EXPLOTACIONES DE PRODUCCIONES TROPICALES Y SUBTROPICALES

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1 Línea 322 EXPLOTAIONES DE PRODUIONES TROPIALES Y SUBTROPIALES PLAN: 2018 Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1

2 EXPLOTAIONES TROPIALES Y SUBTROPIALES ultivos: Aguacate, hirimoyo, humbera, Litchi, Palmera Datilera, Papaya, Piña. Garantía Riesgos ubiertos álculo de indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia Módulos OMPLEMENTARIOS Módulos Módulos 1 2 P 1 Y P 1 2 P P R O D U I Ó N Plantones P R O D U I Ó N Pedrisco Parcela Parcela Viento Parcela Parcela Solo chirimoyo Pedrisco Viento Riesgos Excepcionales 10% 10% 10% (Asegurados con bonificación) Absoluta: 10% Explotación Riesgos excepcionales (omarca) Parcela Parcela Absoluta: Absoluta 30% Helada (2) Parcela Absoluta: Absoluta: Absoluta: 10% (Asegurados con bonificación) Golpe de alor (1) Parcela Parcela Absoluta: Resto de Adversidades limáticas Plantación (3) Todos los cubiertos en la garantía a la Plantación producción (4) Explotación (omarca) Absoluta: Parcela Parcela Absoluta: Absoluta 10% Absoluta Absoluta Absoluta Absoluta apital asegurado: 100% (1) Módulo P: Sólo cubierto en anarias (2) Módulos 1 y 2: Se garantiza el riesgo de helada solo para aguacate y mango en el ámbito de aplicación específico (.E). (3) La garantía a la Plantación sólo estará cubierta en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango y Palmera Datilera. (4) La garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango, Palmera Datilera y Piña. En el ultivo de Piña sólo se garantiza para el Tipo de apital 001 Plantones Los rendimientos de fijan por el Asegurado para cada parcela, con las esperanzas reales de producción (deberán tener en cuenta, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, eliminando el mejor y el peor). omplementario.- incremento de Kg. Teniendo en cuenta que la suma del seguro principal más el complementario no supere las esperanzas reales de producción. (Sólo para el cultivo chirimoyo especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 2

3 Este documento es una herramienta de ayuda. Para más información consultar las ondiciones Especiales (en adelante.e.) y Generales. OPIONES DE ASEGURAMIENTO Módulo 1 Todos los riesgos por Explotación: Pedrisco, Viento, Golpe de alor, Helada, Riesgos excepcionales, Resto Adversidades limáticas. Módulo 2.- Riesgos por Parcela y Explotación: Parcela.- Pedrisco, Viento, Golpe de calor, Helada y Riesgos excepcionales Explotación.- Resto de Adv. limáticas. Módulo P.- Risgos por parcela: Pedrisco Viento Golpe de calor Riesgos Excepcionales MODIFIAIONES ON RESPETO AL PLAN ANTERIOR Se modifica el ámbito de aseguramiento de los cultivos: o Aguacate.- Se elimina para todo el ámbito de la provincia de Valencia la cobertura de los módulos 1 y 2 o Se incluyen nuevos términos municipales, con cobertura solo para el módulo P, en Valencia y astellón. o Aguacate y mango.- Se incluyen nuevos términos, con cobertura solo para el módulo P, en Huelva. Bonificaciones y recargo.- uando se incorporen a la declaración de seguro parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación. El asegurado comunicará a AGROSEGURO dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo AGROSEGURO a calcular la bonificación ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, AGROSEGURO aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte. PERÍODO DE ONTRATAIÓN Módulos ultivos Ámbito Inicio Final Último día pago 1 y 2 hirimoyo, humbera, Litchi, Mango, Palmera Datilera, Papaya y Piña Todo y 2 Aguacate Todo P Aguacate Todo hirimoyo Todo humbera, Litchi, Mango, Palmera Datilera, Papaya y Piña Todo HIRIMOYO Todo especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 3

