Lunes, 22 de mayo de 2017 N.º 0095
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- José Luis Martínez Venegas
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1 N.º 0095 SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS Oficinas: Ronda de San Francisco, 5 Edif. Julián Murillo Tel: bopcaceres@dip-caceres.es D.L.: CC Las inserciones en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres estarán sujetas a lo establecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la provincia de Cáceres (B.O.P. nº 182 de 21 de septiembre de 2016).
2 Sumario Sección I - Administración Local Provincia Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Cobranza en período voluntario. BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Subasta de bienes inmuebles - Exp BOP Municipio Ayuntamiento de Albalá Pliego condiciones Barra Bar Piscina Ayuntamiento de Alía Aprobación definitiva Ordenanza Administración Electrónica. Ayuntamiento de Benquerencia Cuenta General Ayuntamiento de Cáceres Licitación del servicio de Asistencia en la redacción proyecto de las obras del Plan de Barrios. Ayuntamiento de Hernán Pérez Acuerdo definitivo aprobatorio de las Ordenanzas Fiscales. BOP BOP BOP BOP BOP
3 Acuerdo definitivo aprobatorio imposición Ordenanza Reguladora de Administración Electrónica. Ayuntamiento de Higuera Dedicación parcial Alcaldía Aprobacion inicial, Modificacion de Creditos 1/2017 Ayuntamiento de Holguera Ordenanza Administración Electrónica. Cuenta General 2016 Reglamento de Uso y Funcionamiento del Gimnasio Municipal Ayuntamiento de La Aldea del Obispo Licitación arrendamiento Bar Piscina Municipal Ayuntamiento de Logrosán Licitación arrendamiento bar-restaurante y anejos (terraza interior y exterior) de la Piscina Municipal. Ayuntamiento de Montehermoso Delegación de funciones de Alcaldía. Ayuntamiento de Piedras Albas Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos entre aplicaciones de gasto de distinta áreas de gasto. Aprobación inicial de la Ordenanza Municipal Reguladora de tenencia animales de compañía y potencialmente peligrosos. Ayuntamiento de Plasencia Lista provisional admitidos y excluidos 1 Técnico Administración General. Lista provisional admitidos y excluidos 1 Administrativo. Lista provisional admitidos y excluidos 1 Técnico Ciudades Saludables Ayuntamiento de Romangordo Aprobación definitiva Expte. de Modificación de Crédito Nº 1/2017. Expte. modificación de salo inicial de derechos reconocidos. BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP BOP
4 Ayuntamiento de Serrejón Cuenta General del Presupuesto Ayuntamiento de Toril Aprobación provisional imposición Ordenanza fiscal reguladora de Tasa por los Servicios de Préstamo de Bicicletas. Ayuntamiento de Torre de Santa María Cuenta General de Ayuntamiento de Zarza de Granadilla Contratación instalaciones de la piscina municipal Ayuntamiento de Zarza la Mayor Aprobación definitiva del Presupuesto de BOP BOP BOP BOP BOP Mancomunidades Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro Exposición al público de la Cuenta General Aprobación inicial del Presupuesto BOP BOP BOP Sección III - Administración del Estado Confederaciónes Hidrográficas Confederación Hidrográfica del Tajo Extinción de un aprovechamiento de aguas - Ref. E- 0035/2017 Extinción de un aprovechamiento de aguas - Ref. E- 0037/2017 Extinción de un aprovechamiento de aguas - Ref. E- 0046/2017 Extinción de un aprovechamiento de aguas - Ref. E- BOP BOP BOP BOP
5 0051/2016 Extinción de un aprovechamiento de aguas - Ref. E- 0072/2016 BOP Delegaciones de Gobierno Delegación del Gobierno en Extremadura Información pública del Estudio de Impacto Ambiental y Proyecto de Ejecución de repotenciación línea eléctrica aérea 400 Kv Aldeadávila-Arañuelo, Hinojosa-Almaraz y Aldeadávila-Hinojosa. BOP Ministerio de Empleo y Seguridad Social Servicio Público de Empleo Estatal Resolución Concesión Ayuda Prepara Abril-2017 BOP
6 Sección I - Administración Local Provincia Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres ANUNCIO. Subasta de bienes inmuebles - Exp EL ORGANISMO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁCERES, EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS POR LAS ENTIDADES ACREEDORAS RESPECTIVAS, PROCEDE A NOTIFICAR MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO, EL ACUERDO DE SUBASTA DICTADO POR EL TESORERO EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE APREMIO QUE SE SIGUEN CONTRA LOS DEUDORES A LA HACIENDA PÚBLICA QUE SE INDICARÁN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores que se dirán y de todas las otras personas a quien interese que en los expedientes administrativos de apremio que también se relacionarán, el Tesorero ha dictado acuerdo de venta en pública subasta de los bienes embargados, observándose en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 103 y 104 del citado Reglamento. La celebración de la subasta tendrá lugar en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n de Cáceres, el día 28 de Junio de 2017, a las 10,30 horas. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente Edicto convocando licitadores, y advirtiéndose a cuantos deseen tomar parte en la subasta lo siguiente: 1.- Los bienes embargados a enajenar son los que al final se relacionarán. 2.- Los licitadores deberán tener capacidad de obrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningún supuesto de impedimento legal. Asimismo, deberán identificarse por medio de DNI y justificar, en su caso, la representación que tenga. 3.- Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será como mínimo del 20 por ciento del tipo de los bienes que desearen licitar, y serán devueltos a los no rematantes, reteniendo únicamente los correspondientes a los adjudicatarios, a quienes se prevendrá de que estos depósitos se ingresarán en firme en la CVE: BOP Pág. 7632
