ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO Nº /41
|
|
- Samuel Ramírez Quiroga
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO Nº /41 VRS. DEROGA RESOLUCIONES QUE APRUEBA PLANES DE ESTUDIO Y QUE AUTORIZA EVALUACIÓN DE COMPETENCIA AL PERSONAL HABILITADO COMO GUARDIERO DE PUENTE O DE MÁQUINAS EN NAVES DE ARQUEO BRUTO DE HASTA 200, PARA OPTAR A LOS TÍTULOS DE PILOTO REGIONAL O DE MOTORISTA SEGUNDO. VALPARAÍSO, 12.SEPT.2007 VISTO: la solicitud de los Colegios Profesionales y Sindicatos representantes de Oficiales y Tripulantes de la Marina Mercante Nacional; la Resolución D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /27 del 30 de Junio del 2006; la Resolución D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /18 del 3 de Enero del 2001; la Resolución D.G.T.M. y M.M. Ord. N /42 del 22 de Agosto del 2001, que en su párrafo 5 y anexo D, establece los requisitos y atribuciones que confiere la Habilitación del Personal Embarcado para desempeñarse como Guardiero de Puente y Máquinas en naves de hasta 200 de arqueo bruto; la Resolución D.G.T.M. y M.M. Ord. N /50 del 27 de Septiembre del 2001, que aprueba los Planes y Programas de Curso para optar a la referida Habilitación; el Reglamento sobre Formación Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, aprobado por D.S. (M). N 90, de fecha 15 de Junio de 1999; la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, aprobada por D.F.L. N 292 de fecha 25 de Junio de 1953 y sus posteriores modificaciones y teniendo presente las atribuciones que me confiere la Resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta N 3.572/ 1, de fecha 11 de Diciembre del 2001, publicada en el Diario Oficial N , de fecha 18 de Diciembre del 2001, CONSIDERANDO QUE : a.- El Reglamento sobre Formación Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, aprobado por D.S. (M). N 90, de fecha 15 de Junio de 1999, establece que los postulantes a título de Oficial de Marina Mercante, deben aprobar cursos de formación que establezca la Dirección General conforme a lo dispuesto en el convenio, la legislación y reglamentación nacional. b.- El art. 39, letra g, inciso N 2 de la citada disposición legal, entre otros requisitos, establece que los postulantes al título de Piloto Regional deben aprobar cursos que establezca la Dirección General. c.- El art. 41, letra f, inciso N 2 de la citada disposición legal, entre otros requisitos, establece que los postulantes al título de Motorista Segundo deben aprobar cursos que establezca la Dirección General. d.- En la actualidad las siguientes Instituciones de Educación Superior, imparten Cursos de Formación y Especiales de Formación para quienes deseen optar a los mencionados títulos: 1) Universidad Marítima de Chile, sede Viña del Mar: a) Curso de Formación para Piloto Regional. b) Curso de Formación para Motorista Segundo. c) Curso Especial de Formación de Tripulante General de Máquinas a Motorista Segundo. d) Curso Especial de Formación de Tripulante General de Cubierta a Piloto Regional.
