La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 2 de enero del ,00 AÑO CXXVIII Nº 1-24 Páginas FELIZ AÑO NUEVO 2006

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 2 de enero del ,00 AÑO CXXVIII Nº 1-24 Páginas FELIZ AÑO NUEVO 2006"

Transcripción

1 La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 2 de enero del ,00 AÑO CXXVIII Nº 1-24 Páginas FELIZ AÑO NUEVO 2006

2 Pág 2 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 CONTENIDO Pág Nº PODER EJECUTIVO Acuerdos...2 Resoluciones...5 DOCUMENTOS VARIOS...8 PODER JUDICIAL Avisos...10 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Acuerdos...10 Edictos...10 Avisos...11 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA...11 REGLAMENTOS...13 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS...14 RÉGIMEN MUNICIPAL...15 AVISOS...17 NOTIFICACIONES...23 El Alcance Nº 49 a La Gaceta Nº 253 circuló en forma de folleto el viernes 30 de diciembre del 2005 y contiene la Ley del Poder Legislativo Nº 8490, Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del PODER EJECUTIVO ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA N 194-PE. San José, 30 de noviembre del 2005 Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en los artículos 140, incisos 8) y 20), 146 de la Constitución Política, artículo 25, inciso 1), artículo 27 inciso 1) y artículo 28, inciso 2), acápite b) de Ley General de la Administración Pública. Artículo 1º Autorizar al Ingeniero Guido Alvarado Martínez, cédula de identidad número , Director de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, para que asista a presentación referente al tema de Inteligencia y Seguridad, la cual se llevará a cabo en Washington D.C., Estados Unidos de América, del 5 al 9 de diciembre de Artículo 2º Los gastos por concepto de boletos aéreos, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Gobierno de Estados Unidos de América. Artículo 3º En tanto perdure la ausencia del señor Director, se le encargará la atención de la institución al Subdirector, señor Gilberto Delgado Trigueros. Artículo 4º En lo que respecta a la Unidad Especial de Intervención, de conformidad con lo indicado en el artículo segundo del Acuerdo número 45-MP del 8 de marzo de 2004, se le encargará la atención de la institución al Comisario Miguel Torres Sanabria, Jefe de Operaciones. Artículo 5º Rige a partir del 5 al 9 de diciembre de ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri. 1 vez. (Solicitud Nº 30127). C (104918). N 195-PE. San José, 8 de noviembre del 2005 Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en los artículos 140, incisos 8) y 20), 146 de la Constitución Política, artículo 25, inciso 1), artículo 27 inciso l) y artículo 28, inciso 2), acápite b) de Ley General de la Administración Pública. Artículo 1º Autorizar al señor Milton Chaves Rivera, cédula de identidad número , para que participe en Curso de Inteligencia Migratoria a realizarse en México, del 28 de noviembre al 2 de diciembre de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte serán cubiertos por el Título 105-Ministerio de la Presidencia, programa 041-Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, subpartida 142 Gastos de Transporte de o para al Exterior. Los gastos de hospedaje y alimentación serán sufragados por el Gobierno de la Ciudad de México. Artículo 3º Se otorga al señor Chaves Rivera, la suma adelantada de ,15 (trescientos cuatro mil quinientos veintiocho colones con quince céntimos) para cubrir los gastos de los boletos aéreos. Artículo 4º Rige a partir del 27 de noviembre y hasta el 4 de diciembre de ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri. 1 vez. (Solicitud Nº 30127). C (104919). N 196-PE. San José, 18 de noviembre del 2005 Y LA MINISTRA DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en los artículos 140, incisos 8) y 20), 146 de la Constitución Política, artículo 25, inciso 1), artículo 27 inciso 1) y artículo 28, inciso 2), acápite b) de Ley General de la Administración Pública. Artículo 1º Autorizar al señor Roberto Barahona Alfaro, portador de la cédula de identidad número y a la señora Eva Jirón Castellón, portadora de la cédula de identidad número , para que participen en el Curso de Entrenamiento Regional para Funcionarios de las OCNS de los Países de Habla Hispana del Caribe y la Región Americana, por realizarse en Bogotá, Colombia, del 21 al 25 de noviembre de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte serán cubiertos por el Título 105-Ministerio de la Presidencia, programa 041-Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, subpartida 142 Gastos de Transporte de o para al Exterior. Los gastos de hospedaje y alimentación serán sufragados por el Gobierno de Colombia. Artículo 3º Se otorga a los señores Barahona Alfaro y Jirón Castellón, la suma adelantada de ,50 (doscientos treinta y dos mil ochocientos ochenta y dos colones con cincuenta céntimos) individualmente, para cubrir los gastos de los boletos aéreos. Artículo 4º Rige a partir del 19 al 25 de noviembre de ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de la Presidencia, Lineth Saborío Chaverri. 1 vez. (Solicitud Nº 30127). C (104920). MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO N 230-RE. San José 11 de octubre del 2005 Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con lo establecido en el artículo 140 inciso 12) y 146) de la Constitución Política de la República. Considerando 1º Que en el proceso de modernización y profesionalización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto es necesario mejorar la capacitación de los funcionarios del área administrativa, según Reglamento Interno de Trabajo, Capítulo XIII de los derechos de los servidores, inciso h. 2º Que la XXVI Conferencia Interamericana de Contabilidad a realizarse del 23 al 26 de octubre del presente año en Salvador de Bahía, en Brasil, aportaría valiosos conocimientos de actualidad al Proceso Financiero y Oficialía Presupuestal de este Ministerio. Artículo 1º Autorizar a la señorita Yorleny Carvajal Corrales, cédula Nº , Encargada Subproceso de Contabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que participe en la XXVI Conferencia Interamericana de Contabilidad, a realizarse del 23 al 26 de octubre del presente año en Salvador de Bahía, en Brasil. Artículo 2º Los pasajes, impuestos de salida, gastos de viaje y gastos de inscripción, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. De conformidad con el artículo 34 y 52 del Reglamento de Gastos de Viáticos para funcionarios públicos, se le asigna la suma de US$ 150 diarios para un total de US$ por concepto de viáticos. Todo sujeto a liquidación. Artículo 3º Rige del 21 al 28 de octubre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Marco Vinicio Vargas Pereira. 1 vez. (Solicitud Nº 09980). C (105371). MINISTERIO DE SALUD Nº 9228-DM-Y. San José, 22 de Noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar a la doctora Lidieth Carballo Quesada, portadora de la cédula de identidad Nº , Jefa Unidad de Evaluación de la Dirección Servicios de Salud del Ministerio de Salud, para que asista y participe en la II Reunión de la Red Iberoamericana de Guías para la Calidad de la Asistencia Sanitaria, a realizarse en Santiago de Chile, Chile, del 23 al 25 de noviembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y hospedaje serán financiados por el Consejo Técnico de Asistencia Médico Social, partidas presupuestarias y y los de alimentación serán financiados por la Red Iberoamericana de Guías para la Calidad de la Asistencia Sanitaria. Artículo 3º Rige del 23 al 27 de noviembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105372).

3 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 3 Nº 9230-DM-Y. San José, 23 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar al doctor Luis Tacsan Chen, portador de la cédula de identidad Nº , Director de la Dirección de Investigación en Salud y Desarrollo Tecnológico del Ministerio de Salud, para que asista y participe en el III Foro Regional de Salud, sobre Seguridad Alimentación y Nutrición La Fortificación de Alimentos en Estrategia Oportuna, a realizarse en Santo Domingo, República Dominicana, del 23 al 25 de noviembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía serán cubiertos por el Parlamento Centroamericano y otras instituciones patrocinadoras. Artículo 3º Rige del 23 al 25 de noviembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105373). Nº 9241-DM-Y. San José, 23 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar a la Licenciada Fanny Levin Picado, portadora de la cédula de identidad Nº , funcionaria del Ministerio de Salud, para que asista y participe en el Seminario Internacional Liberación de Organismos Vivos Modificados en Ecosistemas Tropicales, a realizarse en Lima, Perú, del 28 de noviembre al 2 de diciembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía serán financiados con fondos del Fideicomiso Nº 872, Ministerio de Salud-Banco Nacional de Costa Rica, Partida Presupuestaria 1, Programa 627 Registros y Controles, Subpartidas y Artículo 3º Rige de las 9:00 horas del 27 de noviembre del 2005 a las 13:30 horas del 3 de diciembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105374). Nº 9244-DM-Y. San José, 24 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de la Constitución Política; 28 de la Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978 Ley General de la Administración Pública; 1 y 2 de la Ley General de Salud, así como 1 y 2 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud. Considerando: 1º Que mediante Acuerdo N 4642-DM, publicado en La Gaceta N 223 del 18 de noviembre del 2005, se indicó en el Considerando N 2 lo siguiente: Que el Punto N 2 de la Carta de Intenciones citada supra se acuerda que el estudio propuesto sobre la vacuna contra los virus de papiloma humano es una colaboración científica entre el NCI, el Ministerio de Salud de Costa Rica, INCIENSA y FUCODOCSA, y se está realizando utilizando la vacuna producida y aportada por GSK de acuerdo con los términos de un acuerdo de ensayo clínico entre el NCI y GSK firmado en julio 2003 (NCI CTA N 518) y su carta de intención acompañante para una provisión de beneficio (benefit back provision) para Costa Rica. 2º Que el día 13 de abril del 2004 la Fundación Costarricense para la Docencia en Ciencias de la Salud (FUCODOCSA) y la Fundación Inciensa (FUNIN) suscribieron un Contrato de Acuerdo de Novación mediante el cual, en lo que respecta a la Carta de Intención del día 17 de diciembre del 2003, FUCODOCSA transfiere a la FUNIN sus activos, derechos y obligaciones, a partir del 30 de abril del Por tanto, Artículo 1º Modificar el Considerando N 2 del Acuerdo N DM, publicado en La Gaceta N 223 del 18 de noviembre del 2005 de la siguiente manera: 2- Que el estudio propuesto sobre la vacuna contra los virus de papiloma humano es una colaboración científica entre el NCI, el Ministerio de Salud de Costa Rica, INCIENSA y FUNIN, y se está realizando utilizando la vacuna producida y aportada por GSK de acuerdo con los términos de un acuerdo de ensayo clínico entre el NCI y GSK firmado en julio 2003 (NCI CTA N 518) y su carta de intención acompañante para una provisión de beneficio (benefit back provision) para Costa Rica. Artículo 2º Rige a partir del 9 de setiembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105375). Nº 9254-DM-Y. San José, 24 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar al doctor César Augusto Gamboa Peñaranda, portador de la cédula de identidad Nº , Director General de Salud, para que asista y participe en una reunión con funcionarios del Ministerio de Salud de Nicaragua, con el propósito de trabajar en el proyecto TCC Costa Rica-Nicaragua, que involucra la atención en salud de las áreas localizadas a lo largo del Cordón Fronterizo, a realizarse en Nicaragua, del 29 de noviembre al 2 de diciembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud. Artículo 3º Rige del 29 de noviembre al 2 de diciembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105376). Nº 9257-DM-Y. San José, 24 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar al doctor Daniel Salas Peraza, portador de la cédula de identidad número , funcionario de la Dirección de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud, para que asista y participe en la Conferencia Hemisférica de la Vigilancia y Prevención de la Influenza Aviaria, a realizarse en Brasilia, Brasil, del 30 de noviembre al 1º de diciembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud. Artículo 3º Rige del 30 de noviembre al 1º de diciembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105377). Nº 9259-DM-Y. San José, 28 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar a las doctoras Marcela González Rodríguez, portadora de la cédula de identidad Nº y Lilliam Molina Arias, portadora de la cédula de identidad Nº , funcionarias de la Dirección de Registros y Controles, para que asistan y participen en el curso sobre Registro y Liberación de Lotes de Vacunas, a realizarse en Lima, Perú, del 29 de noviembre al 2 de diciembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía de las doctoras Marcela González Rodríguez y Lilliam Molina Arias, serán financiados por la Organización Panamericana de la Salud. Artículo 3º Rige del 29 de noviembre al 2 de diciembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105378). Nº 9298-DM-Y. San José, 25 de noviembre del 2005 Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar al doctor Francisco Cubillo Martínez, portador de la cédula de identidad Nº , Viceministro de Salud, para que asista y participe en el Consejo de Integración Social, a realizarse en Managua, Nicaragua, del 28 al 30 de noviembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía serán cubiertos por el SICA. Artículo 3º Rige del 28 al 30 de noviembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105379). Nº 9300-DM-Y. San José, 29 de noviembre del 2005 Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política.

4 Pág 4 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Artículo 1º Autorizar a la MSc. Xinia Gómez Sarmiento, portadora de la cédula de identidad Nº , Jefa de la Unidad de Investigación en Salud del Ministerio de Salud, para que asista y participe en visita de técnicos costarricenses a Brasil, la que se da en el marco del Proyecto de Cooperación Técnica entres Países (TCC) Fortalecimiento de los Modelos Nacionales de Promoción y Protección de la Salud de los Pueblos Indígenas de Brasil y Costa Rica, firmado entre los Ministerios de Salud de Costa Rica y Brasil, del 5 al 14 de diciembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía serán financiados por la Organización Panamericana de la Salud. Artículo 3º Rige del 5 al 14 de diciembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105380). Nº 9317-DM. San José, 30 de noviembre del 2005 Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar al doctor César Augusto Gamboa Peñaranda, portador de la cédula de identidad Nº , Director General de Salud, para que asista y participe en la I Reunión del Grupo de Trabajo del Comité Ejecutivo de la OPS sobre la Simplificación de los Mecanismos de Gobernanza de la OPS, a realizarse en Washington D.C., Estados Unidos de América, del 4 al 7 de diciembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud. Artículo 3º Rige del 4 al 7 de diciembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105381). Nº 9347-DM-Y. San José, 1º de diciembre del 2005 Y LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. Artículo 1º Autorizar a la Lic. Julieta Campos Segura, portadora de la cédula de identidad Nº , a la Dra. Teresita Solano Chinchilla, portadora de la cédula de identidad Nº y al Dr. José Luis Garcés Fernández, portador de la cédula de identidad Nº , funcionarios del Ministerio de Salud, para que asistan y participen en el I Taller de Capacitación para la Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores, a realizarse en Oaxaca, México, del 3 al 10 de diciembre del Artículo 2º Los gastos de transporte y estadía de la licenciada Julieta Campos Segura; de la doctora Teresita Solano Chinchilla y del doctor José Luis Garcés Fernández, serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y por la Secretaría de Relaciones Exteriores de México. Artículo 3º Rige del 3 al 10 de diciembre del Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Salud, Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal. 1 vez. (O/C Nº 488). C (105382). MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 091. San José, 29 de noviembre del 2005 Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En el uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 20) de la Constitución Política, 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Artículo 1º Autorizar al señor Olman Alfaro Álvarez, cédula de identidad N , funcionario de esta Institución, para que participe en el Taller Estudio Comparativo de Programas de Combate a la Pobreza desde el Enfoque de Derechos Humanos, el cual se llevará a cabo del 7 al 9 de diciembre del 2005 en la Ciudad de Panamá, Panamá, ambas fechas inclusive. Artículo 2º Los tiquetes aéreos de ida y regreso, por un costo de ,00 (ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos cuatro colones sin céntimos), serán cubiertos por la partida presupuestal y los viáticos por concepto de alimentación y hospedaje por la suma de ,00 (doscientos ocho mil quinientos sesenta y ocho colones sin céntimos), serán cubiertos por la partida presupuestal N , ambas partidas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, los gastos por concepto de impuestos de salida dentro y fuera del país en que se incurra o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse, por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos, correrán por cuenta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Todo queda sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º Rige a partir del 6 al 9 de diciembre del 2005, ambas fechas inclusive. Publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Fernando Trejos Ballestero 1 vez. (Solicitud Nº 14828). C (105368). MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA N 181. San José, 21 de noviembre del 2005 Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo N MP del 23 de mayo de Artículo 1º Nombrar al señor Jorge Arturo Jiménez Ramón, mayor, cédula , vecino de San Rafael de Heredia, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para la Gestión Ambiental Participativa FUNGAP-Grupo Antigua, cédula jurídica de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2º Rige a partir de su publicación. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. La Ministra de Justicia y Gracia, Patricia Vega Herrera. 1 vez. (Solicitud Nº 30383). C (104921). MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR N 509. San José, 2 de diciembre del 2005 Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas. Considerando: 1º Que el señor Guillermo Pereira Ruiz, mayor, casado una vez, ingeniero industrial, cédula de identidad Nº , vecino de San José, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Componentes Innovadores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , sociedad inscrita en el Registro Público, Sistema Digitalizado del Registro de Personas Jurídicas, bajo el tomo 556, asiento 3902, consecutivo 1, presentó solicitud para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley N 7210, sus reformas y su Reglamento. 2º Que la Comisión de Regímenes Especiales de PROCOMER, en sesión N , celebrada el día 29 de noviembre del 2005, conoció la solicitud de la empresa Componentes Innovadores Sociedad Anónima, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER N de fecha 25 de noviembre del 2005, acordó recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N 7210, sus reformas y su Reglamento. 3º Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto, 1º Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Componentes Innovadores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria Procesadora de Exportación, de conformidad con el inciso a) del artículo 17 de la Ley N 7210 y sus reformas. 2º La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de perillas plásticas. 3º La beneficiaria operará en el Parque Industrial Zona Franca de Cartago, ubicado en la provincia de Cartago. 4º La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER. Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4

5 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 5 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo, establecidos en la decisión de la Conferencia Ministerial de la OMC de fecha 14 de noviembre del Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables. 5º De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas), la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene. No obstante, las exenciones últimamente mencionadas no se aplicarán cuando los beneficiarios potenciales puedan descontar, en su país de origen los impuestos exonerados en Costa Rica o cuando realice actividades de comercialización, caso este último en el cual se le reducirá la exoneración del impuesto sobre la renta en la misma proporción en que las efectúe. Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos. 6º La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 03 trabajadores a partir del 26 de enero del 2006, y a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 10 trabajadores a más tardar el 31 de marzo del Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos $ ,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) a más tardar el 31 de junio del 2006, así como realizar y mantener una inversión mínima total de $ ,00 (ciento sesenta y nueve mil doscientos cuarenta y cinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de diciembre del Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de 33.23%. PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados. 7º Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 26 de enero del En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de área de techo industrial consignadas en su respectiva solicitud. Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida. 8º La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía y la SETENA y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional dispongan para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes. 9º La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento. 10. En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley N 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros. 11. Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen. Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. 12. Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora. 13. El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables. 14. La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera. 15. De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, Ley N 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. 16. Rige a partir de su comunicación. Comuníquese y publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. El Ministro de Comercio Exterior, Manuel A. González Sanz. 1 vez. (105280). RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Nº San José, a las 13:50 horas del día 14 del mes de noviembre del Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. Resultando: 1º Mediante oficio N 05/1028 de 31 de octubre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número , cuya naturaleza es terreno para vivienda, Lote 1002 Asentamiento Portalón y El Paso, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de ,07 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con Miriam Fallas; al sur, con calle pública; al este, con Belén Fallas; al oeste, con Miriam Fallas. 2º Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 1.250,53 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para vivienda, lote 1002 Asentamiento Portalón y El Paso. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y cuyos linderos son: norte, con resto de finca y Miriam Fallas Rodríguez; al sur, con Carretera Nacional con un frente de 70,87 metros y Miriam Umaña Mena; al este, con Miriam Umaña Mena, y al oeste, con Carretera Nacional con un frente de 10,00 metros y Miriam Fallas Rodríguez. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. 3º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano Catastrado Nº P , mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 1.250,53 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble; c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar; 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