7 cuenta del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria en el caso de que los adjudicatarios no satisfagan el precio del remate en el acto o dentro del reglamentario plazo previsto a estos efectos, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación. 4.- La subasta se suspenderá, en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se efectúa el pago de la cuantía establecida en el artículo de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria (importe de la deuda no ingresada, intereses, recargos y costas). 5.- El rematante deberá entregar en el acto de adjudicación de bienes o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación. 6.- Se admitirán ofertas en sobre cerrado hasta una hora antes del inicio de la subasta. Dichas ofertas, deberán ser registradas en el Registro General de este Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, tendrán el carácter de máximas y deberán ir acompañadas de cheque conformado extendido a favor del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria por el importe del depósito. El licitador deberá indicar nombre y apellidos o razón social o denominación completa nº NIF y domicilio. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de los bienes. 7.- En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas. 8.- La devolución a los licitadores no adjudicatarios, que efectuaron su oferta en sobre cerrado, se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el depositante indique. 9.- Los tramos a que deberán ajustarse las posturas serán las que para cada caso se indicará. Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que, en su caso, se hayan aportado al expediente o las certificaciones supletorias que consten, no teniendo derecho a exigir otros. Dichos títulos podrán ser examinados en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n, Cáceres, hasta el día anterior al de celebración de la subasta, en horario de 9:00 a 13:30 horas y de lunes a viernes. En el supuesto de que no estuvieran inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título bastante mediante el cual se puede efectuar la inmatriculación en los plazos previstos en el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y en todos aquellos casos en que sea necesario se habrá de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de la mencionada Ley. CVE: BOP Pág. 7633
8 10.- Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo, quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio de remate En el caso de que no se enajenara la totalidad o parte de los bienes en primera licitación, la Mesa podrá acordar una segunda licitación, o la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación En caso de existir derechos de tanteo y retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta que se dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos en los respectivos derechos de adquisición preferente. ADVERTENCIAS Los posibles acreedores hipotecarios, desconocidos, y el cónyuge, si fuera el caso, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal, con la publicación del presente anuncio, así como también los otros interesados en el expediente. La notificación personal al deudor se entenderá efectuada a todos los efectos legales, por medio de la publicación del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación. Quedando advertido que contra la anterior providencia podrá interponer recurso de reposición ante el Tesorero en el plazo de un mes, a contar del día de la publicación del presente edicto en el Boletín oficial de la Provincia, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación. En todo lo no previsto en el presente edicto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto y confieran algún derecho a favor de terceros. Se advierte, según lo dispuesto en el artículo e) del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación que si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, el depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate. Entidad Acreedora: ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTION TRIBUTARIA Lugar de pago: Entidades financieras colaboradoras. CVE: BOP Pág. 7634
9 Expediente: Deudor: JOAQUINA DE LA CRUZ MORATO- DNI/NIF: Z Concepto: IVTM, TASAS Y PP y EJECUTIVA JUNTA DE EXTREMADURA Importe total del Débito: ,23 uros RELACIÓN DE BIENES A ENAJENAR URBANA: EDIFICIO, con situación en Cl/ Miguel Hernández, nº 12, del municipio de ARROYO DE LA LUZ. Descripción: Consta de planta baja y primera, ambas destinadas a hostelería de dos pisos.superficie: Tiene una superficie de solar de ciento treinta y cuatro (134,00 m2). La planta baja ocupa una superficie construida de ciento diecinueve metros cuadrados (119,00 m2), distribuidos en bar, cocina y servicios y la planta primera ocupa una superficie construida de ciento treinta y cuatro metros cuadrados, cincuenta y dos decímetros cuadrados (134,52 m2) y útil de ciento diecisiete metros, treinta y cuatro decímetros cuadrados (117,34 m2). El resto de la superficie del solar no ocupado por la edificación se destina a patio, ubicado en la parte posterior. Linderos: Frente, calle de su situación. Derecha entrando, con herederos de Ángel Peguero Parrilla. Izquierda, con herederos de Francisco Parrilla García. Fondo, con herederos de Pablo Terrón Fondón. Efectuada anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad nº 2 de Cáceres, al folio 203 del Libro 293, Tomo general del archivo, finca registral nº DE ARROYO DE LA LUZ, anotación letra E. Derechos del deudor sobre los inmuebles embargados: 50% del pleno dominio, con carácter privativo, por título de herencia y obra nueva y 1/6 en usufructo con carácter privativo, por título de herencia y obra nueva. Referencia catastral: QD0773S0001GF Cargas subsistentes sobre la totalidad del bien: Hipoteca a favor del Banco de Sabadell por importe de ,10. CVE: BOP Pág. 7635
