MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES

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1 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES ADMINISTRACION: Excma. Diputación Provincial de Zamora. Plaza de Viriato, s/n. Teléfono D.L.: ZA Imprenta Provincial. Ramos Carrión, 15. Teléfono ADVERTENCIAS. Los anuncios se enviarán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, a través de su Registro General, correspondiendo la orden de inserción de los mismos al órgano competente de la correspondiente Administración anunciante. Serán de pago anticipado todas las inserciones obligatorias y voluntarias que no estén exceptuadas por disposición legal. La correspondencia administrativa se dirigirá al Administrador del BOLETIN OFICIAL de la provincia. No serán admitidos los documentos escritos por las dos caras y todos aquellos cuya redacción o apariencia dificulten su comprensión. TARIFA DE SUSCRIPCION (PERIODOS NATURALES) UN AÑO UN SEMESTRE UN TRIMESTRE 60 euros 35 euros 20 euros AUTORIZACION FRANQUEO CONCERTADO 49/3 I. Administración del Estado SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA DEPENDENCIA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a los ciudadanos extranjeros que se relacionan, con indicación de su nacionalidad y domicilio desconocido, que esta Subdelegación del Gobierno ha decretado sus expulsiones del territorio nacional, según establece el artículo 57.1 en relación con el 58.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (BOE del 12), reformada por la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre (BOE del 23), sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, por hallarse incursos en el supuesto a) del artículo 53 de la citada Ley Orgánica. NOMBRE Y APELLIDOS NIE NACIONALIDAD PROHIBICION D.ª Nicoleta Matilda TURCITU X X RUMANIA 4 años D.ª Blasida VERGARA X S PARAGUAY 3 años D.ª Vecenia Carolina ALBINO HERNANDEZ X M VENEZUELA 3 años D.ª Ana Rosario RAMíREZ ALBINO X T VENEZUELA 3 años D.ª Fanny Paola ACOSTA ORTEGA X V PARAGUAY 3 años D.ª Eliana Rosario QUEVEDO X D PARAGUAY 4 años La resolución de expulsión del territorio nacional conlleva la prohibición de entrada en España por el periodo que se indica a cada extranjero, en la anterior relación. Esta prohibición de entrada se extiende también a los territorios de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Finlandia, Grecia, Holanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Suecia, en virtud de lo previsto en el artículo 96 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen. Conforme al artículo 63.4 de la repetida Ley Orgánica, la ejecución de la orden de expulsión se efectuará de forma inmediata, siempre que no exista causa judicial que lo impida. No constando la tenencia de los medios económicos referidos en el artículo 64.2 de la Ley Orgánica 4/2000, por parte de los interesados, que permitan la ejecución de la presente resolución a su costa, la misma se ejecutará con cargo a los Presupuestos del Ministerio del Interior. La resolución de expulsión pone fin a la vía administrativa (Disposición Adicional Décima del Reglamento de Ejecución de la mencionada Ley Orgánica 4/2000, aprobado por R.D. 2393/04 de 30 de diciembre, BOE 7 de enero de 2005). Contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, bien de Zamora, bien de la provincia en la que los sancionados tengan su domicilio habitual, a elección de los mismos, en el plazo de dos meses a partir de la publicación del presente edicto, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición ante esta Subdelegación del Gobierno, en el plazo de un mes. Zamora, 1 de junio de El Subdelegado del Gobierno, Carlos Hernández. R-3037 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA DEPENDENCIA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a los ciudadanos extranjeros que se relacionan, con indicación de su nacionalidad y domicilio desconocido, que esta Subdelegación del Gobierno ha decretado sus expulsiones del territorio nacional, según establece el artículo 57.1 en relación con el 58.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (BOE del 12), reformada por la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre (BOE del 23), sobre derechos y libertades

