PLAN 2017 SEGURO DE EXPLOTACIONES DE UVA DE VINIFICACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS CÓD. 313

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1 PLAN 2017 SEGURO DE EXPLOTACIONES DE UVA DE VINIFICACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS CÓD. 313 AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A.

2 ÍNDICE PÁGINA Modificaciones respecto a la campaña anterior... 3 Aclaraciones sobre la tramitación de Seguros Modificaciones en la Gestión con respecto al año anterior... 4 Producciones Asegurables... 4 Período de Suscripción... 5 Ámbito de Aplicación... 5 Aclaraciones en la contratación de la Producción... 6 Resumen de Coberturas y Garantías... 6 Parcelas Datos Fijos y Variables... 7 Datos Variables por Módulos Revisión de Rendimientos Aclaraciones en la contratación de Instalaciones y Elementos Productivos de las parcelas Datos Variables por Tipo de Capital Bonificaciones/Recargos Subvenciones Recargos y Tarifas Forma de Pago Complementario Resumen de aspectos relevantes en la contratación ANEXO (Incluye precios, Ámbito de las Denominaciones de Origen y Rendimientos zonales) Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 2 de 70

3 MODIFICACIONES CON RESPECTO A LA CAMPAÑA ANTERIOR Las modificaciones respecto a la campaña anterior son: 1) Bonificaciones y Recargos Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado comunicará a Agroseguro dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo Agroseguro a calcular la bonificación o recargo, ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, Agroseguro aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte. 2) Tarifas No se han modificado tarifas. 3) Precios Sin modificación. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 3 de 70

4 ACLARACIONES SOBRE LA TRAMITACIÓN DE SEGUROS MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN CON RESPECTO AL AÑO ANTERIOR Bonificación Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado comunicará a Agroseguro dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo Agroseguro a calcular la bonificación o recargo, ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, Agroseguro aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte. PRODUCCIONES ASEGURABLES Serán asegurables en cualquiera de los Módulos, las explotaciones cuyo titular tenga inscrita a su nombre la explotación en el Registro Vitícola. En este Seguro las producciones asegurables son: CULTIVOS 001 UVAS TINTAS 002 UVAS BLANCAS Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 4 de 70

5 PERIODO DE SUSCRIPCIÓN MÓDULOS 1, 2 y 3 ÚLTIMO DIA ÁMBITO FECHA INICIO FECHA FINAL DE PAGO Todo el ámbito de aplicación 01/10/ /12/ /12/2017 MÓDULO P ÚLTIMO DIA ÁMBITO FECHA INICIO FECHA FINAL DE PAGO Todo el ámbito de aplicación 01/01/ /03/ /03/ Para asegurar las Instalaciones, es obligatorio asegurar el conjunto de la producción y la plantación. PERIODO DE MODIFICACIONES DE LA DECLARACIÓN DE SEGURO EN LOS MÓDULOS 1, 2 y 3 Se admitirán modificaciones en la Declaración de Seguro hasta el 1 de abril como fecha límite, siempre que las mismas se deban a causas justificadas y que a la recepción de la solicitud en AGROSEGURO las parcelas afectadas por dichas modificaciones no hayan tenido siniestro causado por los riesgos cubiertos. ÁMBITO DE APLICACIÓN TODOS LOS MÓDULOS C.A. Islas Canarias Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 5 de 70

6 ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE LAS PRODUCCIONES RESUMEN DE COBERTURAS Y GARANTÍAS Se debe asegurar en una única declaración de seguro todos los bienes asegurables. MÓDULOS Existen 4 Módulos (Principales) 1, 2, 3 y P. Para el Módulo elegido, el asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas de la explotación. Hay tres Módulos Complementarios: Módulos C1, C2 y C3 que desarrollaremos en el apartado correspondiente de esta Norma. MÓDULOS 1, 2, 3 y P: Serán asegurables las explotaciones de viñedo, inscritas en el Registro Vitícola. Para aquellas explotaciones que no estén inscritas en el Registro Vitícola a nombre del titular del seguro, se admitirá que estén inscritas en algún Registro Oficial establecido por la administración o presente su nombre la solicitud única de ayudas de la Unión Europea. Módulos 1, 2 y 3: No existen datos variables elegibles en coberturas. Módulo P: No existen datos variables elegibles en coberturas, a excepción del riesgo cubierto de Bruma para la Garantía a la Producción, a nivel de póliza (cabecera). Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 6 de 70

7 PARCELA DATOS FIJOS Y VARIABLES CONCEPTO E IDENTIFICACIÓN DE PARCELA EN EL SEGURO La parcela, a efectos del seguro, es la superficie total de un mismo cultivo, variedad incluida en un recinto SIGPAC. No obstante, se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por cada instalación, con distinto sistema de conducción (vaso y espaldera) y sistema de cultivo (secano y regadío). Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de superficie inferior a 0.10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie. Se debe consignar en cada parcela la identificación del SIGPAC. El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización indicada en la Condición Especial 19ª. A efectos de realizar la contratación, la identificación SIGPAC se indicará en la Declaración de Seguro tal y como exponemos a continuación, incluyendo las cinco posiciones del recinto (cinco últimas posiciones de la identificación). Ejemplo: PROV. MUNICIPIO AGREGADO ZONA POLÍGONO PARCELA RECINTO Para una mejor localización de la parcela, de forma opcional, se puede indicar en la póliza el nombre de la misma. Si se tiene en una misma parcela cepas en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente. Esquema de criterios de parcelas distintas: CULTIVO VARIEDAD TIPO CAPITAL SIGPAC TIPO DE PLANTACIÓN SISTEMA DE CULTIVO SISTEMA DE CONDUCCIÓN X X X X X X(secano/regadío) X Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 7 de 70

