CAMPEONATO ESPAÑA AUTOCROSS

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1 CAMPEONATO ESPAÑA AUTOCROSS

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3 REGLAMENTO DEPORTIVO 1) 1.1. La Real Federación Española de Automovilismo establece para el 2018, los siguientes Campeonatos y Copas y Trofeos de España de Autocross: - Campeonato de España de Autocross Absoluto - Campeonato de España de División Car Cross - Campeonato de España de División I - Campeonato de España de División II - Campeonato de España de División III - Copa de España División Off Road Series - Copa de España División Junior Car Cross 1.2. Los reglamentos aplicables, por orden de prelación, serán los siguientes: - Las Prescripciones Comunes de los Campeonatos, Copas y Trofeos de España. - El Presente Reglamento Deportivo - El Reglamento Técnico de Autocross - El Reglamento Particular de la prueba El CDI será de aplicación con carácter prioritario en todos los aspectos generales y en particular a los procedimientos de reclamaciones y apelaciones Todas las pruebas puntuables para el Campeonato de España de Autocross deberán ser incluidas en el Calendario Estatal de la RFEDA. 2) ASPIRANTES 2.1. Todos los competidores/concursantes deberán estar en posesión de la licencia de competidor/concursante válida para el año en curso Los Campeonatos, Copas y Trofeos de España de Autocross detallados en el art. 1) estarán abiertos a los deportistas con licencia correspondiente (ver PCCCTCE) Todos los pilotos deberán estar en posesión de las licencias o permisos correspondientes (ver PCCCTCE), indicadas en el artículo 2.4. y válidas para el año en curso. Excepcionalmente serán admitidos a participar (sin puntuar, ni bloquear puntuaciones) todos los deportistas, con licencia PR y PCR (o similar), siempre y cuando se hallen incluidos en la normativa de prioridades de participación previstas en el presente Reglamento Deportivo Asimismo, podrán participar (sin puntuar ni bloquear puntuación, excepto acuerdos que la RFEDA establezca con otras ADN) los deportistas en posesión de licencias expedidas por otra ADN reconocida por la FIA, debiendo estar en posesión de la preceptiva autorización de la ADN de origen. Los equipos procedentes de otros países tampoco puntuarán, ni bloquearán puntuaciones, excepto los acuerdos que al efecto establecieran las ADN correspondientes Cuadro de licencias admitidas: CAMPEONATO DE ESPAÑA DE AUTOCROSS 2018 (CEAX 2018) DIVISIÓN I, DIVISIÓN II, DIVISIÓN III y DIVISIÓN OFF ROAD SERIES TIPO DE LICENCIA / PERMISOS DEF APLICACIÓN Y DURACIÓN OBSERVACIONES PILOTO P (o similar 2018) TEMPORADA A NIVEL NACIONAL PUNTÚA Y BLOQUEA PILOTO CIRCUITO PC (o similar 2018) HASTA 31/12/2018 PERMISO DE UN SOLO EVENTO UN SOLO EVENTO A NIVEL NACIONAL NO PUNTÚA NI BLOQUEA PILOTO PPP (o similar 2018) PILOTO RESTRINGIDO (1) PR (o similar 2018) TEMPORADA A NIVEL NACIONAL NO PUNTÚA NI BLOQUEA PILOTO RESTRINGIDO CIRCUITO (1) PRC (o similar 2018) HASTA 31/12/2018 COPA DE ESPAÑA DE DIVISIÓN JUNIOR CAR CROSS TIPO DE LICENCIA / PERMISOS DEF APLICACIÓN Y DURACIÓN OBSERVACIONES PILOTO JUNIOR AUTOCROSS PJA (o similar 2018) PILOTO RESTRINGIDO PR (o similar 2018) PILOTO RESTRINGIDO CIRCUITOS PRC (o similar 2018) TEMPORADA A NIVEL NACIONAL HASTA 31/12/2018 PUNTÚA Y BLOQUEA (1) Estas licencias serán admitidas excepcionalmente a participar (sin puntuar ni bloquear) siempre y cuando se hallen incluidas en la normativa de prioridades de participación previstas en el presente Reglamento Deportivo. Página 1 de 31

4 REGLAMENTO DEPORTIVO 2.5. Los equipos que participen en la Copa de España de División Junior Car Cross podrán participar con la licencia indicada en el artículo 2.4. específica ( PJA, PR y PRC o similar en 2018 y tendrán debiendo tener una edad comprendida entre 13 y 18 años (entre los 13 y los 17 años para la temporada 2019), considerándose como edad válida la del año que se cumple. El piloto que haya resultado vencedor de esta Copa, a partir del año en que cumpla los 16 años si es mayor de 16 años, no podrá volver a participar en esta Copa, en años sucesivos Debido al carácter promocional de la División Off Road Series, las condiciones de participación en la misma serán: - Que el Piloto no haya estado clasificado en el Campeonato de España Absoluto durante los 3 últimos años. - El Piloto no podrá inscribirse más de 3 años en esta División de Promoción. - No podrá inscribirse ningún piloto que haya participado en cualquier División de Autocross, en más de 3 Campeonatos de España. 3) VEHICULOS ADMITIDOS 3.1. Vehículos admitidos en la División I. 1. Vehículos de Turismo (Grupo N, Grupo A, World Rallye Car y Kit Car) de 2 o 4 ruedas motrices y con homologación. Se permite la modificación a cuatro ruedas motrices Excepcionalmente podrán ser admitidos vehículos de Grupo B, mediante una solicitud previa a la RFEDA a través del Delegado Técnico, el cual verificará la conformidad de la documentación presentada. Se admiten los vehículos que hayan perdido su homologación 2. Vehículos prototipo E 1 construidos siguiendo las especificaciones de los Art. 282 y 283 (en lo que sea de aplicación) del Anexo J y concebidos para la práctica del Autocross con cuatro ruedas motrices y aspecto exterior de un vehículo de turismo de venta comercial en los concesionarios de la Unión Europea. CARACTERÍSTICAS a) La cilindrada máxima será, de cm 3, bien tenga uno o dos motores de coche. b) Para vehículos equipados con dos motores de moto su cilindrada máxima total será de cm 3. c) En vehículos sobrealimentados, la cilindrada nominal se multiplicará por el factor corrector Vehículos prototipo E 2 construidos siguiendo las especificaciones de los Art. 282 y 283 (en lo que sea de aplicación.) del Anexo J y concebidos para la práctica del Autocross; con chasis multitubular o monocasco, dos ruedas motrices y aspecto exterior de un vehículo de turismo de venta comercial en los concesionarios de la Unión Europea. Con motor de moto, de propulsión y de una cilindrada máxima de cc y con motor de coche con una cilindrada máxima de cc. 4. Los vehículos deben ser modelos cerrados con techo rígido y no descapotables. 5. En casos excepcionales se admitirán, a criterio de los Comisarios Deportivos, vehículos procedentes de Campeonatos de otros países de la Unión Europea, aún cuando su reglamentación sea diferente. Estos vehículos, precisarán de una aceptación previa y expresa de la RFEDA previo informe del Delegado Técnico de Autocross Vehículos admitidos en la División II. 1. Vehículos de producción (Grupo N), con su homologación en vigor. Deben ser atmosféricos y de dos ruedas motrices, con una cilindrada máxima de 2.000cm Se admiten los vehículos que hayan perdido su homologación 3. Los vehículos deben ser modelos cerrados con techo rígido y no descapotables Vehículos Admitidos en la Copa de España en la División Off Road Series. Vehículos de de estricta serie de dos ruedas motrices y con una cilindrada máxima de cc Vehículos admitidos en División Car Cross Vehículos monoplazas de motor trasero, construidos y concebidos para la práctica del Autocross, de 2 ruedas motrices, y propulsados por motores atmosféricos, de cuatro cilindros y cuatro tiempos, con una cilindrada máxima de 600 cm Vehículos admitidos en la Copa de España División Junior Car Cross Página 2 de 31

5 REGLAMENTO DEPORTIVO Vehículos monoplazas de motor trasero, construidos y concebidos para la práctica del Autocross, de 2 ruedas motrices, y propulsados por un motor atmosférico, de un máximo de cuatro cilindros y cuatro tiempos, con una cilindrada máxima de 600 cm 3 y homologados por la RFEDA. Estos vehículos estarán sujetos a las restricciones técnicas previstas en el Reglamento Técnico específico. 3.6 Vehículos de División III Vehículos monoplazas construidos y concebidos para la práctica del Autocross y cuyas especificaciones estén de acuerdo con el Reglamento Técnico FIA, artículo 279 del Anexo J. 4 DERECHOS DE INSCRIPCIÓN, PREMIOS, TROFEOS Y PRIMAS DE SALIDA 4.1, Los derechos de inscripción aceptando la publicidad contratada por el Organizador, se establecen en un máximo de: A. Primera fecha de cierre de inscripciones (15 días antes de la prueba): 230 B. Segunda fecha de cierre de inscripciones (el lunes anterior a la prueba): 300 LOS PILOTOS QUE PARTICIPAN EN CATEGORÍAS DE PROMOCIÓN, DIVISIÓN JUNIOR CAR CROSS, DIVISIÓN OFF ROAD SERIES, LOS DERECHOS DE INSCRIPCIÓN SERÁN EL 50 % DEL IMPORTE INDICADO ANTERIORMENTE Los Trofeos establecidos para cada una de las Divisiones (Div. I, II, División ORS, División Car Cross, División Junior Car Cross y División III), serán: 1º trofeo 2º trofeo 3º trofeo 4.3. La ceremonia entrega de Trofeos se realizará inmediatamente después de cada final. Dado que la ceremonia de premios está basada en la Clasificación Provisional, en el caso de que la misma se viese alterada al elevarse a definitiva por los Comisarios Deportivos y ello supusiese una variación de los deportistas que reciben trofeo, dichos deportistas deberán devolver los trofeos inicialmente entregados, de manera que puedan ser ofrecidos a los nuevos clasificados. Todo piloto que rehusé devolver su Trofeo y/o premio, podrá ser sancionado por los Comisarios Deportivos con una multa mínima de 150. Si el Organizador decide efectuar vuelta de honor, deberá hacerlo constar en el Programa oficial de la Prueba, que figura en el Reglamento Particular de la misma. Los tres primeros clasificados de cada final darán esta vuelta al circuito en un vehículo adecuado facilitado por el Organizador. En caso de fuerza, mayor, o motivo suficiente, esta vuelta se suspenderá a criterio del Colegio de Comisarios Deportivos previo informe del Director de Carrera y/o Director de Prueba y con acuerdo expreso del Organizador de la prueba. Si el organizador decide efectuar una presentación de pilotos durante la prueba, deberá hacer constar en el programa oficial de la prueba, el horario exacto en que está previsto efectuarlo Habrá un dos sistema de reparto del importe de asignación reglamentaria a entregar a los pilotos que corresponde a premios en metálico, de acuerdo a la siguiente tabla: A) Primas de desplazamiento Premios en metálico, de acuerdo a la siguiente tabla: Cada Organizador podrá escoger entre uno de los dos sistemas que, en todo caso, se entenderán como asignaciones en metálico mínimas. El sistema elegido deberá constar claramente en el Reglamento Particular de la Competición. El reparto se efectuará de la manera siguiente: Vehículos autorizados a tomar la salida que participen en categorías de Campeonatos de España (no copas ni Trofeos de promoción) SISTEMA A) Prima de desplazamiento / Cantidad conjunta a repartir como premios para las 4 Divisiones de Campeonato de España SISTEMA B) Premios por División para las 4 Divisiones de Campeonato de España (no copas ni trofeos de promoción) Página 3 de 31

6 REGLAMENTO DEPORTIVO 40 o menos de o menos de 41 a De 51 a De 61 a De 71 a De 81 a De 91 a De 101 a De 111 a Más de º 150 2º 100 3º 75 4º 75 5º 50 6º 50 1º 200 2º 150 3º 100 4º 75 5º 50 6º 50 1º 250 2º 200 3º 125 4º 75 5º 50 6º 50 1º 300 2º 250 3º 125 4º 100 5º 50 6º 50 1º 350 2º 275 3º 150 4º 100 5º 75 6º 50 1º 400 2º 300 3º 175 4º 125 5º 75 6º 50 1º 450 2º 325 3º 225 4º 125 5º 75 6º 50 1º 500 2º 400 3º 300 4º 175 5º 75 6º 50 1º 550 2º 450 3º 350 4º 225 5º 125 6º 50 1º 600 2º 500 3º 400 4º 300 5º 150 6º 50 En el caso de los premios por División, éstos se entregarán a los pilotos de la División I, II, III y Car Cross según su clasificación en la Final A correspondiente y de acuerdo a la tabla que figura en el presente artículo. En el caso de las primas de desplazamientos, el importe que resulte deberá repartirse entre los pilotos que provengan de otras Federaciones Autonómicas distintas a la que organice la prueba y/o de distancias considerables dentro la misma Autonomía. Para el Organizador que decida aplicar las primas de desplazamiento, la RFEDA editará una tablilla explicativa de los Km. Que se tienen que aplicar para desplazarse desde el lugar de origen de cada equipo, hasta el lugar donde se celebre la prueba a prima de desplazamiento (./Km.) para cada piloto, se efectuará mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Valor de la tabla del artículo 4.4. P:D. = T. Km. Siendo P.D. la prima de desplazamiento y siendo T. Km. el número total de Km. realizados por todos los equipos con derecho a prima de desplazamiento El Organizador podrá optar por abonar las primas de desplazamiento o los Premios en metálico, al finalizar la prueba o mediante transferencia bancaria. Si opta por la transferencia, deberá realizarla en el plazo máximo de 48 horas después de finalizada la prueba. La opción escogida deberá estar reflejada en el Reglamento Particular de la Prueba El piloto que por cualquier motivo se le excluya descalifique de la competición, perderá el derecho a percibir la prima de desplazamiento o los premios en metálico previstos en los artículos anteriores Los pilotos que participan en las categorías de promoción División Off Road Series, División Junior Car Cross y al tener una reducción en las inscripciones, no tendrán derecho a recibir ni premios en metálico ni primas de desplazamiento. 5. ATRIBUCIÓN DE PUNTOS 5.1. En cada prueba puntuable se establecerá una clasificación final para cada una de las Divisiones (Div I, II, III, División Off Road Series, División Car Cross y División Júnior Car Cross) con los pilotos con licencia P (o similar en 2017 y en la Página 4 de 31

7 REGLAMENTO DEPORTIVO División Junior de Car Cross, las licencias indicadas en el artículo 2.4.) y licencias provenientes de países con convenio con la RFEDA, a los que serán otorgados los siguientes puntos: 1º 20 6º 10 11º 5 2º 17 7º 9 12º 4 3º 15 8º 8 13º 3 4º 13 9º 7 14º 2 5º 11 10º 6 15º 1 Si en la final A hay pilotos con licencias que no tienen derecho a puntos (por ejemplo PR inicial de 2015 o similar en 2016 ), éstos se eliminarán de la clasificación pudiendo, si se da el caso, otorgar los puntos que correspondan a los pilotos clasificados de la final B o C o Clasificación acumulada de las mangas clasificatorias, hasta completar el número de participantes con derecho a puntación y que no han optado a la final A. Todo esto se efectuará únicamente a efectos de puntuación. Si dos o tres Divisiones disputan la final conjuntamente, se establecerá una clasificación final para cada una de las Divisiones En cada serie de cada manga clasificatoria de cada División, se otorgarán puntos a los dos tres primeros clasificados de cada División: PUNTOS EN CADA SERIE DE LAS ENTRENAMIENTOS OFICIALES Y MANGAS CLASIFICATORIAS MANGAS SERIES CLASIF. ENTRENAMIENTOS 1º 2 3 puntos 1 2º 1 2 punto 3º 1 punto 5.3. El resultado de sumar los puntos obtenidos en la Final A (art. 5.1) y los obtenidos en las Mangas Series Clasificatorias y entrenamientos (art. 5.2), determinará la puntuación total de aplicación en cada prueba celebrada, para decidir el vencedor del los Campeonato o Copa o Trofeos de España En el caso de que un piloto no se hubiera clasificado para disputar la Final, pero hubiera obtenido puntos en alguna de las Mangas Series Clasificatorias, estos serán tomados en cuenta como resultado de aplicación para el Campeonato o Copa o Trofeos de España por Divisiones A fin de decidir la puntuación que se otorgará a cada piloto para decidir el Campeón de España de Autocross Absoluto, se establecerá una clasificación de la siguiente manera: Los pilotos de las divisiones División Off Road Series, y los Trofeos División Junior Car Cross y, por su carácter promocional, no participarán en este Campeonato de Autocross Absoluto, POSICIÓN EN LA CLASIFICACIÓN FINAL 1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º Nº DE VEHÍCULOS SALIDOS EN LA 10 o más Página 5 de 31

8 REGLAMENTO DEPORTIVO A la puntuación obtenida de la tabla anterior, se le sumarán los puntos obtenidos en la clasificación de su División, teniendo en cuenta los puntos obtenidos en Entrenos Oficiales y Mangas Clasificatorias y Finales. La suma de las puntuaciones obtenidas en la totalidad de las pruebas celebradas determinará la puntuación a aplicar a la clasificación definitiva para el Campeonato Absoluto de Autocross, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 7, Resultados a retener. Si un piloto participa en dos campeonatos distintos según prevé el artículo 9.3 del presente Reglamento Deportivo, sólo se le tendrá en cuenta la mejor puntuación obtenida en cualquiera de las Divisiones en las que participe Cuando por cualquier circunstancia no se pueda cubrir la totalidad de la distancia prevista para una prueba o competición Si por causas de fuerza mayor debe suspenderse una competición sin haberla terminado, se seguirá el criterio siguiente: a) Si solamente se ha efectuado la sesión de calificación los entrenos, se considerará como no realizada. b) Si solamente se ha efectuado una manga clasificatoria, se otorgará el 25 % de los puntos previstos según el artículo 5.1 más la puntuación obtenida en los entrenos prevista en el artículo 5.2, de acuerdo a la clasificación de la manga, para cada una de las Divisiones. c) Si se han realizado las dos mangas clasificatorias, se otorgará el 50 % de los puntos previstos en el artículo 5.1, de acuerdo a la clasificación conjunta de las dos Mangas, para cada una de las Divisiones, más la puntuación obtenida en los entrenos prevista en el artículo 5.2. d) Si se han realizado las tres mangas clasificatorias, se otorgará el 75 % de los puntos previstos en el artículo 5.1, de acuerdo a la clasificación conjunta de las dos Mangas, para cada una de las Divisiones, más la puntuación prevista en el artículo 5.2. Si resulta imposible efectuar alguna clasificación por no disputarse idéntica parte de la competición en todas las Divisiones, la prueba se considerará como no efectuada a efectos de puntuación para el Campeonato de España Absoluto En caso de que disputen la competición conjuntamente las Divisiones I y II o II y División Off Road Series o I, II y División Off Road Series según lo previsto en el artículo 14.5, deberán confeccionarse igualmente las clasificaciones por cada División a fin de obtener la puntuación correspondiente, tanto en los entrenamientos y en las Mangas Clasificatorias, como en las Finales El piloto que por cualquier motivo se le descalifique de la competición, perderá el derecho a tener los puntos obtenidos en las mangas clasificatorias, reclasificando a los demás pilotos. 6. PRUEBAS PUNTUABLES Los Campeonatos y Copas y Trofeos de España de Autocross constarán de un máximo de 8 pruebas, de acuerdo con el calendario establecido por la RFEDA. Página 6 de 31

9 REGLAMENTO DEPORTIVO En 2018, de forma excepcional, los organizadores que soliciten y celebren una Pre inspección antes del 1 de junio de 2018, podrán celebrar un a prueba puntuable para el Campeonato 2018, de acuerdo con la siguiente normativa: a) La Pre inspección deberá celebrarse antes del 1 de junio de b) Dicha Pre inspecciòn debe superar el 70% de la puntuación media de las tres mejores de c) En el caso de celebrarse más de 1 Pre inspección en las condiciones establecidas anteriormente, la prueba que alcance la mayor puntuación será incluida en el calendario del Campeonato Asimismo, los organizadores que soliciten Pre inspección podrán realizar su prueba de Pre inspección en 1 solo día (en todo caso deberán cumplir el desarrollo de la competición establecido en el Reglamento del reiterado Campeonato de España). No obstante, el informe del observador tendrá en cuenta la decisión tomada por el Organizador para celebrar la prueba en 2 días. 7. RESULTADOS A RETENER 7.1. El número de resultados a retener será el del total de las Competiciones celebradas si son 6 o menos de 6 y el del total de las competiciones celebradas menos una si son 7 o más de Como mínimo se tendrá que participar en dos pruebas de las previstas en el calendario de la RFEDA del CEAX para optar a cualquier Campeonato o Copa o Trofeo de España de Autocross., será indispensable haber participado, en la misma División, en la totalidad de las pruebas celebradas menos una En caso de empate al final, la clasificación será decidida de acuerdo con el artículo 27 de las PCCCTCE. Si persiste el empate se tendrá en cuenta en primer lugar, el mayor número de participaciones de los pilotos implicados y después el mayor número de poles conseguidas durante el Campeonato Los resultados obtenidos como consecuencia de una descalificación de una prueba deben ser tomados en cuenta y no pueden ser considerados como resultado nulo a efectos del art. 7.1 anterior, de acuerdo con lo previsto en las Prescripciones Comunes. 8. REGLAMENTO PARTICULAR 8.1. El Reglamento Particular de cada prueba deberá ajustarse al modelo que figura en el Anexo 1 y deberá estar enteramente conforme a todas las condiciones dictadas en el presente Reglamento Deportivo El Reglamento Particular debe mencionar de forma explícita, todas las disposiciones y condiciones suplementarias del organizador, las cuales deben ser conformes con los textos reglamentarios Los proyectos de Reglamento Particular deberán hacerse llegar a la Secretaría de la RFEDA al menos 60 días antes de la fecha de la prueba. Por retraso imputable al Organizador, la RFEDA podrá imponer una sanción de 300 Euros El Reglamento definitivo deberá estar publicado por la Secretaría de la prueba y en la página web del Organizador, al menos 1 mes antes del comienzo de la misma. El incumplimiento de este artículo conllevará la misma sanción del artículo anterior y la consiguiente penalización en el informe del Observador En la portada del Reglamento Particular de cada prueba puntuable para el Campeonato de España, así como en los Complementos al reglamento y en las hojas de clasificaciones, deberá figurar el título del Campeonato y el logotipo oficial de la RFEDA, según se especifica el Anexo correspondiente de las PCCCTCE Será obligatorio añadir al final del Reglamento Particular indicaciones útiles para los pilotos: plano del circuito detallando el trazado de la pista y la ubicación del Parque Cerrado y Parque de Trabajo, ubicación exacta del circuito y manera de acceder al mismo, plano de situación de las verificaciones y libro de seguridad de la carrera. 8.7 Las disposiciones del Reglamento Particular sólo podrán ser modificadas de acuerdo con lo estipulado en el art del CDI. 8.8 Toda modificación o disposición complementaria será comunicada por medio de complementos fechados y numerados, los cuales formarán parte integrante del Reglamento Particular. 8.9 Estos complementos serán expuestos en la Secretaría de la prueba, y en el Tablón oficial de avisos. También serán comunicados directamente a los pilotos, que deberán firmar un acuse de recibo, siempre que sea posible y publicados en la página web de la prueba Todo Complemento difundido antes del comienzo de las verificaciones deberá recibir, por escrito, la aprobación de la RFEDA. Página 7 de 31

10 REGLAMENTO DEPORTIVO 8.11 Todo Complemento difundido después del comienzo de las verificaciones deberá ser aprobado por los Comisarios Deportivos El Director de Carrera, conjuntamente con el Director de Prueba, son los responsables de la aplicación del Reglamento Deportivo y del Reglamento Particular durante el desarrollo de la prueba. No obstante, deberá informar a los Comisarios Deportivos de toda decisión importante que estén obligados a tomar en aplicación de las citadas reglamentaciones Todos los casos no previstos en los Reglamentos Deportivos y CDI, serán estudiados por los Comisarios Deportivos, que son los únicos habilitados para tomar una decisión. (art del CDI) El comité organizador deberá nombrar con aceptaciones de cargo expresas, como mínimo a los Oficiales que consten en el Reglamento Particular Tipo de la prueba Designación de los Comisarios Deportivos La RFEDA nombrará el Presidente del Colegio de Comisarios Deportivos. En cada Colegio de Comisarios Deportivos prueba puntuable para el Campeonato de España se deberá nombrar como mínimo, un Comisario Deportivo que haya asistido al último seminario/congreso de oficiales de la RFEdeA de una Federación Autonómica distinta a la que se celebre la prueba y organizadora de Campeonato de España de Autocross. Se recomienda muy especialmente que los Comisarios Deportivos actuantes en todas las pruebas hayan asistido al Seminario de Oficiales de la especialidad de Autocross En el caso que haya más de 50 inscritos, el Organizador de la prueba considere oportuno deberá designar 2 Colegios de Comisarios Deportivos., lo solicitará a la RFEDA. Será indispensable expresar en la solicitud las ubicaciones previstas para los dos Colegios, pues será imprescindible que estos tengan ubicaciones adecuadas y separadas para ejercer su trabajo correctamente La RFEDA podrá nombrar un Director de Prueba que, actuando en constante unión con el Director de Carrera, dispondrá de plenos poderes en las materias que se describen a continuación, en las que el Director de Carrera podrá impartir las órdenes correspondientes, pero sólo con su aprobación expresa: Controlar el desarrollo de las verificaciones, los entrenamientos, las clasificatorias y las finales para que se respeten los horarios, el orden de salida de las Divisiones, el número de vueltas a realizar, y en general todo lo concerniente a la carrera Controlar y dar las órdenes oportunas para que se efectúe el regado de la pista de tal manera que perjudique lo menos posible a cualquier piloto, y tenga una uniformidad durante todo el Campeonato El Director de prueba y el Director de carrera deberán mantener un continuo contacto entre ellos y entre todos los puestos de control, vía radio o cualquier otro medio de comunicación eficaz, durante todo el desarrollo de la prueba Utilizar de acuerdo con el Director de Carrera, en caso necesario, el vehículo de seguridad facilitado por la Organización. 9 INSCRIPCIONES Y NÚMERO DE EQUIPOS 9.1 Todo concursante que desee participar en una prueba del Campeonato de España debe enviar la solicitud de inscripción, debidamente cumplimentada, a la Secretaría de la prueba antes de la hora del cierre de inscripciones. Las inscripciones se realizarán preferiblemente a través de la página web de la RFEDA o del mismo Organizador de la prueba. 9.2 Ninguna modificación podrá ser aportada a la solicitud de inscripción, salvo en los casos previstos en el presente Reglamento Deportivo. No obstante, y a criterio de los Comisarios Deportivos, podrá modificarse la lista de inscritos, siempre y cuando se realice antes de la publicación de la lista de Autorizados a tomar la salida. 9.3 En una misma prueba puntuable cualquier piloto podrá participar en dos Divisiones diferentes, siendo responsabilidad del concursante la compatibilidad del horario previsto. En ningún caso se podrá competir en una División de Promoción (División Off Road Series, División Júnior Car Cross) y en cualquiera de las otras Divisiones de NO promoción establecidas. 9.4 Por el mero hecho de firmar la solicitud de inscripción, el concursante, así como todos los miembros del equipo, se someten a las jurisdicciones deportivas reconocidas por el CDI y sus anexos, así como a las disposiciones y prescripciones indicadas en el Art.1.2 Página 8 de 31

11 REGLAMENTO DEPORTIVO 9.5 El Comité de Organización se reserva el derecho de rehusar o limitar la inscripción de un concursante debiendo cumplir lo establecido en el art del CDI. En todo caso se dará prioridad absoluta a los equipos que hayan realizado la inscripción antes de la primera fecha de cierre, siguiendo las siguientes prioridades: En la primera fecha de cierre de inscripciones: 20 primeros clasificados del Campeonato del año anterior (1ª prueba). Todos los pilotos clasificados para el Campeonato de España, que hayan tomado parte en todas las pruebas anteriores del Campeonato, o en al menos, todas menos una, menos dos y así sucesivamente. Pilotos prioritarios considerados así por la RFEDA. Los pilotos con licencia P (o similar en 2017) y los que tengan licencia Internacional expedida por la RFEDA. Los pilotos con licencia PR (o similar en 2017). Orden cronológico de inscripción. En la segunda fecha de cierre de inscripciones, se seguirá exactamente el mismo criterio expresado anteriormente, constituyendo un bloque separado las inscripciones recibidas en este segundo plazo. Asimismo, el Organizador deberá publicar y actualizar periódicamente la lista provisional de inscritos en la página web de la prueba, a partir de la fecha de aprobación del Reglamento Particular También deberá comunicar por escrito y con acuse de recibo, la condición de reserva, prevista en el art del CDI y el orden asignado a aquellos pilotos que, por superar el límite fijado, se encuentren en estas condiciones. 9.6 Los derechos de inscripción serán reembolsados en su totalidad a: Los concursantes solicitantes cuya inscripción haya sido rechazada. En caso de que la prueba no se celebrara. En casos justificados de fuerza mayor acreditados a los Comisarios Deportivos. 9.7 Los derechos de inscripción podrán ser objeto de un reembolso parcial en las condiciones que se hayan previsto en el Reglamento Particular, o en los casos en que los Comisarios Deportivos estimen oportuno esta devolución. 9.8 El cierre de inscripciones se realizará: A. Primera fecha de cierre de inscripciones: A las 20:00 horas de 15 días antes del inicio de la prueba. B. Segunda fecha de cierre de inscripción: A las 20:00 horas del lunes de la misma semana de la realización de la prueba. La lista oficial de inscritos deberá enviarse el martes anterior a la realización de la prueba a la RFEDA, y al Observador de la prueba y estar publicada en la página web del Organizador. 10 SEGUROS Será de aplicación lo especificado en el Art. 10 de las PCCCTCE. 11 VERIFICACIONES Todos los equipos deberán presentarse al completo con su vehículo a las verificaciones técnicas y entrega de documentación. No está permitida la inscripción de más de un vehículo por piloto en una misma División. Únicamente puede verificarse un único vehículo por piloto en una misma División Todo concursante que se presente con retraso a las verificaciones por causas de fuerza mayor (así entendidas por los Comisarios Deportivos y siempre que el concursante o el piloto haya podido justificar plenamente la existencia de dicha causa y que el retraso se haya avisado antes del cierre de las verificaciones), podrá ser verificado hasta 60 minutos después de su hora asignada, según el horario previsto para su verificación. En este caso será penalizado con una multa de 60. Pasado dicho plazo no será autorizado a tomar la salida. En el caso de que no haya pedido autorización para llegar con el citado retraso, la penalización será de No se admitirá a tomar la salida a aquel vehículo que no esté conforme con artículo 3 del presente Reglamento Deportivo, y con el Reglamento Técnico del Campeonato de España de Autocross Las verificaciones deberán realizarse obligatoriamente según el horario previsto en el Programa de la prueba. Para ello los pilotos deberán presentarse en el Control Horario instalado antes de entrar a las verificaciones a la hora prevista en el citado programa En las verificaciones administrativas / entrega de documentación, se verificará lo establecido en las PCCCTCE. Página 9 de 31

12 REGLAMENTO DEPORTIVO En las verificaciones técnicas se estará a lo dispuesto en las PCCCTCE, y en especial las medidas de seguridad exigidas. A criterio de los Comisarios Deportivos y de acuerdo con el Delegado Técnico, se podrá solicitar en las verificaciones técnicas: a) Aspectos de carrocería. b) Ficha de homologación FIA o RFEDA (si ha lugar). c) Pasaporte técnico. (La no presentación supondrá una multa 100 ) d) Libro de Taller para Car Cross. e) Hoja de equipamiento de seguridad debidamente aceptada y firmada Todos los equipos deberán someterse a las verificaciones técnicas requeridas durante la celebración de la prueba. Para ello deberán tener las herramientas necesarias y su personal cualificado para realizar cualquier desmontaje que se precise. En su defecto el Delegado Técnico nombrado por la RFEDA decidirá el sistema a seguir para que se realice la verificación en cuestión. La no presentación del material y los medios especificados que comporte la no realización de las verificaciones solicitadas, o negarse a someterse a las verificaciones requeridas podrá conllevará la descalificación del piloto de la competición En cualquier prueba del Campeonato podrán realizarse verificaciones sobre el pesaje de los vehículos, a propuesta de los Comisarios Deportivos. En el Reglamento Particular deberá especificarse el espacio para la ubicación de la báscula. En todo caso esta localización podrá variarse mediante acuerdo del Colegio de Comisarios Deportivos La zona habilitada y/o el taller previsto para realizarse la Verificaciones Técnicas deben estar operativos desde el inicio de la prueba Como norma general, las infracciones de carácter técnico cometidas en los Entrenamientos llevarán consigo la anulación de los tiempos conseguidos y las infracciones cometidas en las Mangas o Finales conllevarán la descalificación de la Manga o Final correspondiente pudiendo llegar a la descalificación. En el caso de infracciones de carácter técnico cometidas en las Finales (A, B o C) conllevarán la descalificación de la competición prueba Los pilotos deberán rellenar un documento en el que declararán bajo su exclusiva responsabilidad, el equipamiento reglamentario, según exige el artículo 18.4 de las PCCCTCE en el apartado e) del punto 6 de este mismo artículo. 12. NUMERO DE ORDEN La RFEDA asignará a principios de temporada el número de los diez pilotos clasificados en el Campeonato del año anterior los cuales lo utilizarán durante todo el Campeonato. Al resto de pilotos se le asignará un número con orden creciente de acuerdo a los inscritos de cada prueba. A cada piloto inscrito se le asignará un número que deberá llevar toda la temporada, y a su vez este número no podrá asignarse a ningún otro piloto. Los números que corresponden a cada División son los siguientes: División I: del 1 en adelante de forma correlativa. División II y Off Road Series (numeración conjunta): del 1 en adelante de forma correlativa. División III: del 1 en adelante de forma correlativa. División Car Cross: del 1 en adelante de forma correlativa. División Fórmula Júnior Car Cross: del 1 en adelante de forma correlativa En los turismos, el número asignado a cada piloto deberá figurar de forma visible en cada una de las puertas del vehículo y en los dos cristales laterales traseros, de acuerdo a las dimensiones y colocación indicadas en el siguiente dibujo. Cualquier otro número susceptible de crear confusión estará prohibido. El fondo de los números de competición tendrá un cuadrado blanco de 400 mm de alto por 400 mm de ancho, con un reborde negro de 5 mm. En la parte superior e inferior se reservarán dos espacios de 80 mm de alto para la publicidad de cada organizador. Los números serán en carácter ARIAL BLACK, de 200 mm de altura y un trazo de 34 mm en color negro. Los números de los dos cristales laterales traseros serán en carácter ARIAL BLACK, de 180 mm de altura y un trazo de 34 mm en color naranja Página 10 de 31

13 REGLAMENTO DEPORTIVO En los monoplazas, el número asignado a cada piloto deberá figurar de forma visible sobre el techo colocado de forma permanente sobre un soporte vertical opaco que no presente ninguna arista viva y fijados sobre el plano delante detrás del eje longitudinal del vehículo. El panel será blanco de unas dimensiones de 20 x 30 cm., rígido y en todo momento vertical. Los números serán en carácter ARIAL BLACK, de color negro, con una altura de 190mm y un trazo de 30mm. Cualquier otro número susceptible de crear confusión estará prohibido Todos los vehículos también deberán mostrar su número de competición en un círculo de 20 cm. de diámetro con fondo negro y número blanco, en la parte frontal del vehículo. Este número estará situado en el ángulo superior derecho del parabrisas, según el sentido de la marcha. Los monoplazas lo situarán en la parte delantera Un número de las mismas medidas y diseño que las indicadas en el artículo anterior, se colocará en el ángulo superior izquierdo del cristal trasero de los vehículos de turismo. Los monoplazas lo situarán en la parte posterior La pérdida de un número de competición podrá llegar hasta la descalificación si no se puede identificar bien el vehículo, y siempre a criterio de los Comisarios Deportivos, previo informe del Director de Prueba / Carrera o Jefe de Cronometraje El organizador no entregará los números de competición. El concursante / piloto, serán los únicos responsables de presentar el vehículo a las verificaciones con todos los números correctamente colocados, de acuerdo a las indicaciones del presente artículo. Una vez publicada la Lista Oficial de Inscritos, y de acuerdo al número asignado a cada piloto, el concursante / piloto deberán confeccionar y/o adquirir y colocar correctamente en el vehículo todos los números previstos en el presente artículo. 13. HOMOLOGACION DE CIRCUITOS Y LIBRO DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO Una prueba puntuable para el Campeonato de España se celebrará en un circuito permanente, con una longitud mínima de 800 metros y una anchura mínima constante de 13 metros, previamente homologado por la RFEDA No podrá efectuarse ninguna variación en el circuito sin haber consultado previamente a la RFEDA. Esta enviará un observador para verificar el circuito, al menos 15 días antes de la celebración de la prueba. Página 11 de 31

14 REGLAMENTO DEPORTIVO Se aconseja muy especialmente que la parrilla de salida esté situada fuera del recorrido de la prueba y con incorporación directa al circuito, además deberá permitir montar la parrilla de la manga siguiente, para dar agilidad a la carrera A discreción del organizador podrá preverse que en la competición se incluya una Joker Lap, que deberá tener una anchura mínima de 6 metros y estar de acuerdo a las normas de homologación de los circuitos de Autocross El circuito deberá elaborar un Libro de Seguridad aprobado por la RFEDA La RFEDA., editará las normas de homologación correspondientes, que serán de obligado cumplimiento. 14. DESARROLLO DE LA PRUEBA Generalidades 1. Las actividades previstas en el Programa Horario de la prueba, deberán desarrollarse, salvo casos de fuerza mayor, como máximo: El sábado entre las 08:00 h y las 21:00 h y el domingo entre las 08:00 h y las 16:00 h. 2. Si una prueba puntuable para el Campeonato de España lo es también para el Campeonato de Europa todo el desarrollo de la prueba se hará según las especificaciones FIA. Si la prueba es preinspección FIA la normativa a aplicar será la del Campeonato de España Briefing de pilotos: El organizador deberá prever un espacio adecuado para la realización de un Briefing a realizar después de las verificaciones y antes de la sesión de calificación. El texto del briefing se dará por escrito en la entrada en el control de firmas, Se aconseja muy especialmente que el briefing sea con horario independiente y por separado en Turismos y Monoplazas, y División Car Cross / División III y además será publicado en la página web del Organizador. El Briefing está reservado a concursante y Pilotos y en el caso de la División Junior Car Cross al representante legal del piloto. Deberán asistir TODOS los pilotos autorizados a tomar la salida en la prueba, por lo que se deberá establecer un control de firmas por Divisiones. La no asistencia supondrá una sanción de 60 El Director de Carrera dispondrá de la conveniente megafonía para asegurar la correcta audición de la exposición y de un proyector para explicar las particularidades de la prueba y del circuito en sistema presentación. Los pilotos inscritos en cualquier División, que sean menores de 18 años, deberán estarán obligados a asistir al Briefing con el concursante y/o representante legal del piloto COMPOSICIÓN DE LA COMPETICION 1. Toda competición del Campeonato de España constará de una sesión de Calificación, 3 Mangas Clasificatorias y las Finales C, B y A (según número vehículos clasificados). A discreción del organizador podrán preverse entrenamientos libres el viernes y/o sábado por la mañana. 2. En el caso de que en una División el número de autorizados a tomar la salida sea de 16 o más pilotos las Mangas Clasificatorias estarán constituidas por Series en las que participarán un máximo 15 vehículos en cada una. 3. A la vista de la lista de inscritos, el Organizador podrá redistribuir, de acuerdo con el presente reglamento, el número de series que efectuará cada División. 4. Cada División disputará por separado la Calificación, las Mangas Clasificatorias y las Finales (División I, División II, División Off Road Series, División III, y División Car Cross y División Junior Car Cross). 5. El orden de salida de la calificación y de las Mangas Clasificatorias será según indica el Reglamento Particular de la prueba. Como norma general será el siguiente: División Junior Car Cross, y Divisiones Off Road Series, División II, División I, División Car Cross y División III. En caso de que la División I y División II participen conjuntamente, lo harán en el orden de la División I. (según lo indicado en el artículo 14.4). Los Comisarios Deportivos podrán modificar este orden si lo estiman oportuno según las necesidades de la prueba El orden de salida de las Finales será el establecido en el Reglamento Particular de la prueba. como norma general será el siguiente: División Off Road Series, División Junior Car Cross, División II, División I, División Car Cross y División III. En caso de que la División I y División II participen conjuntamente, lo harán en el orden de la División I. (según lo indicado en el artículo 14.5). Página 12 de 31

