Centro de Documentación Judicial
|
|
- Marcos Alvarado Poblete
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Id Cendoj: Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4439/2007 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ Tipo de Resolución: Sentencia Resumen: RECARGO DE PRESTACIONES POR INFRACCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. LA FALTA DE AUDIENCIA DE LA EMPRESA RESPONSABLE EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NO DETERMINA LA NULIDAD DE ACTUACIONES, AL NO HABER PROVOCADO INDEFENSIÓN. SE REITERA DOCTRINA DE LAS SSTS 30/04/07 -RCUD 330/06-, 03/07/07 -RCUD 3152/06-, 27/02/08 -RCUD 21/07-, 28/05/08 -RCUD 814/07-, 09/05/08 -RCUD 605/07- Y 23/12/08 -RCUD 2284/07-. SENTENCIA En la Villa de Madrid, a once de Febrero de dos mil nueve Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en nombre y representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería general de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada el 22 de octubre de 2007 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso de suplicación núm. 6113/06, formalizado por las empresas Sociedad Española del Acumulador Tudor S.A. y Electro-Mercantil Industrial S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 26 de los de Madrid, de fecha 17 de enero de 2006, recaída en los autos núm. 888/05, seguidos a instancia de SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL ACUMULADOR TUDOR S.A., ELECTRO MERCANTIL INDUSTRIAL S.L. contra Julián, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre SEGURIDAD SOCIAL. Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNÁNDEZ, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 17 de enero de 2006, el Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Desestimo la demanda formulada por ELECTRO MERCANTIL INDUSTRIAL SL y SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL ACUMULADOR TUDOR SL a quienes absuelvo de las pretensiones deducidas en su contra". SEGUNDO.- En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos: "1º.- Mediante escritura notarial otorgando con fecha , la mercantil actora Sociedad Española del Acumulador Tudor adquirió la totalidad del activo y pasivo de la empresa Electro-Mercantil Industrial S.L. (en adelante EMISA). 2º.- El trabajador demandado nacido el , prestó servicios para EMISA con antigüedad de , y categoría profesional de Oficial 1ª. 3º.- El citado demandado causó baja de Incapacidad Temporal con fecha , por contingencias profesionales. Tramitado expediente de Incapacidad, se dictó resolución por las Entidades Gestoras demandadas con fecha , denegatoria de su calificación como Incapacitado. Impugnada en sede judicial, con fecha fue dictada sentencia por el Juzgado Social nº 30 de Madrid, que declaró al trabajador efecto de una Incapacidad Permanente en grado de Total, derivada de accidente de trabajo. Dicha sentencia ha sido confirmada por la del TSJ de Madrid de º.- Con fecha , la Inspección de Trabajo y Seguridad Social levantó Acta de Infracción a la empresa EMISA. El procedimiento sancionador derivado de dicha Acta se encuentra suspendido por la tramitación de Diligencias Previas, que se siguen ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Torrejón de Ardoz por presunto delito contra los derechos de los trabajadores. 5º.- Con fecha se registró entrada en las Entidades 1
2 Gestoras demandadas de la solicitud de declaración de existencia de relación de causalidad entre las lesiones sufridas por el trabajador demandado y la infracción del ordenamiento vigente en materia de Seguridad y Salud Laboral, iniciándose expediente sobre declaración de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene, notificándose así a al empresa actora el º.- Formuladas alegaciones por la empresa en el plazo concedido, con fecha fue dictada resolución por la DP del INSS que declaró la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, en la enfermedad profesional, de impregnación al cadmio, padecida por el demandado, y la procedencia de que las prestaciones de Seguridad Social fueran incrementadas en un 50% con cargo a la empresa EMISA, así como las que se pudieran reconocer en el futuro. 7º.- Formulada reclamación previa, fue expresamente desestimada. 8º.- La empresa EMISA se dedicaba a la fabricación de material eléctrico (siderometalurgia), y en concreto, de bacterias Ni-Cd de diferentes tamaños y formas, utilizando níquel y cadmio. 9º.