10 Cargas subsistentes correspondientes a la deudora: Hipoteca a favor del Banco de Sabadell por importe de ,05. Valoración de la totalidad del bien: ,28. Valoración de los derechos correspondientes a la deudora: ,64 Tipo de subasta en primera Licitación: ,23. Tramos: 120,00. Día de la celebración de la subasta, 28 de Junio de 2017, a las 10,30 horas. Cáceres, 8 de mayo de 2017 Andrés López Sánchez TESORERO CVE: BOP Pág. 7636
11 Sección I - Administración Local Provincia Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres ANUNCIO. Subasta de bienes inmuebles - Exp EL ORGANISMO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁCERES, EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS POR LAS ENTIDADES ACREEDORAS RESPECTIVAS, PROCEDE A NOTIFICAR MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO, EL ACUERDO DE SUBASTA DICTADO POR EL TESORERO EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE APREMIO QUE SE SIGUEN CONTRA LOS DEUDORES A LA HACIENDA PÚBLICA QUE SE INDICARÁN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores que se dirán y de todas las otras personas a quien interese que en los expedientes administrativos de apremio que también se relacionarán, el Tesorero ha dictado acuerdo de venta en pública subasta de los bienes embargados, observándose en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 103 y 104 del citado Reglamento. La celebración de la subasta tendrá lugar en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n de Cáceres, el día 28 de Junio de 2017, a las 10,00 horas. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente Edicto convocando licitadores, y advirtiéndose a cuantos deseen tomar parte en la subasta lo siguiente: 1.- Los bienes embargados a enajenar son los que al final se relacionarán. 2.- Los licitadores deberán tener capacidad de obrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningún supuesto de impedimento legal. Asimismo, deberán identificarse por medio de DNI y justificar, en su caso, la representación que tenga. 3.- Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será como mínimo del 20 por ciento del tipo de los bienes que desearen licitar, y serán devueltos a los no rematantes, reteniendo únicamente los correspondientes a los adjudicatarios, a quienes se prevendrá de que estos depósitos se ingresarán en firme en la CVE: BOP Pág. 7637
12 cuenta del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria en el caso de que los adjudicatarios no satisfagan el precio del remate en el acto o dentro del reglamentario plazo previsto a estos efectos, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación. 4.- La subasta se suspenderá, en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se efectúa el pago de la cuantía establecida en el artículo de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria (importe de la deuda no ingresada, intereses, recargos y costas). 5.- El rematante deberá entregar en el acto de adjudicación de bienes o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación. 6.- Se admitirán ofertas en sobre cerrado hasta una hora antes del inicio de la subasta. Dichas ofertas, deberán ser registradas en el Registro General de este Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, tendrán el carácter de máximas y deberán ir acompañadas de cheque conformado extendido a favor del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria por el importe del depósito. El licitador deberá indicar nombre y apellidos o razón social o denominación completa nº NIF y domicilio. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de los bienes. 7.- En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas. 8.- La devolución a los licitadores no adjudicatarios, que efectuaron su oferta en sobre cerrado, se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el depositante indique. 9.- Los tramos a que deberán ajustarse las posturas serán las que para cada caso se indicará. Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que, en su caso, se hayan aportado al expediente o las certificaciones supletorias que consten, no teniendo derecho a exigir otros. Dichos títulos podrán ser examinados en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n, Cáceres, hasta el día anterior al de celebración de la subasta, en horario de 9:00 a 13:30 horas y de lunes a viernes. En el supuesto de que no estuvieran inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título bastante mediante el cual se puede efectuar la inmatriculación en los plazos previstos en el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y en todos aquellos casos en que sea necesario se habrá de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de la mencionada Ley. CVE: BOP Pág. 7638