15 REGLAMENTO DEPORTIVO Si en las Divisiones I y II, o en las Divisiones II y División Off Road Series el número de inscritos o autorizados a tomar la salida en una de las Divisiones es 9 5 o inferior a 9 5, estas podrán disputar, a criterio del organizador una vez publicada la lista de inscritos o de los Comisarios Deportivos el día de la prueba, conjuntamente la sesión de calificación, las mangas clasificatorias y las finales. En todo caso se dará preferencia (si el número de inscritos lo permite) que se junten las Divisiones II y División Off Road Series. En casos excepcionales y siempre que los inscritos en dos de las tres Divisiones sea insuficiente, los Comisarios Deportivos podrán autorizar el agrupamiento de las 3 Divisiones Si en la División Junior Car Cross, División Car Cross o División III el número de inscritos es 8 o inferior a 8, el Organizador podrá optar por no constituir la División, debiendo comunicarlo con la suficiente antelación a los equipos afectados Los equipos deberán estar a disposición del Director de Carrera en el Parque de Trabajo, una hora antes del comienzo de los entrenamientos libres o sesión de Calificación. El horario publicado a la vista del número de autorizados a tomar la salida tendrá siempre carácter orientativo, siendo responsabilidad del concursante la presentación del piloto a la parrilla de salida, antes del cierre de la misma a efectos de disputar los entrenamientos, la serie/manga o final, que corresponda Los organizadores deberán realizar las clasificaciones de toda la carrera, o bien de forma manual o bien con un programa informático previamente homologado por la RFEDA La publicación de todos los resultados y clasificaciones se harán con papel de distinto color para cada División, debiendo adoptar los colores siguientes: DIVISION I Rojo DIVISION II Azul DIVISION OFF ROAD SERIES Verde DIVISION Car Cross Amarillo DIVISIÓN III Sepia/salmón DIVISION JUNIOR CAR CROSS Amarillo con franja negra de 1 cm. En la esquina izquierda En el caso de que el Tablón de Avisos sea suficientemente grande que permita hacer diferentes sub tablones para cada División y la publicación de resultados no comporte ninguna duda de la División a que corresponden, se podrá utilizar el mismo color para todas las Divisiones Preparrillas Las preparrillas de salida serán consideradas a todos los efectos como Parque Cerrado, exceptuando las actuaciones que el propio piloto pueda realizar sobre su vehículo con elementos a bordo del vehículo o facilitados por su equipo, estando totalmente prohibido que cualquier miembro del equipo acceda a la zona de pre parrilla (el Director de Carrera podrá tener especiales consideraciones en la Categoría Car Cross Junior) el caso de que un piloto se le constate alguna insuficiencia reglamentaria en aspectos de seguridad, en este caso, y previa autorización expresa del Director de Carrera, se le requerirá que subsane dicha anomalía sin posibilidad de actuar sobre ningún otro elemento del vehículo. Esta circunstancia no supondrá, en ningún caso, el retraso en la incorporación a la parrilla de salida en el momento establecido. En el caso de que un piloto que se encuentre en la Pre parrilla de salida no pueda poner en marcha su vehículo por sus propios medios, los Oficiales estarán autorizados a empujarle para ponerlo en marcha, En el caso de que el vehículo no pueda ponerse en marcha, éste será retirado de la zona de Pre parrilla y conducido a su zona de Parque de Trabajo. El piloto podrá volver a la zona de Pre parrilla siempre y cuando no estén colocados definitivamente los vehículos de su serie en la Parrilla de Salida, previa autorización del Director de Carrera. En este caso, el vehículo saldrá desde el último lugar de la Parrilla Parrillas de salida 1. Las Parrillas de Salida de las Series/Mangas Clasificatorias y las de las Finales constarán de un máximo de 15 vehículos para todas las Divisiones, incluido cuando se agrupen algunas de ellas según indica el artículo 14.5 del presente Reglamento Deportivo. La formación de las parrillas será según el siguiente dibujo: Página 13 de 31

16 REGLAMENTO DEPORTIVO FILA 1 8 m FILA 2 8 m FILA 3 8 m FILA 4 8 m FILA 5 8 m FILA m 2. En todas las Parrillas de Salida el piloto mejor clasificado escogerá la Pole Position. El segundo piloto clasificado también podrá escoger entre uno de los dos puestos restantes. Nunca será posible cambiar de fila. En el caso de que un piloto con derecho a escoger posición no se presente a su debido momento en la parrilla, perderá ese derecho, debiéndose situar en el lugar que quede disponible. Si una vez confeccionada una parrilla se procede al regado de la pista, los pilotos con derecho a escoger posición podrán solicitar un nuevo cambio de sus posiciones, siempre que esta petición se realice antes de iniciar el procedimiento de salida. 3. Los puestos en la parrilla deben estar marcados convenientemente y las filas estarán separadas 8 metros entre ellas. La distancia lateral entre vehículos de una misma línea será entre 2,5 m y 3,0 m. 4. El cierre de las parrillas de Calificación, Series Clasificatorias y Finales se establecerá en el momento de la salida de la serie precedente, por lo que no será admitido ningún vehículo a partir de este momento, excepto que el Director de Prueba/Carrera lo autorice expresamente, previa solicitud por escrito por parte del concursante o piloto, en la que deberá indicar los motivos del retraso. 5. Las parrillas de salida serán consideradas como Parque Cerrado. Excepciones: 5.1 En el caso que un piloto situado en su posición en la parrilla de salida no pueda poner en marcha su vehículo por sus propios medios, los Oficiales estarán autorizados a empujarle. Una vez esté en disposición de tomar la salida, el piloto deberá situarse en el último lugar de la parrilla. En el caso que el vehículo no pueda ponerse en marcha, el vehículo será retirado de la parrilla y conducido a su zona de Parque de Trabajo. 5.2 En el caso que un piloto, situado en su posición en la parrilla de salida, le sobrevenga una avería, éste deberá indicarlo a los Oficiales de Parrilla, que a su vez lo comunicarán al Director de Carrera, el cual concederá 3 minutos para poder solucionar el problema. Una vez resuelto el mismo el piloto deberá tomar la salida desde el último lugar de la parrilla. En el caso que no pueda solucionarse el problema, el vehículo no estará autorizado a tomar la salida y deberá ser conducido al Parque de Trabajo Salidas y cronometraje 1. Las salidas se anunciarán segundos antes con una pancarta en cuyo interior figure una inscripción de seg. indicativos del tiempo aproximado que falta para tomar la salida. 5 segundos antes se mostrará otra pancarta con la inscripción 5 seg. o una bandera verde (ver Art ). De utilizar algún otro sistema de señalizar los 30 y los 5 segundos, deberá ser tema obligado en el briefing. Antes de iniciar el procedimiento de salida con la pancarta de20 30 Página 14 de 31

17 REGLAMENTO DEPORTIVO segundos, se mostrará una bandera verde a todos los pilotos indicando que se está a punto de empezar la carrera. Preferiblemente se mostrará la bandera desde una esquina por delante de la primera línea de salida, procurando que sea completamente visible para todos los Pilotos. 2. La salida de las Series / Mangas Clasificatorias y Finales se dará mediante semáforo. El rojo permanecerá encendido a partir del momento en que se muestre la pancarta de 5 segundos. La salida será el instante en que se apague la luz roja, después de haber mostrado la pancarta de 5 seg. Se recomienda muy especialmente mostrar las pancartas desde una esquina o lateral de la parrilla, evitando cruzar la pista por delante de los vehículos. Justo antes de enseñar la pancarta de 30 segundos, deberá emitirse una señal acústica indicadora del inicio del procedimiento de salida. 3. Habrá salida falsa para todo vehículo que abandone la posición que le estaba asignada por los Oficiales responsables de las parrillas, desde el inicio del procedimiento de salida (bandera verde) hasta apagarse la luz roja. En este caso el piloto infractor será advertido de su acción mediante la presentación de una pancarta con una F y su número en la pizarra. Esta infracción será penalizada con un Drive Through según indica el artículo de este Reglamento Deportivo. Esta penalización supondrá la reclasificación de los demás pilotos. Si la salida falsa es de excesiva antelación manifiesta, la penalización podrá llegar hasta la descalificación a criterio de los Comisarios Deportivos. Si por cualquier circunstancia no se muestra la pancarta y el número al infractor, este hecho no eximirá al mismo de la penalización correspondiente. La salida falsa deberá controlarse por Jueces de Hechos nombrados al efecto para cada línea de salida y por cámara de CCTV. Este control puede ser reforzado por algún medio mecánico, eléctrico o electrónico. 4. El cronometraje deberá hacerse siempre vuelta a vuelta y como mínimo a la centésima de segundo con aparatos de identificación automática (transponders), doblado con célula fotoeléctrica conectada al sistema principal de cronometraje y además deberá hacerse un doblaje paralelo con cronoprinter o similar. En ambos casos deberán quedar registrados en papel todos los tiempos de ambos cronometrajes. 1. Los aparatos transponders deberán ser de propiedad del equipo habitual del Campeonato de España y de propiedad o alquilados al Organizador, del piloto no habitual. En todo caso es responsabilidad del equipo la conservación y el buen uso del mismo para garantizar el buen funcionamiento en todo momento. En el caso de ser alquilado, el equipo deberá pagar un precio por el alquiler no superior a 100 y depositar una fianza no superior a 400, que le será devuelta al entregar el transponder al finalizar la prueba. En caso de no devolución o de devolución deteriorada del mismo, la fianza depositada no se devolverá. 2. El transponder deberá ser del modelo AMB Tranx 260 DP o X2 Transponder CAR (marca o fabricante My Laps), con una conexión directa a la batería del vehículo, fijado con remaches o tornillos por delante del eje delantero del vehículo a una altura máxima de 60 cm con respecto a la pista y como máximo a 60 cm. del borde delantero del vehículo sin ningún material metálico o de fibra de carbono entre el transponder y la pista. En todo caso el Delegado técnico indicará el lugar preciso en que debe situarse. 3. El concursante /piloto deberá declarar en el Boletín de Inscripción el código o número del transponder que utilizará en la prueba en que se inscriba. 4. Será responsabilidad del Piloto que el transponder funcione correctamente durante toda la carrera. En caso de fallo el piloto será notificado por el Director de Carrera por escrito. En el caso de un segundo fallo el piloto será sancionado con un Drive Through. pudiendo llegar hasta la descalificación del mismo, si se detectan fallos de funcionamiento por culpa del mismo Piloto. 5. En las clasificatorias y en la final se dará por terminada la carrera, como máximo, 3 minutos después del paso del primer piloto por línea de meta, momento en que el equipo de cronometraje dejará de tomar tiempos. 6. Tomar la salida consiste en estar presente en la parrilla en condiciones de carrera normales, con el motor encendido y el vehículo en condiciones de moverse por sí solo, tomando efectivamente la salida sin asistencia exterior CALIFICACION 1. Todos los pilotos autorizados a tomar la salida deberán participar en la sesión de Calificación programada. En cada serie se admitirán un mínimo de 4 y un máximo de 10 vehículos en pista, excepto en la División Car Cross y Car Cross Júnior que podrán ser 12 vehículos. No obstante, si se presentaran en la parrilla menos de 4 vehículos, se les dará la salida. La serie se dará por finalizada en el momento que cualquier vehículo de la misma haya completado las 6 vueltas programadas. Página 15 de 31

18 REGLAMENTO DEPORTIVO En el caso de que el número de inscritos así lo requiera, el Organizador podrá solicitar a la RFEDA que el número de vehículos a participar en la sesión de Calificación sea superior al indicado en el punto anterior. Si las razones expuestas y las características del circuito lo permiten, se autorizará esta excepción. 2. La forma de salida de la sesión de Calificación será individual a intervalos mínimos de 4 3 segundos y la composición de las series, se efectuará de la siguiente manera: a) Los primeros clasificados (prioritarios) en el Campeonato / Copa / Trofeo de España para cada División, deberán disputar la sesión de Calificación en la misma serie y el orden de salida de acuerdo al orden ascendente según la clasificación. En el caso de la primera carrera, se tendrá en cuenta la clasificación del año anterior y el orden de salida de acuerdo al orden ascendente según la clasificación. De disputarse más de una serie se realizará un sorteo para determinar el orden de salida de las series. ésta deberá disputarse en primer lugar y el orden de salida será el mismo que indique la situación en el Campeonato. b) De disputarse más de una serie se realizará un sorteo para determinar el orden de salida de las series. c) En el caso que se dispute más de una serie, la composición de las otras la segunda y sucesivas series será por sorteo entre los pilotos autorizados a tomar la salida excepto la serie de los pilotos prioritarios y que no figuren en la primera serie, según lo indicado en el punto anterior. 3. A efectos de obtener un lugar en la parrilla de la 1ª Manga Clasificatoria, se tendrá en cuenta el tiempo de la vuelta más rápida que haya realizado el piloto. En caso de empate, se tendrá en cuenta el tiempo de la 2ª mejor vuelta, y así sucesivamente. 4. Los Comisarios Deportivos podrán autorizar la salida en las Mangas Clasificatorias a un piloto que no haya realizado la sesión de Calificación por causas justificadas de fuerza mayor, aunque deberá ser indispensable que este piloto haya realizado las verificaciones dentro del plazo establecido y que haya sido admitido a tomar la salida por los Comisarios Deportivos. En este caso, se considerará a este piloto como el último clasificado de la clasificación final de la sesión de Calificación, con un tiempo incrementado en 10 segundos al peor clasificado de su División. 5. Si un piloto inicia la sesión de calificación, pero no termina la primera vuelta (careciendo de tiempo de vuelta rápida), se le asignará el peor tiempo de su División, incrementado en 5 segundos. 6. En el caso de un circuito en el que se celebre por primera vez una prueba puntuable para el Campeonato de España, o haga más de 3 años que no se haya celebrado ninguna o se haya efectuado alguna modificación del trazado susceptible de nueva homologación, a criterio de las Comisiones de Seguridad y de la Comisión Off Road de la RFEDA, será obligatorio programar por parte del Organizador unas vueltas o sesión no calificativa, antes o en la misma sesión de Calificación, no se cronometrarán y Estas vueltas o sesión no calificativa tendrá el carácter de no obligatorio para los pilotos. El número de vueltas a disputar deberá indicarse en el Reglamento Particular de la prueba Clasificatorias 1. Se realizarán tres Mangas Clasificatorias, de un mínimo de m. y un máximo de m. cada una. El número exacto de vueltas deberá figurar en el Reglamento Particular de la prueba. La composición de las parrillas deberá estar expuesta en el Tablón de Avisos como mínimo 30 minutos antes del comienzo de cada serie. 2. La posición de los vehículos en la parrilla de salida de la primera Manga Clasificatoria, será según el resultado del tiempo obtenido en la mejor vuelta realizada en los entrenamientos (excepto lo indicado en los Art y ) Clasificación en Series y Mangas Clasificatorias 1. En cada Serie se clasificará a los pilotos según el número de vueltas realizadas. A igualdad de vueltas se tendrá en cuenta el mejor tiempo realizado. Al primer piloto se le otorgará 1 punto, al segundo 2, al tercero 3..., y así hasta el final. 2. La suma de las mejores puntuaciones obtenidas en las tres Mangas Clasificatorias disputadas determinará de menor a mayor puntuación, el orden de paso a las finales. 3. Los pilotos que hayan obtenido el mismo número de puntos (por igualdad de posición en series distintas de la misma Manga Clasificatoria o por el motivo que sea) desempatarán, a efectos de establecer la clasificación de cada manga, por el mejor tiempo realizado en la sesión de calificación en los Entrenamientos Oficiales. Página 16 de 31

19 REGLAMENTO DEPORTIVO 4. La clasificación de la primera manga establecerá la formación de las parrillas de la segunda manga y la atribución de puntos especificado en el artículo 5.2. La clasificación de la segunda manga establecerá la formación de las parrillas de la tercera manga y la atribución de puntos especificado en el artículo 5.2 La clasificación de la tercera manga únicamente servirá para la atribución de puntos según el mismo artículo Los pilotos que tomen la salida, pero que no completen una vuelta, serán clasificados como últimos de su serie más 2 puntos. Si se encuentran varios en esta situación, se clasificarán de acuerdo a su orden en la parrilla de salida de la mencionada Serie. 6. Los pilotos que no hayan tomado la salida en una Manga Clasificatoria se considerarán clasificados con puntos. 7. En caso de tener que constituirse 2 o más Series en cada Manga Clasificatoria (más 15 vehículos), se tendrá en cuenta que: a) Dos o más vehículos consecutivos de la lista de Entrenamientos Oficiales obtenida por tiempos de la vuelta rápida, no coincidan en la misma serie. b) Dos o más vehículos consecutivos clasificados en la Manga Clasificatoria anterior, no coincidan en la misma serie. 8. La posición en la parrilla de las series de la segunda Manga Clasificatoria, será según la clasificación de la primera Manga. La posición en la parrilla de las series de la tercera Manga Clasificatoria será según la clasificación de la segunda Manga. 8. Un Piloto advertido de comportamiento no deportivo mediante bandera negra en el transcurso de una Manga / Serie o como consecuencia de un informe de Jefe de Puesto después de la finalización de la misma, será clasificado según el orden de paso por la línea de llegada anterior al hecho que motivó la presentación de dicha bandera, pudiendo llegar, según la gravedad del incidente, hasta la descalificación de la carrera o prueba a criterio del Colegio de Comisarios Deportivos a propuesta del Director de Carrera y / o Director de Prueba. En caso de descalificación de la carrera será clasificado con 20 puntos aplicados a la serie que dispute, pudiendo llegar, según la gravedad del incidente, hasta la descalificación de la Manga o de la carrera a criterio del Colegio de Comisarios Deportivos y a propuesta del Director de Carrera y / o Director de Prueba. En el caso de que la penalización sea la de descalificación de la Manga, se considerará al piloto como no salido en la misma y con una penalización de 30 puntos..estas penalizaciones supondrán la reclasificación de los demás pilotos, según la definición de reclasificar expresada en el punto 10 9 de este mismo artículo. El Director de Prueba y/o Carrera elevarán un informe al Colegio de Comisarios Deportivos sobre aquellos pilotos que a lo largo del Campeonato se hayan mostrado especialmente reincidentes. 9. Reclasificar en las Series o Mangas Clasificatorias supone en todos los casos: a. Cuando un piloto sea penalizado, deberá ocupar la posición que le resulte de sumar el puesto conseguido con la penalización impuesta, quedando con los puntos resultado de esta suma Finales b. Los demás pilotos deberán ir ocupando los puestos que han quedado vacíos y obteniendo los puntos que les correspondan según el nuevo lugar conseguido (reclasificación) c. En Mangas de dos o más Series clasificatorias, en caso de empate en número de puntos entre 2 o más pilotos, se colocarán en la clasificación por el orden del tiempo de entrenos, pero seguirán teniendo el mismo número de puntos. En este caso los clasificados por detrás de los empatados mantendrán los puntos conseguidos en su respectiva Serie. d. En Mangas de una sola Serie clasificatoria, los pilotos que resulten con el mismo número de puntos se colocarán por orden de entrenos con el fin de confeccionar las parrillas de las Mangas siguientes. 1. Para tomar parte en una final, será condición indispensable haber salido como mínimo en una Manga Clasificatoria. Será también Será condición indispensable para disputar una Final B y/o C, que en la misma existan realmente 6 vehículos en parrilla. Si alguno de los vehículos con derecho a participar en la Final B y/o C no se presentara a la parrilla de salida y esto provoca que sean menos de 6 los efectivamente presentados, los Comisarios Deportivos, de acuerdo con el Comité Organizador, podrán decidir si dicha final se celebra o no. En caso de no celebrarse, se clasificará automáticamente a los realmente presentados y que les toque, por orden de clasificación para esta final B, o final C. 2. Las Divisiones constituidas disputarán una Final A, una Final B y una Final C a partir de 30 vehículos clasificados. Si hay menos de 30 vehículos clasificados, habrá una Final A y una Final B y si hay menos de 18 vehículos solamente habrá una Final A en la que participarán los 15 primeros vehículos clasificados. Página 17 de 31

20 REGLAMENTO DEPORTIVO Si hay 30 o más vehículos hasta un total de 39 vehículos, siguiendo la lista de menor a mayor puntuación obtenida según lo indicado en el artículo , realizarán la final C los vehículos clasificados del 25 al 39 lugar. Los 3 primeros clasificados de la Final C disputarán la final B que estará compuesta por los clasificados del 13 al 24 lugar mejores de las Mangas Clasificatorias, más los 3 primeros de la Final C que ocuparán los 3 últimos puestos de la parrilla de salida. Si hay 18 o más vehículos hasta un total de 27, siguiendo la lista de menor a mayor puntuación obtenida según lo indicado en el artículo , realizarán la Final B los vehículos clasificados del 13 al 27 lugar. Los 3 primeros clasificados de la Final B, disputarán la Final A que estará compuesta por los clasificados del 1 al 12 mejores de las Mangas Clasificatorias, más los 3 primeros de la Final B, que ocuparán los tres últimos puestos de la parrilla de salida. 3. Para confeccionar la clasificación acumulada de las mangas clasificatorias y parrillas de las Finales se tendrán en cuenta las prioridades siguientes: a) Suma de puntos obtenidos en las tres mejores series / mangas clasificatorias. c) El mejor tiempo de los obtenidos en los Entrenamientos Oficiales. 4. Si uno o más vehículos, por la causa que fuere, no pueden tomar bandera en una final, se les considerará clasificados teniendo en cuenta el número de vueltas realizadas y el orden de su último paso por línea de meta. 5. Si un piloto le resulta imposible tomar la salida en una Final A, su plaza quedará sin ocupar y su clasificación será la del último lugar de la clasificación final. 6. Si dos o más pilotos les resulta imposible tomar la salida en una Final A, a efectos de la clasificación final, ocuparán las últimas plazas siguiendo el mismo orden que tenían en la parrilla de salida de la final en cuestión. 7. Si uno o más pilotos les resulta imposible tomar la salida en una Final B o C, habiendo comunicado oficialmente su abandono de la competición, se podrán reclasificar, por su orden de clasificación, a los pilotos que habían quedado fuera de las mencionadas finales B o C, confeccionando nuevas parrillas y colocando a los nuevos clasificados en los últimos lugares de las parrillas que se formen. Esta reclasificación expresada en el párrafo anterior, sólo se podrá realizar si las hojas de comunicación de abandono de los pilotos llegan a poder de los Comisarios Deportivos, antes de que éstos hayan publicado las parrillas de las finales B o C, o en caso de informe en este sentido del Director de Carrera/Prueba indicando que hay una baja en la parrilla de salida y el participante reserva esté en la preparrilla.a tal efecto, se establecerá una lista de los pilotos reserva que pudieran ocupar las plazas vacantes en la Parrilla de Salida publicada por los Comisarios Deportivos. 8. Las parrillas de salida de las finales se compondrán de 15 vehículos situados El piloto que haya obtenido la mejor clasificación escogerá la Pole Position. El clasificado en segundo lugar podrá escoger una de las dos plazas restantes, pero teniendo en cuenta que no se puede cambiar de línea. 10. Las finales se disputarán a una distancia que estará comprendida entre: Si es una Final C 6 y 8 Km Si es una Final B 6 y 8 Km Si es una Final A 8 y 12 Km. El organizador deberá indicar el número de vueltas a realizar en el Reglamento Particular de la prueba 11. Un piloto advertido de comportamiento no deportivo en una final mediante bandera negra, será clasificado según el orden de paso por la línea de llegada anterior al hecho que motivó la presentación de dicha bandera, pudiendo llegar, según la gravedad del incidente, hasta la descalificación de la carrera o competición, a criterio del Colegio de Comisarios Deportivos a propuesta del Director de Carrera y / o Director de Prueba. 12. Todas las Finales A podrán ir precedidas de una vuelta de reconocimiento al circuito a criterio del Director de Carrera y Director de Prueba, atendiendo a las circunstancias de seguridad de la pista. De realizarse dicha vuelta, los vehículos deberán circular al ritmo marcado por el vehículo de seguridad respetando, en todo caso, la distancia del doble de la longitud del vehículo. Al finalizar la misma tanto el pole como el segundo clasificado, podrán escoger el lugar de la parrilla Interrupción sesión de calificación, mangas entrenamientos o carreras. 1. Si fuera necesario parar la sesión de calificación, las mangas los entrenamientos o carreras debido a que el circuito está total o parcialmente bloqueado como consecuencia de un incidente, por la adversidad de las condiciones climatológicas, por causas de seguridad o de fuerza mayor, el Director de Carrera o Director de Prueba, a su exclusivo criterio, ordenarán que sea mostrada la bandera roja en la línea de llegada y de forma simultánea en todos los puestos de control. En todo momento deberá respetarse la regulación del Anexo H del CDI y no se admitirá ninguna reclamación relativa a los posibles efectos de la interrupción. Página 18 de 31

21 REGLAMENTO DEPORTIVO 2. Bajo estas circunstancias, los pilotos deben tener presente que los vehículos de competición, el personal y/o los vehículos de rescate pueden estar en pista, que el circuito puede estar total o parcialmente bloqueado y que, a causa de las condiciones climatológicas u otras causas de fuerza mayor, el circuito podría estar intransitable. 3. Cuando se haya dado la señal de parada se procederá como sigue: a) Durante las sesiones de calificación entrenamientos. Tan pronto como sea posible se reanudará la sesión y se completaran las vueltas previstas para la sesión de calificación entrenamientos, añadiendo una vuelta más, teniendo en cuenta que: Tendrán derecho a tomar parte a la salida los pilotos autorizados. Se podrá trabajar en los vehículos en el Parque de Trabajo y en la parrilla de salida según las condiciones establecidas en el art No se admitirán repostajes ni en la preparrilla ni en la parrilla de salida. Los pilotos autorizados podrán reincorporarse hasta el momento que se muestre la bandera a cuadros. A partir de este momento estará prohibido el acceso a pista. Dirección de Carrera indicará la hora de la reanudación. b) Durante las carreras (Mangas Clasificatorias y Finales) Todos los vehículos reducirán la velocidad y se dirigirán a la parrilla de salida. El procedimiento a seguir varía según el número de vueltas realizadas por el primer piloto, en el momento de mostrar la bandera roja. Caso A. Si el primer piloto no ha completado 2 vueltas, se repetirá la carrera entera y se iniciará tan pronto como sea posible, según el procedimiento habitual y constará de la duración prevista inicialmente. La salida original no tendrá efectos. Excepto para los participantes salidos y que no puedan tomar la nueva salida que serán considerados en la clasificación como salidos sin completar una vuelta. Únicamente serán admitidos a la nueva salida los pilotos que tomaron parte en la parrilla de la salida inicial y en el orden indicado en la misma. Se podrá trabajar en los vehículos en el Parque de Trabajo y en la parrilla de salida según las condiciones establecidas en el artículo No se admitirán repostajes ni en la preparrilla ni en la parrilla de salida. Si se repite este mismo caso de interrupción durante la misma carrera se reducirá la distancia prevista inicialmente en 1 vuelta, cada vez que se repita. Dirección de Carrera indicará la hora de la reanudación. Caso B. Si el primer piloto ha completado las dos primeras vueltas, pero no llega al 60% de la duración prevista, la carrera se disputará en dos partes. La primera parte de la carrera se considerará terminada al final de la vuelta anterior al incidente que motivó la bandera roja y se confeccionará una clasificación. Esta misma clasificación determinará la parilla de salida de la segunda parte de la carrera, que se reanudará tan pronto como sea posible, según el procedimiento habitual y que constará de la duración prevista inicialmente menos lo que se haya celebrado en la primera parte. La clasificación final de esta carrera celebrada en dos partes (o más si se repite el procedimiento de bandera roja), se obtendrá con la suma de los tiempos conseguidos (a igualdad de vueltas) por cada piloto en las respectivas partes. Únicamente serán admitidos a la salida los pilotos que tomaron parte en la primera salida. Se podrá trabajar en los vehículos en el Parque de Trabajo y únicamente en la parrilla de salida según las condiciones establecidas en el artículo No se admitirán repostajes ni en la preparrilla ni en la parrilla de salida. Si se repite este mismo caso de interrupción durante la misma carrera, se reducirá la distancia prevista inicialmente en 1 vuelta. Dirección de Carrera indicará la hora de la reanudación. Caso C. Si el primer piloto ha completado como mínimo el 60% de la duración prevista, la carrera se dará por finalizada, confeccionando la clasificación según el orden del último paso por línea de meta anterior al incidente que motivó la bandera roja. Página 19 de 31

22 REGLAMENTO DEPORTIVO 4. Los Comisarios Deportivos, previo informe de Dirección de Carrera, podrán penalizar a su exclusivo criterio, según la reglamentación aplicable, a cualquier piloto que consideren causante del incidente que haya motivado la bandera roja Joker Lap 1. Si se prevé la Joker Lap durante el desarrollo de la competición, será potestativo su paso en el caso de entrenamientos libres y calificación y será obligatorio un paso por la Joker Lap durante las Mangas Clasificatorias y finales. 2. No realizar la Joker Lap durante las Mangas Clasificatorias comportará una penalización de 30 segundos de forma directa e inmediata sin susceptibilidad de apelación. Realizar dos o más pasos se penalizará a criterio de los Comisarios Deportivos. 3. No realizar la Joker Lap durante las Finales comportará una penalización de clasificado en último lugar de forma directa e inmediata sin susceptibilidad de apelación. Si hay varios en este caso se clasificarán de acuerdo al orden de paso por la línea de meta final. Realizar dos o más pasos se penalizará a criterio de los Comisarios Deportivos. 4. En la reincorporación de la Joker Lap tendrá preferencia el participante que circule por el trazado principal. 5. En el caso que se haya interrumpido la Manga Clasificatoria o la Final antes de finalizar el número de vueltas previstas y no se reanude la misma, los Comisarios Deportivos asignarán un tiempo teórico fijo (tiempo aproximado en recorrer la Joker Lap, que se establecerá, a criterio de los Comisarios Deportivos, para cada circuito y categoría) a los participantes que no hayan realizado la Joker Lap, que se sumará a su tiempo invertido en la carrera. 6. La normativa FIA será de aplicación subsidiaria para la Joker Lap Llegada Parque Cerrado Clasificaciones 1. La carrera se dará por finalizada una vez cumplidas las vueltas establecidas en el Reglamento Particular (excepto si se da el caso previsto en el art ). En este momento el Director de Carrera presentará la bandera a cuadros al primer piloto y a todos los que le sigan. De acuerdo con lo que establece el art. 21 del CDI, la línea de llegada es la que establece el orden de llegada real de los vehículos. Por ello, en caso de duda, la foto finish será la que establezca el citado orden de llegada. Una vez pasada la línea de llegada los vehículos deberán proseguir a marcha lenta, evitando reducciones bruscas de velocidad, así como cambios imprevistos de dirección que puedan provocar accidentes, hasta llegar al acceso del Parque de trabajo o en su caso el Parque Cerrado, donde le será mostrada la pancarta descrita en el artículo Será necesario Deberán acceder al Parque Cerrado únicamente los vehículos que hayan disputado terminado la final A y los que no hayan participado en ella estando clasificados para realizarla. Los Comisarios Deportivos podrán eximir la entrada a parque cerrado a vehículos que por sus circunstancias especiales exista algún motivo que justifique la no presentación al mismo. 3. En el Parque Cerrado no podrán efectuarse reparación ni avituallamiento alguno, así como tampoco manipular órgano o parte cualquiera del vehículo, y los pilotos deberán abandonar la zona desde el momento en que hayan dejado sus vehículos. 4. Cualquier infracción a las normas del Parque Cerrado, como norma general comportará podrá llegar a la descalificación del piloto. 5. El Parque Cerrado de final de competición, no será levantado hasta al menos 30 minutos después de la publicación de los resultados provisionales oficiales finales de cada una de las Divisiones. 6. Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones, previa autorización de los Comisarios Deportivos, el Parque Cerrado quedará abierto excepto para aquellos vehículos que hayan sido objeto de reclamación o verificación de oficio. 7. El vehículo lo deberá retirar del Parque Cerrado obligatoriamente el piloto o persona autorizada por escrito por él mismo 8. La clasificación final oficial se publicará, sin plazo máximo establecido, una vez terminados los procedimientos pendientes de análisis por los Comisarios Deportivos y será remitida a la RFEDA, el mismo día de la prueba por fax / e mail. Asimismo, el Organizador enviará un dossier a la RFEDA y otro idéntico al Observador, que constará como mínimo de: Resultados de la Calificación Resultados de las Series de las Mangas Clasificatorias Página 20 de 31

23 REGLAMENTO DEPORTIVO Resultados de las dos Mangas Clasificatorias y Parrillas de salida de las Mangas y Finales Resultados de las Finales A, B y C En la publicación de los resultados de la Final A, deberá figurar el nombre del piloto que ha conseguido la pole position. 15. OBLIGACIONES DE LOS PILOTOS Y EQUIPOS DURANTE LA PRUEBA 15.1 Los vehículos deberán moverse por sus propios medios, quedando, por tanto, prohibido empujar estos a lo largo del recorrido Está prohibido circular en sentido contrario al de la carrera, circular fuera de los límites de la pista, así como circular por los márgenes o peraltes que delimitan la pista. La sanción podrá llegar hasta la descalificación a criterio de los Comisarios Deportivos La circulación de un vehículo innecesariamente lento, errático o de forma que pueda ser considerada potencialmente peligrosa para el resto de pilotos o resto de personas, a criterio del Director de Prueba / Carrera estará prohibida en cualquier momento En caso de que un vehículo quede detenido en una situación peligrosa para él, o para los demás pilotos, los oficiales podrán empujarlo para colocarle en un lugar seguro de seguridad. Queda terminantemente prohibido a los pilotos aprovecharse de esta ayuda de los oficiales o de otros pilotos para volver a arrancar y continuar la carrera. El participante quedará clasificado con las vueltas/tiempos conseguidos hasta ese momento. Excepciones: en los Entrenamientos Oficiales se considerarán nulos los tiempos obtenidos a partir de la ayuda recibida. En Manga Clasificatoria y Finales, se considerará terminada una vez ocurrido el incidente En caso de avería o accidente, el piloto debe colaborar con los comisarios de pista para colocar el vehículo en una zona segura de seguridad. En dicho caso, el piloto deberá abandonar el vehículo lo más rápidamente posible y situarse en una zona segura de seguridad. En todo caso, una vez que un piloto baje del vehículo ya no podrá volver a arrancar y continuar en carrera y quedará clasificado con las vueltas/tiempos conseguidos hasta ese momento Queda terminantemente prohibido, bajo pena de descalificación, pararse a 100 metros (antes y/o después) de la línea de meta, salvo en caso de fuerza mayor Queda prohibido cualquier tipo de repostaje en la preparrilla y parrilla de salida, así como tocar cualquier elemento mecánico del vehículo en la parrilla / preparrilla excepto lo previsto en el artículo de salida excepto con autorización expresa del Director de Carrera, bajo pena de descalificación Está totalmente prohibido bajo pena de descalificación, recibir ayuda externa en todo el recorrido del circuito, así como en la preparrilla y parrilla de salida, exceptuando el caso expresado en los artículos y Queda terminantemente prohibido circular dentro de la zona de parque de trabajo a una velocidad excesiva a criterio del Jefe de Parque, así como realizar pruebas de vehículos en cualquier zona del recinto del circuito, a excepción que el Organizador prevea un espacio a tal fin, hecho que deberá figurar en el Reglamento Particular. Las infracciones a este artículo serán penalizadas a exclusivo criterio de los Comisarios Deportivos El casco, el arnés de seguridad, los guantes, el sistema de retención para la cabeza (HANS) y todo el equipo obligatorio, no podrá quitarse hasta la entrada al Parque de Trabajo o una vez abandonado el Parque Cerrado de final de carrera Los pilotos están obligados a respetar lo estipulado en los Anexo L, y H del CDI. El Director de Prueba / Carrera podrá impedir cualquier operación en los vehículos en pista, por motivos de seguridad Está prohibida la instalación y utilización de sistemas de telemetría o cualquier base informática o de información vía radio u otro sistema, que permita la transmisión de datos órdenes y / o comunicaciones desde un vehículo en movimiento al exterior del mismo, excepto: a) Los instalados o autorizados por los Comisarios y cronometradores de la prueba con el fin de controlar el desarrollo de la misma. b) Mensajes legibles en un panel situado fuera de la pista. c) Señales de disparo de vuelta desde fuera de la pista, hasta el coche (beacon). Página 21 de 31

24 REGLAMENTO DEPORTIVO En ningún caso se permitirá que la información emitida por un vehículo pueda dar lugar a que, desde el exterior se pueda modificar ningún elemento técnico o mecánico del mismo mientras esté en pista Los pilotos deberán mantener el cristal y/o ventanilla cerrado durante la prueba hasta haber superado la bandera a cuadros de final de carrera. Esta infracción podrá llegar hasta la descalificación de la prueba a criterio de los Comisarios Deportivos Los equipos de filmación o grabación de imágenes sólo estarán autorizados de acuerdo con el artículo 9 de las PCCCTCE Cada equipo deberá disponer en su zona de trabajo un extintor de su propiedad de 4 6 Kg. de polvo polivalente con una eficacia de agente extintor de al menos 30 A y 140 B en perfecto estado de uso. La ausencia de extintor supondrá una sanción de Todos los equipos deberán colocar una lona impermeable en la zona asignada a su box, con el fin de evitar posibles derrames de líquidos sobre el suelo. Esta lona deberá ocupar como mínimo, toda la zona de trabajo que se necesita para efectuar cualquier reparación del vehículo. Esta medida va destinada a la protección del medio ambiente. La lona deberá reunir las condiciones establecidas en el protocolo de Medio Ambiente publicado por la RFEDA. La ausencia de la lona supondrá una sanción de En caso de abandono por avería o accidente, el piloto y/o concursante deberán comunicar a Dirección de Carrera, tan pronto como sea posible, esta circunstancia. La comunicación deberá ser por escrito y Dirección de Carrera o el mismo Relaciones con los Equipos que se encargará de que llegue el comunicado a Dirección de Carrera, Se deberá acusar recibo de la misma. Esta circunstancia no supondrá ninguna alteración en las posteriores posibles clasificaciones a las que hubiera podido tener derecho el piloto, según el artículo del presente Reglamento, excepto lo indicado en el artículo para las Finales B o C Cada equipo deberá mantener la zona de trabajo libre de público, con el fin de no entorpecer las labores de los mecánicos y evitar posibles accidentes Los concursantes deben asegurar y se responsabilizan que sus vehículos cumplen con las condiciones de conformidad y seguridad establecidas en los reglamentos aplicables, durante toda la duración de los entrenamientos y de la carrera Los concursantes serán los responsables de asegurar que las personas del equipo y / o acompañantes, respeten la reglamentación aplicable siendo, por tanto, responsables de las conductas y de las omisiones de los miembros mencionados Los concursantes serán responsables también de que se guarde el orden necesario en el Parque de Trabajo, tanto durante el día como por la noche con el fin de respetar el descanso ajeno, evitando ruidos exagerados y comportamientos incívicos. 16. SANCIONES 16.1 Los Comisarios Deportivos pueden infligir la(s) sanción(es) prevista(s) en el presente Reglamento, así como la(s) que a su exclusivo criterio disponga(n) en aplicación del CDI o de otro(s) Reglamento(s) aplicable(s). Asimismo, podrán actuar en ese sentido a petición del Director de Carrera o del Director de Prueba Incidente significa un hecho o una serie de hechos que implique a uno o varios pilotos o toda acción de un piloto que los Comisarios Deportivos entiendan, a modo de ejemplo, que: a) Haya supuesto la interrupción de los entrenamientos (libres u oficiales) o de las mangas clasificatorias o finales, en aplicación de la reglamentación aplicable. b) Constituya una violación de la Normativa aplicable (Reglamento(s), CDI y sus anexos, etc.). c) Haya efectuado una falsa salida o haya provocado la de uno o más vehículos. d) Provoque toques, empujones o colisiones. e) Haya forzado a dejar la pista a otro piloto. f) Entorpezca o impida ilegítimamente cualquier maniobra lícita de adelantamiento de otro deportista. g) Adelantar ilegítimamente a otro piloto con bandera amarilla, a criterio de los Comisarios Deportivos h) Desobedezca o haga caso omiso a las indicaciones, instrucciones o comunicaciones de los oficiales o del personal de organización de la prueba. i) En general, cualquier conducta que por acción u omisión atente contra el buen orden deportivo que debe presidir el deporte del automóvil y sus competiciones. j) Cambios anormales de trayectoria susceptibles de molestar a otros pilotos 16.3 Corresponderá a los Comisarios Deportivos determinar si se ha producido un Incidente, así como que piloto(s) Página 22 de 31