8 PRODUCCIÓN MÓDULOS 1, 2 y 3 El asegurado deberá ajustar la producción en cada una de las parcelas que componen su explotación en función de los rendimientos obtenidos en años anteriores, de tal modo que la media de los rendimientos declarados para cada parcela, ponderados con las superficies declaradas en cada una de ellas (sin incluir los plantones) no supere el rendimiento máximo asegurable, ni sea inferior al 60% del asignado por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Esta información se distribuirá a través de las correspondientes tablas de condicionado y se podrá consultar en la web de Agroseguro/Productos/Consultas de primas y rendimientos asegurables. El agricultor que no tenga rendimiento individualizable, se tendrá que aplicar el rendimiento zonal y nivel de riesgo 2. Del mismo modo, aquel agricultor que sólo tenga rendimiento individualizable en uno de los cultivos (producción asegurable), se aplicará en el cultivo (producción asegurable) que no lo es, el rendimiento zonal y nivel de riesgo 2. Estos criterios se encuentran recogidos en las tablas de condicionado y en las consultas. Cuando se asegure el tipo de capital Plantones se indicará el número de plantones de la parcela. En Lanzarote, los agricultores que no tengan rendimiento individualizable, a efectos de establecer el rendimiento máximo asegurable en kgs/ha, se considerará que en el cultivo de hoyos y enarenado en zanjas perimetrales, 900 cepas suponen una ha. Si tuvieran menos de 900 cepas/ha, el rendimiento en kgs/ha se corregirá proporcionalmente al número de cepas por ha de la parcela y si hubiera más de 900 cepas/ha, no se aplicará la proporción, siendo el rendimiento máximo asegurable kg/ha. EJEMPLO: LANZAROTE.- Agricultor con cultivo en hoyos en Lanzarote, sin rendimiento individualizable: Rendimiento máximo blanca secano: kg/ha. Parcela 1: 700 cepas/ha < 900 cepas/ha 900 = 2700 x = 700 x 2700 = kgs/ha de rendimiento máximo asegurable 700 x 900 Parcela 2: 1200 cepas/ha > 900 cepas/ha Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 8 de 70

9 No se aplica la proporción y por tanto el rendimiento máximo asegurable son kg/ha. MÓDULO P Quedará de libre fijación por el asegurado el rendimiento a consignar en cada una de las parcelas que componen su explotación, para todos los cultivos y variedades, no superando los kg/ha, ni ser inferior a kg/ha. En plantaciones en plena producción, se deberá considerar, entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, eliminándose del cómputo el de mejor y peor resultado. Cuando se asegure el tipo de capital Plantones se indicará el número de plantones de la parcela. PRECIOS El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los precios máximos, ni ser inferior a los mínimos que establece ENESA. Todos los precios son en /kg, excepto para el Tipo de Capital 001 (Plantones) que son /unidad. SUPERFICIE Se indicará en hectáreas y áreas. Será la superficie realmente ocupada en la parcela. En cualquier caso, no se tendrán en cuenta para la determinación de la superficie las zonas improductivas. Si durante la vigencia de la Declaración de Seguro el tomador o asegurado detectase algún error en la superficie reflejada en la póliza, comunicará a Agroseguro dicha circunstancia para su subsanación, sin ningún tipo de penalización. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 9 de 70

10 DATOS VARIABLES POR MÓDULOS Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las producciones, va a estar estructurada por Módulos. Por lo que los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de estos: 1º.- Módulos 1,2 y 3 2º.- Módulo P Como ya se ha indicado, se ha de realizar una única póliza por asegurado, por lo tanto: El Módulo 1 es incompatible con los Módulos 2, 3 y P El Módulo 2 es incompatible con los Módulos 1, 3 y P El Módulo 3 es incompatible con los Módulos 1, 2 y P El Módulo P es incompatible con los Módulos 1,2 y 3 Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 10 de 70

11 1º.- MÓDULOS 1, 2 y 3 TIPO DE CAPITAL 000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES Si se tiene en una misma parcela cepas en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente. SISTEMA DE CULTIVO Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación: 001 SECANO 002 REGADÍO SISTEMA DE CONDUCCIÓN Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación: 001 VASO 002 ESPALDERA DENOMINACIÓN DE ORIGEN Se indicará la Denominación de Origen, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación: 047 ABONA 044 EL HIERRO 069 GRAN CANARIA 040 ICODEN-DAUTE-ISORA 070 LA GOMERA 082 LANZAROTE 042 LA PALMA 038 TACORONTE-ACENTEJO 048 VALLE DE GÜIMAR 045 VALLE DE LA OROTAVA Para las parcelas que se encuentren dentro del ámbito de D.O y no estén inscritas en ellas, se indicará el Código 000, consignando en este caso los precios correspondientes a viñedos no inscritos en D.O SIN VALOR EN FACTOR Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 11 de 70

