Tomo DCCLXXVIII No. 21 Ciudad de México, lunes 30 de julio de 2018

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1 Tomo DCCLXXVIII No. 21 Ciudad de México, lunes 30 de julio de 2018 CONTENIDO Secretaría de Gobernación Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Secretaría de la Función Pública Secretaría de Salud Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Consejo de Salubridad General Instituto Nacional de las Mujeres Archivo General de la Nación Petróleos Mexicanos Banco de México Instituto Federal de Telecomunicaciones Instituto Nacional Electoral Avisos Indice en página 108 $19.00 EJEMPLAR

2 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2018 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Metodista de México Conferencia Anual Oriental para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Metodista de México, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL ORIENTAL. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL ORIENTAL para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle Morelia número 4019, Residencial Lincoln, Municipio de Monterrey, Estado de Nuevo León, C.P II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle Zaragoza número 312 y 314, Colonia Centro, Municipio de Villa de Juárez, Estado de Nuevo León, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: La IGLESIA METODISTA DE MÉXICO CONFERENCIA ANUAL ORIENTAL, se constituye con el fin de extender el reino de Dios, fortalecer y fomentar la vida cristiana integral de los asociados de la Iglesia. IV.- Representantes: Fernando Fuentes Amador y/o Josué Gilberto Peña Martínez. V.- Relación de asociados: Andrés Hernández Miranda, David Ibarra Álvarez, Felipe de Jesús Ruíz Aguilar, Fernando Fuentes Amador, Juan Pluma Morales, Cruz Hernández Vargas, Carlos Suárez Ruíz, José Ramón Urruticochea Gallegos, Gloria Uriarte Félix, Josué Gilberto Peña Martínez, Agustín Quiroz Martínez, Hilda Herrera Limón y Raúl Negrete Vargas. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Órgano de Gobierno, integrado por las personas y cargos siguientes: Fernando Fuentes Amador, Obispo; y Josué Gilberto Peña Martínez, Representante Laico Conferencial. VIII.- Ministros de Culto: Fernando Fuentes Amador. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Metodista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

3 Lunes 30 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Metodista de México Conferencia Anual Septentrional para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Metodista de México, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL SEPTENTRIONAL. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL SEPTENTRIONAL para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle Fray Bartolomé de Olmedo número 149, Fraccionamiento Quintas de Marqués, Municipio y Estado de Querétaro, C.P II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Lote 9, Sección E, del predio denominado San Antonio, Colonia Buenos Aires, Municipio de Pachuca, Estado de Hidalgo, C.P , manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: La IGLESIA METODISTA DE MÉXICO CONFERENCIA ANUAL SEPTENTRIONAL, se constituye con el fin de extender el reino de Dios, fortalecer y fomentar la vida cristiana integral de los asociados de la Iglesia. IV.- Representantes: Juan Pluma Morales y/o Agustín Quiroz Martínez. V.- Relación de asociados: Andrés Hernández Miranda, David Ibarra Álvarez, Felipe de Jesús Ruíz Aguilar, Fernando Fuentes Amador, Juan Pluma Morales, Cruz Hernández Vargas, Carlos Suárez Ruíz, José Ramón Urruticochea Gallegos, Gloria Uriarte Félix, Josué Gilberto Peña Martínez, Agustín Quiroz Martínez, Hilda Herrera Limón y Raúl Negrete Vargas. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Órgano de Gobierno, integrado por las personas y cargos siguientes: Juan Pluma Morales, Obispo; y Agustín Quiroz Martínez, Representante Laico Conferencial. VIII.- Ministros de Culto: Juan Pluma Morales. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Metodista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

4 4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2018 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Metodista de México Conferencia Anual del Sureste para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Metodista de México, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL DEL SURESTE. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL DEL SURESTE para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle 4 Poniente, número 311, Colonia Centro, Municipio y Estado de Puebla, C.P II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Templo "El Buen Pastor" ubicado en Calle 41 Sur, número 2307, Colonia Belisario Domínguez, Municipio y Estado de Puebla, C.P , manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: La IGLESIA METODISTA DE MÉXICO CONFERENCIA ANUAL DEL SURESTE, se constituye con el fin de extender el reino de Dios, fortalecer y fomentar la vida cristiana integral de los asociados de la Iglesia. IV.- Representantes: Cruz Hernández Vargas y/o Hilda Herrera Limón. V.- Relación de asociados: Andrés Hernández Miranda, David Ibarra Álvarez, Felipe de Jesús Ruíz Aguilar, Fernando Fuentes Amador, Juan Pluma Morales, Cruz Hernández Vargas, Carlos Suárez Ruíz, José Ramón Urruticochea Gallegos, Gloria Uriarte Félix, Josué Gilberto Peña Martínez, Agustín Quiroz Martínez, Hilda Herrera Limón y Raúl Negrete Vargas. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Órgano de Gobierno, integrado por las personas y cargos siguientes: Cruz Hernández Vargas, Obispo; e Hilda Herrera Limón, Representante Laico Conferencial. VIII.- Ministros de Culto: Cruz Hernández Vargas. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Metodista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

