REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
|
|
- Ignacio Pérez Chávez
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos para la admisión de alumnos a la Universidad de Guadalajara. Artículo 2. Para ingresar como alumno de la Universidad de Guadalajara, los interesados deberán sujetarse al proceso de selección que con este fin lleve a cabo la institución para el nivel correspondiente, así como cumplir con las demás condiciones y requisitos que se establezcan con el mismo propósito. Artículo 3. Se considera aspirante a la persona que realiza formalmente todos los trámites para ingresar a la Universidad. Artículo 4. 1 Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por ingreso, inscripción, reinscripción, requisitos para concurso y criterios de selección, lo siguiente: I. Ingreso, es el conjunto de trámites consistentes en la presentación de la solicitud, documentos y exámenes que una persona debe realizar para ser admitida en la Universidad; II. Inscripción, es el procedimiento administrativo mediante el cual la Universidad registra al alumno en un programa académico determinado; y III. Reinscripción, es el trámite que realiza un alumno para continuar en el nivel educativo que le corresponda al terminar un ciclo escolar; IV. Requisitos para concurso, son los elementos indispensables a cumplir por un aspirante para tener derecho a concursar para el ingreso como alumno, y V. Criterios de selección, son los elementos a considerar
2 para determinar el ingreso de los aspirantes a un programa académico específico, cada criterio tendrá asignada una ponderación y la suma de éstas será del cien por ciento. Artículo 5. 2 Los calendarios de trámites para la selección de alumnos se realizarán de conformidad con los lineamientos que para el efecto emita el Rector General. Artículo 6. Son inscripciones de primer ingreso, las que se realizan para ingresar por primera vez: I. A la Universidad de Guadalajara; o II. Cuando el aspirante provenga de un programa educativo de la propia Universidad y realice trámites para ingresar a un programa distinto. 1 Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Artículo 7. Los alumnos de primer ingreso a la Universidad de Guadalajara, podrán tener la calidad de:. a) Alumnos ordinarios regulares, son aquellos que cuentan con un expediente completo y están inscritos en un programa educativo, sin condición alguna; y. b) Alumnos ordinarios condicionales, son aquellos que hubiesen solicitado a la Universidad la revalidación, convalidación o reconocimiento de equivalencia de estudios previos, realizados en otra institución educativa y cuyo expediente se encuentre en trámite. CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS ASPIRANTES Artículo 8. 3 Para ser considerado aspirante y tener derecho a participar en el proceso de selección para ingresar a la Universidad de Guadalajara se requiere:
3 I. Solicitar el ingreso de acuerdo con el calendario de trámites, que al efecto expida la Universidad; II. III. Haber terminado íntegramente el ciclo de estudios anterior requerido al que pretenda ingresar; Presentar a la Coordinación de Control Escolar del Centro Universitario respectivo, del Sistema de Universidad Virtual o en su caso a la Dirección de Trámite y Control Escolar del Sistema de Educación Media Superior de la Universidad de Guadalajara, la siguiente documentación:. a) Certificado original de educación secundaria, para los aspirantes a ingresar al nivel medio superior. En caso de que este documento no sea del Sistema Educativo Nacional, deberá tramitarse previamente la revalidación del mismo ante la autoridad competente, anexando el documento original correspondiente;. b) Certificado original de educación media superior para los aspirantes a ingresar al nivel superior, excepto posgrado;. c) Tratándose de estudios de posgrado, se atenderá a lo establecido en el Reglamento General de Posgrado, y. d) Acta de nacimiento. IV. Presentar los exámenes previstos en el artículo 14 de este ordenamiento; V. Haber cubierto a la Universidad de Guadalajara el costo de los aranceles y otros derechos que se determinen, y VI. Los demás requisitos que se fijen en el calendario de trámites correspondiente.