13 10.- Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo, quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio de remate En el caso de que no se enajenara la totalidad o parte de los bienes en primera licitación, la Mesa podrá acordar una segunda licitación, o la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación En caso de existir derechos de tanteo y retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta que se dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos en los respectivos derechos de adquisición preferente. ADVERTENCIAS Los posibles acreedores hipotecarios, desconocidos, y el cónyuge, si fuera el caso, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal, con la publicación del presente anuncio, así como también los otros interesados en el expediente. La notificación personal al deudor se entenderá efectuada a todos los efectos legales, por medio de la publicación del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación. Quedando advertido que contra la anterior providencia podrá interponer recurso de reposición ante el Tesorero en el plazo de un mes, a contar del día de la publicación del presente edicto en el Boletín oficial de la Provincia, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación. En todo lo no previsto en el presente edicto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto y confieran algún derecho a favor de terceros. Se advierte, según lo dispuesto en el artículo e) del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación que si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, el depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate. Entidad Acreedora: ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTION TRIBUTARIA Lugar de pago: Entidades financieras colaboradoras. CVE: BOP Pág. 7639
14 Expediente: Deudor: JOSÉ Mª GÓMEZ GÓMEZ - DNI/NIF: G Concepto: IBI URBANA, MULTAS DE TRÁFICO, IVTM y EJECUTIVA JUNTA DE EXTREMADURA Importe total del Débito: ,23 uros RELACIÓN DE BIENES A ENAJENAR RÚSTICA: Finca rústica familiar EL RAMONGIL-1ª Fase, señalada con el número DOS, Polígono 55 Parcela 34, en término de CÁCERES. Descripción: De pastos y labor, tiene forma rectangular. Superficie: Ocupa una superficie de cinco hectáreas, veintidós áreas y diez centiáreas. Linderos: Norte, con la parcela que se señala con el número TRES. Sur, la parcela segregada y señalada con el número UNO. Este, con Cordel de Merinas. Oeste, con resto de finca matriz de la que se segrega. Efectuada anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad de Cáceres 1, al tomo del archivo, libro 940, folio 17, finca registral del Ayuntamiento de CÁCERES, Anotación letra B. Derechos del deudor sobre los inmuebles embargados: 100% del pleno dominio con carácter privativo. Referencia catastral: 10900A MB. Dentro de esta parcela se encuentran tres construcciones con las siguientes Referencias Catastrales: A QZ A WX A EM Cargas subsistentes: Embargo a favor de Tesorería General de la Seguridad Social por importe CVE: BOP Pág. 7640
15 de 9.687,15. Valoración del bien: ,86. Tipo de subasta en Primera Licitación: ,71. Tramos: 120,00. Día de la celebración de la subasta, 28 de Junio de 2017, a las 10,00 horas. Cáceres, 8 de mayo de 2017 Andrés López Sánchez TESORERO CVE: BOP Pág. 7641
16 Sección I - Administración Local Provincia Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres ANUNCIO. Subasta de bienes inmuebles - Exp EL ORGANISMO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁCERES, EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS POR LAS ENTIDADES ACREEDORAS RESPECTIVAS, PROCEDE A NOTIFICAR MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO, EL ACUERDO DE SUBASTA DICTADO POR EL TESORERO EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE APREMIO QUE SE SIGUEN CONTRA LOS DEUDORES A LA HACIENDA PÚBLICA QUE SE INDICARÁN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores que se dirán y de todas las otras personas a quien interese que en los expedientes administrativos de apremio que también se relacionarán, el Tesorero ha dictado acuerdo de venta en pública subasta de los bienes embargados, observándose en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 103 y 104 del citado Reglamento. La celebración de la subasta tendrá lugar en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n de Cáceres, el día 28 de Junio de 2017, a las 11,00 horas. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente Edicto convocando licitadores, y advirtiéndose a cuantos deseen tomar parte en la subasta lo siguiente: 1.- Los bienes embargados a enajenar son los que al final se relacionarán. 2.- Los licitadores deberán tener capacidad de obrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningún supuesto de impedimento legal. Asimismo, deberán identificarse por medio de DNI y justificar, en su caso, la representación que tenga. 3.- Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será como mínimo del 20 por ciento del tipo de los bienes que desearen licitar, y serán devueltos a los no rematantes, reteniendo únicamente los correspondientes a los adjudicatarios, a quienes se prevendrá de que estos depósitos se ingresarán en firme en la CVE: BOP Pág. 7642