5 Lunes 30 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Metodista de México Conferencia Anual del Noroeste para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Metodista de México, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL DEL NOROESTE. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL DEL NOROESTE para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle 4ta Díaz Mirón número , Zona Centro, Municipio de Tijuana, Estado de Baja California, C.P II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle Porfirio Díaz, Zona 1, Lote 03, Manzana 27, El Triunfo, Municipio de La Paz, Estado de Baja California Sur, C.P , manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: La IGLESIA METODISTA DE MÉXICO CONFERENCIA ANUAL DEL NOROESTE, se constituye con el fin de extender el reino de Dios, fortalecer y fomentar la vida cristiana integral de los asociados de la Iglesia. IV.- Representantes: Felipe de Jesús Ruíz Aguilar y/o Gloria Uriarte Félix. V.- Relación de asociados: Andrés Hernández Miranda, David Ibarra Álvarez, Felipe de Jesús Ruíz Aguilar, Fernando Fuentes Amador, Juan Pluma Morales, Cruz Hernández Vargas, Carlos Suárez Ruíz, José Ramón Urruticochea Gallegos, Gloria Uriarte Félix, Josué Gilberto Peña Martínez, Agustín Quiroz Martínez, Hilda Herrera Limón y Raúl Negrete Vargas. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Órgano de Gobierno, integrado por las personas y cargos siguientes: Felipe de Jesús Ruíz Aguilar, Obispo; y Gloria Uriarte Félix, Representante Laico Conferencial. VIII.- Ministros de Culto: Felipe de Jesús Ruíz Aguilar. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Metodista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

6 6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2018 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Jesús es el Dios Viviente para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Bautista Cristo Rey, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA BAUTISTA CRISTO REY, A.R., DENOMINADA IGLESIA JESUS ES EL DIOS VIVIENTE. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA JESUS ES EL DIOS VIVIENTE para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA BAUTISTA CRISTO REY, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle Juan Escutia número 40, Sur Mazatan, municipo de Compostela, Estado de Nayarit, código postal II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Templo Jesús Es El Dios Viviente, ubicado en calle Juan Escutia número 40, Sur Mazatan, municipo de Compostela, Estado de Nayarit, código postal 63705, relacionado unilateralmente en uso bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: Realizar sistematicamente cultos devocionales, de predicación y de instrucción Bíblica. Proclamar ardientemente el mensaje del evangelio de Jesucristo invitando a las personas para que lo acepten. IV.- Representante: Oswaldo Preciado Gutiérrez. V.- Relación de asociados: Oswaldo Preciado Gutiérrez, Maria Natividad Torres Ortega, Isidra Gutiérrez Padilla, Ignacio García González y Marysol Preciado Gutiérrez. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Mesa Directiva, integrada por las personas y cargos siguientes: Oswaldo Preciado Gutiérrez, Maria Natividad Torres Ortega, Isidra Gutiérrez Padilla, Ignacio García González y Marysol Preciado Gutiérre. VIII.- Ministro de Culto: Oswaldo Preciado Gutiérrez. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangelico Bautista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los seis días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

