Secretaría de Ciencia y Tecnología REGLAMENTO DE BECAS PARA INTEGRANTES DE PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
|
|
- Eugenia Franco Caballero
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Secretaría de Ciencia y Tecnología REGLAMENTO DE BECAS PARA INTEGRANTES DE PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA (Modificado el 19/09/02 por Resolución CS Nº 83/02) DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular el sistema de Becas para integrantes de Proyectos de Investigación y de Transferencia de Tecnología de la Universidad Nacional de General San Martín, las cuales se denominarán BECAS DE INVESTIGACIÓN Y DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA (PARTE 1) y BECAS DEL PROGRAMA UNIVERSIDAD-EMPRESA (PARTE 2). Artículo 2. Dichas Becas están destinadas a apoyar el desarrollo de actividades de investigación básica o aplicada y /o de Transferencia de Tecnología, acreditados por esta Universidad sea en forma exclusiva o bien en Convenio con terceros. Artículo 3. En cada convocatoria la Secretaría de Ciencia y Tecnología establecerá los plazos y condiciones para que los aspirantes se notifiquen de los resultados de la evaluación de sus solicitudes. PARTE 1. BECAS DE INVESTIGACIÓN Y DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA DURACIÓN Artículo 4. Las Becas de Investigación y de Transferencia de Tecnología tendrán una duración de un (1) año, con posibilidad de prórroga por un año más cuando las condiciones debidamente acreditadas del proyecto del que forma parte el becario, así lo hicieran aconsejable. En los casos de Becas otorgadas para la realización del DOCTORADO la duración puede ampliarse hasta un máximo de cuatro (4) años, por pedido expreso del Director de Tesis.
2 FINANCIACION Artículo 5. Cada año, el Consejo Superior determinará en el Presupuesto una partida destinada a financiar las Becas objeto de este Reglamento, tanto para las Becas ya otorgadas como para el otorgamiento de nuevas. El monto y número de Becas a otorgar estará supeditado al Presupuesto asignado por el Consejo Superior. El presente reglamento también rige para Becas solventadas con fondos de otras Unidades Académicas de la Universidad o provenientes de fuentes externas Artículo 6. El monto y la cantidad de las Becas será determinado en cada convocatoria por la Secretaría de Ciencia y Tecnología. Para las Becas solventadas con fondos de otras Unidades Académicas de la Universidad o de fuentes externas, la cantidad y monto de las mismas será determinada en cada caso por la Unidad otorgante CONDICIONES DE ACCESO Artículo 7. Aspirantes: podrán aspirar a las becas los DOCENTES y ALUMNOS de esta Universidad que participen en Proyectos de Investigación acreditados por esta Universidad sea en forma exclusiva o bien en Convenio con otras Instituciones. En cada Convocatoria podrán establecerse cupos para cada una de las categorías de aspirantes precedentes. Artículo 8. Los aspirantes deberán presentar en la Secretaría de Ciencia y Tecnología un plan de trabajo, avalado por su Director de Beca, que deberá comprender toda su actividad de investigación y/o transferencia mientras dure la Beca. Artículo 9. Restricciones: No podrán aspirar a las Becas, o las mismas serán dejadas sin efecto si ya se hubieran concedido, aquellos que: a. hubiesen sufrido condena por hechos dolosos de cualquier naturaleza infamante, o por delito patrimonial contra la Administración Pública. b. sean fallidos o estén concursados civilmente hasta que no obtengan rehabilitación o con proceso criminal pendiente c. estén inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos, durante el término de la inhabilitación, o hayan sido exonerados. EVALUACIÓN Y ORGANOS INTERVINIENTES Artículo 10. Órganos de evaluación: los Comités de Evaluación de las solicitudes de Becas deberán estar compuestos por tres evaluadores y serán designados en cada oportunidad por el Secretario de Ciencia y Tecnología. Dichos Comités estarán facultados para recomendar la aprobación o desaprobación de la Solicitud de Beca, como asimismo para proponer, si el Comité de Becas se lo solicitase, un orden de méritos entre los aspirantes. Artículo 11. Un Comité de Becas, presidido por el Secretario de Ciencia y Tecnología de la Universidad e integrado además por los Directores de Escuela y de Institutos pertenecientes a la Universidad establecerá, según criterios de pertinencia, el Orden de Méritos definitivo en caso de que haya varios solicitantes. Dicha nómina de aspirantes será elevada al Rectorado para el otorgamiento de las Becas. Para las Becas solventadas con fondos de otras Unidades Académicas de la Universidad o de fuentes externas, la Unidad otorgante deberá constituir un Comité de evaluadores que avalen el otorgamiento.