6 Pág 6 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente. De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Número b) Naturaleza: terreno para vivienda, lote 1002 Asentamiento Portalón y El Paso. c) Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. d) Linderos: Norte con resto de finca y Miriam Fallas Rodríguez, al Sur con Carretera Nacional con un frente de 70,87 metros y Miriam Umaña Mena; al este, con Miriam Umaña Mena; y al oeste, con Carretera Nacional con un frente de 10,00 metros y Miriam Fallas Rodríguez. e) Propiedad: Jonlley Gardela Fallas, cédula número f) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 1.250,53 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto: Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número , situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Jonlley Gardela Fallas, cédula número , y cuyos linderos son: Norte con resto de finca y Miriam Fallas Rodríguez, al Sur con Carretera Nacional con un frente de 70,87 metros y Miriam Umaña Mena, al Este con Miriam Umaña Mena y al Oeste con Carretera Nacional con un frente de 10,00 metros y Miriam Fallas Rodríguez, con una área total de 1.250,53 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº P , necesaria para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas. 3º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas. Notifíquese y publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante. 1 vez. (Solicitud Nº 21773). C (105385). Nº San José, a las 13:55 horas del día 14 del mes de noviembre del Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. Resultando: 1º Mediante oficio N 05/1024 de 31 de octubre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número , cuya naturaleza es terreno de potrero, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de ,34 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con Lilliam Gardela y Roberto Román; al sur, con Lilliam Gardela; al este, con carretera y Roberto Román; al oeste, con Lilliam Gardela Roman. 2º Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 790,02 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potrero. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y cuyos linderos son: norte, con resto de finca y Quebrada El Gallo; al sur, con carretera nacional con 30,00 metros de frente y Víctor Hugo Román Alfaro; al este, con Víctor Hugo Román Alfaro, y al oeste, con carretera nacional con 95,31 metros de frente y Quebrada El Gallo. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical. 3º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano Catastrado Nº P , mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 790,02 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble; c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar; 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y, Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente. De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Número b) Naturaleza : terreno de potrero. c) Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. d) Linderos: norte, con resto de finca y Quebrada El Gallo; al sur, con carretera nacional con 30,00 metros de frente y Víctor Hugo Román Alfaro; al este, con Víctor Hugo Román Alfaro, y al oeste, con carretera nacional con 95,31 metros de frente, y Quebrada El Gallo. e) Propiedad: Arnulfo Ramírez Zeledón, cédula número f) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 790,02 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

7 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 7 Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número , situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Arnulfo Ramírez Zeledón, cédula número , y cuyos linderos son: norte, con resto de finca y Quebrada El Gallo; al sur, con carretera nacional con 30,00 metros de frente y Víctor Hugo Román Alfaro; al este, con Víctor Hugo Román Alfaro, y al oeste, con carretera nacional con 95,31 metros de frente y Quebrada El Gallo, con una área total de 790,02 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº P , necesaria para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas. 3º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas. Notifíquese y publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante. 1 vez. (Solicitud Nº 21772). C (105386). Nº San José, a las 14:00 horas del día 14 del mes de noviembre del Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. Resultando: 1º Mediante oficio N 05/1023 de 31 de octubre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número , cuya naturaleza es terreno para construir con una casa, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 1.262,73 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle pública con 23,85; al sur, con Digna Madrigal Fernández; al este, con María Elena Jiménez Godinez; al oeste, con Digna Madrigal Fernández; al noreste, con calle pública con 23,57 metros de frente; al noroeste, con Digna Madrigal Fernández; al sureste, con María Elena Jiménez Godinez, y al suroeste, con Digna Madrigal Fernández. 2º Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 539,27 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para construir con una casa. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y cuyos linderos son: norte, con calle pública con un frente de 15,63 metros y Nury Chinchilla Madrigal; al sur, con resto de finca y María Jiménez Godinez; al este, con calle pública con 8.00 metros de frente y María Jiménez Godinez, y al oeste, con resto de finca y Nury Chinchilla Madrigal. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical. 3º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano Catastrado Nº P , mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 539,27 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble; c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar; 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y, Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente. De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula número b) Naturaleza: terreno para construir con una casa. c) Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. d) Linderos: norte, con calle pública con un frente de 15,63 metros y Nury Chinchilla Madrigal; al sur, con resto de finca y María Jiménez Godinez; al este, con calle pública con 8.00 metros de frente y María Jiménez Godinez, y al oeste, con resto de finca y Nury Chinchilla Madrigal. e) Propiedad: Ángel Briceño Salazar, cédula número f) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 539,27 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto: Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula número , situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Ángel Briceño Salazar, cédula número , y cuyos linderos son: norte, con calle pública con un frente de 15,63 metros y Nury Chinchilla Madrigal; al sur, con resto de finca y María Jiménez Godinez; al este, con calle pública con 8.00 metros de frente y María Jiménez Godinez, y al oeste, con resto de finca y Nury Chinchilla Madrigal, con una área total de 539,27 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº P , necesaria para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas. 3º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas. Notifíquese y publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante. 1 vez. (Solicitud Nº 21774). C (105387). Nº San José, a las 15:20 horas del día 21 del mes de noviembre del Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. Resultando: 1º Mediante oficio N 05/1029 de 31 de octubre del 2005, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número , cuya naturaleza es terreno para agricultura, situado en

8 Pág 8 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 el distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de ,25 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la Propiedad son: norte, con Sociedad Hermano Víquez y otro; al sur, con parcelas 103; al este, con parcelas 103, y al oeste, con parcelas º Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 5.284,17 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para agricultura. Ubicación: distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y cuyos linderos son: norte, con resto de finca; al sur, con resto de finca, Marcos Chaves Araya y Teresa Araya Araya; al este, con Marcos Chaves Araya y Roberth, Yohan y Fabián Chaves Delgado, y al oeste, con Teresa Araya Araya y Marcos Chaves Araya. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. 3º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano Catastrado Nº P , mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 5 284,17 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble; c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar; 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y, Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente. De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real Matrícula Número b) Naturaleza: terreno para agricultura. c) Ubicación: Situado en el distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. d) Linderos: norte, con resto de finca; al sur, con resto de finca, Marcos Chaves Araya y Teresa Araya Araya; al este, con Marcos Chaves Araya y Roberth, Yohan y Fabián Chaves Delgado, y al oeste, con Teresa Araya Araya y Marcos Chaves Araya. e) Propiedad: Jefry Antonio Jiménez Portuguez, cédula , Juan Francisco Ulate Jiménez, cédula , Marleny Jiménez Jiménez, cédula , Alicia María Jiménez Jiménez, cédula número , María Gerardina Jiménez Jiménez, cédula , Floribeth Jiménez Jiménez, cédula , Rigoberto Jiménez Jiménez, cédula , Rose Mary Jiménez Jiménez, cédula , María de Los Ángeles Ávila Jiménez, cédula , Maribel Jiménez Jiménez, cédula , y en su condición de usufructuarios Rosalía Jiménez Marín, cédula , y Juan Jiménez Molina, cédula f) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 5.284,17 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto: Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Jefry Antonio Jiménez Portuguéz, cédula , Juan Francisco Ulate Jiménez, cédula , Marleny Jiménez Jiménez, cédula , Alicia María Jiménez Jiménez, cédula número , María Gerardina Jiménez Jiménez, cédula , Floribeth Jiménez Jiménez, cédula , Rigoberto Jiménez Jiménez, cédula , Rose Mary Jiménez Jiménez, cédula , María de Los Ángeles Ávila Jiménez, cédula , Maribel Jiménez Jiménez, cédula , y en su condición de usufructuarios Rosalía Jiménez Marín, cédula , y Juan Jiménez Molina, cédula , y cuyos linderos son: norte, con resto de finca; al sur, con resto de finca, Marcos Cháves Araya y Teresa Araya Araya; al este, con Marcos Chaves Araya y Roberth, Yohan y Fabián Chaves Delgado, y al oeste, con Teresa Araya Araya y Marcos Chaves Araya, con una área total de 5.284,17 metros cuadrados, conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº P , necesaria para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas. 3º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas. Notifíquese y publíquese. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Randall Quirós Bustamante. 1 vez. (Solicitud Nº 21776). C (105388). DOCUMENTOS VARIOS HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN Nº A las diez horas del nueve de diciembre del dos mil cinco. Considerando: 1º Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria, para dictar normas generales para los efectos de la correcta aplicación de las leyes tributarias dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. 2º Que mediante Decreto Ejecutivo Nº H del 12 de enero del 2000 publicado en La Gaceta Nº 38 del 23 de febrero de ese mismo año, se adicionó el inciso k) al artículo 1º del Reglamento sobre Criterios Objetivos de Selección de Contribuyentes para Fiscalización, Decreto Ejecutivo Nº H de 13 de marzo de 1997 y sus reformas, en el que se establece que se podrán seleccionar a contribuyentes que pertenezcan a los sectores y actividades económicas definidas mediante resolución de la Dirección General de Tributación, publicada con antelación al inicio del Plan anual de Fiscalización de que se trate. Por tanto, RESUELVE: Artículo 1º En el Plan Anual de Fiscalización del año 2006, en adición a los sujetos pasivos que se seleccionen por los diferentes criterios establecidos en el Reglamento sobre criterios objetivos de selección de contribuyentes para fiscalización, también se podrá seleccionar a aquellos comprendidos dentro de los siguientes sectores y actividades económicas: 1) Importación o comercialización de vehículos automotor o sus repuestos, o ambos. 2) Venta o alquiler de bienes inmuebles, o ambos. 3) Prestación de servicios de educación. 4) Ejercicio liberal de profesiones. 5) Servicios relacionados con el turismo tales como hoteles, transporte, operadores turísticos, agencias de viaje, excursiones, esparcimiento, y similares. 6) Centros de colocación de apuestas, de juegos de azar, casinos virtuales o explotación de máquinas tragamonedas. 7) Sujetos pasivos cuya relación por cociente, entre la renta neta y la renta bruta declarada, sea inferior a esa misma relación promedio de la actividad económica en que se desempeñan. 8) Talleres de reparación o enderezado de vehículos, o ambos. 9) Sujetos pasivos de cualquier sector o actividad económica que, como consecuencia de haber sido objeto de actuaciones abreviadas, o que al iniciárseles dicho procedimiento, hubieren presentado las declaraciones tributarias o hubieren rectificado las presentadas inicialmente. Artículo 2º Rige a partir de su publicación. Publíquese. Lic. Francisco Fonseca Montero, Director General. 1 vez. (Solicitud Nº 20254). C (105300).

9 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 9 AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO GERENCIA DE INSUMOS AGRÍCOLAS EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Nº 336/05. El señor Eduardo Dada Hutt, cédula o pasaporte Nº , en calidad de representante legal de la compañía Indagro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante, de nombre comercial Agrocote liberación controlada, compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, a las 15:30 horas del 9 de diciembre del Programa Registro de Agroquímicos. Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa. (104894). Nº 337/05. El señor Eduardo Dada Hutt, cédula o pasaporte Nº , en calidad de representante legal de la compañía Indagro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante, de nombre comercial Ferticote liberación controlada, compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, a las 15:30 horas del 9 de diciembre del Programa Registro de Agroquímicos. Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa. (104897). Nº 338/05. El señor Eduardo Dada Hutt, cédula o pasaporte Nº , en calidad de representante legal de la compañía Indagro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante, de nombre comercial Ferticote liberación controlada, compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, a las 15:30 horas del 9 de diciembre del Programa Registro de Agroquímicos. Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa. (104899). Nº 339/05. El señor Eduardo Dada Hutt, cédula o pasaporte Nº , en calidad de representante legal de la compañía Indagro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante, de nombre comercial Agrocote liberación controlada, compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, a las 15:30 horas del 9 de diciembre del Programa Registro de Agroquímicos. Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa. (104902). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES En sesión celebrada en San José, a las catorce horas con treinta minutos del día 29 de junio del 2005, se acordó conceder traspaso de pensión de Gracia, mediante la resolución JNPGR N , del día 29 de junio del 2005, a la señora Vargas Jiménez Aurora, cédula de identidad Nº , vecina de Alajuela; por un monto de cuarenta mil setecientos setenta y dos colones con veinte céntimos ( ,20), con un rige a partir 1º de enero del Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente. Lic. Francis Zúñiga González, Director Ejecutivo a. í. 1 vez. (105343). DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Empresa Cooperativa Autogestionaria de Servicios Profesionales R. L. siglas ECOS R. L. acordada en asamblea celebrada el día 6 de julio del Resolución C-1355 del día 24 de noviembre del En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Consejo de administración: Presidente: Rafael Sibaja Chavarría Vicepresidente: Gerardo Rojas Sánchez Secretaria Graciela Sibaja Agüero Vocal 1: Gerald Caleron Sanche Vocal 2: Sonia Suárez Araya Suplente 1: Belford Cubillo Jiménez Suplente 2: Arturo Castrillo Montoya Gerente: José Ml. Fonseca Sánchez San José, 24 de noviembre del Lic. José Joaquín Orozco, Jefe. (104447). JUSTICIA Y GRACIA REGISTRO NACIONAL DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS AVISOS El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Productores Agrícolas Flor de Malinche de Liberia, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Adquirir un bien inmueble, con objeto de que sea dividido en parcelas para desarrollar un asentamiento agrícola con fines productivos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Warner Ricardo Cascante Montes. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 554, asiento: 8231; adicional tomo: 557, asiento: 6697). Curridabat, 2 de setiembre del Registro de Personas Jurídicas. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº (105091). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Estudiantes Cristianos Unidos. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 561, asiento: Curridabat, 8 de diciembre del Registro de Personas Jurídicas. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº (105092). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Desarrollo Ganadero de la Vertiente Atlántica, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La representación de los afiliados, pequeños y medianos empresarios ganaderos, cuya preocupación fundamental lo es el desarrollo ganadero de la región norte y atlántica y del país en general. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jesús Calderón Rojas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite (tomo: 555, asiento: 13929; adicional tomo: 561, asiento: 15002). Curridabat, 13 de diciembre del Registro de Personas Jurídicas. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº (105093). AMBIENTE Y ENERGÍA INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Expediente Nº P. Lluvia Verde S. A., solicita concesión de agua del pozo AB-1264 en su propiedad en Escazú, en cantidad de 2 litros por segundo para uso doméstico, piscina y riego. Coordenadas / Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 14 de diciembre de Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (104758). Expediente Nº P. Santosha S. A., solicita concesión de aprovechamiento de agua de pozo GA-86, en su propiedad en Nicoya. Coordenadas: / , hoja Garza. Utilizará 0,05 litros por segundo para usos domésticos. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 6 de diciembre del Departamento de Aguas. J.M. Zeledón Calderón, Jefe. (104873).

10 Pág 10 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 PODER JUDICIAL AVISOS DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Carlos Mauricio Cartín Solís, cédula de identidad Nº , quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº NO. San José, 21 de febrero del Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora. 1 vez. Nº (105095). TRIBUNAL SUPREMO DE ELCCIONES ACUERDOS Nº 25. San José, 18 de octubre del 2005 La Dirección Ejecutiva del Tribunal Supremo de Elecciones acuerda girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas de Presupuesto. Nº cédula Nombre Total a pagar Hines Céspedes Cesar , Tribunal Supremo de Elecciones , Tribunal Supremo de Elecciones , Tribunal Supremo de Elecciones , Tribunal Supremo de Elecciones , Tribunal Supremo de Elecciones 3.700, Tribunal Supremo de Elecciones 2.500, Coop Electr Rural de San Carlos R. L , Coop Electr Rural de San Carlos R. L , JASEC , Moore de Centro América S. A , Documentos y Digitales Difoto S. A , Documentos y Digitales Difoto S. A , I. S. Productos de Oficina C. A. S. A , Servicio de Cuido Responsable Secure S. A , Servicio de Cuido Responsable Secure S. A , Multinegocios Internacionales Amer. S. A , Multinegocios Internacionales Amer. S. A , Multinegocios Internacionales Amer. S. A , Sistemas Maestros de Información S. A , Etiplast S. A , Emergencias Médicas del Continente S. A , Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda , Tesorería Nacional , Poder Judicial-Fondo de Pens y Jubilac , Corporación Andrea Industrial Inc. S. A ,00 Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo. Gilberto Gómez Guillén, Contador. 1 vez. (Nº 21). C (104922). EDICTOS Registro Civil-Departamento Civil OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Miguel Calderón Morales, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas y cincuenta y dos minutos del ocho de junio del dos mil cinco. Ocurso. Exp. N Resultando: 1º..., 2º..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados..., III. Sobre el fondo:..., Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Armando José Aguirre Hernández... en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son Calderón Morales y no como se consignó. Notifíquese. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.í. Lic. Ligia María González Richmond, Jefe. 1 vez. (104916). Se hace saber a los señores Sergio Martín de los Ángeles Cerdas Araya, Anette Loynaz, no indica segundo apellido o Annette Loynaz Blanco y Alberto Fidel Agramonte Domínguez, que este Registro en proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de los señores Sergio Martín de los Ángeles Cerdas Araya con Anette Loynaz, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las siete horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil cinco. Exp. Nº Resultando: 1º, 2º..., Considerando: I. Hechos probados..., II. Hechos no probados..., III. Sobre el fondo..., Por tanto: Cancélese el asiento de matrimonio de Sergio Martín de los Ángeles Cerdas Araya con Anette Loynaz, no indica segundo apellido, que lleva el número ochocientos setenta, folio cuatrocientos treinta y cinco, tomo cuatrocientos catorce, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por cuanto al momento de la celebración del mismo la señora Annette Loynaz Blanco, se encontraba unida en matrimonio con el señor Alberto Fidel Agramonte Domínguez. Consúltese con el Tribunal Supremo de Elecciones para su resolución definitiva. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (O. C. Nº ). C (104923). Se hace saber a Javier Flores Aguilar, Julissa Luna Pineda o Julisa de los Ángeles Luna Pineda y Einer Angulo Meza, que en proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de las menores Silvana Fabiola y Mariana, de apellidos Angulo Luna, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las siete horas cincuenta y cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil cinco. Exp. Nº Resultando: 1º..., 2º...; Considerando: I. Hechos probados... II. Hechos no probados... III. Sobre el fondo Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Silvana Fabiola Angulo Luna, que lleva el número doscientos veintiuno, folio ciento once, tomo doscientos ochenta y tres de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y el de Mariana Angulo Luna, que lleva el número doscientos veintidós, folio ciento once, tomo doscientos ochenta y tres, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido que las personas ahí inscritas son hijas de Javier Flores Aguilar y Julisa Luna Pineda, costarricenses. Consúltese con el Tribunal Supremo de Elecciones para su resolución definitiva. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (O. C. Nº ). C (104924). Se hace saber al señor Francisco Javier Arce Solís y a la señora Gabriela Hernández García, que en proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento del menor Bryan Jabier Arce Hernández, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las siete horas cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil cinco. Exp. Nº Resultando: 1º..., 2º...; Considerando: I. Hechos probados..., II. Hechos no probados..., III. Sobre el fondo Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Bryan Jabier Arce Hernández, que lleva el número novecientos ochenta y dos, folio cuatrocientos noventa y uno, tomo quinientos veinte, de la provincia de Cartago, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de Gabriela Hernández García, costarricense. Consúltese con el Tribunal Supremo de Elecciones para su resolución definitiva. En razón de ignorarse el domicilio actual del señor Francisco Javier Arce Solís y de la señora Gabriela Hernández García, se les notifica por este mismo medio. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (O. C. Nº ). C (104925). Se hace saber a las partes interesadas, que este Registro en procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de la menor Rovainna Quintero Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas quince minutos del primero de diciembre del dos mil cinco. Exp. Nº Resultando: 1º..., 2º...; Considerando: I. Hechos probados..., II. Hechos no probados..., III. Sobre el fondo... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Rovainna Quintero Espinoza, que lleva el número quinientos cincuenta y cuatro, folio doscientos setenta y siete, tomo cuatrocientos setenta y nueve, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de José Amadeo Ramírez Ramírez, costarricense y Julia Eddy Espinoza Jirón, nicaragüense. Consúltese con el Tribunal Supremo de Elecciones para su resolución definitiva. En razón de ignorarse el domicilio actual de los señores José Amadeo Ramírez Ramírez, Julia Eddy Espinoza Jirón y Cirilo Quintero Quintero, se les notifica por este mismo medio. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (O. C. Nº ). C (104926). Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Humberto Gerónimo Zapata, en Exp. Nº , ha dictado la resolución que en lo conducente dice: Nº Registro Civil. Departamento Civil. Oficina de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas veinte minutos del primero de julio de mil novecientos noventa y nueve. Diligencias de ocurso incoadas por Humberto Gerónimo Zapata, casado, serígrafo, nicaragüense, pasaporte de identidad número D cero ocho uno nueve siete siete, vecino de Pavas. Resultando: 1º..., 2º..., 3º...; Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:... III. Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Michael Alexander Zapata Narváez, que lleva el número doscientos cuarenta y dos, folio ciento veintiuno, tomo mil seiscientos cincuenta y cinco, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que el nombre del padre de la persona ahí inscrita es: Humberto. Publíquese esta Resolución una vez en el Diario Oficial. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº (105099). Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Juan Manuel Valerio Villalobos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N Registro Civil.

