NORMAS LEGALES. Sumario PODER EJECUTIVO. Año XXIX - Nº EDUCACION

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1 AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Año XXIX - Nº Sumario PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N PCM.- Autorizan viaje de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social a los EE.UU. y encargan su Despacho a la Ministra de Educación Res. N PCM/SD.- Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur - MAMUAS Res. N PCM/SD.- Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan Res. N PCM/SD.- Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central Res. N PCM/SD.- Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja Res. N PCM/SD.- Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Cuenca del Río Cumbaza AGRICULTURA R.M. N AG.- Aceptan renuncia de Asesora de la Alta Dirección del Ministerio DEFENSA R.S. N DE/.- Modifi can el Artículo 1 de la Resolución Suprema N DE R.M. N DE/SG.- Designan responsables para el manejo de las Cuentas Bancarias de la Unidad Ejecutora 009: Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas de la Dirección General Previsional del Ministerio de Defensa R.M. N DE/MGP.- Aceptan y aprueban donación efectuada al Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, para ser usada en el apoyo de entrenamiento del despliegue de submarino peruano DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL R.M. N MIDIS.- Designan Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio ECONOMIA Y FINANZAS R.S. N EF.- Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores EDUCACION R.M. N ED.- Aprueban Directiva Procedimiento para la atención de denuncias contra servidores y funcionarios del Sector Educación R.M. N ED.- Designan Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, dependiente de la Secretaría General del Ministerio Res. N SINEACE/P.- Ofi cializan la autorización y registro de Gestión Medioambiental para la Agricultura del Perú - GEMA como Entidad Certifi cadora de productores de plantones de café otorgada por el Directorio del IPEBA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES R.M. N MIMP.- Aceptan renuncia de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RR.MM. N s. 023 y MIMP.- Designan Asesoras del Despacho Viceministerial de la Mujer PRODUCE R.S. N PRODUCE.- Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del SENAMHI R.S. N PRODUCE.- Crean el Premio Nacional a la Micro y Pequeña Empresa - MYPE para la Inclusión Productiva R.M. N PRODUCE.- Dan por concluida designación de representante del Ministerio ante los Núcleos Ejecutores de Compras de Uniformes, Chompas y Buzos y de Distribución RELACIONES EXTERIORES D.S. N RE.- Ratifi can la Enmienda al Artículo 38 de los Estatutos de la Organización Mundial de Turismo (OMT) aprobada mediante Resolución A/RES/521(XVII) adoptada por la Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo RR.SS. N s. 023 y RE.- Nombran Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios del Perú en Colombia e Indonesia R.S. N RE.- Cancela Exequátur que reconoce a Cónsul Ad Honorem de Polonia en el Callao R.S. N RE.- Autorizan a la Presidencia del Consejo de Ministros efectuar pago de contribución al CLAD R.M. N 0072/RE Designan representante del Ministerio ante la Comisión Multisectorial encargada de coadyuvar en el diseño del planteamiento de la defensa y estrategia jurídica a seguir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el Caso