25 REGLAMENTO DEPORTIVO está(n) implicado(s) y si debe(n) ser sancionado(s) Los concursantes o sus representantes y los pilotos deberán estar localizables durante toda la duración de la prueba y durante los plazos indicados reglamentariamente. Si un piloto está implicado en una colisión o en un Incidente y ha sido informado por los Oficiales de la Prueba de dicha circunstancia antes de cumplirse 60 minutos desde la publicación de la clasificación provisional y no se haya publicado la clasificación final oficial, no deberá abandonar el circuito sin el acuerdo previo de los Comisarios Deportivos. Esta infracción podrá llegar hasta la descalificación a criterio de los Comisarios Deportivos 16.5 Los Comisarios Deportivos podrán infligir a cualquier piloto implicado en un Incidente, una de las siguientes sanciones previstas en los reglamentos aplicables: a) Amonestación b) Multa en metálico c) Penalización en tiempo: - Anulación de tiempos en entrenamientos - A añadir a su tiempo invertido en las carreras d) Drive Through e) Adición de puntos f) Pérdida de posiciones en parrilla de salida g) Pérdida de posición en la clasificación h) Penalización con vueltas i) descalificación 16.6 Asimismo, los Comisarios Deportivos podrán dar traslado al Tribunal Nacional de Apelación y Disciplina (TNAD) de la Real Federación Española de Automovilismo (RFEDA), de cualquier información referente a la posible implicación de un licenciado en un Incidente, así como el caso de aquellos participantes sancionados de forma repetitiva durante una temporada El TNAD podrá sancionar a cualquier licenciado implicado en un Incidente, de acuerdo con el presente reglamento, los estatutos, el Reglamento de Régimen Disciplinario de la RFEDA y disposiciones concordantes Aplicación de sanciones: En su caso, la aplicación de las sanciones comportará la reclasificación de los concursantes afectados en la clasificación correspondiente, atendiendo a las vueltas, al tiempo total y a los puntos adjudicados después de la aplicación de las sanciones, que en su caso correspondan, a cada piloto. La aplicación de sanciones será el siguiente: Salidas falsas (el que corresponda) Bandera de preaviso Drive Through Bandera negra a) Adición de puntos b) Penalización en tiempos Otras penalizaciones 16.9 DRIVE THROUGH En caso de que un piloto cometa alguna infracción al reglamento durante el transcurso de la prueba y la gravedad de la infracción no sea suficiente para mostrar la bandera negra, los Comisarios Deportivos podrán imponer, además d las penalizaciones descritas en el C.D.I., un DRIVE THROUGH. El procedimiento de aplicación de dicha sanción es el siguiente: Los Comisarios Deportivos indicarán a Dirección de Carrera que se señalice mediante un cartel con fondo negro en el que se muestre las palabras Drive Through o las letras DT junto con una pizarra con el número del vehículo afectado. y la penalización impuesta. DRIVE THROUGH Penalización p. 99 Página 23 de 31

26 REGLAMENTO DEPORTIVO Dadas las peculiaridades de esta especialidad, esta sanción consistirá en la aplicación directa e inmediata de una penalización consistente en:. Entrenamientos Oficiales: Anulación mejor tiempo. Mangas Clasificatoria: La adición de 3 puntos en la Serie que corresponda.. Finales: Penalización en tiempo que suponga la pérdida de 3 puestos. Cualquiera de estas penalizaciones será inapelable y de efecto inmediato de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 del C.D.I. El Comité Organizador de cada prueba nombrará tantos Jueces de Hechos como sea necesario para asegurar un correcto seguimiento de todos los pilotos a lo largo de todo el circuito y deberán situarse en lugares estratégicos convenidos previamente con el Director de Carrera. Estos Jueces de Hechos deberán figurar en el Reglamento Particular de la Prueba y su número estará consensuado con la RFEDA y actuarán conforme al artículo del CDI. En caso de imposibilidad de mostrar la penalización mediante las pancartas del artículo anterior por cualquier motivo de fuerza mayor, la penalización se impondrá igualmente y se publicará tanto en el Tablón de Avisos de la prueba como en la clasificación de cada una de las actividades deportivas Cualquier piloto que en el transcurso de una misma prueba sea amonestado dos veces mediante preavisos de Dirección de Carrera (bandera negra/blanca) y/o amonestaciones de los Comisarios Deportivos, por infracciones a la conducción deportiva, en el momento que se le muestre la segunda, será sancionado con: un Drive Through a aplicarse en la actividad deportiva en la que se haya mostrado el segundo preaviso/amonestación Cualquier piloto que sea sancionado con dos Drive Through durante una misma prueba temporada, o cada vez que se cumpla un ciclo de acumulación de 2 Drive Through, por infracciones a la conducción deportiva, en el momento que se le imponga el segundo, será sancionado con la siguiente penalización, a aplicarse en la actividad deportiva en la que haya sido sancionado con el segundo Drive Through. Si se cumple en la sesión de calificación: anulación de los dos tres mejores tiempos. Si se cumple en una Manga Clasificatoria: adición de 6 puntos Si se cumple en una final: pérdida de 6 puestos. En el caso que un piloto sea sancionado con tres Drive Through durante una misma prueba, por infracciones a la conducción deportiva, en el momento que se le imponga el tercero, será sancionado con la descalificación de la competición. Estas penalizaciones se considerarán de carácter directo y de aplicación inmediata, y de acuerdo con el artículo del CDI no serán susceptibles de ser apeladas En general, las penalizaciones se notificarán directamente al concursante implicado y también se publicarán en las clasificaciones de la actividad correspondiente. En el caso de las penalizaciones de carácter directo e inmediato (Drive Through y similares), se notificarán y publicarán en las clasificaciones de cada una de la actividad deportiva y siempre que sea posible se notificará directamente al concursante implicado. 17 RECLAMACIONES Y APELACIONES 17.1 Toda reclamación deberá presentarse de acuerdo con lo estipulado en el artículo 13 CDI Toda reclamación deberá ser presentada por escrito y remitida al Director de carrera, adjuntando el importe reglamentado en las PCCCTCE, que no será devuelto si la reclamación es considerada injustificada Si la reclamación exigiera el desmontaje y montaje de diferentes partes del vehículo, el reclamante depositará una fianza complementaria de acuerdo con el artículo 23.3 de las PCCCTCE Toda negativa de un concursante a someterse a las verificaciones comportará su inmediata DESCALIFICACION de la prueba, además de informar al TNAD para la adopción de otras medidas disciplinarias si así se considerara oportuno. Página 24 de 31

27 REGLAMENTO DEPORTIVO 17.5 Los concursantes tienen el derecho de apelación según lo establecido en el artículo 15 del C.D.I. La caución se establece según lo reglamentado en las PCCCTCE y deberá hacerse efectivo en metálico en el momento de presentar la intención de apelar El artículo de las PCCCTCE será tenido en cuenta para la utilización de los sistemas de videos o electrónicos. 18. OFICIAL DE RELACIONES CON LOS EQUIPOS 18.1 La misión principal será la de informar a los concursantes y pilotos y estar en permanente contacto con ellos Podrá asistir a las reuniones de los Comisarios Deportivos, si éstos lo estiman conveniente, a fin de poder estar informado de todas las decisiones tomadas Deberá estar claramente identificado. Para ello será conveniente: Que lleve una identificación llamativa. Que sea presentado a los equipos en la entrega de documentación, o por lo menos que esté presente en ellas en un lugar visible. Que este presente en el Briefing. Que se incluya su fotografía en el Reglamento Particular o en un complemento Función: Dar a los que lo soliciten respuestas precisas a las cuestiones que se planteen. Dar todas las informaciones o cualquier precisión complementaria relativa a la reglamentación y al desarrollo de la prueba Finalidad Evitar que las demandas lleguen hasta el Colegio de Comisarios Deportivos, siempre que se puedan dar explicaciones correctas y soluciones satisfactorias para evitar las reclamaciones (ejemplo: hacer aclaraciones sobre los tiempos con ayuda de los cronometradores). El Relaciones con los equipos, se abstendrá de utilizar palabras, o dar opiniones que puedan provocar polémica. 19. OFICIAL DE RELACIONES CON LA PRENSA 19.1 Cada organizador deberá nombrar un responsable de las relaciones con la prensa, el cual deberá figurar obligatoriamente en el reglamento particular de la prueba Sus funciones empezarán antes de empezar la prueba con el fin de difundirla oportunamente a los medios de comunicación local, regional, nacional, etc. Asimismo, deberá informar a los distintos medios, los espacios autorizados donde podrán situarse dentro el circuito para el ejercicio de sus funciones Durante la prueba deberá atender a toda la prensa que esté presente en el circuito y se preocupará muy especialmente de que esté debidamente acreditada e informada, proporcionándoles toda la documentación que puedan necesitar para informar cumplidamente. También cuidará de elaborar una lista de los medios acreditados presentados y de la prensa representada que deberá enviarla a la RFEDA y entregar una copia al observador de la prueba Una vez terminada la prueba deberá mandar información de la misma a los medios de comunicación que crea convenientes para facilitar la publicación de los detalles de la misma, así como al Departamento de Prensa de la RFEDA La RFEDA dará todas las facilidades para que el oficial responsable nombrado de relaciones con la prensa pueda realizar correctamente su labor, proporcionando, entre otras cosas, información de cómo realizar correctamente sus funciones. 20. SEÑALIZACION 20.1 Tanto en la señalización luminosa como la de banderas se estará a lo dispuesto en el Anexo H del C.D.I. y sus dimensiones según lo especificado (banderas de señalización 60 x 80, salvo las banderas rojas y de cuadros que medirán al menos 80 x 100), y en particular a lo que se describe a continuación: BANDERA AMARILLA Página 25 de 31

28 REGLAMENTO DEPORTIVO Debe ser conforme al anexo H del CDI, con las siguientes excepciones: La bandera amarilla será mostrada sólo en el puesto inmediatamente anterior al accidente/obstáculo. Una bandera amarilla se mostrará agitada durante 2 VUELTAS por el mismo incidente. Dos banderas amarillas se mostrarán agitadas si el incidente se produce sobre la trayectoria normal de los vehículos (art del Reglamento Deportivo para las pruebas Off Road FIA). Después de la presentación de la/s bandera/s amarilla/s los pilotos deberán reducir la velocidad y no adelantar hasta haber rebasado el incidente por el cual se ha mostrado la/s bandera/s y NO se mostrará la bandera verde en esta situación. (art del Reglamento Deportivo para las pruebas Off Road FIA). Ante la presentación de la bandera amarilla reduzca la velocidad prepárese para encontrar un obstáculo/vehículo) detenido en la pista. NO adelantar hasta haber sobrepasado el obstáculo/vehículo). Después de 2 vueltas dejará de mostrarse la bandera amarilla excepto en los casos en que la situación del obstáculo, o el estado de la pista, represente un peligro para los pilotos. En este caso se mostrará la bandera hasta la desaparición del obstáculo o hasta el final de la manga. En el caso de tener que mostrar la bandera amarilla hasta haber terminado la manga, se intentará reducir la distancia entre el lugar de señalización y el incidente (siempre que las condiciones del lugar puedan garantizar plenamente la seguridad del oficial señalizador). Este proceder permitirá por un lado recordar a los pilotos la existencia del obstáculo y por otro reducir al máximo la distancia de prohibición de adelantar. En la sesión de calificación entrenamientos es importante que, para un mismo incidente, la presentación de la bandera amarilla en un puesto de señalización no se prolongue hasta el final de la manga por si en el mismo lugar se produce un nuevo incidente y para permitir a los pilotos realizar la vuelta rápida BANDERA DE PREAVISO, BANDERA NEGRA CON DISCO NARANJA, BANDERA NEGRA Y BANDERA AMARILLA CON FRANJAS ROJAS La bandera de preaviso (negra y blanca dividida diagonalmente, presentada al mismo tiempo que una pizarra con el número del piloto afectado) se mostrará sólo una vez y constituye un aviso que indica al piloto que ha sido advertido por comportamiento antideportivo. La bandera negra con un disco naranja será presentada al mismo tiempo que una pizarra con el número del piloto afectado para informar que su vehículo tiene problemas mecánicos/técnicos que pueden constituir un peligro y que debe dirigirse hacia el parque de asistencia en el próximo paso por la vía de salida del circuito. La bandera negra será presentada al mismo tiempo que una pizarra con el número del piloto afectado. De tratarse de una manga clasificatoria o entrenamientos, el piloto deberá dirigirse inmediatamente al parque de trabajo. En el caso de una final deberá dirigirse al parque cerrado o a otro lugar que vendrá especificado en el reglamento particular o explicado en el Briefing. La bandera amarilla con franjas rojas se mostrará sólo una vez antes del inicio de la sesión de Calificación los Entrenamientos, Mangas Clasificatorias o Finales al principio de la parrilla de salida para informar a los pilotos de que la pista ha sido regada En la entrada al Parque de Trabajo deberá mostrarse obligatoriamente una pancarta de 80 cm. x 40 cm. con flechas blancas sobre fondo negro que presentado por un Comisario al final de la sesión de calificación los Entrenamientos o,de una Manga o de una Final C o B, significará que todos los pilotos deberán entrar en el Parque de Trabajo inmediatamente siguiendo el camino indicado. Después de las Finales A, esta misma pancarta será mostrada a la entrada del Parque Cerrado Es obligatorio para los pilotos conocer el significado del las banderas y señales luminosas descritas en el Anexo H del CDI Se considerará LÍNEA DE SALIDA la que ocupe cada vehículo en su lugar de la parrilla en el instante en que se da la orden de salida. Página 26 de 31

29 REGLAMENTO DEPORTIVO Se considerará línea de llegada la formada por la visual entre el cronometraje y la pancarta situada enfrente del servicio de cronometraje, cuyo diseño y dimensión (80 cm. X 60 cm.) será la siguiente: (En su lugar podrán instalarse 2 pancartas de meta estandarizadas FIA, una cada lado de la pista.) La señalización de aviso de salida se realizará mediante una pancarta que se mostrará a todos los pilotos que estén en la línea de salida. Su diseño y dimensiones será el siguiente: 20 seg. 5 seg. 21 ORGANIZACION INSTALACIONES El organizador deberá disponer de las siguientes instalaciones: 21.1 Espacios reservados y convenientemente equipados para Dirección de Carrera, Cronometraje, Secretaría y para realizar las reuniones de los Comisarios Deportivos, dotados todos ellos de energía eléctrica, iluminación y aire acondicionado, convenientemente controlado y vigilado. La sala o dependencia destinada al Colegio de Comisarios Deportivos, será de uso exclusivo de los mismos y no podrá ser compartida con ninguna otra actividad o colectivo de oficiales Una Secretaría capaz de editar y difundir de forma rápida y eficaz todos los documentos necesarios para el correcto desarrollo de la prueba Teléfono en la Secretaría del circuito. El número de dicho teléfono será difundido a equipos y medios de comunicación mediante su inclusión en el avance y Reglamento de la Prueba Un espacio suficiente para la Prensa con equipamiento de corriente eléctrica, Fax, Wifi o Módem para transmisiones electrónicas, etc Servicios higiénicos adecuados, tanto para el público como para los pilotos y acompañantes asistentes a la prueba, siendo obligatorio recomendable disponer de duchas Se recomienda muy especialmente disponer de tomas de agua y mangueras para el lavado de los vehículos, ubicadas en el parque de trabajo, así como de tomas de corriente eléctrica Se deberá disponer de contenedores, debidamente señalizados de basura, recuperadores de aceite, gasolinas, anticongelantes y otros En el caso de que el Organizador autorice la utilización de Drones o cualquier otro dispositivo de filmación, éstos deberán cumplir la legislación vigente y nunca podrán circular por encima de la pista ni parrillas de salida. 22 LIBROS DE SEGURIDAD Página 27 de 31

30 REGLAMENTO DEPORTIVO 22.1 Cada organizador deberá tener aprobado por la RFEDA el Libro de Seguridad del Circuito, adjunto a la correspondiente homologación El Libro de Seguridad de la Prueba deberá ser remitido al mismo tiempo que el Reglamento Particular, siendo requisito para proceder a la aprobación del mismo Será imprescindible que las funciones, los servicios, formas de actuación y medios humanos previstos en el Libro de Seguridad de la Prueba, sean los realmente utilizados desde el inicio hasta la finalización la prueba extremos que serán comprobados por el Observador de la Prueba El libro de Seguridad de la Prueba deberá contar con la aprobación de la Comisión Médica y la Comisión de Off Road de la RFEDA y contar con el Vº Bº Director de Prueba e irá obligatoriamente firmado por: Director de Carrera, Jefe de Seguridad y Jefe Médico de la Prueba. 23 PARQUE DE ESTACIONAMIENTO Y PARQUE DE TRABAJO 23.1 Debe haber espacio adecuado en el parque de trabajo/asistencia para acoger a los concursantes inscritos. El espacio mínimo para cada participante debe ser de 8m x 6m, pudiendo el organizador estudiar casos excepcionales previa petición por escrito en el momento de tramitar la solicitud de inscripción Para los pilotos que así lo estimen conveniente, la organización dispondrá de un parque de estacionamiento desde la finalización de las mangas del sábado hasta el domingo por la mañana, convenientemente cerrado, vigilado e iluminado. 24 IDENTIFICACIÓN PERSONALES PARA PILOTOS Y MECANICOS A la entrada de las verificaciones, todos los equipos recibirán las correspondientes acreditaciones para el piloto y sus mecánicos (que deberán estar obligatoriamente en posesión de licencia de asistencia). Las acreditaciones deberán llevarse durante todo el transcurso de la prueba de forma visible. En las zonas reservadas a los equipos no podrán estar ninguna persona sin la acreditación correspondiente. La organización no está obligada a facilitar una nueva tarjeta en caso de que cualquiera del equipo la perdiera. 25 EQUIPAMENTO E IDENTIFICACION DE LOS OFICIALES A efectos de que los equipos puedan identificar rápida y convenientemente a los distintos oficiales de la prueba, el organizador indicara en el Reglamento Particular los colores de los petos que identificarán a los distintos oficiales. En ningún caso los Comisarios de Pista podrán utilizar petos cuyos colores se confundan con las banderas de señalización Los Comisarios de Pista deberán ir equipados con guantes y gafas protectoras. Además, es muy recomendable el casco y la ropa ignífuga y en su defecto debe procurarse no dejar al descubierto ninguna parte del cuerpo (pantalón largo y manga larga) Además de la formación recibida en la obtención de la licencia, los Comisarios de Pista deberán tener un reciclaje en aspectos de seguridad, antes de cada prueba, recordándoles las principales precauciones que deberán tomar en cada momento. Página 28 de 31

31 REGLAMENTO DEPORTIVO 26 RESUMEN DE PENALIZACIONES Art. Infracción Penalización 2 Ausencia de Licencia Válida No autorizado a tomar la salida 3 Inscripción de un vehículo no admitido No autorizado a tomar la salida 4.3. No devolver el Trofeo y/o premio(s) Mínimo No presentarse a las verificaciones No autorizado a tomar la salida Presentarse fuera de los horarios establecidos con autorización de los Comisarios Deportivos. (60 minutos) Presentarse fuera de los horarios establecidos sin autorización de los Comisarios Deportivos. (60 minutos) Presentarse pasados 60 min. Después de su hora asignada para las verificaciones No autorizado a tomar la salida 11.3 Vehículo y/o piloto no conforme con los reglamentos aplicables (Art. 3.) No autorizado a tomar la salida 11.6 No presentación Ficha Homologación, y/o Libro de Taller A criterio de los Comisarios Deportivos 11.6 No presentación del Pasaporte Técnico Mínimo: Negarse a someterse a las verificaciones técnicas requeridas Infracciones de carácter técnico A criterio de los Comisarios Deportivos Descalificación de la competición Como norma general: Calificación anulación de tiempos Mangas descalificación Finales descalificación de la competición 12.2 Colocación no reglamentaria de los números No autorizado a tomar la salida 12.6 Pérdida de un número de competición, impidiendo la buena identificación del vehículo A criterio de los Comisarios Deportivos No asistir al briefing 60, Infracciones en pre parrilla Hasta la salida en el último lugar de la parrilla que se forme o clasificado en último lugar Presentación con retraso en la parrilla de salida No autorizado a tomar la salida Avería en parrilla de salida Salida en el último lugar de la parrilla Salida falsa en una Manga Salida falsa en una final Fallos en el funcionamiento del Transponder por culpa del Piloto Drive Through y hasta la descalificación a criterio de CD. Tiempo que suponga la pérdida de 3 puestos Y hasta la descalificación a criterio de CD. 1r fallo aviso por escrito. 2º fallo Drive Through 2º fallo Drive Through Página 29 de 31

32 REGLAMENTO DEPORTIVO No realizar Sesión de Calificación Entrenamientos Oficiales Tiempo del peor clasif, + 10 seg No terminar 1ª vuelta en Sesión de Calificación Entrenamientos Oficiales Tiempo del peor clasif. + 5 seg Tomar salida en una Manga y no completar primera vuelta Clasificado último lugar + 2 puntos No tomar la salida en una Manga puntos/manga serie Comportamiento no deportivo en una manga Comportamiento no deportivo en una final Infracción a las normas de la Joker Lap Infracción a las normas del Parque Cerrado 15.1 Empujar el vehículo por la pista 15.2 Circular en sentido contrario al de la carrera Clasificación vuelta anterior presentación bandera negra hasta criterio de los Comisarios Deportivos Clasificación vuelta anterior presentación bandera negra hasta criterio de los Comisarios Deportivos (ver artículo 16) No Joker Lap en Mangas: + 30 sgs No Joker Lap en Finales: Clasificado en último lugar A criterio de los Comisarios Deportivos, como norma general descalificación A criterio de los Comisarios descalificación de la competición A criterio de los Comisarios Deportivos, como norma general descalificación 15.2 Circular por los márgenes que delimitan la pista A criterio de los Comisarios Deportivos 15.3 Conducción lenta / peligrosa A criterio de los Comisarios Deportivos 15.4/5 Ayuda externa por parte de los Oficiales/Pilotos Entrenos: anulación tiempos a partir del incidente de la ayuda. Mangas o Finales: Finalizada la carrera en el momento del incidente de la ayuda. 15.4/5 Piloto que baja del vehículo y luego sube, arranca y continúa la marcha. Descalificación Pararse a menos de 100 metros de meta Descalificación 15.7 Repostar en parrilla/preparrilla Descalificación 15.8 Recibir ayuda externa en el circuito Descalificación (excepto lo indicado en el artículo 15.3.) Recibir Circular ayuda a velocidad externa inadecuada en el circuito detectada por el Jefe Parque de Trabajo, así como realizar pruebas en cualquier parte del circuito A criterio de Comisarios Deportivos Circular sin casco, cinturones, guantes, etc. Descalificación Infracciones al Anexo L y H del CDI A criterio de los Comisarios Deportivos No mantener el cristal o rejilla cerrados hasta haber pasado la bandera a cuadros A criterio de los Comisarios Deportivos No disponer del extintor en el Parque de Trabajo Mínimo: No tener colocadas las lonas de forma reglamentaria Mínimo: 60 Página 30 de 31

33 REGLAMENTO DEPORTIVO Condiciones de conformidad y seguridad de los vehículos Como norma general anulación tiempo entrenos. Descalificación en Manga y descalificación de la competición en Finales Alterar el orden en el parque de trabajo A criterio de los Comisarios Deportivos 16.2.d) Provocar toques, empujones i / o colisiones A criterio de los Comisarios Deportivos 16.2.h) Incumplimiento de las instrucciones de los Oficiales de la Prueba A criterio de los Comisarios Deportivos En caso de incidente, abandonar el circuito sin el acuerdo previo con los Comisarios Deportivos 16.9 Drive Through A criterio de los Comisarios Deportivos Entrenos: Anulación mejor tiempo Mangas Clasificatorias: 3 puntos Finales: Aplicación tiempo adicional equivalente a la pérdida de 3 puestos Mostrar 2 banderas de preaviso o 2 amonestaciones por conducción antideportiva en una misma competición prueba Drive Through Drive Through durante una misma competición temporada, por infracciones a la conducción deportiva Si el 2º se cumple en la sesión de calificación: anulación de los 2 3 mejores tiempos. Si el 2º se cumple en una Manga Clasificatoria: adición de 6 puntos. Si el 2º se cumple en una final: pérdida de 6 puestos Drive Through durante una misma competición A criterio de los Comisarios Deportivos, como norma general Descalificación de la competición y 16.2.g Adelantar con bandera amarilla A criterio de Comisarios Deportivos, como norma general Drive Through Página 31 de 31

34 PCCCTCE 2018 Los artículos de carácter general recogidos en los Reglamentos de los Campeonatos de España son de obligado cumplimiento para todas las Competiciones de carácter Estatal de la especialidad correspondiente. Asimismo, cuando en una prueba se celebre una competición puntuable para un Campeonato, Copa o Trofeo FIA y también una competición puntuable para un Campeonato, Copa o Trofeo RFEDA y haya vehículos que puntúen para ambos Campeonatos, las PENALIZACIONES aplicables en temas que no perjudiquen el normal desarrollo de la p(en cuyo caso será de aplicación el de mayor rango) será la que recojan los Reglamentos de cada Certamen (por ejemplo si el Certamen FIA establece una penalización de 60 segundos y en la de la RFEDA por el mismo hecho 30 segundos, en las clasificaciones finales del Certamen FIA se establecerán 60 y en las de la RFEDA 30 ). Las penalizaciones correspondientes al Campeonato de España (si fueran diferentes a las del Certamen FIA) se aplicarán en la clasificación final sino pudieran realizarse antes por no permitirlo el sistema informativo. En ese caso debe indicarse mediante un asterisco en las clasificaciones que se publicaran antes de la final. 1) PRESCRIPCIONES COMUNES CAMPEONATOS, COPAS, TROFEOS Y CHALLENGES DE ESPAÑA La Real Federación Española de Automovilismo RFEDA, representa la máxima autoridad deportiva en España, tutela la organización de los Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España que son de su propiedad exclusiva Excepto que sea aprobado expresamente por la RFEDA, queda prohibido: La denominación de Campeonato el primer año de un nuevo certamen deportivo de carácter Estatal. La utilización de la denominación GRAN PREMIO. Indicar por parte de un organizador cuya competición forme parte de un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España, que dicho Certamen está subvencionado o apoyado financieramente, directa o indirectamente por una Empresa u organización comercial. Esta potestad es exclusiva de la RFEDA La RFEDA establece los siguientes Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España: Campeonato de España de Rallyes de Asfalto. Campeonato de España de Rallyes de Tierra. Campeonato de España de Rallyes Todo Terreno. Campeonato de España de Rallyes para vehículos Históricos (Velocidad) Campeonato de España de Rallyes para vehículos Históricos (Regularidad) Campeonato de España de Montaña. Campeonato de España de Autocross. Campeonato de España de Gran Turismo (GT). Campeonato de España de Fórmula 3. Campeonato de España de Fórmula 4. Campeonatos de España de Karting. Campeonato de España de Resistencia. Campeonato de España de Turismos (2019) Copa de España de Rallycross Copa de España de Camiones. Copa de España de Clásicos y Legend Copa de España de Energías Alternativas Trofeo de España de Drifthing y las Copas, Trofeos y Challenges de ellos derivados y que se encuentran detallados en el Reglamento correspondiente de cada uno de los Certámenes. 2) ASPIRANTES Los Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España estarán abiertos a: 2.1. Concursante Persona física o jurídica inscrita en una competición y provista de una licencia de concursante, expedida por: a) Por la(s) ADN(s) con las que la RFEDA haya suscrito convenio y así este recogido en el mismo. Asimismo, se admitirá a participar licencias expedidas por otras ADN si así lo contemplan los Reglamentos del Certamen y el CDI. b) Por una Federación Autonómica. Además de lo indicado anteriormente, las licencias (excepto las expedidas por otras ADN) deberán estar inscritas en el censo estatal de licencias deportivas elaborado por de la RFEDA, como requisito imprescindible para admitir la inscripción. Página 1 de 30

35 PCCCTCE Piloto Persona que conduce un automóvil. Deberá estar en posesión de la siguiente documentación para participar en un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de la RFEDA: 1. Licencia correspondiente de piloto válida para la temporada La licencia deberá haber sido expedida por la RFEDA, por una Federación Autonómica o por la(s) ADN con las que la RFEDA haya suscrito convenio y así este recogido en el mismo. Asimismo, se admitirá a participar licencias expedidas por otras ADN si así lo contemplan los Reglamentos del Certamen y el CDI. 2. Los deportistas con licencias expedidas por una Federación Autonómica, podrán participar en pruebas puntuables para Campeonatos, Copas, Trofeos o Challenges de España y en general en pruebas inscritas en el calendario estatal de la RFEDA, cumpliendo los requisitos que establezcan las citadas Federaciones Autonómicas, siendo por ello responsabilidad de estas que los deportistas cumplan los requisitos médicos establecidos por la FIA y/o por esta ADN para la práctica del automovilismo deportivo. Para la obtención de licencias internacionales será necesario aportar los certificados médicos exigidos por la normativa FIA que esté en vigor en cada momento. Dichos requisitos son: / SEGURO DEPORTIVO: a) Que la licencia está cubierta por el seguro obligatorio a que se refiere el art de la Ley del Deporte. b) Que el titular de la licencia se encuentra amparado por la cobertura establecida en el R.D. 849/1993 por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo. c) Que dicha cobertura tiene un ámbito de validez que incluye todo el territorio del Estado Español y en competiciones oficiales que se desarrollen en cualquiera de los países de la Unión Europea o países asimilados FIA / Fotocopia del DNI del interesado en vigor. / Fotocopia del permiso de conducir en vigor, según lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de Seguridad Vial. / Certificado médico oficial (que recoja todos los datos solicitados por la RFEDA que se rige por la normativa de la FIA ). / En el caso de que el solicitante tenga más de 45 años cumplidos en el momento de la realización del Certificado médico, deberá aportar una prueba de Esfuerzo al Certificado médico. / En el caso de que el solicitante tenga 30, 35 o 40 años cumplidos en el momento de la realización del Certificado médico, deberá aportar un ELECTROCARDIOGRAMA al Certificado médico. 3. Las licencias (excepto las expedidas por otras ADN) deberán estar inscritas en el censo estatal de licencias deportivas elaborado por de la RFEDA, como requisito imprescindible para admitir la inscripción Copiloto Persona que participa en un Rallye formando Equipo con el piloto. Deberá estar en posesión de la siguiente documentación: 1. Licencia de piloto o copiloto correspondiente válida para la temporada La licencia deberá haber sido expedida por la RFEDA, por una Federación Autonómica o por la(s) ADN con las que la RFEDA haya suscrito convenio y así este recogido en el mismo. El deportista en posesión de licencia de piloto que figure en la inscripción de la competición como copiloto, NO podrá conducir el vehículo, excepto si la competición es puntuable para un Certamen de la Federación correspondiente (FIA y/o RFEDA) que así lo autorice expresamente. 2. Los deportistas con licencias expedidas por una Federación Autonómica, podrán participar en pruebas puntuables para Campeonatos, Copas, Trofeos o Challenges de España y en general en pruebas inscritas en el calendario estatal de la RFEDA, cumpliendo los requisitos que establezcan las citadas Federaciones Autonómicas, siendo por ello responsabilidad de estas que los deportistas cumplan los requisitos médicos establecidos por la FIA y/o por esta ADN para la práctica del automovilismo deportivo. Para la obtención de licencias internacionales será necesario aportar los certificados médicos exigidos por la normativa FIA que esté en vigor en cada momento. Dichos requisitos son: / SEGURO DEPORTIVO: a) Que la licencia está cubierta por el seguro obligatorio a que se refiere el art de la Ley del Deporte. b) Que el titular de la licencia se encuentra amparado por la cobertura establecida en el R.D. 849/1993 por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo. Página 2 de 30

36 PCCCTCE 2018 c) Que dicha cobertura tiene un ámbito de validez que incluye todo el territorio del Estado Español y en competiciones oficiales que se desarrollen en cualquiera de los países de la Unión Europea o países asimilados FIA / Fotocopia del DNI del interesado en vigor. / Fotocopia del permiso de conducir en vigor, según lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de Seguridad Vial. / Certificado médico oficial (que recoja todos los datos solicitados por la RFEDA que se rige por la normativa de la FIA ). / En el caso de que el solicitante tenga más de 45 años cumplidos en el momento de la realización del Certificado médico, deberá aportar una prueba de Esfuerzo al Certificado médico. / En el caso de que el solicitante tenga 30, 35 o 40 años cumplidos en el momento de la realización del Certificado médico, deberá aportar un ELECTROCARDIOGRAMA al Certificado médico. 3. Las licencias (excepto las expedidas por otras ADN) deberán estar inscritas en el censo estatal de licencias deportivas elaborado por de la RFEDA, como requisito imprescindible para admitir la inscripción Asimismo, un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España podrá estar abierto a deportistas y concursantes con licencia expedida por una ADN distinta a la de la RFEDA, si así se especifica en el Reglamento del Certamen y la competición está inscrita en el calendario correspondiente, de acuerdo con la normativa establecida por la FIA. Estos deportistas o concursantes deberán presentar autorización de su ADN (artículo del CDI) 2.5. Convenios suscritos por la RFEDA Para la temporada 2018 la RFEDA ha suscrito convenios con las ADN de Portugal y Andorra. En base a los citados convenios, los deportistas de nacionalidad portuguesa y andorrana podrán participar puntuando y bloqueando puntuaciones en los Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España, si así se establece en los mismos Campeonatos de España de Marcas En los distintos Campeonatos de Marcas, únicamente puntuarán y bloquearán los Equipos en los que tanto el concursante como los ocupantes del vehículo (piloto, copiloto si lo hubiere ) posean las licencias correspondientes y las Marcas estén de acuerdo con lo establecido en la DISPOSICION ADICIONAL QUINTA de las PCCCTCE Participación de deportistas españoles con licencia expedida por otra ADN En aplicación de Lo establecido en el CDI, y al objeto de orientar su regulación ante posibles fraudes, las condiciones para la participación en Competiciones Estatales españolas de deportistas en posesión de nacionalidad española y licencia expedida por otra ADN distinta a la RFEDA., son las siguientes: a) Las Competiciones deberán estar incluidas en el calendario de la RFEDA. b) El deportista deberá contratar el seguro establecido por la RFEDA para los deportistas con licencia expedida por la RFEDA c) Excepcionalmente, y a petición de una Federación Autonómica, la RFEDA podrá estudiar y si ha lugar aprobar la participación de un deportista español con licencia expedida por otra ADN, en una o varias competición(es) no inscrita(s) en el calendario de la RFEDA En todo caso deberá ser cumplido lo establecido en el apartado b) anterior Solicitudes de licencia española para personas de otras nacionalidades. De acuerdo con lo establecido por la FIA, todas las personas de nacionalidad no española que quieran obtener una licencia en España deberán solicitar (antes de su expedición), la autorización del país de su pasaporte a través de la RFEDA como ADN reconocida por la FIA en España. 3) COMPETICIONES PUNTUABLES Y ASPIRANTES 3.1. Serán puntuables para los distintos Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España, las Competiciones que se especifiquen en el Reglamento correspondiente. a) Las Competiciones candidatas (Copa de España de Escuderías) que pretendan ser puntuables y soliciten inspección para ello, deberán ser organizadas de acuerdo con el Reglamento de la Copa de España de Escuderías de la especialidad correspondiente. b) La Entidad Organizadora deberá tener una experiencia acreditada en competición en la disciplina correspondiente y aportar una viabilidad económica. c) La designación de una Prueba de la Copa como puntuable para el Campeonato correspondiente, se dará a conocer en el mes de noviembre y se debe consensuar una fecha para su celebración que no perjudique al buen funcionamiento del citado Campeonato. Página 3 de 30

37 PCCCTCE La RFEDA podrá autorizar excepciones a las Competiciones candidatas, previa solicitud debidamente acreditada Todo vehículo que esté tramitando una homologación nacional y que no haya sido concluida, será autorizado a tomar la salida, pero no aparecerá en la clasificación final de la competición, ni puntuará ni bloqueará puntos para la clasificación del Campeonato. 4) AUTORIZACION DE OTRAS COMPETICIONES EN UNA PRUEBA DONDE SE CELEBREN COMPETICIONES PUNTUABLES PARA UN CAMPEONATO, COPA, TROFEO O CHALLENGE DE ESPAÑA En una prueba donde se celebre una competición puntuable para un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España, la RFEDA podrá autorizar otra competición distinta a su exclusivo criterio. La potestad de la RFEDA para autorizar o no una solicitud de esta clase es discrecional, no es una potestad reglada por estas normas reguladoras, ya que la RFEDA deberá evaluar todas las circunstancias de cada caso, el interés deportivo, las consecuencias de un eventual incremento del número de Participantes, etc. La normativa para solicitar dicha competición será la siguiente: a) COMPETICIÓN DE CARÁCTER ESTATAL EN UNA PRUEBA DONDE SE CELEBRE UNA COMPETICIÓN PUNTUABLE PARA UN CAMPEONATO, COPA, TROFEO O CHALLENGE DE ESPAÑA 1ª. / Todos los Participantes deberán cumplir lo establecido en el artículo 2. 2ª. / Cada competición tendrá carácter completamente independiente de la otra, y tendrán distintos oficiales (Directores de mangas, Colegios de Comisarios Deportivos, Comisarios Técnicos, Secretario, etc.). 3ª./ Con independencia de lo dispuesto en el apartado anterior, los servicios médicos y de rescate, el montaje de las Competiciones y de los tramos cronometrados, los Comisarios de Ruta o de puestos, los sistemas de cronometraje, etc., podrán ser los mismos para ambas Competiciones. 4ª./ En una prueba donde el Reglamento Particular establezca un máximo de Equipos admitidos y las inscripciones recibidas superasen el mismo, las recibidas para la competición del Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España tendrán preferencia sobre los de la otra competición. 5ª./ Los números de los coches en Competiciones que no se celebren en circuitos serán consecutivos al último Estatal, o en mangas distintas. 6ª./ La competición de naturaleza Estatal no puntuable para el Campeonato de España, deberá cumplir la totalidad de los requisitos exigidos por las normas emanadas de la RFEDA y de la FIA, así como de las establecidas en el Reglamento Particular de la prueba, que deberá estar aprobado por la RFEDA. En caso de discrepancia entre las disposiciones generales o deportivas para el desarrollo de la prueba, prevalecerán las establecidas para el Campeonato o Certamen de España. 7ª./ Igualmente, si durante el desarrollo de una competición, la necesidad de adopción de medidas organizativas por la Dirección de Carrera interfiere, o pudiera llegar a interferir el normal desarrollo de la otra competición, siempre se entenderá que la competición puntuable para el Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España tiene preferencia sobre la otra competición. Asimismo, el Director de Carrera de la competición puntuable para el Campeonato o Certamen de España actuará a la vez como Director de la competición de la prueba completa, y su autoridad, en caso de interacciones entre las dos Competiciones, prevalecerá sobre la del Director de la Carrera de la otra competición. 8ª./ En el caso de que se produzca una controversia en la aplicación de la Normativa sobre el desarrollo del prueba, la opinión de los Comisarios Deportivos nombrados para la competición puntuable para el Campeonato o Certamen de España prevalecerá sobre los Comisarios Deportivos de la otra competición. 9ª./ Los vehículos participantes en la competición no puntuable para el Campeonato de España de Rallyes tomarán la salida consecutivamente y después de los del Campeonato de España. 10ª./ Cada una de las Competiciones tendrá clasificación independiente, quedando expresamente prohibido que se integren ambas clasificaciones en los mismos soportes físicos. La RFEDA podrá realizar excepciones a esta normativa. Página 4 de 30

