GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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1 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 14 DE DICIEMBRE DE 2012 No Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Acuerdo por el que se suspenden los términos inherentes a los procedimientos administrativos ante la Administración Pública del Distrito Federal, durante los días que se indican 3 Acuerdo por el que se establecen las líneas generales para la conformación de la Agenda Pública de las Juventudes del Distrito Federal 5 Convenio que modifica al Convenio de Coordinación de fecha 15 de febrero del año 2011 que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y por la otra, el Gobierno del Distrito Federal, con el objeto de impulsar el federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de Programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a la entidad y fomentar el Desarrollo Regional 7 Secretaría de Finanzas Resolución por la que se publican los Listados de las Personas Autorizadas y Registradas ante la Autoridad Fiscal para practicar Avalúos, en el mes de octubre del año Aviso por el que se da a conocer el Oficio por el que el Procurador Fiscal del Distrito Federal encomienda al Lic. Israel Trejo Mancera, Subdirector de Asuntos Penales de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal, el ejercicio de las atribuciones que se indican 11 Contraloría General Aviso por el que se dan a conocer los días de suspensión de términos de la Oficina de Información Pública de la Contraloría General del Distrito Federal; que se indican 13 Oficialía Mayor Acuerdo por el que se declaran como inhábiles y se dan a conocer los días que se señalan, del mes de diciembre de 2012 y enero de 2013, para los trámites y procedimientos que se indican, a cargo de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario y de la Dirección Ejecutiva de Apoyo Jurídico adscritas a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal 14 Continúa en la Pág. 2

2 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 Viene de la Pág. 1 Delegación Tlalpan Índice Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer los días que se indican como inhábiles del mes de diciembre del año 2012 y del mes de enero del año 2013, para los trámites y procedimientos que se indican a cargo del Órgano Político Administrativo en Tlalpan 15 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS Delegación Benito Juárez.- Aviso de Fallo de Licitaciones Números a , IR , LO N y LO N7-2012, IO N y IO N y LO N SECCIÓN DE AVISOS Green Roof Systems de México, S.A. de C.V. 19 Aviso de Solicitud de Modificación al Programa de Desarrollo Urbano con número de folio SEDUVI-SITE KERO12 20 Surtidora Ferretera Vallejo Sur, S.A. de C.V. 21 Estrategia de Negocios Arca, S.C. 22 Servicios Integrales Administrativos y Operativos, S.C. 22 Compañía Juniot Químicos Industriales, S.A. de C.V. 23 Servicio de Arquitectura y Construcción Manchuria, S.A. de C.V. 23 Productos, Ofertas, Sistemas y Comercializadora Oriental, S. de R. L. de C. V. 24 Residencial Bosque de las Palmas, S.A. de C.V. 24 Inmuebles Puente de Vigas, S.A. de C.V. 25 Agencia de Seguridad Privada y Asesoría en Investigación Asai, S.A. de C.V. 25 Ciencia Para La Industria, S.A. de C.V. 26 Eductrade México, S.A. de C.V. 27 Lorse Inmobiliaria, S.A. de C.V. 28 Suntech Technologies Group Mex, S.A. de C.V. 28 Compañía Industrial de Parras, S.A.P.I. de C.V. 29 Principal Financial Group, S.A. de C.V. 30 Danhos Turismo, S.A. de C.V. 31 Siemens Medical Solutions Diagnostics, S. de R.L. de C.V. 32 Publi Ceda, S.A. de C.V. 35

3 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, DURANTE LOS DÍAS QUE SE INDICAN (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Decidiendo Juntos) MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 8, fracción II, 12 fracciones I, IV y VI, 13, 67 fracción II, 87, 90, 97 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 7, 12, 14, 15, y 23 al 39, 40, 42, 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, 5, 11, 71, 73, 74 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2, 5, y 14 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 53 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares se encuentra regulada en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, donde se establece que las actuaciones y diligencias de orden administrativo deberán ser ejecutadas en días hábiles, y que se consideran inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 13 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal se encuentran sujetos al régimen jurídico previsto por el Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, establece para los trabajadores el derecho a disfrutar de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborales cada uno, en las fechas que sean señaladas al efecto. Que el titular de la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, puede determinar la suspensión de labores, señalando los días que deberán ser considerados como inhábiles y por tanto no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales de la Administración Pública Local. Que la suspensión de términos y labores en las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, como consecuencia de vacaciones generales o suspensión de labores, debe hacerse del conocimiento público mediante la expedición de un Acuerdo que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, por lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente. ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, DURANTE LOS DÍAS QUE SE INDICAN

