REPUBLICA BOLIVARlANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO" Rectorado
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- Vicenta Rico Flores
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1 REPUBLICA BOLIVARlANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO" Rectorado CONVENIO ESPCIFICO DE COLABORACION ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA) y LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (VENEZUELA) PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE DOCTORADO EN INGENIERIA CIVIL: SEGURIDAD, CALIDAD Y OPTIMIZACION DE RECURSOS EN INFRAESTRUCTURAS y SU RELACION MEDIOAMBIENTAL De una parte el Excmo. Sr. D. David Aguilar Peña, en nombre y representación de la Universidad de Granada de la que es Rector Magnífico en virtud del Decreto 417/2000 (BOJA de 4 de noviembre de 2000), actuando con las atribuciones que le confieren el artículo 18.1 de la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma Universitaria de 25 de agosto y el artículo 86, f de los Estatutos de la Universidad de Granada. Domicilio legal: La Universidad de Granada señala como domicilio, a efectos del cumplimiento de este convenio, El Rectorado, Hospital Real, calle Cuesta del Hospicio s/n, Granada, España. y de otra parte, la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", con sede en Barquisimeto, Estado Lara, creada mediante Decreto N 980 del 7 de noviembre de 1967, publicado en la Gaceta Oficial N , de esa misma fecha, representada por el Licenciado en Matemáticas José E. Betbelmy, quien es venezolano, mayor de edad y de este domicilio, identificado con Cédula de Identidad N , actuando con el carácter de Rector, electo para el cargo de conformidad con lo previsto en el Capítulo III del Título II del Reglamento de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", según consta en Acta de Proclamación y Juramentación del 2 de Abril de 1998, registrada con el N 32, Tomo 73 de la Notaría Pública Segunda de Barquisimeto en fecha 20 de mayo de 1998, acorde con lo dispuesto en el Artículo 26, Numeral 13 de la Ley de Universidades y el Artículo 12 del Reglamento de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", debidamente autorizado por el Consejo Universitario en Sesión N 1315 de fecha Domicilio legal: La Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado señala como domicilio, a efectos del cumplimiento de este convenio, Edificio Central del Rectorado UCLA, Carrera 19 con calle 8, Barquisimeto-Estado Lara, Venezuela. Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad jurídica y de obrar
2 suficiente para El otorgamiento del presente Convenio, actuando en representación de sus respectivos Organismos, en virtud de las facultades que tienen reconocidas, a cuyos efectos. EXPONEN I. Que en función de su naturaleza y objetivos, la Universidad de Granada y la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, que suscriben el presente Convenio, están llamadas a desempeñar un papel fundamental en el acercamiento entre los dos países; II. Que el intercambio de experiencias y conocimientos culturales, científicos y técnicos con intereses comunes tanto en formación como en administración, entre profesores, alumnos y personal administrativo de ambas Instituciones resulta del mayor interés para el progreso de su vida académica; III. Que ambas Instituciones están interesadas en estrechar los vínculos culturales, científicos y académicos entre Venezuela y España IV. Que la Universidad de Granada, dentro de su espíritu de colaboración con las Universidades de los países Iberoamericanos, está dispuesta a aportar, a través de sus Centros y Departamentos, el profesorado necesario para llevar a cabo la formación de nuevos Doctores. POR TODO ELLO, deciden concertar el presente Convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes CLAUSULAS PRIMERA.- FINALIDAD DEL ACUERDO ESPECIFICO La Universidad de Granada y la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, conscientes de la importancia de afianzar las relaciones interuniversitarias, convienen en aunar esfuerzos para llevar a buen término un Programa de Doctorado en Ingeniería Civil: Programa Seguridad, Calidad y Optimización de recursos en infraestructuras y su relación medioambiental que contribuya a facilitar una formación avanzada y orientada a cualificar recursos humanos que impulsen la docencia y la investigación en el campo de la investigación educativa y la formación del profesorado, en el que ambas Instituciones tienen intereses comunes. Desde la reciprocidad y compromiso mutuo y desde la experiencia en la formación de Doctores, ambas Instituciones ponen a disposición sus cualificados cuadros académicos e investigadores, así como las posibilidades que hoy ofrece la avanzada tecnología en el campo de la enseñanza-aprendizaje, de alto nivel y excelencia, en orden a producir los beneficios futuros que, en los ámbitos profesionales e institucionales, ambas anhelan. SEGUNDA.- MODALIDAD DEL PROGRAMA DE DOCTORADO El Programa de Doctorado en Ingeniería Civil; Programa Seguridad, Calidad y Optimización de recursos en infraestructuras y su relación medioambiental que ambas Instituciones acuerdan desarrollar, se regirá por la legislación vigente en España y por la normativa de la Universidad de Granada y el Título correspondiente será expedido por la