2 El Peruano SALUD R.M. N /MINSA.- Designan funcionarios en el Hospital María Auxiliadora, Dirección de Salud II Lima Sur R.M. N /MINSA.- Aceptan renuncia de Coordinadora Técnica de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio R.M. N /MINSA.- Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora Ejecutiva de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración del Ministerio R.M. N /MINSA.- Designan Director General de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio R.M. N /MINSA.- Designan Supervisor Administrativo de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración del Ministerio R.M. N /MINSA.- Designan Directores Ejecutivos de las Ofi cinas de Proyectos de Inversión y de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. N MTC/02.- Aprueban valuaciones comerciales de predios afectados por el Proyecto Construcción de la Extensión del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, ubicados en la provincia de Lima R.M. N MTC/02.- Reclasifi can temporalmente jerarquía de tramo de la Ruta Nacional PE-20 como Ruta Departamental o Regional correspondiente a la Red Vial a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao RR.MM. N s. 061 y MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Bolivia R.D. N MTC/15.- Autorizan a la empresa Escuela de Brevetes Profesionales Inversiones Damcohua S.A.C. para impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir R.D. N MTC/15.- Autorizan a la empresa Centro de Capacitación Profesional Ingenieros Sociedad Anónima Cerrada - CCP Ingenieros S.A.C. cambiar ubicación de local situado en el departamento de Junín R.D. N MTC/12.- Otorgan permiso de operación de aviación comercial a la compañía Aero Transporte S.A R.D. N MTC/15.- Autorizan a la escuela de conductores integrales Centro de Educación Técnico Productiva Honorio Delgado Espinoza E.I.R.L. impartir cursos de capacitación ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ R.D. N BNP.- Encargan funciones en Direcciones Ejecutivas de los Órganos de Línea de la Biblioteca Nacional del Perú R.D. N BNP.- Designan personal de confi anza encargado de las funciones y responsabilidades de Asesor de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION RR. N s. 019 y Dan por concluida designación de Gerente de Formación Profesional y Asesor Técnico del SENCICO Res. N Designan Gerente de Formación Profesional ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N OS-CD.- Modifi can Anexos del Reglamento del Registro de Hidrocarburos ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Res. N SERNANP.- Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Tumbes, período SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Fe de Erratas Anexo-Res. N SUNARP/SA PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. N CE-PJ.- Crean Juzgado de Paz de Única Nominación en el Caserío Sexe, Distrito Judicial de Cajamarca Res. Adm. N CE-PJ.- Crean Juzgado de Paz en el Caserío Topa, Distrito Judicial de Huánuco Res. Adm. N CE-PJ.- Crean Juzgados de Paz en el distrito de Leonardo Ortiz, Distrito Judicial de Lambayeque Res. Adm. N CE-PJ.- Crean Juzgado de Paz en el Anexo Tarucamarca, Distrito Judicial de Arequipa Res. Adm. N CE-PJ.- Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del Callao, Cusco, Lima, Lima Norte y Lima Sur ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. N P/JNE.- Designan responsables de brindar información requerida por los ciudadanos Res. N P/JNE.- Aprueban el Plan Operativo Institucional 2012 del JNE Res. N P/JNE.- Aprueban Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del JNE correspondiente al ejercicio presupuestal MINISTERIO PUBLICO RR. N s. 342, 343, 344, 345, 346 y MP-FN.- Nombran fi scales en los Distritos Judiciales de Lima, Amazonas, Cajamarca, Huánuco y Huancavelica

3 El Peruano SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC Cusco S.A. el cierre de agencia ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima Res. N Autorizan a la Financiera Confi anza S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima Res. N Autorizan al Banco de la Nación a operar con Cajeros Corresponsales denominados Agente Multired Res. N Autorizan a Scotiabank Perú S.A.A. el cierre de agencia ubicada en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima Res. N Autorizan viaje de funcionarios para participar en eventos a realizarse en Francia Res. N Autorizan viaje de funcionario a Chile para participar en evento del GAFISUD Circular N AFP Actualización del capital mínimo de las AFP para el año GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Acuerdo N /GRP-CR.- Aprueban Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Huancabamba y el Gobierno Regional Piura GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Acuerdo N GRU/CR.- Eligen Consejero Delegado para el período GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA D.A. N MDC.- Aprueban actualización y modifi cación del Porcentaje UIT de los Derechos de Tramitación contenidos en el TUPA-2011 de la Municipalidad MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza N 491-MDMM.- Exoneran de pago de arbitrios correspondientes al año 2012 a personas con discapacidad PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. N MPC-AL.- Prorrogan vencimiento de la primera cuota de los Arbitrios Municipales MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Ordenanza N MPT.- Aprueban el Reglamento de Desarrollo Urbano de la Provincia de Trujillo PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social a los EE.UU. y encargan su Despacho a la Ministra de Educación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº PCM Lima, 7 de febrero de 2012 Que, mediante carta de fecha 24 de enero de 2012, el Director de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo (USAID/PERÚ), formuló invitación a la Ministra de Estado del Despacho de Desarrollo e Inclusión Social a participar en una visita del 20 al 23 de febrero de 2012, en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, con la fi nalidad de conocer los diferentes programas de inclusión social; Que, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) es una agencia independiente del gobierno federal que sigue los lineamientos de política exterior global de la Secretaría de Estado, proporcionando asistencia económica, asistencia para el desarrollo y asistencia humanitaria a nivel mundial en apoyo a los objetivos de política exterior de los Estados Unidos de América; Que, resulta importante la concurrencia de la Ministra de Estado del Despacho de Desarrollo e Inclusión Social a la precitada visita, toda vez que la misma permitirá fortalecer los vínculos y las relaciones bilaterales entre ambos países, así como la cooperación internacional en materia de inclusión social, además de permitir encuentros bilaterales con altas autoridades de ese país; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje de la Ministra de Estado del Despacho de Desarrollo e Inclusión Social a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el cual no irrogará gastos al Estado; Que, es necesario encargar la cartera de Desarrollo e Inclusión Social, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo establecido en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y la Ley N 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Carolina Trivelli Ávila, Ministra de Estado en la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 20 al 23 de febrero de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social a la señora Emma Patricia Salas O Brien, Ministra de Educación, a partir del 20 de febrero de 2012 y en tanto dure la ausencia de su Titular. Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros

4 El Peruano Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº PCM/SD Lima, 26 de enero de 2012 VISTOS: Los oficios Nº MDJ/H y N MAMUAS/ PCD; la Ordenanza Municipal Nº /MDSTP-CM, de la Municipalidad Distrital de Santo Tomás de Pata; la Ordenanza Municipal Nº /MDJ-CM, de la Municipalidad Distrital de Julcamarca; y la Ordenanza Municipal Nº /MDSAA- CM, de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Antaparco; el Informe Técnico de Viabilidad de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS; el Acta de Constitución de fecha 04 de octubre de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS; y el Informe Nº PCM/SD- OGI-NCHL; y, Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Julcamarca, Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, solicita su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, se encuentra integrada por las Municipalidades Distritales de Julcamarca, Santo Tomás de Pata y San Antonio de Antaparco, ubicadas en la provincia de Angaraes, en el departamento de Huancavelica; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos, presentado por la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, comprende en forma conjunta a las municipalidades que la integran, y constituye el sustento de las decisiones sobre la constitución de la referida mancomunidad municipal, adoptadas por los alcaldes y concejos municipales respectivos; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS: a) Prestación de servicios sociales y públicos: Promover la participación vecinal en el desarrollo local, Fomento del turismo local sostenible, Prestación del servicio de limpieza pública, Fomento de la inversión privada y promoción del empleo, y Prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe; y b) Ejecución de proyectos de educación, transportes, saneamiento básico, productivo y Agropecuario. Que, el Estatuto establece las funciones que las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, b) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión, y de protección a apoyo a la población en riesgo, c) Promover la construcción y mejoramiento de las infraestructuras productivas, d) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo; y e) Administrar el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Constitución de Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Julcamarca, Santo Tomás de Pata y San Antonio de Antaparco, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe de Vistos, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6 del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341; el Decreto Supremo N PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS; mancomunidad municipal distrital integrada por las Municipalidades Distritales de Julcamarca, Santo Tomás de Pata y San Antonio de Antaparco, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, como sigue: Presidente: Exaltación Laura Conga, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Julcamarca Director: Valeriano Máximo Rojas Sánchez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santo Tomás de Pata. Director: Urbano Gregorio Ircañaupa Huarcaya, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Antaparco. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal Angaraes Sur MAMUAS, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. PEDRO ALBERTO CARLOS MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización

5 El Peruano Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº PCM/SD Lima, 26 de enero de 2012 VISTOS: Los ofi cios Nº MMChPK/PCD y Nº MMChPK/PCD; la Ordenanza Municipal Nº MDO/ P, de la Municipalidad Distrital de Omacha; la Ordenanza Municipal Nº MDA/P, de la Municipalidad Distrital de Accha; la Ordenanza Municipal Nº MDP/A, de la Municipalidad Distrital de Pillpinto; la Ordenanza Municipal Nº MDC-CH, de la Municipalidad Distrital de Colquemarca; la Ordenanza Municipal Nº MDL- CH, de la Municipalidad Distrital de Livitaca; la Ordenanza Municipal Nº CM-MDCH-CH/C, de la Municipalidad Distrital de Chamaca; y la Ordenanza Municipal Nº / MDV-CH, de la Municipalidad Distrital de Velille; el Informe Técnico de Viabilidad de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan; el Acta de Constitución de fecha 08 de junio de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan; y el Informe Nº PCM/SD-OGI-NCHL; y, Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Velille, Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, solicita su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, se encuentra integrada por las municipalidades distritales de Colquemarca, Livitaca, Chamaca, y Velille, en la provincia de Chumbivilcas, y las municipalidades distritales de Pillpinto, Accha y Omacha, en la provincia de Paruro, departamento de Cusco; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos, presentado por la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, comprende en forma conjunta a las municipalidades que la integran, y constituye el sustento de las decisiones sobre la constitución de la referida mancomunidad municipal, adoptadas por los alcaldes y concejos municipales respectivos; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan: a) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial, b) Fomento de la inversión y promoción del empleo, c) Promover el desarrollo de capacidades humanas y la participación vecinal en el desarrollo local, d) Promover los corredores turísticos de la mancomunidad; e) Fomentar la seguridad y soberanía alimentaria; y f) Fomentar la producción de energías limpias. Que, el Estatuto establece las funciones que las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida de sus ciudadanos, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito, tales como vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación y obras similares en coordinación con las Municipalidades Provinciales de Chumbivilcas y Paruro, y el Gobierno Regional del Cusco, c) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo; y d) Reglamentar el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Constitución de Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Colquemarca, Livitaca, Chamaca, Velille, Pillpinto, Accha y Omacha, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe de Vistos, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6 del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341; el Decreto Supremo N PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan; mancomunidad municipal distrital integrada por las Municipalidades Distritales de Colquemarca, Livitaca, Chamaca, Velille, Pillpinto, Accha y Omacha, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, como sigue: Presidente: Efraín Mamani Castillo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Velille. Director: Ceferino Henry Romero Palma, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquemarca. Director: Domingo Salas Centeno, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chamaca. Director: David Barrientos Chávez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Accha. Director: Daniel Delgado Segura, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Omacha. Director: Daniel Rosa Delgado, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pillpinto. Director: Cirilo Huacho Mamani, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Livitaca.

6 Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal Ch umpiwillkaq - Paruroq Kallpan, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. PEDRO ALBERTO CARLOS MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº PCM/SD Lima, 26 de enero de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº MMLE-CC-P/CD; la Ordenanza Municipal Nº 283-MDA, de la Municipalidad Distrital de Ate; la Ordenanza Municipal Nº 252-MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; la Ordenanza Municipal Nº 00079/ MDSA, de la Municipalidad Distrital de Santa Anita; la Ordenanza Municipal Nº 503-MDEA, de la Municipalidad Distrital de El Agustino; y la Ordenanza Municipal Nº 165- MDL, de la Municipalidad Distrital de Lurigancho; el Informe Técnico de Viabilidad de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central; el Acta de Constitución de fecha 03 de noviembre de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central; y el Informe Nº PCM/SD-OGI-NCHL; y, Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, solicita su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, se encuentra integrada por las Municipalidades Distritales de Ate, Chaclacayo, El Agustino, Lurigancho y Santa Anita; El Peruano Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos, presentado por la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, comprende en forma conjunta a las municipalidades que la integran, y constituye el sustento de las decisiones sobre la constitución de la referida mancomunidad municipal, adoptadas por los alcaldes y concejos municipales respectivos; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central: a) El fomento y revalorización de los espacios turísticos, culturales, de recreación y esparcimiento, b) El desarrollo territorial y económico productivo para fomentar la competitividad de los servicios, c) La participación en la gestión ambiental para la conservación de la cuenca del río Rímac, las subcuencas y el paisaje cordillerano, d) La participación en el diseño e implementación de políticas públicas para la erradicación de la pobreza y la extrema pobreza, e) La promoción de la planificación del desarrollo urbano y rural, f) La seguridad ciudadana y promoción de una cultura de paz, y g) La modernización de la institucionalidad municipal en sus diferentes aspectos, incluyendo la conectividad a través de medios electrónicos e integrando digitalmente a los cinco distritos de la mancomunidad. Que, el Estatuto establece las funciones específicas exclusivas que las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central: a) Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca, en el ámbito de la Mancomunidad Municipal, b) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico e integral, c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales, d) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF, f) Organizar un servicio de serenazgo o vigilancia intermunicipal, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial. Asimismo, establece las funciones específicas compartidas que las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la Municipalidad Provincial y organismos regionales y nacionales competentes, b) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes, c) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad, d) Participar en el diseño, promoción y ejecución de programas y proyectos de lucha contra la pobreza, en especial contra la desnutrición infantil, en coordinación con la Municipalidad Provincial y el Gobierno Regional, e) Contribuir a la elaboración y aplicación de instrumentos de gestión ambiental, f) Promover la educación ambiental y vial, la participación ciudadana y una ciudadanía ambientalmente responsable; y g) Participar en la elaboración de los planes de gestión del recurso hídrico de la cuenca del río Rímac. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Constitución de Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Ate, Chaclacayo, El Agustino, Lurigancho y Santa Anita, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe de Vistos, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6 del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la