4 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 PRIMERO. Los días 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31 de diciembre de 2012, así como el 1 de enero de 2013, se declaran inhábiles para práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Administración Pública del Distrito Federal, como son la recepción de documentos e informes, trámites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal que inciden o afecten la esfera jurídica de los particulares. Como consecuencia de lo anterior y para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo precedente. La suspensión de términos antes señalada, aplicará para las solicitudes de información pública, acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales y recursos de revisión, salvo que se expida uno específico por los titulares de los entes públicos. SEGUNDO. Se excluyen de lo dispuesto en el numeral que antecede, las materias señaladas en el artículo 1º, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por la Ley de la materia específica de que se trate; lo señalado en el artículo 97 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, respecto a las visitas de verificación y cualquier actuación o resolución que tenga efectos al interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Para la gestión de quejas derivadas por la prestación de servicios urbanos cada unidad administrativa deberá de adoptar las medidas necesarias para el efecto de implementar guardias que permitan atender adecuadamente las actividades de carácter urgente, tales como fugas de agua, luminarias, bacheo, poda, tala de árboles y otros de naturaleza similar. TERCERO. Cualquier actuación o promoción realizada ante la Administración Pública del Distrito Federal, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente. Cuando se cuente con plazo para la presentación de promociones y el último día de éste sea de los considerados como inhábiles, sus efectos se prorrogarán hasta el día hábil siguiente. TRANSITORIO Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil doce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, SIMÓN NEUMANN LADENZON.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, TANYA MÜLLER GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, LUIS ALBERTO RÁBAGO MARTÍNEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, EDGAR AMADOR ZAMORA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, RUFINO H. LEÓN TOVAR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL, FAUSTO LUGO GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, JESÚS RODRÍGUEZ ALMEIDA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TURISMO, MIGUEL TORRUCO MARQUÉS.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE CULTURA, LUCÍA GARCÍA NORIEGA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, CARLOS NAVARRETE RUIZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, MARA ROBLES VILLASEÑOR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, HEGEL CORTÉS MIRANDA.- FIRMA.

5 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS LÍNEAS GENERALES PARA LA CONFORMACIÓN DE LA AGENDA PÚBLICA DE LAS JUVENTUDES DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Decidiendo Juntos) MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, Fracción II, incisos b) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8º, Fracción II, 12, Fracciones II, IV, V, VI, IX, XIII y XIV; 67, Fracción II y XXVI, 90, 115, Fracciones I y II, y 118 Fracciones II y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 5º, 6º, 12, 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º Fracciones I, V, IX, XIV, XVI, 2º I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, 5º, 9º Fracciones I, II y III de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 3º, 5º, 6º, 7º, 10, 11, 15, 16, 18, 19, 21, 22, 24, 25, 27, 28, 30, 31, 33, 34, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 incisos del a) al f), 46 Bis, 47, 48, 49, 50, 51, 53 y 54 Fracción VIII de la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal, y 14 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que las políticas sociales de juventud requieren una visión transversal e integral, que garantice la adecuada interacción entre el Instituto de la Juventud del Distrito Federal, las dependencias, entidades y órganos de gobierno, así como de organizaciones de la sociedad civil, grupos de jóvenes organizados y el sector privado, Que de conformidad con el Censo de Población y Vivienda 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el Distrito Federal habitan 2,619, 589 jóvenes cuya edad oscila entre los 12 y 29 años y que representan uno de los activos más valiosos de nuestra Ciudad, Que las políticas, programas y acciones gubernamentales enfocados a las juventudes no deben limitarse a atender sectores focalizados de la población juvenil, sino encaminarse a la universalidad, Que la Juventud no constituye un sector social homogéneo, y por lo tanto es preciso atender a las diferentes juventudes a través de herramientas específicas que respondan a cada una de sus variadas inquietudes, Que para lograr lo anterior, es preciso reorientar la misión y visión del Instituto de la Juventud del Distrito Federal para que asuma el papel de organismo rector de la política del Gobierno de la Ciudad en materia de juventudes, y se constituya como un órgano encargado de fortalecer las alianzas y la cooperación para el diseño e instrumentación de acciones y programas en esta materia, Que esta nueva visión del gobierno hacia las juventudes debe reflejarse en el diseño e instrumentación de las políticas y programas que en esta materia se elaboren de conformidad con las normas jurídicas aplicables, he tenido a bien expedir el presente ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS LÍNEAS GENERALES PARA LA CONFORMACIÓN DE LA AGENDA PÚBLICA DE LAS JUVENTUDES DEL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- La política de juventud del Gobierno de la Ciudad deberá diseñarse con un enfoque transversal e integral, en colaboración con todas las instancias del Gobierno del Distrito Federal y con la participación de las organizaciones de la sociedad civil, grupos de jóvenes organizados, y el sector privado, con el fin de ofrecer respuesta oportuna a las necesidades y demandas actuales de las juventudes del Distrito Federal. SEGUNDO.- Las juventudes del Distrito Federal representan un sector social heterogéneo y fundamental en el desarrollo de una mejor sociedad, en donde cada individuo constituye un sujeto de derechos. Las y los jóvenes deben ser considerados como una población dinámica y generadora de capital social, humano, simbólica y de ideas para la construcción de una capital que genera oportunidades reales de desarrollo.