12 TIPO DE PLANTACIÓN Para el tipo de capital 001 Plantones y para ambos cultivos, se consideran los siguientes Tipos de Plantación: 007 BARBADOS 008 INJERTADOS Para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se indicará: 000 SIN VALOR EN FACTOR NÚMERO DE UNIDADES Se debe indicar el número de cepas o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure. EDAD DE LA PLANTACIÓN Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, Cuando en una misma parcela coexistan cepas de diferentes edades, se reflejará en la declaración de seguro la edad promedio de las mismas, con la excepción de los plantones. Para estos Módulos, podrán solicitar la Revisión de Rendimientos Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 12 de 70

13 SOLICITUD DE REVISIÓN DE LA BASE DE DATOS POR CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EXPLOTACIÓN EN LOS MÓDULOS 1, 2 Y 3 Aquellos agricultores que no figuren en la base de datos de explotaciones asegurables, por haber cambiado la explotación de titular, podrán solicitar revisión por esta causa, cuando al menos se incorpore el 50% de la superficie de viñedo de otra explotación y dicha superficie represente al menos al 20% de la superficie asegurada en la Declaración de Seguro del solicitante. Podrán solicitar el cambio de titular hasta 10 días después de la finalización del periodo de suscripción de este seguro. No obstante, cuando el cambio de titular sea consecuencia de una sucesión hereditaria a más de un heredero, se podrá solicitar dicha revisión, cuando la superficie heredada por cada uno de ellos sea la misma o la diferencia entre dichas superficies no supere un 10% Para ello deberán: 1. Formalizar la Declaración de Seguro a nombre del nuevo titular de la explotación con el rendimiento asignado que figura en la Base de Datos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. 2. Cursar la solicitud a Agroseguro, en su domicilio social, c/ Gobelas, 23, Madrid, en el impreso establecido al efecto. Dicha solicitud debe ser recibida en Agroseguro hasta 10 días después de la finalización del periodo de suscripción. Únicamente se atenderán aquellas solicitudes que vayan acompañadas de al menos la siguiente documentación: - Copia del NIF/CIF del antiguo/s titular/es y del nuevo titular de la explotación. - Copia de la Declaración de Seguro formalizada por el nuevo titular de la explotación. - Copia del Registro Vitícola del antiguo y nuevo titular. En caso de que el Registro Vitícola esté en trámite, se requerirá Certificación de la Consejería o Departamento de Agricultura competente en la gestión del Registro Vitícola de que las parcelas de viñedo de la explotación objeto de aseguramiento, figuran a nombre del nuevo titular. - En aquellos casos que se haya cambiado de titularidad la explotación como consecuencia de una sucesión hereditaria a más de un heredero, deberá justificarse aportando copia de los siguientes documentos: Copia del testamento o declaración de herederos. Escritura de aceptación y de participación hereditaria. Además, se podrá adjuntar cualquier otra documentación que se considere oportuna para justificar el cambio de titularidad solicitado. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 13 de 70

14 Agroseguro resolverá la solicitud, de acuerdo con los criterios establecidos a tal efecto por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, y remitirá dicha resolución al asegurado, en los 60 días siguientes a la finalización del periodo de suscripción, y procederá de la forma siguiente: A) Si la solicitud es atendida favorablemente, Agroseguro procederá a la actualización de la Declaración del Seguro con el nuevo rendimiento y a la regularización del correspondiente recibo de prima, salvo renuncia expresa del asegurado recibida en Agroseguro en el plazo de 20 días desde la comunicación de la resolución. B) Si la solicitud es rechazada, tendrá validez la Declaración de Seguro formalizada inicialmente, salvo renuncia expresa del asegurado recibida en Agroseguro en el plazo de 20 días desde la comunicación de la resolución. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 14 de 70

15 SOLICITUD DE ASEGURAMIENTO POR TRANSMISIÓN O CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EXPLOTACIÓN El agricultor, conforme a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y en las Condiciones Especiales del seguro, solicita el aseguramiento de la explotación descrita en la declaración de seguro de referencia, por haber sucedido a su anterior titular, el cual figura incluido en la Base de Datos de Explotaciones Asegurables del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, conforme acredita con los datos y documentación que adjunta. LÍNEA 313 CÓDIGO CULTIVO: PLAN: REF. COLECTIVO: REF. APLICACIÓN/INDIVIDUAL: MÓDULO DATOS DEL ANTIGUO TITULAR: Nombre y apellidos (o razón social): CIF/NIF Domicilio nº Población Provincia CP Tfno. DATOS DEL NUEVO TITULAR: Nombre y apellidos (o razón social): CIF/NIF Domicilio nº Población Provincia CP Tfno. MOTIVO DEL CAMBIO (Descripción): DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA (OBLIGATORIA): - Copia del DNI/CIF del antiguo/s titular/es y del nuevo titular de la explotación. - Copia de la Declaración de Seguro formalizada por el titular de la explotación. - Copia del Registro Vitícola del antiguo y nuevo titular. En caso de que el Registro Vitícola esté en trámite, se requerirá Certificación de la Consejería o Departamento de Agricultura competente en la gestión del Registro Vitícola de que las parcelas de viñedo de la explotación objeto de aseguramiento, figuran a nombre del nuevo titular. - En aquellos casos que se haya cambiado de titularidad la explotación como consecuencia de una sucesión hereditaria a más de un heredero, deberá justificarse aportando copia de los siguientes documentos: o copia del testamento o declaración de herederos o escritura de aceptación y de participación hereditaria En a de de Firma del solicitante: Firma del antiguo titular: NOTA: En caso de la Solicitud no incluya toda la documentación exigida, la solicitud será desestimada Se podrá enviar por a las direcciones de correo: produccion@agroseguro.es asignacionyrevisionrendimientos@agroseguro.es