- Constan informes del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo sobre las concentraciones de niquel y Cadmio del centro de trabajo de la C/ Hierro, de Torrejón de Ardoz de la empresa EMISA, de fechas (documento 6 de la parte actora), (documento 5 de la parte actora) y (documento 25 de la parte actora). 10º.- La empresa EMISA tenía concertado el Servicio de Prevención de riesgos laborales con INTERLAB, constando efectuado muestreos de niveles de niquel y cadmio en los trabajadores, y también ambiental, cada seis meses aproximadamente, desde octubre de º.- Además, la Mutua ibermutuamur emitió informe de planificación de las actividades de la especialidad de Medicina del trabajo para la empresa demandante con fecha (documento 26 de la empresa). 12º.- El trabajador demandado ha sido diagnosticado de los niveles de cadmio en sangre y orina que seguidamente se indican, precisándose el autor de la analítica, así como la fecha de la misma: : Instituto Nacional de Seguridad e Higiene : Sangre: 6,6 mg/l Orina : 2,1 mg/g : FREMAP : Sangre : 14,28 mg/l (documento 29 del trabajador). - noviembre 02 : IBERMUTUAMUR: Sangre : 10,3 mg/l Orina : 4,6 m/g - enero 03 : IBERMUTUAMUR: Sangre : 6,4 mg/l Orina : 5,3 mg/g - febrero 03 : IBERMUTUAMUR: Sangre: 5 mg/l Orina : 5,3 mg/l - abril 03 : IBERMUTUAMUR: Sangre : 4,9 mg/l Orina ; 4,1 mg/g - junio 03 : IBERMUTUAMUR: Sangre : 5,3 mg/l Orina : 4,9 mg/g Centro de Documentación Judicial 2
3 - octubre 03 : IBERMUTUAMUR Sangre : 4,2 mg/l Orina : 5,3 mg/g (informe de dicha Mutua registrado con fecha ). 13º.- El trabajador demandado ocupaba el puesto de trabajo en formación de baterías. Con fecha la empresa actora cambió el puesto de trabajo del demandado por recomendación del Servicio de Vigilancia y salud, pasando a un puesto de premontaje de equipos. 14º.- Con fecha el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid emitió informe sobre la vigilancia de la salud de los trabajadores de la empresa EMISA, que, al figurar al documento 23 del trabajador, se tiene aquí por reproducido, así como el informe de , que figura como documento 24, de ese ramo de prueba. TERCERO.- La citada sentencia fue recurrida en suplicación por las empresas Sociedad Española del Acumulador Tudor S.A. y Electro-Mercantil Industrial S.L., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la cual dictó sentencia con fecha 22 de octubre de 2007, en la que dejando inalterada la declaración de hechos probados de la sentencia de instancia, consta la siguiente parte dispositiva: "Que debemos estimar y estimamos el Recurso de Suplicación interpuesto por las empresas SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL ACUMULADOR TUDOR S.A. y ELECTRO-MERCANTIL INDUSTRIAL S.L., asistidas por el Letrado D. José Manuel Calvo Blázquez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 26 de los de MADRID, de fecha diecisiete de Enero de dos mil seis, en autos nº 888/05, en virtud de demanda formulada por las EMPRESAS Sociedad Española del Acumulador Tudor S.A. y ELECTRO-MERCANTIL INDUSTRIAL S.L., contra el INSS, la TGSS y D. Julián, en materia de Enfermedad Profesional-Invalidez Total-Recargo de Prestaciones, y en consecuencia, con revocación de la Sentencia de instancia, anulamos las actuaciones administrativas a partir del momento de emisión del informe por el EVI, y condenamos a los demandados a estar y pasar por tal declaración. Sin hacer declaración de condena en costas. Dése a los depósitos constituidos el destino legal". CUARTO.- Por la Letrada de la Administración de la Seguridad Social, en nombre y representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, mediante escrito de fecha 20 de diciembre de 2007, formuló recurso de casación para la unificación de doctrina, en el que se alega como sentencia contradictoria con la recurrida la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de fecha 30 de abril de QUINTO.- Por providencia de esta Sala, se procedió a admitir a trámite el citado recurso, y habiéndose impugnado, pasaron las actuaciones al Ministerio Fiscal, que presentó escrito en el sentido de considerar procedente el recurso. E instruido el Excmo. Sr. Magistrado Ponente, se declararon conclusos los autos, señalándose para votación y fallo el día 4 de febrero de 2009, en el que tuvo lugar. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO La cuestión que se suscita en las presentes actuaciones y objeto del recurso de casación para la unificación de doctrina es la relativa a la posible nulidad de la resolución del INSS que impuso a la empresa recurrente el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad en materia de enfermedad profesional, al haberse omitido el trámite de audiencia a la empresa durante la tramitación del expediente, tras haberse emitido el dictamen del EVI. Nulidad que había rechazado el Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid en sentencia de 17/01/06 [autos 888/05], pero que fue admitida por la STSJ Madrid 22/10/2007 [rec. 6113/06], en cuya parte dispositiva se resuelve declarar la anulación de «las actuaciones administrativas a partir del momento de emisión del informe por el EVI». 2.- Formula recurso la Administración de la Seguridad Social, denunciando interpretación errónea del art OM 18/01/96, en relación con los arts. 62 y 63 de la LRJAPPAC, y señalando contradicción con la STS 30/Abril/2007 [-rcud 330/06 -]. Sentencia ésta en la que se contempla también recargo de prestaciones [en el caso, derivadas de accidente de trabajo] y la falta de trámite de audiencia a la empresa tras el dictamen del EVI y antes de imponer el recargo; defecto que para la decisión referencial no generó indefensión material justificativa de la nulidad de actuaciones -administrativas- que se solicitaba. 3.- Con lo dicho queda reflejado que se cumple la exigencia de contradicción que impone el art. 217 LPL para la viabilidad del RCUD, en tanto que las decisiones contrastadas contienen pronunciamientos diversos respecto de hechos y pretensiones sustancialmente iguales, siendo absolutamente irrelevantes a 3
4 los efectos de que tratamos el que la decisión de contraste verse sobre accidente de trabajo y en la recurrida se trate de enfermedad profesional, porque lo que está en cuestión en ambas resoluciones judiciales es un mismo problema jurídico: la trascendencia de haberse omitido trámites en vía administrativa y su influencia sobre el posterior proceso jurisdiccional; o lo que es lo mismo, el alcance de la interdicción de la indefensión que prescribe el art. 24 CE. SEGUNDO La cuestión ha sido resuelta por la Sala en diversas ocasiones, habiéndolo sido por primera vez por la STS 30/04/07 [-rcud 330/06-], invocada como contraste, y cuya doctrina ha sido reproducida por las de 03/07/07 [-rcud 3152/06-], 27/02/08 [-rcud 21/07-], 28/05/08 [-rcud 814/07-], 09/05/08 [-rcud 605/07-] y 23/12/08 -rcud 2284/07-. Doctrina que reiteramos en este procedimiento, con resumen de la primera de aquellas decisiones. 2.- La tesis que la Sala mantiene para justificar la inexistencia de indefensión que justifique la nulidad de actuaciones pretendida, parte de la base de que en estos procedimientos de recargo de prestaciones es aplicable la Ley 30/1992, sin perjuicio de las peculiaridades establecidas en sus DA 5ª y DA 6ª, siendo innegable la cualidad de parte interesada que corresponde al empresario en los procedimientos en que se decide su responsabilidad prestacional por recargo, conforme al art LRJAP-PAC. Pese a ello la falta de audiencia en el procedimiento administrativo no genera nulidad de actuaciones, por indefensión, por las siguientes razones: a).- El derecho que reconoce el art. 24 CE se refiere -en principio- al proceso judicial, no al procedimiento administrativo, y la omisión del trámite de audiencia que hubiera permitido a la parte aportar "alegaciones" y aportar "documentos y justificaciones" [art. 84 LRJAPC ] no siempre tiene especial relevancia, pues la parte siempre puede presentar tales alegaciones, justificaciones o documentos en el proceso judicial. b).- Tampoco la falta de audiencia equivale a la falta total y absoluta de procedimiento del apartado e) del art LRJAPC, pues «la falta de un trámite como el de audiencia, por esencial que pueda reputarse, no supone por sí misma que se haya prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido» [SSTS -Tercera- 13/10/00 y 16/03/05 ]. c).- Ello supone que estemos en el ámbito de la anulabilidad de los actos administrativos; anulabilidad que se produce por cualquier otra infracción del ordenamiento jurídico distinta de las contempladas en el art. 62. Pero, como establece el número 2, de este artículo «el defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados». d).- En casos como el presente, la omisión de la audiencia no ha impedido al acto administrativo alcanzar su fin y tampoco ha producido indefensión. El acto ha alcanzado su fin, que es el reconocimiento de la prestación con la declaración de las responsabilidades para su abono. Tampoco ha producido una indefensión relevante que deba determinar la nulidad de actuaciones para corregirla, pues «la indefensión no equivale a la propia falta del trámite de audiencia», sino que «ha de ser real y efectiva»; y «para que exista indefensión determinante de la anulabilidad del acto es preciso que el afectado se haya visto imposibilitado de aducir en apoyo de sus intereses cuantas razones de hecho y de derecho pueda considerar pertinentes para ello» [SSTS -Tercera- 11/07/03 y 16/03/05 ]. Y e).