DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
|
|
- Ángel Carmona Redondo
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 MERCOSUR/CCM/DIR Nº 3/97 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº2/97 del Comité Técnico Nº 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías. La necesidad de dar curso a los Dictamenes de Clasificación Arancelaria emanados del Comité Técnico Nº 1, de forma de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Dec CMC Nº 26/94. Que el Comité Técnico Nº 1, mediante Rec Nº2/97 ha sometido a la aprobación de la Comisión de Comercio un grupo de dictamenes de clasificación. LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA: Art. 1 - Aprobar los dictamenes clasificatorios Nos. 01/97 a 13/97 que figuran como Anexo y forman parte de la presente Directiva. Art. 2 - La presente Directiva entrará en vigencia el 1/VII/97. XX CCM - Asunción, 23/IV/97 1
2 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 1/97 DEL COMITÉ TÉCNICO N 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y la Resolución Clasificatoria N 2397/96 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería denominada: Tejidos de trama y urdimbre 100% filamentos de poliamida, teñidos, recubiertos en una de sus caras con policloruro de vinilo (PVC), perceptible a simple vista, susceptibles de enrrollarse a mano, sin agrietarse, en un cilindro de 7 mm de diámetro a una temperatura comprendida entre 15º C y 30º C. sin que se produjeran observaciones discrepantes dentro del plazo establecido en el numeral 3 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Tejido de trama y urdimbre de poliamida, recubierto en una de sus caras con policloruro de vinilo (PVC) perceptible a simple vista, susceptible de enrrollarse a mano, sin agrietarse, en un cilindro de 7 mm de diámetro a una temperatura comprendida entre 15º C y 30º C. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (Notas Legales 1 y 2a) del Capítulo 59 y texto de la partida 59.03) y la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ), la mercadería en estudio clasifica en el item de la N.C.M. aprobada por la Resolución G.M.C. N 36/95. ARTÍCULO 1 - Clasificar en el item de la N.C.M. a la mercadería 2
3 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 2/97 DEL COMITÉ TÉCNICO N 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y la Resolución Clasificatoria N 2802/96 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería denominada: Colchón neumático de plástico, recubierto en una de sus caras y en la parte lateral con tundiznos, que otorgan a dichas superficies una terminación aterciopelada. sin que se produjeran observaciones discrepantes dentro del plazo establecido en el numeral 3 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Colchón neumático de plástico, recubierto en una de sus caras y en la parte lateral con tundiznos que otorgan a dichas superficies una terminación aterciopelada. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (Nota Legal 10 del Capítulo 39 y texto de la partida 39.26), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio clasifica en el ítem de la N.C.M. aprobada por la Resolución GMC Nº 36/95. ARTÍCULO 1º - Clasificar en el item de la N.C.M. a la mercadería 3
4 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 3/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y la Resolución Clasificatoria N 2804/96 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería denominada: Colchón neumático de plástico, recubierto en una de sus caras con tundiznos, que otorgan a dicha superficie una terminación aterciopelada. sin que se produjeran observaciones discrepantes dentro del plazo establecido en el numeral 3 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Colchón neumático de plástico, recubierto en una de sus caras con tundiznos que otorgan a dicha superficie una terminación aterciopelada. II. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (Nota Legal 10 del Capítulo 39 y texto de la partida 39.26), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio clasifica en el item de la N.C.M. aprobada por la Resolución GMC Nº 36/95. ARTÍCULO 1 - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería 4
5 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 4/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y la Resolución Clasificatoria N 2965/96 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería denominada: Granos de maíz dulce (Zea mays var. saccharata), color amarillo recubiertos por sustancias fungicidas (captan y thiram) que los hacen no aptos para el consumo humano o animal. sin que se produjeran observaciones discrepantes dentro del plazo establecido en el numeral 3 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Granos de maíz dulce (Zea mays var. saccharata), de color amarillo, recubiertos con sustancias fungicidas que los hacen impropios para el consumo humano o animal. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (Nota Legal 2 del Capítulo 7, Nota Legal 2 del Capítulo 10 y texto de la partida 07.09), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ), la mercadería en estudio clasifica en el item de la N.C.M. aprobada por la Resolución GMC Nº 36/95. EL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DICTAMINA: ARTÍCULO 1º - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería 5
6 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 5/97 DEL COMITÉ TÉCNICO N 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y la Resolución Clasificatoria N 3221/96 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería denominada: Colchoneta neumática, confeccionada con tejido de trama y urdimbre, 100% fibras de rayón, recubierto, en la cara interna, por materia plástica, apta para acampar. sin que se produjeran observaciones discrepantes dentro del plazo establecido en el numeral 3 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Colchoneta neumática confeccionada con tejido de trama y urdimbre, de rayón, con un recubrimiento plástico en su cara interna, apta para acampar. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (texto de la partida 63.06) y la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida a un guión sin codificar colchones neumáticos: y texto de la subpartida ), la mercadería en estudio clasifica en el item de la N.C.M. aprobada por la Resolución GMC Nº 36/95. EL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DICTAMINA: ARTÍCULO 1º - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería 6
