que

Más detalles

Universidad Tecnológica Israel

Universidad Tecnológica Israel Universidad Tecnológica Israel Nomenclatura REGLAMENTO de Admisión y Nivelación Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel. Lugar y fecha de aprobación

Más detalles

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales Directiva N -01 OGYT-FCEyRI-2016 I. Finalidad Normar los procedimientos del Taller de Tesis de la Facultad de Comercio Exterior y. II. Fundamento Legal 1. Ley Universitaria N 30220. 2. Ley N 28740 del

Más detalles

I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES

I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LOS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MATRÍCULA DE LOS PROGRAMAS DE PREGRADO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Central - I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES

Más detalles

REGLAMENTO DE PROCESO ACADÉMICO CAPÍTULO VI EVALUACIÓN

REGLAMENTO DE PROCESO ACADÉMICO CAPÍTULO VI EVALUACIÓN REGLAMENTO DE PROCESO ACADÉMICO CAPÍTULO VI EVALUACIÓN ARTICULO 60. En relación a las pruebas parciales, exámenes finales y los lugares en donde deben celebrarse se aplicarán las siguientes normas: a.

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un

Más detalles

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS

Más detalles

TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN

TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN Reglamento de evaluación por el tribunal de compensación de la URJC Normativa aprobada por Comisión Gestora del 24 de septiembre de 2002 Ante la aprobación de los Estatutos de

Más detalles

REGLAMENTO PARA GRADUACION BAJO LA MODALIDAD DE PROYECTO DE INVESTIGACION

REGLAMENTO PARA GRADUACION BAJO LA MODALIDAD DE PROYECTO DE INVESTIGACION REGLAMENTO PARA GRADUACION BAJO LA MODALIDAD DE PROYECTO DE INVESTIGACION FACULTAD DE INGENIERIA DE LOS TITULOS Art.1.- La Universidad Nacional de Chimborazo, de conformidad con Ia ley de Educacion Superior

Más detalles