BOP Cáceres. Ayuntamiento

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "BOP Cáceres. Ayuntamiento"

Transcripción

1 Número 103 Martes 31 de Mayo de 2016 Página 74 Ayuntamiento Valencia de Alcántara ANUNCIO. Modificación definitiva de la Ordenanza de la tasa por los servicios de las Residencias de Mayores, Centro de Día y Comidas a Domicilio Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo provisional sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal número 15, reguladora de la tasa por los servicios de las Residencias de Mayores, Centro de Día y Comidas a Domicilio adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 14 de marzo de 2016, y no habiéndose presentado dentro del mismo reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de la modificación de la mencionada Ordenanza Fiscal: MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 15, REGULADORA DE LA TASA POR LOS SERVICIOS DE LAS RESIDENCIAS DE MAYORES, CENTRO DE DIA Y COMIDAS A DOMICILIO. Artículo 1.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 07/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de conformidad con lo establecido en los artículos 15 a 19 y 20.4.ñ) del Real Decreto Legislativo 2/004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece la Tasa por el uso del Servicio de comidas a domicilio y los de estancia y uso de los Servicios de la Residencia de Mayores, Centro de Día de titularidad municipal de Valencia de Alcántara en régimen de pensión completa, alojamiento en habitación, servicios de lavandería, planchado y atención a residentes en general, que se regirán por la presente Ordenanza. Artículo 2.- Ámbito de aplicación. La presente Ordenanza Fiscal será de aplicación en todo el término Municipal de Valencia de Alcántara, desde su entrada en vigor y hasta su derogación o modificación expresa.

2 Número 103 Martes 31 de Mayo de 2016 Página 75 Artículo 3.- Hecho Imponible.- El hecho imponible de la tasa regulada por esta Ordenanza, está constituida por la prestación de un servicio o realización de una actividad administrativa consistente en el uso del Servicio de Comidas a domicilio y la utilización y estancia en las Residencias de Mayores y Centro de Día de titularidad Municipal de Valencia de Alcántara. Artículo 4.- Sujeto Pasivo. Están sujetos al pago de la tasa por la utilización y estancia en las Residencias de Mayores y Centros de Día de titularidad municipal de Valencia de Alcántara los residentes que se beneficien de la prestación de dicho servicio. Igualmente estarán sujetos al pago de la citada tasa todos los usuarios del Servicio de comidas a domicilio del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. En el caso de beneficiarios, que se encuentren bajo la patria potestad de los padres o tutores, serán estos últimos los responsables del pago de la tasa, conforme a lo establecido en los artículos 55, 154 y 206 del Código Civil. Artículo 5.- Tarifa. La cuantía de la Tasa de esta Ordenanza, se obtendrá de la aplicación de las siguientes tarifas: a) Por estancia en la Residencia de Mayores, en habitación doble con derecho a manutención (cuatro comidas al día, es decir desayuno, comida, merienda y cena), lavandería, planchado y limpieza de habitación y baños, en el caso de plaza concertadas con la Consejería de Salud y Política Social de la Junta de Extremadura, se abonará el 75% de pensiones ordinarias y el 50% de las pagas extraordinarias, con el límite de ,00. En el caso de ingreso de un cónyuge con matrimonio en régimen de gananciales y cuya pensión corresponda al otro, a efectos de cobro se aplicarán los porcentajes anteriores calculados sobre el 50% de la pensión del cónyuge no ingresado. En el caso de plazas no concertadas con la Consejería de Salud y Política Social de la Junta de Extremadura, los residentes abonarán la cuantía fija de 750,00 /mes. b) Por asistencia al Centro de Día, con derecho a comedor: - Mensualmente: Por estancia de 8:00 horas a 15:00 horas, el 25% del total de los ingresos del usuario.