4 A los aspirantes egresados con Bachillerato General de las escuelas oficiales del Sistema de Educación Media Superior de esta Casa de Estudios, se les exceptúa de cumplir con los requisitos establecidos en la fracción III incisos b) y d) del presente artículo, en virtud de que en el archivo escolar ya se cuenta con la información electrónica de los mismos. 3 Este artículo se modificó con Dictamen No. NORMAT/97/335 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 19 de abril de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Artículo 9. Los aspirantes que provengan de otras instituciones nacionales o extranjeras, además de satisfacer los requisitos establecidos, deberán cumplir con las disposiciones del Reglamento General de Revalidación y Equivalencias de Estudios de la Universidad de Guadalajara. Artículo El cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8 de este ordenamiento sólo da derecho al interesado a ser tomado en cuenta en la selección que la Universidad de Guadalajara lleva a cabo, de acuerdo con los criterios, requisitos y lineamientos establecidos en el presente ordenamiento. Artículo Los trámites de ingreso solamente podrán ser efectuados por el interesado. Artículo 12. La autoridad competente no dará trámite a las solicitudes que no satisfagan los requisitos establecidos en este reglamento y en los instructivos que se expidan, incluido el pago de los derechos correspondientes. Artículo Se entenderá que renuncian a su derecho de concursar para el ingreso, los aspirantes que no concluyan los trámites relativos en las fechas y los horarios que para el efecto establezca el calendario de trámites. CAPÍTULO TERCERO DE LOS REQUISITOS, CRITERIOS Y LINEAMIENTOS
5 Artículo Las autoridades universitarias competentes tomarán en consideración, para la selección o admisión de alumnos a la Universidad de Guadalajara, lo siguiente: I. La capacidad de matrícula de los Centros Universitarios y del Sistema de Educación Media Superior; II. Que el aspirante haya cubierto los requisitos establecidos en el artículo 8 del presente ordenamiento y los demás que señale el calendario de trámites correspondiente; III. Que el aspirante haya presentado el examen de aptitud; IV. Que el aspirante haya aprobado el examen de conocimientos y/o habilidades específicas y/o el curso propedéutico, cuando así lo establezca el dictamen del plan de estudios correspondiente, aprobado por el H. Consejo General Universitario, el cual deberá señalar los lineamientos para su diseño, aplicación y evaluación, y V. Que el aspirante haya cubierto la aportación económica correspondiente. Artículo La admisión de los aspirantes se hará con base al puntaje global obtenido de los siguientes elementos: I. Promedio de estudios precedentes 50%; y II. Resultado del examen de aptitud 50% 4 Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con Dictamen No aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 15 de diciembre de A este artículo se le modificó el tercer párrafo y se le adicionó un párrafo cuarto con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de 2006.
6 3 El puntaje global se calculará sumando el promedio de estudios precedentes y el resultado del examen de aptitud, ambos en escala de 0 a 100, por lo que el puntaje máximo será de 200. La administración del proceso de aplicación de los exámenes de aptitud a que se hace referencia en este artículo y los referidos en la fracción IV del artículo 14 de este ordenamiento, será realizada por la Coordinación de Control Escolar de cada Centro Universitario y la Dirección de Trámite y Control Escolar del Sistema de Educación Media Superior, con la supervisión de la Coordinación de Control Escolar de la Administración General. Los programas académicos en modalidades no convencionales y los posgrados se exceptúan de lo establecido en este artículo y en la fracción III del artículo 14 de este ordenamiento, sujetándose en lo conducente a las normas específicas que los regulan. Artículo 15 bis. 9 La Universidad de Guadalajara podrá admitir en cada Centro Universitario o Escuela del Sistema de Educación Media Superior hasta el 10% del cupo de primer ingreso por programa académico, en los estudios del nivel medio superior, técnico superior universitario y de licenciatura, a los trabajadores (académicos, administrativos, de confianza y directivos) que cuenten con tres años de antigüedad, a su cónyuge e hijos de éstos. En caso de que el número de solicitudes, conforme a este artículo, exceda el porcentaje citado, se admitirán aquellos aspirantes que hayan obtenido el mayor puntaje para concurso, hasta cumplir el porcentaje referido. Para gozar de este beneficio, será requisito indispensable que el aspirante haya cumplido con todos los trámites de admisión. Los trabajadores académicos y administrativos deberán entregar a la Coordinación General de Recursos Humanos a través de los
7 Sindicatos titulares de los Contratos Colectivos de Trabajo y en las fechas establecidas por las autoridades universitarias los siguientes documentos: I. Copia del nombramiento, acta de nacimiento o matrimonio, según el caso; y II. Documento que acredite la vigencia de su nombramiento, (copia de cheque reciente o nombramiento). Los directivos y trabajadores de confianza entregarán los documentos de referencia directamente en la Coordinación de General de Recursos Humanos. Artículo Los lineamientos generales de la Universidad para la admisión de alumnos son los siguientes: I. En cuanto al número, la Universidad de Guadalajara admitirá a todos aquellos que le permita su capacidad en planta física, recursos humanos y presupuesto; II. En cada nivel y programa académico se admitirán a los aspirantes que hayan obtenido el mayor puntaje y así sucesivamente, en orden descendiente, hasta cubrir el cupo disponible, tomando en consideración lo establecido en el artículo 15 bis; 9 Este artículo se adicionó con Dictamen No aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 15 de diciembre de 1995, posteriormente se modificó con Dictamen No. NORMAT/97/335 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 19 de abril de Este artículo se modificó con Dictamen No. IV/2002/062 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 02 de febrero de Este artículo se modificó con Dictamen I/2008/199 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 29 de agosto de Este artículo se modificó con Dictamen No. IV/2002/062 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 02 de febrero de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de III. Se admitirá hasta el 15% del cupo de la matrícula de un programa educativo de estudiantes extranjeros, quienes