6 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 TERCERO.- La juventud es una etapa transitoria hacia la vida adulta, por lo que es necesario dotar a los jóvenes de herramientas concretas, eficaces y eficientes para alcanzar una mejor calidad de vida, de cara a un futuro prometedor con visión hacia la formación de mejores ciudadanos. CUARTO.- El Distrito Federal debe transformarse en una capital innovadora que facilite la conectividad entre el gobierno y las y los jóvenes, para dar la voz a sus diferentes inquietudes y formas de pensar. QUINTO.- El Instituto de la Juventud del Distrito Federal debe constituirse en la Institución rectora de la política pública de juventud de la Ciudad, con capacidad para proponer acciones y programas de atención a las diferentes juventudes y de establecer y fortalecer vínculos de cooperación interinstitucionales. SEXTO.- El Institutito de la Juventud del Distrito Federal debe convertirse en un laboratorio de observación y generación de datos confiables en materia de juventudes, con la finalidad de entender la realidad de ser joven en el Distrito Federal y con ello crear programas y líneas de acción de mayor apego a su realidad. SEPTIMO.- El Instituto de la Juventud del Distrito Federal debe redefinir sus líneas de acción reorientando sus esfuerzos hacia el trabajo directo con instituciones y personal que de manera cotidiana trabaja en contacto con este sector. OCTAVO.- Escuchar a las juventudes de Distrito Federal resulta imprescindible en la construcción de una verdadera agenda pública de juventud, para lo cual se deberá integrar el Consejo Consultivo previsto en la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal, como un instrumento de participación social y ciudadana con incidencia real en las políticas y acciones del Instituto de la Juventud del Distrito Federal. NOVENO.- Es preciso acotar la brecha entre las juventudes y su gobierno, para lo cual, el Instituto de la Juventud del Distrito Federal debe convertirse en una voz joven y ciudadana que logre transmitir y orientar sus necesidades e inquietudes entre todas las instancias del gobierno de la Ciudad. TRANSITORIOS PRIMERO.-Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL, ROSA ÍCELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ.- FIRMA.

7 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 CONVENIO QUE MODIFICA AL CONVENIO DE COORDINACIÓN DE FECHA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, CON EL OBJETO DE IMPULSAR EL FEDERALISMO, MEDIANTE LA CONJUNCIÓN DE ACCIONES Y LA DESCENTRALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO A LA ENTIDAD Y FOMENTAR EL DESARROLLO REGIONAL. CONVENIO QUE MODIFICA AL CONVENIO DE COORDINACIÓN DE FECHA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2011, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, EN LO SUCESIVO LA COMISIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. JOSÉ LUIS LUEGE TAMARGO, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO EL GDF, REPRESENTADO POR LOS C.C. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON Y RAMON AGUIRRE DIAZ, EN SU CARÁCTER DE JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MEXICO, RESPECTIVAMENTE; CON EL OBJETO DE IMPULSAR EL FEDERALISMO, MEDIANTE LA CONJUNCIÓN DE ACCIONES Y LA DESCENTRALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO A LA ENTIDAD Y FOMENTAR EL DESARROLLO REGIONAL, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES 1. Que con fecha15defebrerode 2011, el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Aguay por la otra, el Gobierno del Distrito Federal, celebraron un Convenio de Coordinación para impulsar el federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la entidady fomentar el desarrollo regional; instrumento que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el13 dejulio del año Para el cumplimiento del objeto del Convenio de Coordinaciónantes citado, LA COMISIÓN y EL GDF suscriben anualmente Anexos de Ejecución y Técnicos mismos que formanparte integrante del citadoconvenio de Coordinación. 3. En el Convenio de Coordinación en su CláusulaDECIMA NOVENA se estableció una vigenciahasta el 31 de diciembre de En razón de lo que se señala en la cláusulavigésima del Convenio de Coordinación éste podráser revisado, modificado o adicionado de común acuerdo por las partes. Las modificaciones o adiciones deberán constar por escrito y surtirán efecto a partir de su suscripción. DECLARACIONES I. De LA COMISIÓN y EL GDF en lo sucesivo LAS PARTES, se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, mismas que no les han sido revocadas o modificadas, por lo que expresan su conformidad en la suscripción del presente Convenio Modificatorio. I.1. LAS PARTES acuerdan la necesidad de prolongar cinco meses más la vigencia del Convenio de Coordinación que se menciona en el antecedente 1,a fin de estar en aptitud depoder suscribir los Anexos de Ejecución y Técnicos que resultan necesarios formalizar para el ejercicio de 2013, atendiendo al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), que se emita al efecto. I.2. LAS PARTES manifiestan su conformidad en observar las directrices que al efecto expida el Ejecutivo Federal en tanto se elabora el nuevo Plan Nacional de Desarrollo, en los términos de la Ley de Planeación

8 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos4,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;21, 22, 27, 32, 36 y 44de la Ley de Planeación; 24 fracción I, 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 5, 9 letra a, fracciones X, XIV y LIV, 12, 15, 85, 86 y 101 de la Ley de Aguas Nacionales; 14, 22, 25 y 158 de su Reglamento, se emite el presenteconvenio Modificatorioconforme a las siguientes. CLÁUSULAS PRIMERA.- LAS PARTES acuerdan modificar la Cláusula DECIMA NOVENA del Convenio de Coordinación celebrado el 15 de febrero de 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el13 de julio de 2011, para quedar en los siguientes términos: DECIMA NOVENA.- El presente Convenio de Coordinación tendrá una vigencia hasta el 30 de mayo de SEGUNDA.- LAS PARTES acuerdan que con excepción de lo que expresamente se estipula en los términos del presente Convenio Modificatorio, rigen todas y cada una de las disposiciones estipuladas en el Convenio de Coordinación del Antecedente 1que se cita en éste instrumento. TERCERA.- El presente Convenio que Modifica alconvenio de Coordinación señalado en el antecedente 1 entrará en vigor a partir del día 1 del mes de enero de CUARTA.- El presente ConvenioModificatoriodeberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, así como en la página de Internet de la COMISIÓN, dirección una vez concluido el proceso de su suscripción. Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal de sus cláusulas, las partes firman al margen y al calce de conformidad y por triplicado el presente Convenio Modificatorioen la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de octubre del dos mil doce. POR EL EJECUTIVO FEDERAL EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA JOSÉ LUIS LUEGE TAMARGO POR LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL EL JEFE DE GOBIERNO MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON EL PRESENTE INSTRUMENTO FUE REVISADO EN SUS ASPECTOS LEGALES POR LA SUBDIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA JESÚS BECERRA PEDROTE SUBDIRECTOR GENERAL JURÍDICO EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MEXICO RAMON AGUIRRE DIAZ