3 Número 103 Martes 31 de Mayo de 2016 Página 76 Por estancia de 8:00 horas a 22:00 horas, el 50% del total de los ingresos del usuario. - Por días sueltos: Por estancia de 8:00 horas a 15:00 horas: 7,00 /día. Por estancia de 8:00 horas a 22:00 horas: 14,00 /día En caso de matrimonio o relación análoga, el coste para uno de ellos, será el 25% de la media del total de ingresos que perciban ambos. En supuestos excepcionales, y previo informe de los Servicios Sociales, por utilización del servicio de comedor en Centro de Dia se abonará las mismas tarifas establecidas para el Servicio de Comidas a Domicilio. c) Por utilización del Servicio Municipal de Comidas a Domicilio se abonarán las siguientes tarifas: - Por mes, 2 comidas, el 50% de la pensión, con un máximo de 300,00 /mes. - Por mes, 1 comida, el 35% de la pensión, con un máximo de 165,00 /mes. - Por día, en casos excepcionales y previo informe de los Servicios Sociales: 2 Comidas, 10,00 /día. 1 comida, 5,00 /día. En todo caso, se tendrá en cuenta las bonificaciones contempladas en la normativa vigente establecida por la Consejería de Salud y Política Social y que se aplicará previa justificación documental. Todas las tarifas contempladas en la presente Ordenanza sufrirán la subida del I.P.C. interanual, a partir del año Artículo 6.- Obligaciones de pago. La obligación de pago de la tasa nace desde el momento en que inicie el servicio, previa admisión. La reserva de plaza supondrá la entrega de un anticipo de al menos CIEN euros (100,00) euros), a descontar de la primera mensualidad en que utilicen los servicios. Artículo 7.- Exenciones y bonificaciones. No se concederá exención ni bonificación alguna respecto a la tasa regulada en la presente Ordenanza, salvo las estipuladas por Ley o norma de igual rango, o supuestos excepcionales debidamente motivados y considerados por la Concejalía de Personal, Sanidad y Dependencia de este Ayuntamiento (Casos de emergencia Social).

4 Número 103 Martes 31 de Mayo de 2016 Página 77 Artículo 8.- Administración y cobranza. Los interesados en la prestación de servicios regulados en esta Ordenanza, presentarán los documentos que a continuación se relacional al efectuar la solicitud de ingreso: - Copia del/los D.N.I. del/los solicitante/es. - Copia de la tarjeta sanitaria del/los solicitante/es. - Certificado de pensión del/los solicitante/es, debidamente actualizado, emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. - Copia de la declaración de la renta del/los solicitante/es, del año inmediatamente anterior al de la fecha de solicitud o en su defecto Certificado de imputaciones, emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). - Informe médico del/los solicitante/es. - Declaración de bienes inmuebles del/los solicitante/es y/o autorización para que el Ayuntamiento pueda recabar de oficio los datos pertinentes. - Autorización para domiciliación bancaria. Artículo 9.- Devengo y gestión. El devengo de la tasa se producirá al inicio de la prestación del servicio, una vez admitido el solicitante, y el pago se efectuará a mes anticipado, prorrateándose los días correspondientes al mes de ingreso. El citado prorrateo se realizará igualmente en aquellos casos excepcionales que, previo informe social, conlleven la utilización temporal de los servicios regulados por la presente Ordenanza. El pago se efectuará mediante domiciliación bancaria, dentro de los cinco primeros días del mes correspondiente. El precio de la mensualidad no se reducirá por la no utilización voluntaria de los servicios a que da derecho la Residencia. En el caso de abandono de la plaza, por enfermedad, fallecimiento del residente o fuerza mayor, se devolverá la parte proporcional de la tasa hasta la finalización del mes en que se produzca el hecho. Artículo 10.- Cobro de deudas. Las deudas por las Tasas reguladas en esta Ordenanza podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse. Artículo 11.- Condiciones de pago. Las condiciones de pago y las normas mínimas de régimen interior del centro donde se prestarán los servicios objeto de esta Ordenanza se harán constar a cada beneficiario en un contrato con el que se especificará el importe de la tasa y la fecha de ingreso del mismo.

5 Número 103 Martes 31 de Mayo de 2016 Página 78 DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA La presente Ordenanza fiscal, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa. Contra el presente Acuerdo definitivo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En Valencia de Alcántara, a 27 de mayo de EL ALCALDE, Alberto Piris Guapo 2231

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ANUNCIO

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ANUNCIO EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ANUNCIO Aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre

Más detalles

Of-20. Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena. Página 1 de 7

Of-20. Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena. Página 1 de 7 Of-20 Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías municipales dentro de las zonas que a tal efecto se determinen y con las limitaciones que

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APERTURA DE CALICATAS Y ZANJAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APERTURA DE CALICATAS Y ZANJAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA TASA POR APERTURA DE CALICATAS Y ZANJAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL ARTÍCULO 1. Fundamento Legal En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la

Más detalles

AJUNTAMENT DE RIOLA. 1. Ordenanza aprobada en sesión plenaria de 28/07/2009.