17 cuenta del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria en el caso de que los adjudicatarios no satisfagan el precio del remate en el acto o dentro del reglamentario plazo previsto a estos efectos, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación. 4.- La subasta se suspenderá, en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se efectúa el pago de la cuantía establecida en el artículo de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria (importe de la deuda no ingresada, intereses, recargos y costas). 5.- El rematante deberá entregar en el acto de adjudicación de bienes o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación. 6.- Se admitirán ofertas en sobre cerrado hasta una hora antes del inicio de la subasta. Dichas ofertas, deberán ser registradas en el Registro General de este Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, tendrán el carácter de máximas y deberán ir acompañadas de cheque conformado extendido a favor del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria por el importe del depósito. El licitador deberá indicar nombre y apellidos o razón social o denominación completa nº NIF y domicilio. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de los bienes. 7.- En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas. 8.- La devolución a los licitadores no adjudicatarios, que efectuaron su oferta en sobre cerrado, se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el depositante indique. 9.- Los tramos a que deberán ajustarse las posturas serán las que para cada caso se indicará. Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que, en su caso, se hayan aportado al expediente o las certificaciones supletorias que consten, no teniendo derecho a exigir otros. Dichos títulos podrán ser examinados en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n, Cáceres, hasta el día anterior al de celebración de la subasta, en horario de 9:00 a 13:30 horas y de lunes a viernes. En el supuesto de que no estuvieran inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título bastante mediante el cual se puede efectuar la inmatriculación en los plazos previstos en el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y en todos aquellos casos en que sea necesario se habrá de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de la mencionada Ley. CVE: BOP Pág. 7643
18 10.- Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo, quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio de remate En el caso de que no se enajenara la totalidad o parte de los bienes en primera licitación, la Mesa podrá acordar una segunda licitación, o la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación En caso de existir derechos de tanteo y retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta que se dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos en los respectivos derechos de adquisición preferente. ADVERTENCIAS Los posibles acreedores hipotecarios, desconocidos, y el cónyuge, si fuera el caso, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal, con la publicación del presente anuncio, así como también los otros interesados en el expediente. La notificación personal al deudor se entenderá efectuada a todos los efectos legales, por medio de la publicación del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación. Quedando advertido que contra la anterior providencia podrá interponer recurso de reposición ante el Tesorero en el plazo de un mes, a contar del día de la publicación del presente edicto en el Boletín oficial de la Provincia, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación. En todo lo no previsto en el presente edicto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto y confieran algún derecho a favor de terceros. Se advierte, según lo dispuesto en el artículo e) del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación que si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, el depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate. Entidad Acreedora: ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTION TRIBUTARIA Lugar de pago: Entidades financieras colaboradoras. CVE: BOP Pág. 7644
19 Expediente: Deudor: MONTSERRAT CÁCERES VAQUERO- DNI/NIF: V Concepto: IBI URBANA, IVTM, TASAS Y PP y EJECUTIVA JUNTA DE EXTREMADURA Importe total del Débito: ,53 uros RELACIÓN DE BIENES A ENAJENAR Finca URBANA, VIVIENDA en planta Baja, con situación en Cl/ Doña Engracia de Monroy, nº 8, Planta Baja, del municipio de PLASENCIA. Descripción: Distribuida en pasillo, tres dormitorios, cocina, comedor y cuarto de aseo Superficies: Útil de sesenta y tres metros cuadrados (63,00 m2). Linderos: Frente, calle de su situación. Derecha, según su entrada principal, con la vivienda número tres de esta planta. Izquierda, edificio de Doña Benicia Arsenia Gil. Fondo, otro de Don Antonio Justo Rodríguez, Don José Sánchez y otros Efectuada anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad de Plasencia, en el Tomo 1.834, Libro 756, Folio 127, vuelto, Finca Registral número de PLASENCIA, anotación letra C). Ref. Catastral: QE4385H0002TA Derechos del deudor: Una cuarta parte indivisa del Pleno Dominio por Título de herencia. Cargas subsistentes: Esta cuarta parte indivisa está libre de cargas. Valoración de la totalidad del inmueble: ,36 Valoración de los derechos del deudor: ,09 Tipo de subasta: ,09. Tramos: 120,00. Día de la celebración de la subasta, 28 de Junio de 2017, a las 11,00 horas. CVE: BOP Pág. 7645
20 Cáceres, 11 de mayo de 2017 Andrés López Sánchez TESORERO CVE: BOP Pág. 7646