7 Lunes 30 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 7 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Cristiana la Cultura de Cristo para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Bautista Cristo Rey, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA BAUTISTA CRISTO REY, A.R., DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA LA CULTURA DE CRISTO. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA CRISTIANA LA CULTURA DE CRISTO para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA BAUTISTA CRISTO REY, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle Ignacio Allende número 130 Norte, colonia Santa Ana, municipio de Compostela, Estado de Nayarit, código postal II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Templo Iglesia Cristiana la Cultura de Cristo ubicado en calle Ignacio Allende número 130 Norte, colonia Santa Ana, municipio de Compostela, Estado de Nayarit, código postal 63700, relacionado unilateralmente en uso bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: Realizar sistematicamente cultos devocionales, de predicación y de instrucción Bíblica. Proclamar ardientemente el mensaje del evangelio de Jesucristo invitando a las personas para que lo acepten. IV.- Representante: Miguel Ángel Barajas Cervantes. V.- Relación de asociados: Miguel Ángel Barajas Cervantes, Hidolina Cisneros Barajas, Miriam Yazmin García Gutierrez, Imelda Cisneros Barajas y Ana Rocio Garcia Gutierrez. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Mesa Directiva, integrado por las personas y cargos siguientes: Miguel Ángel Barajas Cervantes, Presidente; Hidolina Cisneros Barajas, Secretaria; Miriam Yazmin García Gutierrez, Tesorera; Imelda Cisneros Barajas, Vocal y Ana Rocio Garcia Gutierrez, Vocal. VIII.- Ministro de Culto: Miguel Ángel Barajas Cervantes. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangelico Bautista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los seis días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

8 8 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2018 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Metodista de México Conferencia Anual de México para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Metodista de México, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL DE MEXICO. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL DE MEXICO para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle Miravalle número 209, Colonia Albert, Benito Juárez, Ciudad de México, C.P II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Templo "La Nueva Jerusalén" ubicado en Calle Avenida San Jerónimo número 157, Colonia La Otra Banda, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, C.P manifestado de manera unilateral en contrato de comodato. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: La IGLESIA METODISTA DE MÉXICO CONFERENCIA ANUAL DE MÉXICO, se constituye con el fin de extender el reino de Dios, fortalecer y fomentar la vida cristiana integral de los asociados de la Iglesia. IV.- Representantes: Andrés Hernández Miranda y/o Carlos Suárez Ruíz. V.- Relación de asociados: Andrés Hernández Miranda, David Ibarra Álvarez, Felipe de Jesús Ruíz Aguilar, Fernando Fuentes Amador, Juan Pluma Morales, Cruz Hernández Vargas, Carlos Suárez Ruíz, José Ramón Urruticochea Gallegos, Gloria Uriarte Félix, Josué Gilberto Peña Martínez, Agustín Quiroz Martínez, Hilda Herrera Limón y Raúl Negrete Vargas. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Órgano de Gobierno, integrado por las personas y cargos siguientes: Andrés Hernández Miranda, Obispo; y Carlos Suárez Ruíz, Representante Laico Conferencial. VIII.- Ministros de Culto: Andrés Hernández Miranda. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Metodista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

9 Lunes 30 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9 EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Metodista de México Conferencia Anual Norcentral, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Metodista de México, A.R. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas. EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL NORCENTRAL. En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA METODISTA DE MEXICO CONFERENCIA ANUAL NORCENTRAL para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA METODISTA DE MEXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: Calle Segunda número 3402, Colonia Santa Rosa, Municipio de Chihuahua, Estado de Chihuahua, C.P. 30. II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle Allende número 2305-A, Colonia Obrera, Municipio y Estado de Chihuahua, C.P. 30, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: La IGLESIA METODISTA DE MÉXICO CONFERENCIA ANUAL NORCENTRAL, se constituye con el fin de extender el reino de Dios, fortalecer y fomentar la vida cristiana integral de los asociados de la Iglesia. IV.- Representantes: David Ibarra Álvarez y/o José Ramón Urruticochea Gallegos. V.- Relación de asociados: Andrés Hernández Miranda, David Ibarra Álvarez, Felipe de Jesús Ruíz Aguilar, Fernando Fuentes Amador, Juan Pluma Morales, Cruz Hernández Vargas, Carlos Suárez Ruíz, José Ramón Urruticochea Gallegos, Gloria Uriarte Félix, Josué Gilberto Peña Martínez, Agustín Quiroz Martínez, Hilda Herrera Limón y Raúl Negrete Vargas. VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina Órgano de Gobierno, integrado por las personas y cargos siguientes: David Ibarra Álvarez, Obispo; y José Ramón Urruticochea Gallegos, Representante Laico Conferencial. VIII.- Ministros de Culto: David Ibarra Álvarez. IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Metodista. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado. Expedido en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

