Ayuntamiento de Aviles

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1 Negociado ACTAS Ayuntamiento de Aviles Código de Verificación: ²5E0M2I3K0R08056F08I0=» ²5E0M2I3K0R08056F08I0=» 5E0M2I3K0R08056F08I0 Documento SCGXI03L JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DIA CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE. En la Casa Consistorial de la Villa de Avilés, siendo las 14:00 del día 04 de febrero de 2013, se reúne la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Avilés, en sesión ordinaria, en primera convocatoria, bajo la Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa Presidenta VARELA DIAZ, PILAR. Asisten los Sres. Concejales que se relacionan a continuación: CONCEJO VÁZQUEZ, ANA. GARCÍA RODRÍGUEZ, PEDRO. FERNÁNDEZ HUERGA, LUIS RAMÓN. MARQUÍNEZ PASCUAL, GRACIANO RAÚL. ALONSO FERNÁNDEZ, YOLANDA. Excusan su asistencia los Concejales: RODRÍGUEZ SUÁREZ, TEÓFILO. ÁLVAREZ GONZÁLEZ, ROMÁN ANTONIO. Actúa como Interventora GONZÁLEZ BUERES, PILAR. Actúa como Secretaria la Oficial Mayor de la Corporación, GONZÁLEZ GONZÁLEZ, ALICIA. 48/ EXPEDIENTE AYT/7/2013 APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. SE ACUERDA, por unanimidad, aprobar el acta de la sesión anterior, correspondiente a la celebrada el día 28 de enero del año / EXPEDIENTE AYT/2600/2012. LICENCIA PARA OBRAS E INSTALACIÓN DE ACTIVIDAD DE BAR CON MÚSICA AMPLIFICADA EN LOCAL SITO EN LA AVDA. DE CERVANTES Nº 4. Vistos los informes favorables obrantes en el expediente, SE PROPONE a la Junta de Gobierno que acuerde, conceder licencia a Don Simón Manuel Fernández Rodríguez, para llevar a cabo obras e instalación de una actividad de bar con música amplificada, en el local situado en la Avda. de Cervantes número 4, de conformidad con el proyecto presentado y sus anexos posteriores (fechas visado colegial 18 junio y 30 agosto 2012), suscritos por la Arquitecto Técnico Doña Amparo Cristina Pardo González, en las siguientes condiciones: 1 5

2 1ª.- Deberán adoptarse las siguientes medidas correctoras que señala el Servicio de Disciplina Urbanística de este Ayuntamiento: 1. Las señaladas en el proyecto y anexos presentados, suscritos por la arquitecto técnico Dª. Amparo Cristina Pando González. 2. El nivel sonoro en el interior del local, no sobrepasará los 90 dba de acuerdo con lo señalado en la Ordenanza Municipal de Ruidos y Vibraciones. 3. En los accesos al local y en lugar visible, se colocará una placa de dimensiones DIN-A5, con la AFORO MÁXIMO: 79 PERSONAS 4. De acuerdo con lo señalado en el Decreto 90/2004 de 11 de noviembre, por el que se regula el régimen de horarios de los establecimientos, locales e instalaciones para espectáculos públicos y actividades recreativas del Principado de Asturias, tanto en el exterior como en el interior del establecimiento se instalará una placa DIN A4, indicando el tipo de establecimiento y características, así como las horas de apertura y cierre máximo establecido en cada época del año (artículo 4 del citado Decreto 90/2004). APERTURA = 11:00 horas. CIERRE: Horario general = 03:30 al día siguiente al de la apertura. Viernes, sábados y vísperas de festivos = 05:30 horas del día siguiente al de la apertura. En el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 30 de septiembre, ambos inclusive, los horarios máximos podrán ampliarse durante una hora exclusivamente para las aperturas realizadas en jueves. 2ª.- La actividad no podrá empezar a ejercerse en ningún caso con anterioridad a la visita de comprobación prevista en el artículo 34 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y el artículo 13 de la Orden de 15 de marzo de 1963, por la que se aprueba una Instrucción que dicta normas complementarias para la aplicación del citado Reglamento. A tales efectos, el interesado deberá solicitar la pertinente licencia de apertura, adjuntando la siguiente documentación: 1. Certificado de Terminación de Obra, expedido por el Técnico Director de las mismas, con el correspondiente Visado Colegial. 2. Certificado final de obra de aislamiento acústico, emitido por el técnico director de la obra o informe de laboratorio de ensayo acreditado por ENAC en el campo de acústica, en el cual, y tras las pruebas oportunas, se haga constar el cumplimiento de los niveles de ruido establecidos como valores limite para la actividad permitidos por la vigente Ordenanza Municipal de Ruidos y Vibraciones y la Ley 37/2003, del Ruido. La medida de los noveles de ruido transmitido por la actividad deberá haber sido realizada dentro del plazo de validez del certificado de medida utilizado, según lo previsto en la Orden De 25 de septiembre de 2007, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medición de sonido audible y de los calibradores acústicos. Se adjuntará copia de dicho certificado de verificación. 3. Fotocopia conformada del Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión, conforme lo señalado en el art. 18 del REBT e ITC BT 04, o documento que lo sustituya. 2 5