16 SOLICITUD DE REVISIÓN DE RENDIMIENTOS MÓDULOS 1, 2 y 3 El Agricultor que considere que los rendimientos asignados por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, no se ajustan a la realidad productiva de su explotación, a consecuencia de errores en su serie productiva, podrán solicitar una revisión de dichos rendimientos. Para ello deberán: 1.- Formalizar la Declaración de Seguro a nombre del titular con el rendimiento asignados que figura en la base de datos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. 2.- Cursar la solicitud a Agroseguro, en su domicilio social, c/ Gobelas, 23, Madrid, en el impreso establecido al efecto. Dicha solicitud debe ser recibida en Agroseguro hasta 10 días después de la finalización del periodo de suscripción. Únicamente se atenderán aquellas solicitudes que vayan acompañadas de al menos la siguiente documentación: - Copia del DNI/CIF del titular de la explotación. - Copia de la Declaración de Seguro formalizada por el titular de la explotación. - Copia del Registro Vitícola. - Documentación que justifique la existencia de errores. Además, se podrá adjuntar cualquier otra documentación que se considere oportuna. Agroseguro resolverá la solicitud, de acuerdo con los criterios establecidos a tal efecto por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, y remitirá dicha resolución al asegurado, en los 60 días siguientes a la finalización del periodo de suscripción, y procederá de la forma siguiente: A) Si la solicitud es atendida favorablemente, Agroseguro procederá a la actualización de la Declaración del Seguro con el nuevo rendimiento y a la regularización del correspondiente recibo de prima, salvo renuncia expresa del asegurado, recibida en Agroseguro en el plazo de 20 días desde la comunicación de la resolución. B) Si la solicitud es rechazada, tendrá validez la Declaración de Seguro formalizada inicialmente, salvo renuncia expresa del asegurado recibida en Agroseguro en el plazo de 20 días desde la comunicación de la resolución. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 16 de 70

17 SOLICITUD DE REVISIÓN DE RENDIMIENTO EN EL SEGURO DE UVA DE VINIFICACIÓN DE CANARIAS LÍNEA 313 CÓDIGO CULTIVO: REF. COLECTIVO: REF. APLICACIÓN/INDIVIDUAL: MÓDULO: PLAN: Datos del Asegurado: Nombre y Apellidos: DNI/CIF Calle nº Población Provincia Código Postal Teléfono Término Municipal Causa por la que se solicita la revisión: Errores en serie productiva. Rendimiento asignado a su explotación: SECANO (1) REGADÍO BLANCAS TINTAS BLANCAS TINTAS Rendimiento que solicita para su explotación: BLANCAS TINTAS Provincia Datos de las parcelas: Comarca Término Municipal Cultivo Sistema de cultivo Identificación SIGPAC Superficie Cultivada Producción total declarada en el seguro Producción Total solicitada en Kgs. (1) En caso de que el asegurado disponga de rendimientos individualizables, el rendimiento asignado en kgs/ha se consignará en secano. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA: OBLIGATORIA: Para todos los asegurados: Copia del DNI/CIF del titular/es de la explotación. Copia de la Declaración de Seguro formalizada por el titular de la explotación. Copia del Registro Vitícola. Cualquier otra documentación que justifique la existencia de errores. Fecha: de de Firma Asegurado NOTA: En caso de que la Solicitud no incluya toda la documentación exigida, la solicitud será desestimada Se podrá enviar por a las direcciones de correo: produccion@agroseguro.es o asignacionyrevisionrendimientos@agroseguro.es

18 2º.- MÓDULO P TIPO DE CAPITAL 000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES Si se tiene en una misma parcela cepas en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente. SISTEMA DE CULTIVO Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación: SECANO REGADÍO SISTEMA DE CONDUCCIÓN Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación: VASO ESPALDERA DENOMINACIÓN DE ORIGEN Se indicará la Denominación de Origen, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación: 047 ABONA 044 EL HIERRO 069 GRAN CANARIA 040 ICODEN-DAUTE-ISORA 070 LA GOMERA 082 LANZAROTE 042 LA PALMA 038 TACORONTE-ACENTEJO 048 VALLE DE GÜIMAR 045 VALLE DE LA OROTAVA Para las parcelas que se encuentren dentro del ámbito de D.O y no estén inscritas en ellas, se indicará el Código 000, consignando en este caso los precios correspondientes a viñedos no inscritos en D.O SIN VALOR EN FACTOR Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 18 de 70

19 TIPO DE PLANTACIÓN Para el tipo de capital 001 Plantones y para ambos cultivos, se consideran los siguientes Tipos de Plantación: 007 BARBADOS 008 INJERTADOS Para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se indicará: 000 SIN VALOR EN FACTOR NÚMERO DE UNIDADES Se debe indicar el número de cepas o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure. EDAD DE LA PLANTACIÓN Se indicará en cada parcela la edad de la plantación. Cuando en una misma parcela coexistan cepas de diferentes edades, se reflejará en la declaración de seguro la edad promedio de las mismas, con la excepción de los plantones. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 19 de 70