AJUNTAMENT DE RIOLA. 1. Ordenanza aprobada en sesión plenaria de 28/07/2009. TASA REGULADORA POR EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE ANTECEDENTES 1. Ordenanza aprobada en sesión plenaria de 28/07/2009. Aprobación Provisional de la ordenanza publicada en el B.O.P nº 195 de 18/08/09. Aprobación

Más detalles

ORDENANZA Nº. 44 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE SALONES Y LOCALES MUNICIPALES.

ORDENANZA Nº. 44 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE SALONES Y LOCALES MUNICIPALES. ORDENANZA Nº. 44 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE SALONES Y LOCALES MUNICIPALES. FUNDAMENTO Y NATURALEZA.- ARTÍCULO 1º Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LAS VISITAS REALIZADAS A LA CASA CONSISTORIAL I. - NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LAS VISITAS REALIZADAS A LA CASA CONSISTORIAL I. - NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LAS VISITAS REALIZADAS A LA CASA CONSISTORIAL Artículo 1º.- I. - NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO En uso de las facultades concedidas en el artículo 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

Número 5 / Lunes 11 de Enero de Alcuéscar

Número 5 / Lunes 11 de Enero de Alcuéscar Número 5 / Lunes 11 de Enero de 2016 Alcuéscar Página ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación ordenanza fiscal reguladora por prestación servicio centro de día y residencia de ancianos No habiéndose

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE LA ZUBIA (Granada)

AYUNTAMIENTO DE LA ZUBIA (Granada) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA RETIRADA DE VEHICULOS DE LA VÍA PÚBLICA. Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza Jurídica En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2. y 142 de

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O

A Y U N T A M I E N T O A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO AÑO 2013 ORDENANZA Núm.1 IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y RÚSTICA ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACION DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE LARDERO

AYUNTAMIENTO DE LARDERO ORDENANZA FISCAL N º 8 REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPLOTACIÓN DE PISCINAS Y POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES (COMPLEJO AQUALAR) I FUNDAMENTO LEGAL ARTICULO 1.- Ejercitando la facultad reconocida en el artículo

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ASISTENCIA, ESTANCIA y SERVICIO DE EXTERNADO (Comidas) EN VIVIENDA DE MAYORES DE MUNERA.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ASISTENCIA, ESTANCIA y SERVICIO DE EXTERNADO (Comidas) EN VIVIENDA DE MAYORES DE MUNERA. ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ASISTENCIA, ESTANCIA y SERVICIO DE EXTERNADO (Comidas) EN VIVIENDA DE MAYORES DE MUNERA. Por parte del Sr. Alcalde Presidente, se procede a dar cuenta pormenorizada

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º Fundamento. El Ayuntamiento de Pinoso, de conformidad con el artículo 15.2, artículo 59.1 y los artículos 60 a 77 del Real Decreto

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE GUADALCANAL TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE

AYUNTAMIENTO DE GUADALCANAL TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE AYUNTAMIENTO DE GUADALCANAL TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PUBLICO DENOMINADO SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Articulo 1º. Fundamento y

Más detalles

TASA POR LA RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA

TASA POR LA RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA TASA POR LA RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA Y UTILIZACIÓN DEL DEPÓSITO MUNICIPAL ORDENANZA Nº 3.5 Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe - 2012 149 Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe

Más detalles

ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES

ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES ARTÍCULO 1.- CONCEPTO De conformidad con lo previsto en el art. 127, en relación

Más detalles

ORDENANZA SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA (B.O.P. de Guadalajara de 4 de diciembre de 2015).

ORDENANZA SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA (B.O.P. de Guadalajara de 4 de diciembre de 2015). ORDENANZA SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA (B.O.P. de Guadalajara de 4 de diciembre de 2015). Artículo 1. Objeto. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 25/2013,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN EL CENTRO RESIDENCIAL DE MAYORES, CENTRO DE DÍA Y PISOS TUTELADOS.