7 El Peruano Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341; el Decreto Supremo N PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central; mancomunidad municipal distrital integrada por las Municipalidades Distritales de Ate, Chaclacayo, El Agustino, Lurigancho y Santa Anita, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, como sigue: Presidente: Oscar Benavides Majino, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate. Director: Alfredo Enrique Valcárcel Cahen, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. Director: Víctor Modesto Salcedo Ríos, Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Director: Luis Fernando Bueno Quino, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurigancho. Directora: Leonor Chumbimune Cajahuaringa, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal Lima Este - Carretera Central, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. PEDRO ALBERTO CARLOS MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº PCM/SD Lima, 26 de enero de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº MMDQM/PDC; la Ordenanza Municipal Nº MDC, de la Municipalidad Distrital de Canchayllo; la Ordenanza Municipal Nº CM/MDC, de la Municipalidad Distrital de Curicaca; la Ordenanza Municipal Nº CM/MDP, de la Municipalidad Distrital de Paccha; y la Ordenanza Municipal Nº CM/MDLL, de la Municipalidad Distrital de Llocllapampa; el Informe Técnico de Viabilidad de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja; el Acta de Constitución de fecha 05 de noviembre de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja; y el Informe Nº PCM/SD-OGI-NCHL; y, Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Llocllapampa, Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, solicita su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, se encuentra integrada por las municipalidades distritales de Canchayllo, Curicaca, Llocllapampa, y Paccha, en la provincia de Jauja, departamento de Junín; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos, presentado por la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, comprende en forma conjunta a las municipalidades que la integran, y constituye el sustento de las decisiones sobre la constitución de la referida mancomunidad municipal, adoptadas por los alcaldes y concejos municipales respectivos; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja: a) Fomento de la competitividad, la inversión privada y la promoción del empleo a través de la ejecución de proyectos ecoturísticos, de producción agropecuaria, agroindustrial, forestal y transformación no metálica, b) Participación en la gestión ambiental para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, c) Promoción y ejecución de proyectos de infraestructura económica y social, de mayor impacto y cobertura, como saneamiento básico, d) Prestación de servicios de tratamiento de residuos sólidos, e) Promoción de la participación vecinal en el desarrollo local; y f) Fomento de la calidad de prestación de servicios públicos y sociales locales. Que, de acuerdo al Estatuto de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, las siguientes funciones: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, regional, nacional e internacional, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico interdistrital, b) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales de los distritos conformantes de la mancomunidad, c) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, d) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF, e) Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripción, en articulación con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participantes que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza y la desnutrición, f) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural proyectos de desarrollo económico, ecoturístico, de producción agropecuaria, agroindustrial, transformación no metálica y conservación del medio ambiente, saneamiento básico y relleno sanitario, g) Difundir programas de saneamiento ambiental, en coordinación con las