8 además de cumplir con los requisitos establecidos para los estudiantes nacionales, deberán cumplir con los que en particular, determinen las leyes del país y cubrir los aranceles respectivos; y IV. El alumno sólo podrá estar inscrito en un programa educativo, a excepción de aquellos programas que el Consejo General Universitario determine que pueden ser cursados simultáneamente. CAPÍTULO CUARTO DE LA ADMISIÓN Artículo La Comisión de Educación del Consejo del Centro Universitario respectivo, de Educación Media Superior o del Sistema de Universidad Virtual, podrá supervisar el procedimiento de ingreso de alumnos, así como hacer observaciones al dictamen que para el efecto emita la Coordinación de Control Escolar o Dirección de Trámite y Control Escolar, según corresponda, previo a su publicación. El dictamen mencionado deberá contener: I. Programa educativo, nombre, apellido, código y puntaje obtenido en la evaluación de cada uno de los aspirantes seleccionados como alumnos de la Universidad; II. III. La calidad de alumno en que es admitido, de conformidad con el artículo 7o. de este Reglamento, y El ciclo escolar en que el alumno deberá iniciar cursos. Artículo Los dictámenes serán dados a conocer por el Centro Universitario respectivo, el Sistema de Universidad Virtual o en su caso, por el Sistema de Educación Media Superior, en el plazo que señale el calendario de trámites correspondiente. La Coordinación de Control Escolar de la Administración General dará a conocer los dictámenes de ingreso que emitan las entidades de la Red, a través de la Gaceta Universitaria.
9 Artículo El aspirante que resulte admitido deberá pagar, en el plazo previamente establecido, los aranceles correspondientes. En caso de que no cumpla con este requisito se entenderá que renuncia a su calidad de alumno y a su derecho de estar inscrito en el plan de estudios correspondiente y en consecuencia se aplicará la baja correspondiente. Artículo Una vez cubierto el requisito señalado en el artículo anterior, el Centro Universitario respectivo o el Sistema de Educación Media Superior expedirá la identificación escolar oficial, en el formato determinado por la Coordinación de Control Escolar de la Administración General. 11 Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con Dictamen I/2008/199 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 29 de agosto de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con Dictamen I/2008/199 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 29 de agosto de Este artículo se modificó con Dictamen No. NORMAT/97/335 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 19 de abril de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Artículo Cuando se compruebe la falsedad total o parcial de alguno de los documentos exhibidos, o de la información registrada por el aspirante, para efecto de concurso para ingreso o inscripción, se cancelarán los registros generados, quedando sin efecto los actos derivados de los mismos, sin perjuicio de otra clase de responsabilidad. Para ello, los titulares de las coordinaciones de control escolar, tanto de la Administración General, de los Centros Universitarios, del Sistema de Universidad Virtual y el titular de la Dirección de Trámite y Control Escolar del Sistema de Educación Media Superior, en su respectivo ámbito de competencia, tendrán las siguientes atribuciones: I. Investigar, en cualquier momento, la autenticidad de los documentos presentados para concurso de ingreso,
10 inscripción o permanencia como alumno en la Universidad de Guadalajara; II. III. IV. Requerir la entrega de los documentos originales que el aspirante presentó y que fueron digitalizados en el proceso de selección; Resolver si procede la cancelación de los registros o inscripción de un alumno o aspirante, así como dejar sin efectos los demás actos derivados de los mismos, y Informar a las dependencias universitarias involucradas para que actúen conforme proceda dentro de su ámbito de competencia. El ámbito de competencia de la Coordinación de Control Escolar de la Administración General, será en toda la Red Universitaria, aplicando las cancelaciones y notificando inmediatamente al titular de la instancia correspondiente. Previo a la resolución a que se refiere la fracción III se deberá otorgar al interesado la oportunidad de que acredite la autenticidad del documento de que se trate y manifieste lo que a su derecho convenga. Este procedimiento deberá realizarse por escrito, en los términos y plazos que determine el Rector General en el manual que para el efecto expida. Artículo 22. El Centro Universitario o el Sistema de Educación Media Superior gozarán de facultades para recabar o rectificar la información contenida en el expediente de los aspirantes o alumnos, cuando lo considere necesario. CAPÍTULO QUINTO DE LOS ALUMNOS Artículo Los aspirantes a ingresar a la Universidad de Guadalajara, adquirirán la condición de alumnos, hasta que sean admitidos por la autoridad competente y sean registrados a cursos en el programa educativo correspondiente, de conformidad con el presente Reglamento.