3 Universidad de Granada. Los cursos del Programa serán impartidos por Profesores Doctores del Departamento de Ingeniería Civil de la Universidad de Granada de acuerdo con el Programa de Doctorado, que detalla los cursos, carga lectiva, descripción de los mismos, métodos de evaluación, profesores y departamento responsable, realización prevista y perfil formativo de los alumnos, según se recoge en el anexo a este convenio. El programa impartido cumplirá los requisitos recogidos en el R.D 778/98 Y normas propias de la Universidad de Granada. La sede del desarrollo de los cursos del Programa será la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA) en Venezuela. TERCERA.- GESTION ADMINISTRATIVA DEL PROGRAMA 3.1. De las actas de evaluación académica de los cursos que se contemplan en el Programa de Doctorado se entregará un ejemplar con carácter oficial en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, para su registro y los originales se custodiarán en la Universidad de Granada El Programa de Doctorado en Ingeniería Civil: Programa Seguridad, Calidad y Optimización de recursos infraestructuras y su relación medioambiental, se impartirá durante los cursos académicos 2001/2002 y 2002/2003, como prevé la legislación española vigente y la Universidad de Granada, a través del profesorado y Departamento responsables, asumirá la actividad académica y la dirección de las Tesis Doctórales Este Convenio será prorrogable de común acuerdo entre las partes, por períodos iguales, salvo renuncia previa de alguna de las partes, que deberá ser comunicada por escrito con una antelación mínima de tres meses. CUARTA.- DEL ALUMNADO y PROFESORADO La admisión de alumnos en el programa de Doctorado será hecha de forma coordinada por las dos partes. La Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado realizará una primera preselección acorde con los perfiles Normativos contemplados en el Programa y con titulaciones homologables a las requeridas en la legislación vigente en España. El detalle de los alumnos preseleccionados, con su curriculum completo, será enviado a la Universidad de Granada antes del día 15 de Octubre de 2001 a fin de proceder a su matriculación. Las discrepancias entre los alumnos preseleccionados y los admitidos serán debatidas por ambas Universidades antes de cerrar el plazo se matrícula. En todo caso, la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado se compromete a comprobar y garantizar que la titulación alegada por los alumnos corresponde al nivel de licenciado y remitir en la fecha y forma que ésta indique, la documentación necesaria (según Anexo académico) para que los alumnos puedan iniciar el Programa de Doctorado sin tener homologado su título. El número de alumnos a matricular en el programa será 20 como máximo. Cada alumno matriculado en el Programa tendrá asignado un director de Tesis doctoral, de acuerdo con
4 las preferencias temáticas que manifieste al comenzar el Programa. Dicho director será Profesor de la Universidad de Granada y de uno de los Departamentos que participen en el Programa que, previamente, habrá adquirido el compromiso correspondiente. En dichas tareas de Dirección podrán colaborar, de mutuo acuerdo, tutelando y asesorando al alumnado, profesores doctores de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, o de otras Universidades venezolanas. En este sentido, todos los Profesores de la Universidad de Granada que participan en el Programa, se comprometen a tutelar los trabajos de investigación de hasta un máximo de cuatro alumnos por profesor. Asimismo, al participar en el Programa, adquieren el compromiso de dirigir las tesis doctórales de hasta tres alumnos del citado Programa por Director. QUINTA.