1. Ámbito de aplicación del Plan de Gestión. ZEC Rivera de los Limonetes - Nogales. 2. Caracterización del lugar Natura

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1 1. Ámbito de aplicación del Plan de Gestión ZEC Rivera de los Limonetes - Nogales. 2. Caracterización del lugar Natura Ficha descriptiva Esta rivera fluye por el extremo suroeste de la región, atravesando de norte a sur los términos municipales de Salvaleón, Nogales, Torre de Miguel Sesmero, La Albuera, Badajoz y Talavera. El límite sur del espacio coincide con el nacimiento de la rivera en la Sierra de Monsalud (Regato de la Bejarana) y en la Sierra de María Andrés (Rivera de Nogales). Desde estos puntos, fluye por las rañas de las sierras mencionadas, confluyendo ambos cursos en las inmediaciones de la población de Nogales, atraviesa el norte de la comarca de Tierra de Barros y llega a la población de La Albuera, las inmediaciones de la ZEC Complejo lagunar de La Albuera y la ZEPA Llanos y complejo lagunar de La Albuera. En esta zona cambia la orografía del terreno, pasando a discurrir por zonas muy llanas hasta llegar a las vegas Bajas del Guadiana. Desde el embalse de Nogales hasta la localidad de La Albuera el cauce recibe el nombre de Rivera de Nogales. A partir de la citada población, y una vez que se le unen la rivera de Chicaspiernas y el arroyo de Papacho, pasa a denominarse Rivera de La Albuera o de Limonetes, y cuando sale del término municipal de La Albuera, únicamente Rivera de Limonetes, hasta su desembocadura en el río Guadiana a la altura de Talavera la Real. Si bien, el límite norte del espacio no coincide con esta desembocadura, sino con el cruce de la Rivera de Los Limonetes con la antigua N-V a su paso por Talavera la Real. En la cabecera, en el entorno de la Sierra de Monsalud, cuenta con una vegetación de matorral mediterráneo muy bien conservado, con especies de flora protegida e incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas. Esta zona, junto con la cabecera de la Rivera de Nogales, cuenta con uno de los mejores adelfares del sur de Badajoz, tanto por su estado de conservación como por su extensión y antigüedad, que está considerado como Adelfar Notable de Extremadura. En el tramo medio del espacio se distribuyen especies endémicas como la Galega cirujanoi, asociadas al propio cauce de la rivera. Desde la localidad de La Albuera hasta el final del espacio, se desarrolla una fresneda de muy buena calidad, con árboles de portes considerables y vegetación arbustiva y herbácea de rivera asociada, de forma que también está considerada como Fresneda Notable de Extremadura. Código ES Tipo B Región Biogeográfica Mediterránea Propuesta LIC (año/mes) 1997/12 Confirmación LIC (año/mes) 2006/09 ZEC Rivera de Los Limonetes Nogales 1

2 Designación ZEC (año/mes) -- Superficie (ha) ZEC Rivera de Los Limonetes Nogales 2.2. Delimitación geográfica 2.3. Municipios incluidos en el ámbito de aplicación del Plan de Gestión. En relación a los lugares incluidos en el ámbito de aplicación del Plan de Gestión Nombre Municipio Sup. (ha.) Sup. municipio coincidente con los lugares (ha) % SM % SL 1 Badajoz ,64 184,58 0,13 47,36 La Albuera 2653,50 26,78 1,01 6,87 Nogales 8087,81 80,83 1,00 20,74 Salvaleón 7116,42 12,58 0,18 3,23 Talavera la Real 6131,62 31,27 0,51 8,02 Torre de Miguel Sesmero 5746,41 53,66 0,93 13,77 % SM: porcentaje de la superficie del municipio incluida en el ámbito territorial del Plan de Gestión. % SL: porcentaje de la superficie del lugar Natura 2000, incluido en el ámbito territorial del Plan de Gestión, incluida en cada municipio Relación con otras áreas protegidas (o figuras de protección). No existen otras áreas protegidas dentro del ámbito territorial del Lugar Natura

