Abierto el acto por la Presidencia se trataron los asuntos relacionados anteriormente.

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1 ACTA DE LA SESIÓN EXTRAODINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 10 DE JULIO DE Alcalde-Presidente: D. Fernando Priego Chacón. Concejales: D. Guillermo González Cruz. Dª. Cristina Jiménez Lopera. D Francisco Casas Marín. D. José Luis Osuna Castro. Interventor de Fondos Acctal.: D. Francisco Espinosa Ramírez. Arquitecto Municipal: D. Antonio Moya Somolinos. Secretario: D. Antonio Bueno Sevilla. No asisten y excusan su asistencia: D. Juan Ramón Pérez Valenzuela. D. Manuel Alguacil Gan. D. Francisco Javier Ariza Campos. En la ciudad de Cabra, siendo las once horas y treinta minutos del día diez de julio de dos mil catorce, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, asistido de mí, el Secretario, se reunieron en esta Casa Consistorial los señores/as que al margen se expresan, a fin de celebrar sesión extraordinaria, en primera convocatoria, de la Junta de Gobierno Local, con el siguiente Orden del Día: 1º.- LICENCIAS URBANÍSTICAS. 2º.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL CON MOTIVO DE CELEBRACIÓN DE UNA JORNADA DE CONVIVENCIA CON CARÁCTER OCASIONAL 3º.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO PARA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULO. 4º.- PROPUESTA DE LA TENIENTE DE ALCALDÍA CONCEJAL-DELEGADA DE PROMOCIÓN LOCAL Y DESARROLLO ECONÓMICO SOBRE AYUDAS AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE APOYO A LAS PYMES º.- CUENTAS Y FACTURAS. Abierto el acto por la Presidencia se trataron los asuntos relacionados anteriormente. 1

2 1º.- LICENCIAS URBANÍSTICAS. Dentro de este particular se adoptan los acuerdos siguientes: Vista la solicitud formulada por D. Manuel Caballero Urbano, con registro de entrada nº , de fecha 21 de abril de 2014, expediente: GEX 4937/2014 para Licencia Municipal de obras para construcción de vivienda bifamiliar y sótano en Camino Barreros núm. 34 de esta ciudad. Visto informe jurídico favorable, así como el informe técnico, que es del siguiente tenor: INFORME TÉCNICO DE ARQUITECTO MUNICIPAL A ALCALDE Y CONCEJAL DE URBANISMO GEX Asunto: Licencia de obras de vivienda bifamiliar y sótano. Interesado: D. Manuel Caballero Urbano. Localización: Camino de los Barreros 34. El proyecto presentado es correcto desde el punto de vista documental y del contenido, cumpliendo el planeamiento urbanístico vigente. Informe favorable. Procede otorgar la licencia solicitada. Al tratarse de proyecto básico, este es hábil para la obtención de la licencia, pero no para comenzar las obras, para lo cual es preciso presentar ante el ayuntamiento el correspondiente proyecto de ejecución. La base imponible a efectos del ICIO es ,75 euros. Redactado el 25 de junio de Firmado electrónicamente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros; acuerda conceder la licencia solicitada. Vista la solicitud formulada por D. David Guardeño Ropero, con registro de entrada nº , de fecha 3 de abril de 2014, expediente: GEX 4401/2014 para Licencia Municipal de obras de demolición y construcción de vivienda unifamiliar, garaje y planta diáfana sita en Avda. de Andalucía núm. 39 de esta ciudad. Visto informe jurídico favorable, así como el informe técnico, que es del siguiente tenor: INFORME TÉCNICO DE ARQUITECTO MUNICIPAL A ALCALDE Y CONCEJAL DE URBANISMO GEX Asunto: Licencias de demolición de vivienda y de edificación de vivienda y garaje. Interesado: D. David Guardeño Ropero. Localización: Avenida de Andalucía 39. El proyecto presentado es correcto, cumpliendo el planeamiento vigente los dos proyectos presentados. Informe favorable a los dos proyectos, el de demolición y el de edificación. Sólo procede llevar a cabo la demolición por cuanto el de edificación es proyecto básico. Las bases imponibles de los respectivos impuestos de instalaciones, 2