7 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 6/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y la Resolución Clasificatoria N 3269/96 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería denominada: Colchoneta neumática de plástico, con base, dos tubos perimetrales superpuestos y una cara intermedia recubierta con tundiznos, que otorgan a dicha superficie una terminación aterciopelada. sin que se produjeran observaciones discrepantes dentro del plazo establecido en el numeral 3 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Colchoneta neumática de plástico, compuesta por: base, dos tubos perimetrales superpuestos y una cara intermedia recubierta con tundiznos que otorgan a dicha superficie una terminación aterciopelada. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (Nota Legal 10 del Capítulo 39 y texto de la partida 39.26), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio clasifica en el item de la N.C.M. aprobada por la Resolución GMC Nº 36/95. ARTÍCULO 1 - Clasificar en el item de la N.C.M. a la mercadería 7
8 DICTÁMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 7/97 DEL COMITÉ TÉCNICO N 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y la Resolución Clasificatoria N 3272/96 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería denominada: Sal sódica del ácido poliacrilamídico presentada en polvo, soluble en agua, con el agregado de cera parafínica y sustancias inorgánicas como aditivos, apta para utilizarse como floculante. sin que se produjeran observaciones discrepantes dentro del plazo establecido en el numeral 3 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Sal sódica del ácido poliacrilamídico presentada en polvo, soluble en agua, con cera parafínica y sustancias inorgánicas como aditivos. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 ( Notas Legales 3c) y 6b) del Capítulo 39 y texto de la partida 39.06), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (Nota Legal de subpartida 1a) 4º) del Capítulo 39 y texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio clasifica en el ítem de la N.C.M. aprobada por la Resolución GMC Nº 36/95. ARTÍCULO 1º - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería 8
9 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 8/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y el Acta 1/97 punto 2 del Departamento de Visturía de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, relativa a la mercadería denominada: Conjunto de estanterías metálicas, con sistema de encastre, estructuras metálicas para segundo nivel y soporte para fijación de estanterías. habiendo consenso de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Estructura de acero en dos niveles compuesta por una plataforma que constituye el nivel superior, escaleras y un conjunto de estanterías con sus correspondientes soportes de fijación. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (texto de la partida 73.08), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio clasifica en el item de la N.C.M. aprobada por la Resolución G.M.C. N 36/95. ARTÍCULO 1º - Clasificar en el item de la N.C.M. a la mercadería 9
10 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 9/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y el Acta 1/97 punto 3 del Departamento de Visturía de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, relativa a la mercadería denominada: Mermelada dietética de ciruela, de damasco, de kiwi, de frambuesa, de naranja, de durazno, de frutilla y de membrillo, de 390 gramos. habiendo consenso de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que las mercaderías a clasificar se tratan de: 1) Mermeladas de ciruela, damasco, kiwi, frambuesa, durazno, frutilla y membrillo, presentadas en envases de 390 g. 2) Mermelada de naranja presentada en envase de 390 g. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 ( texto de la partida 20.07), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (Nota Legal 2 de subpartida del Capítulo 20, texto de la subpartida a un guión sin codificar Los demás: y texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio, definida en el Considerando II 1), clasifica en el item , y que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 ( texto de la partida 20.07) y la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (Nota Legal 2 de subpartida del Capítulo 20, texto de la subpartida a un guión sin codificar Los demás: y texto de la subpartida ), la mercadería en estudio, definida en el Considerando II 2), clasifica en el item ; ambos item de la N.C.M. aprobada por la Resolución G.M.C. N 36/95. ARTÍCULO 1.- Clasificar en el item de la N.C.M. a la mercadería definida en el Considerando II 1). ARTÍCULO 2.- Clasificar en el item de la N.C.M. a la mercadería definida en el Considerando II 2). 10
11 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 10/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y el Acta 1/97 punto 5 del Departamento de Visturía de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, relativa a la mercadería denominada: Mesa para planchar, de metal. habiendo consenso de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Mesa para planchar, de metal. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (Nota Legal 2 del Capítulo 94 y texto de la partida 94.03) y la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ), la mercadería en estudio clasifica en el ítem de la N.C.M. aprobada por la Resolución G.M.C. N 36/95. EL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DICTAMINA: ARTÍCULO 1º - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería 11
12 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 11/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y el Acta 1/97 punto 6 del Departamento de Visturía de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, relativa a la mercadería denominada: Maíz ( Pororó ) presentado en envase de papel especial. habiendo consenso de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Maíz en grano, distinto del maíz dulce, con adición de sal y manteca. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (texto de la partida 2008) y la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 ( texto de la subpartida a un guión sin codificar Frutos de cáscara, maníes(cachuates, cacahuetes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí: y texto de la subpartida ), la mercadería en estudio clasifica en el ítem de la N.C.M. aprobada por la Resolución G.M.C. N 36/95. ARTÍCULO 1º - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería 12