- No puede apreciarse que la omisión del trámite de audiencia haya provocado tal indefensión, cuando la parte tuvo en todo momento noticia de la iniciación del procedimiento administrativo y pudo personarse en el mismo y formular alegaciones; y aunque no sea así, tampoco puede mantenerse la indefensión real si «la parte ha ejercitado, tras el agotamiento del trámite de reclamación previa, una pretensión de plena jurisdicción ante el orden social, dando lugar al correspondiente proceso, en el que ha podido formular alegaciones y practicar prueba para combatir tanto la incapacidad reconocida al trabajador, como la declaración de responsabilidad». 3.- Las precedentes consideraciones nos llevan a afirmar -con el Ministerio Fiscal- que la doctrina ajustada a Derecho es la mantenida por la sentencia de contraste y que -en consecuencia- la recurrida ha de ser casada y anulada; sin imposición de costas [art LPL ]. Por lo expuesto, en nombre de S. M. El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español. FALLAMOS Centro de Documentación Judicial Estimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación de 4
5 la ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL y revocamos la sentencia dictada por el TSJ de Madrid en fecha 22/Octubre/2007 [recurso de Suplicación nº 6113/06], que a su vez había revocado la resolución -desestimatoria- que en 17/Enero/2006 pronunciara el Juzgado de lo Social núm. 26 de los de Madrid [autos 800/05 ], y resolviendo el debate en Suplicación rechazamos el de tal clase formulado por «ELECTRO-MERCANTIL INDUSTRIAL S.L.» y «SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL ACUMULADOR S.A.», frente a Don Julián, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Asimismo acordamos la pérdida del depósito y la condena en costas de la recurrente en trámite de suplicación. Devuélvanse las actuaciones a la Sala de lo Social de procedencia,con la certificación y comunicación de esta resolución. Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Excmo. Sr. Magistrado D. Luis Fernando de Castro Fernández hallándose celebrando Audiencia Pública la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario de la misma, certifico. 5
Sentencia T.S. (Sala 4) de 6 de mayo de 2010
INDICE Sentencia T.S. 6-V-10: ACCIDENTE DE TRABAJO. DESESTIMACIÓN. ROTURA DE UNA PRÓTESIS EN EL TRABAJO Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos Página 1 RESUMEN: Sentencia T.S. (Sala 4) de
Más detallesSecretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero
Id. Cendoj: 28079120012015100214 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 06/05/2015 Nº Recurso: 101/2015 Ponente: LUCIANO VARELA
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Roj: STS 4701/2008 Id Cendoj: 28079140012008100590 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2121/2007 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: LUIS FERNANDO
Más detallesResumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis.
Id. Cendoj: 28079140012006100006 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4719/2004 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 18/01/2006 Procedimiento: SOCIAL Ponente:
Más detallesEn la Villa de Madrid, a veintinueve de Noviembre de dos mil seis SENTENCIA
Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 29 Nov. 2006, rec. 4100/2005 Ponente: Castro Fernández, Luis Fernando de. Nº de recurso: 4100/2005 Responsabilidad del FOGASA que alcanza a las
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social SENTENCIA: Presidente Excmo. Sr. D.: Joaquín Samper Juan Fecha Sentencia: 18/11/2005 Recurso Num.: UNIFICACIÓN DOCTRINA 728/2004 Fallo/Acuerdo: EST Votación:
Más detallesASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.
ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana
Más detallesTribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015
Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015 PENSIÓN DE VIUDEDAD DE PAREJA DE HECHO: denegación por no acreditarse la existencia de la misma, ni mediante su inscripción
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Id Cendoj: 28079140012009100270 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2116/2007 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
Más detallesRECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN.
RECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN. En relación con diversas quejas que han llegado a la Oficina de esta Defensora Universitaria, y diversas solicitudes
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 4713/2007 - ECLI:ES:TS:2007:4713 Id Cendoj: 28079140012007100796 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1381/2006 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesContrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2333/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Virginia García Alarcón Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. RSU 0002333/2006
Más detallesNúmero Marginal: PROV\2010\131741
Número Marginal: PROV\2010\131741 SENTENCIA En la Villa de Madrid, a nueve de Marzo de dos mil diez. Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina
Más detallesRoj: STS 8990/ ECLI: ES:TS:2007:8990
Roj: STS 8990/2007 - ECLI: ES:TS:2007:8990 Id Cendoj: 28079140012007101652 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 18/12/2007 Nº de Recurso: 3793/2006 Nº de Resolución:
Más detallesSentencia T.S. (Sala 4) de 23 de noviembre de 2010
RESUMEN: Sentencia T.S. (Sala 4) de 23 de noviembre de 2010 Recargo de prestaciones: Se declara la existencia de falta de medidas de seguridad, ante el hecho indubitado de la situación de acoso moral y
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 4570/2015 - ECLI:ES:TS:2015:4570 Id Cendoj: 28079140012015100613 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2876/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: Auto
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Roj: STS 3984/2010 Id Cendoj: 28079140012010100457 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4010/2009 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: LUIS RAMON
Más detallesTribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia de 10 febrero 2009
Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia de 10 febrero 2009 Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3672/2007 Ponente: Excmo Sr. Mariano Sampedro
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 21 de enero de 2014 Sala de lo Social Rec. n.º 2885/2012 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Maternidad. Responsabilidad en el pago de la prestación
Más detallesRECURSOS. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes.
RECURSOS Resolución de 2 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, de 25 de febrero de 2013, que ha devenido
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 1225/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1225 Id Cendoj: 28079140012015100116 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 903/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesRoj: STS 7132/ ECLI: ES:TS:2007:7132
Roj: STS 7132/2007 - ECLI: ES:TS:2007:7132 Id Cendoj: 28079140012007101227 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 02/10/2007 Nº de Recurso: 1310/2006 Nº de Resolución:
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2012, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 21 del mismo mes, solicita a este Departamento de
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A Sentencia de la Sala Tercera, Sección Quinta del Tribunal Supremo de 13 de Junio de 2000 Recurso de
Más detallesINDICE Sentencia T.S. 28-XI-11: FINIQUITO. VALOR LIBERATORIO. NO SE ESTIMA Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos
INDICE Sentencia T.S. 28-XI-11: FINIQUITO. VALOR LIBERATORIO. NO SE ESTIMA Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos Página 1 RESUMEN: Sentencia T.S. (Sala 4) de 28 de noviembre de 2011 Finiquito:
Más detallesTribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 5 Jun. 2007, rec. 81/2006
Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 5 Jun. 2007, rec. 81/2006 CONFLICTO COLECTIVO. Minoristas de alimentación. Jornada de trabajo. La compensación de las horas trabajadas en domingo
Más detallesEdiciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia
ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE CONTRATANTE Y CONTRATISTA 1. La solidaridad entre contratista y beneficiaria por accidentes sufridos por los trabajadores
Más detallesRESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR LA COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES MEDIANTE
Más detallesSentencia trabajo diurno y nocturno RESUMEN
Sentencia trabajo diurno y nocturno RESUMEN [TS][Social] Turno de trabajo. Cambio de nocturo a diurno por motivos de salud. El presente recurso de casación para la unificación de doctrina lo ha interpuesto
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 5655/2014 - ECLI:ES:TS:2014:5655 Id Cendoj: 28079140012014100795 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2802/2013 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesEs Ponente la Excma. Sra. Dª Rosa María Virolés Piñol, Magistrada de Sala.
En la Villa de Madrid, a seis de marzo de dos mil doce. Vistos los autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado D. Domingo
Más detallesCONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados
CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados
Más detallesEs parte recurrida D. Fernando, representada por el Letrado D. Eduardo Alarcón Alarcón.
Página 1 de 6 Documento Id. Cendoj: 28079140012005100948 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2580/2004 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 28/10/2005 Procedimiento:
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 1822/2016 - ECLI:ES:TS:2016:1822 Id Cendoj: 28079140012016100236 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2682/2014 Nº de Resolución: 244/2016 Procedimiento:
Más detallesMANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO.
MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO. Honorable Corte Suprema de Justicia:, mayor de edad, soltera, Abogada, inscrita en el Colegio
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 7243/2012 - ECLI:ES:TS:2012:7243 Id Cendoj: 28079140012012100805 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4216/2011 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 8393/2007 - ECLI:ES:TS:2007:8393 Id Cendoj: 28079140012007101498 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2441/2006 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 1371/2014 Id Cendoj: 28079140012014100137 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1593/2013 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: ROSA MARIA
Más detallesTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Roj: STSJ M 6241/2016 - ECLI:ES:TSJM:2016:6241 Id Cendoj: 28079330052016100713 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 5 Nº de Recurso: 967/2014 Nº de Resolución:
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 24/09/2013 Recurso Num.: 2887/2012 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.