11 Los alumnos conservarán esta condición, mientras no se pierdan las cualidades requeridas o no sean separados definitivamente por faltas cometidas en los términos de la Ley Orgánica, del Estatuto General o de sus reglamentos. Artículo Los derechos y obligaciones de los alumnos se encuentran establecidos en la Ley Orgánica, en el Estatuto General y demás ordenamientos universitarios. 15 Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Este artículo se modificó con el Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria del 21 de julio de Artículo 25. Los sistemas de evaluación, calificación y acreditación de los estudios de los alumnos, así como la promoción, egreso y titulación se establecerán en los ordenamientos específicos correspondientes. TRANSITORIOS ARTÍCULO ÚNICO. El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el H. Consejo General Universitario. TRANSITORIOS DEL DICTAMEN NO. I/2006/292 APROBADO POR EL H. CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 21 DE JULIO DE Primero. Las comisiones conjuntas de Educación y Normatividad, a partir del estudio que presente la Coordinación General Académica, en forma conjunta con el Sistema de Educación Media Superior, los centros universitarios y el Sistema de Universidad Virtual, en un plazo no mayor de seis meses, propondrán lo conducente, con respecto a los requisitos de ingreso y criterios de selección de alumnos. Segundo. En el manual de procedimientos correspondiente se establecerá cuáles documentos serán digitalizados, los medios que utilizarán para revisar la legalidad de los documentos y las
12 condiciones en que serán devueltos, entre otros aspectos. En forma conjunta la Coordinación de Control Escolar de la Administración General, la Oficialía Mayor y la Unidad de Enlace e Información, deberán proponer cuáles son los documentos a digitalizar, analizar y en su caso proponer lo relacionado con la expedición de copias simples o certificadas de los documentos que integren el expediente del alumno, entre otros aspectos. Tercero. El Rector General emitirá los lineamientos a que hace referencia el artículo 5 de este Reglamento, a partir de la propuesta que presente la Coordinación de Control Escolar de la Administración General. Resolutivo del Dictamen No relacionado con la entrada en vigor del mismo. SEGUNDO. Estas modificaciones entrarán en vigor el día siguiente de su aprobación por el H. Consejo General Universitario. Resolutivo del Dictamen No. NORMAT/97/335 relacionado con la entrada en vigor del mismo. SEGUNDO. Estas modificaciones entrarán en vigor el día siguiente de su aprobación por el H. Consejo General Universitario. Artículo Transitorio del Dictamen No. IV/2002/062 relacionado con la entrada en vigor del mismo. 7 Articulo primero. Las modificaciones al presente reglamento entrarán en vigor al día hábil siguiente de su publicación en la Gaceta Universitaria. Resolutivo del Dictamen No. I/2006/292 relacionado con la entrada en vigor del mismo. Décimo Cuarto. Estas modificaciones entrarán en vigor el día
13 hábil siguiente al de su publicación en la Gaceta Universitaria. Resolutivo del Dictamen No. I/2008/199 relacionado con la entrada en vigor del mismo. NOVENO. Las modificaciones contenidas en este dictamen entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por el H. Consejo General Universitario. Información sobre su aprobación y modificaciones: Este Reglamento fue aprobado con el Dictamen No en sesión del H. Consejo General Universitario de fecha 6 de marzo de Modificaciones: Fe de erratas de fecha 11 de diciembre de Dictamen No aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión de fecha 15 de diciembre de Dictamen No. NORMAT/97/335 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión de fecha 19 de abril de Dictamen No. IV/2002/062 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria de fecha 02 de febrero de Publicado en la Gaceta Universitaria No. 240 de fecha 11 de febrero de Dictamen No. I/2006/292 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión extraordinaria de fecha 21 de julio de Publicado en la Gaceta Universitaria No. 448 de fecha 21 de agosto de Dictamen No. I/2008/199 aprobado por el H. Consejo General Universitario en sesión del 29 de agosto de Revisado: Oficina del Abogado General, septiembre de 2008.
REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA SECCIÓN ESCOLAR. 2012 ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1o.- El ingreso, la permanencia y los exámenes en el Sistema Universidad
Más detallesNORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES
Ver Indice Buscar: NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o. (Modificado en la sesión del Consejo Universitario
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES
REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES (Modificado en la sesión del Consejo Universitario del 1 de julio de 1997, publicado en Gaceta UNAM, el 7 del mismo mes y año.) I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES
ÍNDICE I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura... 1 II. Carreras Cortas... 2 III. Estudios de Posgrado... 3 IV. Materias Aisladas... 3 V. Carreras Simultáneas, Segunda Carrera y Cambio de Carrera...