13 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 12/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y el Acta 1/97 punto 7 del Departamento de Visturía de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, relativa a la mercadería denominada: 1) Teléfono con teclas, modelo Euroset 832, con contestador digital de comunicaciones. 2) Teléfono con teclas, modelo Euroset 812. habiendo consenso de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que las mercaderías a clasificar se tratan de: 1) Teléfono con contestador automático formando un solo cuerpo. 2) Teléfono,sin combinar con otros aparatos. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 ( texto de la partida 85.17), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida a un guión sin codificar Teléfonos; videófonos: y texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio, definida en el Considerando II 1), clasifica en el item , y que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (texto de la partida 85.17), la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida a un guión sin codificar Teléfonos; videófonos: y texto de la subpartida ) y la Regla General Complementaria, la mercadería en estudio, definida en el Considerando II 2), clasifica en el item ; ambos ítem de la N.C.M. aprobada por la Resolución G.M.C. N 36/95. EL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DICTAMINA: ARTÍCULO 1º - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería definida en el Considerando II 1). ARTÍCULO 2º - Clasificar en el ítem de la N.C.M. a la mercadería definida en el Considerando II 2). 13
14 DICTAMEN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 13/97 DEL COMITÉ TÉCNICO Nº 1 DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR VISTO: la Decisión N 26/94 del CONSEJO MERCADO COMÚN y el Acta 1/97 punto 8 del Departamento de Visturía de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, relativa a la mercadería denominada:bandejas de plástico ( de poliestireno ) utilizado para el envasado de comestibles y no para el servicio de mesa o de cocina. habiendo consenso de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del Anexo de la Decisión N 26/94. II. Que la mercadería a clasificar se trata de: Bandeja de plástico para el envasado de productos comestibles. Que por aplicación de la Regla General para la Interpretación del S.A. 1 (texto de la partida 39.23) y la Regla General para la Interpretación del S.A. 6 (texto de la subpartida ), la mercadería en estudio clasifica en el ítem de la N.C.M. aprobada por la Resolución G.M.C. N 36/95. ARTÍCULO 1º - Clasificar en el item de la N.C.M. a la mercadería 14
DICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 20/97 a 28/97
MERCOSUR/CCM/DIR Nº 13/97 DICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 20/97 a 28/97 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 15/99 a 25/99
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 9/99 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 15/99 a 25/99 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detalles"Dictámenes" de Clasificación Arancelaria
MERCOSUR/CCM/DIR N 9/96 "Dictámenes" de Clasificación Arancelaria VISTO: el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación N 06/96 del Comité Técnico N 1
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
MERCOSUR/CCM/ DIR. Nº 05/99 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 3/99
Más detallesDICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 29/97 a 37/97
MERCOSUR/CCM/DIR Nº 14/97 DICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 29/97 a 37/97 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº12/98 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 16/98
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 6/99 y 7/99
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 7/99 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 6/99 y 7/99 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 26/99 al N 38/99
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 16/99 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 26/99 al N 38/99 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
/CCM/DIR Nº 17/95 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA VISTO : Las Decisiones Nº 9/94 y 26/94 del Consejo del Mercado Común, las Directivas Nº 6 y Nº 16/95 de la Comisión de Comercio del y las Recomendaciones
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 58/97 a 60/97 y 1/98
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 5/98 DICTÁMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 58/97 a 60/97 y 1/98 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y
Más detallesDICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA
MERCOSUR\CCM\DIR Nº 1/96 DICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA VISTO: El Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 2/96 del Comité Técnico Nº1
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 019/00 al N 034/00
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 09/00 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 019/00 al N 034/00 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
MERCOSUR/CCM/ DIR. Nº 04/99 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 5/99
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 83 AL 125/96
MERCOSUR/CCM/DIR Nº 1/97 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº 83 AL 125/96 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común, y la Recomendación
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº. 14/97 a 19/97
MERCOSUR/CCM/DIR Nº 6/97 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Nº. 14/97 a 19/97 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detallesCAPITULO 20 PREPARACIONES DE HORTALIZAS, FRUTAS U OTROS FRUTOS O DEMAS PARTES DE PLANTAS
CAPITULO 20 PREPARACIONES DE HORTALIZAS, FRUTAS U OTROS FRUTOS O DEMAS PARTES DE PLANTAS NOTAS. 1. Este Capítulo no comprende: a) las hortalizas y frutas u otros frutos, preparados o conservados por los
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 001/00 al N 007/00
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 07/00 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 001/00 al N 007/00 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la
Más detallesCapítulo 20. Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) las hortalizas (incluso «silvestres») y frutas u otros frutos preparados
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 008/00 al N 018/00
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 08/00 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 008/00 al N 018/00 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la
Más detallesClasificación de Mercancías en el Comercio Internacional
Área Comercio Internacional Clasificación de Mercancías en el Comercio Internacional Autor / Director: Nicolás Pranteda Editorial: La Ley - Argentina Creación / Edición: 2002 Cantidad de páginas: 336 ISBN:950-527-688-5
Más detallesEL SISTEMA ARMONIZADO (SA) PARA LA CLASIFICACIÓN DE LA MERCADERÍA.