21 Sección I - Administración Local Provincia Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres EDICTO. Cobranza en período voluntario. Se pone en conocimiento de los contribuyentes y público en general que los recibos correspondientes a los Municipios, Conceptos y Ejercicios que se especifican, están puestos al cobro hasta el día 20 de JULIO de 2017, en período voluntario. Concepto: I.B.I. URBANA Ejercicio: 2017 Municipio: Abadía, Abertura, Acebo, Acehuche, Aceituna, Ahigal, Alagón del Río, Albalá, Alcántara, Alcollarín, Alcuéscar, Aldeacentenera, Aldea del Cano, Aldea del Obispo, Aldeanueva de la Vera, Aldeanueva del Camino, Aldehuela del Jerte, Alía, Aliseda, Almaraz, Almoharín, Arroyo de la Luz, Arroyomolinos de la Vera, Arroyomolinos, Baños de Montemayor, Barrado, Belvis de Monroy, Benquerencia, Berrocalejo, Berzocana, Bohonal de Ibor, Botija, Brozas, Cabañas del Castillo, Cabezabellosa, Cabezuela del Valle, Cabrero, Cáceres, Cachorrilla, Cadalso, Calzadilla, Caminomorisco, Campillo de Deleitosa, Campo Lugar, Cañamero, Cañaveral, Carbajo, Carcaboso, Carrascalejo, Casar de Cáceres, Casar de Palomero, Casares de las Hurdes, Casas de don Antonio, Casas de don Gómez, Casas del Castañar, Casas del Monte, Casas de Millán, Casas de Miravete, Casatejada, Casillas de Coria, Castañar de Ibor, Ceclavín, Cedillo, Cerezo, Cilleros, Collado, Conquista de la Sierra, Coria, Cuacos de Yuste, La Cumbre, Deleitosa, Descargamaría, Eljas, Escurial, Fresnedoso de Ibor, Galisteo, Garciaz, La Garganta, Garganta la Olla, Gargantilla, Gargüera, Garrovillas, Garvín, Gata, El Gordo, La Granja, Guadalupe, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Guijo de Granadilla, Guijo de Santa Bárbara, Herguijuela, Hernán-Pérez, Herrera de Alcántara, Herreruela, Hervás, Higuera, Hinojal, Holguera, Hoyos, Huelaga, Ibahernando, Jaraicejo, Jaraiz de la Vera, Jarandilla de la Vera, Jarilla, Jerte, Ladrillar, Logrosán, Losar de la Vera, Madrigal de la Vera, Madrigalejo, Madroñera, Majadas, Malpartida de Cáceres, Malpartida de Plasencia, Marchagaz, Mata de Alcántara, Membrio, Mesas de Ibor, Miajadas, Millanes, Mirabel, Mohedas de Granadilla, Monroy, Montánchez, Montehermoso, Moraleja, Morcillo, Navaconcejo, Navalmoral de la Mata, Navalvillar de Ibor, Navas del Madroño, Navezuelas, Nuñomoral, Oliva de Plasencia, Palomero, Pasarón de la Vera, Pedroso de Acím, Peraleda de la Mata, Peraleda de San Román, Perales del Puerto, Pescueza, La Pesga, Piedras Albas, Pinofranqueado, CVE: BOP Pág. 7647
22 Piornal, Plasencia, Plasenzuela, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Pueblonuevo de Miramontes, Puerto de Santa Cruz, Rebollar, Riolobos, Robledillo de Gata, Robledillo de la Vera, Robledillo de Trujillo, Robledollano, Romangordo, Rosalejo, Ruanes, Salorino, Salvatierra de Santiago, San Martín de Trevejo, Santa Ana, Santa Cruz de la Sierra, Santa Cruz de Paniagua, Santa Marta de Magasca, Santiago de Alcántara, Santiago del Campo, Santibáñez el Alto, Santibáñez el Bajo, Saucedilla, Segura de Toro, Serradilla, Serrejón, Sierra de Fuentes, Talaván, Talaveruela, Talayuela, Tejeda de Tiétar, Tiétar, Toril, Tornavacas, El Torno, Torrecilla de los Ángeles, Torrecillas de la Tiesa, Torre de don Miguel, Torre de Santa María, Torrejoncillo, Torrejón el Rubio, Torremenga, Torremocha, Torreorgaz, Torrequemada, Trujillo, Valdastillas, Valdecañas de Tajo, Valdefuentes, Valdehúncar, Valdelacasa de Tajo, Valdemorales, Valdeobispo, Valencia de Alcántara, Valverde de la Vera, Valverde del Fresno, Vegaviana, Viandar de la Vera, Villa del Campo, Villa del Rey, Villamesias, Villamiel, Villanueva de la Sierra, Villanueva de la Vera, Villar del Pedroso, Villar de Plasencia, Villasbuenas de Gata, Zarza de Granadilla, Zarza de Montánchez, Zarza la Mayor, Zorita. Concepto: I.B.I. RÚSTICA Ejercicio: 2017 Municipio: Abadía, Abertura, Acebo, Acehuche, Aceituna, Ahigal, Alagón del Río, Albalá, Alcántara, Alcollarín, Alcuéscar, Aldeacentenera, Aldea del Cano, Aldea del Obispo, Aldeanueva de la Vera, Aldeanueva del Camino, Aldehuela del Jerte, Alía, Aliseda, Almaraz, Almoharín, Arroyo de la Luz, Arroyomolinos de la Vera, Arroyomolinos, Baños de Montemayor, Barrado, Belvis de Monroy, Benquerencia, Berrocalejo, Berzocana, Bohonal de Ibor, Botija, Brozas, Cabañas del Castillo, Cabezabellosa, Cabezuela del Valle, Cabrero, Cáceres, Cachorrilla, Cadalso, Calzadilla, Caminomorisco, Campillo de Deleitosa, Campo Lugar, Cañamero, Cañaveral, Carbajo, Carcaboso, Carrascalejo, Casar de Cáceres, Casar de Palomero, Casares de las Hurdes, Casas de don Antonio, Casas de don Gómez, Casas del Castañar, Casas del Monte, Casas de Millán, Casas de Miravete, Casatejada, Casillas de Coria, Castañar de Ibor, Ceclavín, Cedillo, Cerezo, Cilleros, Collado, Conquista de la Sierra, Coria, Cuacos de Yuste, La Cumbre, Deleitosa, Descargamaría, Eljas, Escurial, Fresnedoso de Ibor, Galisteo, Garciaz, La Garganta, Garganta la Olla, Gargantilla, Gargüera, Garrovillas, Garvín, Gata, El Gordo, La Granja, Guadalupe, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Guijo de Granadilla, Guijo de Santa Bárbara, Herguijuela, Hernán-Pérez, Herrera de Alcántara, Herreruela, Hervás, Higuera, Hinojal, Holguera, Hoyos, Huelaga, Ibahernando, Jaraicejo, Jaraiz de la Vera, Jarandilla de la Vera, Jarilla, Jerte, Ladrillar, Logrosán, Losar de la Vera, Madrigal de la Vera, Madrigalejo, Madroñera, Majadas, Malpartida de Cáceres, Malpartida de Plasencia, Marchagaz, Mata de Alcántara, Membrio, Mesas de Ibor, Miajadas, Millanes, Mirabel, Mohedas de Granadilla, Monroy, Montánchez, Montehermoso, Moraleja, Morcillo, Navaconcejo, Navalmoral de la Mata, Navalvillar de Ibor, Navas del Madroño, Navezuelas, Nuñomoral, Oliva CVE: BOP Pág. 7648