2 D.G.T.M. Y M.M. ORD. N /41 DEL 12.SEP ) Universidad Marítima de Chile, sede Chonchi: a) Curso Especial de Formación de Tripulante General de Máquinas a Motorista Segundo. b) Curso Especial de Formación de Tripulante General de Cubierta a Piloto Regional. 3) Universidad del Mar, sede Iquique: Curso Especial de Formación de Tripulante General de Máquinas a Motorista Segundo. e.- La solicitud de los siguientes Colegios Profesionales y Sindicatos del Área Marítima, en sentido de dejar sin efecto la Resolución D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /27, del 30 de Junio del 2006: 1) Colegio de Capitanes y Pilotos de la Marina Mercante Nacional A.G. 2) Colegio de Ingenieros de la Marina Mercante de Chile A.G. 3) Sindicato de Oficiales de la Marina Mercante Southship. 4) Sindicato de Oficiales de la Marina Mercante, SIPROMAN. 5) Federación de Tripulantes de la Marina Mercante. 6) Sindicato de Trabajadores Interempresas, SITRIEMP. 7) Federación Nacional Sindicatos de Oficiales de Naves Mercantes y Especiales de Chile. 8) Sindicato de Oficiales Austral X-XI Región. R E S U E L V O : 1.- DERÓGASE las siguientes Resoluciones: a.- Resolución D.G.T.M. y M.M. Ord. N /50 del 27 de Septiembre del 2001, que aprueba los Planes y Programas de Curso para optar a la referida Habilitación. b.- Resolución D.G.T.M. Y M.M. Ord. Nº /27 del 30 de Junio del 2006, la cual autoriza la Evaluación de Competencia al personal habilitado como Guardiero de Puente o de Máquinas en naves de arqueo bruto de hasta 200, para optar a los títulos de Piloto Regional y de Motorista Segundo, respectivamente. 2.- DÉJASE SIN EFECTO lo dispuesto en los párrafos N 5 y 6 y el Anexo D de la Resolución D.G.T.M. y M.M. Ord. N /42 del 22 de Agosto del 2001, en los cuales se establece los requisitos y atribuciones que confiere la Habilitación del Personal Embarcado para desempeñarse como Guardiero de Puente y Máquinas en naves de hasta 200 de arqueo bruto. 3.- DECLÁRASE QUE: a.- Sólo podrán postular al título de Piloto Regional o de Motorista Segundo, aquellos Tripulantes de Cubierta y de Máquinas de la Marina Mercante, Habilitados como Guardieros en Naves de hasta 200 de arqueo bruto, provenientes del Curso de Habilitación como Guardiero de Puente en naves de hasta 200 de arqueo bruto o del Curso de Habilitación como Guardiero de Máquinas en naves de hasta 200 de arqueo bruto, cuyo curso se haya iniciado hasta el día 31 de Diciembre del 2007.
3 D.G.T.M. Y M.M. ORD. N /41 DEL 12.SEP b.- Los Tripulantes de Cubierta y de Máquinas de la Marina Mercante, que voluntariamente soliciten optar a los referidos títulos profesionales, previo a la Evaluación de Competencia, deberán acreditar ante la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, DIRINMAR, el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1) Ser egresado de Enseñanza Media, mediante la presentación del Certificado de Licencia de Enseñanza Media, documento que debe presentar en original, o copia legalizada ante notario. 2) Acreditar 36 meses de embarco efectivo como Tripulante General de Cubierta para postular al título de Piloto Regional. El tiempo de embarco será acreditado mediante Certificado extendido por cualquier Capitanía de Puerto. 3) Acreditar 24 meses de embarco efectivo como Tripulante General de Máquinas para postular al título de Motorista. El tiempo de embarco será acreditado mediante Certificado extendido por la Capitanía de Puerto, correspondiente a la sede de otorgamiento del Título. 4) Curso de Habilitación como Guardiero de Puente o de Máquinas de 480 horas pedagógicas de duración, aprobado. 5) Resolución de autorización de embarco en práctica, en la cual se registra al menos 30 días de embarco en calidad de Aspirante la Habilitación como Guardiero de Puente o de Máquinas en naves de hasta 200 de arqueo bruto, según corresponda. 6) Acreditar la vigencia de los siguientes cursos modelo OMI: a) 1.13 Primeros Auxilios Básicos. b) 1.19 Técnicas de Supervivencia Personal. c) 1.20 Prevención y Lucha contra Incendio. d) 1.21 Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales. e) 1.07 Restringido Navegación por Radar y Ploteo de Radar para título nacional de Piloto Regional, o 1.07 Navegación por Radar, Ploteo por Radar y Uso del APRA para título internacional de Piloto Regional. c.- La Evaluación de Competencia se efectuará en el Centro de Instrucción y Capacitación Marítima, CIMAR, de acuerdo a las tablas que se adjuntan en el Anexo A, en idioma español para título nacional y optativo en idioma español e inglés para postulantes a título internacional, para optar a los respectivos títulos. d.- Los interesados en rendir la citada Evaluación deberán presentar carta formal al Sr. Director de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático, DIRINMAR, presentando todos los antecedentes citados en la letra b precedente.