EL SISTEMA ARMONIZADO (SA) PARA LA CLASIFICACIÓN DE LA MERCADERÍA. Dirección Nacional de Aduanas Colonia, setiembre 2015 Docentes: Ing. Daniel Cardozo, Sra. Laura Diz y Sr. Eduardo Lombardo. Es un lenguaje
Más detallesDICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 45/97 a 57/97
MERCOSUR/CCM/ DIR Nº18/97 DICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 45/97 a 57/97 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detallesEl Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc..
ESTABLECIMIENDO DE DERECHOS DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN ARTICULO 1.- Quedan establecidos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4, 9, 17, 52 y 75 inc. 1 de la Constitución Nacional, los Derechos
Más detallesSECRETARÍA DEL MERCOSUR RESOLUCIÓN GMC Nº 26/01 ARTÍCULO 10 FE DE ERRATAS ORIGINAL
MERCOSUR/GMC/RES. N 20/03 MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N º 7/94,
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 39/99 al N 50/99
MERCOSUR/CCM/DIR Nº 2/00 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA N 39/99 al N 50/99 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detallesDICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 38/97 a 44/97
MERCOSUR/CCM/DIR Nº 16/97 DICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA Nº 38/97 a 44/97 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación
Más detallesPROTOCOLO ADICIONAL AL ACE Nº 35 MERCOSUR-CHILE SOBRE PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
MERCOSUR/GMC/RES. N 61/99 PROTOCOLO ADICIONAL AL ACE Nº 35 MERCOSUR-CHILE SOBRE PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el artículo 16 de la
Más detallesPRIMERA RONDA DE NEGOCIACIÓN DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE SERVICIOS
MERCOSUR/CMC/ DEC. Nº 0/00 PRIMERA RONDA DE NEGOCIACIÓN DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE SERVICIOS VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº /97, 9/98 y /98 del
Más detallesA C T A D E L A R E U N I Ó N
XXI REUNIÓN ORDINARIA DEL SGT N 4 COMISIÓN DE SEGUROS Primera reunión de 2006 10 a 12 de mayo Buenos Aires, ARGENTINA A C T A D E L A R E U N I Ó N En la ciudad de Buenos Aires, los días 10, 11 y 12 de
Más detallesCONDICIONES DE ACCESO A MERCADOS EN LOS PAÍSES DE ALADI
CONDICIONES DE ACCESO A MERCADOS EN LOS PAÍSES DE ALADI ARANCELES, PREFERENCIAS Y MEDIDAS NO ARANCELARIAS CURSO OMC/ALADI 3/11/2014 INTRODUCCION ARANCELES DE IMPORTACION GRAVAMENES PARA ARANCELARIOS PREFERENCIAS
Más detallesCapítulo 20. Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) las hortalizas (incluso «silvestres») y frutas u otros frutos preparados
Más detallesPROTOCOLO DE SAN LUIS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EMERGENTE DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR
MERCOSUR/CMC/DEC.Nº 1/96 PROTOCOLO DE SAN LUIS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EMERGENTE DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR VISTO: el Tratado de Asunción y el Protocolo
Más detallesMERCOSUR/GMC/RES Nº 53/96 Estabilidad de productos farmacéuticos VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión 3/94 del
MERCOSUR/GMC/RES Nº 53/96 Estabilidad de productos farmacéuticos VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión 3/94 del Consejo del Mercado Común; las Resoluciones Nº 91/93 y 23/95
Más detallesPreparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) las hortalizas (incluso silvestres ) y frutas u otros frutos preparados o conservados
Más detallesXLIV REUNIÓN ORDINARIA DEL SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 3 REGLAMENTOS TÉCNICOS Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD / COMISIÓN DE ALIMENTOS
MERCOSUR/SGT Nº 3/CA/ACTA Nº 03/11 XLIV REUNIÓN ORDINARIA DEL SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 3 REGLAMENTOS TÉCNICOS Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD / COMISIÓN DE ALIMENTOS Se celebró en la Ciudad de Montevideo,
Más detallesCONSULTAS CCM - RESPUESTA FCCM 02. Dirigida a:
CONSULTAS CCM - NOTA TÉCNICA FCCM 03 CCM Nº LXXXVIII Acta N 07/06 Fecha: 09/10/06 a 11/10/06 CONSULTA N 05/06 Presentada en la LXXXVI CCM BRASIL TEMA DE CONSULTA: Exigencia de Certificación de Producción
Más detallesDecreto Legislativo No. 902, del 14 de diciembre de 2005 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO:
CLÁUSULA DE SALVAGUARDIA PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DEL ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN. Decreto Legislativo No. 902, del 14 de diciembre de 2005 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
Más detallesREGLAMENTO TECNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA MASA PARA ELABORAR QUESO MOZZARELLA
MERCOSUR/GMC/RES Nº 34/96 REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA MASA PARA ELABORAR QUESO MOZZARELLA VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Resolución Nº91/93 y
Más detalles(COMPLEMENTACIÓN DE LA RES. GMC Nº 24/95)
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 05/05 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO / HABILITACIÓN DE EMPRESAS DE PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES, SUS MODIFICACIONES Y BAJAS/CANCELACIONES