Más detallesEl Consejo Universitario en sesión del 10 de abril de 1973, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos:
REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES El Consejo Universitario en sesión del 10 de abril de 1973, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos: I. PRIMER INGRESO A BACHILLERATO Y LICENCIATURA
Más detallesSistema de Educación Media Superior de acuerdo a los períodos establecidos en los calendarios de tramitación para primer ingreso. Artículo 10. La rece
REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por
Más detallesReglamento General de Titulación: Preparatoria Técnica, Técnico, Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado y Licenciatura
Reglamento General de Titulación: Preparatoria Técnica, Técnico, Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado y Licenciatura Aprobado el 17 de junio de 2008 Reglamento General de Titulación: Preparatoria
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES
I. Primer ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a sus estudiantes tomando en cuenta el grado de capacitación académica y las condiciones
Más detallesComisión de Estudios Legislativos del CGC
PROPUESTA DE AJUSTE La propuesta de ajuste que se pone a consideración de este Consejo fue dictaminada por la Comisión de Estudios Legislativos en reunión celebrada el 14 de junio de 2018. CONSIDERACIONES
Más detallesREFORMA AL REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. Primero.- Se modifican, adicionan y suprimen los siguientes artículos:
REFORMA AL REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES El Consejo Universitario en sesión del 1 de julio de 1997, aprobó se modificara el presente ordenamiento en los siguientes términos: Primero.- Se modifican,
Más detallesReglamento de Inscripciones y Reinscripciones
Reglamento de Inscripciones y Reinscripciones Marzo11 de 2004 LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE HUIXQUILUCAN, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la situación escolar de los alumnos, la que incluye
Más detallesREGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por
Más detallesC O N S I D E R A N D O
LA JUNTA DIRECTIVA DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TIANGUISTENCO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 FRACCIÓN V, Y TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR
Más detallesREGLAMENTO DEL ESTATUTO DEL SISTEMA UNIVERSIDAD ABIERTA DE LA UNAM RELATIVO AL INGRESO, LA PERMANENCIA Y LOS EXÁMENES
REGLAMENTO DEL ESTATUTO DEL SISTEMA UNIVERSIDAD ABIERTA DE LA UNAM RELATIVO AL INGRESO, LA PERMANENCIA Y LOS EXÁMENES El Consejo Universitario en sesión del 2 de diciembre de 1997, aprobó este ordenamiento
Más detallesEl Consejo Universitario en sesión del 20 de diciembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos:
REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES El Consejo Universitario en sesión del 20 de diciembre de 1966, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: I. INSCRIPCIONES (PRIMER INGRESO) ARTÍCULO 1.- Para
Más detallesReglamento General. Julio 2011 CAPÍTULO 6º DEL REINGRESO Y LA REINSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD
Art. 48 La Universidad se reserva el derecho de admisión o reinscripción en cualquiera de las Escuelas o Facultades y demás áreas docentes. Art. 49 Para ingresar a la Universidad, se requiere: a. Poseer
Más detallesFICHA DE DESCRIPCIÓN DE PROCESO
La UAEH es una universidad visible internacionalmente y aceptada como una institución educativa que trabaja con parámetros básicos de calidad académica y administrativa. Escolar 09/05/2017 15/05/2017 1
Más detallesReglamento de Diplomados
Reglamento de Diplomados Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1.- Conforme al artículo 59 del Estatuto Orgánico, el Diplomado es una modalidad que permite la capacitación profesional en la adquisición
Más detallesReglamento de Revalidación, Establecimiento de Equivalencias y Acreditación de Estudios
Reglamento de Revalidación, Establecimiento de Equivalencias y Acreditación de Estudios Presentación Capítulo Primero. Disposiciones generales. Capítulo Segundo. De la Revalidación de Estudios. Capítulo
Más detallesREGLAMENTO DE TITULACION. Capítulo Primero Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE TITULACION Capítulo Primero Disposiciones Generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que habrá de sujetarse el proceso de titulación profesional, en el Tecnológico
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ
REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE APORTACIONES Y PAGOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO JOSÉ MARIO MOLINA PASQUEL Y HENRÍQUEZ
REGLAMENTO GENERAL DE APORTACIONES Y PAGOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO JOSÉ MARIO MOLINA PASQUEL Y HENRÍQUEZ El presente reglamento regula la ejecución de aportaciones y pagos que deberán cubrir quienes
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISION DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJIO
REGLAMENTO DE ADMISION DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJIO León, Guanajuato. México. 2 de Mayo del 2002. INDICE TITULO PRIMERO.- De las Disposiciones Generales... 1 Capítulo Primero.-Finalidad y Alcances...