2 PAGINA 2 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 de los extranjeros en España y su integración social, por hallarse incursos en el supuesto a) del artículo 53 de la citada Ley Orgánica. NOMBRE Y APELLIDOS NIE NACIONALIDAD PROHIBICION D.ª Angela Aura RADU X L RUMANIA 3 años D.ª Phatcharee THAENKHAM X Y TAILANDIA 5 años D.ª Valdineia DIONIZIO RODRÍGUES X Y BRASIL 3 años D.ª Vanilza DIONIZIO RODRÍGUES X Y BRASIL 3 años D.ª Jalice SANTOS DA SILVA X J BRASIL 3 años D.ª Jane SANTOS DA SILVA X G BRASIL 3 años La resolución de expulsión del territorio nacional conlleva la prohibición de entrada en España por el periodo que se indica a cada extranjero, en la anterior relación. Esta prohibición de entrada se extiende también a los territorios de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Finlandia, Grecia, Holanda, Islandia Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Suecia, en virtud de lo previsto en el artículo 96 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen. Conforme al artículo 63.4 de la repetida Ley Orgánica, la ejecución de la orden de expulsión se efectuará de forma inmediata, siempre que no exista causa judicial que lo impida. No constando la tenencia de los medios económicos referidos en el artículo 64.2 de la Ley Orgánica 4/2000, por parte de los interesados, que permitan la ejecución de la presente resolución a su costa, la misma se ejecutará con cargo a los Presupuestos del Ministerio del Interior. La resolución de expulsión pone fin a la vía administrativa (Disposición Adicional Décima del Reglamento de Ejecución de la mencionada Ley Orgánica 4/2000, aprobado por R.D. 2393/04 de 30 de diciembre, BOE 7 de enero de 2005). Contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, bien de Zamora, bien de la provincia en la que los sancionados tengan su domicilio habitual, a elección de los mismos, en el plazo de dos meses a partir de la publicación del presente edicto, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición ante esta Subdelegación del Gobierno, en el plazo de un mes. Zamora, 1 de junio de El Subdelegado del Gobierno, Carlos Hernández. R-3038 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA DEPENDENCIA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a la empresa Nazario García Vaquero, con último domicilio conocido en C/ Valcabado, 7-B, Zamora, la cual solicitó permiso de trabajo y residencia a favor del ciudadano búlgaro don Angel Tsvetanov Hristov, y puesto que no ha sido posible la notificación en dicho domicilio, que: Esta Subdelegación del Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo al requerimiento para la subsanación de falta o acompañamiento de documentos preceptivos, se le comunica que ha resuelto declarar el desistimiento de su petición con arreglo a lo previsto en el artículo 42 de dicha Ley, todo ello con relación al expediente instruido como consecuencia de la solicitud de autorización inicial de residencia y de trabajo por cuenta ajena presentada por la empresa Nazario García Vaquero con fecha 26/01/2006, al amparo del proceso de normalización previsto por la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 2.393/2004, de 30 de diciembre de 2004, por el que se aprueba el reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y con arreglo al artículo 50.c) de dicho Real Decreto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (Disposición adicional décima del Reglamento aprobado por el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, citado), se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.3, 14.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, (BOE 14.07), reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses a partir de la publicación del presente edicto, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición ante esta Subdelegación del Gobierno, en el plazo de un mes, con arreglo a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime oportuno. Zamora, 1 de junio de El Subdelegado del Gobierno, Carlos Hernández. R-3079 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA DEPENDENCIA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a la ciudadana paraguaya doña Leticia Edir Espindola Isasi, con último domicilio conocido en C/ Río Manzanas, 12-BJ, Zamora, la cual solicitó la renovación del permiso de trabajo y residencia ante este órgano con fecha 02/05/2006 y, posteriormente, escrito de desistimiento en el Registro General de esta Subdelegación del Gobierno en Zamora con fecha 08/05/2006, y puesto que no ha sido posible la notificación en dicho domicilio, que: Esta Subdelegación del Gobierno, de conformidad con lo previsto en los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los cuales establecen que todo interesado podrá desistir de su solicitud y que la Administración aceptará de plano el desistimiento y declarará concluso el procedimiento, salvo que, habiéndose personado en él terceros interesados, instasen estos su continuación, lo que en el presente caso no se produce, se le comunica que ha resuelto declarar el desistimiento a petición del interesado y el archivo de las actuaciones practicadas. Asi-

3 B.O.P. núm. 71 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 PAGINA 3 mismo, el artículo 42.1 de dicha Ley determina que en los casos de desistimiento de la solicitud, la resolución consistirá en la declaración de esta circunstancia, la indicación de los hechos producidos y las normas aplicables, todo ello con relación al expediente instruido como consecuencia de la solicitud de autorización inicial de residencia y de trabajo por cuenta ajena presentada con fecha 2 de mayo de 2006, al amparo del R.D /2004 de 30 de diciembre de 2004, por el que se aprueba el reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espafla y su integración social. Contra esta resolución, que pone fm a la vía administrativa (Disposición adicional décima del Reglamento aprobado por el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, citado), se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.3, 14.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, (BOE 14.07), reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses a partir de la publicación del presente E dicto, o, p otestativamente y con carácter previo, recurso de reposición ante esta Subdelegación del Gobierno, en el plazo de un mes, con arreglo a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, sin peijuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime oportuno. Zamora, 31 de mayo de El Subdelegado del Gobierno, Carlos Hernández. R-3080 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA SECRETARIA GENERAL Conforme a lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a las personas que se relacionan más abajo, con indicación del último domicilio conocido, en el que ha resultado infructuoso el intento de notificación, que se ha acordado la iniciación del expediente sancionador por infracción de la normativa que se menciona:

4 PAGINA 4 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 El texto completo de los respectivos acuerdos de iniciación se encuentran en este centro a disposición de los interesados. En el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto pueden los mismos aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse (artículo 16.1 del R.D. 1398/1993). De no efectuar alegaciones sobre su contenido en dicho plazo, los acuerdos podrán ser considerados propuestas de resolución. El pago voluntario de la cantidad expresada como multa prevista, en cualquier momento anterior a la resolución, podrá conllevar la terminación del expediente sin perjuicio de la posibilidad de interponer recursos procedentes. Zamora, 26 de mayo de El Secretario General, José Manuel Gómez-Salazar. R-3029 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA Don José A. Martín Martín, Jefe de la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zamora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E ), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación, de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E ), según la redacción dada al mismo por el artículo 5.seis de la Ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E ), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Reclamación de acumulada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda por derivación de responsabilidad): A) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. B) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social, 67 del R.D. 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E.) y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (R.D. 1415/2004 de 11 de junio, B.O.E. de 25/06/04), los su-

5 B.O.P. núm. 71 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 PAGINA 5 jetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación. Se previene de que, en caso de no obrar así, se incidirá el procedimiento de apremio, con la aplicación de los recargos previstos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 10 de dicho Reglamento General. Contra el presente acto, y dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada, ante la Administración correspondiente; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto con el artículo 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Zamora, 2 de junio de El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, José A. Martín Martín. DIRECCION PROVINCIAL : 49 ZAMORA DIRECCION: AV DE REQUEJO ZAMORA TELEFONO: FAX: JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. JOSE A. MARTIN MARTIN RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA VOLUNTARIA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.RECLAMACION PERIODO IMPORTE REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL FERNANDEZ CALZADA TRANSI CL BUSCARRUIDOS ZAMORA , FUNERARIA ZAMORA, S.L. CL CAMPO DE MARTE ZAMORA , ANDRES VEGA ANGEL CL EL POZO MORALEJA DEL , GUTIERREZ Y PEDRERO LIMP AV TRES CRUCES ZAMORA , RODRIGUEZ REDONDO ANTONI PZ DE LOS CARROS ZAMORA , F.H.O. SOCIEDAD CIVIL CL AMARGURA ZAMORA , F.H.O. SOCIEDAD CIVIL CL AMARGURA ZAMORA , F.H.O. SOCIEDAD CIVIL CL AMARGURA ZAMORA , VILLA CLAUDIA, S.L. PZ SANTA EULALIA ZAMORA ,08 REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA S.COOP.COGALA COMARCA TO CL TRASCAMPANAS STO TORO ,02 R-3035 MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DELEGACION DE ECONOMIA Y HACIENDA EN ZAMORA SECRETARIA GENERAL Siendo las personas que se relacionan parte interesada en los procedimientos de enajenación correspondientes a las parcelas propiedad del Estado, sitas en el término municipal de Toro de la provincia de Zamora y debido a que no ha sido posible su notificación por otro medio, en aplicación del artículo 59.4 de la Ley 30/92, esta Delegación de Economía y Hacienda anuncia que se ha acordado la enajenación de los citados inmuebles, de los que son colindantes los interesados, para que si deciden ejercitar su derecho preferente de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 142 y ss. del vigente Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio del Estado lo comuniquen en la Sección de Patrimonio del Estado de esta Delegación:

6 PAGINA 6 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 Zamora, 31 de mayo de El Delegado de Economía y Hacienda, PS. la Secretaria General, M.ª Angeles García. R-2983 JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indica, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLE- TIN OFICIAL de la provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictará las oportunas Resoluciones. Zamora, 2 de junio de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión R-3105

7 B.O.P. núm. 71 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 PAGINA 7 JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a 60,10 euros recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los quince días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico. Zamora, 2 de junio de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA R-3106 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Benavente, 30 de mayo de El Recaudador Ejecutivo, José M. Gómez-Salazar.