20 ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE INSTALACIONES Y ELEMENTOS PRODUCTIVOS DE LAS PARCELAS. En el momento de formalizar la Declaración de Seguro, el asegurado puede asegurar la garantía a las instalaciones. Si opta por ello, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo que reúnan las condiciones para ser aseguradas, de la siguiente forma: Para poder contratar esta garantía necesariamente se deben incluir en la póliza las parcelas con sus capitales de Producción/Plantación (Cód. 000) y Plantación (Cód. 001). Todos los tipos de capital que hay en una parcela, se aseguran en una única parcela de la declaración de seguro, con distintos tipos de capital, excepto los cabezales que se aseguran en parcelas diferentes. A efectos del seguro, según Condiciones Especiales: Las bombas y motores en las Instalaciones, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad. DATOS FIJOS Y VARIABLES DE LAS PARCELAS CULTIVO Y VARIEDAD Se ha de indicar el código del cultivo de la parcela. En el caso que una instalación englobe más de una parcela agrícola con distintos cultivos, se consignará el que ocupe mayor extensión. SIGPAC En el caso que las instalaciones engloben más de una parcela agrícola, con distintos SIGPAC, se indicará en la póliza el de mayor extensión. PRODUCCIÓN Se consignará obligatoriamente cero, o no enviar el dato. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 20 de 70

21 PRECIOS El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los límites que establece ENESA. En el tipo de capital 104 Sistema de Conducción (M), el precio es /metros. En el tipo de capital 106 Sistema de Conducción (M 2 ), el precio es /metros cuadrados. En el tipo de capital 114 Red de Riego (Ha), el precio es /hectárea. En el tipo de capital 115 Cabezal de Riego (cabezal), el precio es /cabezal DATOS VARIABLES POR TIPO DE CAPITAL Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las instalaciones, va a estar estructurada en los Tipos de Capitales existentes y de los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de éstos. Se consideran los siguientes tipos de capitales: 1) Tipo de capital 104 Sistemas de Conducción (M) 2) Tipo de capital 106 Sistemas de Conducción (M 2 ) 3) Tipo de capital 114 Red de Riego (Ha) 4) Tipo de capital 115 Cabezal de Riego (Cabezal) Si se opta por el aseguramiento de cualquiera de estos capitales, se deberán asegurar todas las instalaciones del mismo tipo (capital) La contratación se realizará según especificamos a continuación: - El tipo de capital 115 Cabezal de Riego ( /cabezal), se deberá incluir en la declaración de seguro de forma independiente, es decir, en parcelas distintas (si se dispusiera de más de un cabezal de riego, cada uno de ellos se asegurará en parcelas distintas). - Para el resto de Instalaciones ubicadas en una misma parcela, se incluirán en la declaración de seguro con diferente tipo de capital en la misma parcela. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 21 de 70

22 1 - TIPO DE CAPITAL 104. SISTEMAS DE CONDUCCIÓN (M). TIPO DE INSTALACIÓN En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 008 ESPALDERA SUPERFICIE Se consignará obligatoriamente cero. METROS Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por /m. Por tanto, se deben indicar la medida de los mismos en m. EDAD DE LA ESTRUCTURA Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, las instalaciones que superen las siguientes edades: TIPO DE CAPITAL 104 SISTEMAS DE CONDUCCIÓN (M): TIPO DE INSTALACIÓN 008 ESPALDERA: 25 años Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. MATERIAL DE LA ESTRUCTURA Se indicará el material de construcción de la estructura. 001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 22 de 70

23 2 - TIPO DE CAPITAL 106. SISTEMAS DE CONDUCCIÓN (M 2 ). TIPO DE INSTALACIÓN En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 007 PARRAL SUPERFICIE Se consignará obligatoriamente cero. METROS CUADRADOS Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por /m 2. Por tanto, se deben indicar la medida de los mismos en m 2. EDAD DE LA ESTRUCTURA Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, las instalaciones que superen las siguientes edades: TIPO DE CAPITAL 106 SISTEMAS DE CONDUCCIÓN (M 2 ): TIPO DE INSTALACIÓN 007 PARRAL: 15 años Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. MATERIAL DE LA ESTRUCTURA Se indicará el material de construcción de la estructura. 001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 23 de 70

24 3 TIPO DE CAPITAL 114. RED DE RIEGO (Ha) TIPO DE INSTALACIÓN En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 011 LOCALIZADO SUPERFICIE Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por /ha. Por tanto, obligatoriamente se indicará la superficie de la parcela que incluye la instalación, medida en hectáreas. EDAD DE LA ESTRUCTURA Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, las instalaciones que superen las siguientes edades: TIPO DE CAPITAL 114 RED DE RIEGO ( /ha): TIPO DE INSTALACIÓN 011 LOCALIZADO: 20 años*. Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*) Bombas y motores, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 24 de 70

25 4 - TIPO DE CAPITAL 115. CABEZAL DE RIEGO (cabezal) El Tipo de Capital 115 Cabezal de Riego (cabezal) es asegurable si su propiedad es del asegurado. No son asegurables los mancomunados. En este tipo de capital el precio viene determinado en /cabezal. SUPERFICIE Se consignará obligatoriamente cero. NÚMERO DE UNIDADES Se debe indicar el número de cabezales. Como se debe asegurar un cabezal por parcela este dato siempre debe ser 1. EDAD DE LA ESTRUCTURA Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 115 CABEZAL DE RIEGO ( /cabezal): 20 años*. Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*) Bombas y motores, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 25 de 70