11 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 11 Departamento Civil. Oficina de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas treinta minutos del catorce de octubre del dos mil cuatro. Ocurso. Exp. N Resultando: 1º..., 2º..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Juan Manuel Valerio Villalobos... en el sentido que los apellidos de la madre son Jiménez Villalobos y no como se consignó. Notifíquese. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº (105100). AVISOS Registro Civil-Departamento Civil SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES Avisos de solicitud de naturalización Fabián José Jacquín Morales, mayor, soltero, licenciado en ingeniería, colombiano, cédula de residencia Nº , vecino de Cartago, expediente Nº Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso. San José, 28 de noviembre del Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. 1 vez. Nº (105096). Tsung Hsien Lin Hou, mayor, soltero, chino, comerciante, cédula de residencia , vecino de Pavas, San José, expediente Se ha presentado a este Registro a levantar información de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso. San José, 10 de octubre del Lic. Marisol Castro Dobles, Directora. 1 vez. (105167). José Manuel Hernández Martínez, mayor, soltero, agente vendedor, nicaragüense, cédula de residencia , vecino de Hatillo, San José, expediente Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso. San José, 22 de noviembre del Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. 1 vez. (105184). CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA PROGRAMA DE ADQUISICIONES CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL ÁREA SALUD DE CORREDORES Por medio de la publicación del programa de adquisiciones, la Dirección Administrativa del Área de Salud de Corredores dará a conocer a todos los oferentes, sus necesidades de compras en contratación durante el año Código Descripción Monto 2100 Servicios no personales , Alquiler de edificios , Impresión Encuad. y otros 7.500, Telecomunicaciones , Energía eléctrica , Servicio de Agua , Otros servicios públicos , Actividades de capacitación , Gastos Viajes dentro d/país , Transp. Fletes en el país , Transportes de Bienes , Seguro de daños , Seguro Riesgos Profesionales , Conf. Repar. Vest. P. Terceros , Mant. de Inst. otras obras , Mant Rep. Máq., y Eq. Oficina , Mant, y Rep. Eq. por terceros , Mant., Rep., Máq., otros equipos , Mant Rep. Maq. y Eq. Produc , Mant., Repar., Edif., terceros , Mant y Rep. Equipo comunicación ,00 Código Descripción Monto 2159 Mant. y Rep. Equipo Cómputo , Traslados , Hospedajes 4.500, Cont. Limpieza edificios , Contrato Serv. Vigilancia , Mant., Serv., Mant., Zonas Verdes , Otros Serv. No Personales , Materiales y Suministros , Gasolina lubricantes y grasas , Medicinas , Otros productos químicos y Conexos , Tintas, pinturas y diluyentes , Textiles y vestuarios , Llantas y neumáticos , Productos papel y cartón , Impresos y otros , Materiales y productos metal , Productos alimenticios , Madera y sus derivados , Materiales de construcción , Mat. y Prod. Elect Tel y Co , Instrumental y herramientas , Mat. y Produc. de vidrios , lnstrum. Médico y laboratorio , Mat. y productos de plásticos , Rep. equipo de transportes , Otros repuestos , Útiles y material de Oficina , Útiles y Mat. de limpieza , Útiles y Mat. Resg. y seguridad , Envases y Emp. Medicina , Útiles cocina y comedor , Otros útiles y materiales , Otros materiales y suministros , Combustibles Eq., de transportes , Lubri., Grasas y Eq. de Transp , Maquinaria y equipo , Eq. y mobiliario de oficina , Equipo de cómputo , Equipo médico y laboratorio , Equipo para comunicaciones , Equipos varios ,00 La Cuesta, 14 de diciembre del Lic. Xiomara Gómez Gómez, Directora Administrativa. 1 vez. (105450). VARIACIÓN DE PARÁMETROS CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES DIRECCIÓN RECURSOS MATERIALES A todos los proveedores y representantes de Casas Extranjeras se les comunica: 1) El Departamento de Farmacoepidemiología de la Dirección del Medicamento y Terapéutica, ha avalado administrativamente las siguientes fichas técnica, las cuales rigen a partir de su publicación en este Diario: Descripción del medicamento Código Versión CFT Paracetamol 100 mg/ ml. Solución oral con sabor agradable libre de alcohol Medicamento incluido en la LOM.Código nuevo Neostigmina bromuro 15 mg. Tabletas Montelukast 10 mg (Como Montelukast sódico) ó Zafirlukast 20 mg Anticonceptivo oral en combinación fija monofásica: Etinilestradiol 30 µg Anticonceptivo oral en combinación fija monofásica: Etinilestradiol 50 µg Melfalán 2 mg. Tabletas recubiertas Clorhexidina Gluconato 20% V / V (4% P / V). Fórmula*** Solución tópica Povidone-Yodo 7.5% a 10%. Solución tópica Claritromicina 250 MG/ 5 ml Verapamilo clorhidrato 5 mg Ácido acetil salicilico 100 mg. Tabletas Cianocobalamina (Vitamina B12) 1000 μg /ml Clorpromazina clorhidrato equivalente a 100 mg de clorpromazina base Aluminio hidróxido 200 mg a 300 mg Bromocriptina base 2.5 mg. (Como mesilato de bromocriptina) Somatropina, recombinante (Hormona de crecimiento humana biosintética) De 10 U, 12 U, 13 U, 15 U o 16 Unidades Interferón beta-1b de origen ADN recombinante Folinato base 50 mg. (como folinato cálcico)

12 Pág 12 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 En cuanto a las modificaciones los interesados (oferentes y posibles oferentes) deben revisar las variaciones en la nueva ficha técnica vigente, disponible en la siguiente dirección: edificio Genaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2º y 4º (edificio anexo a la CCSS). 2) La Comisión Fichas Técnicas de Medicamentos Radionucleidos y Fármacos Fríos acordó incluir las siguientes fichas técnica en la lista oficial de medicamentos, las cuales rigen a partir de su publicación en este Diario. Descripción del medicamento Código Versión CFT Succiomero***, polvo liofilizado, inyectable Bicisate, polvo liofilizado, inyectable Sulfuro coloidal, polvo liofilizado, inyectable Fosfato de sodio P32, solución inyectable Gelatina, polvo liofilizado, inyectable Gluceptato, polvo liofilizado, inyectable Albúmina agragada, polvo liofilizado, inyectable Mebrofenina, polvo liofilizado inyectable Betiatida polvo liofilizado, inyectable Oxidronato, polvo liofilizado, inyectable Pentetato polvo liofilizado, inyectable Pirofosfato, polvo liofilizado, inyectable Sestamibi, polvo liofilizado, inyectable Pertecneciato de sodio 99mtc, inyectable Yodo, cápsulas, envase de plástico Yodo, solución oral Citrato de galio, frasco ampolla de 5 a 10 ml Estas fichas técnicas están disponibles en el Área de Adquisiciones, Subárea Gestión Medicamentos, piso 11 del edificio Laureano Echandi, calles 5 y 7, avenidas 2º y 4º, Oficinas Centrales de la CCSS. 3) El Comité Central de Farmacoterapia en la sesión , acuerdo CCF del 7 de octubre del 2005, acordó derogar el acuerdo XXIII, de la sesión y Sesión , que se publicó en La Gaceta número 202, del 20 de octubre del 2005 que indicaba los siguiente:...acordó excluir de la Lista Oficial de Medicamentos la presentación del código la formulación de Paracetamol que contiene alcohol... Quedando vigente la presentación correspondiente a la Versión CFT Paracetamol 120mg/ 5 ml. Jarabe. Frasco con 60 ml. Código ) El Comité Central de Farmacoterapia como Ente asesor de la Gerencia de División Médica y la delegación que este le confiere en la sesión , celebrada el 2 de noviembre del 2005 acordó: 4.1 Derogar las políticas para la compra de medicamentos de origen biológicos, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta, número 247, de fecha 17 de diciembre del 2004, número 200, de fecha 18 de octubre del 2005 y aviso en La Gaceta número 7, de fecha 11 de enero del Esta derogatoria rige a partir de esta publicación. 4.2 Incluir las siguientes políticas para la compra de medicamentos de origen biológicos como requisitos que deben cumplir los oferentes que desean formar parte del Registro de Medicamentos, amparados a la Ley Nº 6914, ante la CCSS. Los mismos serán de cumplimiento cada vez que se registren de nuevo en la Institución, una vez vencido su registro. Estas políticas rigen a partir de esta publicación. Dividir a los medicamentos de origen biológico en dos normativas separadas: Grupo 1: Medicamentos de origen biológico, que en su proceso de manufactura no utilizan materia prima proveniente de hemoderivados (por ejemplo el plasma humano) humanos: a) Factor VII recombinante, Código , cuyo origen no es a partir de hemoderivados sino por recombinación genética. b) Epoetina alfa o Epoetina beta, Código c) Epoetina beta, Código d) Somatoprina (Hormona de crecimiento humana biosintética), Código e) Insulina humana cristalina biosintética, Código f) Insulina humana isofana biosintética, Código g) Toxina botulinica tipo A, Código (****). h) Interferón alfa 2 b, Código i) Interferón beta 1 a, Código j) Peginterferón alfa 2 a, Código k) Interferón beta-1 b, Código En este primer grupo de medicamentos de origen biológico, el oferente debe presentar certificación emitida por la autoridad sanitaria del país de origen del laboratorio fabricante en la que certifique los estudios clínicos en seres humanos corresponden a los que dieron origen a su registro en su país de origen, en el que se compruebe que garantizan la eficacia en la patología de uso y seguridad del mismo, además deben presentar la fórmula cualitativa-cuantitativa, con los excipientes usados, y los rangos permitidos de sustancias relacionadas Todos los documentos solicitados deben ser autenticados vía consular de nuestro país y ratificados por el Ministerio de Relaciones Exteriores Ante ofertas que se encuentren en igualdad de condiciones, la administración deja bien establecido un mecanismo de desempate, que es el de dar prioridad al producto medicamentoso que se encuentre inscrito y se consuma en los países mencionados: Estados Unidos (FDA) y/o en países de la Comunidad Económica Europea (EMEA), Canadá y/o Japón y/o Suiza. Es importante señalar que los laboratorios deben presentar el certificado de libre venta de su producto en Estados Unidos y/o Canadá y/o Comunidad Económica Europea y/o Japón y/o Suiza ante la eventualidad que se presenten ofertas en igualdad de condiciones y sea necesario aplicar el mecanismo de desempate. Este documento debe ser emitido por la autoridad regulatoria correspondiente del respectivo país Todo medicamento, sea droga nueva o no, que cuente con el visto bueno de al menos la FDA y/o EMEA y/o Canadá y/o Japón y/o Suiza será eximido de los requisitos que refiere en el punto 1 si presentan la documentación oficial de al menos la FDA y/o EMEA y/o de las autoridades regulatorias de Japón y/o Suiza que acredita el producto para su comercialización en estos países. Grupo 2: Medicamentos de origen biológico que utilizan en su proceso de manufactura materia prima procedente de hemoderivados humanos (por ejemplo: plasma humano): 1.1. Albúmina humana, Código Inmunoglobulina IV, Código Inmunoglobulina tetánica (Humana), Código Inmunoglobulina Rho, Código Factor VIII (Factor antihemofílico humano), 250 a 300 U.I., Código Factor VIII (Factor antihemofílico humano), 500 a 600 U.I., Código Factor IX Humano Complejo (Concentrado de Complejo de Protrombina), 500 a 600 U.I., Código En este segundo grupo se debe solicitar un certificado emitido por una autoridad sanitaria del país de origen del producto en que se especifique el origen del plasma humano, en forma complementaria a toda la reglamentación solicitada por el Ministerio de Salud de CR y la CCSS en materia de hemoderivados El oferente debe presentar certificación emitida por la autoridad sanitaria del país de origen del laboratorio fabricante en la que certifique los estudios clínicos en seres humanos corresponden a los que dieron origen a su registro en su país de origen, en el que se compruebe que garantizan la eficacia en la patología de uso y seguridad del mismo, además deben presentar la fórmula cualitativa-cuantitativa, con los excipientes usados, y los rangos permitidos de sustancias relacionadas Ante ofertas que se encuentren en igualdad de condiciones, la administración deja bien establecido un mecanismo de desempate, que es el de dar prioridad al producto medicamentoso que se encuentre inscrito y se consuma en los países mencionados: Estados Unidos (FDA) y/o en países de la Comunidad Económica Europea (bajo reglamentación de la EMEA) y/o Canadá y/o Japón y/o Suiza. Es importante señalar que los laboratorios deben presentar el certificado de libre venta de su producto en Estados Unidos y/o Canadá y/o Comunidad Económica Europea y/o Japón y/o Suiza ante la eventualidad que se presenten ofertas en igualdad de condiciones y sea necesario aplicar el mecanismo de desempate. Este documento debe ser emitido por la autoridad regulatoria correspondiente del respectivo país Todo medicamento, sea droga nueva o no, que cuente con el visto bueno de al menos la FDA y/o EMEA y/o Canadá y/o Japón y/o Suiza será eximido de los requisitos que refiere al punto 1 si presentan la documentación oficial de la FDA y/o EMEA, y/o de las autoridades regulatorias de Japón y/o Suiza que acredita el producto para su comercialización en estos países. Dentro de los países de la Comunidad Económica Europea, una excepción es el Reino Unido, el cual debe cumplir con el punto Todos los documentos solicitados deben ser autenticados vía consular de nuestro país y ratificados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. (****) Con respecto a la Toxina botulínica tipo A, Código , se solicita el siguiente requisito adicional a los ya enumerados para las formulaciones que contienen como excipiente a la albúmina humana:

13 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 13 Se debe solicitar un certificado emitido por una autoridad sanitaria del país de origen del producto en que se especifique el origen del plasma humano, en forma complementaria a toda la reglamentación solicitada por el Ministerio de Salud de CR y la CCSS en materia de hemoderivados. 5) Todos los oferentes que ya forman parte del Registro de Medicamentos, deberán actualizar su registro cumpliendo con estas políticas, igualmente serán de cumplimiento cada vez que se registren de nuevo en la Institución, una vez vencido su registro de medicamentos de origen biológicos. Se aclara que estos requisitos no deberán presentarlos en cada licitación, son políticas que deben cumplirse en el Registro de Medicamentos, amparados a la Ley Nº ) Aviso a Proveedores de la Ley Nº 6914 compra de Medicamentos y Materias Primas. A todas las personas físicas o jurídicas debidamente registradas en el Ministerio de Salud para la venta de medicamentos y materias primas en el territorio nacional, que aún no forman parte del Registro de Oferentes del Área de Adquisiciones y que tiene por objeto la adquisición de productos para la institución se les invita a apersonarse al Área de Adquisiciones, de las Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, para que retiren los documentos necesarios para la inscripción de sus productos a efectos de que puedan participar en los concursos que promueven la institución. Para mayor información comunicarse a los teléfonos ó y para los efectos de los trámites de compra consultar La Gaceta Nº 243, de fecha 18 de diciembre del 2001, página 44 y Gaceta Nº 130, de fecha 30 de julio del 2004, página 44 en donde se encuentra publicado el Reglamento para Compra de Medicamentos, Materias Primas, Envases y Reactivos y sus reformas. 7) Aviso a Proveedores de la Ley de Contratación Administrativa. De conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley de la Contratación Administrativa, se invita a todas las personas físicas y jurídicas, interesadas en formar parte del Registro de Oferentes del Departamento de Adquisiciones, a retirar los formularios en el Departamento de Adquisiciones. A los proveedores inscritos, que han tenido algún cambio respecto a la información presentada en el Registro, que es de su entera responsabilidad hacer las modificaciones correspondientes. El Área de Adquisiciones está ubicada en el piso 11 del edificio Laureano Echandi, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4, Oficinas Centrales de la CCSS. Su horario de atención, al público, es de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. en jornada continua, para todos los efectos. San José, 13 de diciembre del Área de Adquisiciones. Lic. Guisselle López Rubí, Registro de Medicamentos. 1 vez. C (105301). REGLAMENTOS INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Sesión 5697 del 18 de octubre de Artículo 7. Política de calidad del Laboratorio Metrológico de Variables Eléctricas y Acreditación del Laboratorio ante el Ente Costarricense de Acreditación-ECA Considerando que: 1. En marzo de 1997 se creó el Laboratorio Metrológico de Variables Eléctricas (LMVE), con la finalidad de respaldar la calidad de los servicios de electricidad y telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad. 2. La participación del LMVE se definió en términos de propiciar, a través de su ámbito de acción, el mejoramiento de la competitividad de las actividades productivas del país, para respaldar el cumplimiento efectivo de los compromisos comerciales internacionales suscritos por Costa Rica. 3. El Consejo Directivo en el artículo 20 de la Sesión 4950 del 3 de marzo de 1998, acordó la Modificación de las Políticas Corporativas del ICE: 2. Comercializar servicios complementarios asociados a las industrias de electricidad y de telecomunicaciones e información (infocomunicaciones) donde se tienen o pueden lograr ventajas competitivas en costo y diferenciación, tales como: a) Laboratorios LIMAT (Centro de reparación de transformadores de alta potencia) Laboratorio de reparación de módulos de centrales telefónicas Laboratorio metrológico de variables eléctricas 4. Las actividades que se desarrollen, se circunscriben a los Fines y Objetivos del artículo 3 de la Ley 8279, denominada Sistema Nacional para la Calidad. Entre otros: f) Coordinar la gestión pública y privada que deben realizar las entidades competentes para proteger la salud humana, animal o vegetal, el medio ambiente y los derechos legítimos del consumidor, y para prevenir las prácticas que puedan inducir a error. g) Articular la gestión pública y privada que realicen las entidades competentes en las actividades de metrología, normalización, reglamentación técnica y evaluación de la conformidad, así como la prevención de prácticas que constituyan barreras técnicas ilegítimas para el comercio. 5. Otros aspectos relacionados con el LMVE de la Ley 8279: 5.1 Respecto a las funciones del Ente Costarricense de Acreditación, el Artículo 20. Misión. La misión del ECA será respaldar la competencia técnica y credibilidad de los entes acreditados, para garantizar la confianza del Sistema Nacional de la Calidad; además, asegurar que los servicios ofrecidos por los entes acreditados mantengan la calidad bajo la cual fue reconocida la competencia técnica, así como promover y estimular la cooperación entre ellos. Artículo 21. Funciones. El ECA será el único competente para realizar los procedimientos de acreditación en lo que respecta a laboratorios de ensayo y calibración, entes de inspección y control, entes de certificación y otros afines. Tendrá las siguientes funciones: a) Acreditar previo cumplimiento de los requisitos, conforme a las buenas prácticas internacionales. 5.2 Artículo 34. Servicios a las Entidades Públicas. Todas las instituciones públicas que, para el cumplimiento de sus funciones, requieren servicios de laboratorios de ensayo, laboratorios de calibración, entes de inspección y entes de certificación, deberán utilizar los acreditados o reconocidos por acuerdos de reconocimiento mutuo entre el ECA y las entidades internacionales equivalentes. Los laboratorios estatales deberán acreditarse ante el ECA, de conformidad con el reglamento respectivo. 5.3 Dentro del Transitorio II-Sobre el ECA. Los laboratorios oficiales, estatales o privados, que brindan servicio al Estado y hayan operado antes de la entrada en vigencia de la presente Ley, deberán acreditarse ante el ECA dentro del plazo máximo de tres años y de acuerdo con el procedimiento que defina dicho Ente. 5.4 El plazo indicado en el Transitorio II se cumple en mayo de 2005, la ley fue publicada en mayo de El LMVE fue reconocido como laboratorio nacional mediante convenio firmado entre el ICE y el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), el 3 de setiembre de Este convenio y la Ley 8279 Sistema Nacional para la Calidad, requieren que el LMVE, como laboratorio que brinda servicios al Estado, cuente con un sistema de gestión de calidad y que este sistema de gestión esté acreditado por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), creado por la Ley Dentro de los documentos de gestión del LMVE, el capítulo LMVE-00 Introducción, incluye política y objetivos de calidad, y declaración jurada de independencia de criterio técnico. El requisito 5.3 del formulario de solicitud de acreditación del ECA pide una declaración jurada de que el LMVE cumple con los requisitos tributarios, municipales, obrero patronales y otros (colegios profesionales, etc.). La política de calidad requiere aprobación por el Consejo Directivo y los otros documentos del LMVE requieren la firma de alguna autoridad superior del ICE. Esta misma autoridad debería ser también la que apruebe y firme el apartado 4 Compromiso, de la solicitud de acreditación ante el ECA. 8. El LMVE ya está preparado para iniciar el trámite de solicitud de acreditación. Para esto se implemento un sistema de calidad basado en la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2000. El cumplimiento de esta norma implica el cumplimiento de la Ley de Control Interno dentro del LMVE. El cumplimiento de la Ley de Control Interno en otras dependencias del ICE, es respaldado en las actividades de metrología por los servicios del LMVE. 9. Para solicitar la acreditación ante el ECA, se requiere del pago de tarifas reglamentadas a partir de la Ley En el caso del LMVE se tienen los siguientes montos: - Presentación de la solicitud: US$ 400,00. - Evaluación inicial: Aproximadamente $2.400,00 (2 días, equipo evaluador de 2 personas, puede variar dependiendo de aspectos técnicos por definir con base en el análisis por ECA de la solicitud). - Concesión de la acreditación: $800,00. - Mantenimiento de la acreditación: $600,00 por año (plazo de acreditación 3 años). - Evaluaciones de seguimiento: igual o menos que la inicial. - Evaluaciones extraordinarias: Aproximadamente $1.200,00 por año. 10. Mediante carta del 1 de junio de 2005, la División de Consultorio, y Procesos Judiciales de la Dirección Jurídica Institucional, rinde dictamen jurídico sobre la política y solicitud de acreditación del Laboratorio de Metrología del ICE. Por tanto por unanimidad de los presentes acuerda: 1. Aprobar la siguiente política de calidad del Laboratorio Metrológico de Variables Eléctricas: Política de Calidad del Laboratorio Metrológico de Variables Eléctricas. El personal del LMVE se compromete a cumplir los requisitos de la normativa internacional para la competencia de laboratorios de calibración y a mantener patrones metrológicos en electricidad e