3 Artículo 12. Los criterios en cuanto a los tipos de Becas, renovación de las mismas y áreas prioritarias se fijarán en un todo de acuerdo con las particularidades e intereses que esta Universidad establezca a través del Comité de Becas. DE LOS DIRECTORES DE BECA Artículo 13. El Director del Proyecto de Investigación en el cual se desempeñe el becario podrá asumir la dirección del mismo o bien, podrá hacerlo un investigador formado que sea miembro del equipo. Artículo 14. Obligaciones del Director: a. cumplir y hacer cumplir las disposiciones de este Reglamento, debiendo comunicar a la Secretaría de Ciencia y Tecnología cualquier transgresión al mismo b. Responsabilizarse por la formación y capacitación del becario, en cumplimiento con el plan de trabajo propuesto, la presentación en término y la actividad docente. Asimismo, deberá participar en toda actividad académica relacionada con el becario a la que sea convocado por la Universidad. c. Informar a la Secretaría de Ciencia y Tecnología, en los plazos y fechas determinados por ésta, sobre el trabajo realizado por el becario, para lo cual acompañará cada informe preparado por éste con su evaluación académica. d. Mientras dirija la beca no podrá ausentarse del lugar de trabajo por más de 120 (ciento veinte) días corridos. Si lo hiciera por un lapso superior a los 30 (treinta) días e inferior a los 120 (ciento veinte) deberá comunicarlo a la Secretaría de Ciencia y Tecnología, para que ésta designe a propuesta del Director a un Director sustituto por el tiempo que dure la ausencia. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS Artículo 15. Son obligaciones del becario a. Desarrollar las tareas indicadas en el plan de trabajo aprobado b. Presentar informes en las fechas y plazos que oportunamente indique la Secretaría de Ciencia y Tecnología. c. Asistir y participar en todo evento científico vinculado con la actividad del becario cuando sea convocado por esta Universidad d. El lugar de trabajo del becario será la dependencia de la Universidad Nacional de General San Martín donde el Director realice sus investigaciones o el lugar que figure en el plan de trabajo aprobado. Artículo 16. Son derechos del becario: a. Desarrollar actividades relacionadas con su formación, que sus Directores consideren necesarias, tales como cursos, pasantías u otras actividades académicas. b. Percibir la asignación mensual que establezca la Secretaría de Ciencia y Tecnología. c. Acceder libremente a las diversas fuentes de información con que cuente la Universidad Nacional de General San Martín. DE LAS SANCIONES
4 Artículo 17. Los becarios y sus Directores suscribirán con la Comisión de Becas al comenzar el ejercicio de la Beca un compromiso en el cual constarán sus derechos y obligaciones. El incumplimiento por parte del becario de este Reglamento o del compromiso descripto, además de dar lugar a las acciones legales correspondientes, podrá originar su inhabilitación para el desempeño de cargos en esta Universidad, así como para la postulación para otra beca de esta Universidad. El incumplimiento por parte del Director de este Reglamento o del compromiso respectivo, podrá dar lugar a la caducidad de la Beca, además de su inhabilitación para dirigir a otros becarios. DE LAS SITUACIONES IMPREVISTAS Y DE LAS APELACIONES Artículo 18. Toda situación vinculada a las Becas objeto de este Reglamento no prevista en el mismo será resuelta, en primera instancia, por la Comisión de Becas. La instancia de apelación es el Rector de la Universidad, cuya resolución será inapelable. DEL CESE DE LA BECA Artículo 19. Se producirá por: a. Término del periodo de beca; b. Solicitud justificada del becario; c. Comisión de faltas graves por parte del becario; d. Reincidencia en la comisión de faltas simples; e. Falsedad de datos suministrados al ingreso; f. Falta de aptitud; g. Razones de mejor servicio, calificados por autoridad competente; h. Incumplimiento de las obligaciones fijadas en este Reglamento. PARTE 2. BECAS DEL PROGRAMA UNIVERSIDAD-EMPRESA FINANCIACION Y DURACIÓN Artículo 20. Las becas para participantes del Programa Universidad-Empresa serán solventadas y tendrán una duración, según lo estipulado en cada caso por el Convenio, Contrato o Acuerdo específico que celebre la Universidad Nacional de General San Martín con terceros. CONDICIONES DE ACCESO Artículo 21. Podrán aspirar a las Becas los DOCENTES Y ALUMNOS de esta Universidad que desempeñen tareas específicamente establecidas por el Convenio, Contrato o Acuerdo que celebre la Universidad Nacional de General San Martín con terceros.