Más detallesREGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE ENVASES DE PET MULTICAPA (ÚNICO USO) DESTINADOS AL ENVASADO DE BEBIDAS ANALCOHÓLICAS CARBONATADAS
MERCOSUR/GMC/RES. N 25/99 REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE ENVASES DE PET MULTICAPA (ÚNICO USO) DESTINADOS AL ENVASADO DE BEBIDAS ANALCOHÓLICAS CARBONATADAS VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN DIVERSOS PROGRAMAS DE PROMOCIÓN SECTORIAL (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 02/08/2002) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Más detallesACUERDO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE TURQUÍA
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 29/08 ACUERDO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE TURQUÍA VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto. CONSIDERANDO:
Más detallesSUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA
Año XXXI Número 2350 Lima, 16 de junio de 2014 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN 1697 Criterio Vinculante de Clasificación Arancelaria en la Nomenclatura Común - NANDINA
Más detallesRef. Lista de sustancias colorantes permitidas para productos de higiene personal, cosmeticos y perfumes. Ref. 30/3/2011 (BO 05/04/11)
Disp. ANMAT 2162/11 Ref. Lista de sustancias colorantes permitidas para productos de higiene personal, cosmeticos y perfumes. Ref. 30/3/2011 (BO 05/04/11) VISTO el Expediente Nº 1-2002-15592-10-0 del Registro
Más detallesDICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº10/98 DICTÁMENES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 9/98
Más detallesO.M.C. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio
O.M.C. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio Artículo 2. 2.2. Los Miembros velarán por que no se elaboren, adopten o apliquen reglamentos técnicos que tengan por objeto o efecto crear obstáculos
Más detallesACUERDO DE ADMISIÓN DE TÍTULOS Y GRADOS UNIVERSITARIOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS EN LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR
MERCOSUR/CMC/DEC. N 4/99 ACUERDO DE ADMISIÓN DE TÍTULOS Y GRADOS UNIVERSITARIOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS EN LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo
Más detallesEL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE:
Disp. ANMAT 6433/15 Ref. Reglamento Técnico MERCOSUR sobre listas de sustancias que no pueden ser utilizadas en Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfume. 10/08/2015 (BO 18/08/2015) VISTO el
Más detallesDECRETO Nº 8.064/06. Que la República del Paraguay es Estado Parte del Mercosur.
DECRETO Nº 8.064/06 DISPOSICIÓN DE LA VIGENCIA EN LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DE LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR REFERENTES AL SGT 3 NORMAS TÉCNICAS. Asunción, 21 de agosto
Más detallesREGLAMENTO TECNICO PARA LA FIJACION DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA LECHE EN POLVO
MERCOSUR\GMC\RES 31/93 REGLAMENTO TECNICO PARA LA FIJACION DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA LECHE EN POLVO VISTO: El art. 13 del Tratado de Asunción, el art. 10 de la Decisión Nº 4/91 del CMC, la Resolución
Más detallesQue la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención correspondiente.
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos COMERCIO EXTERIOR Resolución 1278/97 Programa de Inspección de Preembarque de importaciones. Normas reglamentarias correspondientes a las solicitudes
Más detallesREGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE SEGURIDAD DE BICICLETAS DE USO INFANTIL
MERCOSUR/GMC/RES. N 45/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE SEGURIDAD DE BICICLETAS DE USO INFANTIL VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 4/91 y 20/02 del Consejo
Más detallesCintas Transportadoras REGLAS BÁSICAS PARA LA SELECCIÓN DE UNA CINTA TRANSPORTADORA
Cintas Transportadoras REGLAS BÁSICAS PARA LA SELECCIÓN DE UNA CINTA TRANSPORTADORA Definición Una cinta transportadora es parte de un sistema de transporte continuo formado por distintos materiales vulcanizados
Más detallesa) Productos con cronograma suspendido
Intercambio comercial Uruguay-Colombia Introducción Los flujos comerciales entre Uruguay y Colombia se encuentran condicionados por el ACE 59 1 firmado el 20 de diciembre de 2004. Este acuerdo constituye
Más detallesDOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 18/08 DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 75/96 del Grupo Mercado
Más detallesORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL NORMAS LEGALES
481972 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban y dejan sin efecto Normas Técnicas Peruanas sobre documentación,
Más detallesPresidencia de la República Decreto 2658 de 2011
Presidencia de la República Decreto 2658 de 2011 (Julio 29 de 2011) Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas. Ver Resolución 2688 de 2011. El Presidente de la República de Colombia, En
Más detallesCAPÍTULO IV EL MERCOSUR VINCULACIÓN MANAOS - TIERRA DEL FUEGO. Decisión C.M.C. Nº 8/94. Acuerdo de Ouro Preto. Decisión C.M.C.