Más detallesEn Pamplona, a 28 de febrero de 2011, siendo ponente don Eugenio Simón Acosta, emite por unanimidad el siguiente dictamen:
Expediente: 1/2011 Objeto: Recurso extraordinario de revisión frente liquidaciones provisionales de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Dictamen: 7/2011, de 28 de febrero DICTAMEN En Pamplona,
Más detallesEn la Villa de Madrid, a cuatro de Febrero de dos mil catorce.
Roj: STS 505/2014 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1173/2013 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 04/02/2014 Procedimiento: SOCIAL Ponente: MARIA LUISA
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 1449/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1449 Id Cendoj: 28079140012015100148 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 729/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesEs Ponente la Excma. Sra. Dª María Milagros Calvo Ibarlucea.
En la villa de Madrid, a siete de Mayo de dos mil trece. Es Ponente la Excma. Sra. Dª María Milagros Calvo Ibarlucea. HECHOS PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Núm. 4 de los de Alicante se dictó sentencia
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 921/2016 - ECLI:ES:TS:2016:921 Id Cendoj: 28079140012016100094 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 3271/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 4879/2012 - ECLI:ES:TS:2012:4879 Id Cendoj: 28079140012012100503 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2484/2011 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesTribunal Supremo (Sala de lo Social). Sentencia de 18 enero 2005
Tribunal Supremo (Sala de lo Social). Sentencia de 18 enero 2005 RJ\2005\1157 ACCIDENTE DE TRABAJO: enfermedades contraídas con motivo de la realización del trabajo: requisitos: no se exige que la situación
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO:
LA TGSS PROMUEVE ALTAS Y BAJAS CON INDEPENDENCIA DE LOS CRITERIOS DE LA INSPEC- CIÓN DE TRABAJO El Tribunal constata que existe una persona, en un centro de trabajo de una empresa dedicada a la actividad
Más detallesDICTAMEN 354/2014. (Sección 2ª)
DICTAMEN 354/2014 (Sección 2ª) La Laguna, a 9 de octubre de 2014. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad en relación con la revisión de oficio, a instancia de
Más detallesCálculo de indemnizaciones por despido improcedente.
ASUNTO: PERSONAL Cálculo de indemnizaciones por despido improcedente. STS 866/2009 Roj: STS 866/2009 Id Cendoj: 28079140012009100093 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 5478/2009 - ECLI:ES:TS:2009:5478 Id Cendoj: 28079140012009100669 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1078/2008 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesRoj: STS 447/ ECLI: ES:TS:2014:447
Roj: STS 447/2014 - ECLI: ES:TS:2014:447 Id Cendoj: 28079140012014100024 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 22/01/2014 Nº de Recurso: 704/2013 Nº de Resolución:
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 4 de marzo de 2014 Sala de lo Social Rec. n.º 788/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Accidente de trabajo. Alcampo, S.A. Recargo de prestaciones
Más detallesLA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGIÓN DE MURCIA Sala de lo Contencioso-administrativo Ponente: José María Pérez-Crespo Payá Sentencia de 17 de enero de 2014 Recurso 130/2013 Sentencia 20/2014 LA SALA
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 8755/2012 - ECLI:ES:TS:2012:8755 Id Cendoj: 28079140012012100998 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4272/2011 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación
Más detallesJDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON
LOPD JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON SENTENCIA: 00123/2013 - N11600 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA Nº 1 ( NUEVO PALACIO DE JUSTICIA) 3ª PLANTA.- GIJÓN N.I.G: 33024 45 3 2013 0000003 Procedimiento: PROCEDIMIENTO
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Id Cendoj: 28079140012009100207 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1208/2008 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: VICTOR ELADIO FUENTES LOPEZ
Más detallesT.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO
LOPD ADMINISTRACJON T.S.J. CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO SENTENCIA: 00852/2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N 199/15 APELANTE: LOPD PROCURADOR: LOPD APELADOS: ZURICH
Más detallesTribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Jun. 2009, rec. 2461/2008
Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Jun. 2009, rec. 2461/2008 Ponente: Castro Fernández, Luis Fernando de. Nº de Recurso: 2461/2008 Jurisdicción: SOCIAL Retraso continuado en el
Más detallesRoj: STS 2491/ ECLI: ES:TS:2012:2491
Roj: STS 2491/2012 - ECLI: ES:TS:2012:2491 Id Cendoj: 28079140012012100175 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 07/03/2012 Nº de Recurso: 1967/2011 Nº de Resolución:
Más detallesTribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2.