3 4. Plan de Emergencia, art. 5.2 de la Ley 8/2002 de 21 de octubre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Principado de Asturias. 5. Copia de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil, art. 6 de Ley 8/ ª.- La caducidad de la presente licencia se producirá transcurrido el plazo de un año, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación del presente Acuerdo, sin que hayan dado comienzo las obras autorizadas. 50/ EXPEDIENTE AYT/4521/2012. LICENCIA PARA OBRAS E INSTALACIÓN DE ACTIVIDAD DE TIENDA MIXTA Y DEGUSTACIÓN DE CAFÉ-BAR SIN MÚSICA AMPLIFICADA EN LOCAL SITO EN LA CALLE LA MURALLA Nº 2. Vistos los informes favorables obrantes en el expediente, SE PROPONE a la Junta de Gobierno que acuerde, conceder licencia a la Entidad Mercantil Servicio de Alimentación, S.L., para llevar a cabo obras e instalación de una actividad de tienda mixta y degustación de café-bar sin música amplificada, en el local situado en la calle la Muralla número 2, bajo, de conformidad con el proyecto de ejecución presentado y su anexo posterior (fecha visado colegial 7 noviembre 2012), suscritos por el Arquitecto Técnico Don Juan Carlos Vizoso Gómez, en las siguientes condiciones: 1ª.- Deberán adoptarse las siguientes medidas correctoras que señala el Servicio de Disciplina Urbanística de este Ayuntamiento: 1. Las señaladas en el proyecto y anexos presentados, suscritos por el arquitecto técnico D. Juan Carlos Vizoso Gomez. 2. No se podrá instalar música amplificada. El mobiliario se dotará de tacos amortiguadores de los ruidos de impacto en sus patas, que en todo caso, se deberán ajustar a los límites establecidos en la O.M. de Ruidos y Vibraciones. 3. El nivel sonoro en el local, no sobrepasará los 85 dba. 4. En los accesos al local y en lugar visible, se colocará una placa de dimensiones DIN-A5, con la AFORO MÁXIMO: 58 PERSONAS 5. De acuerdo con lo señalado en el Decreto 90/2004 de 11 de noviembre, por el que se regula el régimen de horarios de los establecimientos, locales e instalaciones para espectáculos públicos y actividades recreativas del Principado de Asturias, tanto en el exterior como en el interior del establecimiento se instalará una placa DIN A4, indicando el tipo de establecimiento y características, así como las horas de apertura y cierre máximo establecido en cada época del año (artículo 4 del citado Decreto 90/2004). TIPO DE ESTABLECIMIENTO: CAFETERÍA SIN MÚSICA AMPLIFICADA APERTURA = 06:00 horas. CIERRE: Horario general = 01:30 al día siguiente al de la apertura. 3 5