4 PÓLIZAS A ONTRATAR Una póliza por cada clase de cultivo / Son clases distintas cada uno de los cultivos. 1. Aguacate 2. hirimoyo 3. humbera 4. Litchi 5. Mango 6. Palmera Datilera 7. Papaya 8. Piña TRATAR EXPLOTAIONES ASEGURABLES, BIENES ASEGURABLES Y NO ASEGURABLES Explotaciones asegurables: Serán asegurables: En cualquiera de los módulos todas las explotaciones dedicadas al cultivo de aguacate, chirimoyo, chumbera, litchi, mango, papaya, palmera datilera y piña, excepto en el ámbito de Murcia que serán asegurables únicamente en el Módulo P. Es obligatorio asegurar todos los bienes de la misma clase, que posean en el ámbito de aplicación del seguro. Bienes asegurables: Seguro principal: En plantación: la plantación: aguacate, chirimoyo, litchi, mango y palmera datileta. Piña solo plantones. En plantaciones en producción: la producción, la plantación. Las instalaciones de cortavientos artificiales, estructuras de protección antigranizo, invernaderos, cabezal de riego y red de riego en parcelas siempre que cumplan las especificaciones contenidas en el anexo V. Seguro omplementario: Para las plantaciones de chirimoyo que han entrado en producción, incluidas en el seguro principal, que hayan contratado los Módulos 1 o 2 y que en el momento de contratación tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaradas en el seguro principal No son asegurables: Los cultivos y/o invernaderos en estado de abandono. Las parcelas destinadas a experimentación o ensayo. Las producciones destinadas a autoconsumo y las plantas y árboles aislados. Los árboles de aguacate destinados a corta viento. Las producciones de papaya desde el quinto año de cultivo. Las producciones de piña desde el cuarto ciclo productivo. especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 4

5 DEFINIIONES ESTADO FENOLÓGIO F (Plena floración): uando al menos el 50 % de los árboles de la parcela han alcanzado dicho estado. Se considera que un árbol presenta dicho estado, cuando al menos el 50 % de las flores lo han alcanzado. El estado fenológico F en una flor corresponde al momento en que la flor está completamente abierta, dejando ver sus órganos reproductores. ESTADO FENOLÓGIO "FRUTO 20 mm": uando al menos el 50% de los árboles de la parcela han alcanzado dicho estado. Se considera que un árbol ha alcanzado dicho estado fenológico cuando al menos el 50% de los frutos del árbol han alcanzado 20 milímetros de diámetro. ESTADO FENOLÓGIO "FRUTO UAJADO": uando al menos el 50% de los árboles de la parcela han alcanzado el estado en el que un fruto ya ha cuajado y empieza a engrosar rápidamente. Se considera que un árbol ha alcanzado ese momento, cuando al menos el 50% de los frutos han alcanzado el estado en el que un fruto ya ha cuajado y empieza a engrosar rápidamente. EXPLOTAIÓN A EFETOS DE ONTRATAIÓN: onjunto de parcelas de los bienes asegurables, situadas en el ámbito de aplicación del seguro, gestionadas empresarialmente por su titular para la obtención de producciones destinadas primordialmente al mercado y que constituyen una unidad técnico económica. En consecuencia las parcelas, objeto de aseguramiento, cultivadas por un mismo agricultor o explotadas en común por Entidades Asociativas Agrarias (Sociedades Agrarias de Transformación, ooperativas, etc.), Sociedades Mercantiles (Sociedad Anónima, Limitada, etc.) y omunidades de bienes, se considerarán como una sola explotación. EXPLOTAIÓN A EFETOS DE INDEMNIZAIÓN: onjunto de parcelas de la explotación situadas dentro de una misma comarca agraria. FRANQUIIA: Parte del daño que queda a cargo del asegurado: - FRANQUIIA ABSOLUTA: Se aplica restando el porcentaje o valor de esta franquicia del porcentaje del daño evaluado sobre la producción real esperada. INSTALAIONES ASEGURABLES: Se definen los siguientes tipos de instalaciones: LEVANTAMIENTO (para el cultivo de piña): El alzado del cultivo en el total o parte de la parcela asegurada siempre que suponga una superficie continua y claramente delimitada, al no ser viable continuar con el mismo a consecuencia de siniestros cubiertos en la declaración de seguro y que ocurran antes del inicio de la inducción floral, no siendo viable llevar a cabo una reposición por suponer un cambio en el ciclo de cultivo inicialmente previsto antes del siniestro. MÍNIMO INDEMNIZABLE: uantía del daño por debajo del cual el siniestro no es objeto de indemnización. PARELA A EFETOS DEL SEGURO: Superficie total de un mismo cultivo y variedad incluida en un recinto SIGPA. No obstante: 1. Se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por cada instalación o medida preventiva. 2. Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPA, todos aquellos recintos de superficie inferior a 0,10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie. PLANTAIÓN: Extensión de terreno dedicada al cultivo de los bienes asegurables, que se encuentre sometida a unas técnicas de manejo adecuadas, concordantes con las que tradicionalmente se realicen en la zona, y que tiendan a conseguir las producciones potenciales que permitan las condiciones ambientales de la zona en que se ubique. Se diferencian dos tipos de plantaciones: A) PLANTONES: Plantación ocupada por árboles que se encuentren en el período comprendido entre su implantación en el terreno y su entrada en producción. Se entenderá alcanzada la entrada en producción, cuando la recolección de la fruta resulte comercialmente rentable. B) PLANTAIÓN EN PRODUIÓN: Plantación ocupada por árboles que han entrado en producción según la definición anterior. REPOSIIÓN (para el cultivo de papaya y piña): La nueva plantación de la misma superficie perdida del cultivo en la parcela, a consecuencia de siniestros cubiertos en la declaración de seguro en las primeras fases de desarrollo del cultivo, siempre que suponga una superficie continua y claramente delimitada. Se considera que es posible hacer la reposición cuando no suponga cambio en el ciclo de cultivo inicialmente previsto antes de la ocurrencia del siniestro. SOBREMADUREZ: Un fruto ha sobrepasado su madurez comercial, cuando presente alteraciones o desórdenes fisiológicos, que se manifiestan generalmente a la vista, al tacto, por una falta de consistencia (fruto cansado) y al gusto, por una pérdida de sus características organolépticas. En la variedad Hass de aguacate, este momento vendrá determinado cuando el fruto alcance en su globalidad un color violáceo. especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 5