38 PCCCTCE 2018 b) COMPETICIÓN DE CARÁCTER AUTONÓMICO EN UNA PRUEBA DONDE SE CELEBRE UNA COMPETICIÓN PUNTUABLE PARA UN CAMPEONATO, COPA, TROFEO O CHALLENGE DE ESPAÑA 11ª./ Los Participantes que tomen parte en la competición de carácter autonómico se atendrán a la normativa establecida por la Federación Autonómica correspondiente, sobre licencias y reglamentación de vehículos y deportistas. 12ª./ Cada competición tendrá carácter completamente independiente de la otra, y tendrán distintos oficiales (Directores de Carrera, Colegios de Comisarios Deportivos, Comisarios Técnicos, Secretario, etc.). 13ª./ Con independencia de lo dispuesto en el apartado anterior, los servicios médicos y de rescate, el montaje de las Competiciones y de los tramos cronometrados, los Comisarios de Ruta o de puestos, los sistemas de cronometraje, etc., podrán ser los mismos para ambas Competiciones. 14ª./ En una prueba donde el Reglamento Particular establezca un máximo de Equipos admitidos y las inscripciones recibidas superasen el mismo, las recibidas para la competición del Certamen Estatal tendrán preferencia sobre los de la otra competición. 15ª./ Los números de competición de los coches en Competiciones que no se celebren en circuitos serán consecutivos al último Estatal, o en mangas distintas. 16./ En caso de discrepancia entre las disposiciones generales o deportivas para el desarrollo del competición, prevalecerán las establecidas para el Certamen Estatal. 17ª./ Igualmente, si durante el desarrollo de una competición, la necesidad de adopción de medidas organizativas por la Dirección de Carrera interfiere, o pudiera llegar a interferir el normal desarrollo de la otra competición, siempre se entenderá que la competición puntuable para el Certamen Estatal tiene preferencia sobre la otra competición. Asimismo, el Director de Carrera de la competición puntuable para el Certamen Estatal actuará a la vez como Director de la prueba, y su autoridad, en caso de interacciones entre las dos Competiciones, prevalecerá sobre la del Director de la Carrera de la otra competición. 18./ En el caso de que se produzca una controversia en la aplicación de la Normativa sobre el desarrollo de la prueba, la opinión de los Comisarios Deportivos nombrados para la competición puntuable para el Certamen Estatal prevalecerá sobre los Comisarios Deportivos de la otra competición. 19ª./ Los vehículos participantes en la competición no puntuable para el Campeonato de España de Rallyes tomarán la salida consecutivamente y después de los del Campeonato de España. 20ª./ Cada una de las Competiciones tendrá clasificación independiente, quedando expresamente prohibido que se integren ambas clasificaciones en los mismos soportes físicos. La RFEDA podrá realizar excepciones a esta normativa, previa petición razonada por escrito del organizador de la competición, acompañada de un escrito de la Federación Autonómica. 4.2 Asimismo, en una competición puntuable para un Campeonato, Copa, Trofeo, Challenge o Certamen Estatal, no se autoriza la participación de vehículos no autorizados en el Reglamento aprobado por la RFEDA, salvo que así esté expresamente aprobado por el Promotor/Organizador de la misma y además por la RFEDA. 4.3 En las pruebas donde se celebre una competición puntuable para los Campeonatos de España de Rallyes (Asfalto, Tierra, Históricos y Todo Terreno), todos los vehículos autorizados excepto en la Copa de España de Escuderías que es MUY RECOMENDABLE a participar en la prueba deberán llevar obligatoriamente el GPS establecido para la competición puntuable para dichos Campeonatos de España. 4.4 Todos los vehículos admitidos en el Campeonato de España deberán salir obligatoriamente en la Competicion de la prueba puntuable para el Campeonato de España. 4.5 Todos los vehículos de todas las competiciones admitidas en la prueba deberán estar en posesión con el seguro de la competición del Campeonato de España. 4.6 Los derechos de inscripción de todas las competiciones de la prueba serán los establecidos para la competición puntuable para el Campeonato, Copa o Trofeos de España. 4.7 En los apartados 4.4. y 4.6., la RFEDA podrá hacer excepciones en aquellas competiciones autonómicas que, englobadas en una prueba del Campeonato de España, no realice la totalidad del recorrido establecido para la Competición puntuable para el Campeonato, Copa o Trofeos de España. Página 5 de 30

39 PCCCTCE 2018 En todo caso, el recorrido de la competición autonómica no podrá ser superior al 75% del recorrido de la competición del Campeonato de España. El citado porcentaje podrá ser aumentado hasta un 15% a petición de la Entidad Organizadora en la que exponga las causas de la misma (por ejemplo, en rallyes la finalización de una sección). 4.8 Las competiciones dentro de la prueba con especificaciones diferentes a la del Campeonato de España, debe tener un Reglamento Particular aprobado, un Permiso de Organización y las medidas de seguridad establecidas por la Entidad que apruebe la Competicion. 4.9 Todos los vehículos admitidos en el Campeonato de España deberán pasar la verificación técnica previa con anterioridad a los vehículos admitidos en la competición de carácter autonómico. 5) PÁGINA WEB Los organizadores y/o Promotores de todas las Competiciones puntuables para los Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España, deberán tener una WEB que contenga información actualizada y detallada de la competición (antes, durante y después de su celebración). Toda la información deberá publicarse, como mínimo, en castellano. Será de carácter obligatorio emitir un comunicado nada más finalizar la competición con lo más destacado, así como con los resultados provisionales. CONTENIDOS ANTES De la competición DURANTE la competición DESPUES de la competición Comunicados de Prensa/Noticias Sí Sí Sí Listas de Inscritos Sí Sí Horarios de la competición Sí Sí Reglamentos Sí Sí Sí Calendario Sí Sí Fotografías Sí Sí Resultados Entrenamientos / Carreras Sí Sí Clasificaciones Sí (*) Sí Sí Contacto (dirección, teléfono, mail, fax, etc.) Sí Sí Sí (*) Clasificación general del Certamen hasta el momento 5.1. El Tablón Oficial de Avisos deberá estar instalado obligatoriamente en la página web Oficial. 6) REGLAMENTOS 6.1. Los Reglamentos de Certámenes de carácter Estatal, deberán presentarse en la RFEDA antes del 30 de noviembre del año anterior, como fecha máxima, para su aprobación por los Órganos de Gobierno de la RFEDA. La RFEDA se reserva el derecho de no aprobar el Reglamento del Certamen si el mismo se presenta fuera del plazo establecido. El Organizador/Promotor que solicite a la RFEDA la aprobación de un nuevo Certamen Estatal, deberá garantizar fehacientemente una estabilidad del mismo por un periodo mínimo de tres temporadas y cumplir en su totalidad la normativa establecida al efecto por la RFEDA El Reglamento Particular de una competición puntuable para un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España deberá publicarse en castellano, admitiéndose, además, otros idiomas. En aquellas Competiciones en que las reglamentaciones internacionales no exijan otro idioma dará fe el texto castellano El Reglamento Particular deberá mencionar explícitamente, y en un apartado diferente, todas las disposiciones complementarias (no contrarias al CDI, ni a los Reglamentos de la RFEDA) que el organizador desee imponer Cualquier modificación y/o precisión al Reglamento Particular deberá realizarse mediante un Complemento. Éste deberá estar fechado y numerado y será publicado (página web) en hojas de color amarillo Asimismo, los documentos confeccionados por los oficiales de la competición y que sean objeto de publicación en el Tablón Oficial de Avisos (página web) deberán ser realizados en hojas de color amarillo. Página 6 de 30

40 PCCCTCE Los Complementos serán publicados (página web) por: a) El organizador hasta la constitución del Colegio de Comisarios Deportivos. Estos Complementos deberán ser aprobados por la RFEDA. b) Los Comisarios Deportivos a partir de la constitución del Colegio y hasta la conclusión de la competición. En ambos casos, y siempre que sea posible, los concursantes deberán firmar un acuse de recibo. En todo caso, siempre deberán publicarse en el Tablón Oficial de Avisos (página web), siendo suficiente a efectos de notificación Cualquier modificación al Reglamento deberá respetar los artículos 3.6. y del CDI Las modificaciones de estas PCCCTE o a los Reglamentos (Deportivos y Técnicos) de un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España, deberán ser aprobados por la RFEDA con un mínimo de 12 días antes de la celebración de la siguiente competición puntuable para el Certamen correspondiente La RFEDA podrá establecer limitaciones en relación al peso mínimo, velocidad máxima o límite de revoluciones de cada marcha, así como aquellas que estime oportunas con el objetivo de igualar prestaciones de los vehículos, dentro de cualquiera de las especialidades de los diferentes Campeonatos de España (asfalto, montaña, etc.) 7) CERTAMENES MONOMARCAS En el caso de que una competición puntuable para un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España, esté incluida como puntuable para un certamen Monomarca, todos los concursantes que se inscriban en la competición con vehículos del modelo empleado en el mismo y que hayan realizado su inscripción en el Certamen Monomarca, se entenderá que reúnen las características técnicas del certamen Monomarca y que respetan su Reglamento, de tal forma que cualquier circunstancia que pudiera provocar la descalificación del vehículo del certamen Monomarca acarreará también la descalificación de la competición en sí misma, salvo que específicamente el concursante manifieste al formular la inscripción en la competición que no toma parte en el certamen Monomarca y que renuncia a sus derechos de clasificación en la misma, sus puntos y sus premios. 8) PUBLICIDAD 8.1. Cualquier persona o Empresa que haga publicidad relativa al resultado de una competición o Certamen, indicará los datos precisos del resultado anunciado, la naturaleza de la competición o la categoría, la clase, etc., del vehículo y la clasificación o resultado obtenido En el enunciado de la publicidad a realizar deberá indicarse el nombre completo del Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge o del Certamen Estatal, así como el nombre del Campeón de España o vencedor del Certamen y una alusión a la temporada en que consiguió el mencionado título Si la clasificación del Certamen no ha sido confirmada definitivamente por la RFEDA deberá indicarse al final de la misma: A falta de confirmación definitiva por parte de la RFEDA Con anterioridad a la realización de la campaña publicitaria deberá remitirse al departamento de Comunicación de la RFEDA la propuesta de la misma, para obtener el VºBº previo y obligatorio Se admitirá la publicidad, siempre y cuando no sea ofensiva ni injuriosa, sobre los automóviles participantes, así como las que puedan contratar los organizadores sobre vallas, graderíos, pódiums, Reglamentos, impresos, etc La publicidad sobre los vehículos deberá respetar la parte de la carrocería reservada a los números y placas de competición, no debiendo en ningún caso dificultar la correcta visión de éstos Quedan prohibidos los paneles publicitarios que ocasionen modificaciones de la carrocería o del perfil del vehículo o que constituyan salientes Queda prohibido cualquier tipo de publicidad luminiscente o reflectante Los organizadores podrán ofrecer a los Participantes publicidad contratada por ellos, quedando éstos en libertad o no de aceptarla, excepto la ligada a los números y/o placas que tendrán carácter obligatorio. El rechazo de la publicidad facultativa podrá entrañar como máximo un aumento del doble de los derechos de inscripción previstos para los Equipos que acepten dicha publicidad. Los Equipos que hayan aceptado la publicidad optativa del organizador y no la lleven durante la duración de la competición serán sancionados con una penalización en metálico igual a los derechos de inscripción Si un organizador desea imponer cierta publicidad, deberá precisar claramente cuál es en el Reglamento Particular y en las hojas de inscripción. Asimismo, deberá precisar, en el citado Reglamento, el emplazamiento y las dimensiones de la misma Un organizador no podrá imponer a un concursante una publicidad que esté en contradicción con los acuerdos publicitarios que éste hubiese contratado para su vehículo y Equipo, excepto la ligada a los números y placas Una publicidad optativa que se refiera a una marca de carburantes, de automóviles, de neumáticos o de lubricantes, no podrá ser objeto de derecho suplementario para un concursante que la rehúse. Página 7 de 30

41 PCCCTCE El organizador no podrá intervenir sobre la publicidad que pueda llevar un vehículo o un participante, ni podrá oponerse a ella. No obstante, los Comisarios Deportivos pueden tomar las decisiones que estimen oportunas ante una infracción a las presentes PCCCTCE La publicidad vinculada al patrocinio oficial de un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España, será obligatoria con carácter prioritario para los Participantes en el mismo. Sus características y emplazamientos serán precisados por la RFEDA, previa consulta con las partes interesadas al aprobar el concierto publicitario, bien como parte integrante o como Anexo al Reglamento aplicable en el Certamen correspondiente. En Competiciones puntuables exclusivamente para Certámenes aprobados por la RFEDA, el Comité organizador podrá imponer publicidades prioritarias o excluyentes del mismo ramo Parabrisas y demás superficies acristaladas Será de aplicación lo establecido por la FIA en el artículo 11 del art. 253 del Anexo J y en el artículo del CDI El incumplimiento de la normativa establecida en el presente artículo podrá dar lugar a la apertura de un Expediente Disciplinario por el TNAD. 9) DERECHOS DE IMAGEN Los derechos de imagen y de difusión pública de las Competiciones puntuables para los Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España, pertenecen en exclusiva a la RFEDA. En consecuencia, la formalización de la inscripción en una de estas Competiciones implica para los concursantes, pilotos, copilotos y miembros de los Equipos que tomen parte en la misma, la cesión expresa a la RFEDA de la facultad de captar, registrar, gestionar comercialmente y difundir las imágenes de los vehículos participantes y de los deportistas que los ocupen, en los términos y condiciones que tengan por convenientes. En certámenes Monomarcas, esta cesión se realiza igualmente a las Marcas convocantes del mismo y exclusivamente para su Certamen Monomarca. En ningún caso la RFEDA podrá utilizar la imagen personal de personas físicas involucradas en una carrera para finalidades distintas a la mera retransmisión del evento deportivo ya sea a través de medios de comunicación o de la comercialización de las imágenes en reportajes editados o cintas de video o para la promoción del deporte La instalación de cámaras on board en los vehículos estará permitida de acuerdo a las siguientes indicaciones y a las establecidas en el anexo 9 de estas PCCCTCE: a) El piloto o concursante deberán informar en las verificaciones técnicas previas de la instalación de este dispositivo en su vehículo. b) Es responsabilidad del piloto que estos dispositivos se encuentren correctamente instalados de acuerdo a la normativa de seguridad establecida por la RFEDA y las indicaciones del personal técnico de la organización. c) Es obligación del piloto y concursante facilitar las imágenes captadas por este dispositivo a la RFEDA si ésta lo requiriese. d) Es responsabilidad del piloto y concursante coordinar con las distintas productoras o medios de comunicación el montaje de las cámaras on board. e) Es importante recordar que en beneficio de la imagen de nuestro deporte debe evitarse en todo momento el uso indebido del material captado por las cámaras on board. 10) SEGUROS Los organizadores de pruebas incluidas en el Calendario de la RFEDA se ajustarán a la normativa estipulada en materia de seguros por la citada Entidad. La vigente Ley del Deporte y normativa que la desarrolla, establecen que todas las pruebas de carácter Estatal y/o internacional celebradas en España deberán estar en posesión del preceptivo permiso de organización emitido por la Federación correspondiente y/o en su defecto por el CSD, que en última instancia tienen la responsabilidad de dichas pruebas Al expedirse el permiso de organización, una vez cumplidos los requisitos establecidos, la prueba queda asegurada con las coberturas y en los términos y condiciones que establece la Ley 21/2007 de 11 de julio, mediante la póliza de seguro contratada al efecto por la RFEDA En caso de accidente en el que se hayan producido daños a personas o bienes, el concursante o su representante deberá comunicarlo por escrito a un Comisario Deportivo o en su defecto al Director de Carrera, con la mayor rapidez y en un plazo máximo de 24 horas. En dicha declaración se harán constar las circunstancias del accidente, así como los nombres y direcciones de los testigos. Página 8 de 30

42 PCCCTCE Se recuerda a los concursantes que únicamente los daños ocasionados por los organizadores y los pilotos titulares quedan amparados por la Póliza de seguros contratada por la RFEDA, quedando excluidos los daños que puedan sufrir los propios pilotos o automóviles participantes Independientemente de dicho seguro de RC, los concursantes y pilotos quedan en libertad de contratar, por su cuenta y a su conveniencia, los seguros individuales que estimen oportuno Los concursantes y pilotos, en caso de accidente, eximen de toda responsabilidad a la Entidad Organizadora de la competición y renuncian a formular reclamación alguna contra los mismos. 11) OFICIALES Y PROFESIONALES DE ÁREA Cuadro de oficiales de una competición Todas las personas que realicen funciones de oficial deberán estar en posesión de la licencia de oficial, válida para la actual temporada y para el cometido a realizar. El Comité Organizador o la Secretaría de Carrera (en el caso de que no se haya podido realizar antes por el Comité Organizador) serán los responsables de publicar: Relación completa y detallada de cada uno de los oficiales de la prueba. Cometido para el que han sido nombrados. Número de licencia. Esta relación deberá ser publicada con anterioridad al comienzo de la prueba y contar con la aceptación de todos los oficiales. Los Colegios de Comisarios Deportivos de la prueba supervisarán que se lleve a efecto la publicación de la precitada relación. En el caso de producirse alguna baja, por causas de fuerza mayor, quien sustituya a los oficiales inicialmente nombrados, deberán poseer la licencia válida para el cargo correspondiente. El observador nombrado por la RFEDA podrá verificar la vigencia de dichas licencias y la presencia de los oficiales que actúen en la prueba Seminario/Congreso de oficiales. Nombramientos. Habilitaciones. Actuaciones en el extranjero. Los oficiales y/o profesionales de Área que se relacionan a continuación deberán haber asistido al último Congreso/Seminario de oficiales realizado por la RFEDA o haber colaborado en los últimos Talleres Virtuales de Oficiales Permanentes, como requisito obligatorio para poder figurar en el cargo que se indica en el cuadro de oficiales de una prueba puntuable para un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España en el año 2018: Presidente del Colegio de Comisarios Deportivos. Director de Prueba. Director de Carrera. Delegado Técnico. Jefe de Comisarios Técnicos. Secretario de Prueba. Jefe de Seguridad. Jefe de Cronometraje. Jefe Médico. El Jefe Médico deberá cumplir además los siguientes requisitos: Ser licenciado en Medicina y Cirugía. Acreditar como mínimo una actuación en la temporada anterior. Dichos requisitos serán igualmente aplicables a los oficiales arriba indicados que vayan a actuar en pruebas en el extranjero, quienes deberán dar conocimiento de dicha circunstancia a la RFEDA con la suficiente antelación, para que pueda ser aprobado el nombramiento. En todos los casos, será obligatorio suscribir el Seguro de Repatriación. Deberá tenerse en cuenta asimismo la normativa establecida por los Órganos de Gobierno sobre la Habilitación de Oficiales y la de la licencia internacional de oficial. Página 9 de 30

43 PCCCTCE Comisarios Deportivos 1. Los Comisarios Deportivos: Deberán estar localizables en cualquier momento de la prueba de forma que puedan ser convocados a una reunión urgente. No podrán realizar funciones distintas de las previstas en el CDI. En pruebas internacionales, al menos uno de los Comisarios deberá ser de nacionalidad distinta a la española. En las Competiciones puntuables para un Campeonato de España, que también lo sean para un certamen FIA o que se celebren en otro país y con normativa distinta, la RFEDA se reserva el derecho de nombrar un Colegio de Comisarios Deportivos específico para velar por el cumplimiento de la normativa del Campeonato de España a los efectos establecidos en el presente artículo y en todo aquello que sin interferir en la normativa aplicable en la prueba pudiera afectar a los Equipos que participan en el Campeonato de España. 2. Los Colegios de Comisarios Deportivos, sin variar las resoluciones que pronuncien después de ser firmadas, pueden aclarar algún concepto que hubiera quedado confuso o rectificar cualquier error material que hubiese sido advertido. Las aclaraciones a las resoluciones podrán hacerse de oficio dentro de los 2 días siguientes al de la publicación de la resolución. Si es por petición de parte, deberán ser resueltas por el Colegio de Comisarios Deportivos en plazo no superior a las 48 horas desde la solicitud de la aclaración Director de Prueba La RFEDA podrá designar un Director de Prueba donde se celebren Competiciones puntuables para un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España. El Director de Carrera trabajará en constante unión con el Director de Prueba, quien tendrá plenos poderes en las materias que se describen a continuación, en las que el Director de Carrera podrá impartir las ordenes correspondientes, pero sólo con la aprobación expresa del Director de Prueba: Controlar el desarrollo de los entrenamientos (si los hubiere) y de la carrera (debiendo respetar los horarios). Proponer a los Comisarios Deportivos la modificación de los horarios. Parar un vehículo (en cumplimiento de la normativa aplicable). Parar el desarrollo de los entrenamientos (si los hubiera) o de la carrera, si cree que puede ser peligrosa su continuación (de conformidad con el Reglamento aplicable). Asegurar que la nueva salida (en la especialidad que así esté contemplado) se efectúe conforme al procedimiento establecido en cada caso. El procedimiento de salida Relaciones con los Participantes Los organizadores deberán nombrar al menos un oficial responsable de las Relaciones con los Participantes. La función de Comisario de Relaciones con los Participantes deberá ser confiada obligatoriamente a un oficial experimentado con conocimiento tanto de la reglamentación, como de los diferentes tramites a realizar para orientar a los concursantes. Funciones principales: Proporcionar a los Participantes información, aclaraciones o precisiones relativas a los reglamentos, al desarrollo de la prueba y al cronometraje y tener con ellos una permanente actitud de conciliación. Recibir las demandas o peticiones de los Participantes e intentar solucionarlas con explicaciones precisas evitando en lo posible innecesarias intervenciones de los Comisarios Deportivos, Director de Carrera o Cronometradores, salvo que se trate de una reclamación (por ejemplo: de acuerdo con los Cronometradores dar precisiones sobre los tiempos publicados aclarando las dudas del participante). En todo caso los Comisarios de Relaciones con los Participantes se abstendrán de manifestar opiniones o acciones que puedan generar protestas o Reclamaciones. Permanecer en contacto con los Comisarios Deportivos y Dirección de Carrera a fin de estar informados de las decisiones que estos tomen en el desarrollo de sus funciones. Gestionar, en colaboración con la secretaría, la localización de los Participantes convocados por los Comisarios Deportivos o por Dirección de Carrera y la transmisión o firma de documentos, citaciones, etc. emitidos por éstos. Para ello podrá ser ayudado por otros Comisarios nombrados al efecto o por runners. Presencia durante el desarrollo de la prueba El plan de trabajo del Comisario de Relaciones con los Participantes deberá constar en el Reglamento Particular y en el Tablón de Avisos. Deberá ir acompañado de una fotografía y un número de teléfono móvil donde ser localizado. Página 10 de 30

44 PCCCTCE 2018 Deberá ser fácilmente identificable. Para ello utilizará durante toda la prueba un chaleco de color verde que llevará impresa tanto en la parte delantera como en la trasera la inscripción Comisario de Relaciones con los Participantes. Estará presente siempre que le sea posible en mínimo los lugares siguientes: en las verificaciones en los Briefing (donde podrá ser presentado a los asistentes) en la secretaría de la prueba o la secretaría de los Comisarios Deportivos en la salida de las Etapas (rallys) en los Parques de Reagrupamiento (rallys) en los Parques de final de Etapa (rallys) en la salida del Pit Lane y en la Preparrilla (circuitos) en la secretaría de la prueba o en la de los Comisarios Deportivos al publicarse las Clasificaciones Comisarios de Ruta Deberán nombrarse suficientes oficiales de Ruta para cubrir una prueba. Esta función no deberá ser realizada en ningún caso por los Comisarios Deportivos, ni por personas sin la licencia correspondiente de oficial expedida por la RFEDA Voluntarios Las personas en posesión de permisos de voluntarios (o documentos similares expedidos por una Federación) no podrán realizar en ningún caso labores establecidas para oficiales Ninguna Organización podrá incluir en los cuadros de oficiales de sus pruebas a miembros de la Junta Directiva de la RFEDA, sin haber obtenido previamente el permiso del Presidente de la misma Aceptaciones de cargo El organizador de una prueba no podrá incluir en la relación de oficiales (artículo 11.1.) a una persona que no haya aceptado previamente (por escrito) el cargo En el ejercicio de sus funciones, los oficiales únicamente podrán comunicar el resultado de sus operaciones a la RFEDA a los Comisarios Deportivos y al Director de Carrera. A los oficiales que incumplan esta normativa les será abierto un Expediente Disciplinario La RFEDA aprobará, de acuerdo con lo establecido en el art del CDI, el cuadro de oficiales de las Competiciones puntuables para los PCCCTCE. Asimismo, la RFEDA es la única cualificada para aprobar el nombramiento de oficiales, para actuar en Competiciones internacionales. Los requisitos establecidos para actuar en Competiciones internacionales en 2018 son las establecidas en estas PCCCTCE y en el Reglamento de Licencias de oficiales En todo caso, en circunstancias puntuales, la RFEDA, podrá realizar excepciones puntuales a esta normativa Responsable de Prensa Los organizadores deberán nombrar al menos un Responsable de Prensa que se encargue de atender a los medios desplazados a la prueba, así como elaborar los comunicados y mantener las noticias de la web. (Ver Anexo 7) Será obligación del responsable de Prensa elaborar y difundir un Comunicado de Prensa antes de la prueba con el recorrido, Participantes y datos importantes, así como un comunicado nada más finalizar la prueba con el resultado de la misma y los acontecimientos más destacados. Esta persona deberá estar debidamente identificada en el Reglamento Particular de la prueba (fotografía). 12) DELEGADO DE SEGURIDAD RESPONSABLE DE SEGURIDAD DE LA PRUEBA Delegado de Seguridad de la RFEDA La RFEDA podrá nombrar un Delegado de Seguridad en las Competiciones puntuables para Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España. Este Delegado tendrá potestad para cancelar o retrasar la salida de unos entrenamientos, mangas clasificatorias, Tramo Cronometrado, carrera, etc., por motivos de seguridad. Antes de proceder a la suspensión definitiva, contactará con el Director de Carrera para comunicar el problema existente y conocer su opinión al respecto Protocolo de actuación del Delegado de Seguridad 1. En un plazo aproximado de 2 meses antes de la celebración de la competición, y en el caso de ser necesaria una inspección previa, por ser una competición nueva en el Calendario o tener diferencias notables en el recorrido con respecto a ediciones anterior o porque lo considere necesario la RFEDA, el Delegado de Seguridad contactará con el Página 11 de 30

45 PCCCTCE 2018 responsable de la competición y acordarán si hubiere lugar una fecha (al menos 30 días antes de la celebración del evento) para realizar una visita y verificar el Plan de Seguridad elaborado por el organizador con anterioridad. 2. La visita previa la realizará el Delegado de Seguridad, junto con el responsable de la competición y el responsable de seguridad y en ella se estudiará el Plan de Seguridad y se comentarán los diferentes aspectos del mismo (según lo establecido en el Anexo H del CDI) y el Protocolo de Seguridad correspondiente a la especialidad de la competición). Se recomienda que el responsable de seguridad de la prueba forme parte de la confección del Plan de Seguridad y que sea conocedor de la prueba. 3. A continuación, se realizará una inspección a la prueba (recorrido, Parques de Trabajo, de Asistencia, etc.) y se analizarán los diferentes aspectos relacionados con la seguridad del público, Participantes, oficiales, así como zonas de aparcamiento, cortes de caminos, vallado de zonas y encintado de lugares que ofrezcan cierto riesgo. Asimismo, en Rallyes se analizarán los diferentes aspectos relacionados con el Road Book. 4. Una vez acordados los pasos a seguir en cada caso, el Delegado de Seguridad y el responsable de Seguridad de la prueba, confeccionarán en los días posteriores a la visita un informe previo que será enviado a la RFEDA. 5. Como norma general, el día anterior a las verificaciones, el Delegado de Seguridad llegará a la prueba. Desde ese momento y hasta al final de la misma se mantendrá en contacto con el Director de Carrera, el responsable de seguridad y con el Observador de la RFEDA. 6. En el horario previsto para las verificaciones, el organizador deberá dar al Delegado de Seguridad las acreditaciones del vehículo y una emisora para mantener un contacto continuo con Dirección de Carrera. 7. El Delegado de Seguridad y la persona designada por el organizador o la RFEDA, iniciarán el recorrido de la competición en el horario establecido a tal efecto, resolviendo los problemas relacionados con la seguridad, debiendo estar en permanente contacto con Dirección de Carrera para que conozca dichos problemas. En el caso de que el problema no pudiera resolverse, el Delegado de Seguridad, comentado el tema con el Director de Carrera, tomará una decisión al respecto. La conversación sobre un problema grave debe realizarse vía teléfono o frecuencia privada (si la hubiere). 8. Una vez finalizada la prueba, el Delegado de Seguridad emitirá un informe de la(s) competición(es) y de las posibles mejoras que entienda deban realizarse en futuras ediciones. Este informe será enviado a la mayor brevedad posible a la RFEDA Responsable de Seguridad de la Prueba 1. Los organizadores de Competiciones puntuables para Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España deberán nombrar un responsable de seguridad. 2. El responsable de seguridad deberá remitir a la RFEDA los datos de seguridad relativos a su competición. 3. En caso de cualquier cambio o duda que afecte a temas de seguridad de la prueba, el responsable de seguridad deberá consensuar previamente sus criterios con la Comisión de Seguridad de la RFEDA El responsable de seguridad de la prueba deberá haber asistido al último Seminario/Congreso de oficiales 2 o haber participado en el último Seminario Virtual de Permanentes que se hayan celebrado para poder ejercer el cargo. 13) ASISTENCIAS Las personas que actúen como Asistencias deberán estar en posesión del documento deportivo establecido por la Federación correspondiente Asimismo, el organizador deberá exigir la presentación de la misma para hacer entrega de la documentación correspondiente de asistencia Si en el Reglamento aplicable en un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España fuera obligatorio identificar a las asistencias, la RFEDA establecerá la identificación obligatoria que deben llevar las personas que realicen dicha asistencia Acreditación de vehículos de asistencia En los lugares donde sea obligatorio llevar una identificación en los vehículos de asistencia, queda prohibido el uso de vehículos (con motor o sin el ejemplo: turismos, quads, motos, mini motos, etc.) que no sean autorizados específicamente para ello. El uso de vehículos (aun cuando tengan autorización) que no sea para realizar los trabajos propios de las asistencias está prohibido y su incumplimiento llevará la retirada de la acreditación (si la tuviera) o sanciones contra el Equipo. Página 12 de 30

46 PCCCTCE ) OBSERVADORES DE LA REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE AUTOMOVILISMO Observador La RFEDA podrá nombrar un observador en las Competiciones puntuables para un Campeonato, Copa o Trofeo de España. Este observador no tendrá función ejecutiva, pero sí de supervisión total para poder elaborar el posterior informe, teniendo libre acceso a todas las actuaciones, tanto en Dirección de Carrera, como de Comisarios, Cronometradores, etc Observador Médico La RFEDA podrá nombrar un Observador Médico en las Competiciones puntuables para un Campeonato, Copa o Trofeo de España. Este observador médico podrá supervisar los medios humanos y materiales provistos por el organizador, al objeto de elaborar un informe que remitirá a la RFEDA. 15) INSCRIPCIONES El cierre de inscripciones se realizará excepto que los reglamentos FIA indiquen otros distintos o que la RFEDA autorice excepciones como fecha límite 7 días antes del principio de las verificaciones en Competiciones internacionales y 5 en los demás casos En el Reglamento Particular de cada competición se hará constar el importe de los derechos de inscripción. Estos derechos podrán ser doblados en el caso de que un concursante no acepte la publicidad optativa En el momento del cierre de las inscripciones, la organización confeccionará una lista sin atribuir números en la que constará el concursante, el(los) piloto(es), el vehículo, su Marca y grupo, clase, división o agrupación. Esta lista será enviada inmediatamente a la RFEDA. Además, la Entidad Organizadora comunicará, por un medio que garantice el envió inmediato, a la RFEDA en el momento del cierre, el número de vehículos inscritos en cada uno de los grupos, clases, divisiones o agrupaciones admitidas en la competición. En el caso de inscripciones realizadas por fax o correo electrónico (art del CDI), la organización con la máxima urgencia enviará a la RFEDA un acta complementaria a la del cierre, en el que consten los datos correspondientes; acta que deberá ir necesariamente acompañada de original o fotocopia de los fax o correo electrónico y sobres Si un organizador rechazara una inscripción de un piloto clasificado en un Campeonato del Mundo o de Europa en el curso de los últimos 2 años, deberá enviar en los dos días siguientes a su decisión, un expediente a la RFEDA, quien lo tramitará a la FIA Una vez cerrada la inscripción no podrá ser admitido ningún otro Equipo Un mismo vehículo no podrá ser inscrito, ni participar en dos Competiciones o más de la misma prueba La ausencia injustificada de un participante reglamentariamente inscrito a una competición deberá ser puesto en conocimiento de la RFEDA para proceder si ha lugar a la apertura de un Expediente Disciplinario. No se podrán efectuar inscripciones en la que los primeros pilotos o los vehículos figuren inscritos como XX Formato estandarizado de las listas de inscritos Al objeto de que todos los organizadores de Competiciones de los Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España adopten el mismo formato a la hora de editar las listas de inscritos de los diversos certámenes, se han creado unas plantillas con los formatos estándar que deben aplicarse en cada tipo de disciplina automovilística. Del mismo modo, esta RFEDA editará un formato de lista de inscritos de uso interno que contendrá, mayor información para uso exclusivo de los oficiales, Cronometraje y organizador. Estas listas de inscritos serán incluidas como Anexos en el Reglamento de cada Campeonato, Copa o Trofeo de España y será el único documento válido para poder realizar la inscripción en la prueba correspondiente. 16) NÚMEROS DE COMPETICIÓN Cada vehículo será identificado por números de competición colocados antes de las verificaciones previas de modo que sean perfectamente legibles Las dimensiones reglamentarias vienen especificadas en el reglamento relativo a los números de competición y a la publicidad en los vehículos, del CDI y/o en la reglamentación del Certamen correspondiente. Página 13 de 30

47 PCCCTCE ) CITACIONES, RESOLUCIONES Y CONVOCATORIAS Corresponde al concursante (o a su representante debidamente acreditado) la obligación de prestar la debida colaboración para ser informado de cualquier citación, resolución o convocatoria, realizado por el Director de Carrera, su adjunto o por el Colegio de Comisarios Deportivos en el desarrollo de una competición y que afecte a su Equipo Excepcionalmente, la citación, resolución o convocatoria será publicada en el Tablón de Avisos de la competición y será suficiente a efectos de notificación, si no se ha podido comunicar personalmente al interesado por causas imputables al mismo. En dicho caso, el Secretario de la prueba realizará un informe del proceso de citación realizado que será remitido al Colegio de Comisarios Deportivos para su conocimiento y a los efectos oportunos. Realizados estos trámites, el citado Colegio de Comisarios Deportivos podrá proseguir el expediente. Los concursantes afectados no podrán alegar ignorancia o desconocimiento por causa de ello. 18) VERIFICACIONES Preliminar. Las presentes normas se refieren a la organización y desarrollo de las verificaciones y tienen valor vinculante, por lo que la inobservancia podrá suponer la aplicación de sanciones. No obstante, en el caso de que dentro de un Reglamento General o Particular de un determinado Campeonato viniesen contempladas normas específicas sobre verificaciones, éstas prevalecerán sobre las que se especifican en este artículo. Si bien estas normas se dirigen en particular a los organizadores, concursantes y Comisarios Técnicos y Deportivos, también deberán observarlas dentro de la competencia de cada uno, el Director de Carrera, otros oficiales, los pilotos y cualquier otra persona interesada. En las Competiciones puntuables para Campeonatos, Copas y Trofeos de España, los únicos precintos válidos serán los suministrados por la RFEDA Normas para las verificaciones técnicas. 1. Verificaciones preliminares. 1. Las verificaciones preliminares versarán principalmente sobre formalidades del vehículo (placas, números, etc.), características del vehículo (marca y modelo, categoría, grupo, cilindrada, etc.) mediante la Ficha de verificación o la lista de inscritos, si está inscrito en el grupo y clase que corresponde a cada vehículo, y muy especialmente los elementos de seguridad esenciales tanto del vehículo como del piloto y/o copiloto mediante los documentos destinados al efecto (estructura de seguridad, extintor, arnés, cascos, traje ignífugo, etc.) así como su conformidad con el Código de Circulación (cuando proceda). Ello no implicará que se deba pasar por alto las irregularidades técnicas manifiestas que pueda haber en los vehículos. Los deportistas deberán llevar los elementos de seguridad (vestimenta ignífuga, casco, sistema de retención de la cabeza Hans, etc.) establecidos en el Anexo 2 de estas PCCCTC y declarados en el documento destinado al efecto y definido en el Art a. 2. Para corregir las posibles anomalías se deberá dar al concursante la posibilidad de presentar el vehículo a un nuevo control, hasta 60 minutos antes de la salida del primer participante o de los entrenamientos, a criterio de los Comisarios Deportivos. De estar contemplada esta posibilidad en el Reglamento General o Particular, estos prevalecerán. 3. En el caso de subsistir alguna duda sobre la conformidad de un vehículo con su Ficha de Homologación, el Anexo J del CDI o con el Reglamento Técnico aplicable en su especialidad, comprobada en la verificación preliminar, una advertencia formal y por escrito será dirigida al concursante, seguido de un informe redactado por el responsable de los Comisarios Técnicos a los Comisarios Deportivos, quienes ordenarán el control de oficio de la presunta anomalía, en la verificación final (esto no será de aplicación en el caso que afecte a la seguridad). No obstante, se podrá actuar como se detalla en el punto 9 de este artículo. 4. Si en las verificaciones preliminares un vehículo no correspondiera con las características del grupo y/o clase en los cuáles se ha inscrito, este vehículo podrá, a propuesta de los Comisarios Técnicos, ser transferido por decisión de los Comisarios Deportivos al grupo y/o clase que le corresponda. 5. Los números de carrera, las placas de Rallye y los distintivos publicitarios, deberán estar colocados en el vehículo ANTES de que el mismo acceda a la verificación preliminar. 6. En caso necesario, para asegurar que no haya posibilidad de sustituir un vehículo o de reemplazar algunos elementos, se podrá precintar y/o marcar. Página 14 de 30