CAPÍTULO IV EL MERCOSUR VINCULACIÓN MANAOS - TIERRA DEL FUEGO Decisión C.M.C. Nº 8/94 Acuerdo de Ouro Preto Decisión C.M.C. Nº 31/00 Decisiones C.M.C. Nº 69/00, Nº 07/01, y Nº 16/01 p.p. Decisión C.M.C.
Más detallesCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN DE PRODUCTOS DOMISANITARIOS FABRICADOS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR
MERCOSUR/GMC/RES. N 24/06 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN DE PRODUCTOS DOMISANITARIOS FABRICADOS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión
Más detalles05/08/2007. Reciclaje Mecánico. Se obtendrá una nueva materia prima para la posterior obtención de nuevas piezas.
1.- INTRODUCCIÓN Son materiales con múltiples aplicaciones con un lugar muy destacado en el desarrollo de sectores como: 1.-Materiales Plásticos 2.-Materiales Textiles 3.-Materiales Pétreos y Cerámicos
Más detallesVISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N 43/99 del Grupo Mercado Común.
MERCOSUR/CMC/DEC. N 5/99 ACUERDO DE ADMISIÓN DE TÍTULOS Y GRADOS UNIVERSITARIOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS EN LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE
Más detallesDIARIO OFICIAL. - SAN SALVADOR, 17 DE AGOSTO DE 2001. 71
DIARIO OFICIAL. - SAN SALVADOR, 17 DE AGOSTO DE 2001. 71 ACUERDO No. 323. San Salvador, 7 de junio de 2001. EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud presentada por el Ingeniero CARLOS
Más detallesQue el 16 de abril de 1998 se subscribió un Acuerdo Marco para la creación de una Zona de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR;
Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica entre los Gobiernos de las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina, y el Gobierno de la República
Más detallesQue se aprobó el documento denominado Definición y Configuración del SISME por Acuerdo N 9/98 (IV RMI - Brasilia, 20/XI/98).
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 19/00 COMPLEMENTACIÓN DE LA DEFINICIÓN Y CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA
Más detallesCOMISIÓN ECONÓMICA PARA EUROPA CONVENIO ADUANERO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS AL AMPARO DE LOS CUADERNOS TIR (CONVENIO TIR)
COMISIÓN ECONÓMICA PARA EUROPA CONVENIO ADUANERO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS AL AMPARO DE LOS CUADERNOS TIR (CONVENIO TIR) HECHO EN GINEBRA EL 14 DE NOVIEMBRE DE 1975 Enmienda 25
Más detallesMERCOSUR RECIENTES DESARROLLOS Y PERSPECTIVAS FUTURAS. ENRIQUE C. BARREIRA BRSV Abogados
MERCOSUR RECIENTES DESARROLLOS Y PERSPECTIVAS FUTURAS (1) Estructura del Mercosur Art. I GATT: cualquier ventaja que se concede a un país, será concedida a las Partes Contratantes. Art. XXIV-5, GATT: excepción
Más detallesADMISIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS POR INTERNET Preguntas Frecuentes
ADMISIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS POR INTERNET Preguntas Frecuentes INSCRIPCIÓN DE PRODUCTOS 1. Quiénes pueden realizar la admisión electrónica de un producto cosmético grado 1? Las empresas autorizadas
Más detallesMERCOSUR/GMC/RES Nº 55/96 Glosario para la aplicación de la Resolución GMC 23/95 VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la
MERCOSUR/GMC/RES Nº 55/96 Glosario para la aplicación de la Resolución GMC 23/95 VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 3/94 del Consejo del Mercado Común; la Resolución
Más detallesPROPIEDADES FISICAS ESTRUCTURA DE LA FIBRA
PROPIEDADES FISICAS El color: Entre los mas particulares el blanco y mantecoso. La resistencia: Es de 3.5 a 4 g/d. aumenta con la humedad en 20%. Finura: Varia entre 16 a 20 micras, es indirectamente proporcional
Más detalles2006 Ene-ago USD 27. 27.577.318 17.850.773 70 Vidrio y manufacturas 26.832.291 28.908.307 44
Colombia/Inteligencia de mercados Productos exportados por la Región del Caribe Por: Legiscomex.com Diciembre 19 del 2006 Exportaciones de Colombia desde la Región del Caribe El 44% de las exportaciones
Más detallesMinisterio de Comercio, Industria y Turismo. República de Colombia
Acuerdo de Complementación Económica ACE 59 CAN MERCOSUR EJE DE LA NEGOCIACIÓN Diferencias en el grado de desarrollo económico relativo de acuerdo a la clasificación ALADI MENOR NIVEL DE DESARROLLO ECUADOR
Más detallesVISTO el Expediente Nº S01:0446557/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,
2612443I# Ministerio de Economía y Producción COMERCIO EXTERIOR Resolución 351/2007 Declárase el cierre de la investigación por salvaguardia para las operaciones con discos compactos grabables por única
Más detallesACUERDO MARCO SOBRE CONDICIONES DE ACCESO PARA EMPRESAS DE SEGUROS CON ÉNFASIS EN EL ACCESO POR SUCURSAL