9 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9 SECRETARÍA DE FINANZAS RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICAN LOS LISTADOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS Y REGISTRADAS ANTE LA AUTORIDAD FISCAL PARA PRACTICAR AVALÚOS, EN EL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MTRO. EMILIO BARRIGA DELGADO, Tesorero del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 1, 12, fracción VI y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 7, párrafo primero, 15, fracción VIII y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción III, 22, 23, 24, 116, 117, 118, 122, párrafo primero, 123 y 127, párrafo primero del Código Fiscal del Distrito Federal; 1, 7, fracción VIII, inciso B), 30, fracción XIII, 35, fracción XXIX y 86, fracciones IX, X y XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y en cumplimiento a lo que establece el artículo 15 del Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, así como de Autorización y Registro de Personas para practicar avalúos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de mayo de 2005, y C O N S I D E R A N D O Que la organización política y administrativa del Distrito Federal, debe atender a los principios estratégicos relativos a la simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad y transparencia en los procedimientos y actos administrativos en general. Que los avalúos vinculados con las contribuciones establecidas en el Código Fiscal del Distrito Federal, pueden ser practicados por instituciones de crédito, sociedades civiles o mercantiles cuyo objeto específico sea la práctica de avalúos y que se encuentren autorizadas por la autoridad fiscal, así como por las personas físicas y corredores públicos registrados ante dicha autoridad. Que las instituciones de crédito, así como las sociedades civiles y mercantiles citadas en el párrafo anterior, deben auxiliarse para la práctica de los avalúos de personas físicas que se encuentren registradas como peritos valuadores ante la propia autoridad fiscal. Que los peritos valuadores independientes y los corredores públicos, debidamente registrados por la autoridad fiscal como tales, pueden practicar avalúos de manera independiente. Que corresponde a la Tesorería del Distrito Federal, por conducto de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, autorizar, registrar y llevar un padrón actualizado de las instituciones de crédito, sociedades civiles o mercantiles cuyo objeto específico sea la práctica de avalúos de inmuebles, así como de los peritos valuadores que auxilien a las primeras en la práctica valuatoria, para efectos fiscales, o bien que realicen avalúos en forma independiente, al igual que los corredores públicos. Que de acuerdo con el artículo 15 del Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, así como de Autorización y Registro de Personas para Practicar Avalúos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de mayo de 2005, así como el artículo Tercero Transitorio de la Resolución por la que se Publican los Listados de las Personas Autorizadas y Registradas ante la Autoridad Fiscal para practicar avalúos, publicada en la Gaceta del Distrito Federal, el 1 de agosto de 2012, he tenido a bien expedir la siguiente: RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS LISTADOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS Y REGISTRADAS ANTE LA AUTORIDAD FISCAL PARA PRACTICAR AVALÚOS, EN EL MES DE OCTUBRE DEL AÑO PRIMERO.- El Listado de Personas Autorizadas por la Tesorería del Distrito Federal, para la práctica de avalúos vinculados con las contribuciones establecidas en el Código Fiscal del Distrito Federal, que se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 10 de abril de 2012, a través de la Resolución por la que se Publican los Listados de las Personas Autorizadas y Registradas ante la Autoridad Fiscal para practicar avalúos se deberá actualizar conforme a las siguientes: ALTAS DE SOCIEDADES DE VALUACIÓN A QUIENES SE OTORGÓ O REVALIDÓ LA AUTORIZACIÓN PARA PRACTICAR AVALÚOS NÚMERO DE AUTORIZACIÓN N O M B R E INICIO TÉRMINO DD/MM/AA S-0262 DEL PASO, ROSAS Y ASOCIADOS, S. C. 19/10/ /12/2012