ORDENANZA FISCAL POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN EL CENTRO RESIDENCIAL DE MAYORES, CENTRO DE DÍA Y PISOS TUTELADOS. ORDENANZA FISCAL POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN EL CENTRO RESIDENCIAL DE MAYORES, CENTRO DE DÍA Y PISOS TUTELADOS. Artículo 1.- Fundamento y régimen jurídico. En uso de las

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS. ORNANZA REGULADORA LA TASA POR RECOGIDA RESIDUOS SÓLIDOS. Artículo 1º.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. De conformidad con las facultades establecidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O DE PUEBLA DE LA CALZADA

A Y U N T A M I E N T O DE PUEBLA DE LA CALZADA A Y U N T A M I E N T O DE PUEBLA DE LA CALZADA (BADAJOZ) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO CENTRO DE DÍA DE PUEBLA DE LA CALZADA Articulo 1. Fundamento

Más detalles

TASA POR SUMINISTRO DE AGUAS

TASA POR SUMINISTRO DE AGUAS TASA POR SUMINISTRO DE AGUAS I) ORDENANZA REGULADORA. Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de

Más detalles

ORDENANZAREGULADORADE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO Y FISCAL DE LA TASA DEL MISMO

ORDENANZAREGULADORADE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO Y FISCAL DE LA TASA DEL MISMO ORDENANZAREGULADORADE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO Y FISCAL DE LA TASA DEL MISMO Artículo 1º. Fundamento Legal. El Ayuntamiento de Villanueva de la Jara, haciendo uso de las facultades

Más detalles

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS El Impuesto sobre el Patrimonio fue establecido, en principio con carácter excepcional y transitorio por la Ley

Más detalles

VII. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

VII. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS VII. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.1, 16.1, del Real Decreto

Más detalles

Ordenanza fiscal n. º 3.12 TASA POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHICULOS A LA VIA PÚBLICA

Ordenanza fiscal n. º 3.12 TASA POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHICULOS A LA VIA PÚBLICA Ordenanza fiscal núm. 3.12 Ordenanza fiscal n. º 3.12 TASA POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHICULOS A LA VIA PÚBLICA Art. 1º. Disposiciones generales. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA (MADRID)

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA (MADRID) TASA POR CEMENTERIO Y OTROS SERVICIOS FÚNEBRES DE CARÁCTER LOCAL Artículo 1 FUNDAMENTO Y RÉGIMEN Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

AJUNTAMENT DE BURJASSOT PLAÇA D EMILI CASTELAR, 1 46100 BURJASSOT - VALENCIA

AJUNTAMENT DE BURJASSOT PLAÇA D EMILI CASTELAR, 1 46100 BURJASSOT - VALENCIA D.3. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. (31001) ARTICULO 1: FUNDAMENTO En virtud de la potestad reglamentaria y tributaria reconocida al Ayuntamiento

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Excm. Ajuntament de Novelda APROBACION INICIAL: Pleno de 26 de noviembre de 2012 FINAL: Pleno de 26 de noviembre de 2012 PUBLICACION BOP: Nº 10, de 15 de enero de 1013 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE

Más detalles

Ordenanza reguladora del Precio Público por el Suministro de Agua. Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Área de Intervención. Ordenanzas Fiscales 1

Ordenanza reguladora del Precio Público por el Suministro de Agua. Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Área de Intervención. Ordenanzas Fiscales 1 Ordenanza reguladora del Precio Público por el Suministro de Agua Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, Área de Intervención. Ordenanzas Fiscales 1 Artículo 1 De conformidad con lo previsto en el Artículo

Más detalles

EXCEL.LENTISSIM AJUNTAMENT DE XIXONA

EXCEL.LENTISSIM AJUNTAMENT DE XIXONA ORDENANZA FISCAL PARA LA EXACCION DE LA TASA POR SERVICIO DE AUTO-GRUA PARA EL TRASLADO DE VEHICULOS O INMOVILIZACION DE LOS MISMOS Y DEPÓSITO EN LOCALES DEL MUNICIPIO - 187 - ORDENANZA FISCAL NUMERO 21