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 09/99 ACUERDO MARCO SOBRE CONDICIONES DE ACCESO PARA EMPRESAS DE SEGUROS CON ÉNFASIS EN EL ACCESO POR SUCURSAL VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución
Más detallesACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR
MERCOSUR/CMC/DEC. N o 02/01 ACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Resolución N o 38/95 del Grupo Mercado Común y la Recomendación
Más detallesREGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE PRODUCTOS DE CERVECERÍA
MERCOSUR/GMC/RES. N 14/01 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE PRODUCTOS DE CERVECERÍA VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N 91/93, Nº 152/96 y Nº 38/98 del Grupo Mercado
Más detallesRECOMENDACIONES PARA LA SALUD DE LOS VIAJEROS
MERCOSUR/GMC/RES. N 23/08 RECOMENDACIONES PARA LA SALUD DE LOS VIAJEROS VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N 22/08 del Grupo Mercado Común. CONSIDERANDO: Que la Resolución
Más detallesARANCEL EXTERNO COMUN. VISTO: El Art. 10 del Tratado de Asunción, las Decisiones Nº 1/92 y 1/93 del Consejo del Mercado Común.
MERCOSUR/CMC/DEC Nº 13/93 ARANCEL EXTERNO COMUN VISTO: El Art. 10 del Tratado de Asunción, las Decisiones Nº 1/92 y 1/93 del Consejo del Mercado Común. CONSIDERANDO: Que es necesario afirmar el propósito
Más detallesNEWSLETTER CONSORTIUM
NEWSLETTER CONSORTIUM Leyes Aprobadas en Honduras Fecha y No. Gaceta Publicada en La 33,321 del 6/1/2014 Tipo Disposición Resolución Enero, 2014 No Disposición Descripción Objetivo Afectaciones SB Nº 2559/27-12-2013
Más detallesPROTOCOLO DE ASUNCIÓN SOBRE COMPROMISO CON LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR
MERCOSUR/CMC/DEC. N 17/05 PROTOCOLO DE ASUNCIÓN SOBRE COMPROMISO CON LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión
Más detallesIDENTIDAD Y CALIDAD CREMA DE LECHE
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 71/93 IDENTIDAD Y CALIDAD CREMA DE LECHE VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción, el Art. 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 18/92 del Grupo
Más detallesINT N R T O R D O U D C U C C I C ÓN Ó N A L A L CO C M O ER E C R I C O O E X E T X E T R E I R OR
Curso INTRODUCCIÓN AL COMERCIO EXTERIOR Módulo 2 Qué son los acuerdos de integración? Acuerdos entre países mayor grado de integración interdependencia entre sus economías, disminuyendo las barreras a
Más detallesCONCEPTOS DE DATA MINING APLICADOS A PROBLEMAS ADUANEROS. Lic. Cecilia Ruz
CONCEPTOS DE DATA MINING APLICADOS A PROBLEMAS ADUANEROS Lic. Cecilia Ruz Agenda Clustering Clustering sobre las Aduanas del Interior Reglas de Asociación Análisis de que productos se importan juntos Trabajo
Más detallesSe le llama masterbatch a un concentrador de color que en su formulación podemos encontrar:
Qué es un pigmento? Existen múltiples enfoques para definir lo que es un pigmento, pero para nuestra industria, basta con saber que es una sustancia capaz de impartir color a las resinas plásticas y que
Más detallesLa Experiencia marca la diferencia
Pallet Racking Systems ESTANTERÍAS METÁLICAS CARGAS MEDIAS Y LIGERAS MANUAL Y DINÁMICAS ARCHIVOS MÓVILES EZ Y AR TEXTIL- La Experiencia marca la diferencia ESTANTERÍAS PARA CARGAS MEDIAS Picking Manual
Más detallesLas recomendaciones contenidas en el ítem 3 del Art.14 del Reglamento Sanitario Internacional;
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 34/01 CRITERIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA DE DESECHOS LIQUIDOS Y AGUAS SERVIDAS EN PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA, EN EL MERCOSUR VISTO: El Tratado de
Más detallesDICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA
MERCOSUR\CCM\DIR Nº 3/96 DICTAMENES DE CLASIFICACION ARANCELARIA VISTO: El Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 26/94 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 3/96 del Comité Técnico Nº1
Más detallesNTE INEN 1837 Segunda revisión 2015-XX
Quito Ecuador NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 1837 Segunda revisión 2015-XX BEBIDAS ALCOHÓLICAS. LICORES. REQUISITOS ALCOHOLIC BEVERAGES. LIQUORS. REQUIREMENTS DESCRIPTORES: Bebidas alcohólicas, licores,
Más detallesLos nombres comerciales y denominaciones o razones sociales, siempre que no queden comprendidos en el artículo siguiente, y
Marcas La Ley Mexicana de la Propiedad Industrial define como marca todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado. Por otra parte, establece que
Más detallesQue por la Directiva CCM Nº 12/96 fueron aprobados los Instructivos para dar una interpretación común al Régimen de Origen MERCOSUR.