3 3. Inventario y estado de conservación de los hábitats de interés comunitario y las especies Natura 2000 de los lugares Natura Tipos de hábitats de interés comunitario Cód. Hábitat Sistema ZEC Rivera de los Limonetes Nogales Elem. Clave Sup. (ha) Cob (%) Sup. Relat. E.C. Evolución del E.C 5330 Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos. MATORRALES NO 7, C A Estable * Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea PASTIZALES Y PRADERAS CNTRYES NO 7, C B Estable Dehesas perennifolias de Quercus spp. BOSQUES NO 15, C B Estable Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion. PASTIZALES Y PRADERAS NO 3, C B Desconocida -- 91B0 Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia. RIBEREÑOS NO NP (MI) 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba. RIBEREÑOS SI 58, B A Negativa 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae). RIBEREÑOS SI 97, B A Estable -- S (MI) SR (MI) EC (MI) 3.2. Especies Natura 2000 Cód. Nombre científico (nombre común) Grupo 1051 Apteromantis aptera 1065 Euphydryas aurinia ZEC Rivera de los Limonetes - Nogales INV. ART. I (INSECTOS) INV. ART. I (INSECTOS) Elem. Clave Pob. Pob. Relat. E.C Evolución del E.C CNTRYES NO P (p) D NO P (p) D Rutilus alburnoides (calandino) PECES NO C (p) D B Tendencia desconocida Pob. (MI) 3

4 Cód. Nombre científico (nombre común) Grupo ZEC Rivera de los Limonetes - Nogales Elem. Clave Pob. Pob. Relat. E.C Evolución del E.C CNTRYES 1125 Rutilus lemmingii (pardilla) PECES NO P (p) D B Tendencia desconocida Mauremys leprosa (galápago leproso) REPTILES NO P (p) D Lutra lutra (nutria) MAMÍFEROS CARNÍVOROS I NO P (p) D Cobitis paludica (colmilleja) PECES NO V (p) D B Tendencia desconocida Pob. (MI) 6162 Pseudochondrostoma willkommii (boga del Guadiana) PECES NO R (p) D B Tendencia desconocida Pob. (MI) 6168 Luciobarbus comizo (barbo comizo) PECES NO V (p) D B Tendencia desconocida Pob. (MI) 4. Elementos clave y justificación de su elección Denominación del elemento clave Bosques galería de Salix alba y Populus alba.(92a0) Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae) (92D0) Elementos clave en el ámbito de aplicación del Plan de Gestión Criterios para su consideración como elemento clave El espacio cuenta con una gran extensión de fresnedas asociadas a riberas que se desarrollan a lo largo de aproximadamente un 40% del cauce, desde el núcleo municipal de La Albuera hasta el límite norte del espacio. Estas formaciones, que presentan buen estado de conservación, con árboles de portes considerables y vegetación arbustiva y herbácea de ribera asociada, están consideradas como Fresneda Notable de Extremadura. Si bien, en el actualidad existen actividades en las inmediaciones del cauce de Los Limonetes que pueden comprometer el estado de conservación de estas formaciones. El espacio cuenta con uno de los mejores adelfares del sur de Badajoz que se desarrolla a lo largo de aproximadamente un 25 % del cauce. Estas formaciones, tanto por su estado de conservación como por su extensión y antigüedad, están consideradas Adelfar Notable de Extremadura. 5. Otros valores a tener en cuenta en la gestión del lugar Nombre científico (nombre común) Otros valores a tener en cuenta en la gestión del lugar Justificación 4