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 39, REGULADORA DE LA TASA CORRESPONDIENTE POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN VIAS PUBLICAS.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 39, REGULADORA DE LA TASA CORRESPONDIENTE POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN VIAS PUBLICAS. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 39, REGULADORA DE LA TASA CORRESPONDIENTE POR EL ESTACIONAMIENTO REGULADO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA EN VIAS PUBLICAS. Artículo 1º I. CONCEPTO De conformidad con lo previsto

Más detalles

Ordenanza Fiscal nº23

Ordenanza Fiscal nº23 Ordenanza Fiscal nº23 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA EN EL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR Artículo 1.- Fundamento legal. El

Más detalles

Ayuntamiento de Utiel

Ayuntamiento de Utiel Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las Fachadas de los Inmuebles con Acceso Directo desde la Vía Pública. Expediente nº: 2664/2012 Asunto: Ordenanza Fiscal

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA MUNICIPAL.-PROGRAMA CRECEMOS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA MUNICIPAL.-PROGRAMA CRECEMOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA MUNICIPAL.-PROGRAMA CRECEMOS ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.- En uso de las facultades contenidas por los artículos

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Ordenanza Fiscal nº 1 ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Fundamento Legal Artículo 1º.-. El Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar de conformidad con el numero 2 del artículo 15, el

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA UTILIZACION DE INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA UTILIZACION DE INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA UTILIZACION DE INSTALACIONES Artículo 1 En uso de las facultades concedidas por los Arts. 133.2 y 142 de la Constitución y por el Art. 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE GOZÓN

ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE GOZÓN ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE GOZÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 127, en relación con el artículo

Más detalles

Fecha de Aprobación definitiva: 30.11.89 Publicación B.O.P.: 22.12.89 Aplicable a partir de: 01.01.90

Fecha de Aprobación definitiva: 30.11.89 Publicación B.O.P.: 22.12.89 Aplicable a partir de: 01.01.90 2.1.4 - Ordenanza Fiscal Relativa a la Tasa por Prestación del Servicio de Cementerios Municipales, Conducción de Cadáveres y otros Servicios Funerarios de Carácter Municipal Fecha de Aprobación definitiva:

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ARTICULO 1.- Este Ayuntamiento, de conformidad con el articulo 15.2 del R.D. Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA PLAZAS MUNICIPALES EN ESCUELAS INFANTILES DE SANTA ÚRSULA.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA PLAZAS MUNICIPALES EN ESCUELAS INFANTILES DE SANTA ÚRSULA. ORNANZA REGULADORA L PRECIO PÚBLICO PARA PLAZAS MUNICIPALES EN ESCUELAS INFANTILES. Artículo 1. Fundamento. a) De acuerdo con lo señalado en el artículo 117, en relación con el art. 41 de la Ley 39/1998,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA (JAÉN) Número 98 Martes, 22 de Mayo de 2012 Pág. 10448 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA (JAÉN) SERVICIO DE PERSONAL 3696 Publicación de acuerdo sobre la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 108 TASA POR RECOGIDA DE BASURAS

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 108 TASA POR RECOGIDA DE BASURAS ORDENANZA FISCAL NÚMERO 108 TASA POR RECOGIDA DE BASURAS NATURALEZA Y FUNDAMENTO ARTÍCULO 1 En uso de las facultades concedidas por los arts. l33.2 y l42 de la Constitución, art. 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NUM:

ORDENANZA FISCAL NUM: AYUNTAMIENTO DE MORELLA Provincia de Castellón ORDENANZA FISCAL NUM: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL A FAVOR DE LAS

Más detalles

Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital y de delimitación de la Zona de Estacionamiento Regulado

Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital y de delimitación de la Zona de Estacionamiento Regulado Ordenanzas fiscales y precios públicos Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital y de delimitación de la Zona de Estacionamiento Regulado Marginal: ANM 2001\101 Tipo de

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CARRANQUE PROVINCIA DE TOLEDO

AYUNTAMIENTO DE CARRANQUE PROVINCIA DE TOLEDO AYUNTAMIENTO DE CARRANQUE PROVINCIA DE TOLEDO 2012 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES EN LA CASA DE CULTURA MUNICIPAL ORDZA Nº 41 ORDENANZA REGULADORA DEL