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sentencia número 1276/2.011 Ilmos. Sres. Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don José Bellmont
Más detallesSENTENCIA. Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Luis Fernando de Castro Fernandez, ANTECEDENTES DE HECHO
BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 28 de abril de 2014 Sala de lo Social Rec. n.º 900/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Contrato para obra determinada. Válida extinción
Más detallesSentencia nº 615/2016 del Tribunal Supremo, Sala 4ª, de lo Social, de 6 de Julio de 2016, recurso nº 1062/2014
Sentencia nº 615/2016 del Tribunal Supremo, Sala 4ª, de lo Social, de 6 de Julio de 2016, recurso nº 1062/2014 Ponente: Miguel Angel Luelmo Millán Pierde la IT por recoger un burofax en mitad del plazo
Más detallesTribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 May. 2010, rec. 3611/2009 EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR CAUSAS OBJETIVAS.
Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 May. 2010, rec. 3611/2009 EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR CAUSAS OBJETIVAS. DESPIDO PROCEDENTE. Indemnización. Valor liberatorio del cheque
Más detallesÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 2 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 3 FALLO... 5
EDJ 2012/65454 Tribunal Supremo Sala 4ª, S 2-4-2012, rec. 2951/2011 Pte: Castro Fernández, Luis de Resumen Desestima el TS el rec. de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandado
Más detalles5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$
5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$(1(/(;3(',(17(1Ò0(52 En la ciudad de Sevilla, a 25 de mayo de 2007. Reunido el &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$, bajo la presidencia
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 4011/2016 - ECLI:ES:TS:2016:4011 Id Cendoj: 28079140012016100639 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 879/2015 Nº de Resolución: 706/2016 Procedimiento:
Más detallesRoj: STS 1389/ ECLI: ES:TS:2007:1389
Roj: STS 1389/2007 - ECLI: ES:TS:2007:1389 Id Cendoj: 28079140012007100149 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 08/02/2007 Nº de Recurso: 4429/2005 Nº de Resolución:
Más detallesTexto ANTECEDENTES DE HECHO
Página 1 de 7 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 4 Ene. 2007, rec. 81/2004 Ponente: Maurandi Guillén, Nicolás Antonio. Nº de recurso: 81/2004 Jurisdicción:
Más detallesRoj: STS 4611/ ECLI: ES:TS:2016:4611
Roj: STS 4611/2016 - ECLI: ES:TS:2016:4611 Id Cendoj: 28079140012016100751 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 03/10/2016 Nº de Recurso: 3449/2014 Nº de Resolución:
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 17 de octubre de 2013 Sala de lo Social Rec. n.º 3076/2012 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Reclamación de cantidad. Teniendo en cuenta que el debate sobre cuál debe ser el salario
Más detallesLa separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando. existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal
La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal a estos efectos La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 5 de noviembre de 2013 Sala de lo Social Rec. n.º 761/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Proceso de Seguridad Social. Acumulación de acciones.
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 18 de febrero de 2014 Sala de lo Social Rec. n.º 1099/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: RETA. Pensión de jubilación. Trabajadores que
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPREMO Sentencia de 6 de abril de 2015 Sala de lo Social Rec. n.º 175/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Gran invalidez. Cálculo del complemento destinado
Más detallesCONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA
Lección 2 Concepto y clases de competencia.- Competencia objetiva y determinación del procedimiento.- La competencia objetiva: por razón de la materia y por razón de la cuantía; determinación del valor.-
Más detallesÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 3 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 4 FALLO... 5
EDJ 2002/37369 Tribunal Supremo Sala 4ª, S 17-9-2002, rec. 4255/2001 Pte: Desdentado Bonete, Aurelio Resumen Desestima el TS el rec. de casación para la unificación de doctrina interpuesto por los demandantes
Más detallesSENTENCIA. Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido D. Ángel Jesús, representado por el Letrado D. SALVADOR RUIZ MENACHO.