5 Potomida litoralis (náyade litoral) Unio delphinus (mejillón de río mayor) Galega cirujanoi (falso anil, galega) La especie es un excelente bioindicador del nivel de contaminación orgánica de las aguas, especialmente en los primeros estadios de los procesos de contaminación. El nivel de tolerancia a la contaminación de la especia es muy bajo, por lo que los efectos sobre la misma (mortalidad de los individuos) son apreciables en los primeros estadios de los procesos de contaminación. La especie es un excelente bioindicador del nivel de contaminación orgánica de las aguas, especialmente en episodios continuados de contaminación. El nivel de tolerancia a la contaminación de la especia es mayor que el de la náyade litoral, apreciándose los efectos sobre la misma (mortalidad de los individuos) cuando la concentración de contaminantes es mayor. La especie, catalogada como sensible a la alteración de su hábitat a nivel regional, aparece escasamente distribuida por la provincia de Badajoz. Su distribución está restringida al suroeste de las cuencas bajas de los ríos Tajo y Guadiana, siendo esta probablemente la localización más septentrional de Extremadura. Se localiza en el tramo medio del curso objeto de conservación, siendo un indicador del buen estado de conservación de los hábitats de ribera a los que se asocia, si bien es necesario el desarrollo de medidas dirigidas a la preservación de las poblaciones presentes en el espacio. 6. Presiones y amenazas Elemento clave Cód. Amenaza Amenaza Descripción Bosques galería de Salix alba y Populus alba (92A0) A01 Cultivos A02.01 Intensificación agrícola A04 A09 Pastoreo Riego Al objeto de incrementar la superficie agraria se eliminan especies como fresnos, y otra especies leñosas acompañantes, en lindes, brazos y antiguos meandros de la rivera y las áreas próximas a la misma. Es una de las amenazas sobre la que se debe tener mayor vigilancia, debido a que en los próximos años puede convertirse en la principal causa del deterioro de este hábitat. La intensificación agraria en las zonas colindantes a la ribera puede provocar contaminación difusa por aplicación de fertilizantes y fitosanitarios, disminuyendo así la calidad de las aguas. Este problema es más acusado en el último tramo de la ZEC. Actualmente este impacto tiene poca repercusión sobre el hábitat de fresnedas, existiendo aprovechamientos puntales por ganado ovino. No obstante, sería necesario establecer una adecuada regulación de este tipo de aprovechamientos, pues una carga ganadera excesiva o demasiado constante, puede provocar una regresión del hábitat de fresnedas, impidiendo que se desarrolle con naturalidad y limitando su capacidad de regeneración. Las extracciones de agua en la rivera Limonetes-Nogales puede suponer una pérdida de valores por los cuales este espacio es incluido en la Red Natura 2000, ya que la masiva proliferación de cultivos en intensivo tanto en la tierra de Barros como en las proximidades de las vegas del Guadiana, amenazan con este tipo de extracciones de forma que no se aseguren los caudales necesarios para el mantenimiento de los hábitats de ribera de 5

6 Elemento clave Cód. Amenaza Amenaza Descripción interés comunitario. Existen casos concretos en el último tramo de la ZEC donde se debería actuar para evitar este tipo de impactos. Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio- Tamaricetea y Securinegion tinctoriae) (92D0) J01 A01 Incendios y extinción de incendios Cultivos A02.01 Intensificación agrícola A04.01 Sobrepastoreo A04.02 Pastoreo A09 Riego Las quemas ilegales de rastrojos, ribazos y lindes provocan la eliminación de la vegetación de ribera, la cual tarda en recuperarse. Esta práctica, año tras año, hace que la calidad del hábitat en algunos puntos de la rivera se vea gravemente deteriorada, disminuyendo el número de pies de arbolado y diversidad de especies. Estos puntos son los más cercanos a las localidades y en las zonas que lindan con cultivos agrícolas intensivos y cerealísticos. Incremento de la superficie agraria en detrimento de la superficie ocupada por el hábitat. Sobre el hábitat de adelfar, este impacto es notable en el tramo bajo de la rivera de Nogales, donde este hábitat presenta peor estado de conservación que en los tramos alto y medio. La intensificación agraria en las zonas colindantes a la rivera puede provocar contaminación difusa por aplicación de abonos y fitosanitarios, disminuyendo así la calidad de las aguas. Este problema condiciona el estado de conservación del hábitat de adelfar en el tramo bajo de la rivera de Nogales. Sobrecarga ganadera de ganado vacuno algunos puntos del tramo medio y bajo de la rivera de Nogales. Este impacto condiciona el estado de conservación del adelfar, reduciendo la conectividad del mismo a lo largo de la rivera. Pastoreo por ganado ovino y ganado vacuno en el regato de la Bejarana y la rivera de Nogales, y puntualmente por ganado porcino y caprino en el regato de la Bejarana y cabecera de la rivera de Nogales. No se trataría de una afección significativa si la carga ganadera existente es adecuada y compatible con el hábitat de ribera y la flora amenazada asociada el mismo (Galega cirujanoi, Ceratocapnos heterocarpa, Limodorum trabutianum, Orchis italica, Orchis papilionácea y Ruscus aculeatus, entre otras). En el momento en que la carga ganadera sea excesiva o demasiado constante, puede provocar una regresión del hábitat de adelfar, impidiendo que se desarrolle con naturalidad, y limitando el buen estado de conservación de las poblaciones de flora asociadas al mismo. Las extracciones de agua del cauce de la rivera Limonetes-Nogales puede suponer una pérdida de valores por los cuales este espacio es incluido en la Red Natura, ya que la masiva proliferación de cultivos en intensivo tanto en la tierra de Barros como en las proximidades de las vegas del Guadiana, amenazan con este tipo de extracciones de forma que no se aseguren los caudales necesarios para el mantenimiento de los hábitats de ribera de interés comunitario. Nuevas concesiones de agua en las zonas de cabecera, 6