48 PCCCTCE Los Comisarios Técnicos, al terminar la verificación, y exclusivamente si el vehículo se encuentra conforme al Reglamento en los puntos verificados, entregarán al participante un adhesivo de VERIFICADO En el caso de que un vehículo no se encuentre conforme con el Reglamento, no le será entregado el adhesivo de VERIFICADO hasta que no se hayan subsanado las anomalías, salvo indicación expresa de los Comisarios Deportivos. Este adhesivo deberá pegarse en el lugar visible desde el exterior, indicado por los Comisarios técnicos. 8. Ningún vehículo podrá participar en los entrenamientos (si los hubiese) o en la carrera, si antes no ha sido controlado por los Comisarios Técnicos, y, por ello, estos no le han entregado el adhesivo de conformidad con el Reglamento, o si el Pasaporte o Ficha Técnica de Seguimiento (caso de existir) no hubiera sido presentado. 9. Podrá denegarse la salida a cualquier vehículo por razones de seguridad o por no estar conforme con los Reglamentos de la especialidad. 10. El Director de Carrera podrá autorizar a su exclusivo criterio, la verificación de aquellos vehículos cuyos concursantes hayan justificado a los Comisarios Deportivos que su retraso ha sido debido a una causa de fuerza mayor. 2. Otras verificaciones. 1. Verificación por modificación de un vehículo o por accidente Cualquier vehículo que después de haber pasado la verificación, fuera desmontado o modificado de alguna forma que afecte a la seguridad del vehículo o a su Equipo, que ponga en cuestión su legalidad o que se viera implicado en un accidente que supusiera consecuencias análogas, deberá presentarse de nuevo a una verificación para su comprobación. 2. Detención de un vehículo por accidente Los Comisarios Deportivos podrán solicitar en cualquier momento de la competición que un vehículo que se haya visto implicado en un accidente sea detenido para ser sometido a una verificación por los Comisarios Técnicos para conocer si ha quedado afectada la seguridad del vehículo. 3. Verificaciones itinerantes En Rallyes podrán establecerse controles itinerantes en cualquier punto de un Tramo de enlace y en todas las zonas definidas como Parque Cerrado. Serán autorizadas por los Comisarios Deportivos y comunicadas, por escrito, al Director de Carrera, al Delegado Técnico y al Jefe de Comisarios Técnicos. En estos controles se podrá proceder de la siguiente forma: - Verificación de cualquier tipo de medida o análisis, así como validación de una pieza por parte de los Comisarios Técnicos. - En el caso de piezas mecánicas concretas, solo se podrá proceder al precintado y/o marcado para su posterior verificación en las verificaciones finales, sin desmontarla del vehículo en el momento del control. El piloto y/o copiloto son los únicos que pueden manipular y/o desmontar elementos del vehículo para que los Comisarios Técnicos puedan marcarlos y/o precintarlos. Los Comisarios Técnicos realizarán esta operación en el menor tiempo posible. - Únicamente en Rallyes de dos Etapas y solo en el Parque Cerrado final de la primera Etapa, se podrá proceder al desmontaje de elementos mecánicos para poder llevar a cabo la verificación como, por ejemplo, del control de la estanqueidad del sistema de admisión, válvulas pop off de los R5, etc. Si fuese necesario el desmontaje de alguna pieza, los Comisarios Deportivos podrán autorizar la intervención de 2 mecánicos del Equipo con las herramientas necesarias. Si en el transcurso de estas verificaciones se tuviera duda de alguna pieza (la que está siendo verificada u otra), se podrá proceder al precintado y/o marcado de alguna pieza para su posterior verificación en las verificaciones finales. Los Comisarios Técnicos realizarán esta operación en el menor tiempo posible entregando al piloto una copia firmada del acta de precintaje 4. Verificaciones en Competiciones en circuito En Competiciones en circuito podrán efectuarse controles y verificaciones al final de las sesiones de actividad en pista (entrenamientos, mangas, carreras, etc.). En caso de duda se procederá de acuerdo con lo indicado en el apartado 18.4.c. En estos controles se podrá proceder al precintado y/o marcado de alguna pieza. Será siempre a petición por escrito del Director de Carrera o de los Comisarios Deportivos. Le será entregado al concursante, a su representante debidamente acreditado o en su defecto al piloto (salvo Página 15 de 30

49 PCCCTCE 2018 que se trate de un menor de edad) un justificante en el que conste, lugar, hora y control a efectuar. Además, firmarán una copia para el Comisario Técnico con los mismos datos. También se podrá proceder al precintado y/o marcado de los elementos de seguridad según lo dispuesto en el Art i. 5. Verificación de Oficio Los Comisarios Deportivos podrán ordenar verificaciones de oficio, en particular sobre aquellos vehículos que hayan demostrado prestaciones excesivas o se tuviera información de que no están conformes con los Reglamentos. Los concursantes aceptan que en las verificaciones de oficio no se les reconozca ningún reembolso en el caso de resultar aquella favorable. 3. Verificaciones Post Carrera. 1. Verificaciones de llegada Se comprobará el estado de las marcas y precintos instalados durante las verificaciones previas o en los controles intermedios. Además, se verificarán los elementos que no impliquen desmontaje de parte o elemento alguno del vehículo. Se realizará sobre todos los vehículos designados por los Comisarios Deportivos. 2. Verificaciones finales Ordenadas por los Comisarios Deportivos, serán completas y detalladas y son realizadas para determinar, principalmente, que los elementos del vehículo cumplen con la normativa establecida en el Anexo J y en la reglamentación técnica aplicable, en función de la clase, grupo, agrupación o división en la que haya sido inscrito. Como regla general, en las verificaciones técnicas finales se controlarán los vehículos clasificados en los tres primeros puestos de la clasificación general y los primeros clasificados en cada grupo, agrupación o división. 4. Útiles de medida Los útiles de medida utilizados en las verificaciones técnicas deben estar calibrados según el plan de calibración interno de la RFEDA. Deberán poseer un Certificado de Calibración emitido por un laboratorio aprobado por la RFEDA donde se indique la incertidumbre del aparato de medida. Pesaje. Para poder controlar el peso de los vehículos deberá preverse una báscula de una capacidad suficiente para el tipo de vehículo que se va a pesar, según la especialidad. Las básculas aprobadas por la RFEDA serán las únicas cuyas mediciones se considerarán válidas y serán inapelables, admitiéndose una tolerancia en el peso de un 0,2% sobre el valor del peso mínimo establecido para el vehículo en cuestión (redondeando el primer decimal por defecto si es 1,2,3,4, o por exceso en el caso de que sea 5,6,7,8 o 9), salvo en la especialidad de karting, donde no se admitirá tolerancia alguna en la medida del peso, al ser considerado el peso de cada categoría como un valor mínimo absoluto. no admitiéndose una tolerancia en el peso al ser considerado como un valor mínimo absoluto. Sí deberá tenerse en cuenta, la incertidumbre de medida de cada báscula y deberá estar reflejada en el Certificado de Calibración individual Normas para los organizadores. 1. General. Será obligatoria una verificación técnica previa a cada competición, así como otra verificación técnica más completa y detallada, una vez finalizada la misma. 2. Prescripciones reglamentarias. El Reglamento Particular de la competición deberá especificar los datos que a continuación se detallan: 1. Hora de comienzo y final de la entrega de la documentación y lugar donde se entregará. 2. Hora de comienzo y final de las verificaciones técnicas preliminares (con indicación de eventuales subdivisiones de horario entre grupos, divisiones, números de competición, etc.) y lugar donde serán realizadas las mismas. En el caso que lo requiera, se hará constar el horario y lugar donde se realizará un eventual pesaje de los vehículos (obligatorio o voluntario). 3. Lugar donde estará(n) instalado(s) el(los) Parque(s) Cerrado(s). 4. Lugar donde estará(n) instalado(s) el(los) Parque(s) de Trabajo. 5. Lugar donde se realizarán las verificaciones técnicas finales. Página 16 de 30

50 PCCCTCE Los organizadores deberán procurar, en lo posible, la proximidad de todos los emplazamientos con la línea de salida y de llegada. 2. La verificación técnica preliminar deberá finalizar, obligatoriamente, al menos dos horas antes del inicio de la carrera. 4. Procedimiento de la verificación previa. Al objeto de agilizar y hacer más operativas la verificación de la documentación necesaria para la participación de los Equipos en la competición, los organizadores deberán solicitar a los Equipos antes del comienzo de la competición la siguiente documentación: 1. El boletín de inscripción debidamente cumplimentado en su totalidad y en particular que esté debidamente firmado por el concursante y que las características del vehículo (Marca y modelo, Categoría, grupo y cilindrada) corresponden con la normativa. 2. Control de licencias. 3. Copia del Pasaporte Técnico de Seguimiento RFEDA (en caso de que la hubiera). 4. Copia de la Ficha de equipamiento de seguridad declarado por el concursante y/o piloto. Este documento se podrá obtener en la web del organizador, de la RFEDA ( o solicitándolo a dicha Entidad. No se podrán realizar las verificaciones técnicas si el concursante no ha rellenado debidamente este documento. 5. Copia de la Ficha de Homologación FIA o RFEDA (en el caso de que sea obligatoria para el grupo del vehículo). MUY IMPORTANTE: El día de las verificaciones ÚNICAMENTE tendrá que hacerse entrega a los Participantes de la documentación y/o material reglamentado. 5. Ficha de verificación técnica. El Delegado Técnico confeccionará una Ficha de Verificación Previa para cada vehículo inscrito en la competición, en la que constarán los datos del concursante, piloto, copiloto (en su caso), así como los datos del vehículo y todos los apartados que deben controlarse en la verificación técnica y/o que estime la RFEDA. 6. Infraestructuras para las verificaciones técnicas. Todos los vehículos participantes deberán efectuar las verificaciones preliminares en el mismo recinto salvo decisión del Director de Carrera que, de acuerdo con los Comisarios Deportivos, podrán designar otro recinto anexo al primero. En este caso deberá publicarse un Complemento al Reglamento. Los organizadores deberán prever: 1. Para las verificaciones preliminares: - Un espacio despejado y ventilado, cubierto sobre una superficie mínima de 8 metros cuadrados, por cada calle de verificación. - El número de calles estará definido en función del número de vehículos inscritos y del número de Comisarios Técnicos (mínimo 2 Comisarios Técnicos por calle). - Este espacio se cerrará convenientemente para impedir el acceso al público y solo se autorizará la presencia del concursante, piloto o representante autorizado por el concursante, durante el proceso de verificación de su vehículo, así como un máximo de dos mecánicos designados por él mismo. - El acceso al lugar de las verificaciones estará dispuesto para conseguir que la cola de vehículos que se forme no obstaculice la libre circulación de los demás vehículos. - Debe instalarse un control horario a la entrada de las verificaciones técnicas. En dicho control, un oficial marcará la hora de entrada de cada vehículo. Se recomienda especialmente la existencia de un Pre Parque antes de las verificaciones. 2. Para la verificación final: - Se deberá prever un lugar cerrado (preferiblemente un Taller mecánico o una nave o un Box habilitado para ello) y dedicado a tal fin de manera exclusiva todo el tiempo necesario para efectuar los controles. - Sus dimensiones deberán permitir el control de un mínimo de 3 vehículos simultáneamente con suficiente privacidad. - El equipamiento debe incluir un elevador capaz para al menos kg o, en su defecto, un foso de dimensiones adecuadas, así como las herramientas necesarias para las labores de desmontaje. Página 17 de 30

51 PCCCTCE El recinto deberá estar correctamente iluminado. - En las competiciones en circuito, debe estar previsto un recinto cubierto para verificaciones técnicas y pesaje, de una capacidad mínima para 4 vehículos, que será obligatoriamente uno de los dos primeros boxes en el sentido de circulación del Pit Lane. Es recomendable, el equipamiento de una plataforma o superficie elevada sobre el suelo, que permita la verificación por la parte inferior de los vehículos. Deberán preverse medios de transporte para aquellos vehículos que no puedan desplazarse al recinto de verificación por sus propios medios. - En la verificación final deberá preverse que solo puedan acceder a la misma los oficiales autorizados y el concursante o en su defecto el piloto u otra persona debidamente autorizada por el concursante, del vehículo que se esté efectuando el control. Además, se puede permitir el acceso a 2 mecánicos del Equipo que ayuden en las operaciones necesarias. 3. Pesaje. Para poder controlar el peso de los vehículos deberá preverse una báscula de una capacidad de, al menos, kg. Las básculas aprobadas por la RFEDA. serán las únicas cuyas mediciones se considerarán válidas y estas se considerarán inapelables, admitiéndose una tolerancia en el peso de un 0,2 % sobre el valor del peso mínimo establecido para el vehículo en cuestión (redondeando el primer decimal por defecto si es 1, 2, 3, 4, o por exceso en el caso de que sea 5, 6, 7, 8 o 9), salvo en la especialidad de Karting, donde no se admitirá tolerancia alguna en la medida del peso, al ser considerado el peso de cada categoría como un valor mínimo absoluto Normas para los concursantes. Los concursantes están obligados a respetar las siguientes normas: a) Para llevar a cabo la correcta verificación del equipamiento de seguridad de los concursantes, pilotos y/o copilotos y asegurar así su integridad física, éstos deberán rellenar un documento destinado a tal efecto en el que declaren dicho equipamiento y que deberán entregar firmado al Delegado Técnico en las verificaciones técnicas. Este equipamiento será el que utilizaran durante toda la temporada o la competición(es) en que participe. Será responsabilidad del concursante y/o piloto y/o copiloto, el correcto uso del equipamiento declarado a lo largo de toda la temporada, estando en la obligación de declarar cualquier cambio que quiera hacer en su equipamiento de seguridad al Delegado Técnico. Estará obligado a presentar una copia actualizada si le es requerida por el Delegado Técnico, los Comisarios Técnicos o los Comisarios Deportivos en cualquier momento de la competición, y que deberá haber rellenado previamente a las verificaciones, para su correcta comprobación por parte de los Comisarios Técnicos en las verificaciones. b) Deberán cumplir rigurosamente los horarios de las verificaciones preliminares. Los horarios de las verificaciones técnicas constarán con precisión en los reglamentos y el concursante deberá tener disponible todos los documentos exigidos. No respetar el horario establecido para la verificación técnica preliminar, podrá comportar la NO AUTORIZACIÓN a tomar la salida, salvo comprobada causa de fuerza mayor, que será juzgada por los Comisarios Deportivos (ver Art ). c) El concursante antes de acceder a las verificaciones técnicas previas deberá cumplir con lo establecido en el Art sobre recogida de la documentación y tener instalado en su vehículo, los números de carrera, las placas de Rallye en su caso, la publicidad, etc., (Art ) bajo pena de una penalización que puede llegar hasta no serle autorizada la salida. d) En las verificaciones deberá estar presente el concursante o su representante debidamente acreditado. A este último le viene reconocido una representación voluntaria, por lo que está legitimado para proponer o renunciar a cualquier Reclamación o Apelación, siendo sus decisiones, en cualquier caso, vinculantes para el concursante. En Rallyes, y siempre que el concursante o persona que le represente no forme parte del Equipo de a bordo, el primer piloto declarado en el Boletín de Inscripción asumirá todas las obligaciones y responsabilidades que incumban al concursante. e) En cualquier verificación técnica, si le es requerida, obligatoriamente deberá presentar la Ficha de Homologación completa con todas las extensiones hasta la fecha de la competición (o documento que le sustituya en su caso) y la Ficha Técnica o el Pasaporte Técnico de Seguimiento RFEDA (si lo hubiera), bajo una penalización que puede llegar a no autorizarle la salida, o excluirle de la carrera. El concursante deberá tener presente que, cualquier juicio sobre la regularidad de su vehículo será expresado sobre la base de la Ficha de Homologación (o documento que le sustituya en su caso) presentada por éste para el control técnico. El concursante que no presente la documentación mencionada anteriormente será sanción con una multa económica de 105. La Ficha de Homologación deberá ser una copia original en las condiciones establecidas en el artículo del Anexo J del CDI. Página 18 de 30

52 PCCCTCE 2018 f) Ningún concursante cuyo vehículo haya superado la verificación técnica preliminar puede negarse a someter el mismo a otra verificación en cualquier momento de la competición. La penalización de este hecho será la descalificación de la competición. No obstante, el concursante antes del inicio de la competición podrá evitar el desmontaje de las partes mecánicas de su vehículo previo precintado y/o marcado, declarando por escrito que estas responden plenamente con la Ficha de Homologación y el Reglamento que deba aplicarse y que se compromete, en cualquier caso, incluso en el de abandono, a presentar el coche para su verificación al final de la competición. g) El vehículo debe estar conforme con su Ficha de Homologación o documento que le sustituya en su caso y con los reglamentos, en todos los momentos de la competición. h) Los concursantes con vehículo lastrado o partes lastradas (si estuviera permitido) deberán declarar el lastre en las verificaciones preliminares. La fijación de los lastres implica el uso de herramienta para su desmontaje y deberá estar precintado por los Comisarios Técnicos. Cualquier lastre no declarado o que no pueda ser precintado, no será considerado en las verificaciones y controles posteriores. i) Los concursantes estarán obligados a suministrar en cualquier verificación técnica la(s) pieza(s) o muestra(s) que el Director de Carrera o los Comisarios Deportivos les soliciten por entenderlo necesario para su control. En caso de no poder ser desmontada(s), la(s) pieza(s) será(n) precintada(s) y/o marcada(s) para su posterior control, siendo responsabilidad del concursante que esta(s) se mantenga(n) en perfecto estado. El no cumplir alguna de estas indicaciones, entrañará la descalificación de la carrera. j) En las verificaciones técnicas solo podrá estar presente el concursante o persona autorizada de éste (por escrito), del vehículo que se controle, incluso en las promovidas por Reclamación o por Apelación. En las verificaciones (de oficio o las promovidas por Reclamación o por Apelación) el concursante del vehículo a verificar podrá designar como máximo a dos varios mecánicos a su cargo para las tareas de desmontaje, si los Comisarios Deportivos lo consideran oportuno o en su caso el TNAD. En cualquier caso, y en función del desarrollo de las verificaciones, el Delegado Técnico podrá limitar el número de mecánicos durante el desarrollo de las mismas Normas para los Comisarios Técnicos. En el cumplimiento de sus funciones, los Comisarios Técnicos deberán respetar las siguientes normas: a) Desempeñarán sus funciones como los oficiales de la competición responsables del juicio técnico relativo a los vehículos, con respecto a las normas reglamentarias que rijan la competición (CDI, Anexo J, Reglamentos Técnicos y Deportivos y sus normas suplementarias, Reglamento Particular y sus Anexos y Complementos, así como las normativas Estatales comunicadas vía circular o por cualquier otro medio). Deberán tener todo esto bien presente, bien cuando procedan a las verificaciones previstas en los Reglamentos o a petición de la RFEDA, de los Comisarios Deportivos o del Director de Carrera, bien cuando, en fase consultiva, sean requeridos por tales órganos para formular un juicio sobre alguna cuestión ligada a la competición. En este último caso deberá ser consultado el Delegado Técnico de la RFEDA (si estuviera nombrado) y su parecer, si está en desacuerdo con los otros Comisarios Técnicos, será vinculante. b) Deberán estar presente en el lugar de la verificación media hora antes de que se inicien las verificaciones técnicas preliminares y también de las verificaciones técnicas finales y permanecerán a disposición del Director de carrera durante toda la competición y hasta que expire el plazo de Reclamación a la clasificación general. c) Las verificaciones técnicas que no consten en el Reglamento Particular de la competición, únicamente podrán ser realizadas por los Comisarios Técnicos a petición, por escrito, del Colegio de Comisarios Deportivos o de la RFEDA. Las verificaciones ordenadas por los oficiales o directamente por la RFEDA deberán ser realizadas sin excusa alguna. Su incumplimiento llevará consigo la apertura de un Expediente Disciplinario para los oficiales correspondientes. d) Los juicios de los Comisarios Técnicos son emitidos de forma singular y en el curso de la duración de su mandato en una competición. Si bien es obvio que se admite y es conveniente la consulta entre los Comisarios Técnicos, la responsabilidad del juicio es totalmente personal de quien lo emite. e) En el caso de que la RFEDA nombrara un Delegado Técnico en una competición, éste actuará como coordinador del resto de Comisarios Técnicos, y solo e intervendrá de forma directa en la verificación cuando lo considere necesario para resolver situaciones concretas o porque sea requerido por un Comisario Técnico. El criterio del Delegado Técnico será vinculante para el resto de Comisarios Técnicos nombrados por el organizador. Asimismo, será el único encargado de realizar informes de verificaciones técnicas para los Comisarios Deportivos. Página 19 de 30

53 PCCCTCE 2018 f) Las verificaciones técnicas se harán de manera uniforme y sistemática y deberán desarrollarse en condiciones de tranquilidad y sin interferencias. En el caso de que las operaciones fueran perturbadas por personas ajenas a la misma, por lo que no se pueda cumplir las condiciones establecidas, los Comisarios Técnicos deberán suspenderlas hasta que la situación así lo aconseje. g) Se recomienda a los Comisarios Técnicos no detenerse ante la primera irregularidad técnica encontrada, incluso si esta, por sí misma, es suficiente para la descalificación. Si en el caso de una verificación de oficio o como consecuencia de una Reclamación, fuera encontrada una irregularidad en alguna pieza que no fuera objeto de la misma, los Comisarios Técnicos deberán tenerla en cuenta en la emisión del informe sobre la regularidad del vehículo. h) Los Comisarios Técnicos no deben aceptar declaraciones escritas del concursante aceptando la irregularidad del coche, con el fin de evitar el desmontaje del vehículo. La verificación seguirá su curso, ya sea dispuesta de oficio o por Reclamación. i) Precintaje de piezas Si una pieza del vehículo verificado o elemento del equipamiento de seguridad del piloto y/o copiloto verificado resultara irregular o subsistiera alguna duda sobre la misma, deberá ser retenida y precintada y/o marcada por los Comisarios Técnicos, en presencia del concursante o su representante autorizado por escrito. La pieza(s) o elemento(s) retenida(s) será(n) devuelta(s) al concursante al cierre de los procedimientos de Reclamación o Apelación. Asimismo, si una vez se ha procedido a verificar la pieza y la convocatoria de las partes por los Comisarios Deportivos se pospone, dicha pieza deberá remitirse inmediatamente a la RFEDA, para su custodia hasta que sea requerida por los Comisarios Deportivos. Por último, si se presenta una Apelación la pieza o elemento de seguridad en litigio será enviada al TNAD. En el caso de proceder al precintaje de una pieza o elemento del equipamiento de seguridad del concursante y/o piloto y/o copiloto, esta deberá ser identificada con una etiqueta, donde se consignará el nombre de la pieza o elemento de seguridad, vehículo al que pertenece, fecha y además las marcas y precintos impuestos. Esta etiqueta deberá ser firmada por el Comisario Técnico y el concursante o su representante. En el caso de negarse, firmarán dos testigos. En cualquier caso, deberá seguirse de forma general el manual de precintaje editado por la RFEDA al efecto. j) Carburante 1. Durante el transcurso de la prueba, los Comisarios Técnicos a petición de los Comisarios Deportivos podrán tomar muestras del carburante utilizado por los participantes, para analizar en un Laboratorio homologado por la RFEDA o la FIA. 2. La toma de muestras de combustible se realizará tomando tres (3) muestras de un litro (1000 ml) en bidones oficiales que serán debidamente identificados y precintados, según el procedimiento usado para el marcaje de piezas a retener. Por ello, todo vehículo deberá disponer en su sistema de combustible de al menos tres (3) litros a su entrada en el Parque Cerrado al final de entrenamientos y/o de las carreras, excepto en rallyes, en cuyo caso deberá contener los 3 litros durante toda la duración de la prueba. 3. Un bidón servirá para la verificación correspondiente en el Laboratorio homologado por la RFEDA o la FIA. De las restantes muestras de carburante del vehículo, una quedará en poder del concursante y la otra de la RFEDA para un posible contraanálisis. 4. El combustible se extraerá de la rampa de inyección o de la conducción que alimenta el carburador, (dependiendo del sistema de alimentación), mediante una conducción que deberá proporcionar el concursante, de longitud suficiente para permitir el llenado de los bidones (aproximadamente 1500 ml). 5. El Laboratorio homologado por la RFEDA que reciba la muestra para analizar, está autorizado a romper los precintos, si los detalles concernientes al precintaje se ajustan al realizado por los Comisarios Técnicos. En caso de que los precintos de una de las muestras hayan sido violados o manipulados, el Laboratorio informará a la RFEDA la cual citará al concursante y actuará en consecuencia. 6. Si el resultado del análisis es conforme, la RFEDA comunicará los resultados a las partes interesadas. 7. Si el resultado no es conforme, se comunicará al concursante afectado quien, en caso de desacuerdo, deberá enviar en el plazo de tres (3) días su muestra al Laboratorio reconocido por la RFEDA para efectuar el contraanálisis. Cuatro (4) días después del plazo antes indicado el concursante deberá comunicar el resultado de dicho contraanálisis al Colegio de Comisarios Deportivos y a la RFEDA. Página 20 de 30

54 PCCCTCE 2018 Es decir, desde la recepción del resultado del primer análisis, el concursante dispondrá de SIETE (7) días para enviar el resultado del segundo análisis a los Comisarios Deportivos y a la RFEDA. Pasado dicho plazo sin haber recibido el resultado del contraanálisis este se considerará no conforme. El plazo indicado podrá ser ampliado si el Laboratorio informara que, por razones de fuerza mayor así entendidas por la RFEDA, no puede realizar el análisis en los días establecidos. 8. En el caso de que este resultado sea diferente al efectuado en primer lugar, la RFEDA enviará al Laboratorio otra de las muestras que obran en su poder y los Comisarios Deportivos, una vez recibido el resultado de este último análisis, decidirán al respecto. 9. Si el análisis de muestra enviada por el concursante no pudiera realizarse por haber sido manipulado el precinto, o por cualquier otra causa, el Laboratorio informará a la RFEDA al respecto, quien procederá a remitir la segunda muestra en su poder para su análisis. En caso de coincidencia con la primera muestra analizada, las muestras analizadas se considerarán definitivas a todos los efectos. En caso contrario, los Comisarios Deportivos o en su casoel TNAD decidirá al respecto. 10. En caso de duda, se podrá proceder como indica la Lista Técnica FIA nº 2 en relación al procedimiento de análisis. 11. El combustible aceptado será el definido en los reglamentos específicos de cada Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España o, en su defecto, el que dicta el Articulo del Anexo J al CDI. 12. Los resultados de los análisis contendrán las incertidumbres de medida establecidas por las respectivas normas reflejadas en el Anexo J para la realización de los análisis. 13. Carburante oficial Si la RFEDA establece un carburante oficial para un Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España, además de la normativa que se establezca en la reglamentación del mismo y en lo indicado anteriormente, serán de aplicación los siguientes apartados: a) La utilización del carburante oficial suministrado por la RFEDA será el único que se podrá utilizar. b) La utilización de un carburante diferente del oficial entrañará la descalificación de la competición o de la prueba. c) Será obligatorio realizar in situ comprobaciones del carburante, con el material homologado por la RFEDA, para al menos los 3 primeros clasificados y 3 más elegidos por sorteo. d) Durante el transcurso de los entrenamientos oficiales y/o la carrera, los Comisarios Técnicos podrán tomar muestras del carburante utilizado por los vehículos participantes, para verificar, en primera instancia, su concordancia con la muestra oficial y su posible análisis posterior. 14. Carburantes alternativos La RFEDA podrá admitir combustibles adicionales en base a lo establecido en el artículo del Anexo J. Para ello, deberá recibir una solicitud formal del fabricante del combustible donde se especifiquen detalladamente las características técnicas del mismo. La RFEDA, a la vista de la solicitud, decidirá si aceptar o no el combustible propuesto. En cualquier caso, se prohíbe el uso del ETANOL (BIOETANOL) o similares como combustible alternativo. k) Verificación del equipamiento de seguridad de los participantes Para Competiciones de circuito La verificación del equipamiento de seguridad será llevada a cabo durante los 15 minutos anteriores a la activación de la luz verde del semáforo de Pit Lane para la formación de la Parrilla de salida. En caso de no encontrarse preparado el piloto con su equipamiento de seguridad en dicho momento, éste no será autorizado a tomar la salida hasta que no se presente con su equipamiento de seguridad de acuerdo al declarado en el documento destinado a tal efecto. En el caso de que el equipamiento no se corresponda con el declarado, tampoco será autorizado a tomar la salida hasta que subsane las anomalías. En cualquier caso, si posteriormente a la celebración de los entrenamientos o la carrera se detectasen anomalías en el equipamiento de seguridad, se deberá precintar el(los) elemento(s) de acuerdo con lo establecido en el Art i e informar a los Comisarios Deportivos a los efectos oportunos. Para todas las demás especialidades La verificación del equipamiento de seguridad será llevada a cabo en cualquier momento de la competición debiendo encontrarse el equipamiento en total conformidad con el declarado en el documento destinado a tal efecto. En el caso de que el equipamiento no se corresponda con el declarado, no será autorizado a continuar la competición hasta que las anomalías sean subsanadas. l) Los Comisarios Técnicos deberán establecer y firmar bajo su propia responsabilidad los informes de las verificaciones efectuadas a los vehículos controlados en las verificaciones que les sean encargadas y deberán entregarlos al Director de Carrera o a los Comisarios Deportivos. Página 21 de 30

55 PCCCTCE Normas para los Comisarios Deportivos. a) Los Comisarios Deportivos pueden controlar en todo momento, las condiciones de legalidad de un vehículo. Salvo en caso de fuerza mayor, el concursante deberá ser prevenido de esta intención. La hora y lugar de una verificación que quiera imponérsele no deberá comprometer su participación en los entrenamientos o en la carrera. b) Podrán solicitar en el momento de las verificaciones técnicas, que un vehículo sea presentado por el concursante, con el fin de asegurar que las condiciones de conformidad se cumplan adecuadamente. c) Podrán solicitar al concursante que suministre, durante las verificaciones técnicas y durante toda la manifestación, cualquier pieza o muestra. d) Se recomienda a los Comisarios Deportivos que, en el caso de una Reclamación contra un vehículo, sometan a una verificación de oficio al vehículo del concursante reclamante y eventualmente a aquellos que sigan al reclamado en la clasificación de la competición. e) Los Comisarios Deportivos podrán autorizar en las verificaciones técnicas de oficio o Reclamación que el concursante designe a un máximo de dos varios mecánicos a su cargo para las tareas de desmontaje de su vehículo (Ver Art i). f) En las verificaciones promovidas, ya sea de oficio o por una Reclamación, los Comisarios Deportivos deberán comunicar por escrito al concursante afectado o en su defecto al piloto, del lugar, día y hora de la verificación, debiendo firmar éste el enterado o en el caso que se negara, lo firmarán dos testigos. Asimismo, se informará de los elementos a verificar en la propia notificación de verificaciones técnicas que se entrega en el Parque Cerrado. y en la verificación técnica. 19) PENALIZACIONES Además de lo que puedan establecer los Reglamentos de los distintos Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España, los oficiales deberán tener en cuenta que si esta infracción tiene como origen una falta en materia de seguridad (comportamiento en pista, etc.) o en la inscripción (no corresponderse el vehículo con lo declarado en la hoja de inscripción respecto a la normativa aplicable en el evento correspondiente), el concursante afectado podrá interponer una Apelación a una penalización contra la resolución de los Comisarios Deportivos de la competición, pero no paralizará la misma (art del CDI) si no hay un acuerdo del TNAD o de un Órgano superior, en el que se conceda una suspensión cautelar a propuesta del interesado. Asimismo, los Comisarios Deportivos podrán aplicar a las penalizaciones que consistan en una cantidad de tiempo a acumular al realizado por un piloto, o en una pérdida de los mejores tiempos realizados en una o varias vueltas, o en una pérdida de puestos en la clasificación de una sesión de Entrenamientos o de una Manga Clasificatoria determinante del orden de salida o del derecho a participar en otra Manga Clasificatoria o en una carrera final posterior, dentro de una misma competición, y siempre que no sean los supuestos establecidos en el art del CDI, los Comisarios Deportivos deberán aplicar la siguiente norma: Si la aplicación efectiva de este tipo de penalizaciones quedase en suspenso como consecuencia de la manifestación de la intención de Apelar del interesado afectado, una vez que la sanción resultare efectiva y aplicable, ya sea porque finalmente no se llegue a interponer en tiempo y forma la Apelación anunciada, o por resultar ésta expresamente desestimada por resolución firme del órgano competente, la sanción será aplicada de hecho de la siguiente forma: 1. En primer lugar, se aplicará y computará la penalización sobre la clasificación final de la sesión o Manga Clasificatoria en la que se produjo el incidente que la motivó, y se establecerá una clasificación revisada. 2. Si la nueva posición que ocupe el interesado en la clasificación revisada, implicase que éste no habría tenido derecho a participar en otra Manga Clasificatoria o carrera de la misma competición, el piloto afectado será excluido de la clasificación final de todas las mangas clasificatorias o carreras posteriores de la competición, cuyo derecho a participar en las mismas hubiese resultado afectado por la aplicación de la penalización impuesta en la sesión o Manga en la que se produjo el incidente. 3. Si la nueva posición que ocupe el interesado en la clasificación revisada implicase que éste sí habría tenido derecho a participar en otra Manga Clasificatoria o carrera posterior de la misma competición, pero tomando la salida desde una posición distinta en la Parrilla, se efectuará de la siguiente forma: a. Si la penalización consistía en una cantidad de tiempo a acumular al tiempo de referencia realizado por el piloto en la vuelta determinante de la Parrilla o en la clasificación de la Manga Clasificatoria, esta misma cantidad de tiempo se añadirá al realizado por el piloto en las clasificaciones finales de todas las mangas o carreras de la misma competición, posteriores a aquélla en la que se produjo el hecho que provocó la penalización, y se modificarán en consecuencia las clasificaciones finales de todas ellas. b. Si la penalización consistía en una pérdida de posiciones en la Parrilla de Salida de una Manga Clasificatoria o de una carrera, el piloto afectado perderá el mismo número de posiciones en las clasificaciones finales de todas las mangas o carreras de la misma competición, posteriores a aquélla en la que se produjo el hecho que provocó la penalización, cuyas clasificaciones deberán ser también modificadas en consecuencia. 4. Si como resultado de las modificaciones de las clasificaciones llevadas a cabo en aplicación de las normas del apartado 3 anterior, se diera el caso que el piloto afectado llegase a perder el derecho a participar en una siguiente Manga Página 22 de 30

56 PCCCTCE 2018 Clasificatoria o carrera, será de aplicación lo dispuesto en el apartado 2, y el afectado será excluido de las clasificaciones finales de todas las mangas o carreras cuyo derecho a participar en ellas se hubiese visto afectado por la aplicación de la penalización. 5. Sanciones en Metálico De acuerdo con lo establecido en el artículo del CDI, y al objeto de poder dar el más exacto cumplimiento al mismo, cuando el infractor no tuviera residencia legal en territorio español deberá abonar el importe de la sanción en efectivo (moneda de curso legal en España o de cualquier otro país con quien España mantenga tipo oficial de cambio) una vez agotado el periodo para interponer una posible Apelación. En caso contrario, y de acuerdo con lo establecido en el citado artículo, la licencia correspondiente estará suspendida hasta el pago de la misma y por ello el Equipo sancionado no podrá seguir participando en la competición. 20) PARQUE CERRADO El Parque Cerrado será obligatorio en todas las competiciones en las que estén previstas verificaciones técnicas. El Reglamento Particular de la competición precisará el lugar donde será instalado el Parque Cerrado En el interior del Parque Cerrado, cuyo acceso no será autorizado más que a los oficiales nombrados al efecto de quienes dependerá el buen funcionamiento del Parque y serán los únicos autorizados a dar órdenes a los concursantes y pilotos, quedará prohibida cualquier operación de comprobación, puesta a punto o reparación, salvo la que esté autorizada por los Comisarios Deportivos El Parque Cerrado será lo suficientemente grande y protegido para asegurar que ninguna persona no autorizada pueda acceder al mismo No llevar el vehículo al Parque Cerrado en el plazo y momento establecido en el Reglamento aplicable o sacarle de este antes de autorizarlo los oficiales de la competición, será sancionado con la Descalificación de la competición. 21) CONTROLES MÉDICOS Los controles de dopaje serán realizados por la AEPSAD (Agencia Española de Protección de la Salud del Deportista). 22) CONTROLES DE SEGURIDAD DE ALCOHOL Con absoluta independencia de los controles de dopaje, previstos y realizados por la AEPSAD, en los que estas sustancias pueden ser buscadas y detectadas, en su caso, con el procedimiento y las consecuencias ordinarias ya conocidas, como medida adicional y extraordinaria de seguridad, se considera necesaria la puesta en funcionamiento de controles de alcoholemia en aire espirado, y de presencia de ciertas drogas en saliva, los cuales se deberán llevar a cabo a los deportistas, en cualquier momento de la competición (en especial inmediatamente antes de los Entrenamientos y/o carreras) en las distintas modalidades de nuestro deporte. Estos controles, cuya causa y razón es exclusivamente el incremento de la seguridad en las competiciones deportivas, se llevarán a cabo por el personal que la Comisión Médica de la RFEDA designe, y con los etilómetros y Equipos de detección de drogas en saliva de los que dispone la Comisión. Esta norma, de carácter reglamentario deportivo (no disciplinario), se podrá aplicar en las competiciones de los Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España y en competiciones de carácter Estatal e Internacional, e implicará que la detección de un nivel de alcoholemia en aire espirado superior a 0,1 miligramos/litro, o la lectura positiva de la presencia de cualquiera de las drogas y sus metabolitos que detectan en saliva los Equipos de Control in situ Dräger Drugtest 5000 o Drugcheck 3000 y que son: cocaína, opiáceos, anfetaminas, metanfetaminas/drogas de diseño (por ejemplo éxtasis) y cannabis (THC), impedirá la participación del deportista en la sesión de entrenamientos o en la competición antes de la cual haya sido detectada, o la continuación de la participación en la misma, si la detección se produce durante el transcurso de la competición. Estos efectos impeditivos privativos de la participación en los casos de detección positiva de alcoholemia o drogas positiva serían los mismos que los derivados de la detección de un piloto sin lentes correctoras en caso de precisarlas o sin casco homologado. El procedimiento de control se establecerá en cada competición por el médico delegado por la Comisión Médica de la RFEDA, de acuerdo con los Comisarios Deportivos. En los controles de alcoholemia se respetará el derecho del deportista a realizar una segunda espiración. se dará parte de los resultados a los citados oficiales. Una vez desaparecida la situación del positivo, es decir, una detección de un nivel de o siendo la alcoholemia detectada inferior a 0,1 miligramos/litro, el deportista podrá reintegrarse a la competición y se dará parte de los resultados a los citados oficiales. El test de detección de Drogas in situ, con los mencionados aparatos Dräger, no precisa de una segunda toma de muestras de saliva. Página 23 de 30