- DE LA COORDINACION y LA COMISION DEL PROGRAMA DE DOCTORADO 5.1. Las partes designarán a sus representantes para la Coordinación del Programa de Doctorado en Ingeniería Civil: Programa Seguridad, Calidad y Optimización de recursos de infraestructuras y su relación medioambiental y para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Convenio Específico La correcta aplicación e interpretación de las cláusulas de este convenio será competencia de una Comisión del programa de Doctorado, formada por los siguientes representantes: 1) Un representante de la Universidad de Granada, quien será designado antes de proceder a la matriculación de los alumnos. 2) Un representante de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, que ejecute el programa de Doctorado, quien será designado antes de proceder a la matriculación de los alumnos. SEXTA: DE LA REALIZACION DEL PROGRAMA DE DOCTORADO Y LAS TESIS DOCTORALES 6.1. La Universidad de Granada y la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, velarán en todo momento por el buen desarrollo y mantenimiento de la calidad tanto de los estudios impartidos como de las investigaciones realizadas dentro del marco del programa de Doctorado. Igualmente, asegurarán el riguroso cumplimiento de las condiciones de exigencia académica, perspectivas para la obtención de los correspondientes diplomas y titulaciones de estos Estudios de Tercer Ciclo. Por consiguiente, la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, se compromete a facilitar el contacto entre los Profesores y Alumnos del Programa durante el período de Investigación Tutelada y la realización de la tesis doctoral. Más concretamente, los alumnos matriculados en el Programa de Doctorado deberán completar una estancia de al menos, seis meses en la Universidad de Granada. De este requisito, la Comisión de Doctorado, a instancias de la Comisión de seguimiento del programa y el preceptivo informe, podrá eximir a aquellos alumnos para los que estimen innecesaria dicha estancia. La Universidad
5 Centroccidental Lisandro Alvarado, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria para tales fines, sufragará todos los gastos derivados del desplazamiento y estancia de aquellos alumnos que, por motivos de la realización de su trabajo de investigación tutelada o tesis doctoral, hayan obtenido el visto bueno de los representantes de ambas Universidades para realizar una estancia en la Universidad de Granada. Igualmente, la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, a través de la Fundación FIVE, sufragará todos los gastos derivados del desplazamiento y estancia de los Profesores del Programa que, por motivo de la dirección de trabajos de investigación tutelada o tesis doctórales, hayan obtenido el visto bueno de los representantes de ambas Universidades para desplazarse hasta la UCLA Todas las solicitudes de estancia, tanto de profesores como de alumnos, se formularán de manera razonada e incluirán todas las justificaciones pertinentes. Estas peticiones serán objeto de consideración por la Comisión compuesta por los representantes de ambas partes y se tramitarán ante las instancias correspondientes según sea el caso. 6.2.La obtención del diploma de Estudios Avanzados, tras superar el período de docencia y de investigación tutelada, será conforme con la legislación española vigente y se realizará en la UCLA El Tribunal estará constituido por tres miembros, dos de los cuales tendrán que ser de entre los doctores participantes de la Universidad de Granada Las lecturas de las Tesis Doctórales serán acordes con la legislación española vigente, con relación a la constitución de Tribunales y demás requisitos. Se procurará que dicho acto se lleve a cabo en la Universidad de Granada, sin perjuicio de que por acuerdo de ambas partes algunas lecturas puedan realizarse en la UCLA. SEPTIMA.- FINANCIAMIENTO 7.1. La UCLA transferirá, en concepto de precios públicos de matrícula de programa y del Título de Doctor, al Vicerrectorado de Postgrado y Formación Continua de la Universidad de Granada, la cantidad de ciento noventa y cinco mil pesetas ( Ptas.) por cada uno de los alumnos que se matricule en el Programa, que podrá ser abonada en dos plazos, uno al formalizar la inscripción al programa, y el segundo al comienzo de la investigación tutelada. Dicha transferencia se hará a la cuenta bancaria de la Universidad de Granada N (Cuenta de Tesorería) en concepto de Programa de Doctorado Seguridad, Calidad y Optimización de recursos en infraestructuras y su relación medio ambiental en la UCLA La UCLA transferirá, en conceptos de gastos de Gestión y Administración del programa de Doctorado, a los Doctorados en lberoamérica (Centro de Gastos ), la cantidad total de cincuenta mil pesetas (50.000). Dicha transferencia se hará a la cuenta bancaria de la Universidad de Granada N (Cuenta de Tesorería), haciendo constar que dicha cantidad habrá de ingresarse en el Centro de Gastos mencionado anteriormente.