5 Artículo 22. El Responsable (según lo define el 'Instructivo de Procedimientos Básicos del programa Universidad-Empresa') deberá formular un plan de trabajo que contemple las tareas que deberá realizar el becario. Artículo 23. Restricciones: No podrán aspirar a las Becas, o las mismas serán dejadas sin efecto si ya se hubieran concedido, aquellos que: a. hubiesen sufrido condena por hechos dolosos de cualquier naturaleza infamante, o por delito patrimonial contra la Administración Pública. b. sean fallidos o estén concursados civilmente hasta que no obtengan rehabilitación o con proceso criminal pendiente c. estén inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos, durante el término de la inhabilitación, o hayan sido exonerados. EVALUACIÓN Y ORGANOS INTERVINIENTES Artículo 24. La evaluación de las solicitudes de Becas será realizada por el Secretario de Ciencia y Tecnología, quien podrá eventualmente nombrar una Comisión ad hoc de especialistas para que recomienden la aprobación o desaprobación de la Solicitud de Beca. Artículo 25. Los criterios en cuanto a los tipos de Becas, renovación de las mismas y áreas prioritarias se fijarán en un todo de acuerdo con los respectivos Convenios, Contratos o Acuerdos específicos. DE LAS SANCIONES Artículo 26. El incumplimiento por parte del becario de este Reglamento o del compromiso que asumió con el Programa Universidad-Empresa, además de dar lugar a las acciones legales correspondientes, podrá originar su inhabilitación para el desempeño de cargos en esta Universidad, así como para la postulación para otra beca de esta Universidad. DE LAS SITUACIONES IMPREVISTAS Y DE LAS APELACIONES Artículo 27. Toda situación vinculada a las Becas objeto de este Reglamento no prevista en el mismo será resuelta, en primera instancia, por el Secretario de Ciencia y Tecnología. La instancia de apelación es el Rector de la Universidad, cuya resolución será inapelable. DEL CESE DE LA BECA Artículo 28. Se producirá por: a. Término del periodo de beca; b. Solicitud justificada del becario; c. Comisión de faltas graves por parte del becario; d. Reincidencia en la comisión de faltas simples; e. Falsedad de datos suministrados al ingreso; f. Falta de aptitud;
6 g. Razones de mejor servicio, calificadas por autoridad competente; h. Incumplimiento de las obligaciones fijadas en este Reglamento.
BECAS DE INVESTIGACIÓN PUENTE 2014
BECAS DE INVESTIGACIÓN PUENTE 2014 Bases 1. Disposición general, duración y monto de las becas 1.1. La presente convocatoria de becas de investigación está destinada a contribuir a la formación de doctorandos
Más detallesBECAS DE INVESTIGACIÓN 2018 PUENTE Bases
BECAS DE INVESTIGACIÓN 2018 PUENTE 2018 Bases 1. Disposición general, duración y monto de las becas 1.1. La presente convocatoria de becas de investigación está destinada a contribuir a la formación de
Más detallesOrdenanza IUNA - Nº 0021
Buenos Aires Ordenanza IUNA - Nº 0021 Visto que el Consejo Superior del INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DEL ARTE en su sesión del día 12 de junio de 2014 dio tratamiento al Despacho de la Comisión de
Más detallesREGLAMENTO PARA BECAS DE INVESTIGACIÓN Resolución (CS) 1548/98 1
REGLAMENTO PARA BECAS DE INVESTIGACIÓN Resolución (CS) 1548/98 1 Visto el proyecto elevado por el Rectorado de la Universidad de Buenos Aires y la Resolución (CS) 1602/95 que establece el reglamento de
Más detallesBECAS DE INVESTIGACIÓN DE POSDOCTORADO Secretaría de Investigación - UNSAM Instituto del Transporte
CONVOCATORIA BECAS DE INVESTIGACIÓN DE POSDOCTORADO 2017-2019 Secretaría de Investigación - UNSAM Instituto del Transporte 1. Antecedentes El Instituto del Transporte (IT) de la Universidad Nacional de
Más detallesBECAS DE INVESTIGACIÓN DE POSDOCTORADO Secretaría de Investigación - UNSAM Instituto del Transporte
CONVOCATORIA BECAS DE INVESTIGACIÓN DE POSDOCTORADO 2017-2019 Secretaría de Investigación - UNSAM Instituto del Transporte 1. Antecedentes El Instituto del Transporte (IT) de la Universidad Nacional de
Más detallesPrograma de Becas de Iniciación a la Investigación para estudiantes de Carreras de Grado de la Universidad Nacional del Litoral.