4 Viernes, sábados y vísperas de festivos = 02:30 horas del día siguiente al de la apertura. En el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 30 de septiembre, ambos inclusive, se podrá ampliar el horario general de cierre hasta las 02:00 horas del día siguiente a la apertura, cuando ésta se produzca los domingos, lunes, martes y miércoles. 2ª.- La actividad no podrá empezar a ejercerse en ningún caso con anterioridad a la visita de comprobación prevista en el artículo 34 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y el artículo 13 de la Orden de 15 de marzo de 1963, por la que se aprueba una Instrucción que dicta normas complementarias para la aplicación del citado Reglamento. A tales efectos, el interesado deberá solicitar la pertinente licencia de apertura, adjuntando la siguiente documentación: 1. Certificado de Terminación de Obra, expedido por el Técnico Director de las mismas, con el correspondiente Visado Colegial. 2. Certificado final de obra de aislamiento acústico, emitido por el técnico director de la obra o informe de laboratorio de ensayo acreditado por ENAC en el campo de acústica, en el cual, y tras las pruebas oportunas, se haga constar el cumplimiento de los niveles de ruido establecidos como valores limite para la actividad permitidos por la vigente Ordenanza Municipal de Ruidos y Vibraciones y la Ley 37/2003, del Ruido. La medida de los niveles de ruido transmitido por la actividad deberá haber sido realizada dentro del plazo de validez del certificado de medida utilizado, según lo previsto en la Orden De 25 de septiembre de 2007, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medición de sonido audible y de los calibradores acústicos. Se adjuntará copia de dicho certificado de verificación. 3. Fotocopia conformada del Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión, conforme lo señalado en el art. 18 del REBT e ITC BT 04, o documento que lo sustituya. 4. Plan de Emergencia, art. 5.2 de la Ley 8/2002 de 21 de octubre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Principado de Asturias. 5. Copia de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil, art. 6 de Ley 8/ ª.- La caducidad de la presente licencia se producirá transcurrido el plazo de un año, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación del presente Acuerdo, sin que hayan dado comienzo las obras autorizadas. 51/ EXPEDIENTE AYT/144/2013. LICENCIA PARA OBRAS EN VIVIENDA SITA EN PLAZA DE LA MERCED Nº 2-6º A. Vistos los informes favorables obrantes en el expediente, SE PROPONE a la Junta de Gobierno que acuerde conceder licencia a Doña Lucía Quiros Gayol, para llevar a cabo obras en la vivienda situada en la Plaza de la Merced número 2, 6º A, consistentes en cambio de porterías interiores, alicatado de aseo, instalación parcial de electricidad y pintura interior, de conformidad con la documentación que adjunta a su instancia de 23 de enero de 2013, en la calle, con la siguiente condición: La caducidad de la presente licencia se producirá transcurrido el plazo de un año, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente resolución, sin que hayan dado comienzo las obras autorizadas. 4 5

5 52/ EXPEDIENTE AYT/5545/2009. CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA PARA LEGALIZACIÓN DE OBRAS YA EJECUTADAS Y PARA LLEVAR A CABO LAS QUE AÚN RESTAN POR EJECUTAR EN LA VIVIENDA SITA EN LA PLANTA 4ª DEL EDIFICIO Nº 21 DE LA CALLE LA FERRERÍA. Visto el expediente relativo a la licencia concedida a Don Teodoro García Fuente, por Acuerdo de la junta de Gobierno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2010, para legalización de las obras ya ejecutadas y para llevar a cabo las que aún restan por ejecutar en la vivienda situada en la planta 4ª del edificio número 21 de la calle la Ferrería, de conformidad con el proyecto técnico y su anexo posterior, suscritos por el Arquitecto Técnico Don Rubén Martínez Suárez. Vista la instancia presentada por el Sr. García Fuente y por Don José Manuel Álvarez Rodríguez, solicitando el cambio de titularidad de la licencia a nombre de este ultimo. Visto el articulo 13 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. SE PROPONE a la Junta de Gobierno que acuerde tomar razón del cambio de titularidad de la citada licencia a nombre de Don José Manuel Álvarez Rodríguez. INFORMES DE LA ALCALDÍA.- No se producen. RUEGOS Y PREGUNTAS.- No se formulan. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Sra. Alcaldesa-Presidenta levantó la sesión, siendo las 14:05, de todo lo cual, como Secretaria doy fe. F_FIRMA_

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