10 10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2018 SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Kusheri, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional.- Área de Responsabilidades.- Expediente 012/PAS/2018. CIRCULAR No. AR07-05/2018 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA KUSHERI, S.A. DE C.V. Oficiales Mayores y equivalentes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República y gobiernos de las entidades federativas Presentes. Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria y 1, 59 y 60 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 98 y 99 fracción I numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la determinación de esta fecha, dictada en el expediente número 012/PAS/2018, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa iniciado en contra de la empresa KUSHERI, S.A. DE C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con dicha empresa, de manera indirecta o por interpósita persona, sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, obras públicas y servicios relacionados con las mismas por un plazo de SEIS MESES; asimismo, de conformidad con el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si al día en que se cumpla el plazo de la referida inhabilitación, el sancionado no ha pagado la multa que le fue impuesta, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente. En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedaran comprendidos en la aplicación de la presente Circular. Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando realicen procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como de obra pública y servicios relacionados con las mismas con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Una vez transcurrido el plazo señalado concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado. Atentamente. Sufragio Efectivo. No Reelección. Ciudad de México, a 25 de junio de El Titular del Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, Gral. de Div. D.E.M., Pedro Felipe Gurrola Ramírez.- Rúbrica.

11 Lunes 30 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11 SECRETARIA DE SALUD SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla. SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 2 DE ENERO DE 2018, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL DR. ARTURO GARCÍA CRUZ, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA, Y EL DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA ENTIDAD, REPRESENTADO POR LA DRA. ARELY SÁNCHEZ NEGRETE, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA Y EL LIC. ENRIQUE ROBLEDO RUBIO, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN Y EL DR. JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ GARCÍA, SUBSECRETARIO DE SERVICIOS DE SALUD DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y COORDINADOR DE SERVICIOS DE SALUD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA Y LA C.P. RAQUEL SAUCEDA AMADOR, SUBSECRETARIA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN, DESARROLLO Y OPERACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y COORDINADORA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN, DESARROLLO Y OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ LAS PARTES, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 2 de enero de 2018, LA SECRETARÍA y LA ENTIDAD celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a LA ENTIDAD, para coordinar su participación con LA SECRETARÍA, en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de los 36 Programas de Acción Específicos a cargo de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en lo sucesivo LOS PROGRAMAS, que comprende la realización de intervenciones y el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de permitir a LA ENTIDAD, su adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de prevención y promoción de la salud, documento que en adelante se denominará CONVENIO PRINCIPAL. II. Con fecha 2 de abril de 2018, LA SECRETARÍA y LA ENTIDAD celebraron el Convenio Modificatorio al Convenio Específico en Materia de Ministración de Subsidios para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, con el objeto de modificar las declaraciones 1, 3, 5, 8 y 10 del Apartado II. "LA ENTIDAD"; las cláusulas Primera, en lo que respecta a la Tabla de su párrafo tercero; Segunda, párrafos primero, segundo y sexto; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del CONVENIO PRINCIPAL. III. Que en la Cláusula DÉCIMA TERCERA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del CONVENIO PRINCIPAL, las partes acordaron lo que a la letra dice: que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de LA ENTIDAD LAS PARTES han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo de LOS PROGRAMAS, modificar el CONVENIO PRINCIPAL, con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a LA ENTIDAD en términos de lo estipulado en el presente instrumento.

12 12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2018 DECLARACIONES I. LA SECRETARÍA declara que: I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el CONVENIO PRINCIPAL. II. LA ENTIDAD declara que: II.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones 4, 5, 9 y 10 insertas en el CONVENIO PRINCIPAL. III. LAS PARTES declaran que: III.1. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento. III.2. Están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente instrumento tiene por objeto modificar las declaraciones 1, 2, 3, 6, 7 y 8 del Apartado II. "LA ENTIDAD"; las cláusulas Primera, en lo que respecta a la Tabla de su párrafo tercero; Segunda, párrafos primero, segundo y sexto; los Anexos 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del CONVENIO PRINCIPAL, para quedar como sigue: II. "LA ENTIDAD" declara que: 1. Que el Estado de Puebla es una Entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, según lo dispuesto en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. 2. Que las Secretarías de Finanzas y Administración, y la de Salud son Dependencias integrantes de la Administración Pública Centralizada del Estado, e intervienen en el presente instrumento en términos de lo dispuesto en los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1 párrafo segundo, 17 fracciones II y X, 35 y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 3. Que Servicios de Salud del Estado de Puebla es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado al Sector Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 párrafo tercero, 50, 51 y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 9 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla y 1o. del Decreto del H. Congreso del Estado que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla. 4. a Que la Dra. Arely Sánchez Negrete, Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, suscribe el presente convenio específico de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3, 10, 11 párrafo segundo, 14 párrafo primero, 19 y 60 párrafo primero de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 12, 17 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla; 8 fracción II y 15 fracción I del Decreto del H. Congreso del Estado que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla; 4 fracción I, 8, 10 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 4 fracción II, 9 y 11 fracción XXIII del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla y de conformidad con el Acuerdo No. 06/2017/EXT-2 de la Junta de Gobierno de los Servicios de Salud del Estado de Puebla tomado en sesión del 3 de Febrero de 2017, en el que se autoriza de manera general a la Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla para celebrar y otorgar toda clase de actos jurídicos y documentos inherentes al objeto del Organismo, cargo que se acredita con la copia de su nombramiento, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, mismo que se adjunta al presente. 7. La C.P. Raquel Sauceda Amador, Subsecretaria de Planeación, Evaluación, Desarrollo y Operación de la Secretaría de Salud y Coordinadora de Planeación, Evaluación, Desarrollo y Operación de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, asiste a la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, en términos de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 8o. del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla ; los artículos 4 fracción IV, 5,