26 BONIFICACIONES BONIFICACIONES/RECARGOS AL ASEGURADO A cada asegurado se le asignará un grupo de bonificación/recargo en la prima del seguro principal y complementario, a resulta de la siguiente información procedente de su resultado histórico de los seguros de uva de vinificación en Canarias de su explotación. Esta bonificación o recargo se basará en la siguiente información: Contratación del seguro en la última campaña. Declaración de siniestro en la última campaña. Número de años contratados en el período de las 10 últimas campañas. Número de años con siniestro en el período de las 10 últimas campañas. Se entenderá como número de años con siniestro, el número de años con indemnización en el período de las 10 últimas campañas, añadiéndose como año de siniestro el haber declarado siniestro en la última campaña en el 10% o más de la superficie asegurada. I/Prr: es el resultado de las indemnizaciones con respecto a las primas de riesgo recargadas netas de reaseguro del Consorcio de Compensación deseguros, en el período de las 10 últimas campañas. Para calcular este ratio, se confeccionará el histórico contando 10 campañas, comenzando desde la penúltima campaña hacia atrás. Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado o el tomador de seguro en su representación, deberá solicitar que se apliquen los porcentajes de bonificación o recargo, en el supuesto de que exista un cambio de asegurado de la explotación garantizada con respecto al asegurado que garantizó la explotación el año anterior. En función del histórico de la explotación para el cálculo de la prima, se asignará al nuevo asegurado, una bonificación o recargo, calculado en función de su ratio de indemnizaciones sobre primas resultante de la nueva composición de la explotación, conforme a lo estipulado en las Condiciones Especiales y que el Agricultor, puede consultar en la página web de Agroseguro, atención al cliente, con las siguientes opciones: Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 26 de 70

27 Acceso de Asegurados registrados. Consulta general de Rendimientos, índices y otras Medidas/Bonificaciones, recargos y rendimientos; indicando el Plan, Nif y línea de seguro que desea consultar. Agroseguro, una vez recibida la solicitud, procederá en su caso, a la regularización de la prima única, informando al asegurado, tomador y Entidad Aseguradora del resultado de la misma. En el caso de que la prima fuese a abonar, en la comunicación se recordará las obligaciones contractuales de las partes, en los supuestos de que se produzca algún siniestro durante el periodo en el que se está realizando esta gestión de cambio. Igualmente, les recordamos que la declaración de seguro agrario, es a la vez solicitud de subvenciones por lo que deberán tener en cuenta lo establecido en las bases reguladoras para concesión de subvenciones de la administración general del Estado y la resolución en la que se aprueba el Plan de seguros agrarios; así como las ordenes reguladoras de las Comunidades Autónomas; por lo que en cualquier caso, el nuevo asegurado, deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Los plazos para realizar esta gestión, deberán estar comprendidos dentro de 30 días desde que se suscribió el seguro. En las declaraciones de seguro suscritas por las entidades asociativas, se traspasará el resultado histórico de los socios a la entidad asociativa. A los asegurados que aún correspondiéndoles recargo, si sólo tienen un año de siniestro, pasarán a ser Neutro. Condición Especial 13ª. En la página Web de Agroseguro, (Atención al Cliente/ Consulta de rendimientos, índices y otras medidas/ Bonificaciones/Recargos, rendimientos y otras medidas para asegurados), se puede consultar la medida asignada en los dos últimos planes por el N.I.F. del asegurado. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 27 de 70

28 SUBVENCIONES SUBVENCIONES DE ENESA Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Se encontrarán en la página Web de Agroseguro en usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado Manual de Subvenciones que incluyen: Subvenciones CC.AA. Subvenciones ENESA. RECARGOS TARIFAS RECARGO Y REASEGURO DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS Se encontrarán en la página Web de Agroseguro, en acceso usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado Recargo y Reaseguro del Consorcio que incluyen: Cuadro Reaseguro. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 28 de 70

29 PAGO El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas: A) Al contado El pago se realizará por el tomador del seguro, en el plazo de suscripción establecido por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, mediante ingreso directo o transferencia bancaria a favor de la cuenta de Agroseguro Agrícola, abierta en la entidad de crédito que, por parte de Agroseguro, se establezca en el momento de la contratación. B) Fraccionada Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos: - El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción. El pago de la prima única se realizará en dos fracciones: Primera fracción: se corresponderá al menos con el 10% del importe del coste del seguro a cargo del tomador, más el total de la cuantía que corresponda por el fraccionamiento y el aval, que serán abonados en el mismo momento de la suscripción del seguro, siendo de aplicación todo lo especificado para el pago al contado. Si el aval afianzado no alcanzara el total de la segunda fracción, el exceso por encima del importe avalado se descontará de la segunda fracción y deberá ser abonado en la primera fracción, de forma que en este caso no se entenderá abonada la primera fracción ni tendrá efecto el pago, si el total recibido de la primera fracción no contiene las sumas de las cuantías señaladas en el párrafo anterior y el exceso por encima del importe avalado. Segunda fracción: no podrá superar el 90% del importe del coste del seguro a cargo del tomador. Dicho importe, será pagado mediante recibo domiciliado en la cuenta corriente del asegurado, señalada en la declaración de seguro y se pasará a cobro en el plazo elegido por el asegurado a los 3, 6, 9 o 12 meses. En esta misma cuenta se realizarán los pagos por indemnizaciones de los siniestros. Ver Condición Especial 15ª Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 29 de 70