14 Pág 14 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 infocomunicaciones, con trazabilidad al Sistema Internacional de Unidades de Medida (SI) y dar servicios de calibración que cumplan con una relación de incertidumbre para satisfacer las necesidades del ICE y de los clientes del LMVE, para garantizar la calidad de nuestros servicios y el mejoramiento continuo. La trazabilidad de los patrones metrológicos se mantiene mediante calibraciones en Institutos Metrológicos Nacionales (IMN) de países firmantes del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) del Comité Internacional de Pesas y Medidas (CIPM), cuyas capacidades de medición y calibración en las áreas respectivas, estén aceptadas y publicadas en la base de datos del Buró Internacional de Pesas y Medidas (BIPM). San José, 14 de diciembre del Secretaría Consejo Directivo. Lic. José Abraham Madrigal Saborío, Secretario. 1 vez. (O. C. Nº ). C (104929). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE HEREDIA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 21 DEL REGLAMENTO A LA FERIA DEL MERCADO HEREDIANO En sesión ordinaria Nº , celebrada por la Municipalidad del Cantón Central de Heredia, el día 10 de noviembre del 2005, se acuerda por mayoría moción presentada por el Alcalde Municipal para reformar el artículo 21 del Reglamento a la Feria de Mercado Herediano de la Municipalidad de Heredia, el Artículo VI, el cual dice: Artículo VI. Modificación del artículo 21 del Reglamento a la Feria del Mercado Herediano. Sustento de la moción: I) Que con fundamento en los numerales 169 y 170 de la Constitución Política y 1, 2, 3, 4, 13, inciso c) y 43 del Código Municipal, el Concejo Municipal promulgó el Reglamento a la Feria de Mercado Herediano (publicado para su vigencia en La Gaceta Nº 47 del 8 de marzo del 2005), mediante el cual se creó en el cantón central de Heredia, un sistema de mercado denominado Feria de Mercado Herediano, para uso de los sectores de producción agropecuaria y agroindustrial. II) Que el numeral 21, párrafo primero de dicho cuerpo reglamentario, expresamente dispone: Los participantes deben cancelar los montos de participación, así como los de confección y renovación de los carnés, directamente en las cajas recaudadoras de la Municipalidad, para lo cual se les entregará el correspondiente recibo de cancelado. Igualmente, podrán pagar en las cuentas bancarias que la Municipalidad disponga, ante lo cual, deberán presentar copia del respectivo comprobante de depósito ante la Tesorería Municipal ( ) III) Que el numeral indicado, restringe el pago de los montos de participación en la Feria, así como los de confección y renovación de los carnés, en el sentido de que pueden efectuarse solamente en las cajas recaudadoras de la Municipalidad y en las cuentas bancarias que al efecto se dispongan, pero no obstante, a fin de mejorar y agilizar la recaudación en beneficio de los intereses públicos municipales y para brindar mayor facilidad de pago a los participantes, debe reformarse la norma en cuestión para permitir también la realización de pagos directamente en la Feria. IV) Por lo tanto, debe reformarse únicamente el párrafo primero del numeral 21 indicado, de la siguiente forma: Los participantes deben cancelar los montos de participación, así como los de confección y renovación de los carnés, directamente en las cajas recaudadoras de la Municipalidad, en donde se les entregará el correspondiente recibo de cancelado, o, en las cuentas bancarias que la Municipalidad disponga, debiéndose presentar copia del respectivo comprobante de depósito ante la Tesorería Municipal. Asimismo, se faculta a la Municipalidad para realizar dichos cobros directamente en la feria, durante el horario en que la misma se realiza. En este último caso, la recaudación la realizará la Tesorería Municipal, a través del o los servicios que al efecto se designen, para lo cual, debe dicha dependencia implementar y coordinar todos los mecanismos de ejecución, control y seguridad que resulten necesarios y adecuados para garantizar el debido resguardo del erario municipal, la eficiencia y eficacia en el cobro. Segundo: Que al amparo del numeral 43 del Código Municipal, se publique en el Diario Oficial la presente reforma para consulta no vinculante, por un plazo mínimo de diez días hábiles. Tercero: Que una vez cumplido lo anterior, sin que exista oposición alguna, se proceda a la publicación definitiva de la reforma para su entrada en vigencia. Cuarto: Que por no ser objeto de reforma, el párrafo segundo del artículo 21 en cuestión, se mantiene íntegro. Quinto: Que se dispense del trámite de comisión y se tome acuerdo firme. Heredia, 14 de diciembre del Lic. Jonathan Fonseca Castro, Proveedor Municipal a. í. 1 vez. (Solicitud Nº 23101). C (104930). INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS BANCO NACIONAL DE COSTA RICA AGENCIA Nº 1 EN HEREDIA PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ AVISO Yo, Sandra Mejía Lizano, cédula Nº , beneficiaria del certificado a plazo , por la suma de ,00 (cincuenta mil colones exactos), extendido a su orden por la Agencia Nº l de Heredia del Banco Nacional de Costa Rica, con fecha de emisión del 20/09/2005 a tres meses plazos con vencimiento 20/12/2005 y con una tasa de interés del 11.21%. Solicito reposición de este documento por causa de que el certificado fue quemado en un incendio. Se publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de quince días. Heredia, 12 de diciembre del Lic. Víctor Julio Ramírez Chaverri, Gerente. (104875). BANCO DE COSTA RICA SUCURSAL EN GRECIA AVISO PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ La presente es para reportar que el certificado a plazo Nº fue extraviado, el título contiene las siguientes características: banco emisor: Banco de Costa Rica, fecha de emisión: , moneda: dólares, monto: dólares (siete mil), tasa de interés: 6%, a la orden de: María Ángela Chávez Arias, cédula , plazo: cinco años, fecha de vencimiento: María Ángela Chávez Arias, solicitante. (104315). INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ EDICTOS El Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, comunica que el Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos en su sesión N , artículo 4, del 11 de noviembre del 2005, en uso de sus facultades estipuladas en el artículo 6 de la Ley Orgánica del Instituto Tecnológico de Costa Rica y el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos acordó: El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), ante la solicitud de Magdalena Ramírez Vargas, cédula Nº acuerda: 1) Reconocer el título de Maestría en Administración de Negocios otorgado por la Universidad Estatal de Indiana, Estados Unidos, el diez de mayo de 2003 a Magdalena Ramírez Vargas, cédula Nº ) Reconocer el grado de Maestría otorgado por la Universidad Estatal de Indiana, Estados Unidos, el diez de mayo del 2003 a Magdalena Ramírez Vargas, cédula Nº ) No equiparar el título de Maestría en Administración de Negocios otorgado, por la Universidad Estatal de Indiana, Estados Unidos, el diez de mayo del 2003 a Magdalena Ramírez Vargas, cédula Nº , con el título de Master en Administración de Empresas que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica. 4) Equiparar el grado de Maestría otorgado por la Universidad Estatal de Indiana, Estados Unidos, el diez de mayo del 2003 a Magdalena Ramírez Vargas, cédula Nº , al Grado de Maestría que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica. Acuerdo firme. Cartago, 7 de diciembre del Departamento de Admisión y Registro. Máster William Vives Brenes, Director. (Solicitud Nº 46307). C (104737). El Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica comunica que el Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos en su sesión N , artículo 5, del 2 de diciembre del 2005, en uso de sus facultades estipuladas en el artículo 6 de la Ley Orgánica del Instituto Tecnológico de Costa Rica y el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos acordó: El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos (CIRE), ante la solicitud del señor Juan Pablo Mesa Muñoz, cédula N , acuerda: 1) Reconocer el título de Ingeniero Agrónomo, otorgado por Zamorano, Escuela Agrícola Panamericana, Honduras, el 4 de diciembre del 2004.

15 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 15 2) Reconocer el grado académico de Licenciatura otorgado por Zamorano, Escuela Agrícola Panamericana, Honduras, el 4 de diciembre del ) Equiparar el título de Ingeniero Agrónomo otorgado por Zamorano, Escuela Agrícola Panamericana, Honduras, al título de Ingeniero en Agronomía que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica. 4) Equiparar el Grado de Licenciatura otorgado por Zamorano, Escuela Agrícola Panamericana, Honduras, al grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica. Acuerdo firme. Cartago, 7 de diciembre del Departamento de Admisión y Registro. Máster William Vives Brenes, Director. (Solicitud Nº 46307). C (104738). RÉGIMEN MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ ASPECTOS REGLAMENTARIOS PROYECTO PLAN MAESTRO SECTOR COSTERO SUR OESTE DE BAHÍA POTRERO SANTA CRUZ, GUANACASTE Zonificación: Para el desarrollo y construcción de un proyecto de Marina en Bahía Potrero, sector suroeste, se necesitan básicamente dos tipos de áreas, la zona terrestre que se ubica, en este caso dentro de la zona pública, reconocida por la Ley 7744 del 6 de febrero de 1998 como área pública concesionable y la zona de agua destinada en parte a la infraestructura de abrigo para las embarcaciones y en parte a las diferentes actividades propias de este tipo de infraestructura, como son los embarcaderos, la estación de gasolina, los medios de varado y botadura, entre otros servicios contenidos en la propia definición de Marina Turística del artículo 2 de la Ley de cita y exigidos como mínimo por el artículo tercero del mismo texto legislativo. Estas distintas zonas, sus usos derivados y las áreas destinadas a los servicios mínimos exigidos por la norma arriba citada, están indicadas en el plano adjunto que incluye, las áreas de concesión que se otorgará a quien o quienes presenten ante la Municipalidad, el proyecto de marina que además de cumplir con todos los requisitos legales y reglamentarios aplicables, ofrezca para los fines del municipio la mejor opción de desarrollo. Con el uso de suelo propuesto en este plano se trata de dar una orientación acerca de la ubicación de las diferentes actividades y servicios necesarios para el funcionamiento eficiente de una Marina en este sector con respeto a la recuperación en algunos casos y en otros a la conservación del recurso natural existente. Además se han tomado en consideración no solo las áreas o zonas destinadas a las instalaciones propias de la Marina para la protección y abrigo de las embarcaciones, sino también aquellas destinadas a las vías de acceso, los demás bienes en propiedad privada, y aquellas áreas en las que se podrá construir las obras de infraestructura para la prestación de toda clase de servicios a las embarcaciones, así como a los visitantes y usuarios nacionales y o extranjeros, según los términos de la norma de repetida cita. La zonificación propuesta contempla las siguientes zonas: 1. Zona Propiedad Privada ZPp 2. Zona Concesionable ZCo 3. Zonas Verdes ZV 4. Zona de Protección del Manglar No concesionable ZPM 5. Zona de Manglar ZM 6. Zona Pública ZP 7. Zona Pública Propiedad inscrita ZPi 8 Zona de Agua Concesionable ZMa 9. Zona de Vialidad y Estacionamientos ZVIE Zona propiedad privada ZPp Usos permitidos: Restaurante, bar, oficina de información turística, boutiques, hoteles, condominios y afines. Concesiones: Esta zona corresponde a propiedad privada inscrita. Esta área no es concesionable por la Municipalidad. Zona Concesionable ZCo Usos Permitidos: Los usos permitidos son marina, bares, restaurantes, boutiques, farmacias y comercio en general. Concesiones: La concesión se otorgará a cualquier persona física o jurídica que reúna requisitos de ley. Zonas Verdes ZV Usos permitidos: Los usos permitidos son parques y senderos peatonales. Usos condicionales y conflictivos: No se permiten ni usos condicionales ni conflictivos. Administración: Estas áreas quedan bajo la administración de la Municipalidad, con la responsabilidad de conservarlas y protegerlas, por ser propiedad del Estado. Zona de Protección de Manglar ZPM no concesionable Usos permitidos: El único uso permitido es el de reforestación. Usos condicionales: No se permiten usos condicionales. Usos conflictivos: Todos excepto el de reforestación. Concesiones: No se otorgarán concesiones. Zona de Manglar ZM No se incluye en descripción de usos por ser parte de la zona pública inalienable e imprescriptible y que no puede ser objeto de ningún uso de conformidad con la propia Ley de Marinas. Zona Pública ZP. Concesiones: Parte de esta zona señalada como zona pública (cuyos usos específicos se determinarán una vez aprobado el proyecto de marina que corresponda) se encuentra tutelada por la Ley de Concesión y Operación de Marinas Turísticas y constituye parte del área terrestre a concesionar para la instalación de la infraestructura de la marina y los servicios complementarios que demande la misma. La otra parte se usará únicamente para la conservación y disfrute de los ciudadanos como se indica arriba. Zona Pública Propiedad inscrita ZPi Usos permitidos: Todos aquellos compatibles con el desarrollo de la zona, previo cumplimiento de los requisitos señalados por las leyes que rijan cada caso particular, debiendo por ende someterse cada caso a estudio por parte de la Municipalidad. Zona de Agua Concesionable ZMa Usos permitidos: Todos aquellos contemplados en los artículos 2 y 3 de la Ley de Concesión y Operación de Marinas Turísticas. Concesiones: Esta zona sujeta a ser concesionada al proyecto de la Marina, siempre que cumpla con las disposiciones de la Ley 7744, su reglamento, el manual para la construcción de Marinas elaborado por la Comisión de Marinas y Atracaderos Turísticos y demás leyes aplicables, y realice los trámites respectivos ante esta Municipalidad y las demás instituciones en la materia de su competencia. Zona de Vialidad y Estacionamiento ZVIE. Usos permitidos: En la vía principal, circulación de vehículos automotores, en los estacionamientos únicamente para el uso de parqueos de vehículos automotores. Usos condicionales y conflictivos. No se permitirá ningún tipo de usos condicionales ni tampoco usos conflictivos. Requisitos: Derecho de vía de 14,00 metros para la vía vehicular principal, y 10 metros para la vialidad secundaria. Concesiones: No hay concesiones, la Zona de Vialidad y Estacionamiento es pública. Normas generales A) La concesión del área destinada para la Marina, se otorgará al solicitante o solicitantes que resulten concesionarios previa evaluación por parte del Consejo Municipal como ente representante de la Municipalidad, de las propuestas que reciba la Municipalidad y que por supuesto hayan cumplido con todas las disposiciones legales y reglamentarias contenidas en la Ley de Marinas, la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley General de Salud y demás normas aplicables. B) Se debe contar con la autorización previa del ICT y la Municipalidad de Santa Cruz para el inicio de cualquier obra, así como el Estudio de Impacto Ambiental respectivo aprobado por la SETENA C) Los usos establecidos dentro de la Zona Pública y la Zona Adyacente cubierta por el mar que forman parte de la zona a concesionar para el desarrollo de la Marina, tienen un carácter orientador, ya que la propuesta definitiva deberá ser tramitada por el desarrollador, de acuerdo a lo establecido en la Ley 7744 y su Reglamento, en donde se justificará técnicamente la viabilidad de la propuesta, y en la definición de los usos propuestos deberán observarse las regulaciones para los diferentes usos en zonas concesionables del área destinada al efecto por esta Municipalidad. D) Todo proyecto que se proponga en cualquiera de las zonas de acuerdo con los usos permitidos, deberá contar con la evaluación de impacto ambiental aprobada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental y con las demás normas aplicables. E) La municipalidad elaborará unos criterios de calificación objetivos para ser aplicados a las propuestas de desarrollo de la Marina que se presenten a fin de que los mismos sean evaluados y elegidos de acuerdo con los principios de legalidad de oportunidad y de la mayor conveniencia económica y social para el desarrollo del cantón y el beneficio de sus habitantes. F) Los trámites y estudios técnicos, ambientales o de cualquier índole que cada proyectista realice o haya realizado a fin de calificar como potencial concesionario para la construcción de la Marina, en cumplimiento de las normas que rigen esta materia, únicamente garantiza su condición de interesados legítimos ante la Municipalidad, y esta última en su condición de representante de los intereses del cantón, valorará cada una de los proyectos propuestos con respeto del ordenamiento jurídico vigente y a los principios mencionados en el inciso E) de este aparte. De conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley de Marinas del 6 de febrero de 1998 y el artículo 3 de su reglamento, Decreto Ejecutivo Nº MINAE-S-MOPT-TUR, del artículo 43 del Código Municipal, y del artículo 240 de la Ley General de la Administración Pública, se concede a quienes demuestren representar intereses de carácter general la oportunidad de exponer ante este municipio su parecer dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de este edicto. Adicionalmente la Municipalidad ha considerado oportuno conceder un espacio para aclaración de las dudas que los interesados pudiesen tener respecto de este Plan Maestro fecha de la que se dará aviso en un periódico de circulación nacional.