Programa de Becas de Iniciación a la Investigación para estudiantes de Carreras de Grado de la Universidad Nacional del Litoral. Reglamento OBJETIVOS Artículo 1º: La Universidad Nacional del Litoral otorgará
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE GRADO Y POSTGRADO OTORGADAS POR LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE GRADO Y POSTGRADO OTORGADAS POR LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY REGLAMENTO AD HOC PARA BECAS DEL ÁREA HIDROLOGÍA CONVOCATORIA 2017 I) Disposiciones generales del
Más detallesVISTO el Reglamento de Becas vigente aprobado por resoluciones (CS) nº 5134/2008 y nº 5327/2008, y. Por ello, y en usos de sus atribuciones
Buenos Aires, 14 de noviembre de 2012 VISTO el Reglamento de Becas vigente aprobado por resoluciones (CS) nº 5134/2008 y nº 5327/2008, y CONSIDERANDO Que las becas de investigación han permitido promover,
Más detallesPROGRAMA DE BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES DE CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL
1 PROGRAMA DE BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES DE CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL PAUTAS PARA LA CONVOCATORIA 2011 La Universidad Nacional del Litoral (UNL)
Más detallesinnovación a través del fortalecimiento de la formación de recursos humanos como un componente significativo para mejorar la calidad académica.
Buenos Aires, 14 de marzo de 2013 VISTO la Resolución N 47/2009 mediante la cual el Consejo Superior aprueba la creación del Programa de Becas Bicentenario de Investigación y Posgrado de la Universidad
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS Universidad Nacional de Hurlingham
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS Universidad Nacional de Hurlingham CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Las Becas Universitarias de la Universidad Nacional de Hurlingham tienen por
Más detallesReglamento de Becas de Investigación
Reglamento de Becas de Investigación Secretaría de Ciencia y Técnica Universidad de Buenos Aires Índice Título I... 4 Disposiciones generales... 4 Capítulo I... 4 ARTÍCULO 1º.- Objeto... 4 ARTÍCULO 2º.-
Más detallesConvenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado
Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado La Universidad de Buenos Aires mediante Resolución (CS) Nº.., dictada por el Consejo Superior el día de de 20., ha adjudicado a... DNI Nº...
Más detallesConvenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado
Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado La Universidad de Buenos Aires mediante Resolución (CS) Nº 7117/13, dictada por el Consejo Superior el día 10 de julio de 2013, ha adjudicado
Más detallesBECAS DE FORMACIÓN DE DOCTORES PARA FORTALECER LAS AREAS DE I+D+i CONVOCATORIA 2017
RESOLUCIÓN Nº 3/2017 ANEXO I BECAS DE FORMACIÓN DE DOCTORES PARA FORTALECER LAS AREAS DE I+D+i CONVOCATORIA 2017 1. Finalidad. La Convocatoria 2017 Becas de formación de doctores para fortalecer las áreas
Más detallesConvenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado
Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Doctorado La Universidad de Buenos Aires mediante Resolución (CS) Nº.., dictada por el Consejo Superior el día de de 20., ha adjudicado a... DNI Nº...
Más detallesANEXO IV REGLAMENTO DE BECAS DE AUXILIAR EN INVESTIGACIÓN
ANEXO IV REGLAMENTO DE BECAS DE AUXILIAR EN INVESTIGACIÓN Artículo 1º: La Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Misiones otorgará becas denominadas Auxiliar en Investigación, con
Más detallesEXP-UBA: /2018. Buenos Aires, 12 de septiembre de 2018
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2018 VISTO la reglamentación vigente de becas de investigación para estudiantes y graduados de esta Universidad según Resolución (CS) Nº 5134/08 y las Resoluciones (CS)
Más detallesCapítulo I Disposiciones Fundamentales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2068, Ordinaria, celebrada el día 03 de Noviembre de dos mil diez y en uso de las atribuciones legales
Más detallesConvenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Maestría
Convenio de Becas de Investigación Categoría Becas de Maestría La Universidad de Buenos Aires mediante Resolución (CS) Nº., dictada por el Consejo Superior el.de.de 201.,ha adjudicado a..., DNI Nº...,
Más detallesBases de la Convocatoria a Becas Científico-Tecnológicas (Becas CyT) de maestría para docentes de la UNPAZ
Bases de la Convocatoria a Becas Científico-Tecnológicas (Becas CyT) de maestría para docentes de la UNPAZ La Universidad Nacional de José Clemente Paz convoca a docentes del Departamento de Ciencias de
Más detallesReglamento Interno del Programa de Becas de la DGTIC
Reglamento Interno del Programa de Becas de la DGTIC CAPÍTULO V DE LOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA Artículo 18. El prebecario es el alumno o estudiante, que participa en la primera etapa del proceso de
Más detallesSANTA FE, 17 de diciembre de 2009.