Más detalles

BECAS REINA SOFÍA AÑO 2011. Embajada de España en Reino Unido. Consejería de Trabajo e Inmigración

BECAS REINA SOFÍA AÑO 2011. Embajada de España en Reino Unido. Consejería de Trabajo e Inmigración BECAS REINA SOFÍA AÑO 2011 Embajada de España en Reino Unido Consejería de Trabajo e Inmigración Consejería de Trabajo e Inmigración en Reino Unido e Irlanda 20 Peel Street, Londres W8 7PD. Teléfono: 0044

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DE TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL DE TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL DE TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTICULO 1º.- CONCEPTO De conformidad con lo previsto en el artículo 20 y siguientes del Real

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS SOBRE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS SOBRE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS SOBRE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142

Más detalles

En el reverso figurará una tabla de coordenadas y un número de teléfono de información al beneficiario.

En el reverso figurará una tabla de coordenadas y un número de teléfono de información al beneficiario. Ref: 09/782575.9/14 Dirección General de Becas RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN PARA LA GESTIÓN DEL ABONO DE LOS CHEQUES GUARDERÍA EN CENTROS PRIVADOS PARA EL CURSO 2014-2015

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO CUATRO REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO CUATRO REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. ORDENANZA FISCAL NÚMERO CUATRO REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Artículo 1. - Fundamento jurídico. En el ejercicio de la potestad reglamentaria

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA PRECIO PÚBLICO POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CURSOS Y TALLERES ORGANIZADOS POR LA CONCEJALÍA DE CULTURA.

ORDENANZA REGULADORA PRECIO PÚBLICO POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CURSOS Y TALLERES ORGANIZADOS POR LA CONCEJALÍA DE CULTURA. ORDENANZA REGULADORA PRECIO PÚBLICO POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CURSOS Y TALLERES ORGANIZADOS POR LA CONCEJALÍA DE CULTURA. ARTÍCULO 1. OBJETO Y FUNDAMENTO LEGAL. Esta Entidad Local, en uso de las

Más detalles

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN EN LA FACTURACIÓN DEL RECIBO DE AGUA Y BASURA, A FAMILIAS EN SITUACION DE NECESIDAD.

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN EN LA FACTURACIÓN DEL RECIBO DE AGUA Y BASURA, A FAMILIAS EN SITUACION DE NECESIDAD. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE UNIDAD O SERVICIO: ACCIÓN SOCIAL SOLICITUD DE BONIFICACIÓN EN LA FACTURACIÓN DEL RECIBO DE AGUA Y BASURA, A FAMILIAS EN SITUACION DE NECESIDAD. DATOS DEL SOLICITANTE Nombre y Apellidos:...

Más detalles

5.1 PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES CONCEPTO

5.1 PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES CONCEPTO 5.1 PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES CONCEPTO Artículo 1.- De conformidad con lo previsto en el art. 127 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo de 2004 por

Más detalles

COLEGIO MAYOR CAREU CONDICIONES DE PREINSCRIPCIÓN PLAZA COLEGIO MAYOR

COLEGIO MAYOR CAREU CONDICIONES DE PREINSCRIPCIÓN PLAZA COLEGIO MAYOR CONDICIONES DE PREINSCRIPCIÓN PLAZA COLEGIO MAYOR 1. PRECIOS Tarifas y formas de pago: - Precios pensión completa por curso completo. Habitación individual con baño:876 + IVA/mes Habitación individual:

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SIERO ORDENANZAS MUNICIPALES

AYUNTAMIENTO DE SIERO ORDENANZAS MUNICIPALES ARTICULO 1º.- En uso de las facultades que me confiere el art. 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales este Ayuntamiento

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIOS. NORMAS DE GESTIÓN.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIOS. NORMAS DE GESTIÓN. ORDENANZA FISCAL REGULADORA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIOS. NORMAS DE GESTIÓN. Artículo 1. Fundamento y naturaleza. El artículo 20 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE DE ABDALAJÍS

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE DE ABDALAJÍS ORDENANZA Nº-10 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA CONCESION DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Y POR LA TRAMITACION DE PROCEDIMIENTOS PARA ACTIVIDADES NO SUJETAS A AUTORIZACION O CONTROL

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO Artículo 1. Objeto del servicio. El servicio se

Más detalles