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 04/00 TEXTO CONSOLIDADO Y ORDENADO DEL INSTRUCTIVO PARA EL CONTROL, DE CERTIFICADOS DE ORIGEN DEL MERCOSUR POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS Y DEL INSTRUCTIVO PARA LAS ENTIDADES
Más detallesCAPÍTULO 4 PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DE COMERCIO
CAPÍTULO 4 PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DE COMERCIO Artículo 51: Definiciones Para efectos de este Capítulo: administración aduanera significa: para Perú, la Superintendencia Nacional de Administración
Más detallesNORMATIVIDAD ASOCIADA: NTC 6, 121, 161, 174, 321, 673, 1299, 1393, 2289; ANSI/AWS D I.4; ASTM A48, A438, C39, E10, E 18 y E 140; NEGC 800.
TAPAS Y ANILLOS DE CONCRETO PARA CÁMARAS Y CAJAS DE INSPECCIÓN NORMATIVIDAD ASOCIADA: NTC 6, 121, 161, 174, 321, 673, 1299, 1393, 229; ANSI/AWS D I.4; ASTM A4, A43, C39, E10, E 1 y E 140; NEGC 00. GENERALIDADES:
Más detallesForo: Importancia del Arancel de Aduanas
Foro: Importancia del Arancel de Aduanas Fabián Andrés Mejía Espinal Administrador Empresarial Temas Arancel de Aduanas El sistema Armonizado Las secciones Los capítulos Notas explicativas Descripción
Más detallesGLOSARIO DE TÉRMINOS TÉCNICOS BÁSICOS PRELIMINARES SOBRE SEGUROS PARA EL ÁMBITO DEL MERCOSUR
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 83/99 GLOSARIO DE TÉRMINOS TÉCNICOS BÁSICOS PRELIMINARES SOBRE SEGUROS PARA EL ÁMBITO DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Recomendación Nº 5/99
Más detallesSOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN EL MERCOSUR 1
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN EL MERCOSUR 1 Actualmente, el Sistema de Solución de Controversias del Mercosur se encuentra reglamentado en el Protocolo de Olivos (PO), vigente desde el 1 de enero de 2004.
Más detallesALFOMBRAS CONOZCA TODO SOBRE
1 nivel dificultad IDEAS Y SUGERENCIAS PS-IS02 CONOZCA TODO SOBRE ALFOMBRAS Para verificar la calidad de una alfombra, examine sus especificaciones técnicas. Generalmente, vienen en el reverso de ella,
Más detallesCAPITULO 55 FIBRAS SINTETICAS O ARTIFICIALES DISCONTINUAS
CAPITULO 55 FIBRAS SINTETICAS O ARTIFICIALES DISCONTINUAS NOTAS. 1. En las partidas 55.01 y 55.02 se entiende por cables de filamentos sintéticos y cables de filamentos artificiales, los cables constituidos
Más detallesREGLAMENTO TECNICO DISPOSICIONES SOBRE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS METALICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS
MERCOSUR/GMC/RES. N 27/93 REGLAMENTO TECNICO DISPOSICIONES SOBRE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS METALICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS VISTO: El art. 13 del Tratado de Asunción, el art. 10 de la Decisión Nº 4/91
Más detallesFabricar un producto de alta calidad con rapidez de respuesta
Fabricar un producto de alta calidad con rapidez de respuesta Desde su creación techos Falstech se ha caracterizado por la alta calidad de sus productos y la rapidez de respuesta en un mercado donde los
Más detallesAVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIÓN ADUANERA EN EL MERCOSUR (Dec. CMC 54/04 y Reglamentación Dec. 37/05)
AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA UNIÓN ADUANERA EN EL MERCOSUR (Dec. CMC 54/04 y Reglamentación Dec. 37/05) Consideraciones Generales, Cometidos, Procedimientos Objetivo: El objetivo de éste documento
Más detalles1.1 QUÉ ES EL INVENTARIO DE OPERACIONES ESTADÍSTICAS?
Presentación Madrid, agosto de 2015 El documento describe la navegación por esta aplicación en la que el Instituto Nacional de Estadística ofrece toda la información disponible sobre: - El Inventario de
Más detalles