SANTA FE, 17 de diciembre de 2009. VISTO la Resolución Rectoral Nº. 99/05, en la que se crea la figura de Tutor de Sistema en el marco del Programa de Educación a Distancia de la Universidad Nacional del
Más detallesSistema de Becas de Investigación y Posgrado
Sistema de Becas de Investigación y Posgrado La presente normativa reglamenta la convocatoria, llamado a concurso, evaluación de antecedentes, orden de méritos, asignación y cesación de becas de investigación
Más detalles2007 Año de la Seguridad Vial. MENDOZA, 29 de noviembre de 2007 VISTO:
MENDOZA, 29 de noviembre de 2007 VISTO: El Expediente Nº 92-566/2007, donde la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado del eleva el Proyecto de modificación de la Ordenanza Nº 98/2005-C.S., que aprueba
Más detallesGOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL TÉRMINOS DE REFERENCIA
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL TÉRMINOS DE REFERENCIA DE LA CONVOCATORIA PARA ESTANCIAS POSDOCTORALES EN INSTITUCIONES ACADÉMICAS O DE
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA - BIENESTAR ESTUDIANTIL
REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA - BIENESTAR ESTUDIANTIL CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.-
Más detallesc)designado transitoriamente en cargo con funciones ejecutivas.
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Anexo Número: Referencia: Expte. Nº 2017-30220271-APN-GA#SSN ANEXO I REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN Y SEGUIMIENTO DE
Más detallesMunicipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Medio
Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación Programa de Becas Estudiantiles Nivel Medio Capítulo I Objetivos Artículo 1. Objetivos. El programa de estudiantiles para el nivel Medio de la
Más detallesEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES R E S U E L V E:
QUILMES, 31 de marzo de 2010. VISTO el Expediente Nº 827-0392/08, el Estatuto de la Universidad Nacional de Quilmes, la Resolución (CS) Nº 363/07 que aprueba la Planta Normativa Docente de la Universidad
Más detallesPROGRAMA DE FORMACIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA
PROGRAMA DE FORMACIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA 1. BECAS PARA ALUMNOS EL PROGRAMA Artículo 1: Objetivo. Desarrollar actividades de investigación
Más detallesReglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral
Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral ARTÍCULO 1: OBJETO. La Universidad Nacional del Litoral, otorgará becas para estudiantes de escasos recursos a los fines de: Posibilitar
Más detallesFUNDACIÓN VIDA PARA LOS NUEVOS DESAFÍOS
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CAPITULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 1.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a las Becas y/u otro beneficio económico para la realización de las diferentes
Más detallesVISTO el Expediente N, Resolución (CS) N : 247/05, Resolución (CS) Nº: 097/09, y
QUILMES, de junio de 2013 VISTO el Expediente N, Resolución (CS) N : 247/05, Resolución (CS) Nº: 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de profesionales e investigadores.
Más detallesQUILMES, 30 de mayo de 2012.
QUILMES, 30 de mayo de 2012. VISTO el Expediente Nº 827-0685/12, la Resolución (CS) Nº 116/10, por la que se aprobó el Reglamento del Programa de Becas de Formación en Docencia y Extensión o Formación
Más detallesBECAS BICENTENARIO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO. CONVOCATORIA 2009 FORMACION DE MAGISTER EN AREAS TECNOLÓGICAS PRIORITARIAS Resolución Nº 47/09 C.S.
BECAS BICENTENARIO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO Ministerio de Educación Universidad Tecnológica Nacional Rectorado CONVOCATORIA 2009 FORMACION DE MAGISTER EN AREAS TECNOLÓGICAS PRIORITARIAS Resolución Nº
Más detallesUNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ASISTENCIA FINANCIERA Y BECAS
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ASISTENCIA FINANCIERA Y BECAS Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS UNIVERSITARIOS Y NORMATIVA DIRECCIÓN DE ASISTENCIA FINANCIERA
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE (PROBEA)
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE (PROBEA) CAPITULO I: GENERALIDADES ARTÍCULO 1º.- La Secretaría General Académica planificará y dirigirá las acciones
Más detalles2008 año de la enseñanza de las ciencias
POSADAS, 30 de Abril de 2008 VISTO: La propuesta presentada por la Comisión de Investigación y Postgrado, Consejo de Investigación y Postgrado y Directores de Postgrados de esta Facultad, sobre normativas
Más detallesANEXO ÚNICO DE LA RESOLUCIÓN Nº 012/08 IUGR REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONÓMICA PARA ALUMNOS REGULARES DE CARRERAS DE GRADO
ANEXO ÚNICO DE LA RESOLUCIÓN Nº 012/08 IUGR REGLAMENTO DE BECAS DE AYUDA ECONÓMICA PARA ALUMNOS REGULARES DE CARRERAS DE GRADO Artículo 1: Objeto. El presente reglamento tiene por objeto regular el sistema
Más detallesMunicipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación. Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior Universitario REGLAMENTO GENERAL
Municipalidad de Lincoln Secretaría de Cultura y Educación Programa de Becas Estudiantiles Nivel Superior Universitario REGLAMENTO GENERAL Capítulo I Objetivos Artículo 1. Objetivos. El programa de becas
Más detallesUNJu. Que existe Crédito Presupuestario en la función Ciencia y Técnica F.F.16 por la suma Pesos CUATROCIENTOS MIL ($ ).