7 Elemento clave Cód. Amenaza Amenaza Descripción condicionarían el buen estado de conservación de los valores por los que se designó el lugar. E01.04 E02.03 J01 Otros patrones de distribución de viviendas Otras áreas industriales/comerciales Incendios y extinción de incendios La ZEC pasa por la población de La Albuera, y por lo tanto, existe el riesgo de encauzamiento o la presión urbanística que existe en otros cauces. Actualmente, en ese tramo, aunque está deteriorado en cuanto a vegetación de ribera, no existe una presión por urbanizaciones. La ZEC pasa entre al polígono industrial de La Albuera y la carretera N-432, y por lo tanto, existe el riesgo de un encauzamiento, presión urbanística y vertidos contaminantes. Actualmente, ese tramo está deteriorado en cuanto a vegetación de ribera, por lo que requeriría actuaciones de conservación y recuperación. Las quemas ilegales de rastrojos, ribazos y lindes provocan la eliminación de la vegetación de ribera, la cual tarda en recuperarse. Esta práctica, año tras año, hace que la calidad del hábitat en algunos puntos de la rivera se vea gravemente deteriorada, disminuyendo el número de pies de arbolado y diversidad de especies. Estos puntos son los más cercanos a las localidades y en las zonas que lindan con cultivos agrícolas intensivos y cerealísticos. Otros elementos de interés Cód. Amenaza Amenaza Descripción Potomida litoralis (náyade litoral) y Unio delphinus (mejillón de río mayor) A02.01 Intensificación agrícola A04.01 Sobrepastoreo A09 G05.07 Riego Necesidad de medidas adecuadas de conservación (desconocimiento parcial de la distribución de la especie). Galega cirujanoi (falso anil, galega) A01 Cultivos La intensificación agraria en las zonas colindantes a la rivera puede provocar contaminación difusa por aplicación de abonos y fitosanitarios, disminuyendo así la calidad de las aguas. Este problema, existente en el tramo bajo de la rivera de Nogales, condiciona el mantenimiento de las poblaciones de estas especies, muy sensibles a la contaminación. De hecho, las poblaciones conocidas hasta el momento se localizan principalmente en los tramos alto y medio de la rivera. Sobrecarga ganadera de ganado vacuno algunos puntos del tramo medio y bajo de la rivera de Nogales, que puede derivar en problemas de nitrificación. Las extracciones de agua del cauce de la rivera Limonetes-Nogales, especialmente en las zonas de cabecera, pueden provocar que no aseguren los caudales necesarios para el mantenimiento de los hábitats de estas especies. A lo largo de la ZEC se han localizado varias poblaciones de estas especies, si bien se requiere mejorar la información de su distribución, al objeto de aplicar medidas dirigidas a su conservación. Incremento de la superficie agraria en detrimento de la superficie ocupada por el hábitat donde se desarrolla la especie. Este impacto es más notable en el tramo bajo de la rivera 7

8 Elemento clave Cód. Amenaza Amenaza Descripción de Nogales, donde la vegetación de ribera presenta peor estado de conservación que en los tramos alto y medio. A04.01 Sobrepastoreo A04.02 Pastoreo J01 G05.07 Incendios y extinción de incendios Necesidad de medidas adecuadas de conservación (desconocimiento parcial de la distribución de la especie). Sobrecarga ganadera de ganado vacuno algunos puntos del tramo medio y bajo de la rivera de Nogales. Pastoreo por ganado ovino y ganado vacuno en el regato de la Bejarana y la rivera de Nogales, y puntualmente por ganado porcino y caprino en el regato de la Bejarana y cabecera de la rivera de Nogales. No se trataría de una afección significativa si la carga ganadera existente es adecuada y compatible con el hábitat de ribera y la flora amenazada asociada el mismo (Galega cirujanoi, Ceratocapnos heterocarpa, Limodorum trabutianum, Orchis italica, Orchis papilionácea y Ruscus aculeatus, entre otras). En el momento en que la carga ganadera sea excesiva o demasiado constante, puede compromoter el buen estado de conservación de las poblaciones de de esta especie. Las quemas ilegales de rastrojos, ribazos y lindes provocan igualmente la eliminación de la vegetación de ribera, la cual tarda en recuperarse, especialmente si estas prácticas se repiten cada año. Las zonas en las que estas prácticas son más habituales son las más cercanas a las localidades y en las zonas que lindan con cultivos agrícolas intensivos y cerealísticos. A lo largo de la ZEC se ha localizado una población de esta especie, si bien se requiere mejorar la información de su distribución, al objeto de aplicar medidas dirigidas a su conservación. 8