16 Pág 16 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pastor Gómez Ruiz, Alcalde. 1 vez. (104012).

17 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 17 MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS ZONA MARÍTIMO TERRESTRE Nº Rojas Paniagua José Luis, con cédula de identidad , con domicilio en Cabuya de Cóbano, con base en el artículo número treinta y ocho de la Ley Zona Marítimo Terrestre número seis mil cuarenta y tres, del dos de marzo de mil novecientos setenta y siete y Decreto Ejecutivo número siete mil ochocientos cuarenta y uno-p, del dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete, solicita en uso de suelo una parcela de terreno sita en Cabuya de Cóbano, cantón Puntarenas, provincia de Puntarenas, mide: 766,69 m². Linderos: norte, Vera Rojas Paniagua; sur, Jenaro Rojas Paniagua; este, Océano Pacífico y zona pública; oeste, calle pública y con un frente de 33,40 m². Uso: Habitacional esta publicación no otorga derechos a efectos de concesión, ni en el caso de que las futuras disposiciones de un Plan Regulador varíen el destino de la parcela. Se conceden treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos. Puntarenas, 5 de diciembre del Luz Marina Jiménez Jara, Coordinadora. 1 vez. (105160). AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ AGENCIA DE VIAJES SERCA LIMITADA Agencia de Viajes Serca Limitada, cédula jurídica tres-ciento dosdoscientos cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de actas de Asambleas Generales, Registro de Socios, Diario, Mayor e Inventarios y Balances, de los cuales solicita uno de cada uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Regional de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en La Gaceta. San José, seis de diciembre del dos mil cinco. Éricka Serrano Carmona, Gerente. (104339). SIEMPRE BOSQUE SOCIEDAD ANÓNIMA Siempre Bosque Sociedad Anónima, cédula jurídica número tresciento uno-ciento ochenta y siete mil quinientos catorce, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de un libro de registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Lic. Jesús Ugalde Zamora, Notario. Nº (104660). CORPORACIÓN PUBLICITARIA Y RELACIONES PÚBLICAS JOSÉ ANTONIO VILLALOBOS VALVERDE S. A. Corporación Publicitaria y Relaciones Públicas José Antonio Villalobos Valverde S. A., , solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros de actas de asamblea de propietarios, diario, mayor y de inventario y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. José Antonio Villalobos Valverde. Nº (104661). INVERSIONES DÍAZ DE SAN PEDRO SOCIEDAD ANÓNÍMA Inversiones Díaz de San Pedro Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos sesenta, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de la totalidad de libros, tanto legales como contables. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencial Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 23 de junio del Lic. Sharon Erzsébeth Mariaca Carpio, Notaria. (104741). DISTRIBUIDORA LÓPEZ RUIZ & ASOCIADOS S. A. Luis Fernando López Ruiz, cédula de identidad Nº , solicita ante la Dirección de Tributación Directa, Oficina Regional de Heredia, la reposición de los libros diario, mayor, inventarios, balances y actas, de la empresa Distribuidora López Ruiz & Asociados S. A., cédula jurídica Nº Quien se considere afectado pueda manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Regional de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contado a partir de la publicación de este aviso. Heredia, 14 de diciembre del Luis Fernando López Ruiz, Apoderado Generalísimo Solicitante. (104748). MIRANDA FERNÁNDEZ S. A. Miranda Fernández S. A., cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de seis libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva, Registro de Asociados, Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el término hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Lineth Serrano Lacayo, Notaria. Nº (104833). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ ASOCIACIÓN FEMENINA CULTURAL Y SOCIAL DE RECOPE La suscrita Jeannette Sequeira Cortés, cédula Nº , en mi calidad de presidenta de la Asociación Femenina Cultural y Social de RECOPE, expediente 1767, cédula jurídica , solicito por extravío, la reposición de todos los seis libros número tres de dicha asociación, por lo que se emplaza a cualquier interesado por ocho días hábiles para que se oponga al trámite de los mismos. Jeannette Sequeira Cortés, Presidenta. 1 vez. Nº (105097). Ante el notario Manuel Enrique Fernández Campos, se constituye sociedad anónima denominada Mini Mall F & M Sociedad Anónima, presidente Morayne Jiménez Morales, c.c. Morayne Ramírez Morales. San José, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Manuel Enrique Fernández Campos, Notario. 1 vez. Nº (104515). Ante el notario Manuel Enrique Fernández Campos, se constituye sociedad anónima denominada Tesauro Tres Mil M.F. de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Matteo Fochi. San José, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Manuel Enrique Fernández Campos, Notario. 1 vez. Nº (104516). En esta notaría, mediante escritura número cuarenta y nueve, al ser las diecisiete horas del ocho de diciembre del año dos mil cinco, se constituye sociedad anónima denominada Hotel & Villas Nacazcol Sociedad Anónima, nombrándose presidente a Rodolfo Madrigal Saborío, secretario Giovanni Castillo Díaz, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar separada o conjuntamente. El capital social es la suma de un millón de colones, el plazo es de noventa y nueve años. San José, trece de diciembre del mil cinco. Lic. César Gerardo Azofeifa Anchía, Notario. 1 vez. Nº (104517). Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día doce de diciembre del año dos mil cinco, ante el notario Juan José Nassar Güell, escritura número doscientos veintiuno-dos del tomo segundo, visible al folio cuarenta y dos vuelto, los señores Yolanda Sánchez Ferrer y Federico Mitelman, constituyen Lanus Real Estate LRE Sociedad Anónima. San José, 13 de diciembre del Lic. Juan José Nassar Güell, Notario. 1 vez. Nº (104518). Constitución de sociedad Alan Gerardo Alvarado Sánchez, cédula tres-trescientos seis-seiscientos veinticinco y Wilbert José Durán Herrera, cédula siete-ciento ocho-doscientos cincuenta y dos, presidente y vicepresidente respectivamente, quienes comparecen en su carácter de apoderados generalísimos sin límite de suma, constituyen Transportes Arival Sociedad, siendo su nombre de fantasía Transportes Arival S. A. Escritura 22, visible al folio 13 frente del tomo 2 del notario Francisco Morales Ayales. Otorgada en Limón, Centro, a las nueve horas del 31 de octubre del Lic. Francisco Morales Ayales, Notario. 1 vez. Nº (104519). El suscrito notario hace constar que en el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Baile y Salud Sociedad Anónima. Presidente Herald Salazar Gómez, cédula número uno-novecientos catorce-seiscientos sesenta y dos, con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma. En escritura número doscientos veintiséis, tomo primero. San José, a las once horas del día doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. María Venegas Jiménez, Notaria. 1 vez. Nº (104520). En mi notaría el 29 de noviembre del 2005, se constituyó la sociedad Proyecto Lugrasa LG del Este Sociedad Anónima, capital social íntegramente suscrito y pagado, plazo 99 años a partir de su fecha de constitución, domicilio en Heredia, de la entrada principal de la Universidad Nacional 50 metros oeste, representación a cargo del presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. San José 13 de diciembre del Lic. Karlina Forero Cabezas, Notaria. 1 vez. Nº (104521). Por escritura número cuatro otorgada a las ocho horas del día cinco de diciembre del año dos mil cinco, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Kenkufy S. A., en la cual se acordó la revocatoria de los miembros de la junta directiva y el fiscal y se modifican las cláusulas segunda y novena de la escritura social. San José, trece de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario. 1 vez. Nº (104522). Por escritura número seis-ciento setenta y uno, otorgada ante mí a las trece horas del nueve de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la compañía Trópico del Fuego S. A., domiciliada en San José. Capital social: diez mil colones. Presidente: Edwin Ramírez Brenes. Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notaria. 1 vez. Nº (104523). Por escritura número seis-ciento setenta y dos, otorgada ante mí, a las trece horas quince minutos del nueve de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la compañía Valle Sereno S. A., domiciliada en San José. Capital social: diez mil colones. Presidente: Edwin Ramírez Brenes. Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notaria. 1 vez. Nº (104524).

18 Pág 18 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Por escritura otorgada en Cartago, a las nueve horas del doce de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Mocalde Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma. Cartago, doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Adrián Antonio Masís Mata, Notario. 1 vez. Nº (104525). Por escritura otorgada en Cartago a las diez horas del doce de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Mocalde Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente: como apoderado generalísimo sin límite de suma. Cartago, doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Adrián Masís Mata, Notario. 1 vez. Nº (104526). Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 29 de setiembre del año 2005, se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad Grupo GL de San José Sociedad Anónima, cédula , quedando el domicilio en Santa Ana. San José, 30 de setiembre del Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario. 1 vez. Nº (104527). Escritura número doscientos sesenta y uno otorgada a las once horas del nueve de diciembre del año dos mil cinco, ante la suscrita notaria, se constituye, se reforma la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo, de la sociedad Exfuganev Services S. A., cédula jurídica número San José, nueve de diciembre del dos mil cinco. Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria. 1 vez. Nº (104528). Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del seis de diciembre del dos mil cinco, constituyen Denis Alberto Bolaños Montero y Víctor Manuel Quesada Bolaños, la entidad Constructora Río San Carlos Muelle Sociedad Anónima, domiciliada en Platanar de Florencia, San Carlos, Alajuela, trescientos metros al norte y cincuenta metros al este del puente sobre el Río Platanar. Objeto: comercio e industria en general. Capital social: diez mil colones. Presidente: Denis Alberto Bolaños Montero. Ciudad Quesada, doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario. 1 vez. Nº (104529). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas con treinta minutos del diez de octubre del dos mil cinco, se modifica la cláusula segunda del domicilio de la sociedad de la entidad Club Los Mejengueros Sociedad Anónima. Ciudad Quesada, nueve de diciembre del dos mil cinco. Lic. Ricaute Jiménez Araya, Notario. 1 vez. Nº (104530). Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas con treinta minutos del seis de diciembre del dos mil cinco, constituyen Víctor Manuel Quesada Bolaños y Sandra Patricia Rodríguez Gutiérrez, la entidad Constructora Quesada Rodríguez S. C. Sociedad Anónima, domiciliada en San Rafael de Florencia, San Carlos, setenta y cinco metros al este de la plaza de deportes. Objeto: comercio e industria en general. Capital social: diez mil colones. Presidente: Víctor Manuel Quesada Bolaños. Ciudad Quesada, doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario. 1 vez. Nº (104531). Mediante escritura otorgada a las diez horas del veintidós de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones Sascatti Sociedad Anónima. Lic. Gloriana Vicarioli Guier y Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notarios. 1 vez. Nº (104532). Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas con treinta minutos del día diecisiete de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Cento de Afinamiento Check Engine de San Carlos, cuyo capital se encuentra suscrito y pago. Lic. Félix Rodríguez Rojas, Notario. 1 vez. Nº (104533). Por escritura de las doce horas del nueve de diciembre del dos mil cinco, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Pink and Blue Sky Corporation, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos noventa y ocho mil noventa y nueve. San José, nueve de diciembre del dos mil cinco. Lic. Rosemarie Elizabeth McLaren Magnus, Notaria. 1 vez. Nº (104534). Que en esta notaría, se ha constituido la sociedad denominada Vema Guinser Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia, de la provincia de Guanacaste, representada por la presidenta y la secretaria, en su orden, Verónica Inser Solís y Mayra Virginia Guido Peña, ambas vecinas de Liberia. Liberia, doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Lidia Isabel Castro Segura, Notaria. 1 vez. Nº (104535). Por escritura otorgada por el sucrito notario a las 10:00 horas del 13 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Peralta Madrigal S. A., con un capital social de ,00 colones y domicilio en Goicoechea. Lic. Olman Aguilar Castro, Notario. 1 vez. Nº (104536). A las ocho horas del trece de diciembre del dos mil cinco se constituyó la sociedad denominada Ortiz y Sandí y Orsa Sociedad Anóniman ante el notario Alexánder Quesada Venegas. Lic. Alexánder Quesada Venegas, Notario. 1 vez. Nº (104537). Por escritura otorgada a las 19:00 horas de hoy, ante mí, se constituyó la sociedad Masalo del Sol S. A., domiciliada en San Rafael Abajo de Desamparados, con plazo de 99 años, y capital social de diez mil colones. Presidente y vicepresidenta con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. San José, 12 de diciembre del Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria. 1 vez. Nº (104538). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del ocho de diciembre del dos mil cinco, se constituyó Inversiones Costa Rica Minnesota Realty S. A., Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario apoderados generalísimos. San José, 8 de diciembre del Lic. Mario Cordero Sánchez, Notario. 1 vez. Nº (104539). Ante el Lic. Danilo Chaverri Barrantes, a las 12:00 horas del primero de diciembre del dos mil cinco, se constituyó Ingeniería Internacional en Inteligencia Artificial -INTA- Sociedad Anónima. San José, 1º de diciembre del Lic. Danilo Chaverri Barrantes, Notario. 1 vez. Nº (104540). Por escritura otorgada a las catorce horas del primero de diciembre del dos mil cinco, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad que es denominada Beneficiadora Santa Elena Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo, y se reorganiza su junta directiva. San José, 2 de diciembre del Lic. Carlos A. Ramírez Aguilar, Notario. 1 vez. Nº (104541). Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del siete de diciembre del dos mil cinco, se constituyen las sociedades denominadas Lagos de Pocara Hidrógeno I Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Helio II Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Litio III Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Berilio IV Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Boro V Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Carbono VI Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Nitrógeno VII Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Oxígeno VIII Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Fluor IX Sociedad Anónima, Lagos de Pocara Neón X Sociedad Anónima. San José, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria. 1 vez. Nº (104542). Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Molano Sánchez Sociedad Anónima, en la escritura número cincuenta y nueve, el día 12 de diciembre del Lic. Juan Esteban Blanco Arce, Notario. 1 vez. Nº (104543). Constitución de la sociedad anónima denominada Costa Rica for Planners Sociedad Anónima, cuya traducción es Costa Rica para Planificadores Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, por un plazo de noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario. San José, 13 de diciembre del Lic. Mauricio Murillo González, Notario. 1 vez. Nº (104544). Marcy Jane Robinson y Peter Anthony Chelkowski, constituyen Casa Clyde Bean Sociedad Anónima. Presidenta: la socia Robinson. Plazo social: 99 años. Liberia, 12 de diciembre del Lic. Juan Francisco Ruiz Monge, Notario. 1 vez. Nº (104545). Por escritura otorgada a las once horas del día trece de diciembre del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inmobiliaria Visa Sociedad Anónima, en la cual se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. San José 13 de diciembre del Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario. 1 vez. Nº (104546). Que por acta asamblea general extraordinaria de Pacito de Osa Sociedad Anónima, cédula jurídica , celebrada el día quince de febrero del dos mil cinco, se acuerda otorgar poder generalísimo sin límite de suma. Es todo. San Isidro, 12 de diciembre de dos mil cinco. Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario. 1 vez. Nº (104547). Que por acta de asamblea general extraordinaria de Villa Frata Todina Sociedad Anónima, cédula jurídica , celebrada el día 16 de noviembre del año dos mil cinco, se eligen nuevos miembros de la junta directiva y fiscal. Es todo. San Isidro, 12 de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario. 1 vez. Nº (104548). Hoy he protocolizado el acta de la empresa Adcon Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra junta directiva y fiscal. San José, 12 de diciembre del Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario. 1 vez. Nº (104549). Ante esta notaría, por escritura pública número ciento veintiuno, visible a folio ochenta y nueve frente a las 9:00 horas del 12 de diciembre del 2005, se protocolizó acta de asamblea ordinaria donde se modificó la representación de Universal Security Sociedad Anónima. Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario. 1 vez. Nº (104550).

19 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 19 Por escritura otorgada ante mi notaría a las 16:00 horas del 15 de noviembre del 2005, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporativa de Transportes MRCMA S. A., en la que se nombra nueva tesorera de la Junta Directiva. San José, 17 de noviembre del Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario. 1 vez. Nº (104551). Ante mi notaría, mediante la escritura cuarenta y seis, visible al folio veinticinco frente del tomo tercero se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Political Communication S. A., cédula jurídica y se nombró nueva junta directiva. Los apoderados generalísimos sin límite de suma actúan conjuntamente al menos dos de ellos y son el presidente, el secretario y el tesorero. San José, 13 de diciembre de Lic. Rosario González Ureña, Notaria. 1 vez. Nº (104552). Gabriela Rodríguez Méndez, y Carlos Alberto Morice Castro constituyen La Casita de la Playa del Mar Azul Sociedad Anónima, escritura otorgada ante el notario Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, en San José a las diecisiete horas del once de diciembre del dos mil cinco. Lic. Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, Notario. 1 vez. Nº (104553). Gabriela Rodríguez Méndez, y Carlos Alberto Morice Castro, constituyen Investment of the Blue Pacific Coast Sociedad Anónima, escritura otorgada ante el notario Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, en San José a las dieciséis horas del once de diciembre del dos mil cinco. Lic. Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, Notario. 1 vez. Nº (104554). Por escritura de las 11:00 horas de hoy se constituyó la sociedad denominada D.A.F. S. A., presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital íntegramente suscrito y pagado. San José, 12 de diciembre del Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario. 1 vez. Nº (104555). Por escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 24 de octubre del 2005, se constituyó la sociedad denominada Fuser Che Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse así: Fuser Che S. A. Desamparados, 13 de diciembre del Lic. Dagoberto Fallas Valverde, Notario. 1 vez. Nº (104556). José Antonio Rojas Morales, y Carlos Luis Rojas Morales, constituyen la sociedad denominada Terminal de Contenedores Salinas TCS Sociedad Anónima. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma los señores Rojas Morales. Escritura otorgada en Heredia, a las dieciocho horas del veintinueve de noviembre de dos mil cinco. Lic. Ronald Vargas Corrales, Notario. 1 vez. Nº (104557). Vilma Barboza Moreira, Gerardo Chaves Sandoval, Fabiola Chaves Barboza y Gustavo Chaves Barboza constituyen empresa denominada Grupo Chaves y Barboza Sociedad Anónima. Presidenta: Vilma Barboza Moreira. Capital social: ,00. Heredia, 13 de diciembre del Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario. 1 vez. Nº (104558). Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del doce de diciembre de dos mil cinco, se constituye El Valle de Brescia Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución. San José, doce de diciembre de dos mil cinco. Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria. 1 vez. Nº (104559). Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del doce de diciembre del dos mil cinco, se constituye Los Montes de Nelumbio Sociedad Anónima, domicilio Alajuela. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución. San José, doce de diciembre de dos mil cinco. Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria. 1 vez. Nº (104560). Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 22 de noviembre del 2005, se constituyeron Condo Valle Sol Uno C V U S. A., Condo Valle Sol Dos C V D S. A., Condo Valle Sol Tres C V T S. A., Condo Valle Sol Cuatro C V C S. A., Condo Valle Sol Cinco C V C I S. A., Condo Valle Sol Seis C V S S. A., Condo Valle Sol Siete C V S I S. A., Condo Valle Sol Ocho C V O S. A., Condo Valle Sol Nueve C V N S. A., Condo Valle Sol Diez C V D I S. A., Condo Valle Sol Once C V O N S. A., Condo Valle Sol Doce C V D O S. A., Condo Valle Sol Trece C V T R S. A., Condo Valle Sol Catorce C V C A S. A., Condo Valle Sol Quince C V Q S. A., Condo Valle Sol Dieciseis C V D C S. A., Condo Valle Sol Diecisiete C V D S S. A., Condo Valle Sol Dieciocho C V D I O S. A.; y Condo Valle Sol Diecinueve C V D N S. A. Además por escritura de las 11:00 horas del 28 de noviembre del 2005 se constituyó Moto Shop Jacó S. A. y por escritura de las 14:00 y 14:30 horas de hoy se constituyeron Clean Brake Flush S. A. y Lindberg Ridge S. A. En todas: Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Presidente: Con plenas facultades. San José, 12 de diciembre del Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario. 1 vez. Nº (104561). Gioconda Elizondo Navarro, notaria pública con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada al ser las nueve horas del ocho de octubre del año 2005, se constituyó la sociedad, la cual se denomina Valle Torrento Tres M.J.S. S. A., cuyo capital es la suma de 1.500,00 exactos, cuyo presidente es Manuel de Jesús Salas Araya. San José. Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria. 1 vez. Nº (104562). Gioconda Elizondo Navarro, notaria pública con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada al ser las nueve horas del once de octubre del año 2005, se constituyó la sociedad, la cual se denomina Valle Torrento Cinco I.S.C. S. A., cuyo capital es la suma de 1.500,00 exactos, cuyo presidente es Manuel de Jesús Salas Araya. San José. Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria. 1 vez. Nº (104563). Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Amapola del Mar Limitada. Plazo social: 100 años. Objeto general, gerente apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio provincia Guanacaste, conjunto residencial, Rancho Agua Dulce Los Pargos. San José, 8 de diciembre del Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario. 1 vez. Nº (104564). En mi notaría a las 15:00 horas del 6 de setiembre del 2005, se constituyó Polen s Teak Plantations International S. A. Domicilio: Ciudad Quesada. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial. Capital social: cien mil colones. Ciudad Quesada, 12 de diciembre del Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario. 1 vez. Nº (104565). En mi notaría a las 12:00 horas del 9 de noviembre del 2005, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Arenal Geiser S. A., por la cual se modifica la cláusula quinta sobre el capital social, en el cual se aumenta a cien millones de colones. Ciudad Quesada, 12 de diciembre del Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario. 1 vez. Nº (104566). Ante mi notaría, a las quince horas del dos de noviembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Castillo Fallas SJC Sociedad Anónima, cuya presidenta es la señora Sheily Fallas Berrocal. El capital está suscrito y cancelado. Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario. 1 vez. Nº (104567). Ante mi notaría, a las quince horas con treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Castillo Fallas Kevand Sociedad Anónima, cuya presidenta es la señora Shally Fallas Berrocal. El capital está suscrito y cancelado. Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario. 1 vez. Nº (104568). Por escritura ciento cuarenta y cuatro otorgada ante esta notaría a las diez horas del once de noviembre del año en curso, se constituye otorga poder generalísimo sin límite de suma al señor Salvador Romero Fernández, otorgado por Caminando de Cristo Ejercito de Dios S. A. Alajuela, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Libni Muñoz Sarmiento, Notario. 1 vez. Nº (104569). Por escritura pública ochenta-nueve de las ocho horas del ocho de diciembre del presente año, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Contorcountry Cinco F S. A., mediante la cual se nombra junta directiva y fiscal. San José, ocho de diciembre del dos mil cinco. Lic. Alfonso Meléndez Vega, Notario. 1 vez. Nº (104570). Mediante escritura otorgada ante nosotros: a las dieciseis horas del diez de noviembre del año 2005, se constituye la sociedad de este domicilio O.P.M.N. Group Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente. Lic. Melania Gutiérrez Gamboa y Rolando Clemente Lacle Zúñiga, Notarios. 1 vez. Nº (104571). Por escritura número dieciocho-cuatro, otorgada ante mí, a las once horas del trece de diciembre del dos mil cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Hermosa Bridge Investments S. A., por la que se reforma la cláusula segunda del domicilio, se acepta la renuncia del presidente, secretario, el tesorero y el fiscal y se hace un nuevo nombramiento. Se crea el cargo de agente residente. Se acuerda nombrar agente residente. Además se acuerda crear el cargo de agente residente. San José, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria. 1 vez. Nº (104572). Por escritura número diecisiete-cuatro, otorgada ante mí, a las nueve horas del doce de diciembre del dos mil cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Allegory Of Sunset S. A., por la que se reforma la cláusula segunda del domicilio, se acepta la renuncia del presidente, secretario, el tesorero y el fiscal y se hace un nuevo nombramiento. Se acuerda nombrar agente residente. Además se acuerda crear el cargo de agente residente. San José, doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria. 1 vez. Nº (104573). Monte Lagos Las Hortensias Catorce Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las doce horas, treinta minutos del doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria. 1 vez. Nº (104574). Villas XIII Tinto de San Antonio Sociedad Anónima, reforma cláusula novena del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria. 1 vez. Nº (104575).