30 COMPLEMENTARIO Este Seguro Complementario únicamente será asegurable para los asegurados que hayan contratado el Módulo 1, 2 y 3. Independientemente del Módulo que se contrate, el complementario únicamente supondrá un incremento de Kg. en las parcelas con Tipo de Capital Producción/Plantación, que tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaradas, para los daños en la producción ocasionados por los siguientes riesgos cubiertos: MÓDULO C1 COMPLEMENTARIO MÓDULO 1 Riesgos Excepcionales Viento MÓDULO C2 COMPLEMENTARIO MÓDULO 2 Riesgos Excepcionales Viento MÓDULO C3 COMPLEMENTARIO MÓDULO 3 Riesgos Excepcionales Viento MÓDULOS C1, C2 y C3 PERIODO DE SUSCRIPCIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN ÚLTIMO DIA ÁMBITO FECHA INICIO FECHA FINAL DE PAGO Lanzarote 01/10/ /03/ /03/2018 Resto de Ámbito 01/10/ /04/ /04/2018 Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 30 de 70

31 BONIFICACIONES BONIFICACIONES/RECARGOS AL ASEGURADO Será de aplicación las mismas medidas que para el Seguro Principal. En la página Web de Agroseguro, (Atención al Cliente/ Consulta de rendimientos, índices y otras medidas/ Bonificaciones/Recargos, rendimientos y otras medidas para asegurados), se puede consultar la medida asignada en los dos últimos planes por el N.I.F. del asegurado. SUBVENCIONES SUBVENCIONES DE ENESA Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Se encontrarán en la página Web de Agroseguro en usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado Manual de Subvenciones que incluyen: Subvenciones CC.AA. Subvenciones ENESA. RECARGOS TARIFAS RECARGO Y REASEGURO DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS Se encontrarán en la página Web de Agroseguro, en acceso usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado Recargo y Reaseguro del Consorcio que incluyen: Cuadro Reaseguro. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 31 de 70

32 RESUMEN DE ASPECTOS RELEVANTES EN LA CONTRATACIÓN PRODUCCIONES ASEGURABLES Uvas Tintas. Uvas Blancas. Serán asegurables las explotaciones de viñedo, inscritas en el Registro Vitícola. Para aquellas explotaciones que no estén inscritas en el Registro Vitícola a nombre del titular del seguro, se admitirá que estén inscritas en algún Registro Oficial establecido por la administración o presente su nombre la solicitud única de ayudas de la Unión Europea. MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO Existen 4 Módulos Principales (1, 2, 3 y P), incompatibles entre si, por lo que sólo podrá darse de alta UNA ÚNICA PÓLIZA CON UN ÚNICO MÓDULO de contratación. Para el Módulo elegido, el asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas de la explotación. Módulos 1, 2 y 3: - No existen datos variables elegibles en coberturas. - Producción: el asegurado deberá ajustar la producción en función de los rendimientos obtenidos en años anteriores, de tal modo que la media de los rendimientos declarados para cada parcela, ponderados con las superficies declaradas en cada una de ellas (sin incluir los plantones) no supere el rendimiento máximo asegurable, ni sea inferior al 60% del asignado por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Esta información se distribuirá a través de las correspondientes tablas de condicionado y se podrá consultar en la web de Agroseguro/Productos/Consultas de primas y rendimientos asegurables. El agricultor que no tenga rendimiento individualizable, se tendrá que aplicar el rendimiento zonal y nivel de riesgo 2. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 32 de 70

33 - En Lanzarote, los agricultores que no tengan rendimiento individualizable, a efectos de establecer el rendimiento máximo asegurable en kgs/ha, se considerará que en el cultivo de hoyos y enarenado en zanjas perimetrales, 900 cepas suponen una ha. Si tuvieran menos de 900 cepas/ha, el rendimiento en kgs/ha se corregirá proporcionalmente al número de cepas por ha de la parcela y si hubiera más de 900 cepas/ha, no se aplicará la proporción, siendo el rendimiento máximo asegurable kg/ha. Módulo P: - No existen datos variables elegibles en coberturas, a excepción del riesgo cubierto de Bruma para la Garantía a la Producción, a nivel de póliza (cabecera). - Quedará de libre fijación por el asegurado el rendimiento a consignar en cada una de las parcelas que componen su explotación, para todos los cultivos y variedades, no superando los kg/ha, ni ser inferior a kg/ha. - En plantaciones en plena producción, se deberá considerar, entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, eliminándose del cómputo el de mejor y peor resultado. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 33 de 70