3 construcciones y obras son, para la demolición 4.633,62 euros, y para la edificación de nueva planta ,95 euros. Redactado el 12 de junio de Firmado electrónicamente Fianza a efectos de gestión de RC y D La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros; acuerda conceder la licencia solicitada. Vista la solicitud formulada por D. Félix Ruiz Orgaz, con registro de entrada nº , de fecha 30 de abril de 2014, expediente: GEX 5524/2014 para Licencia Municipal de obras de reforma de cubierta de vivienda unifamiliar entre medianeras sita en calle Alejandro de Vida Hidalgo nº 8 de esta ciudad. Visto informe jurídico favorable, así como el informe técnico, que es del siguiente tenor: INFORME TÉCNICO DE ARQUITECTO MUNICIPAL A ALCALDE Y CONCEJAL DE URBANISMO GEX Asunto: Licencias de obras de reforma de cubierta de vivienda. Interesado: D. Félix Ruiz Orgaz. Localización: C/ Alejandro Vida Hidalgo 8. El proyecto es correcto documental y técnicamente, cumpliendo con el planeamiento vigente. Informe favorable. Procede otorgar la licencia solicitada. La base imponible a efectos del ICIO es ,98 euros. Redactado el 1 de julio de Firmado electrónicamente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros; acuerda conceder la licencia solicitada. Vista la solicitud formulada por D. Antonio Serrano Peña, con registro de entrada nº , de fecha 16 de mayo de 2014, expediente: GEX 6308/2014 para Licencia Municipal de obras de ampliación de vivienda unifamiliar en calle villa nº 37 de esta ciudad. Visto informe jurídico favorable, así como el informe técnico de fecha 3 de julio de 2014, que es del siguiente tenor: INFORME TÉCNICO DE ARQUITECTO MUNICIPAL A ALCALDE Y CONCEJAL DE URBANISMO GEX Asunto: Licencias de obras de ampliación de vivienda. Interesado: D. Antonio Serrano Peña. Localización: C/ Villa 37. El proyecto es correcto, cumpliendo con el planeamiento urbanístico vigente. Informe favorable. Procede otorgar la licencia solicitada. La base imponible del ICIO es 7.754,68 euros. 3

4 La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros; acuerda conceder la licencia solicitada. 2º.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL CON MOTIVO DE CELEBRACIÓN DE UNA JORNADA DE CONVIVENCIA CON CARÁCTER OCASIONAL Vistos los escritos presentados por D. Juan Antonio Pérez Benítez, Presidente de la fundación PROMI, con registros de entrada y 7.785, de fechas 18 de junio y 9 de julio de 2014, respectivamente, expediente GEX: 8486/2014, solicitando autorización municipal para celebración de una jornada de convivencia, con carácter ocasional, en las instalaciones de la Fundación Promi, en Avda. Fuente de las Piedras, de esta ciudad, el día 12 de julio de 2014, a partir de las 12,30 horas. Vistos los informes del Sr. Ingeniero Técnico Municipal de fechas 1 y 9 de julio de 2014, respectivamente, que literalmente dicen: INFORME TÉCNICO DE INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL A ALCALDE Ref.Gex: 8.486_2014 Reg.Entrada: Nº.- Registro de Entrada _ 18 de junio de 2014 Asunto: Solicitud de Autorización Municipal para celebración de un espectáculo público y actividad recreativa de carácter ocasional ó extraordinario. Emplazamiento: Instalación de Fundación Promi Solicitante: D. Juan Antonio Perez Benitez, en representacion de Fundacion Promi. Visto el escrito presentado D. Juan Antonio Perez Benitez, en representacion de Fundacion Promi, en el que solicita autorización municipal para la celebración de un Espectáculo Publico y Actividad Recreativa de Carácter Ocasional o Extraordinario, sita en Instalaciones de Fundación Promi, Avda. Fuente de las Piedras, el día 12 de julio de 2014, el tecnico que suscribe tiene el honor de informar; Que las solicitudes de autorización de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario habrán de acompañarse, como mínimo, del certificado de seguridad y solidez de las instalaciones o estructuras y de un proyecto técnico de la actividad que se pretende realizar, acreditativo del cumplimiento de las condiciones técnicas y ambientales, realizado por técnico competente y visado por colegio profesional, en el que se contemple una descripción detallada de actividad solicitada y que recoja entre otros: - Memoria explicativa en la que se exponga toda la información sobre las actividades a desarrollar con indicación de fecha y horario de realización de la actividad, instalaciones a montar y sus características, superficie de ocupación prevista, así como previsión de numero de personas que previsiblemente asistirán o participaran en su realización. - Plano de situación a escala 1:500 con señalización e indicación de la superficie total de ocupación de la actividad. - Plano de planta del recinto a escala 1:100 debidamente acotado, que incluya emplazamiento de barras, escenarios, servicios de higiene, o cualquier otro tipo de 4