20 Pág 20 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Carro Bonito de Limón Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las once horas, treinta minutos del doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria. 1 vez. Nº (104576). Guiones Beach Nosara Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria. 1 vez. Nº (104577). En esta notaría a las 14:00 horas del 22 de mayo del 2005, Francisco Genaro Quesada Salazar, Mirian Beatriz Ramírez Esquivel, María Eugenia, Gustavo Alonso y Silvia Elena todos Quesada Ramírez, constituyen Quesrra S. A. Presidente: Luis Gerardo. Capital social: 10 mil colones. San Ramón, Alajuela. Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario. 1 vez. Nº (104578). Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las ocho horas del trece de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Broad Wing Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. San José, 13 de diciembre del Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria. 1 vez. Nº (104579). Ante esta notaría a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Jozupa-Diversificaciones Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Lic. Luis Alberto Pereira Brenes y Mariselle Verdesia Meneses. San José, 12 de diciembre del Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario. 1 vez. Nº (104580). Ante esta notaría a las diez horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Frente Verde Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Lic. Luis Alberto Pereira Brenes y Mariselle Verdesia Meneses. San José, 12 de diciembre del Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario. 1 vez. Nº (104581). Por escritura pública número ciento cuarenta y tres, otorgada en mi despacho a las catorce horas del veinticinco de noviembre del año en curso, se constituyó la sociedad denominada Tubérculos Guayabito S. A. Plazo: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Grecia, 30 de noviembre del Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario. 1 vez. Nº (104582). Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de este domicilio denominada Vangel Sociedad Anónima, mediante la cual se revocó el nombramiento de la junta directiva y agente residente y se nombró a nueva junta directiva y agente residente, por el resto del plazo social. Alajuela, 13 de diciembre del Lic. Karolyn Karen Joseph Pereira, Notaria. 1 vez. (104583). Por escritura número veinticuatro, otorgada ante los notarios Eduardo Sancho Arce y Jorge González Roesch, en el protocolo del primer notario, a las once horas con cuarenta y cinco minutos, del trece de diciembre del año dos mil cinco, se modificaron las cláusulas segunda, cuarta y sexta de los estatutos de la sociedad Curubande Laboral S. A. y se reorganiza la junta directiva. San José, 13 de diciembre del Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario. 1 vez. (104628). Por escritura número veintisiete, otorgada ante los notarios Eduardo Sancho Arce, Juvenal Sánchez Zúñiga y Laura Fernández Castro, en el protocolo del primer notario, a las trece horas con treinta minutos, del trece de diciembre del año dos mil cinco, se modificó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad Grupo Financiero Cuscatlán de Costa Rica S. A. San José, 13 de diciembre del Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario. 1 vez. (104629). Por escritura número veintiocho, otorgada ante los notarios Eduardo Sancho Arce, Juvenal Sánchez Zúñiga y Laura Fernández Castro, en el protocolo del primer notario, a las catorce horas, del trece de diciembre del año dos mil cinco, se modificó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A. San José, 13 de diciembre del Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario. 1 vez. (104630). Por escritura número veinticinco, otorgada ante mi notaría, a las doce horas, del trece de diciembre del año dos mil cinco, se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Inversiones MGM Quince Mil S. A. y se reorganizó la junta directiva. San José, 13 de diciembre del Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario. 1 vez. (104631). En mi notaría, mediante escritura pública número sesenta y cuatro del tomo primero de mi protocolo a las dieciocho horas del doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituye la sociedad Mix Martial Arts MMA C.R. Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Artes Marciales Mixtas MMA C.R. Sociedad Anónima. Cuyo domicilio social es en Zapote y la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo esta a cargo de su presidente. San José, 12 de diciembre del Lic. Marian Leonor Brenes Aguirre, Notaria. 1 vez. Nº (104684). Ante esta notaría, con fecha 26 de noviembre del 2004, se constituyó Freddy Soto F.S.A. Inversiones Sociedad Anónima. Capital ,00 colones. San José, 13 de diciembre del Lic. Maritza Navarro Contreras, Notaria. 1 vez. Nº (104766). Ante esta notaría, se constituyó la entidad jurídica denominada Zúñiga y Quevedo Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria pública Patricia Benavides Chaverri, al ser las diecisiete horas, del día trece del mes de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria. 1 vez. Nº (104767). Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la firma Estrella Madre Sociedad Anónima. Capital doce mil colones suscrito y pagado. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: San José, avenida diez bis, calles veintiuno y veintitrés, número dos mil sesenta y uno. Playa Flamingo, siete de diciembre del dos mil cinco. Lic. Jorge Granados Moreno, Notario. 1 vez. Nº (104768). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas, del trece de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Gus Pitucci S.A. Domicilio: Roble de Puntarenas, de la pulpería Lula cien metros al este y veinticinco al sur casa mil treinta y seis. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. San José, 14 de diciembre del Lic. Boris Ajun Murillo, Notario. 1 vez. Nº (104769). Por medio de la escritura número cinco, otorgada ante el notario Mauricio Jiménez Bodan, a las diez horas del quince de febrero del año dos mil cinco, compareciendo Marianela Portugués Sánchez, mayor, casada dos veces, abogada, cédula número uno-quinientos cuarenta y tres-seiscientos sesenta y nueve, vecina de Coronado, Residencial Las Mercedes, número uno casa número veintitrés, Marianela Francesca Bolaños Portugués, mayor, soltera, estudiante, cédula número uno-mil ciento cuarenta-cero treinta y cinco, Jorjana Maylin Bolaños Portugués, mayor, casada una vez, profesora, cédula número uno-mil doscientos trece-ochocientos cincuenta y nueve, Jorge Alberto Bolaños Portugués, soltero, estudiante, cédula de identidad número uno-mil doscientos noventa y siete-ciento ochenta y tres, todos con la misma dirección de la primera compareciente, constituyen una sociedad anónima de esta plaza cuya razón social es MGJ Producciones y Asesorías Turísticas Sociedad Anónima. San José, ocho de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Mauricio Jiménez Bodan, Notario. 1 vez. (104716). Por medio de la escritura número ciento catorce otorgada ante la notaria Marianela Portuguez Sánchez, a las quince horas del veintinueve de noviembre del año dos mil cinco, compareciendo, Leonardo Fonseca Vega, mayor, casado una vez, vecino de San José, El Alto de la Trinidad de Moravia, Urbanización Villa Margarita; casa uno-c, transportista, portador de la cédula número uno-cuatrocientos setenta y uno-cuatrocientos ochenta y tres y Josefina Castillo Fuentes, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número tres-ciento noventa y seis-doscientos veintisiete y Hairo Leonardo Fonseca Castillo, mayor divorciado una vez, portador de la cédula número uno-mil diez-cuatrocientos sesenta y cuatro, transportista y Randal Fonseca Castillo, mayor, casado una vez, portador de la cédula número uno-mil cincuenta y dos- trescientos treinta y cinco, transportista y Gabriela Fonseca Castillo, mayor, soltera, estudiante, cédula número uno-mil doscientos ochenta y tres-quinientos setenta y cuatro y Karla Vanesa Fonseca Castillo, mayor, estudiante, portadora de la cédula número uno-mil doscientos trece-trescientos diecisiete, todos de la misma dirección del primer compareciente, constituyen una sociedad anónima de esta plaza cuya razón social es J Y L Transport de Costa Rica Sociedad Anónima. San José, nueve de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Marianela Portuguez Sánchez, Notaria. 1 vez. (104717). Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, el señor Rodrigo José Pastor Peralta y doña Valeria Bergna Carpio, constituyen la sociedad Calaluz Zafiro Oriental Sociedad Anónima, para dedicarse por cien años, a la industria y comercio en general y con domicilio en la ciudad de San José. Capital social totalmente suscrito y pagado. San José, trece de diciembre del Lic. Paulo Antonio Doninelli Fernández, Notario. 1 vez. (104719). El día de hoy ante mi notaría he constituido la sociedad Arte Madera San Isidro Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domiciliada en San Joaquín de Flores. Plazo 99 años. Capital social cien mil colones. San Joaquín de Flores, a las doce horas del día siete de diciembre del dos mil cinco. Lic. Luis Javier Blandino Herrera, Notario. 1 vez. (104721). Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 14 de octubre del 2005, se constituyó la sociedad Constructora Esquivel C.E.S.A S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital íntegramente suscrito y pagado. Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario. 1 vez. (104740). Por escritura otorgada ante mí el día de hoy Plantas Madres de Flores Sociedad Anónima, modificó las cláusulas sétima y novena del pacto constitutivo. Se nombra junta directiva. San José, 5 de diciembre del Lic. Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, Notario. 1 vez. (104742). Ante la notaría de la suscrita, mediante escritura número ciento ocho otorgada a las trece horas del día veintitrés de noviembre de dos mil cinco, Diego López Rojas, cédula de identidad número y Raquel Acosta Echeverría, cédula de identidad número , constituyen la sociedad denominada Crested Butte Casa Uno Sociedad Anónima, con plazo social de 99 años y capital social de diez mil colones. Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria. 1 vez. (104743).

21 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 21 Ante la notaría de la suscrita, mediante escritura número ciento nueve otorgada a las quince horas del día veintitrés de noviembre de dos mil cinco, Diego López Rojas, cédula de identidad número y Raquel Acosta Echeverría, cédula de identidad número , constituyen la sociedad denominada Valle Nevado Casa Dos Sociedad Anónima, con plazo social de 99 años y capital social de diez mil colones. Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria. 1 vez. (104744). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del catorce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad, denominada Herre Morales Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en Alajuela, Tambor ochocientos metros al este de la iglesia católica, y cuya representación la ostenta el presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Alajuela, 14 de diciembre del Lic. Lisidia Villalobos Loría, Notaria. 1 vez. (104746). Por escritura otorgada ante esta notaría el día veintiuno de noviembre del año dos mil cinco, Daniel Quesada Quirós y Roxana Leitón Garro, constituyeron la sociedad Ocean Properties Realty & Investment Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidente Rodolfo Leitón Gutiérrez. San José, ocho de diciembre del dos mil cinco. Lic. Surút Monge Morales, Notaria. 1 vez. (104760). Por escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 13 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mariviso CR S. A. Capital diez mil colones. objeto: industria y comercio en general. Plazo 99 años. Domicilio: Desamparados. Lic. Augusto Porras Anchía, Notario. 1 vez. Nº (104761). Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Hato El Dorado S. A., con domicilio en Pozos de Santa Ana, San José. Plazo social: 100 años. Capital Social: ,00, suscritos y pagados. San José, 24 de noviembre del Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario. 1 vez. Nº (104762). Ante esta notaría, el día nueve de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Meg s Terrace Gallery Ltda. Capital social: Cien mil colones. Domicilio Monte Verde de Puntarenas. Plazo social: noventa y nueve años. Gerentes: Margaret Wallace Schwab y Richard Kenneth LaVal Bugg. Notario cartulante y agente residente: Didier Solórzano Ruiz. Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario. 1 vez. Nº (103763). El suscrito notario hace constar que se constituyó la Compañía C. Stefanoff Servicios y Representaciones Sociedad Anónima. San José, catorce de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario. 1 vez. Nº (104764). El suscrito notario hace constar que la Compañía Estructuras Industriales Quesada Ureña Limitada, reforma cláusula. San José, catorce de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario. 1 vez. Nº (104765). Protocolización del acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad El Expresso Berlin-Praga S. A. Mediante la cual se reformó la cláusula segunda, se nombró nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas, del 13 de diciembre del Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria. 1 vez. Nº (104770). Por escritura otorgada ante mi notaría, el dos de noviembre de este año, se reforma la cláusula segunda del pacto social constitutivo de la compañía Carrocería y Pintura La Uruca S. A. De la administración. Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario. 1 vez. Nº (104771). Por escritura otorgada ante mi notaría, el dieciocho de noviembre del dos mil cinco, se constituye la compañía Monvarza del Ángel S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones. San José, 14 de diciembre del Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario. 1 vez. Nº (104772). Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las 20:00 horas del 12 de diciembre del 2005, se constituyó la sociedad denominada Bio Tech Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Bio Tech S. A., nombre de fantasía. Plazo social: 99 años. Capital social: ,00 colones. Domicilio social: Birrí de Santa Bárbara de Heredia, ochocientos metros al norte de la guardia rural. Presidente: Siegfried Willi Scheid. Tesorero: Rodrigo Octavio Chavarría Solano. Representación judicial y extrajudicial: Presidente y tesorero conjuntamente. Lo anterior mediante escritura número sesenta visible al folio treinta y nueve frente del tomo primero del protocolo de la suscrita notaria. Firmo en la ciudad de Grecia, a las veinte horas, del doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria. 1 vez. Nº (104773). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas, del trece de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada The Jungle of the Horses Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Lic. María Ester Vargas Mora, Notaria. 1 vez. Nº (104774). Por escritura otorgada esta notaría, a las quince horas del trece de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada New Horizons in the South Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Lic. María Ester Vargas Mora, Notaria. 1 vez. Nº (104775). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas, del trece de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada New Home in the Paradise Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Lic. María Ester Vargas Mora, Notaria. 1 vez. Nº (104776). Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas, del nueve de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad Maderas Arroyo del Valle de la Estrella S. A. Presidente: Emel Arroyo Fallas. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: comercio, industria, ganadería, agricultura. Capital: veinte mil colones. Limón, 13 de diciembre del Lic. Luis Fernando Torres Rueda, Notario. 1 vez. Nº (104777). Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Superbe VUE Sociedad Anónima, a las diecisiete horas, del nueve de diciembre del dos mil cinco. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Atenas, 9 de diciembre del Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario. 1 vez. Nº (104778). Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Repos Total Sociedad Anónima, a las diecisiete y treinta horas, del nueve de diciembre del dos mil cinco. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Atenas, 9 de diciembre del Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario. 1 vez. Nº (104779). Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad anónima denominada Jolie Repos Sociedad Anónima, a las dieciséis y treinta horas del nueve de diciembre del dos mil cinco. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Atenas, 9 de diciembre del Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario. 1 vez. Nº (104780). Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad anónima denominada Calme Residence Sociedad Anónima, a las dieciséis horas del nueve de diciembre del dos mil cinco. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Atenas, 9 de diciembre del Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario. 1 vez. Nº (104781). Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad anónima denominada Voyage Sûr Sociedad Anónima, a las dieciocho horas del nueve de diciembre del dos mil cinco. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Atenas, 9 de diciembre del Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario. 1 vez. Nº (104782). Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día trece de diciembre del dos mil cinco a las ocho y treinta horas en la ciudad de Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima denominada Ete Eternel Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo Presidente y Tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Atenas, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario. 1 vez. Nº (104783). Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Toyopan de la Campiña SRL. Capital: íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo. San José, 17 de noviembre del Lic. Claudio Murillo Ramírez, Notario. 1 vez. Nº (104784). Por escritura número sesenta y cuatro de las dieciocho horas del trece de diciembre de dos mil cinco, se reforma totalmente el Pacto Constitutivo a excepción de la cláusula primera del nombre y cuarta del plazo de la compañía Primaveras Infinitas Sociedad Anónima. Lic. Édgar Alonso Solís Carmona, Notario. 1 vez. Nº (104785). Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecinueve del diez de diciembre del dos mil cinco, María Eugenia Benavides Aguilar y Estrella Zúñiga Benavides, constituyeron Mazu Benagui Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Mazu Benagui S. A. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación: Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Ciudad Quesada, 12 de diciembre del Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria. 1 vez. Nº (104786).