6 ESQUEMA DE RIESGOS UBIERTOS LIMÁTIOS NO LIMÁTIOS Helada Golpe de alor Pedrisco Viento Resto Adversidades limáticas Inundación Lluvia Torrencial Lluvia Persistente Incendio Fauna silvestre RIESGOS EXEPIONALES on carácter general: Se excluyen los daños producidos por plagas o enfermedades, pudriciones en el fruto o en la planta, sequía o cualquier otra causa que pueda preceder, acompañar o seguir a los riesgos cubiertos, excepto inundación-lluvia torrencial y lluvia persistente. Las pérdidas ocasionadas por retrasos vegetativos y las faltas de cuajado. En piña los daños por clorosis y coloración rojiza cualquiera que sea su causa. on carácter particular: (ver.e) A DE RUESGO MODULOS DE ASEGURAMIENTO Y ONDIIONES DE OBERTURA MÓDULO 1 ondiciones de coberturas Garantía P R O D U I Ó N Producción Plantación (1) Plantones Plantación (2) Riesgos cubiertos Módulo 1 Pedrisco Viento Golpe de calor Riesgos Excepcionales Helada (Solo Aguacate y Mango ámbito) Resto de Adversidades climáticas Módulo 1 Solo chirimoyo Pedrisco Viento Riesgos Excepcionales apital asegurado 100% Todos los de la producción 100% álculo indemnización Explotación (comarca) Explotación (comarca) Mínimo Indemnizable 30% 30% Franquicia Absoluta: Absoluta: (1) La garantía a la Plantación sólo será asegurable en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango y Palmera Datilera. (2) La garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango, Palmera Datilera y Piña. En el ultivo de Piña sólo se garantiza para el Tipo de apital 001 Plantones MODULO 2 Garantía P R O D U I Ó N Producción Plantación (1) Plantones Plantación (2) Riesgos cubiertos Módulo 2 Módulo 2 ondiciones de coberturas apital asegurado álculo indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia Pedrisco 100% Parcela 10% Absoluta: 10% Solo chirimoyo Viento / 10% Absoluta: / 10% Pedrisco 100% Parcela Golpe de calor Viento 10% para asegurados con Bonificación Riesgos Excepcionales Riesgos Excepcionales 100% Parcela Absoluta: Helada (Solo Aguacate Y Mango - ámbito) 100% Parcela Absoluta: Resto de Adversidades limáticas 100% Explotación (omarca) Absoluta: Todos los de producción 100% Parcela Absoluta: (1) La garantía a la Plantación sólo será asegurable en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango y Palmera Datilera. (2) La garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango, Palmera Datilera y Piña. En el ultivo de Piña sólo se garantiza para el Tipo de apital 001 Plantones. especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 6