5 elementos de la actividad y situacion de estas referenciada respecto al mobiliario urbano y a las instalaciones públicas (arquetas, arbolado, alumbrado, fuentes, bancos, etc). - Justificación del cumplimento del DB SI de Seguridad en caso de incendio, conforme al Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de Edificación. Se deberá justificar el aforo aproximado, con relación a la superficie útil para el público. Para el caso de que el recinto quede acotado por cerramiento, deberá definir el número de puertas del recinto, con salida directa a la vía pública o espacio exterior abierto. - Indicación de las medidas adoptadas: contratación personal de seguridad o acceso, declaración responsable de disponer la póliza de seguro que da cobertura a la responsabilidad civil que pueda derivarse de la organización y realización del espectáculo o actividad. - Cuando la actividad conlleve la instalación de estructuras, maquinarias o dispositivos; instalaciones eventuales, portátiles o desmontables, se deberá aportar con carácter previo al inicio de la actividad autorizada, Certificado emitido por técnico competente y visado por Colegio correspondiente sobre el cumplimiento de las condiciones necesarias de seguridad, salubridad, higiene y acústica que estas instalaciones deban reunir de conformidad con lo establecido en la normativa especifica de aplicación. Además, en el supuesto de acometidas eléctricas deberá aportarse certificado de baja tensión De acuerdo con el contenido de la solicitud los organizadores pretenden celebrar un ESPECTÁCULO PÚBLICO Y ACTIVIDAD RECREATIVA DE CARÁCTER OCASIONAL O EXTRAORDINARIO, en una zona urbana con predominio de uso residencial, Y PARA EL CASO EN QUE LOS ORGANIZADORES PRETENDAN UTILIZAR EQUIPOS DE REPRODUCCIÓN O AMPLIFICACIÓN SONORA O AUDIOVISUALES se deberá cumplir con lo establecido en el Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía. De acuerdo con lo establecido en el articulo 33º. del Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, el recinto al aire libre en estudio está considerado de Tipo 3. Establecimientos públicos y de actividades recreativas de publica concurrencia, con equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales, que generen niveles de emisión sonora superiores a 90 dba, y en todos los casos cuando tengan actuaciones en vivo o conciertos con música en directo. Con este tipo de recinto, se prevé como consecuencia del funcionamiento de la actividad un incumplimiento de los niveles de aislamiento acústicos mínimos y de los objetivos aplicables de calidad acústica que establece el Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, que pueden causar molestias que perturben la tranquilidad de los vecinos e impidan el descanso. 5