22 Pág 22 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Por escritura otorgada en esta notaría a las 18:30 horas del día de hoy, se constituye la compañía denominada Quinta Anabelle Sociedad Anónima, con domicilio en Toro Amarillo de Valverde Vega. Objeto: toda clase de actividades comerciales, pecuarias, industriales y turísticas. Plazo: cincuenta años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. San José, 25 de noviembre del Lic. Hugo Paniagua Hidalgo, Notario. 1 vez. Nº (104787). Por escritura otorgada en esta notaría a las 18:30 horas del día de hoy, se constituye la compañía denominada Quinta El Roble Sociedad Anónima, con domicilio en El Roble de Santo Domingo de Heredia. Objeto: toda clase de actividades comerciales, pecuarias, industriales y turísticas. Plazo: cincuenta años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial. San José, 25 de noviembre del Lic. Hugo Paniagua Hidalgo, Notario. 1 vez. Nº (104788). En mi notaría se han presentado los señores Ricardo Sojo Quirós, cédula uno-quinientos-quinientos veintisiete y Magally Soto Salazar, cédula uno-novecientos catorce-cuatrocientos treinta y ocho, para constituir una sociedad anónima denominada Corporación Jocesa, Sociedad Anónima. Es todo. San José, dieciséis de noviembre del dos mil cinco. Lic. Fernando José González Medina, Notario. 1 vez. Nº (104789). Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y unodiez visible a folio veintiocho vuelto del tomo décimo de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Inversiones en Bienes Raíces El Tacotal de Tamarindo Sociedad Anónima. Presidente Gilberto Eduardo Ocampo, capital social, seis mil colones. Santa Cruz, 1º de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Paulino Ugarte Bustos, Notario. 1 vez. Nº (104790). Mediante escritura número noventa y tres, visible al folio sesenta y cinco frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del día trece de diciembre del dos mil cinco, se cambiaron el Presidente y Secretario de la Junta Directiva, dentro de la sociedad Ala Data Management Sociedad Anónima. Es todo. San José, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario. 1 vez. Nº (104791). Mediante escritura número noventa y cuatro, visible al folio sesenta y cinco vuelto del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las diez horas del día trece de diciembre del dos mil cinco, se cambiaron el Presidente y Secretario de la Junta Directiva, dentro de la sociedad Main Street Sociedad Anónima. Es todo. San José, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario. 1 vez. Nº (104792). Mediante escritura número noventa y cinco, visible al folio sesenta y seis frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las once horas del día trece de diciembre del dos mil cinco, se aumentó capital, reformó cláusula quinta, segunda del pacto constitutivo y se nombró nuevo Presidente, Secretario y Tesorero de Junta Directiva, dentro de la sociedad Iguana Arenal Ciento Nueve I Sociedad Anónima. Es todo. San José, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario. 1 vez. Nº (104793). Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Imágenes Alusivas S.A., donde se reformaron las cláusulas décima y undécima. San José. Rolando González Calderón, Notario. 1 vez. Nº (104794). Ante este notario, el día veinticuatro de noviembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Cabañas La Pradera Monteverde S. A. Presidente: Rafael Arguedas Ramírez, capital: diez mil colones. Domiciliada en Monteverde. Lic. Javier González Loría, Notario. 1 vez. Nº (104795). Ante este notario el día diez de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Arcoiris Tours de Calidad Monteverde S. A., representada por su presidenta Susana Stoyber, capital: diez mil colones. Lic. Javier González Loría, Notario. 1 vez. Nº (104796). Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Sansol Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial, capital totalmente suscrito y pagado. Turrialba, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario. 1 vez. Nº (104797). Por escritura número setenta y uno, otorgada en mi notaría, a las quince horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil cinco, se constituye Cinco de Octubre Sociedad Anónima, nombre de fantasía, capital social: diez mil colones. Presidenta: Damaris Guerrero Jiménez, y secretaria: Alba Jiménez Agüero, quienes actuarán de manera conjunta como apoderadas generalísimas sin límite de suma. Domicilio social: San José, Goicoechea, Ipís, Residencial Vistas del Cielo, casa número tres B. San José, a las quince horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil cinco. Lic. José Erasmo Toruño Sequeira, Notario. 1 vez. Nº (104798). Por escritura Nº , otorgada en San Isidro de El General a las 16:30 del 9 de diciembre del 2005, se constituye la sociedad costarricense que se denominará con el nombre de Costa Rica Pacífica Premium Properties S. A. San Isidro de El General, 6 de diciembre del Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario. 1 vez. Nº (104799). Por esta escritura Nº del tomo 08 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las 9:30 horas de hoy, la sociedad costarricense denominada Pavo Negro Oculto S. A., cédula jurídica Nº , modifica sus estatutos. San Isidro de El General, 29 de noviembre del Lic. Alexis Monge Agüero, Notario. 1 vez. Nº (104800). Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía Ríos del Tempisque Sociedad Anónima. Domicilio: Paso Tempisque de Palmira de Carrillo, Guanacaste, quinientos metros hacia el sur de la entrada a Central Azucarera Tempisque S. A. Objeto: turismo, agricultura, ganadería, servicios, intermediación, etc. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Manuel Salvador Carrillo Díaz. Palmira de Carrillo, Guanacaste, el día nueve de diciembre del dos mil cinco. Lic. Juan Miguel Paniagua Vargas, Notario. 1 vez. Nº (104801). Que mediante escritura de las diecinueve horas del veintiuno de noviembre del dos mil cinco, se modifican estatutos y cambia junta directiva de Geodesa S. A. Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria. 1 vez. Nº (104802). El notario Víctor Hugo Mora Casasola hace constar que por escritura iniciada al folio dieciséis, del tomo ocho, otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, los señores Michael Nicholas (nombre) Caggiano (apellido) y Beatriz Zolezzi Del Río, constituyen la sociedad denominada Luz de Laureles M and B Sociedad Anónima. Misma fecha. Lic. Víctor Hugo Mora Casasola, Notario. 1 vez. (104862). Se hace saber que en mi notaría a las quince horas del día trece de diciembre del dos mil cinco, se constituyó la sociedad denominada Publicaciones Porras y Gamboa G A V Sociedad Anónima, siendo su domicilio social en la provincia de San José, Desamparados, de Pizza Hut del Centro Comercial Decosure, quinientos metros al este y cien metros al norte, con un capital social de diez mil colones. 14 de diciembre del Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria. 1 vez. (104889). Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza Distribuidora y Comercializadora Cayma del Oeste Sociedad Anónima. Capital: un millón de colones. Domicilio: San José, La Uruca. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. San José, ocho de diciembre del dos mil cinco. Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria. 1 vez. (104912). Mediante escritura número cincuenta y nueve, otorgada a las nueve horas cincuenta y dos minutos del día trece de diciembre del dos mil cinco, visible al folio cuarenta vuelto del tomo primero de mi protocolo, los señores Merril y Carol, ambos de apellidos Kingston, con un solo apellido en razón de nacionalidad, constituyeron El Sueño Hermoso de Playa Bandera M.C. Sociedad Anónima. Alajuela, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria. 1 vez. (104914). Mediante escritura número sesenta y uno, otorgada a las once horas con cinco minutos del día trece de diciembre del dos mil cinco, visible al folio cuarenta y tres vuelto del tomo primero de mi protocolo, los señores Merril y Carol, ambos de apellidos Kingston, con un solo apellido en razón de nacionalidad, constituyeron Mar Azul de Playa Bandera M.C. Sociedad Anónima. Alajuela, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria. 1 vez. (104915). Por escritura otorgada hoy a las 11:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Asesores Técnicos E.CH.A. Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente, individualmente. San José, 2 de diciembre del Lic. Federico Rucavado Luque, Notario. 1 vez. (104932). Por escritura otorgada hoy a las 17:30 horas, se constituyó la sociedad denominada Wef Franella Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario, individualmente. San José, 2 de diciembre del Lic. Federico Rucavado Luque, Notario. 1 vez. (104933). Por escritura otorgada ante el suscrito notario público: Enrique Sandoval Núñez, a las once horas, del trece de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la fundación denominada: Pacific Proyect Foundation en idioma castellano Fundación Proyecto Pacífico. Plazo social: indefinido. Aporte: cien mil colones. Se nombró Junta administrativa. Nicoya, trece de diciembre del año dos mil cinco. Lic. Enrique Sandoval Núñez, Notario. 1 vez. Nº (104934).

23 La Gaceta Nº 1 Lunes 2 de enero del 2006 Pág 23 Mediante escritura pública otorgada a las catorce horas del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Katmandú Trading Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Katmandú Trading S. A., capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104935). Mediante escritura pública otorgada a las catorce horas treinta minutos del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Samburu Trading Corporation Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Samburu Trading Corporation S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104936). Se deja constancia que en esta notaría el día trece de diciembre del dos mil cinco, mediante escritura otorgada a las once horas del trece de diciembre del dos mil cinco la Asociación Club de Mujeres de Costa Rica, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria donde se cambia los estatutos de la asociación. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104937). Mediante escritura pública otorgada a las trece horas treinta minutos del trece de diciembre del dos mil cinco, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Las Torres del Sardar A Nueve Verdes Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva, se cambia el domicilio social y el agente residente. Presidente. Timothy John O Brien. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104938). Se deja constancia que en esta notaría el día doce de diciembre del dos mil cinco, mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil cinco la sociedad Setenta y Seis Mil Treinta y Siete S. A. protocolizó acta de asamblea general ordinaria donde se elige junta directiva. Presidente: William Dwight Morgan. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104939). Se deja constancia que en esta notaría el día doce de diciembre del dos mil cinco, mediante escritura otorgada a las diez horas del doce de diciembre del dos mil cinco, la sociedad Gran Gioa Caribe S. A. protocolizó acta de asamblea general ordinaria donde se elige junta directiva. Presidente. Kerry Fay Mc Cracken. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104940). En escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día trece de diciembre del dos mil cinco, ante la notaria Shirley Rodríguez Vargas, escritura número veintiuno, visible al folio veintiocho frente del tomo nueve de su protocolo, se constituye sociedad anónima denominada Badtzmaru Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma al presidente y secretario de la compañía actuando separadamente. San José, catorce de diciembre del dos mil cinco. Lic. Shirley Rodríguez Vargas, Notaria. 1 vez. Nº (104941). A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que el día seis de diciembre del año en curso en la escritura número trescientos veinticuatro, visible a folio ciento treinta y cinco frente del tomo catorce de mi protocolo, procedí a protocolizar el acta de la asamblea extraordinaria de la sociedad Decicuadro Montañuno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y ocho, en dicha acta se modificó la cláusula segunda en cuanto al domicilio social. San José, 13 de diciembre del Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario. 1 vez. Nº (104942). Mediante escritura pública otorgada a las quince horas del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Del Nilo Trading Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Del Nilo Trading S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104943). Mediante escritura pública otorgada a las trece horas treinta minutos del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Pamukale White Mountains Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Pamukale White Mountains S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104944). Mediante escritura pública otorgada a las trece del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Nakuru Lake Incorporated Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Nakuru Lake Incorporated S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104945). Mediante escritura pública otorgada a las once horas del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Kushadasi Tradis Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Kushadasi Tradis S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104946). Mediante escritura pública otorgada a las doce horas del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Seti Two Corporación Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Seti Two Corporación S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104947). Mediante escritura pública otorgada a las once horas treinta minutos del día doce de noviembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Anubis Negra Incorporated Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anubis Negra Incorporated S. A. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104948). Mediante escritura pública otorgada a las doce horas treinta minutos del día doce de diciembre del año dos mil cinco, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Amboseli In America Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Amboseli In America S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Carlos Manuel Aguilar González. Lic. Vanessa Calvo González, Notaria. 1 vez. Nº (104949). Por escritura de las 8:00 horas del 13 de diciembre del 2005, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Aplicom S. A., en la cual se reforma la cláusula tercera de los estatutos sociales, aumentándose el plazo social. San José, 13 de diciembre del Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario. 1 vez. Nº (104950). Ante esta notaría y por escritura número uno de la sociedad Aagropecuaria Don Genero Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo en cuanto a la administración, y se nombran nueva junta directiva. San José, 8 de diciembre del Lic. Aurea María Morales Monge, Notaria. 1 vez. Nº (104951). La Asociación de Productores de Palmito de Finca Chaves y Platanera, realizan nuevo nombramiento de junta directiva para el período que va del dieciséis de noviembre del dos mil cinco, al quince de noviembre del dos mil siete. Puerto Viejo, Sarapiquí, trece de diciembre del dos mil cinco. Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria. 1 vez. Nº (104952). NOTIFICACIONES JUSTICIA Y GRACIA REGISTRO NACIONAL PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Se hace saber al señor Shahriar Heydarian, identificación Nº , en calidad de actor en el mandamiento de demanda de quiebra inscrito en la finca del partido de Cartago matrícula , bajo las citas , que la Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas de oficio, en virtud un escrito presentado a este Despacho por la Registradora 421, María del Rocío Mora Barboza, en el que literalmente manifiesta en lo interesa: Para lo que corresponda, según estudio realizado al plano , este se encuentra asignado a las fincas y , según calificación del documento , ambas fincas con igual descripción. Con tal fin, se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho lapso, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o un número de fax, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 185 del Código Procesal Civil, y el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N J, de 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como el artículo 3º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. expediente Nº ). Curridabat, 30 de noviembre del Lic. Róger Hidalgo Zúñiga, Director. (Solicitud Nº 36657). C (103629). Se hace saber que en diligencias administrativas de oficio, dentro del expediente Nº , por resolución de las diez horas del dos de diciembre del año dos mil cinco, se resolvió lo siguiente: Por tanto: en virtud de lo expuesto, y las normas legales citadas, se resuelve: I-Consignar inmovilización en las fincas del partido de Heredia, matrículas ciento cincuenta y cinco mil ochocientos (155800), y ciento ochenta y seis mil setecientos once (186711) respectivamente, las cuales se mantendrán hasta que el propietario actual, por la vía legal que establece nuestro ordenamiento jurídico, o una Autoridad Judicial competente, ordene la cancelación total de uno de los dos inmuebles. II-Una vez firme la presente resolución se comisiona a la licenciada Leticia Acuña Salazar, funcionaria destacada en el Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro, a efecto de que proceda a consignar la nota de advertencia e inmovilización antes referida, en las fincas indicadas. Referencia expediente Nº Notifíquese. Curridabat, 5 de diciembre del Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector a. í. (Solicitud Nº 36611). C (103630).

24 J U N T A A D M I N I S T R A T I V A Master. Miguel A. Quesada Niño Lic. Martín Sosa Cruz Presidente Representante del Sr. Ministro de Gobernación y Seguridad Pública Lic. Fernando Lobo Ugalde Representante del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes Representante de la Editorial Costa Rica Lic. José Miguel Chavarría Delgado Director General a. í. Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa Apartado Postal: Teléfono: Fax:

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS RESUMEN DE GACETAS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS RESUMEN DE GACETAS COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS RESUMEN DE GACETAS SEMANA DEL 26 AL 29 DE JULIO DE 2016 Martes 26 de julio de 2016 http://www.imprenta.go.cr/gaceta/?date=26/07/2016 RESOLUCIONES MINISTERIO

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA ADOPTA PROYECTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA ADOPTA PROYECTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 26 de marzo del 2009 270,00 AÑO CXXXI Nº 60-72 Páginas MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA ADOPTA PROYECTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS Págs. 28-40 Foto

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 5 de febrero del AÑO CXL Nº páginas. Esto le interesa! ext. 140

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 5 de febrero del AÑO CXL Nº páginas. Esto le interesa! ext. 140 La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 5 de febrero del 2018 AÑO CXL Nº 21 100 páginas Esto le interesa! No se deje engañar La Imprenta Nacional no cuenta con funcionarios autorizados para vender la información

Más detalles

ALCANCE DIGITAL Nº 103-A. San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2011 PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ALCANCE DIGITAL Nº 103-A. San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2011 PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES ALCANCE DIGITAL Nº 103-A JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Año CXXXIII San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2011 Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento

Más detalles

ALCANCE N 39 PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES. Año CXL San José, Costa Rica, jueves 22 de febrero del páginas

ALCANCE N 39 PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES. Año CXL San José, Costa Rica, jueves 22 de febrero del páginas Año CXL San José, Costa Rica, jueves 22 de febrero del 2018 81 páginas ALCANCE N 39 PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R. PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS

Más detalles

Año CXL San José, Costa Rica, martes 27 de febrero del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES

Año CXL San José, Costa Rica, martes 27 de febrero del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES Año CXL San José, Costa Rica, martes 27 de febrero del 2018 27 páginas ALCANCE N 44 PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R. PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº40898 H-MEP-MOPT

Más detalles

PODER LEGISLATIVO LEYES N 9444 PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DOCUMENTOS VARIOS AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER LEGISLATIVO LEYES N 9444 PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DOCUMENTOS VARIOS AMBIENTE Y ENERGÍA CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) Año CXL San José, Costa Rica, jueves 16 de agosto del 2018 Firmado digitalmente por CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) Fecha: 2018.08.14 14:07:34-06'00' 95 páginas ALCANCE

Más detalles

AHORA TODOS PUEDEN. Más fácil y rápido! -nosotros le ayudamos- Tramite en línea sus publicaciones en La Gaceta y el Boletín Judicial

AHORA TODOS PUEDEN. Más fácil y rápido! -nosotros le ayudamos- Tramite en línea sus publicaciones en La Gaceta y el Boletín Judicial La Uruca, San José, Costa Rica, martes 6 de febrero del 2018 AÑO CXL Nº 22 128 páginas AHORA TODOS PUEDEN Tramite en línea sus publicaciones en La Gaceta y el Boletín Judicial Más fácil y rápido! -nosotros

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 24 de julio del 2014

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 24 de julio del 2014 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-02550227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

JASEC, ESPH Y CNFL AUMENTAN TARIFAS

JASEC, ESPH Y CNFL AUMENTAN TARIFAS La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 15 de abril del 2005 175,00 AÑO CXXVII Nº 72-80 Páginas También Cooperativas de Electrificación Rural JASEC, ESPH Y CNFL AUMENTAN TARIFAS Págs. 39-57 A las solicitudes

Más detalles

Año CXL San José, Costa Rica, viernes 23 de marzo del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES EDICTOS DOCUMENTOS VARIOS HACIENDA

Año CXL San José, Costa Rica, viernes 23 de marzo del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES EDICTOS DOCUMENTOS VARIOS HACIENDA Año CXL San José, Costa Rica, viernes 23 de marzo del 2018 56 páginas ALCANCE N 64 PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES EDICTOS DOCUMENTOS VARIOS HACIENDA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA FE DE ERRATAS Imprenta

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 9 de noviembre del AÑO CXXXIX Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 9 de noviembre del AÑO CXXXIX Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 9 de noviembre del 2017 AÑO CXXXIX Nº 212 108 páginas Pág 2 La Gaceta Nº 212 Jueves 9 de noviembre del 2017 CONTENIDO Pág N PODER EJECUTIVO Directriz... 2 Resoluciones...

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 16 de setiembre del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 16 de setiembre del 2015 CARLOS ALBERTO RODRIGUE Z PEREZ (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 16 de setiembre del 2015 AÑO CXXXVII Nº 180 72 páginas Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA)

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO DICTA REGLAMENTO PARA CENTRO DE CAPACITACIÓN

MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO DICTA REGLAMENTO PARA CENTRO DE CAPACITACIÓN JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

ADJUDICA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PARA DELEGACIÓN POLICIAL DE CARTAGO

ADJUDICA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PARA DELEGACIÓN POLICIAL DE CARTAGO La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 10 de setiembre del 2009 270,00 AÑO CXXXI Nº 177-76 Páginas MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA ADJUDICA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO PARA DELEGACIÓN POLICIAL DE CARTAGO

Más detalles

PODER EJECUTIVO CONTRATALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGLAMENTOS

PODER EJECUTIVO CONTRATALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGLAMENTOS Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, ESPINOZA, ALCANCE DIGITAL Nºsn=VARGAS 60 givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona

Más detalles

Día del Árbol. 15 de junio. El que antes de su muerte ha plantado un árbol, no ha vivido inútilmente. Proverbio hindú

Día del Árbol. 15 de junio. El que antes de su muerte ha plantado un árbol, no ha vivido inútilmente. Proverbio hindú CARLOS Firmado digitalmente ALBERTO por CARLOS ALBERTO RODRIG RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) UEZ Fecha: PEREZ 2016.06.14 15:32:39 (FIRMA) -06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 15 de junio del 2016

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 23 de abril del 2014

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 23 de abril del 2014 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255 -0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS,

Más detalles

Año CXXXVIII San José, Costa Rica, lunes 12 de diciembre del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES EDICTOS

Año CXXXVIII San José, Costa Rica, lunes 12 de diciembre del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES EDICTOS Año CXXXVIII San José, Costa Rica, lunes 12 de diciembre del 2016 160 páginas ALCANCE N 297 PODER EJECUTIVO DECRETOS RESOLUCIONES EDICTOS DOCUMENTOS VARIOS JUSTICIA Y PAZ INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

Más detalles

DE ADMINISTRACIÓN DEL ACUEDUCTO

DE ADMINISTRACIÓN DEL ACUEDUCTO Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) JORGE LUIS Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, ESPINOZA, givenname=jorge VARGAS ESPINOZA sn=vargas LUIS, c=cr, o=persona

Más detalles

ADJUDICA LICITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEDE DEL EBAIS DE COLORADO SUR Pág. 22

ADJUDICA LICITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEDE DEL EBAIS DE COLORADO SUR Pág. 22 La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 8 de enero del 2009 270,00 AÑO CXXXI Nº 5-80 Páginas CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL ADJUDICA LICITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEDE DEL EBAIS DE COLORADO

Más detalles

Declarado de Interés Educativo

Declarado de Interés Educativo La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 6 de setiembre del 2017 AÑO CXXXIX Nº 169 88 páginas Declarado de Interés Educativo Producto didáctico interactivo La Imprenta Nacional pone a su disposición los

Más detalles

Alcance Digital Nº 100 a La Gaceta Nº 234

Alcance Digital Nº 100 a La Gaceta Nº 234 Alcance Digital Nº 100 a La Gaceta Nº 234 DIARIO OFICIAL AÑO CXXXIII San José, Costa Rica, martes 6 de diciembre del 2011 13 Páginas PODER LEGISLATIVO ACUERDOS Nº 35-11-12, 36-11-12, 37-11-12, 38-11-12,

Más detalles

TODOS AHORA PUEDEN. Más fácil y rápido! -nosotros le ayudamos- Tramite en línea sus publicaciones en La Gaceta y el Boletín Judicial

TODOS AHORA PUEDEN. Más fácil y rápido! -nosotros le ayudamos- Tramite en línea sus publicaciones en La Gaceta y el Boletín Judicial La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 29 de noviembre del 2017 AÑO CXXXIX Nº 226 88 páginas AHORA TODOS PUEDEN Tramite en línea sus publicaciones en La Gaceta y el Boletín Judicial Más fácil y rápido!