10 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 SEGUNDO.- El Listado de los Peritos Valuadores Independientes, registrados ante la Tesorería del Distrito Federal, para practicar avalúos vinculados con las contribuciones establecidas en el Código Fiscal del Distrito Federal, que se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 1 de agosto de 2012, a través de la Resolución por la que se Publican los Listados de las Personas Autorizadas y Registradas ante la Autoridad Fiscal para practicar avalúos, se deberá actualizar conforme a las siguientes: BAJAS DE PERITOS VALUADORES INDEPENDIENTES A QUIENES SE OTORGÓ O REVALIDÓ LA AUTORIZACIÓN PARA PRACTICAR AVALÚOS. NÚMERO DE N O M B R E INICIO TÉRMINO REGISTRO DD/MM/AA V ARQ. OCTAVIO JORGE HERRERA DÍAZ 01//01/ //10/2012 ALTAS DE PERITOS VALUADORES INDEPENDIENTES A QUIENES SE OTORGÓ O REVALIDÓ LA AUTORIZACIÓN PARA PRACTICAR AVALÚOS. NÚMERO DE N O M B R E INICIO TÉRMINO REGISTRO DD/MM/AA V ING. IND. MARÍA ITZIAR ARÍAS GONZÁLEZ 23/10/ /12/2012 V ARQ. DAVID ISRAEL DOMÍNGUEZ ALBARRÁN 18/10/ /12/2012 V LIC. ROSAURA DEL CARMEN OLQUÍN MARINA 18/10/ /12/2012 V ARQ. JOAQUÍN LEOBARDO BERNAL DÍAZ 18/10/ /12/2012 TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. SEGUNDO.- Los listados que se dan a conocer a través de esta Resolución, de las personas autorizadas y registradas por la autoridad fiscal para practicar avalúos, son los listados vigentes en el ejercicio fiscal TERCERO.- Los presentes listados serán actualizados considerando las altas, cancelaciones y suspensiones que publique la Tesorería del Distrito Federal. CUARTO.- Los listados correspondientes a los corredores públicos que obtengan su registro para practicar avalúos, se darán a conocer una vez que los interesados cumplan con los requisitos establecidos en el Código Fiscal y el Manual antes mencionado y que serán actualizados conforme se señala en el Transitorio Tercero de la presente Resolución. México, D. F., a 21 de noviembre de SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECIÓN EL TESORERO DEL DISTRITO FEDERAL MTRO. EMILIO BARRIGA DELGADO

11 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11 AVISO POR ELP QUE SE DA A CONOCER EL OFICIO POR EL QUE EL PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL ENCOMIENDA AL LIC. ISRAEL TREJO MANCERA, SUBDIRECTOR DE ASUNTOS PENALES DE LA PROCURADURIA FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE SE INDICAN. Jorge Silva Morales, en mi carácter de Procurador Fiscal del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15, fracción VIII y 30, fracciones X, XI y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y 7 fracción VIII inciso c) y 36, fracciones XVII, XX, XXI y XXII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y en ejercicio de las facultades otorgadas al Procurador Fiscal del Distrito Federal mediante acuerdo emitido por el Jefe del Gobierno del Distrito Federal denominado Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal para encomendar el ejercicio de atribuciones en materia de delitos fiscales previstos en el Código Financiero del Distrito Federal o que afecten a la Hacienda pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 de abril de 2004, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL OFICIO POR EL QUE EL PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL ENCOMIENDA AL LIC. ISRAEL TREJO MANCERA, SUBDIRECTOR DE ASUNTOS PENALES DE LA PROCURADURIA FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE SE INDICAN. OFICIO: SF/PFDF/SAP/3275/2012 ASUNTO: SE AUTORIZA ENCOMIENDA México, D.F., a 03 de diciembre de 2012 LIC. ISRAEL TREJO MANCERA SUBDIRECTOR DE ASUNTOS PENALES DE LA PROCURADURIA FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E Jorge Silva Morales, en mi carácter de Procurador Fiscal del Distrito Federal, cargo que me fue conferido el día 1 de mayo de 2012 por el Jefe de Gobierno Lic. Marcelo Ebrard Casaubon, conforme a las atribuciones que al efecto le otorgan los artículos 122 apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracción V, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 5, 15, fracción VIII y 30 fracciones X, XI y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 7 fracción VIII, inciso c) y 36 fracciones XVII, XX, XXI y XXII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y en ejercicio de las facultades otorgadas al Procurador Fiscal del Distrito Federal mediante acuerdo emitido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, denominado ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL TITULAR DE LA PROCURADURÍA FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL PARA ENCOMENDAR EL EJERCICIO DE ATRIBUCIONES EN MATERIA DE DELITOS FISCALES PREVISTOS EN EL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL O QUE AFECTEN LA HACIENDA PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 29 de abril de 2004 y debido a la necesidad de agilizar la asistencia técnica y operativa de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal y legitimar a los servidores públicos adscritos a ella para realizar las actuaciones procedentes con relación a los procedimientos penales relativos a delitos fiscales, se considera pertinente encomendarle el ejercicio de las siguientes atribuciones: a.1) Representar en toda clase de procedimientos judiciales los intereses de la Hacienda Pública del Distrito Federal en materia de delitos fiscales;