6 Además hay que tener en cuenta que los niveles sonoros previsibles del funcionamiento de los distintos focos emisores que se pretenden instalar en la actividad, pueden verse incrementados por el numero de personas congregadas en el exterior del recinto. No obstante, las Administraciones publicas competentes pueden, en virtud a lo establecido en el articulo 4, punto 2 g, del Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, autorizar la suspensión provisional de los objetivos de calidad acústica en áreas acústicas cuando existan circunstancias que así lo aconsejen. Entre dichas circunstancias está la organización de actos de especial proyección oficial, cultural, religiosa o de naturaleza análoga, previa valoración de la incidencia acústica, las medidas necesarias que dejen en suspenso temporalmente el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que sean de aplicación a aquéllas. En consecuencia, cuando se pretenda organizar fiestas populares o tradicionales, los titulares de emisores acústicos podrán solicitar de la Administración competente, por razones debidamente justificadas que habrán de acreditarse en el correspondiente Estudio Acústico, la suspensión provisional de los objetivos de calidad acústica aplicables a la totalidad o a parte de un área acústica. Sólo podrá acordarse la suspensión provisional solicitada, que podrá someterse a las condiciones que se estimen pertinentes, en el caso de que se acredite que las mejores técnicas disponibles no permiten el cumplimiento de los objetivos cuya suspensión se pretende. No obstante, a lo anterior en caso de que por la Junta de Gobierno Local se adoptara acuerdo de autorización de ocupación de dominio publico para la celebración de dicho evento, en todo caso, para el posible estudio de la afección en la zona y los medios para minimizar en todo lo posible la afección, el titular de la solicitud deberá aportar Estudio Acústico con la valoración de los niveles previsible de LKeq en periodo noche, incluyendo: - Estimación de niveles en a 1,5 mts del límite de la parcela donde se realizará el evento y en la zonas acústicas limítrofes en el caso de un uso diferente al de la ubicación de la parcela. - Comparación con la tabla VII del Decreto 6/2012, según la zonificación existente. - Valoración del cumplimiento de la emisión acústica previsible, según el artículo 30 del Decreto 6/ Planos de detalle de la zona, ubicación de la carpa, fuentes de ruido consideradas, zonificación acústica afectada y zonas de estimación de niveles previstas. - Medidas para la minimización de la afección acústica previstas: Ubicación de altavoces, zonas de entrada y salida de público, instalación de limitador acústico, etc. De acuerdo con el articulo 42º del Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, el estudio acústico deberá estar realizado por técnico competente que posea titulaciones académicas o experiencia profesional suficiente habilitantes para la realización de estudios y ensayos acústicos, así como para expedir certificaciones de cumplimiento de las normas de calidad y prevención acústicas. Se considera experiencia trabajar en el campo de la 6

7 contaminación acústica por espacio superior a cinco años y haber realizado un mínimo de veinte estudios y ensayos. Es todo lo que el técnico que suscribe tiene el honor de informar. Firmado electrónicamente al día de la fecha de la firma. EL INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL. INFORME TÉCNICO PARA LA CONCESIÓN DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO REGLAMENTADO CON CARÁCTER OCASIONAL O EXCEPCIONAL, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 9º. DE LA LEY 13/1999, DE 15 DE DICIEMBRE, DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE ANDALUCÍA. ASUNTO: AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS O ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CARÁCTER OCASIONAL NO REGLAMENTADO CON MOTIVO DE JORNADA DE CONVIVENCIA. EMPLAZAMIENTO: INSTALACIONES DE FUNDACIÓN PROMI- AVDA. FUENTE DE LAS PIEDRAS TITULAR: FUNDACION PROMI TECNICO REDACTOR: D. FRANCISCO JAVIER ARROYO SÁNCHEZ. INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL. Examinada la documentación presentada por FUNDACION PROMI con fecha 9 de julio de 2014 y numero de registro de entrada 07785, anexa a la solicitud presentada inicialmente, constando aquella de lo siguiente: - MEMORIA DESCRIPTIVA DEL EVENTO JORNADA DE PUERTAS ABIERTAS A CELEBRAR EL 12 DE JULIO DE 2014, redactada por el Ingeniero Técnico Industrial D. Francisco J. Arroyo Sánchez - Certificado de Instalador Eléctrico Autorizado con numero Ingenieros Técnicos Industriales de Córdoba, con número de visado 5684/09 de fecha de 29 de diciembre de Informe de Simulacro de Emergencia llevado en las instalaciones de Fundación Promi, realizado por Sociedad Prevención de Ibermutuamur. - Certificado de Mantenimiento Preventivo de los sistemas contra incendios de la Instalaciones de Fundación Promi. - Ficha de actuación en caso de incendio. 7