8 municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, h) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos y construcción de rellenos sanitarios, i) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, financiamiento y otros campos a fin de mejorar la competitividad; y j) Organizar, en coordinación con el respectivo gobierno regional y las municipalidades distritales de su jurisdicción, instancias de coordinación para promover el desarrollo económico local; aprovechando las ventajas comparativas y competitivas de los corredores productivos. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Constitución de Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Canchayllo, Curicaca, Llocllapampa, y Paccha, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe de Vistos, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6 del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341; el Decreto Supremo N PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja; mancomunidad municipal distrital integrada por las Municipalidades Distritales de Canchayllo, Curicaca, Llocllapampa, y Paccha, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, como sigue: Presidente: Edwin Fredy Zacarías Torres, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Llocllapampa. Director: Pablo Pedro Arias Atanacio, alcalde de la Municipalidad Distrital de Canchayllo. Director: Manolo Anibal Casas Contreras, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Curicaca. Director: Samuel Ángel Dávila Veliz, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccha. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal de la Quebrada del Mantaro Jauja, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El El Peruano Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. PEDRO ALBERTO CARLOS MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Cuenca del Río Cumbaza RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº PCM/SD Lima, 30 de enero de 2012 VISTOS: El Oficio N MMCC/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº MPL de la Municipalidad Provincial Lamas; la Ordenanza Municipal Nº MPSM de la Municipalidad Provincial San Martín; la Ordenanza Municipal Nº MDC de la Municipalidad Distrital de Cacatachi; la Ordenanza Municipal Nº M.D.J.G. de la Municipalidad Distrital de Juan Guerra; la Ordenanza Municipal Nº MDBSH de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo; la Ordenanza Municipal Nº MDM de la Municipalidad Distrital de Morales; la Ordenanza Municipal Nº MDR de la Municipalidad Distrital de Rumisapa; la Ordenanza Municipal Nº /AMDSAC de la Municipalidad Distrital de San Antonio; la Ordenanza Municipal Nº MDSRC de la Municipalidad Distrital de San Roque de Cumbaza; la Ordenanza Municipal Nº MDSH de la Municipalidad Distrital de Shapaja; el Acta de Constitución y el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Cuenca del Río Cumbaza ; y el Informe Nº PCM/SD-OGI-VQA; y, Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la Mancomunidad Municipal Cuenca del Río Cumbaza solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Provinciales de Lamas y San Martín y las Municipalidades Distritales de Rumisapa y San Roque de Cumbaza, en la Provincia de Lamas, Cacatachi, Juan Guerra, La Banda de Shilcayo, Morales, San Antonio y Shapaja, en la Provincia de San Martín, en el Departamento de San Martín; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 07 de mayo de 2011 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 111-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Cultura, en su calidad de Representante Especial del Presidente

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Jueves, 01 de enero de 2015 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. Nº 077-2014-PCM.- Declaran el año 2015 como el Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 18 de Febrero de 2012 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 042-2012-PCM.- Crean la Comisión Multisectorial de Facilitación de Inversiones Energéticas AGRICULTURA

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Miércoles, 25 de noviembre de 2009 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 305-2009-PCM.- Designan al Ministro del Ambiente como Enviado del Jefe de Estado en Misión Especial

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumillas Miércoles, 15 de febrero de 2017 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.M. Nº 029-2017-PCM.- Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo de OSINERGMIN a Argentina, en comisión

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Miércoles, 21 de enero de 2015 PODER EJECUTIVO DEFENSA R.S. Nº 019-2015-DE/FAP.- Autorizan viaje de personal miiitar FAP a Argentina, en misión de estudios R.M. Nº 029-2015 DE/.- Autorizan ingreso

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 21 de febrero de 2009 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA D.U. Nº 026-2009.- Establecen disposiciones complementarias para la aplicación de las Leyes Nºs 27803 y 29059, y el Decreto de

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 06 de diciembre de 2014 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 421-2014-PCM.- Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Primera Vicepresidenta de

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 12 de setiembre de 2014 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 306-2014-PCM.- Autorizan viaje de Asesora Legal I de la Gerencia de Asesoría Jurídica del OSITRAN a

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 7 de marzo de 2014 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 30169.- Resolución Legislativa que autoriza al Señor Presidente de la República para salir del territorio nacional

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RENAMU 2016 LEY Nº 27563, DECRETO SUPREMO N PCM, RESOLUCIÓN JEFATURAL N INEI

RENAMU 2016 LEY Nº 27563, DECRETO SUPREMO N PCM, RESOLUCIÓN JEFATURAL N INEI Registro Nacional de Municipalidades RENAMU 2016 LEY Nº 27563, DECRETO SUPREMO N 033-2002-PCM, RESOLUCIÓN JEFATURAL N 220-2016-INEI Ficha Técnica Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales Lima, junio

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Jueves, 22 de Diciembre de 2011 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley Nº 29815.- Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de minería ilegal Ley Nº 29816.- Ley

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Martes, 02 de febrero de 2010 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 017-2010-PCM.- Autorizan viaje del Presidente del Consejo de Ministros a EE.UU. y encargan su Despacho

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumillas Jueves, 22 de octubre de 2015 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. Nº 072-2015-PCM.- Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el sector Huayllapampa del distrito

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SUMILLAS Viernes, 12 de marzo de 2004 PODER EJECUTIVO PCM

SUMILLAS Viernes, 12 de marzo de 2004 PODER EJECUTIVO PCM SUMILLAS Viernes, 12 de marzo de 2004 PODER EJECUTIVO PCM D.S. Nº 019-2004-PCM.- Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar un Informe sobre el Procedimiento Judicial seguido entre la empresa