8 PAGINA 8 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 Relación que se cita:

9 B.O.P. núm. 71 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 PAGINA 9

10 PAGINA 10 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, para el conocimiento del contenido integro de los mencionados actos y constancia de de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos loe efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Benavente, 30 de mayo de El Recaudador Ejecutivo, José M. Gómez-Salazar. Relación que se cita: R-3077 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiándose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Sepuridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

11 B.O.P. núm. 71 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 PAGINA 11 En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, para el conocimiento del contenido integro de los mencionados actos y constancia de de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Relación que se cita: R-3076 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y el de la Ley 30/l992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, para el conocimiento del contenido integro de los mencionados actos y constancia de de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax.

12 PAGINA 12 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Relación que se cita: R-3078 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA Unidad de Recaudación Ejecutiva 01 de subasta de bienes inmuebles (TVA-603) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01 de Zamora, don Hipólito Pérez Rodríguez, hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor don Antón Negro Tomás, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 30 de mayo de 2006, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 11 de julio de 2006, a las 10:00 horas, en avenida Requejo, 23, Zamora, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25). Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta. 2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria y en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentees, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta el 10 de julio de Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de subasta. 5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque coformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al

13 B.O.P. núm. 71 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 PAGINA 13 de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. 9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto da la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de su celebración. 10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 11.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12.-Mediante el presente anuncio se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13.-En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de laa Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación Social, en relación con el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Púbicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. Relación adjunta de bienes que se subastan DEUDOR: ANTON NEGRO TOMAS. FINCA NUMERO: 01. DATOS FINCA URBANA DESCRIPCION FINCA: VIVIENDA UNIFANILIAR EN RESIDENCIAL MIRASOL TIPO VíA: CT. NOMBRE VíA: ZAMORA A VILLARALBO JM 5. DATOS REGISTRO N.º REO: 02. N.º TOMO: N.º LIBRO: 64. N.º FOLIO: 101. N.º FINCA: IMPORTE DE TASACION: ,50. TIPO DE SUBASTA: :50. DESCRIPCION AMPLIADA MITAD INDIVISA DE LA VIVIENDA UNIFAMILIAR PAREADA EN LA UR- BANIZACION RESIDENCIAL MIRASOL. VíA PUBLICA CARRETERA ZA- MORA A VILLARALBO KM.5. SUPERFICIE DE TERRENO 279,300 M2 Y CONTRUIDA 155,85000 M2. INSCRITA A FAVOR DE TOMAS ANTON NEGRO EN CUANTO UNA MITAD PARTE INDIVISA DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA Y DE DOÑA MARIA ELENA REQUEJO GARCíA. UNA MITAD PARTE INDIVISA DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA. Zamora, 2 de junio de El Recaudador Ejecutivo, Hipólito Pérez Rodríguez. R-3033 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA DEPENDENCIA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a los ciudadanos extranjeros que se relacionan, con indicación de su nacionalidad y domicilio desconocido, que esta Subdelegación del Gobierno ha decretado sus expulsiones del territorio nacional, según establece el artículo 57.1 en relación con el 58.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (BOE del 12), reformada por la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre (BOE del 23), sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, por hallarse incursos en el supuesto a) del artículo 53 de la citada Ley Orgánica. NOMBRE Y APELLIDOS NIE NACIONALIDAD PROHIBICION D.ª Sandra Marlene JACQUET RODRIGUEZ X M PARAGUAY 3 años La resolución de expulsión del territorio nacional conlleva la prohibición de entrada en España por el periodo que se indica a cada extranjero, en la anterior relación. Esta prohibición de entrada se extiende también a los territorios de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Finlandia, Grecia, Holanda, Islandia Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Suecia, en virtud de lo previsto en el artículo 96 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen. Conforme al artículo 63.4 de la repetida Ley Orgánica, la ejecución de la orden de expulsión se efectuará de forma inmediata, siempre que no exista causa judicial que lo impida. No constando la tenencia de los medios económicos referidos en el artículo 64.2 de la Ley Orgánica 4/2000, por parte de los interesados, que permitan la ejecución de la presente resolución a su costa, la misma se ejecutará con cargo a los Presupuestos del Ministerio del Interior. La resolución de expulsión pone fin a la vía administrativa (Disposición Adicional Décima del Reglamento de Ejecución de la mencionada Ley Orgánica 4/2000, aprobado por R.D. 2393/04 de 30 de diciembre, BOE 7 de enero de 2005). Contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, bien de Zamora, bien de la provincia en la que los sancionados tengan su domicilio habitual, a elección de los mismos, en el plazo de dos me-