Res. 24-07 SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de marzo de 2007 VISTO el Expediente R-1236/2006, mediante el cual Rectorado solicita modificación del Artículo 4º del REGLAMENTO DE BECAS DE INICIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN
Más detallesBASES PARA LA CONVOCATORIA BECAS DE POSGRADO UNTREF. Plazo de Presentación de postulaciones: Del 29 de mayo al 30 de junio de 2017.
BASES PARA LA CONVOCATORIA BECAS DE POSGRADO UNTREF Plazo de Presentación de postulaciones: Del 29 de mayo al 30 de junio de 2017. La Universidad Nacional de Tres de Febrero llama a concurso de becas de
Más detallesREGLAMENTO RELATIVO A BECAS DE PERFECCIONAMIENTO EN EL PODER JUDICIAL
REGLAMENTO RELATIVO A BECAS DE PERFECCIONAMIENTO EN EL PODER JUDICIAL Acuerdo de Pleno de la Corte Suprema N 24-2012 de 21 de febrero de 2012. Modificado en Sesión N 519 del 05 de junio de 2014 Código
Más detallesPROGRAMA DE BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES DE CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL
1 PROGRAMA DE BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES DE CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL PAUTAS PARA LA CONVOCATORIA 2017 La Universidad Nacional del Litoral (UNL)
Más detallesEXP-UBA: /2018. Buenos Aires, 28 de noviembre de 2018
Buenos Aires, 28 de noviembre de 2018 VISTO la reglamentación de becas de investigación para estudiantes y graduados de esta Universidad, aprobada por la Resolución (CS) Nº 5134/08 que establece el Reglamento
Más detallesREGLAMENTO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA ASOCIACIÓN DE UNIVERSIDADES SUR ANDINA (AUSA)
REGLAMENTO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA ASOCIACIÓN DE UNIVERSIDADES SUR ANDINA (AUSA) Índice. Capítulo primero. De las disposiciones generales. Capítulo segundo. De la organización e instancias que intervienen
Más detallesINSTRUCTIVO Nº SOBRE LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA BECAS TRABAJOS DE LA UNET CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES
INSTRUCTIVO Nº 001-84 SOBRE LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA BECAS TRABAJOS DE LA UNET CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: ARTÍCULO 2: El Programa de Becas - Trabajos tiene como objetivos prioritarios:
Más detallesPor ello, y en uso de sus atribuciones EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2018 VISTO la reglamentación vigente de becas de investigación para estudiantes y graduados de esta Universidad, aprobada por la Resolución (CS) Nº 5762/2012, y CONSIDERANDO
Más detallesREGLAMENTO GENERAL LÍNEA ARGENTINA BECA POSGRADOS (ARBEC POSGRADOS). CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES.
REGLAMENTO GENERAL LÍNEA ARGENTINA BECA POSGRADOS (ARBEC POSGRADOS). CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1º.- El presente reglamento establece el procedimiento y condiciones de otorgamiento de
Más detallesGOBIERNO DEL DISTRITO FEDRAL
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDRAL SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL CONVOCATORIA PARA ESTANCIAS POSDOCTORALES EN INSTITUCIONES ACADÉMICAS CON SEDE EN EUROPA Y AMÉRICA Con el
Más detallesVISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y
QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL
REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL ARTÍCULO 1 - OBJETO La Universidad Nacional del Litoral, otorgará becas para estudiantes en situación de vulnerabilidad socioeconómica
Más detallesMinisterio de Educación, Secretaría de Políticas Universitarias
ANEXO I PROGRAMA DE BECAS PARA LA FINALIZACION DE TESIS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE UNIVERSIDADES NACIONALES (PROFITE) BASES Y CONDICIONES OBJETIVOS EL PROGRAMA DE BECAS PARA LA FINALIZACION DE TESIS
Más detallesPROGRAMA DE FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN INVESTIGACIÓN
PROGRAMA DE FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN INVESTIGACIÓN FUNDAMENTOS La Investigación es una función de absoluta pertinencia de la Universidad en tanto constituye un vector de producción y desarrollo
Más detallesQUIÉNES PUEDEN POSTULARSE?