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN
REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Los objetivos de la titulación son: I. Acreditar los conocimientos generales del (la) alumno (a) del Programa Académico
Más detallesP R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS
P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS EN EL MARCO DEL NUEVO MODELO ACADÉMICO UAZ
Más detallesPROPUESTA DE LINEAMIENTOS PARA CAMBIOS DE CARRERA DE NIVEL SUPERIOR EN EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
1 PROPUESTA DE LINEAMIENTOS PARA CAMBIOS DE CARRERA DE NIVEL SUPERIOR EN EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CONSIDERANDO Que cada año el Instituto Politécnico Nacional recibe a miles de alumnos que ingresan
Más detallesCONTENIDO REQUISITOS
La presente Guía que establece la Dirección General de Administración Escolar para llevar a cabo el seguimiento y Control Escolar, tiene su fundamento en las disposiciones legales aplicables vigentes en
Más detallesCONSIDERANDOS: Por tal razón y para dar cumplimiento a lo anterior, se emiten los siguientes:
ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA CAPACITAR, PROFESIONALIZAR Y/O CERTIFICAR AL ENCARGADO DE LAS FINANZAS DEL ESTADO Y A LOS DEMÁS FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE MANEJEN RECAUDEN O ADMINISTREN
Más detallesCURSO PROPEDÉUTICO. Los interesados en participar, en apego a la normatividad vigente para tal efecto de la UNIDEH, deberán de cumplir con:
CURSO PROPEDÉUTICO La Universidad Digital del Estado de Hidalgo (UNIDEH), convoca a las personas interesadas en cursar estudios de licenciatura a participar en el Proceso de Admisión e Inscripción al Curso
Más detallesREGLAMENTO OPERATIVO DEL PLAN DE ESTUDIOS
REGLAMENTO OPERATIVO 1 INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES....3 CAPÍTULO II PLANES DE ESTUDIO...4 CAPÍTULO III DE LAS INSCRIPCIONES..6 CAPÍTULO IV DE LAS MATERIAS OPTATIVAS....8 CAPÍTULO V DE LAS
Más detallesLICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN POLICIAL 2018 02 La Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional y la Universidad de la Policía de la
Más detallesLineamientos y procedimientos para la revalidación, equivalencias y conmutación de las materias de Maestría
Lineamientos y procedimientos para la revalidación, equivalencias y conmutación de las materias de Maestría en Ciencias Sociales y Doctorado en Ciencias Sociales de El Colegio de Sonora Aprobado por la
Más detallesLINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.
LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE LA MODALIDAD MIXTA EN EL SISTEMA CONALEP
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE LA MODALIDAD MIXTA EN EL SISTEMA CONALEP 1 ÍNDICE DISPOSICIONES GENERALES Objeto y Ámbito de Aplicación 4 TÍTULO PRIMERO DEL INGRESO Y PERMANENCIA DEL ALUMNO
Más detallesA cuerdo. Número Extraordinario 1276
A cuerdo ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL INGRESO, TRAYECTORIA ESCOLAR, PERMANENCIA Y EGRESO EN LOS NIVELES MEDIO SUPERIOR Y SUPERIOR EN LAS MODALIDADES NO ESCOLARIZADA
Más detallesREGLAMENTO DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS
REGLAMENTO DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1 La Universidad Autónoma de Sinaloa, facultada por la fracción xiv del artículo 10 de su Ley Orgánica, la fracción iv
Más detallesUNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN Julio 2013 ÍNDICE TÍTULO I GENERALIDADES 3 TÍTULO II INGRESO A ESTUDIOS GENERALES 5 TÍTULO III INGRESO A ESTUDIOS DE CARRERA 7 TÍTULO IV INGRESO A ESTUDIOS DE
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1. Los objetivos de la titulación son: I. Acreditar en su conjunto los conocimientos generales del alumno en el
Más detallesReglamento General de Alumnos de Postgrado
Reglamento General de Alumnos de Postgrado Capítulo I Generalidades Artículo 1.- Los estudios de posgrado que imparte la Universidad Vasco de Quiroga se sujetarán a las disposiciones contenidas en el presente
Más detallesUniversidad de Guadalajara. Centro Universitario de la Costa. Coordinación de Posgrados MAESTRIA EN ANALISIS TRIBUTARIO. Convocatoria 2016 B
Universidad de Guadalajara Centro Universitario de la Costa Coordinación de Posgrados MAESTRIA EN ANALISIS TRIBUTARIO Convocatoria 2016 B Modalidad: Presencial. Tipo de programa: Profesionalizante. Tiempo
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
REGLAMENTO GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS VIGENTE Artículo 1o.- El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas relativas a la incorporación de estudios de instituciones
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA
LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS EDUCATIVOS A LOS HIJOS DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE SONORA Aprobado por la Junta de Coordinación el 15 de agosto 2018 C O N T E N I D O Presentación... 3
Más detallesEstos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.