Más detalles

MOPT ESTABLECE REQUISITO OBLIGATORIO

MOPT ESTABLECE REQUISITO OBLIGATORIO La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 8 de febrero del 2007 215,00 AÑO CXXIX Nº 28-56 Páginas Obtención de licencia B-4 requerirá experiencia de 3 años en B-3 MOPT ESTABLECE REQUISITO OBLIGATORIO Págs.

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 13 de noviembre del AÑO CXXXIX Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 13 de noviembre del AÑO CXXXIX Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 13 de noviembre del 2017 AÑO CXXXIX Nº 214 96 páginas Si usted es usuario del sector público de nuestro servicio de publicaciones en los Diarios Oficiales y necesita

Más detalles

PODER EJECUTIVO DECRETOS DIRECTRIZ ACUERDOS

PODER EJECUTIVO DECRETOS DIRECTRIZ ACUERDOS ALCANCE DIGITAL Nº 108 Año CXXXIII San José, Costa Rica, jueves 21 de diciembre del 2011 PODER EJECUTIVO DECRETOS DECRETO Nº 36915-H Nº 245 MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 1º y 2º DE LA LEY Nº 8908, LEY DE

Más detalles

San José, Costa Rica, jueves 27 de setiembre del 2018 PODER EJECUTIVO DECRETOS N MEP RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

San José, Costa Rica, jueves 27 de setiembre del 2018 PODER EJECUTIVO DECRETOS N MEP RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) Año CXL San José, Costa Rica, jueves 27 de setiembre del 2018 35 páginas ALCANCE N 173 PODER EJECUTIVO DECRETOS N 41331-MEP RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 16 de agosto del 2016 ESTIMADO USUARIO

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 16 de agosto del 2016 ESTIMADO USUARIO CARLOS ALBERTO RODRIGUE Z PEREZ (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, martes 16 de agosto del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 156 ESTIMADO USUARIO Debido a la conmemoración del Día del Trabajador en Artes Gráficas,

Más detalles

PODER EJECUTIVO REGLAMENTOS AVISOS

PODER EJECUTIVO REGLAMENTOS AVISOS ALCANCE DIGITAL Nº 195 Año CXXXIV San José, Costa Rica, lunes 03 de diciembre del 2012 Nº 233 PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA MINISTERIO DE COMERCIO

Más detalles

Nº COMEX EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº COMEX EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Decreto Ejecutivo No.561- Del 8 de noviembre de 1996, publicado en el Diario Oficial 1 COMEX Reglamento de las La Gaceta No.0 del 15 de noviembre de 1996 Decreto Ejecutivo No.9799- Decreto Ejecutivo No.3799-

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 7 de octubre del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 7 de octubre del 2015 Firmado CARLOS por ALBERTO digitalmente CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) PEREZ Fecha: 2015.10.06 15:10:24-06'00' (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 7 de octubre del 2015

Más detalles

REGLAMENTA CUENTA DE AHORROS CONTRACTUAL, AHORRO, BONO CRÉDITO

REGLAMENTA CUENTA DE AHORROS CONTRACTUAL, AHORRO, BONO CRÉDITO La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 27 de agosto del 2009 270,00 AÑO CXXXI Nº 167-72 Páginas MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO REGLAMENTA CUENTA DE AHORROS CONTRACTUAL, AHORRO, BONO CRÉDITO Págs.

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 7 de diciembre del 2018

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 7 de diciembre del 2018 CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 7 de diciembre del 2018 AÑO CXL Nº 228 128 páginas Firmado digitalmente por CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) Fecha: 2018.12.06

Más detalles

La Imprenta Nacional

La Imprenta Nacional CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, martes 8 de noviembre del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 214 76 páginas La Imprenta Nacional Felicita a la Por sus de servir y proteger a la

Más detalles

DEMOCRACIA COSTARRICENSE. Noviembre 7 Día de la

DEMOCRACIA COSTARRICENSE. Noviembre 7 Día de la La Uruca, San José, Costa Rica, martes 7 de noviembre del 2017 AÑO CXXXIX Nº 210 84 páginas Noviembre 7 Día de la DEMOCRACIA COSTARRICENSE Así establecido para honrar a los costarricenses que salieron

Más detalles

APRUEBAN REGLAMENTO PARA APLICAR LEY DE IMPUESTO A LAS PERSONAS JURÍDICAS

APRUEBAN REGLAMENTO PARA APLICAR LEY DE IMPUESTO A LAS PERSONAS JURÍDICAS JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO MODIFICACIÓN DE LA LEY REGULADORA DE TODAS LAS EXONERACIONES VIGENTES, SU DEROGATORIA Y SUS EXCEPCIONES, N.º 7293 DECRETO LEGISLATIVO N.º 8444 EXPEDIENTE N.º 15.489

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 12 de noviembre del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 12 de noviembre del 2015 Firmado CARLOS digitalmente por CARLOS ALBERTO ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ RODRIGUEZ (FIRMA) PEREZ (FIRMA) Fecha: 2015.11.11 15:02:28-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 12 de noviembre del 2015

Más detalles

Nº 8614 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

Nº 8614 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: Nº 8614 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: ARTÍCULO 1.- AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN PARA QUE SEGREGUE LOTES DE SU PROPIEDAD UBICADA EN VILLAS DE FLORENCIA, SAN

Más detalles

BANCO NACIONAL CONTRATA SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA AUTOBANCOS

BANCO NACIONAL CONTRATA SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA AUTOBANCOS 175 aniversario www.imprentanacional.go.cr Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 26 de octubre del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 26 de octubre del 2015 CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 26 de octubre del 2015 AÑO CXXXVII Nº 207 64 páginas Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha:

Más detalles

Año CXL San José, Costa Rica, viernes 17 de agosto del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS N H

Año CXL San José, Costa Rica, viernes 17 de agosto del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS N H Año CXL San José, Costa Rica, viernes 17 de agosto del 2018 5 páginas ALCANCE N 146 PODER EJECUTIVO DECRETOS N 41224-H 2018 Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R. PODER EJECUTIVO DECRETOS No. 41224-H

Más detalles

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS BN VITAL, OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, S. A.

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS BN VITAL, OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, S. A. 0 ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS BN VITAL, OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, S. A. Nº. San José, Costa Rica, lunes veinticuatro de julio del dos mil diecisiete, a las diecisiete horas

Más detalles

Para más información pueden comunicarse al correo electrónico o al teléfono ext. 186.

Para más información pueden comunicarse al correo electrónico o al teléfono ext. 186. Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona FISICA, ou=ciudadano,

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY OLIVIER JIMÉNEZ ROJAS DIPUTADO EXPEDIENTE N. º 20.398 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS NOTA: ESTE PROYECTO SE ENCUENTRA EN PROCESO

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA PARA QUE SEGREGUE DOS LOTES DE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD, QUE SE DESAFECTAN DEL USO

Más detalles

Alcance Digital Nº 52 a La Gaceta Nº 161

Alcance Digital Nº 52 a La Gaceta Nº 161 Alcance Digital Nº 52 a La Gaceta Nº 161 DIARIO OFICIAL AÑO CXXXIII San José, Costa Rica, martes 23 de agosto del 2011 7 Páginas PODER LEGISLATIVO PROYECTOS Nº 17881 LEY PARA EL FORTALECIMIENTO ECONÓMICO

Más detalles

ALCANCE DIGITAL Nº 66. San José, Costa Rica, lunes 21 de mayo del 2012 PODER LEGISLATIVO LEYES Nº 9035

ALCANCE DIGITAL Nº 66. San José, Costa Rica, lunes 21 de mayo del 2012 PODER LEGISLATIVO LEYES Nº 9035 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) ALCANCE DIGITAL Nº 66 Año CXXXIV San José, Costa Rica, lunes 21 de mayo del 2012 Nº 97 PODER LEGISLATIVO LEYES Nº 9035 AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Más detalles

San José, Costa Rica, miércoles 11 de julio del 2018 PODER EJECUTIVO ACUERDOS RESOLUCIONES REGLAMENTOS MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

San José, Costa Rica, miércoles 11 de julio del 2018 PODER EJECUTIVO ACUERDOS RESOLUCIONES REGLAMENTOS MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) Año CXL San José, Costa Rica, miércoles 11 de julio del 2018 Firmado digitalmente por CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) Fecha: 2018.07.11 11:57:16-06'00' 70 páginas

Más detalles

Para más información pueden comunicarse al correo electrónico o al teléfono ext. 186.

Para más información pueden comunicarse al correo electrónico o al teléfono ext. 186. Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona FISICA, ou=ciudadano,

Más detalles

Año CXL San José, Costa Rica, miércoles 28 de febrero del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS DIRECTRIZ RESOLUCIONES DOCUMENTOS VARIOS

Año CXL San José, Costa Rica, miércoles 28 de febrero del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS DIRECTRIZ RESOLUCIONES DOCUMENTOS VARIOS Año CXL San José, Costa Rica, miércoles 28 de febrero del 2018 91 páginas ALCANCE N 45 PODER EJECUTIVO DECRETOS DIRECTRIZ RESOLUCIONES DOCUMENTOS VARIOS HACIENDA AGRICULTURA Y GANADERÍA REGLAMENTOS INSTITUCIONES

Más detalles

Para más información pueden comunicarse al correo electrónico o al teléfono ext. 186.

Para más información pueden comunicarse al correo electrónico o al teléfono ext. 186. Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona FISICA, ou=ciudadano,

Más detalles

Acompáñenos A la FeriA!

Acompáñenos A la FeriA! JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0 255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS,

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 27 de agosto del 2014

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 27 de agosto del 2014 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255 -0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS,

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 9 de diciembre del 2013

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 9 de diciembre del 2013 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0 227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

ARESEP NO AUTORIZA ALZA EN TARIFAS DEL AGUA

ARESEP NO AUTORIZA ALZA EN TARIFAS DEL AGUA La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 21 de setiembre del 2007 215,00 AÑO CXXIX Nº 182-84 Páginas ARESEP NO AUTORIZA ALZA EN TARIFAS DEL AGUA Págs. 64-69 La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos

Más detalles

Decreto No H EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA.

Decreto No H EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA. Decreto No. 37401- H EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY HENRY MORA JIMENEZ DIPUTADO EXPEDIENTE N.º 20.136 NOTA: Este proyecto se encuentra en proceso de revisión en el Departamento de Servicios

Más detalles

Ya puede hacerlo desde internet!

Ya puede hacerlo desde internet! JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0 255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS,

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 11 de diciembre del 2018

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 11 de diciembre del 2018 CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, martes 11 de diciembre del 2018 AÑO CXL Nº 230 64 páginas Firmado digitalmente por CARLOS ANDRES TORRES SALAS (FIRMA) Fecha: 2018.12.10

Más detalles

PRECIO DE COMBUSTIBLES POR LAS NUBES

PRECIO DE COMBUSTIBLES POR LAS NUBES La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 29 de abril del 2005 175,00 AÑO CXXVII Nº 82-64 Páginas Rige mañana nuevo incremento PRECIO DE COMBUSTIBLES POR LAS NUBES Págs. 29-31 El ajuste al consumidor final

Más detalles

ALCANCE DIGITAL Nº 48. Año CXXXIV San José, Costa Rica, miércoles 18 de abril del 2012 Nº 75 PODER EJECUTIVO DECRETOS

ALCANCE DIGITAL Nº 48. Año CXXXIV San José, Costa Rica, miércoles 18 de abril del 2012 Nº 75 PODER EJECUTIVO DECRETOS ALCANCE DIGITAL Nº 48 Año CXXXIV San José, Costa Rica, miércoles 18 de abril del 2012 Nº 75 PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº 37.051-MP, Nº 37059-H, Nº 37066-H ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Nº 528-P,

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 28 de abril del AÑO CXXXVIII Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 28 de abril del AÑO CXXXVIII Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 28 de abril del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 81 40 páginas Pág 2 La Gaceta Nº 81 Jueves 28 de abril del 2016 CONTENIDO Pág PODER EJECUTIVO Nº Decretos... 2 Acuerdos... 3

Más detalles

RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA UBICACIÓN DENTRO DE LA G.A.M.A., TIPO DE PROYECTO, O SECTOR ESTRATÉGICO

RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA UBICACIÓN DENTRO DE LA G.A.M.A., TIPO DE PROYECTO, O SECTOR ESTRATÉGICO RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA UBICACIÓN DENTRO DE LA G.A.M.A., TIPO DE PROYECTO, O SECTOR ESTRATÉGICO 1. TIPO DE SOLICITUD Ubicación dentro / fuera de G.A.M.A. Modificación del

Más detalles

RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA UBICACIÓN DENTRO DE LA G.A.M.A., TIPO DE PROYECTO, O SECTOR ESTRATÉGICO

RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA UBICACIÓN DENTRO DE LA G.A.M.A., TIPO DE PROYECTO, O SECTOR ESTRATÉGICO RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA UBICACIÓN DENTRO DE LA G.A.M.A., TIPO DE PROYECTO, O SECTOR ESTRATÉGICO 1. TIPO DE SOLICITUD Ubicación dentro / fuera de G.A.M.A. Modificación del

Más detalles

MINISTRO DE TRANSPORTES CREA PROCESO DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL

MINISTRO DE TRANSPORTES CREA PROCESO DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL www.imprentanacional.go.cr Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona

Más detalles

Ya puede hacerlo desde internet!

Ya puede hacerlo desde internet! JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 4 de marzo del 2016

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 4 de marzo del 2016 CARLOS ALBERTO RODRIGUE Z PEREZ (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 4 de marzo del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 45 84 páginas Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha:

Más detalles

DECRETO No EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA CONSIDERANDO:

DECRETO No EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA CONSIDERANDO: DECRETO No. 38986 - H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

Más detalles

María de los Angeles Quesada Orozco VOCAL

María de los Angeles Quesada Orozco VOCAL Período Junio Agosto 2014 María de los Angeles Quesada Orozco VOCAL Contenido I. Presentación... 2 II. Conformación de la Junta Directiva Popular Sociedad Fondos de Inversión S.A.... 2 2.1 Nombramiento

Más detalles

REGISTRO NACIONAL ADJUDICA EQUIPAMIENTO DE OFICINAS DEL EDIFICIO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

REGISTRO NACIONAL ADJUDICA EQUIPAMIENTO DE OFICINAS DEL EDIFICIO DE PROPIEDAD INTELECTUAL www.imprentanacional.go.cr Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona

Más detalles

San José, Costa Rica, jueves 8 de setiembre del 2016 PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

San José, Costa Rica, jueves 8 de setiembre del 2016 PODER EJECUTIVO RESOLUCIONES INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS CARLOS ALBERTO RODRIGU EZ PEREZ (FIRMA) Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 8 de setiembre del 2016 Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.09.07 14:30:36-06'00'

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DEPARTAMENTO DE COMISIONES

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DEPARTAMENTO DE COMISIONES ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DEPARTAMENTO DE COMISIONES AUTORIZACIÒN A LA MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES PARA SEGREGAR Y DONAR UN LOTE DE SU PROPIEDAD A LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

Más detalles

RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE AMPLIACION, INCREMENTO, O REDUCCION DE PARQUE INDUSTRIAL

RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE AMPLIACION, INCREMENTO, O REDUCCION DE PARQUE INDUSTRIAL RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS SOLICITUD DE AMPLIACION, INCREMENTO, O REDUCCION DE PARQUE INDUSTRIAL 1. TIPO DE TRÁMITE: Ampliación de Parque Incremento de Parque Reducción de Parque 2. DATOS GENERALES: Nombre

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Consejo Universitario ACUERDOS TOMADOS EN SESION 1785 2005 CELEBRADA EL 14 DE OCTUBRE, 2005. ARTICULO III, inciso 1) Se recibe nota VA 462 05 del 12 de octubre del 2005

Más detalles

San José, Costa Rica, miércoles 12 de octubre del 2016 PODER EJECUTIVO ACUERDOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

San José, Costa Rica, miércoles 12 de octubre del 2016 PODER EJECUTIVO ACUERDOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL Firmado CARLOS digitalmente por CARLOS ALBERTO ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ RODRIGUEZ (FIRMA) PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.10.12 09:44:39-06'00' Año CXXXVIII San José, Costa Rica, miércoles 12 de octubre del 2016

Más detalles

Ya puede hacerlo desde internet!

Ya puede hacerlo desde internet! CARLOS ALBERTO RODRIGU EZ PEREZ (FIRMA) Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.02.10 14:58:35-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 11 de febrero del 2016 AÑO

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 3 de octubre del 2012

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 3 de octubre del 2012 Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona FISICA, ou=ciudadano,

Más detalles

Publicado en La Gaceta de 26 de noviembre de 2001 PODER EJECUTIVO

Publicado en La Gaceta de 26 de noviembre de 2001 PODER EJECUTIVO Publicado en La Gaceta de 26 de noviembre de 2001 PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº 29975-MEIC-COMEX EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LOS MINISTROS DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Y DE COMERCIO EXTERIOR Con

Más detalles

ARESEP FIJA PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES

ARESEP FIJA PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 19 de marzo del 2009 270,00 AÑO CXXXI Nº 55-76 Páginas ARESEP FIJA PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES Págs. 66-71 Foto con fines ilustrativos Mediante Resolución RRG-9583-2009,

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 26 de febrero del 2014

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 26 de febrero del 2014 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA H-008-2018 DECRETO No. 40852-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

Más detalles

Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105

Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105 Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105 DIARIO OFICIAL AÑO CXXXIII La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 1º de junio del 2011 5 Páginas PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Nos. 31-MP,

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL, LEY N.º 4573, Y LA LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, N.º 8422 DECRETO LEGISLATIVO N.º 8630 EXPEDIENTE

Más detalles

Informe de trabajos realizados

Informe de trabajos realizados Juan Carlos Fonseca Corrales. Ingeniero Topógrafo LOURDES DE MONTES DE OCA. Tel. / Fax 2234-1130 8671-8029 Montes de Oca, 19 de enero del 2017 Ref. BT-4211-1-2016 Informe de trabajos realizados Antecedentes:

Más detalles

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Decreto No. 36977 - H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

Más detalles

Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 29 de setiembre del páginas PODER LEGISLATIVO LEYES PROYECTOS PODER EJECUTIVO DECRETOS

Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 29 de setiembre del páginas PODER LEGISLATIVO LEYES PROYECTOS PODER EJECUTIVO DECRETOS CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.09.29 14:01:24-06'00' Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 29 de setiembre del 2016

Más detalles

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO

REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO Leyes, Decretos y Reglamentos Actualizado al: 27/11/2015 Regulaciones para el Traspaso de Bienes en Fideicomiso No. 037-11 REGULACIONES PARA EL TRASPASO DE BIENES EN FIDEICOMISO DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Más detalles

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL REGLAMENTO DE OPERACION DE CAJA CHICA JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL CAPITULO I

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL REGLAMENTO DE OPERACION DE CAJA CHICA JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL CAPITULO I JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL REGLAMENTO DE OPERACION DE CAJA CHICA JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL Artículo 1 -Objeto CAPITULO I Disposiciones generales El presente reglamento

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 23 de noviembre del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 23 de noviembre del 2015 Firmado digitalmente CARLOS por CARLOS ALBERTO ALBERTO RODRIGUEZ (FIRMA) RODRIGUEZ PEREZ Fecha: 2015.11.23 PEREZ (FIRMA) 14:11:44-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 23 de noviembre del 2015 AÑO

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Nº 35112-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA En uso de las facultades conferidas en los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso

Más detalles

PODER LEGISLATIVO REGLAMENTOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS AVISOS

PODER LEGISLATIVO REGLAMENTOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS AVISOS ALCANCE DIGITAL Nº 115 Año CXXXVII San José, Costa Rica, miércoles 16 de diciembre del 2015 Nº 244 PODER LEGISLATIVO LEYES N 9339 REGLAMENTOS MUNICIPALIDADES INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS AUTORIDAD REGULADORA

Más detalles

RÉGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO SOLICITUD DE RENUNCIA AL RÉGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO

RÉGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO SOLICITUD DE RENUNCIA AL RÉGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO RÉGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO SOLICITUD DE RENUNCIA AL RÉGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO 1. DATOS GENERALES: Nombre o razón social del beneficiario: Número de identificación: Ubicación actual:

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 117-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 15 MINUTOS DEL 05 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE RUTA NACIONAL

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 12 de junio del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 12 de junio del 2015 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO LEY DE REGULACIONES ESPECIALES SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY N.º 7509, LEY DE IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, DE 9 DE MAYO DE 1995, Y SUS REFORMAS, PARA TERRENOS

Más detalles