8 El Técnico que suscribe informa que la documentación técnica y anexo se adecua a la normativa de aplicación vigente, informándose VIABLE la actividad recreativa o espectáculo no reglamentado de carácter excepcional, debiéndose cumplir las medidas correctoras siguientes: 1º.- Las recogidas en la Memoria Técnica y Certificaciones aportadas al expediente. 2º.- Se establece un AFORO MÁXIMO AUTORIZADO DEL RECINTO DE 750 PERSONAS para que el evento se pueda desarrollar con las condiciones mínimas de seguridad para los asistentes que estable el Código Técnico de la Edificación. 3º.- Las puertas del edificio de plaza de toros puesto que no cumplen como salida de emergencia, según DB SI-3 del Código Técnico de Edificación DEBERAN PERMANECER ABIERTAS en todo momento durante la celebración del espectáculo público o actividad recreativa. 4º.- Las VÍAS DE EVACUACIÓN Y SALIDAS DE EMERGENCIA previstas en la Memoria Técnica deberán estar permanentemente iluminadas, señalizadas y sin ningún tipo de obstrucción alguna. 5º.- Para la organización del evento Fundación Promi dispondrá de 80 cuidadores de la plantilla que realizarán labores de control, organización y asistencia al público asistente. 6º.- Se deberá ajustar a lo establecido en la Orden de 25 de Marzo de 2002 (B.O.J.A. nº 43 13/04/02) (Regulación de Horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Andaluza). - Horario apertura y cierre: De h. a horas. 7º.- Para el caso de que los niveles de inmisión de ruidos en las viviendas mas perjudicadas superasen los recomendados en el DECRETO 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, se procederá al aislamiento del local y maquinaria hasta no alcanzarlos. 8º.- De acuerdo con el Art. 15 del Decreto 10/2003, de 28 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Admisión de Personas en los Establecimient0os Públicos y Actividades Recreativas (BOJA nº. 36 de 21 de febrero de 2003), junto con lo establecido en el Art. 15 del Decreto 258/2007, de 9 de Octubre, por el que se modifica el Decreto 10/2003, por el que se aprueba el Reglamento General de Admisión de Personas en los Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas (BOJA nº. 211 de 25 de octubre de 2007), el establecimiento deberá disponer durante todo su horario de funcionamiento de VIGILANTES DE SEGURIDAD que se integran en empresas de seguridad privada debidamente autorizadas e inscritas en el Registro General de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior, dado que este establecimiento tiene un Aforo superior a 451 personas. 9º.- Deberá disponer de un BOTIQUÍN convenientemente dotado para prestar los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad repentina (Art. 11 del REAL DECRETO 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas.) 10º.- Deberá existir a la disposición del público un LIBRO DE RECLAMACIONES que habrá de estar debidamente foliado y sellado en todas sus páginas por el Gobierno Civil o la 8