7 MODULO P Garantía P R O D U I Ó N Producción Plantación (1) Riesgos cubiertos Pedrisco Viento Golpe de calor (Solo cubierto en.a. anarias) ondiciones de coberturas apital asegurado álculo indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia 100% Parcela 10% Absoluta: 10% Riesgos excepcionales 100% Parcela Absoluta: Todos los de producción 100% Parcela Absoluta: Plantones Plantación (2) (1) La garantía a la Plantación sólo será asegurable en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango y Palmera Datilera. (2) La garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de Aguacate, hirimoyo, Litchi, Mango, Palmera Datilera y Piña. En el ultivo de Piña sólo se garantiza para el Tipo de apital 001 Plantones INSTALAIONES.- Todos los módulos Riesgos cubiertos Todos los cubiertos en la producción y cualquier otro riesgo climáticos ÁMBITO DE APLIAIÓN apital asegurado álculo indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia 100% Parcela (1) - 1) Para los Módulos 1,2 y P los mínimos indemnizables por daños en las instalaciones será el menor entre: el 10% del capital asegurado y 600 para protección antigranizo, 500 para cortavientos plásticos, 1200 para cortavientos de obra, 1500 para invernaderos, abezal de riego, y 300 en red de riego. Se extiende a todas las parcelas de aguacate, chirimoyo, chumbera, litchi, mango, papaya, palmera datilera y piña en plantación situados en provincias, comarcas y términos municipales siguientes: ultivos Asegurables Aguacate, chirimoyo, chumbera y palmera datilera Todos los ultivos Mango y Papaya PROVINIA OMARA TÉRMINO MUNIIPAL Alicante entral Marquesado Meridional Aguas de Busot, Alfaz del Pi, Alicante, Altea, Benidorm, Bolulla, Busot, allosa de Ensarria, ampello, Finestrat, Muchamiel, La Nucia, Orcheta, Polop de la Marina, San Juan de Alicante, San Vicente del Raspeig, Taberna y Villajoyosa. Absubia, Alcalali, Beniarbeig, Benidoleig, Benimeli, Benisa, Benitachell, alpe, Denia, Gata de Gorgos, Jalón, Javea, Lliber, Ondara, Orba, Pedreguer, Pego, Rafol de Almunia, Sagra, Sanet y Negrals, Setla y Mirarrosa, Teulada, Tormos, Vergel. Todos los Términos. Baleares Ibiza San Antonio Abad, San José, San Juan Bautista y Santa Eulalia Del Río. ádiz ampo de Gibraltar astellar de la Frontera, Jimena de la Frontera y San Roque. Granada Málaga La osta Norte o Antequera Serranía De Ronda entro-sur o Guadalorce Vélez Málaga Las Palmas Todas Todos los Términos. Stª ruz Tenerife Murcia (Sólo módulo P) Todas Suroeste y Valle Guadalentín Albuñol, Almuñecar, Gualchos, Ítrabo, Jete, Los Guájares, Lentejí, Molvizar, Motril, Otívar, Polopos, Salobreña, Vélez de Benaudalla. Riogordo. Gaucin. Alhaurín de la Torre, Alhaurín El Grande, Almogia, Alora, Alozaina, Benahavis, Benalmadena, arratraca, ártama, asarabonela, asares, oín, Estepona, Fuengirola, Guaro, Istán, Málaga, Manilva, Marbella, Mijas, Monda, Pizarra, Tolox, Torremolinos y Yunquera. Todos los Términos. Todos los Términos. Águilas y Mazarrón especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 7