23 de Plasencia, Palomero, Pasarón de la Vera, Pedroso de Acím, Peraleda de la Mata, Peraleda de San Román, Perales del Puerto, Pescueza, La Pesga, Piedras Albas, Pinofranqueado, Piornal, Plasencia, Plasenzuela, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Pueblonuevo de Miramontes, Puerto de Santa Cruz, Rebollar, Riolobos, Robledillo de Gata, Robledillo de la Vera, Robledillo de Trujillo, Robledollano, Romangordo, Rosalejo, Ruanes, Salorino, Salvatierra de Santiago, San Martín de Trevejo, Santa Ana, Santa Cruz de la Sierra, Santa Cruz de Paniagua, Santa Marta de Magasca, Santiago de Alcántara, Santiago del Campo, Santibáñez el Alto, Santibáñez el Bajo, Saucedilla, Segura de Toro, Serradilla, Serrejón, Sierra de Fuentes, Talaván, Talaveruela, Talayuela, Tejeda de Tiétar, Tiétar, Toril, Tornavacas, El Torno, Torrecilla de los Ángeles, Torrecillas de la Tiesa, Torre de don Miguel, Torre de Santa María, Torrejoncillo, Torrejón el Rubio, Torremenga, Torremocha, Torreorgaz, Torrequemada, Trujillo, Valdastillas, Valdecañas de Tajo, Valdefuentes, Valdehúncar, Valdelacasa de Tajo, Valdemorales, Valdeobispo, Valencia de Alcántara, Valverde de la Vera, Valverde del Fresno, Vegaviana, Viandar de la Vera, Villa del Campo, Villa del Rey, Villamesias, Villamiel, Villanueva de la Sierra, Villanueva de la Vera, Villar del Pedroso, Villar de Plasencia, Villasbuenas de Gata, Zarza de Granadilla, Zarza de Montánchez, Zarza la Mayor, Zorita. Concepto: I.B.I. DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES Ejercicio: 2017 Municipio: Abertura, Acehuche, Aceituna, Ahigal, Alcántara, Alcuéscar, Aldeacentenera, Alía, Almaraz, Arroyo de la Luz, Arroyomolinos de la Vera, Baños de Montemayor, Belvis de Monroy, Berrocalejo, Bohonal de Ibor, Brozas, Cabañas del Castillo, Cabezabellosa, Cáceres, Cachorrilla, Calzadilla, Caminomorisco, Campo Lugar, Cañamero, Cañaveral, Carbajo, Carrascalejo, Casar de Cáceres, Casar de Palomero, Casares de las Hurdes, Casas del Castañar, Casas de Millán, Casas de Miravete, Casatejada, Casillas de Coria, Ceclavín, Cedillo, Coria, La Cumbre, Deleitosa, Galisteo, La Garganta, Garganta la Olla, Garrovillas de Alconetar, Gata, El Gordo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Guijo de Granadilla, Herrera de Alcántara, Hervás, Hinojal, Ibahernando, Jaraicejo, Jaraiz de la Vera, Logrosán, Losar de la Vera, Madrigal de la Vera, Madrigalejo, Madroñera, Majadas, Malpartida de Cáceres, Malpartida de Plasencia, Membrio, Mesas de Ibor, Mirabel, Mohedas de Granadilla, Monroy, Montehermoso, Moraleja, Navalmoral de la Mata, Navezuelas, Peraleda de la Mata, Peraleda de San Román, Pescueza, La Pesga, Portaje, Portezuelo, Riolobos, Robledillo de Trujillo, Robledollano, Romangordo, Rosalejo, Salorino, Santa Marta de Magasca, Santiago de Alcántara, Santiago del Campo, Santibáñez el Alto, Santibáñez el Bajo, Saucedilla, Serradilla, Serrejón, Talaván, Talaveruela, Talayuela, Tejeda de Tiétar, Toril, El Torno, Torrejón el Rubio, Torremocha, Torrequemada, Trujillo, Valdecañas de Tajo, Valdehúncar, Valdelacasa de Tajo, Valdeobispo, Valencia de Alcántara, Valverde de la Vera, Villamesias, Villanueva de la Vera, Villar del Pedroso, Villasbuenas de Gata, Zarza de Granadilla, Zarza de Montánchez, Zarza la CVE: BOP Pág. 7649
24 Mayor. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (VADOS). Ejercicio: Municipio: ALMOHARÍN. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: BAÑOS DE MONTEMAYOR. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: BELVÍS DE MONROY. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO). Ejercicio: Enero de Municipio: CÁCERES. Concepto: INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO (DERECHO DE SUPERFICIE). Ejercicio: Marzo de Municipio: CÁCERES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (MERCADO DE ABASTOS). Ejercicio: Marzo de Municipio: CÁCERES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (O.V.P. CON QUIOSCOS). Ejercicio: Marzo de Municipio: CÁCERES. Concepto: ARRENDAMIENTOS LOCALES (ARRENDAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES). Ejercicio: Marzo de Municipio: CÁCERES. Concepto: ARRENDAMIENTOS VIVIENDAS (ARRENDAMIENTOS URBANOS). Ejercicio: Marzo de Municipio: CÁCERES. CVE: BOP Pág. 7650
25 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (OCUPACIÓN DE LOCALES DE DOMINIO PÚBLICO). Ejercicio: Marzo de Municipio: CÁCERES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (PRESTACIÓN DE SERVICIO PROYECTO ALDEALAB). Ejercicio: Marzo de Municipio: CÁCERES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA). Ejercicio: Primer Cuatrimestre de Municipio: CAMPO LUGAR. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: CASARES DE LAS HURDES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: CASTAÑAR DE IBOR. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (TASA POR ASISTENCIA A ESCUELA DE MÚSICA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: CORIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (LICENCIA ANUAL DE CONTENEDORES DE ESCOMBROS). Ejercicio: Municipio: CORIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Tercer Cuatrimestre de Municipio: DELEITOSA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA, CANON C.A. EXTREMADURA Y ALTA O BAJA DE CONTADORES). CVE: BOP Pág. 7651