9 Alcaldía. (Art del REAL DECRETO 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas). En la autorización deberán figurar estas medidas correctoras señaladas. La puesta en marcha de la actividad se realizará una vez se haya presentado CERTIFICACION por Técnico competente en la que se acredite las medidas y condiciones ambientales impuestas en este Informe Técnico y Memoria informada favorablemente. Firmado electrónicamente al día de la fecha de la firma. EL INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros; acuerda conceder lo solicitado, con las condiciones y medidas correctoras señaladas en los informes técnicos transcritos. 3º.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO PARA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULO. Vistos los escritos presentadas por D. Pedro Alejandro Budia Cabeza y D. Simón Alcalde Requerey, en representación del Grupo Quieroparty, C.B., con registros de entrada 0863 y 1.843, 7.164, 7.586, y de fechas 16 de enero, 6 de febrero, 25 de junio, 4 y 8 de julio de 2014, respectivamente, expediente GEX: 1309/2014, solicitando autorización municipal de ocupación de terrenos de dominio público de espectáculo público y actividades recreativas de carácter ocasional o extraordinario (Actividades de Aventura sobre estructuras portátiles), en el Auditorio Municipal Alcalde Juan Muñoz, el día 12 de julio de 2014 para llevar a cabo el siguiente espectáculo: II Festival QuieroParty, edición Vistos los informes favorables del Sr. Ingeniero Técnico Municipal de fechas 30 de abril y 9 de julio de 2014, respectivamente, que literalmente dicen: INFORME TÉCNICO DE INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL A ALCALDE Ref.Gex: 1.309_2014 Referencia: Nº.- Registro de Entrada de fecha 06 de febrero 2014 Asunto: Solicitud para Autorización Municipal de ocupación de terrenos de dominio público para celebración de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Carácter Ocasional ó Extraordinario. Emplazamiento: Alrededores de Auditorio Municipal Paraje Fuente del Río Solicitante: D. Pedro Alejandro Budia Cabeza y D. Simon Alcalde Requerey, en representacion de GRUPO QUIEROPARTY, C.B. Visto el escrito presentado por D. Pedro Alejandro Budia Cabeza y D. Simon Alcalde Requerey, en representacion de GRUPO QUIEROPARTY, C.B., en el que solicita autorización municipal para la ocupación de terrenos de dominio público para la celebración de un Espectáculo Publico y Actividad Recreativa de Carácter Ocasional o Extraordinario (Actividades de Aventura sobre estructuras portátiles), sita en los alrededores del Auditorio Municipal el día 12 (Sábado) de Julio de 2014, el tecnico que 9

10 suscribe tiene el honor de informar FAVORABLEMENTE, siempre y cuando se cumplan las condiciones siguientes: - Las estructuras móviles deberán estar construidas en andamiaje de alta calidad de acero galvanizado en caliente, de acuerdo a la normativa Europea UNE-EN El solicitante deberá disponer de monitores expertos para el desarrollo de las actividades, así como para el montaje y desmontaje de las mismas. - El Ayuntamiento de Cabra, declina cualquier responsabilidad ante un accidente ocurrido por causa de no utilización, fallo o mal uso de las instalaciones. - Los usuarios de las instalaciones deberán estar en posesión del material e indumentaria adecuada, (pies de gato, cuerda dinámica, arnés de escalada, grigri ó autobloqueante, cintas exprés y ropa deportiva) que deberá estar homologado por la norma CE. - El horario de inicio de actividad será de h de la mañana y su finalizacion a las horas. Para la obtención de la autorización para la celebración de una actividad de carácter temporal, el interesado deberá presentar en el Registro General de este Ayuntamiento los requisitos que se expresan con posterioridad. A.- Relación detallada de cada una de las actividades a desarrollar en el evento, así como todo el material técnico necesario para desarrollar las actividades B.- Póliza de seguro de responsabilidad civil donde las sumas aseguradas previstas en dicha póliza para responder por daños personales con resultado de muerte e invalidez absoluta permanente, serán las establecidas en el artículo 4 y 6 del Decreto 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Será requisito indispensable que esté en vigor, para lo que deberá presentarse el recibo de abono de dicha póliza para la fecha de celebración, con carácter previo a la autorización. C.- Con carácter previo al inicio de la actividad AUTORIZADA, será indispensable la presentación de Certificación de Técnico competente y visada por el correspondiente colegio profesional que acredite: la seguridad y solidez de los elementos instalados, aforo de la actividad, la adopción de las medidas que aseguren las condiciones de seguridad, higiene, sanitarias, de accesibilidad y confortabilidad, instalación eléctrica, nivel de ruido y protección contra incendios, que reglamentariamente se determinan en la normativa de aplicación vigente respecto del establecimiento o estructura, boletín de instalación eléctrica emitido por Instalador Autorizado, así como todas las medidas recogidas en la Memoria Técnica y subsanación de las posibles medidas correctoras, en caso contrario, no podrá ejercer dicha actividad. D.- De acuerdo con el artículo 15. del Decreto 258/2007, de 9 de octubre, por el que se modifica el Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades 10