34 CARACTERÍSTICAS DE LOS MÓDULOS: COBERTURAS Y GARANTÍAS Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 34 de 70

35 Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 35 de 70

36 PERIODO DE SUSCRIPCIÓN Existen diferentes fechas de contratación dependiendo del módulo elegido: MODULO AMBITO 1, 2 Y 3 C.A. Islas FECHA INICIO FECHA FINAL ULTIMO DIA PAGO 01/10/ /12/ /12/2017 P Canarias 01/01/ /03/ /03/2018 MODIFICACIONES EN PÓLIZA PARA MÓDULOS 1, 2 Y 3 Se admitirán modificaciones en la Declaración de Seguro hasta el 1 DE ABRIL como fecha límite, siempre que las mismas se deban a causas justificadas y que a la recepción de la solicitud en AGROSEGURO las parcelas afectadas por dichas modificaciones no hayan tenido siniestro causado por los riesgos cubiertos. MÓDULO COMPLEMENTARIO El módulo complementario SÓLO PUEDE CONTRATARSE si, previamente, se ha dado de alta un módulo 1, 2 o 3 (el P no tiene complementario). FINALIDAD: solo incrementa el número de Kg asegurados en los módulos principales. RIESCGOS CUBIERTOS: Riesgos Excepcionales y Viento. PERIODO DE SUCRIPCION: ÚLTIMO DIA ÁMBITO FECHA INICIO FECHA FINAL DE PAGO Lanzarote 01/10/ /03/ /03/2018 Resto de Ámbito 01/10/ /04/ /04/2018 Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 36 de 70

37 RIESGOS CUBIERTOS Los riesgos cubiertos dependerán del módulo seleccionado. Bruma. Viento Huracanado. Riesgos excepcionales: o Fauna silvestre. o Golpe de Calor. o Incendio. o Inundación-lluvia torrencial o Lluvia persistente. o Pedrisco. Resto de adversidades climáticas: condiciones climáticas adversas no recogidas en las anteriores, como podrían ser las plagas o enfermedades o la pérdida total de la cosecha que, como consecuencia de condiciones climáticas adversas, no alcance las condiciones mínimas para su vinificación y no sea admitida en bodega. y siempre teniendo en cuenta las limitaciones recogidas en las Condiciones Especiales, apartado de Exclusiones. Los riesgos de producción: en el cuadro de coberturas de cada módulo, aquellos que se corresponden con la garantía de la fila producción. DATOS PARA CONTRATAR Datos del asegurado: Nombre completo. NIF/CIF Dirección completa. Teléfono Subvenciones: indicar, si procede, las subvenciones que correspondan al asegurado (agricultor profesional, Organización de productores, etc.). Módulo: seleccionar solo uno y elegir entre las posibles opciones de franquicia, garantizado, etc. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 37 de 70

38 Datos de la explotación (por CADA UNA de las parcelas): Cultivo Variedad SIGPAC completo (provincia, término municipal, agregado, zona, polígono, parcela y recinto). Hectáreas cultivadas del recinto (en hectáreas). Tipo de capital: Producción/Plantación o Plantones. Tipo de Plantación: Si son plantones, especificar si son barbados o injertados. Nº de cepas (de cada parcela). Edad de las cepas (de cada parcela). Sistema de conducción (vaso o espaldera). Sistema de cultivo (secano o regadío). Denominación de origen: si la parcela tiene D.O., indicar cual. Precio por Kg dentro del límite establecido (en cada parcela). Kg asegurados: rendimiento (en cada parcela). RECOGIDA DE DATOS: Podemos obtener estos datos del seguro del año anterior. Asimismo, podemos obtener varios de ellos (no todos) de la PAC o del Registro Vitícola. CONTRATACIÓN Toma de efecto: debe enviarse la póliza a Agroseguro y, en paralelo, realizar el abono a Agroseguro. El seguro entra en vigor a las 00:00 horas del día siguiente al pago de la prima. Duración: todos los módulos de esta línea son ANUALES, NO se renuevan automáticamente. Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 38 de 70

39 Titular del seguro: aquel que tenga inscrita a su nombre la explotación en el Registro Vitícola o, excepcionalmente, que las tenga inscritas a su nombre en algún Registro Oficial establecido por la administración o presente a su nombre la solicitud única de ayudas de la Unión Europea (PAC). Bienes asegurados: el asegurado tiene obligación de incluir todas las parcelas de la misma clase que posea en el ámbito de aplicación (las de la PAC o Registro Vitícola). Pago de la prima: siempre deberá realizarse dentro del período de suscripción e indicarse en el concepto el NIF/CIF del asegurado. o Al contado: abonado en el momento de la contratación. o Fraccionado: imprescindible que se domicilie al asegurado la prima, que sea superior a y disponer de AVAL SAECA para cubrir al menos la 2ª fracción: Fracciones: 1ª fracción: al menos el 10% de la prima que será abonado al dar de alta el seguro. 2ª fracción: no superior al 90% de la prima. Será pagado mediante recibo domiciliado a los 3, 6, 9 o 12 meses desde el alta del seguro. Inicio y final de garantías para producción (Kg): o Las garantías para la producción se INICIAN con la toma de efecto y nunca antes de las fechas especificados en el Anexo II de las Condiciones Especiales. o Las garantías FINALIZARAN en la fecha más temprana de las siguientes: En el momento de la recolección de la cosecha de la campaña correspondiente. En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial. En las fechas que figuran en el Anexo II de las Condiciones Especiales. Inicio y final garantías para plantación (árbol) e instalaciones: la más temprana de las siguientes. o INICIAN con la toma de efecto. o FINALIZAN en la fecha más temprana de las siguientes: Seguro de Explotaciones de Uva de Vinificación en la C. A. de Canarias Página 39 de 70

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