8 astellón (Sólo módulo P) La Plana Almazora, Almenara, Artana, Bechi, Borriol, astellón de la Plana, Nules, Onda, Vall de Uxo, Villareal, Villavieja Aguacate Valencia (Sólo módulo P) ampos De Liria Gandia Hoya de Buñol Huerta De Valencia Riberas Del Júcar Sagunto Liria y Villamarchante. Ador, Alfahuir Almiserat, Almoines, Alqueria de la condesa, Benifairo de Valldigna, astellonet, Fuente Encarroz, Gandia, Jaraco, Jeresa, Oliva, Palma de Gandia, Potries, Rafelcofer, Real de Gandía, Rotova, Simat de Valldigna, Tabernes de Valldigna, Villalonga. Alfarp Albalat del Sorells, Albuixech, Alcacer, Foyos, Godella, Meliana, Picasent, Silla, Torrente Alberique, Alcira, Alginet, Antella, Benifayo, orbera de Alcira, ullera, Llauri, Sollana, Sumacarcel, Tous. Alfara de Algimia, Algar de Palancia, Algimia de Alfara, Benavites, Venifairo de les Valls, uart de les Valls, uartell, Estivella, Faura, Masalfasar, Museros, Sagunto. Valles de Albaida Rafol de Salem Aguacate y Mango Ámbito con cobertura de Helada en AGUAATE y MANGO Huelva (Sólo módulo P) Andevalo Occidental osta San Bartolomé de Torre Aljaraque, artaya, Gibraleón, Isla ristina, Lepe. Polígonos Provincia omarca Término Municipal Zona I Zona 2 Almuñecar Del 17 al 40 8, 9, del 12 al 16 Granada Málaga La osta entro sur o Guadalorce Vélez Málaga Itrabo 1, 2, 3 y 4 5 Jete 3 y 4 Molvizar 6 y 7 5 Motril Salobreña del 4 al 21 Benalmádena, Fuengirola, Marbella, Mijas, Torremolinos 1, 2, 9, 10 del 12 al 36, del 38 al 41 Todos Estepona Del 3 al 13, del 22 al 29 Málaga Algarrobo Del 1 al 7 Del 6 al 19, del 37 al 40, 43, del 48 al 54 Benamargosa 3, 4, 8, 9 y 13 5, 6, 7, 10, 11, 12 Benamocarra Del 1 al 5 Frigiliana Del 3 al 10 Iznate 5 Del 1 al 4 Nerja Del 4 al 12 Rincón de la Victoria Del 1 al 11 Torrox Del 2 al 10 1 y 11 Vélez-Málaga Del 12 al 36 y del 40 al 43 Del 1 al 11 y del 37 al 39 RENDIMIENTOS Quedará de libre fijación por el Asegurado ajustándose a las esperanzas reales de producción. Para la fijación de los rendimientos, deberá tener en cuenta, entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en años anteriores, eliminando el mejor y el peor resultado. En el seguro complementario, se fijará por el Asegurado, teniendo en cuenta que la suma del mismo más el rendimiento declarado en el seguro principal, no supere la esperanza real de producción. especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 8

9 PERIODOS DE GARANTÍAS Garantía a la Producción: Se inician: con la toma de efecto y no antes del estado fenológico indicado en el siguiente cuadro. Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes: on la recolección En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente. A los 12 meses desde la toma de efecto del seguro para los cultivos de chirimoyo, chumbera, litchi, mango, palmera datilera, papaya y piña. Para el cultivo de Aguacate*, en las fechas especificadas en el cuadro siguiente. Garantía a la Plantación: Se inician: Se inician con la toma de efecto. Finalizan: En la fecha más temprana de las siguientes: Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías. La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente. En caso de destrucción total del invernadero, las garantías quedarán en suspenso hasta que el agricultor comunique a AGROSEGURO, y se comprobado por ésta, en los plazos para la inspección de daños (20 días: fauna silvestre, inundación lluvia torrencial y lluvia persistente y 7 días para el resto), la reconstrucción total del invernadero (E 22ª) En caso de destrucción parcial del invernadero, se cubren los daños originados por los riesgos cubiertos al cultivo, durante un plazo máximo de 10 días naturales, salvo acuerdo entre las partes, transcurrido este plazo, las garantías quedarán en suspenso, hasta que el agricultor comunique a AGROSEGURO que dichas reparaciones han sido efectuadas. Garantía a las Instalaciones: Se inician: Se inician con la toma de efecto. Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes: Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías. La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente para la misma parcela. Garantía al seguro complementario: Se inician: on la entrada en vigor del seguro complementario y nunca antes de los estados fenológicos del siguiente cuadro. Finalizan: En las mismas fechas que el resto igual que el seguro principal. UADRO DE GARANTÍAS Garantía ultivos Riesgos Inicio de garantías según ámbito Inicio de Garantías (1): Para el riesgo de Pedrisco en los cultivos de aguacate, chirimoyo y mango, se inician en estado fenológico F (plena floración) en las parcelas de aquellos asegurados que hayan contratado este seguro la campaña anterior y vuelvan a estar aseguradas por el mismo asegurado en la presente campaña. P R O D U I O N Aguacate Todos los Riesgos Fruto haya alcanzado 30 mm de diámetro (medidos en el eje transversal de menor longitud) hirimoyo Todos los Riesgos Estado Fenológico Fruto 20 mm Mango Todos los Riesgos Fruto haya alcanzado 35 mm de diámetro (medidos en el eje transversal de menor longitud) humbera Todos los Riesgos Fruto haya alcanzado 35 mm de diámetro (medidos en el eje transversal de menor longitud) Litchi Todos los Riesgos Fruto haya alcanzado 15 mm de diámetro Palmera datilera Papaya Piña Todos los Riesgos Todos los Riesgos Todos los Riesgos Reposición Daños sobre frutos Levantamiento: 2º año (1er. iclo) 3º año (2º. iclo) Daños sobre fruto Fruto haya alcanzado 10 mm de diámetro (medidos en el eje transversal de menor longitud) Desde el arraigue Desde cuajado de la primera floración Desde arraigue Desde inducción floral (1) Para el riesgo de pedrisco en los cultivos de aguacate, chirimoyo y mango, se inician las garantías en el est. Fenológico de plena floración (F) en las parcelas de aquellos asegurados que hayan contratado este seguro la campaña anterior y vuelvan a estar aseguradas por el mismo asegurado en la presente campaña. especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 9