4 D.G.T.M. Y M.M. ORD. N /41 DEL 12.SEP El Departamento de Educación y Titulación Marítima, dependiente de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático deberá mantener un ejemplar de las Resoluciones derogadas para efectos de registro histórico. ANÓTESE y COMUNÍQUESE a quienes corresponda, para su conocimiento y cumplimiento. POR ORDEN DEL SR. DIRECTOR GENERAL FIRMADO JUAN PABLO HEUSSER RISOPATRÓN CAPITÁN DE NAVÍO LT DIRECTOR DE INTERESES MARÍTIMOS Y MEDIO AMBIENTE ACUÁTICO
5 ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE A N E X O A ( D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /41 FECHA: 12.SEP.2007 ) COMPETENCIAS MÍNIMAS A EVALUAR PARA OPTAR A LOS TÍTULOS QUE SE INDICA. I.- COMPETENCIAS MÍNIMAS PARA TÍTULO DE PILOTO REGIONAL, NIVEL OPERACIONAL: a.- Para título nacional de Piloto Regional, nivel operacional: 1.- Evaluación Práctica en Simulador de Puente: Función 1: Navegación: 1.1: Planear y conducir una travesía y determinar la situación. 1.12: Aptitud para determinar la situación del buque utilizando: 1) Marcas terrestres. 2) 3) Ayudas a la navegación, incluidos faros, balizas y boyas. Navegación de estima, teniendo en cuenta los vientos, mareas, corrientes y la velocidad estimada. 1.13: Conocimiento cabal de cartas y publicaciones náuticas, tales como derroteros, tablas de mareas, avisos a los navegantes, radioavisos náuticos e información sobre la organización del tráfico marítimo y aptitud para servirse de todo ello. 1.2: Mantener una guardia de navegación segura. 1.3: Empleo del Radar y mantener una navegación segura. 1.4: Responder a las emergencias. Control Zafarrancho: a) Incendio. b) Hombre al Agua. c) Abordaje. Control de Averías: a) Varada. b) Colisión. 1.5: Responder a una Señal de Socorro en el Mar. 1.6: Utilización del Vocabulario normalizado de navegación, sustituido por las Frases normalizadas de la OMI para las comunicaciones marítimas. 1.8: Maniobrar el buque.
6 D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /41 DEL: 12.SEP Examen escrito. Función 2: Manipulación y estiba de la carga: 2.1: Vigilar el embarco, estiba y sujeción de la carga, y su cuidado durante la travesía y el desembarco. Función 3: Control del funcionamiento del buque, cuidado de las personas a bordo: 3.3: Prevención, control y lucha contra incendios a bordo. 3.4: Hacer funcionar los dispositivos de salvamento. b.- Para título internacional de Piloto Regional, nivel operacional: La Evaluación de Competencia práctica aplicada en simulador, se efectuará conforme al curso modelo OMI 3.17 Inglés Técnico Marítimo. II.- COMPETENCIAS MÍNIMAS PARA TÍTULO DE MOTORISTA SEGUNDO, NIVEL OPERACIONAL: a.- Para título nacional de Motorista Segundo: 1.- Evaluación Práctica en Simulador de Máquinas: Función 1: Maquinaria Naval: 1.1: Planificar y programar las operaciones. 1.2: Hacer arrancar y parar la máquina propulsora principal y la maquinaria auxiliar, incluidos los sistemas correspondientes. 1.3: Hacer funcionar la máquina, controlar, vigilar y evaluar su rendimiento y capacidad. Paradas de emergencia. 1.4: Mantener la seguridad de los equipos, sistemas y servicios de la maquinaria. 1.5: Efectuar las operaciones de combustible y lastre. Fugas de combustible (derrames y planes de contingencia). Uso de equipos y elementos MARPOL. 2.- Examen escrito: Función 2: Instalaciones Eléctricas y Electrónicas: 2.2: Probar el equipo eléctrico y electrónico, detectar averías y mantenerlo en condiciones de funcionamiento o repararlo.