57 PCCCTCE ) RECLAMACIONES Y APELACIONES Será de aplicación lo establecido en los Artículos 13 y 15 del CDI Cualquier concursante podrá presentar una Reclamación contra la conformidad de otro vehículo. Esta podrá versar sobre diferentes elementos mecánicos que deberán ser obligatoriamente especificados. En consecuencia, una única Reclamación contra un vehículo podrá versar sobre un conjunto de diferentes elementos mecánicos, pero éstos deben ser especificados. En cualquier caso, las Reclamaciones deberán concretarse sobre aspectos bien definidos, nunca sobre conceptos vagos o generales (ejemplo: no se podrá Reclamar contra las prestaciones de un vehículo, contra la estabilidad, contra el motor, etc. Sin embargo, sí se podría Reclamar contra un conjunto de elementos mecánicos del motor, que en el límite si fueran exhaustivamente identificados podrían constituir la práctica totalidad del conjunto). Por otro lado, una Reclamación podría contener diferentes conceptos pertenecientes a elementos mecánicos muy diferentes (ejemplo: podría versar sobre adición de material en la carrocería, frenos no homologados en el tren trasero, cilindrada del motor, diagrama del árbol de levas, bajos del motor y canalizaciones en el interior de la carrocería) La caución para la Reclamación queda establecida en MIL EUROS (1000 ). Si la Reclamación entrañara el desmontaje (y consecuentemente su montaje) del vehículo se exigirá una fianza complementaria que será establecida en función de la naturaleza de la operación y de la tarifa horaria en vigor para la mano de obra en el lugar donde se realice el desmontaje y posterior montaje, y en función del vehículo de que se trate. TABLA DE TIEMPOS DE VERIFICACION Y MONTAJE/DESMONTAJE Elementos: Tiempo: ÁREA 1: CARROCERIA a) Interior 3 horas b) Exterior 3 horas ÁREA 2: SUSPENSION a) Delantera 3 horas b) Trasera 3 horas ÁREA 3: TREN RODANTE a) Ruedas 1 hora b) Frenos 4 horas c) Dirección 4 horas ÁREA 4: TRANSMISIÓN a) Caja de cambios 9 horas b) Grupo 7 horas c) Diferencial 10 horas d) Embrague 6 horas ÁREA 5: MOTOR CULATA, CÁMARA DE COMBUSTIÓN a) Cilindrada 9 horas b) Relación volumétrica 10 horas c) Junta culata 9 horas d) Colectores 9 horas e) Árbol de levas 14 horas f) Válvulas, muelles 15 horas g) Balancines, empujadores 15 horas h) Poleas, cadenas, correas 4 horas ÁREA 6: MOTOR (BAJOS, CARTER) a) Pistones, bielas 16 horas b) Cigüeñal 12 horas c) Volantes 7 horas ÁREA 7: MOTOR (ALIMENTACIÓN) a) Carburadores 3 horas b) Inyección 4 horas c) Sobrealimentación 7 horas ÁREA 8: CATALIZADOR Y LINEA DE ESCAPE a) Catalizador y línea de escape 3 horas TOTAL, DEL VEHÍCULO 75 horas CONJUNTO MOTOR (SIN ALIMENTACIÓN) 32 horas Los tiempos establecidos se facturarán al precio que figure como hora de taller en el lugar donde se realice el desmontaje Página 24 de 30

58 PCCCTCE 2018 y posterior montaje. Si este precio oficial no existiese se facturará a 50 euros la hora Se exigirá una caución complementaria de 500 euros, si la reclamación se realizase sobre el peso del vehículo Si la Reclamación abarcara varios elementos, la fianza será la acumulación de los diferentes gastos de verificación Si la Reclamación fuese fundada se devolverán las fianzas al reclamante y el reclamado cargará con los gastos reales de la verificación Si la Reclamación fuera infundada, el reclamante perderá la fianza de MIL euros y pagará los gastos reales de la verificación con cargo a la fianza complementaria, devolviendo el resto si ha lugar al reclamante. En caso contrario deberá abonar el resto del coste de la verificación En el caso de inocencia del concursante en una verificación de oficio, éste acepta que no se le reconozca ningún reembolso. En caso de que en la verificación de oficio se detectase una irregularidad, el concursante cargara con los gastos reales de la verificación La caución de Apelación se establece en DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2500 ) De acuerdo con lo establecido en el Art a del CDI de cita Los Comisarios Deportivos, a su exclusivo criterio, podrán utilizar cualquier sistema de video o electrónico que pueda ayudarles a tomar una decisión. y en desarrollo de lo anterior, se considera que: 24) PREMIOS a) Como norma general, no serán aceptados aquellos videos o filmaciones electrónicas, propuestos por el concursante durante el desarrollo del procedimiento correspondiente, iniciado de oficio o a instancia de parte (reclamación). b) En el supuesto de no ser aceptada la propuesta del concursante por los Comisarios Deportivos, se deberá recoger necesariamente en la consiguiente Resolución, la motivación que produjo el hecho de no ser aceptada, con el fin de no provocar una posible situación de indefensión. En consecuencia, fuera del procedimiento establecido (de oficio o Reclamación), no se deberá examinar por los Comisarios Deportivos ningún video o filmación electrónica que se les proponga, salvo que el Director de la prueba o de carrera los haya examinado, dentro de las competencias que le son propias y estimara que se debería iniciar el proceso correspondiente para depurar posibles responsabilidades Los premios mínimos establecidos en cada Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge de España serán independientes de los establecidos para otros Certámenes (Marcas, Clubs, clasificaciones autonómicas, etc.) El pago de las primas de salida (en el Certamen donde estén establecidas) serán abonadas en el mismo momento y forma que todos los demás premios en metálico El organizador podrá optar (excepto que esté reglamentado específicamente en el Certamen correspondiente) por abonar los premios en metálico al finalizar la competición o mediante transferencia bancaria (si opta por la transferencia deberá realizarla en un plazo máximo de 48 horas después de finalizada la competición). En el caso de que opte por ambas modalidades deberá incluir en la hoja de inscripción de la competición las dos casillas para que cada concursante indique la que desea. El incumplimiento de no abonar los premios en los plazos establecidos será penalizado con euros por cada 7 días que retrase el pago de los mismos Si el organizador establece la entrega de premios a la finalización de la competición, el concursante está obligado a recoger los premios en el horario y lugar establecido en el Reglamento Particular, excepto en caso de fuerza mayor que pondrá en conocimiento del organizador El derecho a percibir los premios en metálico caducará a los tres meses desde la fecha que alcance firmeza la clasificación. 25) ACTAS DE CLASIFICACIÓN Al final de la competición, el organizador enviará a la RFEDA por un medio que llegue de forma inmediata las actas de clasificación de la misma, debiendo constar los vehículos que tomaron la salida, el DNI o número de licencia de cada participante, número de vehículo, nombre del concursante, Equipo, vehículo, tiempo, diferencia con el primero, puesto grupo y clase o división, etc En caso de no mediar ninguna Reclamación, la Organización suministrará al Observador de la RFEDA una copia firmada de la clasificación general y clasificaciones parciales El incumplimiento de lo establecido en este artículo conllevará las penalizaciones que estime oportunas la RFEDA, dependiendo del tiempo de retraso en el envío de las clasificaciones. Página 25 de 30

59 PCCCTCE ) ANULACION DE UNA COMPETICIÓN PUNTUABLE O CAMBIO DE FECHA La falta de motivo suficiente para la anulación de una competición puntuable, a juicio de la RFEDA, llevará consigo la perdida de esa calidad para el Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge, y además se podrá rechazar su inclusión en el Calendario Deportivo de la RFEDA del año siguiente En el caso de que esta anulación hiciera descender el número total de competiciones previstas en el Reglamento del Campeonato, Copa, Trofeo o Challenge en cuestión, la RFEDA podrá modificar el número y calidad de las competiciones a retener e incluso declarar desierto el Certamen correspondiente La RFEDA es la única entidad capacitada para efectuar un cambio de fecha y lo hará únicamente por razones de fuerza mayor debidamente justificada. No se considerará razón de fuerza mayor aquella circunstancia que se produzca como consecuencia de una falta de previsión de la Entidad Organizadora Será imprescindible para su estudio que las propuestas vengan acompañadas del 100% de los derechos establecidos. 27) EMPATES Y RESULTADOS A RETENER EN LA CLASIFICACIÓN FINAL DE UN CAMPEONATO, COPA, TROFEO O CHALLENGE DE ESPAÑA Empates Si por aplicación de los Reglamentos de los Campeonatos, Copas, Trofeos o Challenges de España varios aspirantes totalizarán el mismo número de puntos, la regla de desempate será la siguiente: a) Según la calidad de los puestos obtenidos (primeros puestos, después segundos puestos, etc.) por ellos en las clasificaciones de las competiciones puntuables y que hayan servido para constituir su total de puntos retenidos. b) Según la calidad de los puestos obtenidos por ellos en las clasificaciones de todas las competiciones puntuables en las cuales hayan tomado parte cada uno de los aspirantes empatados. c) En caso de nuevo empate, la RFEDA designará el vencedor basándose en otras consideraciones que juzgue oportunas Resultados a retener Como norma general y siempre que el Reglamento del Certamen no indique lo contrario, serán de aplicación los siguientes apartados: 1. Las competiciones en las que no tome parte un Equipo pueden ser tomados por éste como resultados a descontar. 2. A efectos de la clasificación general final, las descalificaciones de competiciones o la no participación en ellas como consecuencia de sanciones no pueden ser tenidas en cuenta como resultados a descontar. Ejemplo: Si el Certamen establece que el número de resultados a retener es el total de competiciones celebradas (8) menos 2, los Equipos podrían tomar puntos de un máximo de 6 competiciones, descontándose las 2 peores (que podrían ser 2 a las que no hay asistido). En el caso de tener alguno de los supuestos indicados en el presente artículo, se descontarán los 2 peores resultados, más el (los) resultado(s) motivo de descalificaciones o cumplimiento de sanciones. 28) DEMOSTRACIONES Queda prohibido realizar demostraciones (trompos, etc.) que no estén previamente autorizadas por la RFEDA El incumplimiento a esta normativa será puesto en conocimiento del TNAD para la apertura de un Expediente Disciplinario al deportista(s) que lo haya(n) realizado y al(los) oficial(es) que lo haya(n) permitido. 29) ENTREGAS DE PREMIOS DE LA RFEDA a) Entrega de Copas y Trofeos de España En la última competición de cada Campeonato de España, la RFEDA, hará entrega de las Copas y Trofeos de España, que anunciará con antelación a los pilotos que disputen cada Certamen. La asistencia a estas entregas de premios es obligatoria para los premiados, que, en caso de no asistir, perderán el Trofeo. b) Gala de Campeones Una vez concluidos los distintos Campeonatos de España, tendrá lugar la Gala de Campeones. En la Gala serán entregados los Trofeos de los distintos Campeonatos, Copas y Trofeos de España. en sus modalidades absolutas. La asistencia a la Gala de Campeones será obligatoria para todos los premiados y su no asistencias no habiendo causas justificadas será sancionada con 300. En caso de no asistencia por motivos de fuerza mayor, deberá ser informado convenientemente el Departamento de Comunicación de la RFEDA. Página 26 de 30

60 PCCCTCE ) APLICACIONES E INTERPRETACIONES DE LOS REGLAMENTOS La RFEDA será la única cualificada para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación o interpretación de las presentes PCCCTCE. Página 27 de 30

61 PCCCTCE 2018 DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA Las Federaciones Autonómicas integradas en la RFEDA podrán expedir, si así lo desean o consideran conveniente, Fichas de Homologación de vehículos, con validez exclusivamente dentro de su ámbito autonómico y para la participación en Certámenes Oficiales organizados por la Federación Autonómica que expida la Ficha de Homologación. Las Fichas expedidas, no podrán ser copias ni fotocopias de Fichas FIA, ni de facsímiles de Fichas FIA, ni llevarse a cabo sobre papel FIA o similar al usado por la FIA. El incumplimiento de esta norma será considerado como una infracción de una disposición reglamentaria de muy especial gravedad, a los efectos de su eventual enjuiciamiento como posible falta disciplinaria muy grave de las previstas en el art ñ. de los vigentes Estatutos de la RFEDA. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA Cualquier imposición, o intento de imposición, de normas, condiciones u obligaciones al organizador de una competición puntuable para los Campeonatos, Copas o Trofeos de España, no autorizadas por la RFEDA, adicionales o no previstas por el CDI, las PCCCTCE, el Reglamento Particular de la competición aprobado por la RFEDA, los Estatutos de la RFEDA, y/o la Ley 10/90 del Deporte, y/o el R.D. 1835/1991 de Federaciones Deportivas, carecerá de valor alguno, y será considerado como una infracción de una disposición reglamentaria de muy especial gravedad, a los efectos de su eventual enjuiciamiento como posible falta disciplinaria muy grave de las previstas en el art ñ. de los vigentes Estatutos de la RFEDA. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA En las instalaciones deportivas para la práctica del automovilismo en todas sus clases y especialidades, sean permanentes u ocasionales, solo se podrán celebrar competiciones que cuenten con un Permiso de Organización, expedido por la Federación Autonómica del territorio en el que se encuentre ubicada la instalación deportiva, por la RFEDA, o por la FIA, en función de que el carácter del evento en cuestión sea respectivamente Autonómico, Estatal o internacional. Se entenderá por competición, cualquier evento en el que participen uno, dos o más vehículos automóviles, sean juntos o separados, en el que se tomen tiempos a los participantes, y se establezca cualquier clase de clasificación de los mismos en función de la relación entre el espacio y el tiempo, o por comparación de los resultados realizados por una, dos o más personas o vehículos, aunque sea incluso en diferentes fechas. Si en un circuito (es decir, instalación deportiva para la práctica del automovilismo en todas sus clases y especialidades, sea permanente u ocasional) se llevase a cabo cualquier clase de competición, tal y como han sido definidas en el párrafo anterior, sin el preceptivo permiso federativo de organización, o con participación en las mismas de pilotos de los vehículos que no dispongan de licencias federativas, se entenderá que la competición es ilegal, y, en tal caso, el circuito perderá automáticamente su homologación para la celebración en él de cualquier clase de competición deportiva, incluso en el supuesto de que estas competiciones fueran organizadas sin el conocimiento o sin el consentimiento del propietario del circuito, por un arrendatario de los inmuebles que constituyen las instalaciones deportivas. Asimismo, se pone de manifiesto: 1º./ Que este tipo de competiciones incontroladas e ilegales pueden constituir un delito de imprudencia temeraria, del que deberá responder en su caso el propietario de las instalaciones; y que, esta clase de hechos serán puestos en conocimiento de la autoridad competente cuando sean detectados. 2º./ Que los daños que eventualmente se pudieran producir como consecuencia de las mismas, ya sea a los propios participantes como a terceros, no estarán amparados por los seguros que se gestionan a través de esta RFEDA 3º./ Que la participación en esta clase de eventos constituye, para los titulares de licencias federativas expedidas por esta RFEDA, una falta disciplinaria muy grave al amparo de lo previsto en el artículo 118, n), de los vigentes Estatutos de la RFEDA. Página 28 de 30

62 PCCCTCE 2018 DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. La formalización de la inscripción en una prueba o competición puntuable para un Campeonato, Copa, Trofeo de España, y la aceptación y el desempeño de un cargo de oficial en una prueba o competición puntuable para un Campeonato, Copa, Trofeo de España, implica para los concursantes, para los deportistas y para los oficiales: 1. / La cesión a favor de la RFEDA de los derechos de imagen del deportista y del vehículo de carreras en la participación deportiva de la que se trate, y de los derechos de comunicación pública de esa imagen, y del derecho de información y comunicación pública de la identidad o denominación bajo la que participen tanto los deportistas, como los concursantes (concursantes) o los oficiales. 2./ La aceptación expresa de que las infracciones disciplinarias y técnico deportivas cometidas o acaecidas durante la celebración de pruebas y competiciones pertenecientes o puntuables para Campeonatos, Copas, Trofeos y Challenges de España, serán enjuiciadas en primera instancia por el Colegio de Comisarios Deportivos de la prueba o competición, o por el Tribunal Nacional de Apelación y Disciplina de la RFEDA, según los casos, con renuncia expresa de los deportistas, concursantes y oficiales afectados por la misma, a la jurisdicción y competencia de cualquier otro órgano jurisdiccional deportivo de las federaciones autonómicas que pudiera considerarse competente, ya fuera por razón del lugar en que se haya celebrado el evento deportivo y haya tenido lugar la infracción, o por razón del lugar de expedición de las licencias de los afectados por la misma, o de cualquier otro órgano jurisdiccional. Las normas de procedimiento de aplicación en estos casos serán las contenidas en el CDI, en los Estatutos de la RFEDA, y en la normativa estatal aplicable en la materia. Evidentemente, los órganos disciplinarios de la RFEDA carecen de competencia para pronunciarse sobre la eventual suspensión o pérdida de licencias deportivas que no hayan sido expedidas por la RFEDA. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. 1./ Se entiende por Marca, a los efectos de estas PCCCTCDE, toda persona física o jurídica que tiene como actividad mercantil establecida, la fabricación y/o la venta de: - Vehículos automóviles aptos para la circulación por vías públicas abiertas al tráfico ordinario, estén o no modificados para su uso en competición automovilística. - Vehículos especiales de competición que solo pueden ser utilizados en circuitos cerrados, o en tramos de vías públicas cerrados al tráfico ordinario. - Elementos, componentes, recambios y/o consumibles necesarios para llevar a cabo dichas modificaciones, o que se utilicen para la práctica del automovilismo. Si una marca cumple con los requisitos legales y estatutarios, tendrá derechos políticos activos y pasivos dentro de la estructura de la RFEDA en el seno del Estamento de Marcas. Para que una marca pueda tomar parte oficialmente en pruebas y competiciones puntuables para Campeonatos, Copas, Trofeos o Challenges de España en tal calidad y obtener puntos y ser clasificada, o pueda organizarlas, o pueda comunicar públicamente que un vehículo de dicha marca ha obtenido un determinado título deportivo, deberán estar previamente registradas como tales Marcas en el Registro de Marcas de la RFEDA. Si una Marca desea inscribirse y tomar parte en una competición como concursante, deberá estar en posesión de la licencia deportiva correspondiente. 2. / Se distinguen tres clases o tipos de marcas a estos efectos: - A. / Constructor o Fabricante de vehículos automóviles aptos para la circulación por vías públicas abiertas al tráfico ordinario, estén o no modificados para su uso en competición automovilística. - B. / Constructor o Fabricante de vehículos automóviles especiales de competición que solo pueden ser utilizados en circuitos cerrados, o en tramos de vías públicas cerrados al tráfico ordinario. - C. / Fabricante y/o Distribuidor de elementos, componentes, recambios y/o consumibles necesarios para llevar a cabo las modificaciones o preparaciones de los vehículos, o que se utilicen para la práctica del automovilismo, ya sea en los vehículos o por los deportistas que en ellos circulen. Solo las marcas del Tipo A y del Tipo B podrán optar a tomar parte en los denominados Campeonatos de España de Marcas, según lo previsto en el artículo 2.6 de la PCCCTCE. Página 29 de 30

63 PCCCTCE 2018 Las marcas del Tipo C podrán, en la medida que lo permitan los diferentes Reglamentos Técnicos, establecer clasificaciones y/o premios a los usuarios de sus productos, dentro de los certámenes en los que se utilicen los mismos. 3. / Se crea el Registro de Marcas de la RFEDA, que dependerá de los Departamentos Deportivo y Técnico de la RFEDA, y que serán competentes para: 3.1. / Establecer los requisitos técnicos para elaborar las Fichas de Registro de las Marcas de los Tipos A y B, y para homologar las Marcas del Tipo C / Rellenar y custodiar las Fichas de Registro y de Homologación de la marcas. 3.3./ Emitir los Certificados de Registro de las Marcas Tipo A y B, los Certificados de Homologación de las Marcas Tipo C, y los Certificados de Homologación de los productos que deseen homologar las Marcas del Tipo C / Las Marcas del Tipo C deberán homologarse como tales a los efectos de lo dispuesto en las presentes PCCCTCE, pero posterior y adicionalmente, deberán homologar cada elemento, componente o consumible que pretendan comercializar como Recambio o Consumible homologado por la RFEDA, ya que la homologación de cada producto concreto se efectuará con indicación de los certámenes y de los vehículos para los que puede ser utilizado / Para que pueda expedirse un Certificado de Registro de una Marca Tipo A ó B, la interesada deberá firmar un documento en el que se haga constar, como mínimo: - Identificación de la Marca. - Identificación de la persona física responsable como interlocutor. - Compromiso de cumplimiento y de acatamiento de las normas y resoluciones que se dicten por la RFEDA y por la FIA. - Homologación, Certificación o Registro Oficial del solicitante como fabricante de vehículos. - La Dirección Deportiva y/o Técnica de la RFEDA podrán complementar los anteriores datos con aquellos que resulten necesarios o convenientes en el futuro / Para que pueda expedirse un Certificado de Homologación de una Marca Tipo C, la interesada deberá firmar un documento en el que se haga constar, como mínimo: - Identificación de la Marca. - Identificación de una persona física responsable como interlocutor. - Compromiso de cumplimiento y de acatamiento de las normas y resoluciones que se dicten por la RFEDA y por la FIA. - La Dirección Deportiva y/o Técnica de la RFEDA podrán complementar los anteriores datos con aquellos que resulten necesarios o convenientes en el futuro / Para que pueda expedirse un Certificado de Homologación de un elemento, componente o consumible, el fabricante del mismo y el distribuidor en España, deberán firmar un documento de solicitud que elaborará la RFEDA, y que tendrá el siguiente contenido, como mínimo: Identificación del fabricante. Identificación del producto: Descripción del elemento. Dimensiones. (En su caso y/o composición química resumida, para los fluidos) Compromiso expreso del fabricante de que todas las unidades del producto que se comercialicen tendrán las mismas características, dimensiones y composición química, que las muestras que entregan con este documento. Validez: el. Podrá ser empleado en - La Dirección Deportiva y/o Técnica de la RFEDA podrán complementar los anteriores datos con aquellos que resulten necesarios o convenientes en el futuro. 3.8./ El plazo de validez del registro de las marcas será de un año natural, coincidente con la duración de la temporada deportiva, no obstante, lo cual, los Certificados de Homologación de Elementos, Componentes y Consumibles, tendrán una validez máxima de tres años, siempre que la marca que los haya homologado mantenga o renueve su registro o su propia homologación. Página 30 de 30

64 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO AUTOCROSS 1. VEHÍCULOS ADMITIDOS DIVISIÓN GRUPO REGLAMENTO PESO MÍN (kg) BRIDA MÁX (mm) World Rally Car (WRC) Art. 255/255A Anexo J + RFEA 1200 Según año Kit Car Art. 255 Anexo J + RFEA I A Art. 255 Anexo J + RFEA Según art Anexo J N Art. 254 Anexo J + RFEA Según Ficha Homologación / 33 Prototipo E1 Nacional RFEA Según reglamento específico Prototipo E2 Nacional RFEA Según reglamento específico II II Art. 254 Anexo J + RFEA Según cilindrada Off Road Series Off Road Series Art. 254 Anexo J + RFEA Según cilindrada III Super Buggy Art. 279A Anexo J Según art. 279A 2.6 Anexo J Car Cross Car Cross RFEA 310 (vacío) Junior Car Cross Junior Car Cross RFEA 360 (incluido piloto y su equipamiento) Grupo FIA Grupo RFEA VEHÍCULOS ADMITIDOS EN EL CAMPEONATO DE ESPAÑA DE AUTOCROSS 2018 Página 1 de 3

65 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO AUTOCROSS 2. MODIFICACIONES ADMITIDAS Los vehículos pertenecientes a grupos FIA tendrán admitidas las modificaciones reflejadas en su artículo correspondiente del Anexo J. De forma general, y salvo indicación contraria en el reglamento específico de cada tipo de vehículo, estos deberán cumplir con los artículos 251, 252 y 253 del Anexo J al CDI. Al objeto de verificar el cumplimiento de esta normativa y de establecer el equilibrio de prestaciones entre los diferentes vehículos de una misma categoría, podrá ser obligatorio para cualquier vehículo, el montaje de un sistema de adquisición de datos independiente y autónomo, fijado posteriormente y designado por la RFEDA. El montaje del módulo de adquisición y sensores así como de todo el cableado se deberá atener al plano y esquema suministrados. Únicamente la RFEDA, el Delegado Técnico o las personas designadas por estos podrán tener acceso a los datos registrados. Además, únicamente estos podrán solicitar su control durante cualquier momento en el desarrollo de la prueba. El Concursante es el responsable del perfecto estado de mantenimiento del sistema de adquisición. Cualquier manipulación del sistema de adquisición será penalizada con la exclusión de la prueba. Asimismo, el sistema de adquisición de datos de los vehículos, en caso de que tengan uno instalado, estará a disposición del Delegado Técnico, que podrá solicitar los datos de funcionamiento en cualquier momento de la prueba o incluso descargarlos él mismo con el hardware y software adecuados A continuación, se reflejan las modificaciones permitidas en las diferentes categorías admitidas: DIVISIÓN I Turismos Dentro del apartado Turismos, se incluyen los siguientes tipos de vehículos: World Rally Car (WRC) Kit Car A N De acuerdo al Anexo J al C.D.I. y al reglamento específico de la RFEDA con las siguientes características: Anteriores a 2011: de acuerdo al Art. 255 del Anexo J al C.D.I. A partir de 2011: de acuerdo al Art. 255A del Anexo J al C.D.I. De acuerdo al Art. 255 del Anexo J al C.D.I. y al reglamento específico de la RFEDA. De acuerdo al Art. 255 del Anexo J al C.D.I. y al reglamento específico de la RFEDA. De acuerdo al Art. 254 del Anexo J al C.D.I. y al reglamento específico de la RFEDA. Prototipo E1 Nacional De acuerdo al Reglamento Técnico específico para el Grupo Prototipo E1 Nacional. Prototipo E2 Nacional De acuerdo al Reglamento Técnico Específico para el Grupo Prototipo E2 Nacional. DIVISIÓN II De acuerdo al Art. 254 del Anexo J al CDI y al reglamento específico de la RFEDA. DIVISIÓN OFF ROAD SERIES De acuerdo al Art. 254 del Anexo J al CDI y al reglamento específico de la RFEDA. DIVISIÓN III Super Buggy De acuerdo al Art. 279A del Anexo J al CDI. Página 2 de 3

66 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO AUTOCROSS DIVISIÓN CAR CROSS De acuerdo al Reglamento específico de la RFEDA para el Grupo Car Cross. DIVISIÓN CAR CROSS JUNIOR De acuerdo al Reglamento específico de la RFEDA para el Grupo Car Cross Junior. Página 3 de 3

67 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS 1) GENERALIDADES 2) EQUIPO DE SEGURIDAD 3) MODIFICACIONES PERMITIDAS Página 1 de 9

68 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS 1) GENERALIDADES 1.1 Definiciones 1.2 Modificaciones autorizadas Toda modificación está prohibida, salvo que esté expresamente autorizada por el presente reglamento Técnico. 1.3 Autorizados a tomar la salida Por razones de seguridad, cualquier vehículo puede resultar no autorizado a tomar la salida a criterio de los Comisarios Deportivos. 1.4 Conformidad reglamentos Todos los vehículos deberán estar conformes al Anexo J y al Reglamento Técnico del Campeonato de España de Autocross. Los Prototipos E1 y E2 Nacional deberán cumplir con su reglamento específico, no aplicándoles nada del presente reglamento. 1.5 Vehículos autorizados Serán admitidos todos los vehículos tipo turismos descritos en el Reglamento Técnico del Campeonato de España de Autocross. 1.6 Sonoridad El máximo nivel sonoro admitido será de 110 db, medidos según se especifica en las Prescripciones Generales de los Campeonatos, Copas y Trofeos de España. 1.7 Carburante De acuerdo con el Art y del Anexo J. 1.8 Ruedas y neumáticos Están prohibidas las ruedas de repuesto a bordo del vehículo y llantas artesanales. Se autorizan las de aluminio o magnesio bimetal de una marca reconocida sin modificación. 2) EQUIPO DE SEGURIDAD 2.1. Canalizaciones y bombas Protección de canalizaciones Las canalizaciones de combustible, aceite y frenos que transcurran por el exterior del vehículo, deben estar protegidas contra cualquier riesgo de deterioro (piedras, corrosión, roturas mecánicas etc.) y las situadas en el interior del vehículo, contra cualquier riesgo de incendio. Cuando no se mantenga la instalación de origen, se deberán cumplir las especificaciones descritas en el Art del Anexo J Válvulas de corte automático Los conductos de "puesta en atmósfera" del depósito de combustible, estarán equipados con válvulas antivuelco por gravedad Bombas de combustible Todas las bombas de combustible actuarán únicamente cuando el motor esté en funcionamiento o durante el proceso de puesta en marcha debiendo estar provisto el sistema de inyección, de relés taquimétricos que corten el suministro de combustible en otras circunstancias Frenos Obligatorio un doble circuito accionado por el mismo pedal de forma que este actúe sobre todas las ruedas. En caso de rotura o fuga en un punto de cualquier canalización, el pedal debe controlar como mínimo dos ruedas Arneses de seguridad Serán obligatorios con 6 puntos de anclaje conforme al art del Anexo J. Las dos bandas de los hombros deben tener puntos de anclaje separados. Página 2 de 9

69 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS 2.4. Estructura de seguridad Deberán instalarse conforme al art del Anexo J. Los tubos del arco próximos al piloto deberán estar protegidos con un recubrimiento homologado, que absorba los impactos. 2.5 Retrovisores Todos los vehículos deberán instalar dos espejos retrovisores, perfectamente visibles para el piloto. 2.6 Anillas de remolque Una en la parte delantera y otra en la trasera con el tamaño y resistencia adecuados para remolcar el vehículo. Deberán ser fácilmente visibles y no podrán sobrepasar el perímetro del vehículo. Estarán pintadas de color amarillo, naranja o rojo y señalizado con una flecha pintada en el mismo color Acelerador Debe instalarse un dispositivo adicional que actúe cerrando la/las mariposas en caso de no funcionar su sistema original. Este dispositivo, debe actuar independiente. En el caso de que el acelerador sea electrónico (fly by wire), podrá mantenerse sin modificación ninguna, o sustituirlo por la V.O. correspondiente de su ficha de homologación Grupo N Cuentarrevoluciones Un reloj cuentarrevoluciones en buen estado de funcionamiento, es obligatorio Cortacorrientes general Deberá cortar todos los circuitos eléctricos y parar el motor. Debe ser antideflagrante y será accesible desde el interior y desde el exterior del vehículo. En el exterior estará situado en la parte inferior del montante del parabrisas, en el lado del conductor y estará marcado por un "rayo" rojo, en un triángulo de fondo azul con el borde de al menos 12 cm Asientos: fijaciones y soportes Asiento homologado con fijaciones y soportes siguiendo las prescripciones del Art del Anexo J. Será obligatorio retirar los asientos de los pasajeros. En caso de utilizar el asiento de origen, este deberá ser rígido y fijado sólidamente al chasis del vehículo Faldones Obligatorio detrás de todas las ruedas, de un material plástico flexible, con un espesor mínimo de 5 mm. Su altura máxima desde el suelo será de 5 cm y su anchura deberá ser como mínimo de 5 cm mayor que la anchura de la rueda. Deberán colocarse en el espacio delimitado entre la rueda y la aleta o paragolpes correspondiente, debiendo sobresalir de las aletas en las ruedas delanteras, un mínimo de 3 cm Luces Traseras Luces de freno Obligatorio dos luces de freno rojas situadas en la parte trasera del vehículo, del tipo antiniebla. Área iluminada mínimo de cada luz, 60 cm 2 con una lámpara de un mínimo de 21 W, funcionando de forma conjunta con las luces de freno originales. Deberán montarse de forma simétrica al eje longitudinal del vehículo y en un mismo plano transversal y vertical Luz de polvo Obligatorio una luz roja situada en la parte posterior, interior o exterior, del vehículo, del tipo antiniebla con una superficie mínima de 60 cm 2, una lámpara de un mínimo de 21 W y montada sobre el eje longitudinal del vehículo, debiendo funcionar permanentemente desde la puesta en marcha del vehículo. Estará prohibido cualquier dispositivo que la desconecte Situación de las luces traseras Todas las luces deben estar situadas a una altura mínima sobre el nivel del suelo de 1 metro, debiendo ser visibles desde atrás. Página 3 de 9

70 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS Leds" Las luces con "leds", están autorizadas, siempre que la luminosidad sea igual o superior a la de las luces convencionales Cascos Será obligatorio el uso de un casco homologado, así como de un dispositivo para la retención de la cabeza (HANS) conformes al Anexo L al CDI de la FIA, Capítulo III. Equipamiento de pilotos Vestimenta ignífuga Será obligatorio el uso de mono, botas, guantes y ropa interior ignífugos con homologación FIA en vigor, según el Anexo L, capítulo III, equipamiento de pilotos Sistema de extinción Estará compuesto como mínimo de un extintor de polvo de 4 Kg o de cualquier otro agente extintor permitido, que descargue en el vano motor y el habitáculo interior con un mínimo de 2 difusores y 1 difusor respectivamente. El difusor del habitáculo deberá estar instalado de tal manera que no apunte directamente a la cabeza del piloto Limpiaparabrisas Los limpiaparabrisas son libres, pero se debe estar provisto, como mínimo, de uno en orden de funcionamiento Cierres de seguridad Deberán instalarse dos sujeciones mínimo (recomendado cuatro) en el capó delantero y dos mínimo en el trasero, serán de tipo americano, con una bayoneta atravesando el capó y un pasador que lo bloquea Ventanas laterales y luna trasera El material de origen de las ventanas laterales y de la luna trasera puede ser sustituido por un material de plástico rígido (Policarbonato), en este caso su espesor mínimo será de 3 mm. En el caso de mantener el material de origen de las ventanas laterales delanteras, este ha de ser recubierto en su parte interior con una lámina antidesintegración (Film plástico anti rotura) translúcida e incolora. El parabrisas, las ventanas laterales y la luna trasera han de estar totalmente transparentes y no se admite ningún tipo de publicidad o cualquier otra cosa que disminuya la visibilidad, excepto el nombre del piloto en la ventana lateral izquierda o una franja en la parte superior del parabrisas de un máximo de 10 cm Red homologada Es obligatorio el uso de una red homologada FIA fijada a la jaula de seguridad que cubra la abertura total de la ventanilla del piloto. Sus bandas tendrán una anchura mínima de 19 mm y sus aberturas estarán comprendidas entre 25 mm x 25 mm y 60 mm x 60 mm Red metálica En caso de rotura del parabrisas o de las ventanas, estos podrán sustituirse por una red metálica que recubra toda la superficie de la abertura del parabrisas o ventana. El paso de la malla estará comprendido entre 10 mm x 10 mm y 25 mm x 25 mm, siendo el diámetro mínimo del hilo con el que se ha tejido la red de 1mm. En este caso el piloto deberá usar el tipo de casco admitido para Car Cross Lavaparabrisas Se autoriza un depósito de agua para el lavaparabrisas con una capacidad máxima de 10 L. Su fijación a la carrocería se realizará mediante un cajón metálico con chapa de un espesor mínimo de 1 mm (con una abertura superior para el llenado del depósito) y cuatro tornillos, de al menos M8 y calidad ISO 8.8, con sus correspondientes placas de refuerzo de 3mm de espesor y de 40 cm 2 de área soldadas a la carrocería. La bomba que suministra el agua al lavaparabrisas estará protegida y aislada del habitáculo. 3) MODIFICACIONES PERMITIDAS 3.1. Peso mínimo El peso mínimo será el establecido en el reglamento aplicable según el grupo del vehículo (Anexo J). Página 4 de 9

71 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS Condiciones de pesaje: Sin conductor a bordo, depósito de combustible vacío. Con el aceite motor y líquido de refrigeración a nivel, depósito del lavaparabrisas vacío Carrocería chasis La carrocería homologada no debe ser modificada. Debe mantenerse la estructura autoportante, aunque puede ser reforzada según el Art del Anexo J Anchura de la carrocería La anchura máxima del vehículo no podrá superar 1900 mm Aletas Las aletas deben tener un espesor comprendido entre 0,5 2 mm. Proporcionar protección eficaz sobre el tercio superior de su circunferencia y toda la anchura del neumático Puertas y capós El material de todas las puertas, excepto la del piloto y capós, pueden ser sustituido por fibra de vidrio, Kevlar o similar manteniendo la forma original. Las puertas traseras pueden fijarse Aberturas Se permite realizar aberturas de ventilación en el capó motor, siempre que estas no dejen a la vista elementos mecánicos interiores Cierres Deberán eliminarse los cierres de capós originales, y sustituirse por homologados Protecciones Se permite la instalación de protecciones laterales situadas debajo de las puertas a ambos lados de la carrocería, entre ruedas delanteras y traseras, de un material ferroso soldado a la misma de un espesor máximo de 2 mm de la carrocería en su proyección horizontal Chapas de magnesio El empleo de chapas de magnesio con un espesor menor de 3 mm está prohibido Ala posterior Se permite la instalación de un ala posterior siempre que no sobresalga de la proyección de horizontal de la carrocería Batería La batería es libre y estará sólidamente fijada y protegida en su emplazamiento de origen. Si la batería se desplaza de su posición original, su instalación deberá ajustarse al Art del Anexo J Chasis refuerzos Se pueden reforzar los puntos de anclaje originales de la suspensión y / o crear otros nuevos. Se pueden extender máximo 100 mm de dicho anclaje Chasis modificaciones Con el fin de poder instalar la tracción a las 4 ruedas la carrocería puede modificarse según el dibujo del Anexo J. Todas las medidas se tomarán con relación al eje longitudinal. Las modificaciones en carrocería (o el chasis) se limitarán a las necesarias para proporcionar espacio para elementos de suspensión, los ejes y ruedas. Página 5 de 9

72 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS Subchasis delantero Es libre en cuanto a su forma y material, siempre que sea intercambiable con el de origen Otros Las bisagras y los tiradores exteriores son libres Carrocería exterior e interior Elevalunas Se permite reemplazar los elevalunas eléctricos por manuales, o eliminarlos Paragolpes El material de los paragolpes originales puede sustituirse por otro de fibra de vidrio, Kevlar o similar. Su espesor máximo será de 3 mm. Su forma será igual que la de origen. Los elementos de seguridad de origen que permiten la absorción de impactos entre el para golpes y el chasis, deben mantenerse. Está prohibido cualquier tipo de refuerzo interno, no original en los mismos. Los soportes de los paragolpes se pueden modificar o reforzar con chapa de un espesor máximo de 2 mm Faros y pilotos Es obligatorio retirar los faros y pilotos delanteros de origen, tapando sus huecos de ubicación con un panel que imite el aspecto y forma originales. Este panel puede ser liso, perforado o de rejilla metálica Tomas de aireación habitáculo Se permite practicar dos tomas de aireación del habitáculo, en la parte delantera del techo del vehículo. No pudiendo exceder en 100 mm la altura y 250 mm de longitud cada una de ellas Calandra delantera Se conservará la calandra delantera del vehículo de serie, así como la abertura original para refrigeración Bandas decorativas y molduras Las bandas decorativas, molduras, etc., pueden eliminarse Salpicadero El salpicadero original puede sustituirse, pero el nuevo no debe tener ángulos salientes. Se pueden eliminar las moquetas y guarnecidos. Los revestimientos situados debajo del salpicadero y que no forman parte de él, así como la consola central Paneles habitáculo Se pueden eliminar las moquetas de guarnecidos y los revestimientos situados por debajo del salpicadero y que no formen parte de él. El panel interior de la puerta del piloto, debe ser conforme al Art b del Anexo J Calefacción El sistema de calefacción puede ser retirado Habitáculo El asiento del piloto estará situado en el mismo lugar que el vehículo de serie. En el habitáculo no puede situarse ningún órgano mecánico, canalización o manguito, excepto las canalizaciones de freno, un repartidor de frenada y el sistema de extinción Parabrisas y ventanas El parabrisas debe ser de vidrio laminado. Los parabrisas de vidrio tintados y los que tengan sistema de desempañado están autorizados Dirección El sistema de dirección y su posición son libres, pero solo se autoriza una unión mecánica directa entre el volante y las ruedas directrices. Página 6 de 9

73 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS Columna La columna de dirección debe tener un mecanismo de retracción en caso de choque, proveniente de un vehículo de serie Dispositivo antirrobo El sistema antirrobo se tiene que eliminar Otros Cualquier sistema de cuatro ruedas directrices está prohibido Motor El tipo, marca y preparación del motor es libre. El número máximo de cilindros es de ocho (8) General El motor estará situado en el compartimiento del motor de origen Carbono Se permite el uso de carbono o materiales compuestos para el embrague y las protecciones o conductos no estructurales Titanio Se permite el uso de titanio como material de bielas, válvulas, muelles de válvula y sus mecanismos de fijación Cilindrada Ver Art. 3 Reglamento Deportivo del Campeonato España de Autocross Acelerador Mariposa Sólo se permite un accionamiento mecánico entre el pedal del acelerador y el dispositivo de control de carga del motor (mariposa de inyección, guillotina, etc.) Presión de sobrealimentación Está prohibido cualquier dispositivo que permita la regulación de la presión de sobrealimentación o el sistema de gestión electrónica desde el habitáculo Inyección de agua Cualquier sistema de inyección de agua al motor está prohibido, aunque este sea de serie en el motor homologado Rociado de agua Cualquier tipo o clase de rociado de agua al intercooler está prohibido (excepto si está homologado en la ficha de homologación) Waste gate Los gases de escape de la válvula waste gate deben ser evacuados al sistema de escape del vehículo Escape El colector de escape es libre y su salida puede ser por el lateral del vehículo o por su parte trasera, respetando lo establecido en el Art. 1.6 Sonoridad del presente reglamento. Los túneles practicados para el paso de la línea de escape deben permanecer abiertos al exterior a lo largo de, al menos, dos tercios de su longitud Depósitos General Todos los depósitos deben estar aislados del habitáculo por medio de paneles, de forma que, en el caso de fuga o rotura del mismo, no pueda pasar líquido a dicho compartimiento. Esto se aplica igualmente a los depósitos de combustible, con relación al compartimiento del motor y al sistema de escape. Página 7 de 9