10 FINAL DE GARANTÍAS: ultivo AGUAATE, se elegirá el final de garantías en cada parcela individualmente Variedad Fecha final de Garantías (1) (1) (1) (1) (1) Fuerte X X Bacon Pinkerton X X Reed X X Hass X X X (1).- Las fechas corresponden al año siguiente al de contratación. X Elegible sólo en las Palmas y Stª ruz de Tenerife X Elegible sólo en las Palmas y Stª ruz de Tenerife BONIFIAIONES, SUBVENIONES ENESA Y.AA Bonificaciones y Recargos a nivel de Asegurado (NIF) Se han calculado teniendo en cuenta los resultados de su histórico de todos los seguros tropicales, en el período de las 10 últimas campañas. En los cambios de titularidad de la explotación, se asignará el histórico de la explotación al nuevo titular. En las declaraciones de seguro suscritas por entidades asociativas, se traspasará el resultado histórico de los socios a la entidad asociativa. Por instalación de Medidas Preventivas: Indicar si dispone de medidas preventivas para los riesgos de Helada, Pedrisco y Viento, para todos los módulos. Subvenciones ENESA: Para poder aplicar las subvenciones, el asegurado debe figurar en la BASE DE DATOS DE ENESA. Módulos Base ontratar olectivo Financiación (SAEA) aracterísticas Asegurado Agricultor/a Profesional, Explot. prioritaria, Joven agricultor/a, Renovación Prácticas de Reducción de riesgo y ondiciones Productivas ATRIA, ADV, ASV, ATESVE Producción ecológica Entidad Asociativa (Subv. Única) P Seguros omplementarios 1 y Sólo se subvencionan la PRIMA OMERIAL BASE hasta el 23%; para tasas superiores se aplicará un coeficiente en función de éste límite. Se deducen 60 del importe de la subvención (Sólo una vez por Asegurado y plan). El porcentaje de modulación se le aplica una vez deducido dicho importe (60 ). Para asegurados con recargo no se tendrá en cuenta éste para el cálculo de las subvenciones. El importe de la subvención no puede exceder del 65% del importe del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos de contratación). especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 10

11 Subvenciones de las omunidades Autónomas: omunidades % Subv. Aplica sobre Andalucía Aragón Asturias % Límite Subv. Observaciones Baleares 32,5 Bizkaia anarias 23,75 antabria astilla-león astilla -Mancha ataluña Extremadura Galicia Rioja Madrid Murcia Navarra Prima comercial base neta Prima omercial Base Neta (sin tener en cuenta los recargos) 65% del recibo de prima 65% del recibo de prima omunidades % Subv. Aplica sobre Pólizas contratadas entre el y el inclusive. Para aplicar la subvención el DNI/IF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. onsultar en el manual de Subv. onsideraciones de interés (catálogo de productos/subv.) Para aplicar la subvención el DNI/IF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Exclusiones: onsultar Manual Suv. % Límite Subv. Observaciones Valencia Subvenciones / Base / Adicionales: IGP, AEV / Tipo asegurado/entidad Asociativa (%) Módulos Subv. Base IGP/ AEV Tipo Asegurado Entidad Asociativa ,0 1,0 2, ,0 2,0 4, ,5 2,5 5,0 P 25 2,5 2,5 5,0 Resto 20 2,0 2,0 4,0 IGP (Indicación Geográfica Protegida) AEV (omité Agricultura ecológica de la.a Valenciana. La Prima omercial Base Neta de Bonificaciones (sin tener en cuenta el recargo de contratación) 65% del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos de contratación) Para aplicar la subvención el DNI/IF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Exclusiones: Administración Pública Pólizas contratadas por empresas que no tengan la condición de pequeña o mediana empresa (PYME) especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 11