9 7. Zonificación 9

10 10 Plan de Gestión de la ZEC Rivera de Los Limonetes - Nogales

11 11 Plan de Gestión de la ZEC Rivera de Los Limonetes - Nogales

12 12 Plan de Gestión de la ZEC Rivera de Los Limonetes - Nogales

13 13 Plan de Gestión de la ZEC Rivera de Los Limonetes - Nogales

14 7.1. Territorio de la ZEC Rivera de Los Limonetes Nogales coincidente con la ZEPA Llanos y complejo lagunar de La Albuera La zonificación de la superficie de la ZEC Rivera de Los Limonetes - Nogales coincidente con la ZEPA Llanos y complejo lagunar de La Albuera, se corresponde con la definida para la ZEPA en su Plan de Gestión, aprobado mediante Orden de 28 de agosto de Este territorio es el tramo de la ZEC que discurre desde la intersección de la rivera con el camino que une las poblaciones de La Albuera y Corte de Peleas, en las inmediaciones de la población La Albuera, hasta la intersección de la rivera con la carretera BA-V-9031, aproximadamente en el P.K de esta Zona de Interés Prioritario (ZIP) 1. Regato de la Bejarana. Tramo que discurre, desde su nacimiento, aproximadamente metros por la ladera oeste de la Sierra de Monsalud. 2. Cabecera y tramo medio de la Rivera de Nogales. Tramo que discurre desde la presa de Nogales hasta la intersección de la rivera con el límite municipal entre los municipios de Torre de Miguel Sesmero y Badajoz. 3. Tramo bajo de la Rivera de Nogales. Tramo que discurre desde la intersección de la rivera con el límite municipal entre los municipios de Torre de Miguel Sesmero y Badajoz, hasta la intersección de la misma con la carretera N432, aproximadamente en el P.K. 25 de esta Zona de Alto Interés (ZAI) 4. Tramo bajo de la Rivera de Los Limonetes. Tramo que discurre entre la intersección de la rivera con la carretera BA-V-9031, aproximadamente en el P.K de esta, hasta el límite norte del espacio, coincidente con la intersección de la rivera con la antigua N-V a su paso por Talavera la Real Zona de Interés (ZI) En esta zona se incluyen el resto de superficie no incluida en ninguna de las otras categorías de zonificación o el territorio referido en el apartado

15 8. Objetivos específicos de conservación Los objetivos específicos de conservación para los valores Natura 2000 presentes en el lugar Natura 2000 incluidos en el ámbito territorial de este Plan de Gestión son: 8.1. Hábitats de interés comunitario Conservar la superficie * y mantener en un estado de conservación * favorable los hábitats de interés comunitarios inventariados en el espacio Especies Natura 2000 Conservar las características del hábitat de especies Natura 2000 inventariadas en el lugar. Determinar la presencia, y en su caso el estado de conservación, de la espacie Narcissus assoanus en el lugar Otras especies de interés en el Lugar Mejorar la información y determinar el estado de conservación de las siguientes especie en el lugar: Galega cirujanoi (falso anil, galega), Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral). Mantener las poblaciones de Galega cirujanoi (falso anil, galega), Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral). * Los valores relativos a superficie, estado de conservación y niveles poblaciones de referencia son los recogidos, respectivamente, en las tablas de los apartados 3.1 y Medidas de conservación Además de las medidas incluidas en el Plan Director de la Red Natura 2000, en el lugar Natura 2000 incluido en el ámbito territorial de este Plan de Gestión, serán de aplicación las siguientes medidas de conservación Medidas de conservación relativas a la zonificación Territorio de la ZEC Rivera de Los Limonetes Nogales coincidente con la ZEPA Llanos y complejo lagunar de La Albuera En la superficie de la ZEC Rivera de Los Limonetes - Nogales coincidente con la ZEPA Llanos y complejo lagunar de La Albuera serán de aplicación las disposiciones contempladas en el Plan de Gestión de la ZEPA, aprobado mediante Orden de 28 de agosto de Si bien, en la gestión de este territorio se tendrán en cuenta las directrices contempladas en el Plan Director en relación a los hábitats ribereños (92A0 y 92D0). 15