74 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS Combustible Si el depósito de combustible instalado en el vehículo NO es el de origen, este debe ser UNICAMENTE un depósito de seguridad homologado por la FIA (mínimo FT ). Dicho depósito deberá cumplir todas las especificaciones del Art del Anexo J Emplazamiento depósito Su situación e instalación ha de realizarse conforme al Art. 279A 2.11 del Anexo J Llenado de combustible La boca de llenado de combustible debe ser estanca y no sobresalir de la carrocería Refrigerante El depósito del agua de refrigeración ha de tener un tapón equipado con una válvula de sobrepresión Conducciones Todas las conducciones de combustible, aceite y frenos deberán cumplir las especificaciones del Art del Anexo J Recuperador de aceite Debe instalarse un recuperador de aceite con una capacidad mínima de 2 litros de un material plástico translúcido. La toma será por la parte superior y también su respiradero al exterior Sistema de refrigeración General El radiador es libre en forma, tamaño y ubicación aunque sus canalizaciones no podrán penetrar en el habitáculo, debiendo colocarse una mampara de protección eficaz y estanca entre el piloto y el radiador Tomas de aire y conductos La entrada y salida de aire del radiador a través de la carrocería podrá tener como máximo la misma superficie que el radiador. Los conductos de aire pueden pasar por el habitáculo Suspensión El sistema de funcionamiento así como el diseño del sistema de suspensión son libres Recorrido El movimiento de oscilación de las ruedas debe implicar un recorrido de la suspensión superior a la flexibilidad de sus anclajes Material Está prohibido el cromado de los brazos de suspensión, que deben estar fabricados en un material metálico homogéneo Activas e hidroneumáticas Las suspensiones activas están prohibidas. Las suspensiones hidroneumáticas están permitidas siempre que no tengan control activo Transmisión General El sistema de transmisión es libre, dentro de las limitaciones impuestas por el presente reglamento. Las cajas de cambio semiautomáticas o automáticas con control electrónico, neumático o hidráulico están prohibidas Número de velocidades El número máximo de velocidades es de seis (6). Página 8 de 9

75 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN I TURISMOS Control de tracción Cualquier sistema de control de tracción está prohibido excepto los conseguidos mediante las programaciones de centralitas electrónicas que, utilizando programaciones especiales o canales matemáticos, actúen sobre la inyección o el encendido del motor cuando las ruedas tractoras cambian su velocidad angular relativamente Diferenciales Sólo se permiten diferenciales de deslizamiento limitado de tipo mecánico, según especifica el Art del Anexo J. Los diferenciales con control electrónico, neumático o hidráulico que puedan ser reglados por el piloto a bordo están prohibidos. Los diferenciales activos están prohibidos Sensores Están prohibidos cualquier tipo de sensores montados en cualquiera de las 4 ruedas, transmisiones o diferencial Transmisión original Los vehículos en los que su sistema de transmisión original no cumpla con lo establecido en los Art y del presente Reglamento podrán conservar dicho sistema de transmisión sin modificación alguna. En caso de modificarlo, deberán cumplir los artículos antes citados del presente Reglamento Frenos General El sistema de frenos es libre Sistemas antibloqueo Los sistemas antibloqueo están prohibidos Discos Los discos de freno deben ser de un material ferroso Llantas y neumáticos Deben ser conformes al Art. 279A 1.4 del Anexo J. Página 9 de 9

76 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II 1) GENERALIDADES 2) EQUIPO DE SEGURIDAD 3) MODIFICACIONES PERMITIDAS Página 1 de 9

77 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II 1) GENERALIDADES 1.1 Modificaciones autorizadas Toda modificación está prohibida, salvo que esté expresamente autorizada por el presente reglamento Técnico. 1.2 Autorizados a tomar la salida Por razones de seguridad, cualquier vehículo puede resultar no autorizado a tomar la salida a criterio de los Comisarios Deportivos. 1.3 Conformidad reglamentos Todos los vehículos deberán estar conformes al Anexo J, según su grupo, y al Reglamento Técnico del Campeonato de España de Autocross. En caso de contradicción, prevalecerá lo contenido en el presente reglamento técnico. 1.4 Vehículos autorizados Serán admitidos todos los vehículos de Grupo A, N, R1, R2 o R3 cuya homologación esté en vigor o caducada, de dos ruedas motrices y con una cilindrada máxima corregida de cc. También serán admitidos vehículos sin homologación FIA, pero producidos regularmente en serie y normalmente en venta mediante una red comercial. Los modelos deberán ser aprobados por la RFEdeA previa solicitud de los interesados. El suministro de los elementos necesarios para probar su legalidad es necesario. Deberá tener una carrocería/monocasco, incluyendo puertas, en acero, o en cualquier material producido en grandes cantidades y aprobado por la RFEDA. 1.5 Sonoridad El máximo nivel sonoro admitido será de 110 db, medidos según se especifica en las Prescripciones Generales de los Campeonatos, Copas y Trofeos de España. 1.6 Carburante De acuerdo con el Art y del Anexo J. 1.7 Ruedas y neumáticos Están prohibidas las ruedas de repuesto a bordo del vehículo y llantas artesanales. Se autorizan las de aluminio o magnesio bimetal de una marca reconocida sin modificación. 2) EQUIPO DE SEGURIDAD 2.1 Canalizaciones y bombas Protección de canalizaciones Las canalizaciones de combustible, aceite y frenos que transcurran por el exterior del vehículo, deben estar protegidas contra cualquier riesgo de deterioro (piedras, corrosión, roturas mecánicas etc.) y las situadas en el interior del vehículo, contra cualquier riesgo de incendio. Cuando no se mantenga la instalación de origen, se deberán cumplir las especificaciones descritas en el Art del Anexo J Válvulas de corte automático Los conductos de "puesta en atmósfera" del depósito de combustible, estarán equipados con válvulas antivuelco por gravedad Bombas de combustible Todas las bombas de combustible actuarán únicamente cuando el motor esté en funcionamiento o durante el proceso de puesta en marcha debiendo estar provisto el sistema de inyección, de relés taquimétricos que corten el suministro de combustible en otras circunstancias. 2.2 Frenos Obligatorio un doble circuito accionado por el mismo pedal de forma que este actúe sobre todas las ruedas. En caso de rotura o fuga en un punto de cualquier canalización, el pedal debe controlar como mínimo dos ruedas. Si se mantiene el sistema de serie, no son necesarias modificaciones. Página 2 de 9

78 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II 2.3 Arneses de seguridad Serán obligatorios con 6 puntos de anclaje conforme al Art del Anexo J. Las dos bandas de los hombros deben tener puntos de anclaje separados. 2.4 Estructura de seguridad Deberán instalarse conforme al Art del Anexo J. Los tubos del arco próximos al piloto deberán estar protegidos con un recubrimiento homologado, que absorba los impactos. 2.5 Retrovisores Todos los vehículos deberán instalar dos espejos retrovisores, perfectamente visibles para el piloto. 2.6 Anillas de remolque Una en la parte delantera y otra en la trasera con el tamaño y resistencia adecuados para remolcar el vehículo. Deberán ser fácilmente visibles y no podrán sobrepasar el perímetro del vehículo. Estarán pintadas de colores amarillos, naranja o rojos y señalizados con una flecha pintada en el mismo color. 2.7 Acelerador Debe instalarse un dispositivo adicional que actúe cerrando la/las mariposas en caso de no funcionar su sistema original. Este dispositivo, debe actuar independiente. En el caso de que el acelerador sea electrónico (fly by wire), podrá mantenerse sin modificación ninguna, o sustituirlo por la VO correspondiente de su ficha de homologación de Grupo A, N, R1, R2 o R3. Si el vehículo no tiene VO o Ficha, deberá solicitarlo al Delegado Técnico RFEdeA del Campeonato. 2.8 Cuentarrevoluciones Un reloj cuentarrevoluciones en buen estado de funcionamiento, es obligatorio. 2.9 Cortacorrientes general Deberá cortar todos los circuitos eléctricos y parar el motor. Debe ser antideflagrante y será accesible desde el interior y desde el exterior del vehículo. En el exterior estará situado en la parte inferior del montante del parabrisas, en el lado del conductor y estará marcado por un "rayo" rojo, en un triángulo de fondo azul con el borde de al menos 12 cm Asientos: fijaciones y soportes Asiento homologado con fijaciones y soportes siguiendo las prescripciones del Art del Anexo J. Será obligatorio retirar los asientos de los pasajeros Faldones Obligatorio detrás de todas las ruedas, de un material plástico flexible, con un espesor mínimo de 5 mm. Su altura máxima desde el suelo será de 5 cm y su anchura deberá ser como mínimo de 5 cm mayor que la anchura de la rueda. Deberán colocarse en el espacio delimitado entre la rueda y la aleta o paragolpes correspondiente, debiendo sobresalir de las aletas en las ruedas delanteras, un mínimo de 3 cm Luces Traseras Luces de freno Obligatorio dos luces de freno rojas situadas en la parte trasera del vehículo, del tipo antiniebla. Área iluminada mínimo de cada luz, 60 cm 2 con una lámpara de un mínimo de 21 W, funcionando de forma conjunta con las luces de freno originales. Deberán montarse de forma simétrica al eje longitudinal del vehículo y en un mismo plano transversal y vertical Luz de polvo Obligatorio una luz roja situada en la parte posterior, interior o exterior, del vehículo, del tipo antiniebla con una superficie mínima de 60 cm 2, una lámpara de un mínimo de 21 W y montada sobre el eje longitudinal del vehículo, debiendo funcionar permanentemente desde la puesta en marcha del vehículo. Estará prohibido cualquier dispositivo que la desconecte Situación de las luces traseras Todas las luces deben estar situadas a una altura mínima sobre el nivel del suelo de 1 metro, debiendo ser visibles desde atrás. Página 3 de 9

79 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II "Leds" Las luces con "leds", están autorizadas, siempre que la luminosidad sea igual o superior a la de las luces convencionales Cascos Será obligatorio el uso de un casco homologado, así como de un dispositivo para la retención de la cabeza (HANS) conformes al Anexo L al CDI de la FIA, Capítulo III. Equipamiento de pilotos Vestimenta ignífuga Será obligatorio el uso de mono, botas, guantes y ropa interior ignífugos con homologación FIA en vigor, según el Anexo L, capítulo III, equipamiento de pilotos Sistema de extinción Deberá ser conforme al Art del Anexo J Limpiaparabrisas Los limpiaparabrisas son libres, pero debe estar provisto, como mínimo, de uno en orden de funcionamiento Cierres de seguridad Deberán instalarse dos sujeciones mínimo (recomendado cuatro) en el capó delantero y dos mínimo en el trasero, serán de tipo americano, con una bayoneta atravesando el capó y un pasador que lo bloquea Ventanas laterales y luna trasera El parabrisas, las ventanas laterales y la luna trasera han de estar totalmente transparentes y no se admite ningún tipo de publicidad o cualquier otra cosa que disminuya la visibilidad, excepto el nombre del piloto en la ventana lateral izquierda o una franja en la parte superior del parabrisas de un máximo de 100 mm para publicidad. Además, se podrá añadir una franja parasol por debajo de los 100 mm para publicidad de otros 100 mm de anchura Red homologada Es obligatorio el uso de una red homologada FIA fijada a la jaula de seguridad que cubra la abertura total de la ventanilla del piloto. Sus bandas tendrán una anchura mínima de 19 mm y sus aberturas estarán comprendidas entre 25 mm x 25 mm y 60 mm x 60 mm Red metálica En caso de rotura del parabrisas o de las ventanas, estos podrán sustituirse por una red metálica que recubra toda la superficie de la abertura del parabrisas o ventana. El paso de la malla estará comprendido entre 10 mm x 10 mm y 25 mm x 25 mm, siendo el diámetro mínimo del hilo con el que se ha tejido la red de 1mm. En este caso el piloto deberá usar el tipo de casco admitido para Car Cross Lavaparabrisas Se autoriza un depósito de agua para el lavaparabrisas con una capacidad máxima de 10 L. Su fijación a la carrocería se realizará mediante un cajón metálico con chapa de un espesor mínimo de 1 mm (con una abertura superior para el llenado del depósito) y cuatro tornillos, de al menos M8 y calidad ISO 8.8, con sus correspondientes placas de refuerzo de 3 mm de espesor y de 40 cm 2 de área soldadas a la carrocería. La bomba que suministra el agua al lavaparabrisas estará protegida y aislada del habitáculo. 3) MODIFICACIONES PERMITIDAS 3.1 Peso mínimo Peso mínimo de acuerdo a la siguiente tabla: CILINDRADA (cm 3 ) PESO (Kg) hasta de 1400 hasta a de 1600 hasta Condiciones de pesaje: Sin conductor a bordo, depósito de combustible vacío. Con el aceite motor y líquido de refrigeración a nivel, depósito del lavaparabrisas vacío. Página 4 de 9

80 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II 3.2 Carrocería chasis La carrocería homologada no debe ser modificada salvo en lo especificado en este reglamento. Debe mantenerse la estructura autoportante de origen, no permitiéndose ningún recorte en la misma, aunque puede ser reforzada según el Art del Anexo J Anchura de la carrocería A nivel de los ejes de rueda, se autoriza una extensión de aletas de 100 mm mayor que la dimensión dada en su ficha de homologación o ficha técnica del vehículo en caso de no estar homologado. El conjunto llanta neumático, no puede sobresalir de la carrocería en una proyección horizontal de su parte superior Aletas Deberán ser de origen o fabricadas en fibra de vidrio, Kevlar o similar siempre que se mantenga la forma y dimensiones originales y sus anclajes Puertas y capós La puerta del conductor deberá mantenerse de origen con todos sus refuerzos interiores. Se podrá sustituir su panel interior por otro, sin salientes, con el fin de que pueda cerrar la puerta sin tocar los refuerzos de las puertas de la estructura de seguridad. Las demás puertas y capós se deben mantener de origen o fabricar de fibra de vidrio o similar, manteniendo en todo caso la forma y dimensiones de origen y sus anclajes Cierres Deberán eliminarse los cierres de capós originales y sustituirse por fijaciones suplementarias Protecciones Se permiten las protecciones inferiores de carrocería, que cumplan con el Art del Anexo J. No pueden prolongarse por delante de las ruedas delanteras salvo si se sitúa estrictamente debajo de uno de los órganos descritos en el Art del Anexo J Batería La batería es libre y estará sólidamente fijada y protegida en su emplazamiento de origen. Si la batería se desplaza de su posición original, su instalación deberá ajustarse al Art del Anexo J Otros Las bisagras y los tiradores exteriores son libres. 3.3 Carrocería exterior e interior Elevalunas Se permite reemplazar los elevalunas eléctricos por manuales, o eliminarlos Paragolpes El material de los paragolpes originales puede sustituirse por otro de fibra de vidrio, Kevlar o similar. Su espesor máximo será de 3 mm. Su forma será igual que la de origen. Los elementos de seguridad de origen que permiten la absorción de impactos entre el paragolpes y el chasis, deben mantenerse. Está prohibido cualquier tipo de refuerzo interno ni externo no original en los mismos. Los soportes de los paragolpes se pueden reforzar con chapa de un espesor máximo de 2 mm Faros y pilotos Es obligatorio retirar los faros y pilotos delanteros de origen, tapando sus huecos de ubicación con un panel que imite el aspecto y forma originales. Este panel puede ser liso, perforado o de rejilla metálica Tomas de aireación habitáculo Se permite practicar dos tomas de aireación del habitáculo, en la parte delantera del techo del vehículo. No pudiendo exceder en 10 cm la altura y 25 cm de longitud cada una de ellas. Página 5 de 9

81 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II Calandra delantera Se conservará la calandra delantera del vehículo de serie, así como la abertura original para refrigeración Bandas decorativas y molduras Las bandas decorativas, molduras, etc., pueden eliminarse Salpicadero El salpicadero original debe mantenerse Paneles habitáculo Se pueden eliminar las moquetas de guarnecidos y los revestimientos situados por debajo del salpicadero y que no formen parte de él Calefacción El sistema de calefacción puede ser retirado Habitáculo El asiento del piloto estará situado en el mismo lugar que el vehículo de serie. En el habitáculo no puede situarse ningún órgano mecánico, canalización o manguito, excepto las canalizaciones de freno, un repartidor de frenada y el sistema de extinción. 3.4 Parabrisas, ventanas laterales y luneta trasera El parabrisas debe ser de vidrio laminado. Los parabrisas de vidrio tintados y los que tengan sistema de desempañado están autorizados. Los cristales siguientes pueden ser sustituidos por otros fabricados en policarbonato de 3 mm de espesor mínimo: Ventanillas delanteras. Ventanillas traseras. Luneta trasera. En el caso de sustituir los cristales de las ventanillas laterales delanteras por otro material plástico (policarbonato o similar), deberá proveerse de un mecanismo de apertura de dicha ventanilla desde el interior del habitáculo. En el caso de mantener el material de origen de las ventanas laterales delanteras, este ha de ser recubierto en su parte interior con una lámina antidesintegración (film plástico anti rotura) translúcida e incolora. 3.5 Dirección El sistema de la dirección y su posición son libres pero solamente se permite una conexión mecánica directa entre el volante y las ruedas directrices. La columna de la dirección debe incluir un dispositivo de retracción, en caso de impacto, que provenga de un vehículo de serie. La dirección en las cuatro ruedas está prohibida. El volante de la dirección puede estar equipado de un mecanismo de liberación rápida conforme al Artículo del Anexo J. Los dispositivos de anti robo deben ser eliminados Dispositivo antirrobo El sistema antirrobo se tiene que eliminar. 3.6 Motor Se permite sustituir el motor, la caja de cambios, o ambos por otro del mismo fabricante del vehículo, siempre y cuando no implique ninguna modificación de ningún tipo en cualquier otro apartado mecánico, chasis o carrocería, salvo los anclajes del motor caja de cambios. Página 6 de 9

82 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II El motor o la caja de cambios montado en sustitución del anterior, ha de ser conforme a la Ficha de Homologación de Gr. A, N o R excepto las modificaciones permitidas en este Reglamento Técnico. No se admiten motores provenientes de moto. En las verificaciones técnicas previas y finales, el concursante deberá presentar: 1. La Ficha de Homologación FIA correspondiente al motor/caja de cambios del vehículo del que provienen, en caso de estar homologado. 2. Catálogo con despiece del fabricante del motor/caja de cambios del vehículo del que proviene, en caso de ser un vehículo no homologado General El motor estará situado en el compartimiento del motor de origen Cilindrada Ver Art. 1.4 del Reglamento Técnico del Campeonato España de Autocross Carburadores Sólo se permite modificar los reglajes de aire de mezcla. El filtro de aire y su caja son libres Inyección La centralita de inyección puede ser una programable. Los inyectores son libres. Los sensores y actuadores, deben ser los de serie, así como su función. El filtro de aire y su caja son libres. Se permite sustituir el sistema de inyección original (colector de admisión incluido) por un sistema de carburación o viceversa. En el caso de montar admisión de cuerpos independientes (carburación o inyección) el diámetro máximo de cada cuerpo será de 45 mm Pistones Se permite sustituir los originales por forjados Árboles de levas Libre el perfil de las levas, así como la alzada de las mismas Culata La junta de culata es libre Encendido Todos los elementos que comprenden el sistema de encendido, así como la centralita electrónica, son libres. El sistema debe ser intercambiable con el de origen, con el que debe arrancar el motor, y mantenerse a ralentí Escape Todo el sistema de escape más los colectores es libre, con salida por la parte trasera del vehículo, respetando lo establecido en el Art. 1.5 del presente reglamento Lubricación Se autoriza tabicar el cárter de aceite para evitar descebamientos. 3.7 Depósitos General Si el depósito de combustible instalado en el vehículo NO es el de origen, este debe ser UNICAMENTE un depósito de seguridad homologado por la FIA (mínimo FT ). Dicho depósito deberá cumplir todas las especificaciones del Art del Anexo J. Página 7 de 9

83 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II Emplazamiento depósito Su situación e instalación ha de realizarse conforme al Art del Anexo J Conducciones Todas las conducciones de combustible, aceite y frenos deberán cumplir las especificaciones del Art del Anexo J Recuperador de aceite Debe instalarse un recuperador de aceite con una capacidad mínima de 2 litros de un material plástico translúcido. La toma será por la parte superior y también su respiradero al exterior. 3.8 Sistema de refrigeración General El termostato, el electroventilador y su sensor de puesta en funcionamiento son libres. El tamaño y la forma del radiador son libres, pero debe estar situado en su emplazamiento de origen. 3.9 Suspensión Los trapecios y manguetas podrán ser de Gr. A, N o R e identificables con la ficha de homologación FIA o ser de origen reforzados. Se permite reforzar los trapecios y los soportes de origen. Los muelles, las barras de torsión y las ballestas son libres. Los amortiguadores son libres, siempre que se mantenga su número, su tipo, su principio de funcionamiento y sus puntos de anclaje. Los amortiguadores de más de tres vías de reglaje están prohibidos. Se permite el uso de separadores de rueda Transmisión General El embrague es libre, el número de discos de embrague será el mismo que tenga de origen del vehículo. La caja de cambios debe ser de uno de los siguientes tipos: 1. Caja de cambios de origen: La carcasa de la caja de cambios ha de ser la de origen. El interior de la caja de cambios es libre manteniéndose el mismo tipo de árbol de transmisión. 2. Caja de cambios proveniente de otro modelo (art. 3.6): Se permite una nueva evolvente del embrague con la única finalidad de adaptar la caja de cambios. Los materiales compuestos están prohibidos Número de velocidades El número de velocidades será el mismo que tenga el vehículo de serie o el conjunto motor caja de cambios sustituido (si ha lugar) Control de tracción Cualquier sistema de control de tracción está prohibido excepto los conseguidos mediante las programaciones de centralitas electrónicas que, utilizando programaciones especiales o canales matemáticos, actúen sobre la inyección o el encendido del motor cuando las ruedas tractoras cambian su velocidad angular relativamente Diferenciales Sólo se permiten diferenciales de deslizamiento limitado de tipo mecánico, según especifica el Art. 279A 3.18 del Anexo J, y que se puedan montar en las carcasas originales. El diferencial de origen puede bloquearse Sensores Están prohibidos cualquier tipo de sensores montados en cualquiera de las 4 ruedas, transmisiones o diferencial. Página 8 de 9

84 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN II 3.11 Frenos General Son libres. Se permite la instalación de un repartidor de frenada regulable desde el interior. Es obligatorio un freno de mano eficaz que controle simultáneamente las dos ruedas delanteras o las dos traseras Sistemas antibloqueo Los sistemas antibloqueo están prohibidos Discos Los discos de freno deben ser de un material ferroso Llantas y neumáticos Las llantas deberán ser de chapa de acero o aleación de aluminio. Los neumáticos tienen que ser conformes al Art. 279A del Anexo J. Página 9 de 9

85 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN OFF ROAD SERIES 1) GENERALIDADES 2) EQUIPO DE SEGURIDAD 3) MODIFICACIONES PERMITIDAS Página 1 de 7

86 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN OFF ROAD SERIES 1) GENERALIDADES 1.1. Modificaciones autorizadas. Toda modificación está prohibida, salvo que esté expresamente autorizada por el presente Reglamento Técnico Autorizados a tomar la salida. Por razones de seguridad, cualquier vehículo puede resultar no autorizado a tomar la salida a criterio de los Comisarios Deportivos Conformidad Reglamentos. Todos los vehículos deberán estar conformes al Art. 254 del Anexo J y al Reglamento Técnico del Campeonato de España de Autocross. En caso de contradicción, prevalecerá lo contenido en el presente reglamento técnico Vehículos autorizados. Serán admitidos todos los vehículos de Grupo N homologados por la FIA, de dos ruedas motrices y de una cilindrad máxima corregida de 2000 cc. También serán admitidos vehículos sin homologación FIA pero producidos regularmente en serie y normalmente en venta mediante una red comercial. Los modelos deberán ser aprobados por la RFEDA previa solicitud de los interesados. El suministro de los elementos necesarios para probar su legalidad es necesario. Deberá tener una carrocería/monocasco, incluyendo puertas, en acero, o en cualquier material producido en grandes cantidades y aprobado por la RFEDA Sonoridad. El límite se fija en 110 db. El nivel de ruido se medirá paralelo al suelo en un ángulo de 45 grados, a una distancia de 50 cm. respecto de la salida del escape. El motor debe estar funcionando a rpm Carburante. Será obligatorio utilizar un carburante comercial sin plomo (máximo 0,013 gr/l), conforme a los artículos y del Anexo J. 2) EQUIPO DE SEGURIDAD Canalizaciones y bombas Protección canalizaciones. Las conducciones de combustible, aceite y frenos que transcurran por el exterior del vehículo, deben estar protegidas contra cualquier riesgo de deterioro (piedras, corrosión, roturas mecánicas, etc.) y las que transcurran por el interior del vehículo, contra cualquier riesgo de incendio. No podrá existir ninguna conexión en las canalizaciones de combustible dentro del habitáculo. Cuando no se mantenga la instalación de origen, se deberán cumplir las especificaciones descritas en el art del Anexo J. Está prohibida instalación de manómetros de presión de combustible o de otro dentro del habitáculo Válvulas de corte automático. Los conductos de ventilación (puesta en atmósfera) del depósito de combustible, estarán equipados con una válvula antivuelco, por gravedad Bombas de combustible Todas las bombas de combustible actuarán únicamente, cuando el motor esté en funcionamiento o durante el proceso de puesta en marcha (relé taquimétrico) 2.2. Frenos. Obligatorio un doble circuito accionado por el mismo pedal de forma que este actúe sobre todas las ruedas. En caso de rotura o fuga en un punto de cualquier canalización, el pedal debe controlar como mínimo dos ruedas. Si se mantiene el sistema de serie, no son necesarias modificaciones. Página 2 de 7

87 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN OFF ROAD SERIES 2.3. Arneses de seguridad. Serán obligatorios con 6 puntos de anclaje conforme al art del Anexo J. Las dos bandas de los hombros deben tener puntos de anclaje separados Estructura de seguridad. Deberán instalarse conforme al art del Anexo J. Los tubos del arco próximos al piloto deberán estar protegidos con un recubrimiento homologado, que absorba los impactos Retrovisores. Todos los vehículos deberán instalar dos espejos retrovisores, perfectamente visibles Para el piloto Anillas de remolque. Una en la parte delantera y otra en la trasera con el tamaño y resistencia adecuados para remolcar el vehículo. Deberán ser fácilmente visibles y no podrán sobrepasar el perímetro del vehículo. Estarán pintadas de colores amarillos, naranja o rojos y señalizados con una flecha pintada en el mismo color Acelerador. Debe instalarse un dispositivo adicional que actúe cerrando la/las mariposas en caso de no funcionar su sistema original. Este dispositivo, debe actuar independiente. En el caso de que el vehículo esté provisto de origen de un acelerador electrónico (fly by wire), podrá mantenerse sin modificación alguna o ser sustituido por la VO correspondiente de la ficha de homologación Gr. A, N, R1, R2 o R3. Si el vehículo no tiene VO o Ficha, deberá solicitarlo al Delegado Técnico RFEDA del Campeonato Cuentarrevoluciones. Obligatorio un cuentarrevoluciones del motor en perfecto estado de funcionamiento Cortacorriente general. Deberá cortar todos los circuitos eléctricos y parar el motor. Debe ser antideflagrante y será accesible desde el interior y desde el exterior del vehículo. En el exterior estará situado en la parte inferior del montante del parabrisas, en el lado del conductor y estará marcado por un "rayo" rojo, en un triángulo de fondo azul con el borde de al menos 12 cm Asientos: fijaciones y soportes. Asiento homologado con fijaciones y soportes siguiendo las prescripciones del Art del Anexo J. Será obligatorio retirar los asientos de los pasajeros Faldones. Obligatorio detrás de todas las ruedas, de un material plástico flexible, con un espesor mínimo de 3 mm. Su altura máxima desde el suelo será de 5 cm y su anchura deberá ser como mínimo de 5 cm. mayor que la anchura de la rueda. Deberán colocarse en el espacio delimitado entre la rueda y la aleta o paragolpes correspondiente, debiendo sobresalir de las aletas en las ruedas delanteras, un mínimo de 3 cm Luces Traseras Luces de freno. Obligatorio dos luces de freno rojas situadas en la parte trasera del vehículo, del tipo antiniebla. Área iluminada mínimo de cada luz, 60 cm 2 con una lámpara de un mínimo de 21 W, funcionando de forma conjunta con las luces de freno originales. Deberán montarse de forma simétrica al eje longitudinal del vehículo y en un mismo plano transversal y vertical. Se recomienda el uso de sistemas LED Luz de Polvo. Obligatorio una luz roja situada en la parte posterior, interior o exterior, del vehículo, del tipo antiniebla con una superficie mínima de 60 cm 2, una lámpara de un mínimo de 21 W y montada sobre el eje longitudinal del vehículo, debiendo funcionar permanentemente desde la puesta en marcha del vehículo. ESTARÁ PROHIBIDO CUALQUIER DISPOSITIVO QUE LA DESCONECTE salvo el desconectador Situación de las luces traseras. Todas las luces deben estar situadas a una altura mínima sobre el nivel del suelo de 1 metro, debiendo ser visibles desde atrás. Página 3 de 7

88 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN OFF ROAD SERIES "LEDs" Las luces con "LEDs", están autorizadas, siempre que la luminosidad sea igual o superior a la de las luces convencionales. Se recomienda el uso de estos sistemas por ser más luminosos y menos averías Cascos. Será obligatorio el uso de un casco homologado, así como de un dispositivo para la retención de la cabeza (HANS) conformes al Anexo L al CDI de la FIA, Capítulo III. Equipamiento de pilotos Vestimenta ignífuga. Será obligatorio el uso de mono, botas, guantes y ropa interior ignífugos con homologación FIA en vigor, según el Anexo L, capítulo III, equipamiento de pilotos Sistema de extinción. Deberá ser conforme al Art del Anexo J Limpiaparabrisas. Los limpiaparabrisas son libres, pero debe estar provisto, como mínimo, de uno en orden de funcionamiento Cierres de seguridad. Deberán instalarse dos sujeciones mínimo (recomendado cuatro) en el capó delantero y dos mínimo en el trasero, serán de tipo americano, con una bayoneta atravesando el capó y un pasador que lo bloquea Ventanas laterales y luna trasera. El parabrisas, las ventanas laterales y la luna trasera han de estar totalmente transparentes y no se admite ningún tipo de publicidad o cualquier otra cosa que disminuya la visibilidad, excepto el nombre del piloto en la ventana lateral izquierda o una franja en la parte superior del parabrisas de un máximo de 100 mm para publicidad. Además, se podrá añadir una franja parasol por debajo de los 100 mm para publicidad de otros 100 mm de anchura Red homologada. Es obligatorio el uso de una red homologada FIA fijada a la jaula de seguridad que cubra la abertura total de la ventanilla del piloto. Sus bandas tendrán una anchura mínima de 19 mm. Y sus aberturas estarán comprendidas entre 25 mm x 25 mm y 60 mm x 60 mm Red metálica. En caso de rotura del parabrisas o de las ventanas, estos podrán sustituirse por una red metálica que recubra toda la superficie de la abertura del parabrisas o ventana. El paso de la malla estará comprendido entre 10 mm x 10 mm y 25 mm x 25 mm, siendo el diámetro mínimo del hilo con el que se ha tejido la red de 1mm. En este caso el piloto deberá usar el tipo de casco admitido para Carcross y las correspondientes gafas o protección para los ojos Lavaparabrisas. Se autoriza un depósito de agua para el lavaparabrisas con una capacidad máxima de 10 L. Su fijación a la carrocería se realizará mediante un cajón metálico con chapa de un espesor mínimo de 1 mm (con una abertura superior para el llenado del depósito) y cuatro tornillos, de al menos M8 y calidad ISO 8.8, con sus correspondientes placas de refuerzo de 3 mm de espesor y de 40 cm 2 de área soldadas a la carrocería. La bomba que suministra el agua al lavaparabrisas estará protegida. 3) MODIFICACIONES PERMITIDAS 3.1 Peso mínimo. Peso mínimo de acuerdo a la siguiente tabla: CILINDRADA (cm 3 ) PESO (Kg) hasta de 1400 hasta a de 1600 hasta Página 4 de 7

89 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN OFF ROAD SERIES Condiciones de pesaje: Sin conductor a bordo, depósito de combustible vacío. refrigeración a nivel, depósito del lavaparabrisas vacío. 3.2 Carrocería chasis. Con el aceite motor y líquido de Los vehículos serán de estricta serie e identificables según los manuales del fabricante y únicamente se podrán realizar los trabajos para su mantenimiento normal, o la sustitución de piezas deterioradas por el uso o accidente por otras de origen, idénticas a la pieza dañada, a excepción de las modificaciones permitidas por el presente Reglamento. Deben mantenerse el chasis y la carrocería originales, así como el aspecto exterior sin ninguna modificación Anchura de la carrocería. El conjunto llanta neumático, en su mitad superior desde un plano situado en el eje de rueda no puede sobresalir de la carrocería en proyección horizontal Aletas. Deberán ser de origen Puertas y capós. Deberán ser de origen Cierres Deberán eliminarse los cierres de capós originales y sustituirse por fijaciones suplementarias Protecciones. Se permiten las protecciones inferiores que cumplan el Art del Anexo J. Su prolongamiento por delante de las ruedas delanteras está prohibido, salvo si se sitúa estrictamente debajo de uno de los órganos descritos en el Art del Anexo J Batería. La batería es libre y estará sólidamente fijada y protegida en su emplazamiento de origen. Si la batería se desplaza de su posición original, su instalación será conforme al Art del Anexo J. 3.3 Carrocería Exterior e Interior Paragolpes. El material de los paragolpes originales puede cambiarse por otro (fibra de vidrio, kevlar o similar) y su espesor máximo será de 3 mm. Su forma será igual que los de origen. Los elementos de seguridad de origen que permiten la absorción de los impactos entre el paragolpes y el chasis deben mantenerse. Está prohibido cualquier tipo de refuerzo interno, no original, en los paragolpes. Los soportes de los paragolpes se pueden reforzar con chapa de un espesor máximo de 2 mm Faros y pilotos. Es obligatorio retirar los faros y los pilotos delanteros de origen, tapando sus huecos de ubicación con un panel que imite el aspecto y forma original. Este panel puede ser liso, perforado o de rejilla metálica Tomas de aireación habitáculo. Se permite practicar dos tomas, de aireación del habitáculo, en la parte delantera del techo del vehículo no pudiendo exceder de 10 cm de altura y 25 cm de longitud cada una de ellas Bandas decorativas y molduras. Las bandas decorativas, molduras, etc. pueden eliminarse Salpicadero. El salpicadero debe ser el original. Se pueden eliminar las moquetas, los guarnecidos, los revestimientos situados por debajo del salpicadero y que no forman parte de él y la consola central. Página 5 de 7

90 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN OFF ROAD SERIES Paneles habitáculo. Se pueden eliminar las moquetas, los guarnecidos y los revestimientos situados por debajo del salpicadero y que no forman parte de él. El panel interior de la puerta del piloto ha de permanecer de origen, o ser conforme al Art b del Anexo J Calefacción. El sistema de calefacción puede ser retirado Habitáculo. El asiento del piloto estará situado en el mismo lugar que en el vehículo de serie. En el habitáculo no puede situarse ningún órgano mecánico, canalización o manguito, excepto las canalizaciones de freno, un repartidor de frenada, deposito lavaparabrisas y el sistema de extinción. 3.4 Parabrisas, ventanas laterales y luneta trasera El parabrisas debe ser de vidrio laminado. Los parabrisas de vidrio tintados y los que tengan sistema de desempañado están autorizados. Los cristales siguientes pueden ser sustituidos por otros fabricados en policarbonato de 3 mm de espesor mínimo: Ventanillas delanteras. Ventanillas traseras. Luneta trasera. En el caso de sustituir los cristales de las ventanillas laterales delanteras por otro material plástico (policarbonato o similar), deberá proveerse de un mecanismo de apertura de dicha ventanilla desde el interior del habitáculo. En el caso de mantener el material de origen de las ventanas laterales delanteras, este ha de ser recubierto en su parte interior con una lámina antidesintegración (film plástico anti rotura) translúcida e incolora. 3.5 Dirección. Será el sistema completo de origen del vehículo Motor General. El motor ha de ser de estricta serie, salvo las siguientes modificaciones permitidas por el presente reglamento Cilindrada. Ver Art. 1.4 del Reglamento Técnico del Campeonato España de Autocross Admisión. La admisión es libre hasta la mariposa de admisión, de ahí hacia el motor debe ser de estricta serie. El diámetro de la mariposa de admisión y la propia mariposa deben ser los de serie Inyección. Debe mantenerse la centralita de serie. La cartografía de inyección y los inyectores son libres, el sistema será intercambiable con el de origen. Los sensores y actuadores serán de origen, así como su función. El filtro de aire y su caja son libres Culata Junta de culata. La culata completa (árboles de levas, poleas, válvulas, guías, etc.) debe ser la de serie Encendido. Las bujías, los cables de alta tensión y las piezas de la centralita electrónica relativas al encendido son libres Escape. Libre desde el primer silencioso de origen con salida por la parte trasera del vehículo, respetando lo establecido en el Art. 1.5 del presente reglamento. Página 6 de 7

91 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO DIVISIÓN OFF ROAD SERIES 3.7 Depósitos General. Si el depósito de combustible instalado en el vehículo NO es el de origen, este debe ser UNICAMENTE un depósito de seguridad homologado por la FIA (Mínimo FT ), dicho depósito deberá cumplir todas las especificaciones del Art del Anexo J Emplazamiento depósito. Su situación e instalación ha de realizarse conforme al Art del Anexo J Conducciones Todas las conducciones de combustible, aceite y frenos deberán cumplir las especificaciones del Art del Anexo J Recuperador de aceite. Debe instalarse un recuperador de aceite con una capacidad mínima de 2 litros de un material plástico translúcido. La toma será por la parte superior y también su respiradero al exterior. 3.8 Sistema de refrigeración. El termostato, el electro ventilador y su sensor de puesta en funcionamiento son libres. 3.9 Suspensión. Los amortiguadores son libres, siempre que se mantenga su número, su tipo (telescópico, de brazo, etc.), su principio de funcionamiento (hidráulico, de fricción, mixto, etc.) y sus puntos de anclaje. Sólo se permiten amortiguadores regulables en una vía y no pueden tener depósitos de fluido separados. Los puntos de fijación de los amortiguadores deben ser los del vehículo de serie. Los amortiguadores de gas se considerarán, a efectos de su principio de funcionamiento, como amortiguadores hidráulicos. La forma de los asientos de los muelles en las suspensiones Mc Pherson es libre. Su material es libre Transmisión General. La caja de cambios ha de ser la de origen. El interior de la caja debe ser de serie. Está permitido montar un Grupo Final con distinta relación que el de serie (Grupo Corto) Control de tracción. Cualquier sistema de control de tracción está prohibido Control de Salida. Cualquier sistema de control de salida está prohibido Embrague. El embrague debe ser el original Frenos. Se permite la instalación de un repartidor de frenada regulable en el interior del vehículo. Es obligatorio un freno de mano eficaz que controle simultáneamente las dos ruedas delanteras o las dos traseras Llantas y neumáticos. Las llantas deberán ser de chapa de acero o aleación de aluminio. Los neumáticos tienen que ser conformes al Art. 279A del Anexo J. Página 7 de 7