Requisitos Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos de ingreso Los aspirantes a ingresar a alguna de las
Más detallesREGLAMENTO DE PAGOS Y APOYOS ECONÓMICOS PARA LICENCIATURAS Y POSGRADOS
REGLAMENTO DE PAGOS Y APOYOS ECONÓMICOS PARA LICENCIATURAS Y POSGRADOS PRESENTACIÓN Y OBJETIVOS La Universidad Marista de Guadalajara fiel a su compromiso de atención a estudiantes talentosos pero desfavorecidos,
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO INTRODUCCIÓN Este Reglamento habrá de normar los procedimientos a observar en la acreditación de las asignaturas contenidas en los planes
Más detallesPUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008. GOBIERNO DEL ESTADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica
Más detallesENSEM. Control Escolar. Inscripciones
ENSEM Control Escolar Inscripciones Normas de Control Escolar para las Instituciones Formadoras de Docentes en las Licenciaturas de Educación Básica, Modalidad Escolarizada Objetivo Registrar a los aspirantes
Más detallesUNIVERSIDAD VERACRUZANA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS ORIZABA, VERACRUZ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL ESCOLAR
UNIVERSIDAD VERACRUZANA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS ORIZABA, VERACRUZ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL ESCOLAR 2017 Contenido... 1 Baja temporal por periodo escolar... 3 Baja temporal por experiencia
Más detallesLegislación Universitaria. Reglamento de Equivalencia y Revalidación de Estudios
Legislación Universitaria Reglamento de Equivalencia y Revalidación de Estudios Índice Presentación Título Único Disposiciones generales Capítulo I Disposiciones generales Capítulo II De la solicitud,
Más detallesEl Instituto Nacional de Ciencias Penales convoca a la Especialidad en Justicia Penal para Adolescentes 2015
El Instituto Nacional de Ciencias Penales convoca a la Especialidad en Justicia Penal para Adolescentes 2015 ESPECIALIDAD DIRIGIDA A HORARIO DURACIÓN Licenciados en Derecho, Trabajo Social o Educación,
Más detallesLEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIA Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS 1 ÍNDICE P R E S E N T A C I Ó N 3 TÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE ACTUALIZACIÓN
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE ACTUALIZACIÓN CAPÍTULO III DEL INGRESO Y PERMANENCIA
Más detalles27 DE ABRIL 2015 GACETA UNAM DE DE FEBRERO DE MARZO Y 26 DE 23 DE MARZO Y 26 DE DE 2015
Universidad Nacional Autónoma de México Secretaría General Dirección General de Administración Escolar TRÁMITES ANUALES TRÁMITES PUBLICACIÓN CONVOCATORIA PERÍODO DE ATENCIÓN LUGAR DONDE SE REALIZA CAMBIO
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES Colección Documento Universitario Reglamento General para la Prestación de Prácticas Profesionales CAPÍTULO I Disposiciones Generales
Más detallesCONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA LICENCIATURA EN TECNOLOGÍAS APLICADAS A LA SEGURIDAD CIUDADANA
CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN E INGRESO A LA LICENCIATURA EN TECNOLOGÍAS APLICADAS A LA SEGURIDAD CIUDADANA La de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el
Más detallesJUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
EN VIRTUD DE LA FIRMA DE CONVENIOS QUE TUVO A BIEN FIRMAR EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO LIC. FERNANDO GONZÁLEZ DE LUNA, CON LAS UNIVERSIDADES UVM, UNID Y CUAUHTÉMOC,
Más detallesREGLAMENTO DE INCORPORACIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE INCORPORACIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El objeto del presente Reglamento es establecer la regulación de la incorporación
Más detallesCONVOCATORIA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA PARA TRUNCOS O PASANTES AJENOS AL IEDEP
CONVOCATORIA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DE LICENCIATURA PARA TRUNCOS O PASANTES AJENOS AL IEDEP El Instituto de Educación Digital del Estado de Puebla, a través de la Dirección Académica y de conformidad
Más detallesUNIVERSIDAD VERACRUZANA. Lineamientos para el Control Escolar
UNIVERSIDAD VERACRUZANA Lineamientos para el Control Escolar Marzo 2008 ÍNDICE PÁG Disposiciones Generales 1 Ingreso 1 Permanencia 2 Áreas de Formación 3 Evaluación y Clasificación 4 Bajas 5 Traslados
Más detallesLA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO C O N V O C A
LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 2 APARTADO B FRACCIÓN I, II Y 3 DE LA CONSTITUCIÓN,1, 2, 3, 4, 5, 6 DE LA LEY ORGÁNICA, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS
Más detallesReglamento de Opciones de Evaluación Profesional de la Universidad Autónoma del Estado de México
Reglamento de Opciones de Evaluación Profesional de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE OPCIONES DE EVALUACIÓN PROFESIONAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
Más detallesUNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULO Y GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR 1 Procedimiento para la homologación de títulos
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA
REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA Aprobado por el H. Consejo Universitario, en sesión extraordinaria de fecha 29 de mayo de 1982 ARTÍCULO 1.- Son
Más detallesLA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO A TRAVÉS DE LA FACULTAD DE DERECHO
LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO A TRAVÉS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 2 APARTADO B FRACCIÓN I, II Y 3 DE LA CONSTITUCIÓN,1, 2, 3, 4, 5, 6 DE
Más detallesREGLAMENTO DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN
REGLAMENTO DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO PRIMERO FUNDAMENTO JURÍDICO ARTÍCULO 1.- De conformidad con lo dispuesto por las fracciones VII y VIII
Más detallesPROCESOS ADMINISTRATIVOS
PROCESOS ADMINISTRATIVOS Doctorado en Gobiernos Locales y Desarrollo Regional Unidad Regional Culiacán PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y OTROS DATOS DE INTERÉS PARA EL ESTUDIANTE SOBRE EL PROGRAMA Proceso de
Más detallesLA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO C O N V O C A
LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 2 APARTADO B FRACCIÓN I, II Y 3 DE LA CONSTITUCIÓN,1, 2, 3, 4, 5, 6 DE LA LEY ORGÁNICA, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS
Más detallesREGLAMENTO OPERATIVO DEL CAMPUS GUADALAJARA PARA LOS ALUMNOS DE PREPARATORIA
REGLAMENTO OPERATIVO DEL CAMPUS GUADALAJARA PARA LOS ALUMNOS DE PREPARATORIA CAPÍTULO I Admisión y readmisión de alumnos Artículo 1.8 Aquellas personas que deseen ser admitidas como alumnos visitantes,
Más detallesNORMATIVIDAD ACADÉMICA DE LA UNAM REGLAMENTO GENERAL PARA LA PRESENTACIÓN, APROBACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO
NORMATIVIDAD ACADÉMICA DE LA UNAM REGLAMENTO GENERAL PARA LA PRESENTACIÓN, APROBACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1o.- El presente reglamento tiene por
Más detallesREGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL
REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES..1 CAPÍTULO II DE LOS PROGRAMAS 3 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS..4 CAPÍTULO IV DE LOS TRÁMITES Y EL PROCEDIMIENTO...6 CAPÍTULO V
Más detallesColegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Morelos. Información detallada de los trámites y Servicios del CECyTE Morelos
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del de Información detallada de los trámites y Servicios del 1 Ficha de examen de nuevo ingreso al CECyTE Ciudadanía en general que desee ingresar como alumno
Más detallesArtículo 4. El Programa de Intercambio Académico y Movilidad Estudiantil está dirigido a:
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo1. La Dirección de la Facultad de Informática a través de la Coordinación de Intercambio y Movilidad Estudiantil, es la única autoridad facultada para dictaminar
Más detalles9k-/ Ciudad México (iol>ierno del Distrito Federal
9k-/ Ciudad México (iol>ierno del Distrito Federal instituto de Educación Media Si Oirección General (.4raj-hzt 71f,rdje,c,zr ior del Distrito Federal ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS MODIFICACIONES
Más detallesSeptiembre 2017 Ciclo 2018-A
pág. 0 CONVOCATORIA LICENCIATURAS UDEMex UDG La Universidad Digital del Estado de México te invita a participar en el proceso de selección a las licenciaturas que se imparten en convenio de colaboración
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO
REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO Actualización Agosto 2017 REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1. - Art. 2º.- Art. 3º.- Art. 4º- Art. 5º.- Art. 6º.-
Más detallesAutor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Reglamento General de Becas Autor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES SU RÉGIMEN, COMPROMISO Y DEFINICIÓN Artículo
Más detallesPlan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración
Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración Requisitos De ingreso Los aspirantes a ingresar al plan de estudios del doctorado deberán obtener su carta de aceptación por parte del Comité
Más detallesUniversidad de Guadalajara. Centro Universitario de la Costa. Coordinación de Posgrados MAESTRIA EN ANALISIS TRIBUTARIO. Convocatoria 2018 B
Universidad de Guadalajara Centro Universitario de la Costa Coordinación de Posgrados Convocatoria 2018 B Modalidad: Presencial. CONVOCATORIA 2018B Tipo de programa: Profesionalizante. Tiempo de dedicación:
Más detallesREGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Inscripciones, Reinscripciones y Bajas
REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Inscripciones, Reinscripciones y Bajas ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES, REINSCRIPCIONES Y BAJAS CAPÍTULO I Generalidades...3 CAPÍTULO
Más detallesLineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
Más detallesINSTITUTO DE EDUCACIÓN DIGITAL DEL ESTADO DE PUEBLA IEDEP
CONVOCATORIA DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS PARA TRUNCOS O PASANTES DE INSTITUCIONES PÚBLICAS Y/O PRIVADAS AJENAS AL El Instituto de Educación Digital del Estado de Puebla, a través de la Dirección Académica
Más detallesSIN EFECTOS C O N S I D E R A N D O
ACUERDO 08/2005 DEL RECTOR GENERAL MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LAS BECAS PARA ALUMNOS DE MAESTRÍA Y DOCTORADO QUE SE ENCUENTREN EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LA IDÓNEA COMUNICACIÓN DE RESULTADOS O
Más detalles36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 05 de Marzo de 2018
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 05 de Marzo de 2018 ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR
Más detalles