16 Zona de Interés Prioritario (ZIP) a. Actividades constructivas - (R) Previo Informe de Afección positivo, podrán llevarse a cabo actuaciones de mantenimiento, modificación y rehabilitación de construcciones existentes, si bien estas no supondrán un aumento de la superficie edificada. - (R) La construcción de nuevas edificaciones es incompatible. b. Actividades agrarias - (D) En las parcelas con uso agrario incluidas en esta zona podrá continuarse con la actividad agropecuaria desarrollada hasta el momento. - (R) Los cambios de uso de suelo de forestal a agrícola, así como el cambio de sistema de explotación de secano a regadío, son incompatibles. c. Elemento Clave: Hábitat 92D0 Además de los Programas de Conservación 1, 2, 3 y 4 incluidos en el apartado Sistema de hábitats ribereños del Plan Director de la Red Natura 2000, en estas zonas serán de aplicación las siguientes medidas de conservación: - (R) Es incompatible cualquier actuación que suponga un recorte o modificación permanente de los cursos de agua o que degrade el Dominio Público Hidráulico, excepto si se tratase de labores de imperiosa necesidad por parte de Confederación Hidrográfica del Guadiana. - (D) En las limpiezas de cauce se limitarán todas aquellas actuaciones que impliquen la alteración sustancial de la morfología del mismo, siendo incompatible la introducción de maquinaria en la rivera. Así mismo, en las zonas en las que se localicen poblaciones Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral) serán incompatibles las actuaciones que impliquen la alteración del lecho del cauce, y las zonas con presencia de especies de flora amenazada, deberán ser delimitadas con anterioridad al inicio de los trabajos, al objeto de que no resulten afectadas por los mismos. - (R) Los nuevos aprovechamientos de agua o captaciones en la rivera son incompatibles, a excepción de aquellas dirigidas a abastecimiento público en los casos en los que no existan otras alternativas técnica, económica y ambientalmente viables. - (R) A partir de la ribera, se mantendrán franjas de protección con vegetación espontanea de al menos 2 metros. - (R) Cuando se apliquen productos fitosanitarios o productos fertilizantes orgánicos se respetará una banda de seguridad mínima, con respecto a la ribera, de 10 metros. En el caso de aplicación de productos fertilizantes químicos, se respetará una banda de seguridad mínima, con respecto a la ribera, de 40 metros. 16

17 - (R) El aprovechamiento de los pastos en estas zonas se ajustará a las siguientes regulaciones: En el Regato de la Bejarana (ZIP 1) se realizará fuera del periodo comprendido entre el 15 de febrero y el 1 de junio. En la Cabecera y tramo medio de la Rivera de Nogales (ZIP 2) se realizará fuera del periodo comprendido entre el 15 de marzo y el 1 de junio. Con carácter general, el aprovechamiento de pastos por ganado ovino y vacuno se consideran compatibles, si bien la carga ganadera máxima será de 1 cabeza de vacuno/hectárea y 4 cabezas de ovino/hectárea. La compatibilidad del aprovechamiento de pastos por ganado caprino deberá ser valorado en cada caso y zona en el correspondiente Informe de Afección, que será necesario tanto para la zona de Dominio Público Hidráulico, como de las zonas aledañas al mismo incluidas en la ZIP. El aprovechamiento por ganado porcino es incompatible. - (R) No se reforestará con quercíneas la superficie incluida en esta zona, al objeto de favorecer el desarrollo de la vegetación natural de ribera. - (D) En la zona Regato de la Bejarana (ZIP 1) y las zonas en las que se localicen poblaciones de flora amenazada, especialmente Galega cirujanoi, será prioritario el desarrollo de actuaciones dirigidas a: Favorecer el desarrollo de las especies de flora amenazada mediante la realización de desbroces manuales selectivos. En caso necesario, establecer exclusiones temporales o permanentes al pastoreo en áreas en las que se encuentren poblaciones de flora amenazada, así como un Plan de Manejo de las mismas, al objeto de favorecer la conservación de poblaciones de especies de flora amenazada. En los casos en los que sea necesario, se promoverá el establecimiento de acuerdos con la propiedad del terreno en la que se localicen las poblaciones. - (D) En las zonas en las que se localicen poblaciones de Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral) será prioritario el desarrollo de actuaciones dirigidas a: Instalar sistemas depurativos naturales o filtros verdes. Mejorar el hábitat de la especie, con actuaciones de adecuación o creación de bancos de arena. Recuperar los hábitats naturales de ribera. - (A) Muestreo de la zona Regato de la Bejarana (ZIP 1) al objeto de confirmar la presencia de Narcissus assoanus, y en su caso delimitación cartográfica y determinación del estado de conservación de sus poblaciones. 17