6 7.3. La UCLA se hará cargo de los honorarios profesionales que se fijen para los profesores de la Universidad de Granada y para los profesores visitantes (en su caso), y de informar sobre los mismos. Asimismo, dicha Universidad se hará cargo de los gastos de desplazamiento Granada-Barquisimeto-Granada La UCLA se hará cargo del alojamiento y manutención de los Profesores de la Universidad de Granada y profesores visitantes durante su estancia en períodos de una (1) semana en la UCLA para la impartición de los cursos del programa de Doctorado, la tutoría de los trabajos de investigación y la dirección de tesis doctórales, en fechas que de mutuo acuerdo se fijen. Asimismo, correrán a su cargo los gastos derivados de la movilidad necesaria. Igualmente, de acuerdo con la aplicación del Artículo 4, se hará cargo de los gastos derivados de las estancias en Granada de alumnos de la UCLA, que reciban el visto bueno para tal desplazamiento La UCLA se hará cargo de los gastos de viajes y alojamiento derivados del desplazamiento, en su caso, de Tribunales de Lectura de Tesis Doctórales a dicha Universidad Los gastos contemplados en los apartados 7.3, 7.4, 7.5, asciende a la cantidad de US $2.440, distribuidos de la siguiente manera: US$ para el traslado Granada-Barquisimeto-Granada US$ 700 para honorarios por sus horas académicas o tutoría de investigación o dirección de tesis, y Lo correspondiente en bolívares a US$540, menos los descuentos por impuesto y devaluación, si la hubiere En cualquier caso, la Universidad de Granada facilitará, a nivel informativo, el alojamiento y manutención a los alumnos que se desplacen a esta Universidad para la lectura de su Tesis Doctoral durante el período que, previamente, se acuerde. Para ello, dichos alumnos tendrán los mismos derechos que cualquier otro alumno de la Universidad de Granada en lo referente al uso de la Oficina de Alojamiento de esta Universidad, así como la solicitud y obtención de becas de manutención, comedor y otros tipos de ayuda La Universidad de Granada intentará recabar fondos de financiamiento externos en los ámbitos locales, nacionales o internacionales y de instituciones públicas o privadas, a fin de apoyar las actividades necesarias para el adecuado desarrollo del Programa de Doctorado. Todos los detalles relativos al financiamiento se adjuntarán en el Anexo II al presente Convenio.
7 OCTAVA.- COMPROMISOS La Universidad de Granada asume el compromiso con plena responsabilidad en el desarrollo del programa desde su inicio hasta su finalización. El Vicerrectorado de Postgrado y Formación Continua, a través de la Comisión de Doctorado, de la Universidad de Granada, y en coordinación con los Departamentos implicados, velará por que el desarrollo del programa se produzca según períodos y profesorado acordados y por que todos asumamos los compromisos académicos, de dirección y económicos adquiridos. FINAL.- La Universidad de Granada y la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, debidamente enteradas del contenido del presente Convenio Específico, se ratifican en su propósito comprometiéndose recíprocamente a desplegar todos sus esfuerzos y a mantener la coordinación adecuada en orden a conseguir los objetivos propuestos. En señal de conformidad, se suscribe el presente Convenio en cuatro ejemplares y a un solo efecto, en Barquisimeto, Edo. Lara, Venezuela, a los 30 días del mes de Noviembre de POR LA UCLA LIC. JOSE BETHELMY RECTOR POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA EXCMO. SR F. DAVID AGUILAR PEÑA RECTOR MAGNIFICO
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