Convocatoria de la Universidad de Buenos Aires para el Programa de Movilidad en el Posgrado - Red de Macrouniversidades Públicas de América Latina y el Caribe, VIII Edición La Secretaría de Relaciones
Más detallesGERENCIA CORPORATIVA REGLAMENTO DE BECAS Quinta versión
GERENCIA CORPORATIVA REGLAMENTO DE BECAS Quinta versión Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario de fecha 15 de setiembre de 2012 CHIMBOTE - PERÚ Versión: 005 Cód.: GCORP-RB. F. Implementación: 15-09-12
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO GRUPO EDUCACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y COMERCIO CURICÓ
REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO GRUPO EDUCACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y COMERCIO CURICÓ VERSIÓN 2015 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. III. IV. ANTECEDENTES LEGALES BENEFICIARIO
Más detallesFUNDACION ARGENINTA REGLAMENTO DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL DEL GRUPO INTA CAPITULO I GENERALIDADES
FUNDACION ARGENINTA REGLAMENTO DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL DEL GRUPO INTA CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1. La Fundación Argenlnta, concederá becas destinadas a financiar la formación superior
Más detallesSPE de Argentina Asociación Civil
SPE de Argentina Asociación Civil COMITÉ DE ASUNTOS ESTUDIANTILES REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTILES SPEA PAE -Modificado- 1 de Septiembre de 2017 Reglamento Becas de la SPE de Argentina Asociación
Más detalles:----. los distintos tipos de Becas para alumnos de la Universidad.
le Q ' cmtaájfdt dt EGIST,--,. DIRECTORAAPOVO CONSEJO SUf'!f :AIOR :----. Buenos Aires, 13 de diciembre de 2006 VISTO la Ordenanza N 713 que reglamenta el Régimen General de Becas en la Universidad Tecnológica
Más detallesCENTRO DE INVESTIGACIÓN EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA ING. JORGE L. TAMAYO, A.C.
NUMERO DE PÁGINA 1 CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA ING. JORGE L. TAMAYO, A.C. REGLAMENTO DE BECAS DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA, ING. JORGE L. TAMAYO, A.C., A QUIEN
Más detallesC O N V O C A B A S E S
CE:203/F/083/17 BECAS DE El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), con fundamento en lo establecido en los numerales 5, 5.1, 5.2, 8 y 8.1 fracción
Más detallesAnexo I Resolución (CS) N 28/2017 Programa Único de Becas de la Universidad Nacional de San Antonio de Areco (PUBU)
Anexo I Resolución (CS) N 28/2017 Programa Único de Becas de la Universidad Nacional de San Antonio de Areco (PUBU) FUNDAMENTOS La Universidad Nacional de San Antonio de Areco (UNSAdA) se crea con el objetivo
Más detallesQue es necesario contar con el recurso humano calificado ejecución de los mencionados programas y proyectos.
Res. H.C.S. N": ctent >- íeaenfot-y oumüro- Resolución H.C.S. N^. Santiago del Estero, 08 de Septiembre de 2011 164 CUDAP EXPIE. MGE N : 2532/2011 (Expte. 0874/201 ly4233/2010) VISTO: La necesidad de incorporar
Más detallesReglamento de Becas UNLaR
Reglamento de Becas UNLaR ARTÍCULO 1: Las Becas tienen por finalidad facilitar la prosecución de los estudios universitarios a aquellos/as Estudiantes que observen un buen nivel académico y regularidad
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2016 RENOVACIÓN
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2016 RENOVACIÓN El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales
Más detallesBECAS Financiadas en el marco de Proyectos del FONCyT REGLAMENTO
ANEXO I BECAS Financiadas en el marco de Proyectos del FONCyT Las becas otorgadas a través de los subsidios asignados a los proyectos de investigación financiados por la ANPCyT, están orientadas a la formación
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO
REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO Actualización Agosto 2017 REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1. - Art. 2º.- Art. 3º.- Art. 4º- Art. 5º.- Art. 6º.-
Más detallesMODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE BECAS DOCTORALES COFINANCIADAS
Acta 1450 Anexo X MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE BECAS DOCTORALES COFINANCIADAS Deviene necesario propiciar la modificación del reglamento de Becas Doctorales en Temas Prioritarios, cofinanciadas entre
Más detallesFORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA
FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA 2014-2015 Fecha de apertura de la convocatoria: 10 de octubre de 2014. Fecha de
Más detallesPROGRAMA DE PROFESORES VISITANTES
DIRECCIÓN EJECUTIVA COMITÉ EJECUTIVO UNIVERSIDAD DE CHILE INICIATIVA BICENTENARIO DE REVITALIZACION DE LAS HUMANIDADES, LAS ARTES, LAS CIENCIAS SOCIALES Y CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN UN PROYECTO PARA CHILE
Más detallesLegislación Universitaria. Reglamento del Programa de Desarrollo del Personal Académico a través de Estudios de Posgrado
Legislación Universitaria Reglamento del Programa de Desarrollo del Personal Académico a través de Estudios de Posgrado Índice Capítulo I Disposiciones generales Capítulo II De los apoyos Capítulo III