18 - (A) Actualmente se conoce la localización de algunas poblaciones de Galega cirujanoi (falso anil, galega), Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral) en las superficies clasificadas como ZIP, si bien, se considera necesario mejorar esta información, al objeto de establecer las medidas de conservación requeridas por estas especies. Por ello, se llevarán a cabo las siguientes actuaciones: Muestreo y delimitación cartográfica de las poblaciones de Galega cirujanoi, así como determinación del estado de conservación de las mismas. Muestreo y delimitación cartográfica de las poblaciones de Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral), así como determinación del estado de conservación de las mismas. - (A) Instalación de un cerramiento de exclusión ganadera para la protección de una población de Galega cirujanoi localizadas en el Tramo bajo de la Rivera de Nogales (ZIP 3) Zona Alto Interés (ZAI) a. Actividades constructivas - (R) Previo Informe de Afección positivo, podrán llevarse a cabo actuaciones de mantenimiento, modificación y rehabilitación de construcciones existentes, si bien estas no supondrán un aumento de la superficie edificada. - (R) La construcción de nuevas edificaciones es incompatible. b. Actividades agrarias - (D) En las parcelas agrarias incluidas en esta zona podrá continuarse con la actividad agrícola desarrollada hasta el momento. - (R) Los cambios de uso de suelo de forestal a agrícola, así como el cambio de sistema de explotación de secano a regadío, son incompatibles. c. Elemento Clave: Hábitat 92A0 Además de los Programas de Conservación 1, 2, 3 y 4 incluidos en el apartado Sistema de hábitats ribereños del Plan Director de la Red Natura 2000, en estas zonas serán de aplicación las siguientes medidas de conservación: - (R) Es incompatible cualquier actuación que suponga un recorte o modificación permanente de los cursos de agua o que degrade el Dominio Público Hidráulico, excepto si se tratase de labores de imperiosa necesidad por parte de Confederación Hidrográfica del Guadiana. 18

19 - (R) Los nuevos aprovechamientos de agua o captaciones en la rivera son incompatibles, a excepción de aquellas dirigidas a abastecimiento público en los casos en los que no existan otras alternativas técnica, económica y ambientalmente viables. - (R) A partir de la ribera, se mantendrán franjas de protección en las que no se podrá actuar, con vegetación espontanea de al menos 2 metros. - (R) Conforme a la normativa sectorial vigente cuando se apliquen productos fitosanitarios se respetará una banda de seguridad mínima, con respecto a la ribera de 5 metros (incluyendo los brazos auxiliares, pues el cauce se abre bastante en este tramo medio). En el caso de aplicación de productos fertilizantes, se respetará una banda de seguridad mínima de 10 metros. - (D) En el Informe de Afección relativo al aprovechamiento de pastos en Dominio Público Hidráulico se establecerán, en su caso, la carga ganadera máxima y periodo en el que puede llevarse a cabo este aprovechamiento al objeto de compatibilizar esta actividad con la conservación del hábitat de fresneda. - (D) En estas zonas será prioritario incentivar medidas y fomentar ayudas dirigidas a: Restaurar las zonas de Dominio Público Hidráulico degradadas u ocupadas por cultivos agrarios u otros usos. Minimizar el uso de productos químicos y fitosanitarios en la agricultura. En este sentido se favorecerá el empleo de productos fertilizantes orgánicos y de productos fitosanitarios de baja toxicidad y persistencia en el medio, y se evitará el uso de aquellos de amplio espectro. Establecer sistemas de producción ecológica o integrada, especialmente en las zonas del olivar localizadas en las laderas de las sierras Medidas de conservación relativas a todo el ámbito territorial del Plan de Gestión Para la conservación de los hábitats ribereños - Al objeto de evitar la contaminación de las aguas de la ZEC Rivera de los Limonetes Nogales, el incremento del aporte de sedimentos al cauce y la sobreexplotación de los recursos hídricos, en la Zona de Policía de los tramos de los distintos cauces incluidos en el ámbito territorial de esta ZEC, independientemente de que quede incluida en Red Natura 2000, se aplicarán las siguientes medidas: (R) Requerirán Informe de Afección las nuevas infraestructuras ganaderas de concentración o alojamiento de ganado, las nuevas actividades extractivas, las nuevas concesiones subterráneas de agua o cualquier otra actuación que suponga la remoción del terreno o sea susceptible de contaminar sus aguas. 19