12 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 a.2) Denunciar o querellarse, ante el Ministerio Público competente, por los hechos que puedan constituir delitos de servidores públicos de la Secretaría de Finanzas en el desempeño de sus funciones, allegándose de los elementos probatorios del caso y dando la intervención que corresponda a la Contraloría General del Distrito Federal, así como formular querellas o denuncias en materia de delitos fiscales, haciendo la determinación del daño o perjuicio en la propia querella cuando ésta sea necesaria; y denunciar o querellarse ante el Ministerio Público competente por otros hechos delictivos en que la Secretaría de Finanzas resulte ofendida o en aquellos casos en que tenga conocimiento o interés; y b) Ejercer en materia de delitos fiscales las atribuciones señaladas a la Secretaría de Finanzas en el Código Fiscal del Distrito Federal vigente, así como en los respectivos Códigos Financieros del Distrito Federal. La presente encomienda surtirá sus efectos a partir del día siguiente a aquél en que se haga la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en términos del punto SEXTO del Acuerdo mencionado, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 de abril de La autorización para el ejercicio de dichas atribuciones cesará en el momento mismo en que usted deje de prestar sus servicios en la Administración Pública del Distrito Federal, y no podrá ser delegada bajo ninguna circunstancia a favor de persona alguna. A T E N T A M E N T E SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN EL PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL JORGE SILVA MORALES

13 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13 CONTRALORÍA GENERAL Hiram Almeida Estrada, Contralor General del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción XV, 16 fracción IV y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 28 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; así como 11 y 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. CONSIDERANDO Que la Contraloría General del Distrito Federal, en su actuación gubernativa como dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, se auxilia para el ejercicio de sus atribuciones por diversas Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que le están adscritas. Que la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares se encuentra regulada en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, ordenamiento que establece para las actuaciones y diligencias de orden administrativo la obligación de ser ejecutadas en días y horas hábiles, y que se consideran inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados o entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Que las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, pueden determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser considerados como inhábiles para efectos de los actos, trámites, servicios, notificaciones y procedimientos al público en general, en consecuencia no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales. Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal, dispone que se consideran días inhábiles los previstos por la Ley o por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Obligado de la Administración Pública, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que la Contraloría General del Distrito Federal, con motivo del cambio de domicilio, y de la imposibilidad técnica y operativa derivada de las diversas adecuaciones a las redes telefónicas y de internet, que resultan indispensables para el funcionamiento y atención al público en general en el ámbito de su competencia, por lo que resulta indispensable la suspensión de términos en el periodo que se señala para realizar la operación correcta, así como la debida atención de los asuntos que se presenten en dicho periodo, con el propósito de no afectar la esfera jurídica de particulares; conforme lo anterior, se emite el siguiente: Aviso por el que se dan a conocer los días de suspensión de términos de la Oficina de Información Pública de la Contraloría General del Distrito Federal; que se indican. Para efectos de todos aquellos actos, trámites, servicios, notificaciones y procedimientos, competencia de la Oficina de Información Pública de la Contraloría General del Distrito Federal, aplicables en la tramitación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, y de Datos Personales, así como de Recursos de Revisión, que ingresan por OFICIALÍA DE PARTES o que se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico INFOMEX, TELINFODF, CORREO ELECTRÓNICO DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA (oip@contraloriadf.gob.mx), POR ESCRITO O EN FORMA PERSONAL, se considerarán días inhábiles: 17 al 19 de diciembre de Durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos, en todos aquellos actos, trámites, servicios, notificaciones y procedimientos, competencia de la Oficina de Información Pública de la Contraloría General del Distrito Federal, aplicables en la tramitación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, y de Acceso de Datos Personales, así como de Recursos de Revisión. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor al siguiente día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal SEGUNDO.- Publíquese también el presente aviso, en los estrados de la Oficina de Acceso a la Información Pública de la Contraloría General del Distrito Federal, en su portal de Internet y notifíquese al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, para los efectos conducentes. Ciudad de México, D.F., a los 12 días de diciembre de dos mil doce. Lic. Hiram Almeida Estrada Contralor General del Distrito Federal

14 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 OFICIALÍA MAYOR ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN COMO INHÁBILES Y SE DAN A CONOCER LOS DÍAS QUE SE SEÑALAN, DEL MES DE DICIEMBRE DE 2012 Y ENERO DE 2013, PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO INMOBILIARIO Y DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE APOYO JURÍDICO ADSCRITAS A LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. EDGAR ARMANDO GONZÁLEZ ROJAS, Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11, 71 fracción IX y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y 27 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y C O N S I D E R A N D O Que la Oficialía Mayor es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Gobierno del Distrito Federal, a la cual corresponde entre otras, el despacho de las materias relativas al patrimonio inmobiliario. Que la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, puede determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser considerados como inhábiles para efectos del ordenamiento en cita y del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, días en que, por consecuencia, no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales de la Administración Pública Local. Que la suspensión de términos y labores en las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados y Entidades como consecuencia de vacaciones generales o suspensión de labores, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, debe hacerse del conocimiento público mediante el Acuerdo que para tal efecto se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN COMO INHÁBILES Y SE DAN A CONOCER LOS DÍAS QUE SE SEÑALAN, DEL MES DE DICIEMBRE DE 2012 Y ENERO DE 2013, PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO INMOBILIARIO Y DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE APOYO JURÍDICO ADSCRITAS A LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. PRIMERO.- Se declaran inhábiles además de los establecidos en el artículo 71, fracción IX, de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Distrito Federal, los días 17, 18, 19, 20, 21, 24, 26, 27, 28 y 31 del mes de diciembre del año dos mil doce, 2, 3 y 4 de enero de dos mil trece y por lo tanto no correrán plazos ni términos en la recepción de documentos e informes, trámites, acuerdos, resoluciones, avisos, actuaciones, diligencias, cómputo de términos, inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes y de documentos, en los trámites y procedimientos a cargo de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario y de la Dirección Ejecutiva de Apoyo Jurídico adscritas a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, tampoco para cualquier acto emitido por las mismas. SEGUNDO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación. Dado en la Ciudad de México, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce. OFICIAL MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL LICENCIADO EDGAR ARMANDO GONZÁLEZ ROJAS