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Jueves, 06 de mayo de 2010 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA D.U. Nº 034-2010. - Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor de

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumillas Sábado, 25 de marzo de 2017 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.M. Nº 075-2017-PCM.- Autorizan viaje de funcionaria de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción - CAN de la PCM

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 22 de Junio de 2013 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 212-2013-PCM.- Prorrogan plazo otorgado a la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumillas Jueves, 25 de julio de 2013 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 30071.- Resolución Legislativa que deja sin efecto la Resolución Legislativa Nº 30069 R. Leg. 006-2012-2013-CR.-

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 13 de mayo de 2011 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley Nº 29683. - Ley que precisa los alcances de los Artículos 3 y 66 del Decreto Legislativo 85, Ley General de Cooperativas

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 04 de Febrero de 2012 Fe de Erratas D.U. Nº 003-2012 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA AGRICULTURA Fe de Erratas R.D. Nº 008-2012-AG AGRO RURAL-DE. CULTURA R.M. Nº 038-2012-MC.- Designan

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 15 de Marzo de 2013 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. Nº 025-2013-PCM.- Modificaciones al Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM, que aprueba disposiciones reglamentarias

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Martes, 08 de noviembre de 2011 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 29805.- Resolución Legislativa que autoriza al Señor Presidente de la República a salir del territorio nacional

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Miércoles, 25 de junio de 2014 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 30213.- Resolución Legislativa que autoriza al Señor Presidente de la República para salir del territorio nacional

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Jueves, 11 de junio de 2015 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Res. Nº 013-2015-PCM/SD.- Disponen inscripción de adhesión y separación de municipalidades provinciales de la Mancomunidad

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 13 de Abril de 2013 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 126-2013-PCM.- Autorizan viaje a Panamá de representante de Sierra Exportadora, en comisión de servicios

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 23 de mayo de 2014 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 004-2013-2014-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que regula el control político al cumplimiento de la Ley

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Domingo, 05 de Febrero de 2012 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 29835.- Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de unidades navales y personal militar extranjeros al

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 08 de Junio de 2012 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 29883.- Resolución Legislativa que autoriza al señor Presidente de la República a salir del territorio nacional

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 13 de Abril de 2012 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley Nº 29852.- Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 31 de Marzo de 2012 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. Nº 29848.- Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de unidades navales y personal militar extranjeros al territorio

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 24 de junio de 2011 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. Nº 055-2011-PCM.- Convocatoria a Legislatura Extraordinaria R.S. Nº 159-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 28 de febrero de 2014 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO R.M. Nº 0092-2014-MINAGRI.- Designan Directora de la Unidad de Personal de la Oficina de Administración del Ministerio de Agricultura

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 11 de octubre de 2014 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 342-2014-PCM.- Autorizan viaje de profesional de SERVIR a México, en comisión de servicios R.S. Nº 343-2014-PCM.-

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 30 de Marzo de 2012 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 089-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a los Estados Unidos Mexicanos

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumillas Viernes, 25 de setiembre de 2015 PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS D. Leg. Nº 1222.- Decreto Legislativo que optimiza los procedimientos administrativos y fortalece el control sanitario y

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumillas Viernes, 06 de noviembre de 2015 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley Nº 30357.- Ley que incorpora una Cuarta Disposición Complementaria Final a la Ley 30130, Ley que declara de necesidad

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 22 de Marzo de 2013 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley Nº 30003.- Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros PODER

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Sábado, 03 de setiembre de 2011 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA R.M. Nº 0366-2011-AG.- Dan por concluida designación de representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Jueves, 07 de agosto de 2008 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA R.M. Nº 0649-2008-AG.- Designan Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumillas Viernes, 10 de enero de 2014 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.M. Nº 001-2014-PCM.- Delegan diversas facultades al Secretario General y al Director de la Oficina General de

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Jueves, 17 de noviembre de 2011 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA RR.JJ. Nºs. 00358, 00359, 00360, 00361 y 00362-2011-INIA.- Dan por concluidas las designaciones de Directores de las Estaciones Experimentales

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Sistema Peruano de Información Jurídica Sumilla Viernes, 06 de marzo de 2009 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº 039-2009-PCM.- Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI a Colombia para participar en el Primer Seminario

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