20 (D) En la medida de lo posible, se procurará emplazar las instalaciones y actividades indicadas en el punto anterior, fuera de la Zona de Policía de los tramos indicados, especialmente en la Zona de Policía de los tramos zonificados como ZIP y ZAI. - (R) En Dominio Público Hidráulico es incompatible la corta de arbolado autóctono, salvo: La asociada a la eliminación de pies dañados, enfermos o muertos, por motivos fitosanitarios o de protección frente avenidas, en cuyo caso será necesario solicitar el correspondiente informe de afección. Las obras de restauración hidrológica ambiental informadas favorablemente por la Dirección General con competencias en materia de medio ambiente. Si bien, en todo caso la corta de arbolado deberá estar acompañada de un plan de restauración de orillas, de forma que se implante especies arbóreas autóctonas para recuperarlas. - (R) En los trabajos de adecuación o modificación de carreteras y caminos que atraviesen el cauce: Se realizarán muestreos previos para determinar la presencia de especies de flora o bivalvos amenazados, al objeto de establecer medidas específicas de protección de sus poblaciones y en su caso, recuperación de las mismas y restauración de su hábitat. Se mantendrán los caudales ecológicos y minimizará la afección al flujo superficial. Se conservarán las riveras con la vegetación natural, evitándose los vertidos de materiales tanto a las orillas como a los cauces. Se adoptarán alternativas en las que la alteración de la morfología del cauce sea mínima, siendo incompatibles los diseños que puedan suponer una barrera para la fauna piscícola. Preferentemente no se realizarán acopios de material en el entorno del cauce, y en su caso, se localizarán en zonas en las que no resulten afectadas especies amenazadas y se restaurará la zona afectada. Se implantarán medidas de estabilización de taludes que minimicen la erosión y consecuentemente el incremento del aporte de sedimentos al cauce. En este sentido se recomiendan medidas como la revegetación total de taludes y el establecimiento de balsas de decantación a pie de los mismos. - (D) Se desarrollarán actuaciones de restauración de riveras a lo largo de todo el cauce, siendo prioritarias aquellas dirigidas a incrementar la conectividad entre manchas de hábitats de ribera bien conservados, y recuperar áreas degradadas y desprovistas de vegetación. Se podrán plantear cerramientos temporales para limitar los accesos del ganado existente en el entorno con objeto de favorecer la recuperación de las zonas de actuación. 20

21 - (D) Se promoverá el desarrollo de un plan de actuación anual de retirada de residuos y restos de arbolado arrastrados por las corrientes. Estas actuaciones no alterarán la morfología del cauce, el lecho ni la vegetación presente, debiendo limitarse a la retirada de aquellos elementos que provoquen obstrucciones en el cauce. - (D) Se vigilará la calidad fisicoquímica y biológica de las aguas de los cursos fluviales incluidos en el ámbito territorial del presenta Plan. Para ello: Se establecerá un sistema de indicadores de la calidad de las aguas, entre los que se contemplarán indicadores asociados a las especies Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral). En los casos en los que se detecten procesos de contaminación que comprometan la conservación de las poblaciones de las especies indicadas y los hábitats de ribera existentes en el cauce, deberán adoptarse adecuadas medidas para mitigarlos. - (A) Revisión de las captaciones de agua existentes en el cauce, con objeto de tramitar su retirada en caso de ser ilegales. - (D) Se promoverá la eliminación de las infraestructuras, asociadas a captaciones de agua ilegales, que constituyan barreras para la fauna y alteren las dinámicas hídricas naturales. - (D) Se promoverá el deslinde y amojonamiento del dominio público hidráulico de los tramos de los cauces incluidos en el ámbito territorial del presente Plan. 10. Valoración económica Actuación Coste 1 Muestreo de la zona Regato de la Bejarana (ZIP 1) al objeto de confirmar la presencia de Narcissus assoanus, y en su caso delimitación cartográfica y determinación del estado de conservación de sus poblaciones Muestreo y delimitación cartográfica de las poblaciones de Galega cirujanoi, así como determinación del estado de conservación de las mismas (la actuación está contemplada para las zonas clasificadas como ZIP). Muestreo y delimitación cartográfica de las poblaciones de Unio delphinus (mejillón de río mayor) y Potomida litoral (náyade litoral), así como determinación del estado de conservación de las mismas (la actuación está contemplada para las zonas clasificadas como ZIP) Instalación de un cerramiento de exclusión ganadera para la protección de una población de Galega cirujanoi localizadas en el Tramo bajo de la Rivera de Nogales (ZIP 3). Revisión de las captaciones de agua existentes en el cauce No supone la adquisición inmediata de una obligación sino que este compromiso se materializará en función de las disponibilidades presupuestarias. 21

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