26 Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: FRESNEDOSO DE IBOR. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (VADOS). Ejercicio: Municipio: GARGANTILLA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: GARGÜERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Semestre de Municipio: EL GORDO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Ejercicio: Primer Semestre de Municipio: LA GRANJA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: LA GRANJA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Ejercicio: Primer Semestre de Municipio: HERRERUELA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Cuarto Trimestre de Municipio: JARAICEJO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Ejercicio: Primer Semestre de Municipio: JARAIZ DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). CVE: BOP Pág. 7652
27 Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: MAJADAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: MATA DE ALCÁNTARA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: MOHEDAS DE GRANADILLA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: NAVEZUELAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: LA PESGA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA, CUOTA MÍNIMA DE SERVICIO Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: PIEDRAS ALBAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA). Ejercicio: Abril de Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (SERVICIO DE GUARDERÍA). Ejercicio: Abril de Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CASETAS EN MERCADO DE ABASTOS). Ejercicio: Abril de Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ESCUELA MUNICIPAL DE COCINA). Ejercicio: Abril de CVE: BOP Pág. 7653
28 Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (O.V.P. CON PUESTOS DE MERCADILLO). Ejercicio: Abril de Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: PLASENZUELA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Tercer Trimestre de Municipio: SANTA CRUZ DE LA SIERRA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: SANTA MARTA DE MAGASCA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Municipio: SANTIBÁÑEZ EL ALTO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: TORNAVACAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: VILLAR DEL PEDROSO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: VEGAVIANA.. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). CVE: BOP Pág. 7654
29 Ejercicio: Primer Semestre de Municipio: VEGAVIANA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Primer Trimestre de Municipio: ZARZA DE GRANADILLA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Ejercicio: Primer Semestre de Entidad: MANCOMUNIDAD DEL VALLE DEL JERTE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CUOTAS DE COMUNIDAD DE REGANTES). Ejercicio: Entidad: COMUNIDAD DE REGANTES GARGANTA ALARDOS. Municipio: MADRIGAL DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CUOTAS DE COMUNIDAD DE REGANTES-2º PAGO DE LA ANUALIDAD) Ejercicio: Entidad: COMUNIDAD DE REGANTES EL TORNO. LUGAR DE INGRESO: Los contribuyentes podrán efectuar el pago de la deuda: A) A través de cualquier ENTIDAD FINANCIERA COLABORADORA. B) Mediante DOMICILIACIÓN BANCARIA. Si desea domiciliar el pago para periodos sucesivos, deberá solicitar los impresos correspondientes en cualquier Entidad Bancaria u oficinas del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. RECARGO DE APREMIO: Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 28 y 161 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria. Cáceres, 17 de mayo de 2017 Olga Arjona García GERENTE DEL O.A.R.G.T. CVE: BOP Pág. 7655
30 Sección I - Administración Local Provincia Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres ANUNCIO. Subasta de bienes inmuebles - Exp EL ORGANISMO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁCERES, EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS POR LAS ENTIDADES ACREEDORAS RESPECTIVAS, PROCEDE A NOTIFICAR MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO, EL ACUERDO DE SUBASTA DICTADO POR EL TESORERO EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE APREMIO QUE SE SIGUEN CONTRA LOS DEUDORES A LA HACIENDA PÚBLICA QUE SE INDICARÁN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores que se dirán y de todas las otras personas a quien interese que en los expedientes administrativos de apremio que también se relacionarán, el Tesorero ha dictado acuerdo de venta en pública subasta de los bienes embargados, observándose en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 103 y 104 del citado Reglamento. La celebración de la subasta tendrá lugar en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n de Cáceres, el día 28 de Junio de 2017, a las 12,30 horas. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente Edicto convocando licitadores, y advirtiéndose a cuantos deseen tomar parte en la subasta lo siguiente: 1.- Los bienes embargados a enajenar son los que al final se relacionarán. 2.- Los licitadores deberán tener capacidad de obrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningún supuesto de impedimento legal. Asimismo, deberán identificarse por medio de DNI y justificar, en su caso, la representación que tenga. 3.- Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será como mínimo del 20 por ciento del tipo de los bienes que desearen licitar, y serán devueltos a los no rematantes, reteniendo únicamente los correspondientes a los adjudicatarios, a quienes se prevendrá de que estos depósitos se ingresarán en firme en la CVE: BOP Pág. 7656
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