15 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN TLALPAN ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DIAS QUE SE INDICAN COMO INHÁBILES DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 Y DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2013, PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN A CARGO DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN TLALPAN MARICELA CONTRERAS JULIÁN, Jefa Delegacional en Tlalpan, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122, Base Tercera fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; así como por lo dispuesto en el artículo 71 fracción IX, 72 y 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal es el ordenamiento legal que regula la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares, misma en la que se establece que en las actuaciones y diligencias de orden administrativo deben ser ejecutadas en los días hábiles, señalando como inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las dependencias, Entidades o Delegación respectiva, de la Administración Pública del Distrito Federal. Que en el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las diligencias o actuaciones de los procedimientos administrativos se efectuarán conforme a los horarios que cada Dependencia o entidad de la Administración Pública del Distrito Federal previamente establezca y publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en los plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el mismo número de días en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de calendario y si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. Que conforme a lo establecido por el artículo 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal los términos se contarán por días hábiles, salvo disposición en contrario y empezarán a correr a partir del día hábil siguiente al en que surtan sus efectos las notificaciones respectivas y serán improrrogables. Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos competencia del Órgano Político Administrativo en Tlalpan. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la tramitación y recepción de documentos e informes, trámites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, solicitudes de acceso a la información pública; de acceso o rectificación de datos personales y de recursos de revisión, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos al Órgano Político Administrativo en Tlalpan que incida o afecte la esfera jurídica de los particulares. Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos sustanciados ante el Órgano Político Administrativo en Tlalpan, y con el objeto de hacer del conocimiento del público en general la determinación del titular de la Delegación Tlalpan, mediante publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

16 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DIAS QUE SE INDICAN, COMO INHÁBILES DEL MES DE DICIEMBRE DE 2012 Y DEL MES DE ENERO DE 2013, PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN A CARGO DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN TLALPAN. PRIMERO.- Se declaran como inhábiles los días 17, 18, 19, 20, 21, 24, 26, 27, 28 y 31 de diciembre de 2012 y así como los días 2, 3 y 4 de Enero de 2013 y por tanto no correrán plazos y términos en los trámites y procedimientos a cargo del Órgano Político Administrativo en Tlalpan. Para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo precedente. SEGUNDO.- Derivado de lo previsto en el punto anterior, la Ventanilla Única Delegacional permanecerá cerrada al público en general durante los días señalados. TERCERO.- Se excluyen de lo dispuesto en el punto que antecede, a las materias de protección civil, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por la ley de la materia específica de que se trate, así como cualquier causa que ponga en peligro o riesgo inminente la seguridad pública, la integridad física y la salubridad de las personas. CUARTO.- Cualquier actuación o promoción ante la Delegación Tlalpan en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente. Cuando se cuente con plazo para la presentación de promociones y el último día de este sea de los considerados como inhábiles, sus efectos se prorrogarán hasta el día hábil siguiente. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y su vigencia será en los días que se indican. En Tlalpan, Distrito Federal a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil doce. A T E N T A M EN T E LA JEFA DELEGACIONAL EN TLALPAN MARICELA CONTRERAS JULIÁN

17 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO Ganadores de Licitaciones Públicas Nacionales Ejercicio Fiscal 2012 La Delegación Benito Juárez, a través del Lic. Nicias René Aridjis Vázquez, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo primero del Acuerdo Delegatorio de Facultades, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de febrero de Y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, da a conocer a los Fallos de las Licitaciones Públicas de carácter Nacional así como de las Invitaciones Restringidas a cuando menos Tres Concursantes del ejercicio NÚMERO DE LICITACIÓN CONCEPTO DE LA LICITACIÓN Y OBJETO DEL CONTRATO NÚMERO DE CONTRATO PERSONA FÍSICA O MORAL GANADORA MONTO ADJUDICADO CON IVA FECHA DE INICIO Y CONCLUSIÓN DE LA OBRA Construcción del Centro de Desarrollo Infantil en Mitla No. 586, Colonia Letrán Valle en la Delegación Benito Juárez. DBJ-LPO Constructora Cosatla, S.A. de C.V. $ , de abril al 30 de diciembre Mantenimiento de Banquetas y Guarniciones en varias colonias de la Delegación Benito Juárez para el Ejercicio 2012 (Presupuesto Participativo). DBJ-LPO Arthur s Construcciones, S.A. de C.V. $ 7 991, de junio al 31 de diciembre Mantenimiento y Conservación de Casas de Cultura en la Delegación Benito Juárez. DBJ-LPO ZM Construcción y Supervisión de Obras, S.A. de C.V. $ 3 264, de junio al 31 de diciembre Conservación y Mantenimiento de Centros Educativos Nivel Básico en la Delegación Benito Juárez, para el Ejercicio DBJ-LPO Malpe Construcciones, S.A. de C.V. $ , de junio al 31 de diciembre 2012 IR Obras Complementarias para mejora de la Escuela Secundaria No. 51 Carlos Benítez Delorme en la Delegación Benito Juárez. DBJ-IR Malpe Construcciones, S.A. de C.V. $ 1 941, de junio al 31 de diciembre Conservación y Mantenimiento de Mercados en la Delegación Benito Juárez. DBJ-LPO Arte y Diseño en Arquitectura, S.A. de C.V. $ 5 978, de julio al 31 de diciembre 2012