Recurso núm. 4372/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Benigno Varela Autrán SENTENCIA En la Villa de Madrid, a diecisiete de Mayo de dos mil seis. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Id Cendoj: 28079140012006100642 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 196 / 2005 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: AURELIO DESDENTADO BONETE
Más detallesSentencia T.S. (Sala 4) de 22 de julio de 2010
INDICE Sentencia T.S. 22-VII-10: ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. IMPRUDENCIA DEL TRABAJADOR Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos Página
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E
ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...
Más detallesCentro de Documentación Judicial
Id Cendoj: 28079140012010100596 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4314/2009 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: JESUS SOUTO PRIETO Tipo de
Más detallesPRIMERO.- Según consta en autos se presentó demanda en materia de Seguridad Social por Dª frente al INSS y a la TGSS.
En Santander, a 10 de marzo del 2016. En el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y la TGSS contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Santander, ha sido nombrada ponente
Más detallesT R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social
T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social SENTENCIA: Presidente Excmo. Sr. D.: Jesús Gullón Rodríguez Fecha Sentencia: 03/10/2013 Recurso Num.: UNIFICACIÓN DOCTRINA 1678/2012 Fallo/Acuerdo: Sentencia
Más detallesRoj: STS 2818/ ECLI: ES:TS:2015:2818
Roj: STS 2818/2015 - ECLI: ES:TS:2015:2818 Id Cendoj: 28079140012015100329 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 25/05/2015 Nº de Recurso: 2873/2013 Nº de Resolución:
Más detallesRoj: STS 6526/ ECLI: ES:TS:2010:6526
Roj: STS 6526/2010 - ECLI: ES:TS:2010:6526 Id Cendoj: 28079140012010100745 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 09/11/2010 Nº de Recurso: 2527/2009 Nº de Resolución:
Más detalleswww.civil-mercantil.com
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 545/2014, de 1 de octubre de 2014 Sala de lo Civil Rec. n.º 2181/2012 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Precario. Inmueble adjudicado en subasta, constante certificación de la TGSS.
Más detalles4112 Boletín Oficial de Canarias núm. 36, miércoles 20 de marzo de 2002
4112 Boletín Oficial de Canarias núm. 36, miércoles 20 de marzo de 2002 RÉGIMEN ANTERIOR Relación de sujetos pasivos, obligados tributarios o representantes a notificar por el procedimiento de gestión
Más detallesA U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO
A U T O Nº 57/2005 Presidente D. JUAN JOSE GARCIA PEREZ Magistrados D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA D. JESUS SANTIAGO DELGADO CRUCES En Pamplona/Iruña, a 29 de marzo de 2005. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 2404/2013 Id Cendoj: 28079140012013100345 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 729/2012 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: FERNANDO
Más detallesTITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio
TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio CAPITULO I Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública Artículo 139. Principios
Más detallesEn la Villa de Madrid, a veintiséis de Diciembre de dos mil siete SENTENCIA
Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 26 Dic. 2007, rec. 4112/2006 INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. Base reguladora. Trabajadora que anteriormente a ser declarada en situación de incapacidad
Más detalleswww.asm-seguridad.com C/ Rayo, 12 (Edificio Santa María) 28904 GETAFE Madrid Tel: 91 696 69 44 (6 Líneas) Fax: 91 665 24 05
CONTRATA. PLUS DE PELIGROSIDAD: el plus de peligrosidad se reconoce a favor de los trabajadores que porten armas, por lo que no existe obligación de abono por la nueva concesionaria del servicio aunque
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
Roj: STS 6533/2010 - ECLI:ES:TS:2010:6533 Id Cendoj: 28079140012010100752 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 3600/2009 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL
Más detalleswww.civil-mercantil.com
TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 274/2015, de 28 de mayo de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 1703/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Contrato de mediación y asesoramiento en la compra de un paquete de inmuebles.
Más detallesSERVICIO PROVINCIAL OFICINA DELEGADA SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN POR LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES DATOS DEL TITULAR SOLICITANTE
IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE REGISTRO DE PRESENTACIÓN SERVICIO PROVINCIAL MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS OFICINA DELEGADA CÓDIGO DEL EXPEDIENTE REGISTRO DE ENTRADA EN MUFACE SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN
Más detallesSENTENCIA ANTECEDENTES DE HECHO
SENTENCIA En la Villa de Madrid, a cuatro de Diciembre de dos mil doce. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto
Más detallesTribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001. Texto
Página 1 de 5 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001 Ponente: Calvo Rojas, Eduardo. Nº de recurso: 4032/2001 Jurisdicción:
Más detalles