14 PAGINA 14 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 ses a partir de la publicación del presente edicto, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición ante esta Subdelegación del Gobierno, en el plazo de un mes. Zamora, 12 de junio de El Subdelegado del Gobierno Acctal., José Manuel Gómez-Salazar. R-3168 JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a 60,10 euros recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico. Zamora, 26 de mayo de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión R-2965 JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indica, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL de la provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictará las oportunas Resoluciones. Zamora, 26 de mayo de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión

15 B.O.P. núm. 71 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 PAGINA 15 R-2964 JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a 60,10 euros recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico. Zamora, 19 de mayo de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión R-2785 JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indica, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL de la provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictará las oportunas Resoluciones. Zamora, 19 de mayo de El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión R-2786

16 PAGINA 16 MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2006 B.O.P. núm. 71 MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DELEGACION DE ECONOMIA Y HACIENDA EN ZAMORA SECRETARIA GENERAL Relación de deudores, por los conceptos que se indican, a los que intentada la notificación no ha podido practicarse por no ser hallados en los últimos domicilios conocidos que figuran en los documentos que obran en esta Delegación de Economía y Hacienda o porque se han alegado distintas causas para no recibirla por personas que la Legislación autoriza y a los que se les notificará por medio del BOLETIN OFICIAL de la provincia en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. de ), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, concediéndoles los siguientes plazos para el ingreso de sus respectivas deudas no tributarias en periodo voluntario: a) Las notificaciones practicadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Las notificaciones practicadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las deudas podrán ingresarse, a través de Bancos y Cajas de Ahorro, mediante el documento de ingreso Modelo 069 que se facilitará en la Delegación de Economía y Hacienda. Las deudas no satisfechas en los plazos citados se recaudarán a través del procedimiento administrativo de apremio con el recargo del periodo ejecutivo que corresponda, calculado sobre la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario. Se considerará como fecha de notificación la de publicación de las repetidas deudas no tributarias en el BOLETIN OFICIAL de la provincia. DEUDOR/N.I.F. CONCEPTO NO TRIBUTARIO/LIQUIDACIÓN IMPORTE ( ) ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO PRIETO FERNANDEZ, JOSE MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Empecinado, 31-6.º C G MOSTOLES MADRID GUZMAN DEL PRADO, SERGIO MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Alba de Torrnes, 37-2.º B P MADRID MADRID RODRIGUEZ VILLEGAS, JOSE DANIEL MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Rioja, 8-5.º A lb TORREJON DE ARDOZ MADRID RIO COBO, DAVID DEL MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Porto Alegre, R ALCORCON MADRID GARCIA MARMOL, MARIA ELENA MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 360,00 C/ Mayor, 37 Bs. 3.º A G BURLADA NAVARRA PINEIRO CORTES, MIGUEL ADRIAN MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Lgar Laxobre, s/n D ARTEIXO A CORUÑA DOMINGUEZ ALVAREZ, FRANCISCO J. MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ General Castaños, 56-2.º D X PORTUGALETE VIZCAYA NIEVES SEOANE, DAVID MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ San Francisco, 6-40.º C T ORENSE ORENSE CARBAJO ANTA, JOSE LUIS MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 360,00 C/ Escultor Frederic Mares, M LLINARS DEL VALLES BARCELONA MOTOS SALAZAR, MARINO MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Filibertop Villalobos, 30 Bj G SALAMANCA SALAMANCA DEL CERRO VAZQUEZ, ESTEBAN MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Pedro Mendoza, º C Q SALAMANCA SALAMANCA RODRIGUEZ BENITO, JUAN CARLOS MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 Avda. Comuneros, 39-5.º B C SALAMANCA SALAMANCA COSME FRANCO, JUAN JOSE MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 390,00 C/ Carlos III,61-8.º C B CARTAGENA MURCIA DE LAS HERAS CASADO, FERNANDO MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 150,00 C/ Glorieta, 1-2.º B S MORALES DEL VINO ZAMORA GIMENEZ MUÑOZ, JUAN MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 150,00 Pz. Enrique Mesa, C MADRID MADRID CLAP LADRA, ESTHER MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Estudios, 2-1.º A D MADRID MADRID ESTEBAN BLANCO, ALEJANDRO MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 360,00 C/ Vencejo, 12-3.º F A VALLADOLID VALLADOLID SANCASTRO CARRETERO, DAVID MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS 301,00 C/ Mateo Hernández, 26 Bj SALAMANCA SALAMANCA

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