13 Lunes 30 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) y 14 fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 4 fracción III inciso C), 15 fracción XIX y 23 fracción XLI del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla. 8. Que el Dr. José Antonio Martínez García, Subsecretario de Servicios de Salud de la Secretaría de Salud y Coordinador de Servicios de Salud de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, asiste a la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, en términos de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 8o. del Decreto del H. Congreso del Estado que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla; los artículos 4 fracción III, 5, 11 y 13 fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; y 4 fracción III inciso B), 15 fracción XIX y 17 fracción XVI del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla. 9. a 10. PRIMERA. OBJETO.- No. UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Promoción de la Salud y Determinantes Sociales Entornos y Comunidades Saludables Alimentación y Actividad Física P018 2,877, ,877, U008 7,499, ,499, Subtotal 10,377, ,377, SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL 1 Salud Mental Subtotal SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1 Seguridad Vial P , , Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables P , , Subtotal 990, , DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1 2 Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) U009 1,967, ,967, P018, U009 1,729, , ,803, Subtotal 3,697, , ,771,041.00

14 14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2018 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA Respuesta al VIH/SIDA e ITS P ,264, ,264, Subtotal ,264, ,264, L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA Prevención y Control del Cáncer de la Mujer Salud Materna y Perinatal Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes Planificación Familiar y Anticoncepción Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género Igualdad de Género en Salud P020 6,009, ,192, ,201, P020 14,796, ,942, ,738, P020 3,382, , ,847, P020 4,762, ,762, P020 3,474, , ,971, P020 88, , Subtotal 32,512, ,096, ,609, O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES Prevención y Control de la Rabia Humana Prevención y Control de la Brucelosis Prevención y Control de la Rickettsiosis Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores Prevención y Control del Paludismo Eliminación de la Oncocercosis Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas Prevención y Control de las Leishmaniasis Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán Prevención y Control de la Diabetes Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular Atención del Envejecimiento Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal P018, U , , , U009 2,805, ,023, ,829, U , , U , , U , , U008 2,130, ,130, U008 5,178, , ,192, U , , U009 92, , ,871.50

15 Lunes 30 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Prevención y Control de la Tuberculosis Eliminación de la Lepra Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza P , , U , , U , , U009 10, , Subtotal 12,108, ,698, ,807, R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1 Vacunación Universal E036 3,568, ,934, ,502, Salud para la Infancia y la Adolescencia Cáncer en la Infancia y la Adolescencia P , , P , , Subtotal 4,922, ,934, ,856, Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD" 64,609, ,067, ,676, SEGUNDA. MINISTRACIÓN.- Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, LA SECRETARÍA, con cargo a su presupuesto, ministrará a LA ENTIDAD, recursos federales con el carácter de subsidios, hasta por la cantidad de $243,676, (DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 43/ M.N.), para la realización de las intervenciones y el cumplimiento de las metas que contemplan LOS PROGRAMAS. Los recursos presupuestarios federales por un monto de $64,609, (SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL ONCE PESOS 44/ M.N.), se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Administración de LA ENTIDAD, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SECRETARÍA. Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3 del presente instrumento. Los insumos federales que suministre LA SECRETARÍA a LA ENTIDAD, por un monto total de $179,067, (CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS 99/ M.N.), serán entregados directamente a los Servicios de Salud del Estado de Puebla.

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