11 Recreativas, los establecimientos públicos que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 16, tengan la obligación de concertar servicios de vigilancia deberán disponer, durante todo su horario de funcionamiento, de la siguiente dotación mínima de vigilantes de seguridad: Cuando el establecimiento tenga un aforo autorizado de 300 a 450 personas, deberá disponer de UN VIGILANTE DE SEGURIDAD, de empresa de seguridad, autorizada e inscrita por el Ministerio de Interior, acreditándolo mediante contrato. Si el establecimiento dispone de un aforo autorizado de 451 a 750 personas, deberá disponer de DOS VIGILANTE DE SEGURIDAD. Si el establecimiento dispone de un aforo autorizado de 751 a personas, deberá disponer de TRES VIGILANTE DE SEGURIDAD. CUATRO VIGILANTES DE SEGURIDAD, cuando el establecimiento tenga una ocupación superior a personas. No obstante lo anterior, los establecimientos deberán incrementar la dotación del servicio de vigilancia en una persona más por cada fracción de personas de ocupación. E.- Deberá disponer de Botiquín convenientemente dotado para prestar primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad repentina (Disposición derogatoria única, punto segundo, en su virtud, artículo 11 del Reglamento de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de 1982). F.- Dotación Inodoros, Urinarios y Lavabos a razón de cuatro (4) plazas de Urinarios, dos (2) Inodoros y dos (2) Lavabos para Caballeros y seis (6) Inodoros y dos (2) Lavabos para Señoras por cada 500 espectadores o fracción reduciéndose aquellas cifras a la mitad en el caso de que el aforo de cada piso sea inferior a 300, en su virtud, artículo 12 del Reglamento de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de 1982). En caso de que se pretenda o prevea una afección u ocupación de la vía pública, deberá solicitarse ello de manera específica y obtenerse la correspondiente autorización de uso común especial. Es todo lo que el técnico que suscribe tiene el honor de informar. Firmado electrónicamente al día de la fecha de la firma. EL INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL INFORME TÉCNICO DE INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL A ALCALDE Ref.Gex: 1.309_2014 Referencia: Nº.- Registro de Entrada de fecha 06 de febrero 2014 Asunto: Solicitud para Autorización Municipal de ocupación de terrenos de dominio público para celebración de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Carácter Ocasional ó Extraordinario. Emplazamiento: Alrededores de Auditorio Municipal Paraje Fuente del Río 11

12 Solicitante: D. Pedro Alejandro Budia Cabeza y D. Simon Alcalde Requerey, en representacion de GRUPO QUIEROPARTY, C.B. Visto el escrito presentado por D. Pedro Alejandro Budia Cabeza y D. Simon Alcalde Requerey, en representacion de GRUPO QUIEROPARTY, C.B., de fecha 4 de julio de 2014, relativo a la solicitud para autorización municipal para la ocupación de terrenos de dominio público para la celebración de un Espectáculo Publico y Actividad Recreativa de Carácter Ocasional o Extraordinario (Actividades de Aventura sobre estructuras portátiles), sita en los alrededores del Auditorio Municipal el día 12 (Sábado) de Julio de 2014, el solicitante aporta la siguiente documentación: - Informe APTO de ensayo de impacto de estructuras artificiales de escalada según ANEXO D de la normativa UNE-EN : Póliza de seguro de responsabilidad civil donde las sumas aseguradas previstas en dicha póliza para responder por daños personales con resultado de muerte e invalidez absoluta permanente, serán las establecidas en el artículo 4 y 6 del Decreto 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Será requisito indispensable que esté en vigor, para lo que deberá presentarse el recibo de abono de dicha póliza para la fecha de celebración, con carácter previo a la autorización. - Contrato de Servicio de Seguridad compuesto por 4 Vigilantes. El Técnico que suscribe informa que la documentacion tecnica se adecua a la normativa de aplicacion vigente, informandose FAVORABLEMENTE, siempre y cuando se cumplan las condiciones siguientes: - Las estructuras móviles deberán estar construidas en andamiaje de alta calidad de acero galvanizado en caliente, de acuerdo a la normativa Europea UNE-EN El solicitante deberá disponer de monitores expertos para el desarrollo de las actividades, así como para el montaje y desmontaje de las mismas. - El Ayuntamiento de Cabra, declina cualquier responsabilidad ante un accidente ocurrido por causa de no utilización, fallo o mal uso de las instalaciones. - Los usuarios de las instalaciones deberán estar en posesión del material e indumentaria adecuada, (pies de gato, cuerda dinámica, arnés de escalada, grigri ó autobloqueante, cintas exprés y ropa deportiva) que deberá estar homologado por la norma CE. - La actividdad se desarrollara el dia 12 de julio de 2014, con horario de inicio de h de la mañana y su finalizacion a las horas. En la autorización deberán figurar estas medidas correctoras señaladas. La puesta en marcha de la actividad se realizará una vez se haya presentado CERTIFICACION por Técnico competente en la que se acredite las medidas y condiciones ambientales impuestas en este Informe Técnico y Certificación visada por 12