12 PAGO DE LA PRIMA El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas: FORMA DE PAGO IMPORTE A ABONAR PLAZO DE ABONO ONTADO FRAIONADO (1) 1º Recibo Sucesivos El 100% de la prima Se corresponderá al menos con el 10% de la prima, más el total de recargo por fraccionamiento y aval. No podrá superar el 90% del coste del seguro. En el momento de la suscripción del seguro En el momento de la suscripción del seguro Se pasará al cobro en el plazo elegido por el Asegurado: 3, 6, 9 ó 11 meses. OMO SE REALIZA EL ABONO Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta de AGROSEGURO. Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta de AGROSEGURO. Mediante recibo domiciliado a la cuenta corriente del asegurado. (1) Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro cumplan los siguientes requisitos: Fraccionada.- a través de SAEA, siempre que se cumplan las dos condiciones: El seguro debe tener una prima sea igual o superior a El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de SAEA, por la cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción. Existen dos impresos diferentes según importe a avalar, los impresos se pueden descargar del catálogo de productos o de la página Web de SAEA: Para avalar una cantidad hasta se utilizará el modelo reducido y a partir de ese importe, se presentará el modelo completo en ambos casos se acompaña la siguiene documentación. Solicitud de Aval REDUIDA (hasta ) Enviar formulario Fotocopia DNI/IF IRPF / Impuestos sociedades. Solicitud de aval OMPLETA (> ) Enviar Formulario Fotocopia DNI/IF IRPF / Impuestos sociedades. Documentación acreditativa Bienes SAEA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, enviará la póliza de afianzamiento mercantil por correo electrónico a: avalagroseguro@saeca.es, que no será necesario la intervención notarial cuando el importe avalado sea inferior a intervenida notarialmente para importes superiores. Una vez formalizado el AVAL, se podrá solicitar el fraccionamiento, teniendo en cuenta que: Enviar la póliza de afianzamiento firmad a: Se enviará, al tiempo de la póliza, el original de la solicitud del aval y del original de afianzamiento a SAEA calle Jorge Juan, 19, 4ª planta Madrid, el original de la póliza de afianzamiento y el original de la solicitud del AVAL, debidamente cumplimentado. En documento físico siempre debe llegar a SAEA el formulario de solicitud con la firma o firmas originales. Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 12

13 ENTRADA EN VIGOR Y ARENIA La póliza entrará en vigor a partir de las cero horas del día siguiente al pago de la prima. Se establece un período de 6 días desde la entrada en vigor del seguro. No se aplicará carencia: En las declaraciones de seguro de aquellos asegurados que contrataron la campaña anterior. No obstante: Para Entidades Asociativas que contraten por primera vez, no se aplica carencia en las parcelas que fueron aseguradas por los socios de la entidad en la campaña anterior. En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio. En las pólizas de seguro complementario. OMUNIAIÓN DE SINIESTROS omunicarán mediante la Declaración de Siniestro - en la Aplicación pestaña Gestión de Pólizas - Siniestros. Dentro de plazo de 7 días. Para Fauna silvestre, No debe superar este plazo, computando desde que se produzcan los primeros daños en el cultivo. Es obligatorio comunicar cualquier siniestro a lo más tardar 30 días antes de la recolección, salvo los ocurridos en dicho intervalo. Si el asegurado tuviese que recolectar antes de que las parcelas hayan sido peritadas, o bien, no se hubiese llegado a un acuerdo en ésta, podrá recolectar dejando obligatoriamente la muestra testigo. Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por parcela, las muestras testigo se dejarán solamente en las parcelas afectadas. Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por explotación, deberá dejarlas en todas las parcelas de la explotación (comarca) Distribución de las muestras testigo: Unidad: plantas o árboles completos sin ningún tipo de manipulación posterior al siniestro. Tamaño: si el siniestro es por viento, el asegurado deberá dejar el siguiente % de plantas o árboles de muestra (frutos en planta y suelo), en función del tiempo transcurrido a partir de la fecha de recepción de la declaración de siniestro en AGROSEGURO. Tiempo transcurrido a partir de la fecha de recepción Porcentaje de muestras 100% 5 días + de 5 días 15% cuando la parcela tenga menos de 50 plantas el nº mínimo a dejar es de 8 uando se haya producido un siniestro de los otros riesgos cubiertos: mínimo del 5% del nº total de plantas de la parcela siniestrada, con un mínimo de 3 plantas para parcelas menores de 50 plantas. Deberán ser representativas del conjunto de la población. La distribución debe ser uniforme, eligiendo una aleatoriamente y contabilizando en todas las direcciones, dejando 3 filas de cada 20 en caso de viento a partir del sexto día de la recepción de la notificación por AGROSEGURO, y una fila completa de cada 20 en caso de los restantes riesgos. Para los siniestros de Incendio, el asegurado está obligado, a prestar declaración ante la autoridad competente del lugar donde haya ocurrido. La copia autentificada deberá ser remitida a Agroseguro debiendo indicar: Las circunstancias del siniestro Sus causantes conocidos o presuntos. La cuantía aproximada de los daños y los medios empleados para aminorarlos En caso de siniestro por fauna silvestre cinegética, cuando Agroseguro lo solicite. Reposición y levantamiento de cultivo / E 24ª: Reposición, Sólo para los cultivos de papaya y piña: Se requiere la declaración de siniestro y la inspección y autorización por el técnico de AGROSEGURO. Papaya.- Para Siniestros que ocurran antes del cuajado de la 1ª floración y el nº de plantas afectadas en la parcela sea superior al 10%. Piña.- Para Siniestros ocurridos en el primer año del ciclo (plantón) y el nº de plantas afectadas en la parcela sea superior al 10%. La reposición de la superficie perdida en una parcela distinta de la inicialmente asegurada conllevará la comunicación a AGROSEGURO de la identificación de la nueva parcela en plazo máximo de 20 días desde la autorización, para mantener las garantías (las superficies y producciones son equivalentes a la superficie perdida). Una vez realizada, la parcela continuará con las garantías. Levantamiento: Sólo para el cultivo de la piña.- Requiere declaración de siniestro y la inspección y autorización por AGROSEGURO. Se aplicará para siniestros ocurridos antes de la inducción floral y el nº de plantas afectadas en la parcela sea superior al 10%. El levantamiento conllevará el vencimiento de las garantías de la parcela asegurada. Valor del daño en reposición y levantamiento.- Se valorarán los gastos ocasionados para la reposición y los gastos realizados hasta el momento de ocurrencia del siniestro para el levantamiento correspondiente a la superficie afectada, con una parte fija más otra variable con el límite máximo especificado en las condiciones especiales. especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 13