18 LO N LO N IO N IO N LO N Pavimentación y Obras Complementarias en Vialidades Secundarias de la Colonia San Juan en la Delegación Benito Juárez. Mantenimiento de Banquetas y Guarniciones en varias colonias de la Delegación Benito Juárez para el Ejercicio Rehabilitación, Adecuación y Mejoramiento de Espacios para Cancha de Squash en el Complejo Olímpico México 68 en la Delegación Benito Juárez. Mantenimiento de Carpeta Asfáltica y Obras Complementarias en Vialidades Secundarias de la Delegación Benito Juárez Sustitución de Tubería de la Red Secundaria de Drenaje en calles de la Delegación Benito Juárez. DBJ-LPO REMASA Resistencia de Materiales, S.A. de C.V. $ 2 399, de julio al 30 de diciembre 2012 DBJ-LPO Ricardo Serrano Padilla $ 3 385, de julio al 31 de diciembre 2012 DBJ-IR DBJ-IR DBJ-LPO Pavimentos, Edificaciones y Proyectos, S.A. de C.V. REMASA Resistencia de Materiales, S.A. de C.V. SIRELU Construcciones y Supervisión, S.A. de C.V. $ 8 638, $ 2 766, $ , de septiembre al 30 de diciembre de septiembre al 31 de diciembre de octubre al 31 de diciembre 2012 El lugar donde podrán consultarse las razones de asignación y de rechazo será en la Unidad Departamental de Concursos y Precios Unitarios de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Benito Juárez con dirección en Av. División del Norte número 1611, colonia Santa Cruz Atoyac, C.P , Distrito Federal. MÉXICO, D.F A 6 DE DICIEMBRE DEL 2012 AT E N T A M E N T E DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO LIC. NICIAS RENÉ ARIDJIS VÁZQUEZ

19 14 de Diciembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 SECCIÓN DE AVISOS GREEN ROOF SYSTEMS DE MEXICO, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE OCTUBRE DE ACTIVO PASIVO Bancos 28,501 Acreedores Diversos 0 Clientes 0 Proveedores 0 Contribuciones a favor 0 Impuestos por pagar 7,420 Suma el Activo Circulante 28,501 Suma el Pasivo Circulante 7,420 Fijo Equipo de oficina 0 Depreciación de equipo de oficina 0 Maquinaria y equipo 0 CAPITAL CONTABLE Depreciación de maquinaria y equipo 0 Capital Social 250,000 Suma Activo Fijo 0 Resultado de ejercicios anteriores 0 Resultado del ejercicio -128,478 DIFERIDO Suma el Capital Contable 121,522 Impuestos anticipados 100,441 Suma el Activo Diferido 100,441 SUMA EL ACTIVO 128,942 SUMA EL PASIVO Y CAPITAL 128,942 Raymundo Herrera Ortiz Liquidador Participación accionaria Maricela Verónica Camarillo Flores 25% Marco Alejandro Almorejo Gómez 25% Sandra Victoria Lona 25% Raymundo Herrera Ortiz 25%

20 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Diciembre de 2012 AVISO DE SOLICITUD DE MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 41 la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 49 del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, se inició el procedimiento de Modificación al Programa de Desarrollo Urbano de Álvaro Obregón, por tal motivo, se da a conocer el siguiente: AVISO DE SOLICITUD DE MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO No. DE FOLIO: SEDUVI-SITE KERO12. INGRESO DE SOLICITUD: 26 de octubre de SUP. DE TERRENO: 1, m 2. DOMICILIO: Girardón No. 84, Colonia Sacramento, Delegación Álvaro Obregón. ZONIFICACIÓN VIGENTE: USO SOLICITADO: HC 3/20/A (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción, 20% mínimo de área libre, Densidad Alta, una vivienda por cada m 2 de la superficie total del terreno). 64 departamentos en 3 torres de 8 niveles cada una, en una superficie de construcción de 7, m 2 sobre nivel de banqueta, con una superficie de desplante de m 2, un sótano y un semisótano para estacionamiento, donde proporcionan 103 cajones, en una superficie de construcción de 2, m 2 bajo nivel de banqueta, con una superficie total de construcción de 9, m 2, proporcionando m 2 de área libre. PERIODO DE CONSULTA PÚBLICA: Del 17 de diciembre de 2012 al 8 de enero de La ciudadanía podrá presentar su opinión por escrito durante el periodo de Consulta Pública, en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, ubicadas en la Av. Insurgentes Centro No. 149, 1er Piso, Colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, a través de la Oficialía de Partes. México, D. F. a 13 de diciembre de 2012 Rolando Keller Torres Solicitante

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 28 de Abril de 2010 DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN COMO DÍAS INHÁBILES Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LA TRAMITACIÓN

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