13 colegio profesional del montaje de la instalación de Layer de las siguientes características; Altura: 9,0 metros cada una. Ancho: 3,0 metros cada una. Unidas por un puente, ancho total: 11,00 metros. Profundidad: 3,0 metros. Así como todos los accesorios necesarios para su uso, conforme a la norma UNE-EN Así mismo, certificación del montaje de un escenario de espectáculos de las siguientes características; Altura: 0,60 metros. Ancho: 5,0 metros. Profundidad: 4,0 metros. Firmado electrónicamente al día de la fecha de la firma. EL INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros; acuerda conceder lo solicitado, con las condiciones y medidas correctoras señaladas en los informes técnicos transcritos. 4º.- PROPUESTA DE LA TENIENTE DE ALCALDÍA CONCEJAL-DELEGADA DE PROMOCIÓN LOCAL Y DESARROLLO ECONÓMICO SOBRE AYUDAS AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE APOYO A LAS PYMES Vista la propuesta de la Teniente de Alcaldía Concejal-Delegada de Promoción Local y Desarrollo Económico sobre ayudas al amparo de la convocatoria del Plan de apoyo a las Pymes 2014, de fecha 9 de julio de 2014, del siguiente tenor literal: La Concejal-Delegada de Promoción Local y Desarrollo Económico propone a la Junta de Gobierno Local de este Iltmo. Ayuntamiento, para su discusión y aprobación si procede, conceder una ayuda de 1.000,00. y 1.100,00, a las empresas y autónomos que a continuación se relacionan, en base a las solicitudes de ayuda a la creación de empresas e incentivos al emprendimiento, respectivamente, presentadas en forma y plazo en el Registro de esta Entidad Local, al amparo de la Convocatoria del Plan de apoyo a las Pymes 2014: - Inmaculada Contreras García. - Manuel Jesús Pinar Valero. - Exeu Consultores, S.L. - Empreingenia, S.L.U. - Eduardo Luna Arroyo. - Inmaculada García García. - José Antonio Manchado Ropero. Espero el recto proceder de esta Junta de Gobierno Local, firmado electrónicamente en la fecha de la firma. Fdo. Cristina Jiménez Lopera. Teniente de Alcaldía, Delegada Promoción Local y Desarrollo Económico. 13

14 La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros; acuerda prestar aprobación a la propuesta trascrita. 5º.- CUENTAS Y FACTURAS. Por unanimidad se aprueba una relación de cuentas y facturas por importe de ,13 Euros. Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde levantó la sesión a las once horas y cincuenta y un minutos del día de la fecha, de todo lo cual se extiende la presente, de lo que yo, el secretario, certifico. 14

Referencia:SP/LEG/3577 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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