14 Ficha resumen ARATERÍSTIAS APLIAIÓN SA El seguro se compone: onsta el de cuatro Módulos: 1, 2 y P. 001 Aguacate Se realiza una póliza por: Aguacate hirimoyo humbera Litchi Mango Palmera Datilera Papaya Piña Tipo de apital 000 Producción / Plantación 001 Plantones Tipo de capital: 001 Plantones: Tipo de Plantación 000 Sin valor en factor 027 Injertados con Patrón lonal Tipo de capital 000 Producción /Plantación: 000 Sin valor en factor Sistema de Producción Final de Garantías Nº unidades Edad 001 Ecológico 002 Tradicional Se indicará el final de garantías de cada parcela Se indicará nº de árboles o plantones Se indicará la edad de plantación 002 hirimoyo Tipo de apital Nº unidades Edad Sistema de Protección 000 Producción / Plantación 001 Plantones Se indicará nº de árboles o plantones Se indicará la edad de plantación 002 sin protección 001 Invernadero 005 Mango Tipo de apital Nº unidades Edad Sistema de Protección Sistema de Producción 000 Producción / Plantación 001 Plantones Se indicará nº de árboles o plantones Se indicará la edad de plantación 002 Sin protección 001 Invernadero 001 Ecológico 002 Tradicional 004 Litchi y 006 Palmera Datilera especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 14

15 Tipo de apital Nº unidades Edad 003 humbera Tipo de capital 007 Papaya Tipo de capital Sistema de Protección Fecha de siembra o trasplante 000 Producción / Plantación 001 Plantones Se indicará nº de árboles o plantones Se indicará la edad de plantación 002 Producción 002 Producción 002 Sin protección 001 Invernadero Inicio: Final: Piña Tipo de apital Nº unidades Edad Sistema de Protección Fecha de siembra o trasplante 002 Producción 001 Plantones Se indicará nº de árboles o plantones Se indicará la edad de plantación 002 Sin protección 001 Invernadero Inicio: Final: especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 15

16 OMPORTAMIENTO DE LA APLIAIÓN SA álculo del Seguro: Las medidas del Asegurado, se obtienen en la página de AGROSEGURO / atención al cliente / onsulta de rendimientos (manual completo publicado en el catálogo de productos) umplimentar todos los datos especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 16

17 2 1 Una vez umplime ntados los datos de la parcela asegurar pulsar en alcular especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 17

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