Más detallesPROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017
PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017 REGLAMENTO GENERAL Artículo 1 : Las becas para estudiantes universitarios previstas en el presente REGLAMENTO
Más detallesEl CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL ACUERDA:
Comisión de Posgrado BASES PARA LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO DE FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (PERHID). Modificación de la componente 111 -movilidad. Acuerdo Plenario
Más detallesBECAS DE EDUCACIÓN DUAL
CE:203/F/011/16 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL SEGUNDA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), de conformidad con lo
Más detallesORDENANZA Nº: PARANÁ, 12 DE ABRIL DE 2005
PARANÁ, 12 DE ABRIL DE 2005 VISTO: La necesidad de implementar un sistema de becas para el cursado de Carreras de Posgrado y la normativa que sustente el mismo; y CONSIDERANDO: Que revisten fundamental
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BECAS Que la Universidad Tecnológica de Tehuacán es un organismo público descentralizado del gobierno del estado de puebla, con personalidad jurídica y patrimonio propios, según el Decreto
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2018 RENOVACIÓN
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2018 RENOVACIÓN El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) de conformidad con lo establecido
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE BECAS COMPLEMENTARIAS PARA ESTUDIANTES DE POSGRADO. CAPITULO I. Disposiciones Generales
REGLAMENTO INTERNO DE BECAS COMPLEMENTARIAS PARA ESTUDIANTES DE POSGRADO CAPITULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. Artículo 2. El presente Reglamento establece las bases y fija los lineamientos para
Más detallesMinisterio de Educación
ANEXO I PROGRAMA DE BECAS PARA LA FINALIZACION DE TESIS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE UNIVERSIDADES NACIONALES (PROFITE) BASES Y CONDICIONES OBJETIVOS El PROGRAMA DE BECAS PARA LA FINALIZACION DE TESIS
Más detallesReglas de Operación de los Órganos Operativos de Becas, Estímulos y Otros Medios de Apoyo CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES MARCO JURÍDICO
Reglas de Operación de los Órganos Operativos de Becas, Estímulos y Otros Medios de Apoyo CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES MARCO JURÍDICO Las bases jurídicas y administrativas se encuentran determinadas
Más detallesANEXO I BASES Y CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA IDA Y VUELTA. Dirección de Investigación Cultural. Subsecretaría de Gestión Patrimonial
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Anexo Número: Referencia: EXP-MCN N 8632/16 ANEXO I BASES Y CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA IDA Y VUELTA Dirección de
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO Convocatoria de Ingreso al Programa de Becas del Doctorado en Ciencias de la Administración
Más detallesUniversidad Nacional Autónoma de México Secretaría General Dirección General de Asuntos del Personal Académico
Universidad Nacional Autónoma de México Secretaría General Dirección General de Asuntos del Personal Académico Reglas de Operación del Programa de Becas Posdoctorales en la UNAM 2011 I. Objetivo 1. Fortalecer
Más detallesBases del Fondo Concursable Marco Polo
Bases del Fondo Concursable Marco Polo 1. Presentación El Fondo Concursable Marco Polo fue creado en el 2011 por iniciativa de la Escuela de Posgrado. Las estancias de investigación, la divulgación de
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO Aprobado por Resolución de Consejo Superior Nº 13/06 del 28 de junio de
REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO Aprobado por Resolución de Consejo Superior Nº 13/06 del 28 de junio de 2006.- ARTÍCULO 1º: ÁMBITO DE APLICACIÓN Las disposiciones de este Reglamento se aplicarán a las
Más detallesPROGRAMA INSTITUCIONAL DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL EN TRABAJO SOCIAL
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL EN TRABAJO SOCIAL Reglamentación interna i Artículo 1º: El Programa de Formación y Experiencia Laboral en Trabajo Social está orientado a complementar
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS INTERNAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN EN LA U.N.S. PARA EGRESADOS
REGLAMENTO DE BECAS INTERNAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN EN LA U.N.S. PARA EGRESADOS (resoluciones CSU-593/04, CSU 082/08, CSU-642/08 y CSU-360/12) CAPITULO I - DEFINICION Y LLAMADO A CONCURSO ARTICULO
Más detallesBases del programa de Becas FUNIBER-Residencia de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2018/2019
La Universidad Europea del Atlántico, en adelante UNEATLANTICO, tiene fijado como uno de sus objetivos principales la internacionalización de su alumnado, para lograr aunar en su Campus de Santander, a
Más detalles