92 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO VEHÍCULOS CAR CROSS 1) MOTOR 2) TRANSMISIÓN 3) CHASIS Y CARROCERÍA 4) PROTECCIÓN DEL PILOTO CONTRA INCENDIOS Y QUEMADURAS 5) PROTECCIONES LATERALES 6) PARABRISAS Y ABERTURAS LATERALES 7) PESO 8) SUSPENSIONES 9) DIRECCIÓN 10) DEPÓSITOS DE COMBUSTIBLE, ACEITE Y AGUA DE REFRIGERACIÓN 11) RUEDAS Y NEUMÁTICOS 12) ASIENTOS Página 1 de 6

93 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO VEHÍCULOS CAR CROSS Definiciones Los vehículos Car Cross, son monoplazas de motor trasero construidos según el Reglamento Técnico a continuación. Están prohibidos los 4 RM y los motores sobrealimentados. El puesto de conducción estará equipado con los mismos mandos habituales de un automóvil. Están prohibidas las cajas de cambio automáticas, semiautomáticas así como los mandos de este tipo de caja. 1) MOTOR Este Reglamento está redactado en términos restrictivos por lo cual, todo lo que no está expresamente permitido, está prohibido. Para la temporada en curso, la versión de motor más moderna admitida será la que tenga, al menos, dos años de antigüedad. Los motores admitidos son los recogidos en la siguiente table descriptiva: * Pendiente confirmar lista de motores. Se está trabajando en ella con los fabricantes de Car Cross. El competidor deberá estar en posesión del manual de taller original del fabricante del motor. El motor instalado en el vehículo deberá ser conforme a su correspondiente ficha de homologación, que será emitida por la RFEdeA. Asimismo, estarán permitidas las modificaciones de los siguientes artículos Modificaciones autorizadas El motor deberá ser de estricta serie (de origen) con una cilindrada máxima de 600 cc. No se permite modificación alguna y estará sujeto a las condiciones siguientes: Toda mecanización que implique: aligerado, limado, pulido, equilibrado o cualquier clase de tratamiento físico, químico o mecánico sobre cualquier elemento del motor está prohibido. También está prohibida la adición o eliminación de cualquier pieza constitutiva del motor y/o caja de cambio El espesor de la junta de culata es libre, debiéndose mantener la altura de culata mínima de serie Los conductos de admisión en la culata, así como los cuerpos de admisión, tienen que mantener sus medidas originales, debiendo permanecer las mariposas de accionamiento mecánico o eléctrico, en su posición original y funcionamiento La inyección de combustible debe ser estrictamente de origen, debiéndose mantener la marca y tipo de los inyectores Los árboles de levas originales, deben mantener de estricta serie todo el perfil de leva. Su posicionamiento respecto al P.M.S. del motor es libre. Por lo tanto, lo será el posicionamiento de las poleas en los árboles de levas, que deben ser de serie aunque sin mecanizar su sistema de arrastre original Sistema electrónico de control del motor (E.C.U). Puede optarse por lo siguiente: A) Sustituir la original por otra centralita programable con aspecto exterior idéntico a la original En este caso, NO se permite el montaje de las centralitas llamadas intermedias. B) Mantener la original. En este caso, se pueden montar centralitas intermedias. En cualquiera de los dos casos, está prohibido el control de tracción ya sea por mapas específicos o por canales matemáticos Todos los periféricos del motor (sensores, alternador, motor de arranque, caja de admisión, trompetas, etc.) deberán ser de estricta serie (de origen) y no se permite modificación alguna, todos deben funcionar correctamente y no se permite su anulación o desactivación. Únicamente se pueden eliminar los cables, sensores y/o actuadores que no envíen información a la centralita (salvo los sistemas antipolución y mariposas de escape) y que tengan funciones no utilizadas de la instalación eléctrica original (Faros, intermitentes, bocina, piñas de conmutadores, sensor de pata de cabra y similares), se puede modificar el cableado eléctrico en lo que se refiere a la longitud de los cables, pero NO en cuanto a su sección y/o funciones. Se puede sustituir el conmutador de arranque original por otro, y la llave de contacto por el cortacorriente La marca y grado térmico de las bujías es libre, pero la longitud de su parte roscada en la culata, debe permanecer de origen Se permite la sustitución de los discos de fricción de embrague, manteniendo su número. Los muelles de embrague deben ser estrictamente los originales. Se permite suprimir los aros del diafragma El escape es libre, aunque estarán prohibidos los colectores de escape de titanio. Deben cumplir lo siguiente. La salida del escape será por la parte trasera del vehículo y estará situada a un máximo de 800 mm. y un mínimo de 100 mm. respecto al suelo. Se debe evitar que los gases de escape puedan perjudicar al piloto del vehículo situado detrás. Ningún elemento del escape sobrepasará el perímetro de la estructura del chasis, ni de la carrocería vistos desde arriba Cuando se suelta el pedal del acelerador, el sistema de control de las mariposas de admisión debe cerrar estas "totalmente" en cualquier momento Se autoriza el montaje de un radiador de aceite cuando el motor no lo tenga de origen o sustituirlo por otro en caso de tenerlo, siempre que NO se modifique el motor con su instalación, sólo se permite adaptar los racores o conductos de entrada y salida del aceite. Deberá respetar toda la normativa sobre radiadores y conducciones del presente reglamento. Página 2 de 6

94 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO VEHÍCULOS CAR CROSS Se permite tabicar el cárter de aceite, así como instalar juntas que favorezcan la lubricación del motor El vehículo deberá estar equipado con una batería sólidamente fijada y protegida. Si se sitúa en el interior del habitáculo debe estar recubierta por una protección aislante y estanca Los sistemas de corte de encendido (Cut off y/o similares) automático para cambiar de marcha están autorizados Se permite la instalación de una bomba de gasolina eléctrica que sustituya a la original del vehículo del que procede el motor siempre que respete toda la normativa que le sea de aplicación del presente reglamento. El regulador de presión de gasolina original puede ser sustituido por otro regulable manualmente Se permite la pulverización exterior de agua sobre los radiadores, siempre que el único fin de dicha pulverización sea la refrigeración de los mismos. El dispositivo no debe situarse por fuera del perímetro del chasis o de la carrocería no superarán los 2 litros de capacidad y deberá cumplir con el art del presente reglamento Los motores de carburadores tendrán en cuenta: Que debe mantenerse el sistema de carburación de origen del motor, siendo libres únicamente sus reglajes de gasolina (chicles, agujas y muelles). La caja del aire de admisión y sus tomas de aire son libres. El sistema de encendido, centralita, bujías, cableado, etc., son libres Combustible El combustible utilizado debe ser conforme al Art del Anexo J al C.D.I. 2) TRANSMISIÓN 2.1. La caja de cambios y el embrague, serán los de origen del motor sin modificación alguna. Sólo se permite el accionamiento de las marchas con una palanca manual con esquema secuencial. Se permite cambiar el sistema de accionamiento del embrague, mecánico por otro hidráulico o viceversa La relación final (piñón corona) es libre. Se recomienda montar un protector de cadena eficaz Se prohíbe el uso de diferenciales así como control de tracción. 3) CHASIS Y CARROCERÍA 3.1. Todos los vehículos construidos a partir del 1/01/2010, deben tener su estructura diseñada para permitir el anclaje de los cinturones arnés de acuerdo a las especificaciones necesarias para el uso del sistema de retención para la cabeza (HANS) por parte del piloto, así como para poder ser equipados con asientos homologados FIA. Además, deberán tener una homologación de la RFEDA, basada en el Reglamento de Homologaciones de Estructuras de Seguridad de la RFEDA. El competidor deberá estar en posesión de la documentación necesaria que acredite la homologación por parte de la RFEDA de su vehículo. A partir del se deberá presentar, bajo petición de los Comisarios Técnicos, una copia original del Certificado de Homologación expedido por la RFEDA Las dimensiones máximas de los vehículos, incluida la carrocería, serán las siguientes: Longitud: 2600 mm. Sin contar las faldillas. Anchura: 1600 mm. Sin contar las faldillas. Altura: 1400 mm. Sin contar la altura del número El chasis del vehículo estará constituido por una estructura tubular que acoja los elementos mecánicos y proporcione al piloto la protección necesaria en caso de vuelco o accidente. Este chasis debe ser homologado por el Departamento Técnico de la RFEDA según el Reglamento de Homologación específico La carrocería debe ser rígida, de material duro y opaca, presentar una terminación irreprochable y no tener carácter provisional, debiendo estar firmemente sujeta al chasis mediante un mínimo de 4 anclajes, dos en la parte delantera y dos en la trasera situados en lugares de difícil contacto con la tierra, protegidos de posibles golpes con otros vehículos. No podrá presentar ningún ángulo vivo, bordes cortantes o partes puntiagudas. Los ángulos y esquinas deben estar redondeados. La carrocería, debe proteger de las proyecciones de piedras y otros objetos, tanto la parte frontal como laterales del vehículo. La altura de esta carrocería será, como mínimo, de 420 mm medidos desde el plano donde se ancla el asiento del piloto en el chasis hasta la parte superior. Visto el vehículo desde arriba todos los elementos mecánicos necesarios para la propulsión (motor, transmisión) deben estar cubiertos por la carrocería. Los paneles utilizados no podrán tener un espesor superior a 10 mm. Página 3 de 6

95 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO VEHÍCULOS CAR CROSS Es obligatoria la instalación de un techo rígido y metálico sobre el piloto. Esta estructura se aconseja que sea formada mediante la adición de una chapa de acero de 1,5 mm soldada a dicha estructura de seguridad por un mínimo de 20 soldaduras de una longitud mínima de 20 mm cada una. Se prohíbe taladrar los tubos de la estructura de seguridad. La carrocería podrá terminar también en la parte superior Los radiadores de agua NO podrán sobresalir del perímetro del chasis o de la carrocería y estarán situados por detrás del habitáculo del piloto, sin que puedan estar en contacto con él. Los situados fuera del habitáculo del piloto no podrán sobrepasar 450mm del eje longitudinal el vehículo y en todo caso del perímetro de la carrocería. 4) PROTECCIÓN DEL PILOTO CONTRA INCENDIOS Y QUEMADURAS 4.1. Debe colocarse una mampara vertical solidaria al suelo del vehículo y a los montantes del arco central, que se extenderá a toda la anchura de dichos montantes y su arista superior estará a la altura del tubo superior del arco principal. Deberá asegurar la estanqueidad del habitáculo respecto al compartimento motor Es obligatorio la instalación de deflectores, paneles o mamparas que protejan eficazmente al piloto de quemaduras producidas por cualquier órgano mecánico (radiadores, conducciones, tapones de relleno, botes de expansión, etc.) o por cualquier fluido del motor Es obligatorio el montaje de luces traseras anti polvo según el Art del Reglamento Técnico general, situadas a una altura mínima de 700 mm respecto al suelo. 5) PROTECCIONES LATERALES Estarán formadas por una estructura en tubo de acero con unas dimensiones mínimas de 30 mm x 2 mm ancladas al chasis con tornillos mínimo de 8 mm de espesor y un mínimo de 3 puntos de anclaje, situándose a ambos lados del vehículo, a la altura del eje de las ruedas, y ocupando, al menos, el 60% de la batalla. Estas estructuras se extenderán hacia el exterior, como máximo, hasta la línea imaginaria que une las entre las superficies externas de las ruedas de un mismo lado. 6) PARABRISAS Y ABERTURAS LATERALES 6.1. El parabrisas formado por vidrio laminado o policarbonato de un espesor mínimo de 5 mm podrá ser sustituido por una red metálica unida al vehículo de manera segura y fija, que recubra toda su abertura. El paso de la malla estará comprendido entre 10 mm x 10 mm y 25 mm x 25 mm, siendo el diámetro mínimo del hilo con el que se ha tejido la red de 1 mm. La malla en todo su perímetro deberá estar soldada a un hilo con un diámetro mínimo de 5 mm Las aberturas laterales estarán cubiertas por una red metálica, fijada de forma segura al vehículo, deberán tener un cierre de hebilla o similar. Las redes metálicas tendrán las mismas características que las utilizadas para el parabrisas y además deberán de ser suficientemente seguras según el criterio del Delegado Técnico del Campeonato de España de Autocross. 7) PESO En ningún momento de la prueba el peso mínimo del vehículo podrá ser inferior a 320 kg sin piloto, sin combustible, sin agua en el pulverizador y en orden de marcha. El uso de lastres está prohibido. Se permitirá una tolerancia total máxima en conformidad con el art de las PCCCTCE. 8) SUSPENSIONES 8.1. Los ejes estarán suspendidos, no estando permitido el montaje de topes rígidos entre los ejes y cualquier parte del chasis. Se permite el montaje de barras estabilizadoras El número y tipo de los amortiguadores y de los resortes es libre, a excepción de su reglaje que queda limitado a 3 vías. Se prohíbe interconectar hidráulicamente los amortiguadores entre sí. 9) DIRECCIÓN 9.1. El sistema de dirección es libre, actuando únicamente sobre las ruedas delanteras. Los sistemas por cadenas, cables o hidráulicos están prohibidos Es obligatorio usar un sistema de extracción del volante del tipo SPA. 10) DEPÓSITOS DE COMBUSTIBLE, ACEITE Y AGUA DE REFRIGERACIÓN Todos los depósitos deben estar situados detrás del piloto y protegidos adecuadamente con el fin de evitar que, en caso de fuga o rotura del depósito, el líquido no pase al compartimento del piloto. Esto se aplica igualmente a los depósitos de combustible, con relación al compartimento del motor y al sistema de escape. La boca de llenado de combustible debe ser estanca y no sobresalir de la carrocería. El depósito del agua de refrigeración ha de tener un tapón equipado con una válvula de sobrepresión El depósito de combustible ha de ser metálico y debe estar situado detrás del asiento. Debe estar montado en una situación suficientemente protegida y firmemente anclado al vehículo. No puede estar en el compartimiento del piloto, y debe estar separado de él por un panel antifuego, cuya arista superior estará a la altura del tubo superior del arco principal y que deberá asegurar la estanqueidad del habitáculo respecto al compartimento motor. El depósito de combustible debe estar instalado, al menos, a 300 mm de la culata y del sistema de escape, salvo si está separado de estos por un panel estanco e ignífugo o por un panel ignífugo más un aislamiento térmico que recubra todo el depósito. Página 4 de 6

96 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO VEHÍCULOS CAR CROSS Las conducciones de gasolina deben estar debidamente protegidas contra el fuego La capacidad máxima del depósito de combustible es de 10 litros. 11) RUEDAS Y NEUMÁTICOS El diámetro máximo de la llanta es de 10 y su anchura máxima es de Se autorizan los neumáticos de tacos específicamente fabricados para estos vehículos Se permite la instalación en las ruedas traseras de tapacubos del mismo material que los faldones, fijados por la parte interior a la llanta de forma firme y segura mediante tornillos Es obligatoria la instalación de faldillas de 2 o 3 mm de espesor, en posición transversal y de una altura máxima respecto al suelo de 50 mm cuando el vehículo se encuentre detenido, sin nadie a bordo. Se deben instalar detrás de todas las ruedas y estar compuestas de un panel de Polietileno de una anchura máxima igual a la anchura de la rueda completa más 50 mm. 12) ASIENTO SEGURIDAD Medidas de seguridad para los vehículos Los vehículos deberán llevar instalados los siguientes elementos de seguridad para el vehículo. Asientos de competición Todos los vehículos deberán montar un asiento de competición homologado FIA de acuerdo a la norma establecida en el Art del Anexo J al CDI. Arneses Todos los vehículos deberán montar un arnés de competición homologado FIA de acuerdo a la norma establecida en el Art del Anexo J al CDI. Estructura de seguridad Todos los vehículos deberán tener una estructura de seguridad homologada ante la RFEDA, basada en el Reglamento de Homologaciones de Estructuras de Seguridad de la RFEDA. 13) CASCOS Medidas de seguridad para los participantes Es obligatorio el uso de un casco y un sistema de retención frontal de la cabeza en las siguientes condiciones. Casco Debe ser conforme al Anexo L del CDI (Capitulo III. Equipamiento de los pilotos). Además de los cascos de la Lista Técnica nº 41, se podrá usar un casco de la siguiente lista al que se deben instalar los pines para el uso del sistema de retención frontal de la cabeza obligatorio: Cascos compatibles con el sistema de retención frontal de la cabeza según la norma Snell M2005 y Snell 2010 NOMBRE DEL MODELO FABRICANTE HOMOLOGACION Nitro Simpson Snell M 2005 GS3 MX Simpson Snell M 2005 Moto 7R Bell Snell M 2005 SC X Bell Snell M 2005 V1 Fox Snell M 2005 V2 Fox Snell M 2005 V3 Fox Snell M 2005 MOTO8 Bell Snell M 2010 MX1 Bell Snell M 2010 SPXN HJC Snell M 2010 CLX6 HJC Snell M 2010 MX2 Bell Snell M 2010 Página 5 de 6

97 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO VEHÍCULOS CAR CROSS La validez de los cascos de las normas Snell M 2005 y 2010 se extiende de acuerdo a lo siguiente: - Snell M 2005: validos hasta el Snell M 2010: validos hasta el Sistema de retención frontal de la cabeza Debe ser conforme al Anexo L del CDI (Capitulo III. Equipamiento de los pilotos). Para la instalación de los pines del sistema de retención frontal de la cabeza de los cascos permitidos en la lista anterior, la RFEDA ha llegado a un acuerdo con la Empresa Stand 21, que será la única autorizada para instalarlos. Los interesados deberán ponerse en contacto con el Departamento Técnico de la RFEDA que dará las instrucciones al respecto. Vestimenta: Mono ignífugo, calzado, sotocasco, guantes, calcetines, ropa interior con homologación FIA en vigor. En caso de inclemencias meteorológicas, se podrá utilizar un mono de agua tipo de los utilizados en karting, encima del mono ignifugo. Página 6 de 6

98 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO JUNIOR CAR CROSS 1) MOTOR 2) TRANSMISIÓN 3) CHASIS Y CARROCERÍA 4) PROTECCIÓN DEL PILOTO CONTRA INCENDIOS Y QUEMADURAS 5) PROTECCIONES LATERALES 6) PARABRISAS Y ABERTURAS LATERALES 7) PESO 8) SUSPENSIONES 9) DIRECCIÓN 10) DEPÓSITOS DE COMBUSTIBLE, ACEITE Y AGUA DE REFRIGERACIÓN 11) RUEDAS Y NEUMÁTICOS 12) ASIENTO Página 1 de 7

99 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO JUNIOR CAR CROSS Definiciones Los vehículos Car Cross, son monoplazas de motor trasero construidos según el Reglamento Técnico a continuación. Están prohibidos los 4 RM y los motores sobre alimentados. El puesto de conducción estará equipado con los mismos mandos habituales de un automóvil. 1) MOTOR Este Reglamento está redactado en términos restrictivos por lo cual, todo lo que no está expresamente permitido, está prohibido. Para la temporada en curso, la versión de motor más moderna admitida será la que tenga, al menos, dos años de antigüedad. El concursante deberá estar en posesión del manual de taller original del fabricante del motor Modificaciones autorizadas El motor deberá ser de estricta serie (de origen) con una cilindrada máxima de hasta 600cc con caja de cambios de serie. No se permite modificación alguna y estará sujeto a las condiciones siguientes: Toda mecanización que implique: aligerado, limado, pulido, equilibrado o cualquier clase de tratamiento físico, químico o mecánico sobre cualquier elemento del motor está prohibido. También está prohibida la adición o eliminación de cualquier pieza constitutiva del motor y/o caja de cambio Sistema electrónico de control del motor (E.C.U.). Las centralitas deben permanecer ESTRICTAMENTE DE SERIE. El número de canales de sensores y actuadores de la ECU, deben ser los originales. La RFEDA establece un sistema de igualación de motores basado en la limitación de las prestaciones de los mismos con un sistema único e igual para todos los participantes. Motor marca SUZUKI, modelo de la moto de procedencia GSX R600 (600 cc) y especificaciones K7. El motor instalado en el vehículo deberá ser conforme a su correspondiente ficha de homologación, que será emitida por la RFEdeA. Asimismo, estarán permitidas las modificaciones de los siguientes artículos. Método de limitación de la potencia mediante cartografía única de la ECU suministrada por SILVERCAR PROTOTIPOS bajo las condiciones siguientes. CONDICIONES GENERALES SOBRE LA GESTIÓN DE CENTRALITAS EN LAS COMPETICIONES PUNTUABLES Todo competidor inscrito en la categoría Junior Car Cross estará obligado a cumplir las siguientes condiciones. La centralita de los motores, así como la cartografía oficial desarrollada por la RFEDA será suministrada oficialmente, y en exclusiva, por la empresa SILVER CAR PROTOTIPOS, S.L. La citada empresa suministrará la centralita de origen de los motores marca SUZUKI modelo GSX R600 y especificaciones K7, así como la cartografía desarrollada para tal efecto, por un precio total de 490,91 euros (más IVA) por cada unidad. Asimismo, SILVER CAR ofrece un precio especial de 330,58 euros (más IVA) a todos aquellos participantes que hagan entrega de una centralita original SUZUKI GSX R600 o SUZUKI GSX R 750 en buen estado de funcionamiento. Aquellos competidores que participen en una única prueba del Campeonato deberán entregar una centralita de acuerdo a las especificaciones siguientes al suministrador SILVER CAR PROTOTIPOS, S.L., que cargará la cartografía única en la mencionada centralita. El precio que el interesado deberá abonar al suministrador por este servicio será de 165 euros (más IVA) (50% de descuento respecto al precio establecido anteriormente). Las centralitas admitidas serán las siguientes: Referencia Suzuki GSX R H H H H H40 Adicionalmente, serán admitidas las siguientes centralitas: Referencia Suzuki GSX R H00 Página 2 de 7

100 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO JUNIOR CAR CROSS H H H H40 El incumplimiento de alguno de los puntos de la presente normativa podrá suponer la exclusión de la competición por parte de los Comisarios Deportivos. Gestión de las centralitas previamente al inicio de la competición. Los nuevos competidores deberán haber solicitado en tiempo y forma una centralita al suministrador oficial, SILVERCAR PROTOTIPOS, que será reprogramada por este y enviada a la RFEDA con la antelación suficiente. Gestión de las centralitas durante la competición. 1. La RFEDA llevará a cada prueba las centralitas aportadas por los participantes. Estas estarán custodiadas por la RFEdeA desde la prueba anterior o, si es nueva, aportada por la RFEDA tras el envío de la misma por parte del suministrador oficial. En cualquier caso, a discreción de la RFEDA, podrá enviarse cualquier centralita al suministrador oficial para que sean comprobadas y, en su caso, reprogramadas con la cartografía oficial. 2. Previamente al inicio de la actividad en pista, los competidores serán convocados conjuntamente, de acuerdo al Programa Horario de la prueba u otro sistema de comunicación, para realizar el sorteo de las centralitas. Durante la competición, a criterio del Delegado Técnico, podrán realizarse otros sorteos de centralitas. 3. A continuación, serán instaladas en cada vehículo, con la supervisión del Delegado Técnico, y precintadas de nuevo para impedir el acceso a la cartografía de la misma, o continuarán en custodia de la RFEDA y las centralitas serán entregadas a los participantes en la pre parrilla de salida antes de la actividad correspondiente en pista, para que un miembro de cada equipo la instale, bajo la supervisión del Delegado Tecnico o persona autorizada por el mismo, y una vez el vehículo abandone la pista y antes que el vehículo llegue a la zona de asistencia, el competidor deberá devolver la centralita a los Comisarios Técnicos, bajo penalización de descalificación a criterio de los Comisarios Deportivos. 4. La manipulación de la centralita, así como el intento de acceso a la misma, estará prohibida durante toda la duración de la competición. Se prohíbe acceder a la centralita a través de la toma de diagnosis, que será precintada por el Delegado Técnico, así como cualquier otro conector que este estime oportuno. 5. La instalación eléctrica de los vehículos deberá ser visible en todo momento no estando ningún cable de la misma en una posición que dificulte la correcta visión del esquema eléctrico. 6. El competidor será el responsable del perfecto funcionamiento de la centralita, así como de su estado de conservación teniendo que informar en tiempo y forma de cualquier incidencia que pudiera ocurrir. 7. La RFEDA, durante el transcurso de la competición y a su exclusivo criterio, podrá sustituir la centralita de cualquiera de los participantes por una de sustitución que contenga la cartografía oficial desarrollada para esta categoría por la RFEDA.. Gestión de las centralitas posteriormente a la competición. 1. El Delegado Técnico de la RFEDA procederá a desprecintar el acceso a las centralitas para permitir su desmontaje. 2. Finalmente, las centralitas serán entregadas a la RFEDA, que las mantendrá en custodia hasta el próximo evento, donde se procederá según lo indicado anteriormente. 3. Únicamente en el caso de los competidores que hagan una sola prueba, la centralita será enviada de nuevo a SILVER CAR PROTOTIPOS, SL, que cargará la cartografía de origen y devolverá la centralita al participante. 4. Si el piloto participa en una segunda prueba durante esta temporada, deberá volver a entregar la centralita al suministrador para cargar la cartografía y deberá abonar 165 euros (más IVA) para completar el precio establecido por reglamento. En este caso la centralita quedará en custodia de la RFEDA hasta la finalización del Campeonato de acuerdo al Reglamento Técnico de Júnior Car cross Todos los periféricos del motor (sensores, alternador, motor de arranque, caja de admisión, trompetas, etc.) deberán ser de estricta serie (de origen) y no se permite modificación alguna, todos deben funcionar correctamente y no se permite su anulación o desactivación. Únicamente se pueden eliminar los cables, sensores y/o actuadores que no envíen información a la centralita (salvo los sistemas anti polución y mariposas de escape) y que tengan funciones no utilizadas de la instalación eléctrica original (faros, intermitentes, bocina, piñas de conmutadores, sensor de pata de cabra y similares), se puede modificar el cableado eléctrico en lo que se refiere a la longitud de los cables, Página 3 de 7

101 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO JUNIOR CAR CROSS pero NO en cuanto a su sección y/o funciones. Se puede sustituir el conmutador de arranque original por otro, y la llave de contacto por el cortacorriente La marca y grado térmico de las bujías es libre, pero la longitud de su parte roscada en la culata debe permanecer de origen Se permite la sustitución de los discos de fricción de embrague, manteniendo su número. Los muelles de embrague deben ser estrictamente los originales. Se permite suprimir los aros del diafragma El colector de escape debe ser de estricta serie, como mínimo, hasta el tramo en que se convierte en un solo tubo. La línea de escape es libre desde el final del colector, según se indica en el párrafo anterior, hasta la salida de escape, la cual debe ser conforme al siguiente párrafo. La salida del escape será por la parte trasera del vehículo y estará situada a un máximo de 800 mm y un mínimo de 100 mm respecto al suelo. Se debe evitar que los gases de escape puedan perjudicar al piloto del vehículo situado detrás. Ningún elemento del escape sobrepasará el perímetro de la estructura del chasis, ni de la carrocería vistos desde arriba Cuando se suelta el pedal del acelerador, el sistema de control de las mariposas de admisión debe cerrar estas "totalmente" en todo momento Se autoriza el montaje de un radiador de aceite cuando el motor no lo tenga de origen o sustituirlo por otro en caso de tenerlo, siempre que NO se modifique el motor con su instalación, sólo se permite adaptar los racores o conductos de entrada y salida del aceite. Deberá respetar toda la normativa sobre radiadores y conducciones del presente reglamento. Se permite tabicar el cárter de aceite, así como instalar juntas que favorezcan la lubricación del motor El vehículo deberá estar equipado con una batería sólidamente fijada y protegida. Si se sitúa en el interior del habitáculo debe estar recubierta por una protección aislante y estanca Los sistemas de corte de encendido (Cut off y/o similares) automático para cambiar de marcha están prohibidos Se permite la instalación de una bomba de gasolina eléctrica que sustituya a la original de la moto de la que procede el motor siempre que respete toda la normativa que le sea de aplicación del presente reglamento. El regulador de presión de gasolina original puede ser sustituido por otro regulable manualmente Combustible El combustible utilizado debe ser conforme al Art del Anexo J al C.D.I. 2) TRANSMISIÓN 2.1. La caja de cambios y el embrague serán los de origen del motor sin modificación alguna. Sólo se permite el accionamiento de las marchas con una palanca manual con esquema secuencial. Se permite cambiar el sistema de accionamiento del embrague, mecánico por otro hidráulico o viceversa La relación final (piñón corona) es libre. Se recomienda montar un protector de cadena eficaz Se prohíbe el uso de diferenciales, así como control de tracción. 3) CHASIS Y CARROCERÍA 3.1. Todos los vehículos construidos a partir del 1/01/2010, deben tener su estructura diseñada para permitir el anclaje de los cinturones arnés de acuerdo a las especificaciones necesarias para el uso del sistema de retención para la cabeza (HANS) por parte del piloto, así como para poder ser equipados con asientos homologados FIA. Además, deberán tener una homologación de la RFEDA, basada en el Reglamento de Homologaciones de Estructuras de Seguridad de la RFEDA. El competidor deberá estar en posesión de la documentación necesaria que acredite la homologación por parte de la R.F.E. de A. de su vehículo. A partir del se deberá presentar, bajo petición de los Comisarios Técnicos, una copia original de la homologación expedida por la RFEDA Las dimensiones máximas de los vehículos, incluida la carrocería, serán las siguientes: Longitud: 2600 mm. Sin contar las faldillas. Anchura: 1600 mm. Sin contar las faldillas. Página 4 de 7

102 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO JUNIOR CAR CROSS Altura: 1400 mm. Sin contar la altura del número El chasis del vehículo estará constituido por una estructura tubular que acoja los elementos mecánicos y proporcione al piloto la protección necesaria en caso de vuelco o accidente. Este chasis debe ser homologado por el Departamento Técnico de la RFEDA según el Reglamento de Homologación específico La carrocería debe ser rígida, de material duro y opaca, presentar una terminación irreprochable y no tener carácter provisional, debiendo estar firmemente sujeta al chasis mediante un mínimo de 4 anclajes, dos en la parte delantera y dos en la trasera situados en lugares de difícil contacto con la tierra, protegidos de posibles golpes con otros vehículos. No podrá presentar ningún ángulo vivo, bordes cortantes o partes puntiagudas. Los ángulos y esquinas deben estar redondeados. La carrocería, debe proteger de las proyecciones de piedras y otros objetos, tanto la parte frontal como laterales del vehículo. La altura de esta carrocería será, como mínimo, de 420 mm medidos desde el plano donde se ancla el asiento del piloto en el chasis hasta la parte superior. Visto el vehículo desde arriba todos los elementos mecánicos necesarios para la propulsión (motor, transmisión) deben estar cubiertos por la carrocería. Los paneles utilizados no podrán tener un espesor superior a 10 mm. Es obligatoria la instalación de un techo rígido y metálico sobre el piloto. Esta estructura se aconseja que sea formada mediante la adición de una chapa de acero de 1,5 mm soldada a dicha estructura de seguridad por un mínimo de 20 soldaduras de una longitud mínima de 20 mm cada una. Se prohíbe taladrar los tubos de la estructura de seguridad. La carrocería podrá terminar también en la parte superior Los radiadores de agua NO podrán sobresalir del perímetro del chasis o de la carrocería y estarán situados por detrás del habitáculo del piloto, sin que puedan estar en contacto con él. Los situados fuera del habitáculo del piloto no podrán sobrepasar 450mm del eje longitudinal el vehículo y en todo caso del perímetro de la carrocería. 4) PROTECCIÓN DEL PILOTO CONTRA INCENDIOS Y QUEMADURAS 4.1. Debe colocarse una mampara vertical solidaria al suelo del vehículo y a los montantes del arco central, que se extenderá a toda la anchura de dichos montantes y su arista superior estará a la altura del tubo superior del arco principal. Deberá asegurar la estanqueidad del habitáculo respecto al compartimento motor Es obligatorio la instalación de deflectores, paneles o mamparas que protejan eficazmente al piloto de quemaduras producidas por cualquier órgano mecánico (radiadores, conducciones, tapones de relleno, botes de expansión, etc.) o por cualquier fluido del motor Es obligatorio el montaje de luces traseras anti polvo situadas a una altura mínima de 700 mm respecto al suelo. Deberán ser de color rojo situada en la parte posterior, interior o exterior, del vehículo, del tipo antiniebla con una superficie mínima de 60 cm 2, una lámpara de un mínimo de 21 W y montada sobre el eje longitudinal del vehículo, debiendo funcionar permanentemente desde la puesta en marcha del vehículo. Estará prohibido cualquier dispositivo que la desconecte. 5) PROTECCIONES LATERALES Estarán formadas por una estructura en tubo de acero con unas dimensiones mínimas de 30 mm x 2 mm ancladas al chasis con tornillos mínimo de 8 mm de espesor y un mínimo de 3 puntos de anclaje, situándose a ambos lados del vehículo, a la altura del eje de las ruedas, y ocupando, al menos, el 60% de la batalla. Estas estructuras se extenderán hacia el exterior, como máximo, hasta la línea imaginaria que une las entre las superficies externas de las ruedas de un mismo lado. 6) PARABRISAS Y ABERTURAS LATERALES 6.1. El parabrisas formado por vidrio laminado o policarbonato de un espesor mínimo de 5 mm podrá ser sustituido por una red metálica unida al vehículo de manera segura y fija, que recubra toda su abertura. El paso de la malla estará comprendido entre 10 mm x 10 mm y 25 mm x 2 mm, siendo el diámetro mínimo del hilo con el que se ha tejido la red de 1 mm. La malla en todo su perímetro deberá estar soldada a un hilo con un diámetro mínimo de 5 mm Las aberturas laterales estarán cubiertas por una red metálica, fijada de forma segura al vehículo, deberán tener un cierre de hebilla o similar. Las redes metálicas tendrán las mismas características que las utilizadas para el parabrisas Página 5 de 7

103 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO JUNIOR CAR CROSS y además deberán de ser suficientemente seguras según el criterio del Delegado Técnico del Campeonato de España de Autocross. 7) PESO En ningún momento de la prueba el peso mínimo del vehículo podrá ser inferior 360 kg con piloto, sin combustible, sin agua en el pulverizador (quitar) y en orden de marcha. El uso de lastres está permitido, siempre que sea declarado previamente a la prueba y precintado adecuadamente por los Comisarios Técnicos. Se permitirá una tolerancia total máxima en conformidad con el art de las PCCCTCE. 8) SUSPENSIONES 8.1. Los ejes estarán suspendidos, no estando permitido el montaje de topes rígidos entre los ejes y cualquier parte del chasis. No se permite el montaje de barras estabilizadoras Los amortiguadores deben tener un máximo de 1 vía hidráulica de reglaje, sin depósito de aceite separado del cuerpo del amortiguador. Los resortes son libres, así como sus plataformas de regulación. Se prohíbe interconectar hidráulicamente los amortiguadores entre sí. 9) DIRECCIÓN 9.1. El sistema de dirección es libre, actuando únicamente sobre las ruedas delanteras. Los sistemas por cadenas, cables o hidráulicos están prohibidos Es obligatorio usar un sistema de extracción del volante del tipo SPA. 10) DEPÓSITOS DE COMBUSTIBLE, ACEITE Y AGUA DE REFRIGERACIÓN Todos los depósitos deben estar situados detrás del piloto y protegidos adecuadamente con el fin de evitar que, en caso de fuga o rotura del depósito, el líquido no pase al compartimento del piloto. Esto se aplica igualmente a los depósitos de combustible, con relación al compartimento del motor y al sistema de escape. La boca de llenado de combustible debe ser estanca y no sobresalir de la carrocería. El depósito del agua de refrigeración ha de tener un tapón equipado con una válvula de sobrepresión El depósito de combustible ha de ser metálico y debe estar situado detrás del asiento. Debe estar montado en una situación suficientemente protegida y firmemente anclado al vehículo. No puede estar en el compartimiento del piloto, y debe estar separado de él por un panel antifuego, cuya arista superior estará a la altura del tubo superior del arco principal y que deberá asegurar la estanqueidad del habitáculo respecto al compartimento motor. El depósito de combustible debe estar instalado, al menos, a 300 mm de la culata y del sistema de escape, salvo si está separado de estos por un panel estanco e ignífugo o por un panel ignífugo más un aislamiento térmico que recubra todo el depósito Las conducciones de gasolina deben estar debidamente protegidas contra el fuego La capacidad máxima del depósito de combustible es de 10 litros. 11) RUEDAS Y NEUMÁTICOS El diámetro máximo de la llanta es de 10 y su anchura máxima es de Se autorizan los neumáticos de tacos específicamente fabricados para estos vehículos Se permite la instalación en las ruedas traseras de tapacubos del mismo material que los faldones, fijados por la parte interior a la llanta de forma firme y segura mediante tornillos Es obligatoria la instalación de faldillas de 2 o 3 mm de espesor, en posición transversal y de una altura máxima respecto al suelo de 50 mm cuando el vehículo se encuentre detenido, sin nadie a bordo. Se deben instalar detrás de todas las ruedas y estar compuestas de un panel de Polietileno de una anchura máxima igual a la anchura de la rueda completa más 50 mm. 12) ASIENTO SEGURIDAD Medidas de seguridad para los vehículos Los vehículos deberán llevar instalados los siguientes elementos de seguridad para el vehículo. Asientos de competición Página 6 de 7

104 ANEXO 9 REGLAMENTO TÉCNICO JUNIOR CAR CROSS Todos los vehículos deberán montar un asiento de competición homologado FIA de acuerdo a la norma establecida en el Art del Anexo J al CDI. Arneses Todos los vehículos deberán montar un arnés de competición homologado FIA de acuerdo a la norma establecida en el Art del Anexo J al CDI. Estructura de seguridad Todos los vehículos deberán tener una estructura de seguridad homologada ante la RFEDA, basada en el Reglamento de Homologaciones de Estructuras de Seguridad de la RFEDA. 13) CASCOS Medidas de seguridad para los participantes Es obligatorio el uso de un casco y un sistema de retención frontal de la cabeza en las siguientes condiciones. Casco Debe ser conforme al Anexo L del CDI (Capitulo III. Equipamiento de los pilotos). Además de los cascos de la Lista Técnica nº 41, se podrá usar un casco de la siguiente lista al que se deben instalar los pines para el uso del sistema de retención frontal de la cabeza obligatorio: Cascos compatibles con el sistema de retención frontal de la cabeza según la norma Snell M2005 y Snell 2010 NOMBRE DEL MODELO FABRICANTE HOMOLOGACION Nitro Simpson Snell M 2005 GS3 MX Simpson Snell M 2005 Moto 7R Bell Snell M 2005 SC X Bell Snell M 2005 V1 Fox Snell M 2005 V2 Fox Snell M 2005 V3 Fox Snell M 2005 MOTO8 Bell Snell M 2010 MX1 Bell Snell M 2010 SPXN HJC Snell M 2010 CLX6 HJC Snell M 2010 MX2 Bell Snell M 2010 La validez de los cascos de las normas Snell M 2005 y 2010 se extiende de acuerdo a lo siguiente: - Snell M 2005: validos hasta el Snell M 2010: validos hasta el Sistema de retención frontal de la cabeza Debe ser conforme al Anexo L del CDI (Capitulo III. Equipamiento de los pilotos). Para la instalación de los pines del sistema de retención frontal de la cabeza de los cascos permitidos en la lista anterior, la RFEDA ha llegado a un acuerdo con la Empresa Stand 21, que será la única autorizada para instalarlos. Los interesados deberán ponerse en contacto con el Departamento Técnico de la RFEDA que dará las instrucciones al respecto. Página 7 de 7

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