7 D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº /41 DEL: 12.SEP Función 3: Mantenimiento y Reparaciones: 3.2: Detectar y definir la causa de los defectos de funcionamiento de las máquinas y repararlas. Función 4: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo: 4.3: 4.4: Prevención, control y lucha contra incendios a bordo. Zafarrancho incendio en la Maquina. Hacer funcionar los dispositivos de salvamento. Control de Averías: a) Varada. b) Colisión. b.- Para título internacional de Motorista Segundo: La Evaluación de Competencia práctica aplicada en simulador, se efectuará conforme al curso modelo OMI 3.17 Inglés Técnico Marítimo. POR ORDEN DEL SR. DIRECTOR GENERAL FIRMADO JUAN PABLO HEUSSER RISOPATRÓN CAPITÁN DE NAVÍO LT DIRECTOR DE INTERESES MARÍTIMOS Y MEDIO AMBIENTE ACUÁTICO
CURSOS Y COMPETENCIAS MÍNIMAS DE EVALUACIÓN PARA OPTAR A LOS TÍTULOS DE OFICIALES DE MARINA MERCANTE.
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE A N E X O A ( D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº 12.620/38 FECHA: 07.AGO.2006 ) CURSOS Y COMPETENCIAS MÍNIMAS DE EVALUACIÓN PARA OPTAR
Más detallesA N E X O A INSTRUCTIVO PROCESO ANUAL DE EXAMINACIÓN
A N E X O A (DIM. Y MAA. ORD. N 12600/_237 de fecha:_25.febrero.2003.) INSTRUCTIVO PROCESO ANUAL DE EXAMINACIÓN I.- DISPOSICIONES LEGALES QUE SE DEBEN TENER PRESENTE : a) DFL. N 2 de 1952 Ley Orgánica
Más detallesARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO Nº /01/23 Vrs.
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO Nº 12.600/01/23 Vrs. ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO Y LOS REQUISITOS PARA OTORGAR LOS NUEVOS TÍTULOS
Más detallesGUIA DE SERVICIOS DE LA ESCUELA NACIONAL DE MARINA MERCANTE "ALMIRANTE MIGUEL GRAU" PREPARACIÓN PRE PROFESIONAL. Lugar donde se presta el servicio
GUIA DE SERVICIOS DE LA ESCUELA NACIONAL DE MARINA MERCANTE "ALMIRANTE MIGUEL GRAU" PREPARACIÓN PRE PROFESIONAL 1 Pensión mensual de enseñanza (*) 1. Encontrarse inscrito como alumno en el Centro Pre ENAMM
Más detallesD.G.T.M. Y M.M. ORD. N /_775_/VRS. ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE INSPECTOR DE BALSA SALVAVIDAS.
D.G.T.M. Y M.M. ORD. N 12.600/_775_/VRS. ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE INSPECTOR DE BALSA SALVAVIDAS. VALPARAÍSO, 24 de Junio de 2009 VISTO: lo establecido en el Convenio
Más detallesCertificados de Especialidad
Certificados de Especialidad STCW - 78/95 Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación n y Guardia de la Gente de la Mar (International Convention on Standards of Training, Certification
Más detallesCertificado de haber superado la prueba de conocimiento.
Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (PPER) Atribuciones Gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas
Más detallesCURSO MODELO OMI 3.19 FORMACIÓN DEL OFICIAL DE PROTECCIÓN DEL BUQUE
1 CURSO MODELO OMI 3.19 FORMACIÓN DEL OFICIAL DE PROTECCIÓN DEL BUQUE A.- FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA: Como respuesta a la actividad terrorista internacional, la Organización Marítima Internacional aprobó el
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO
Núm. 15 Viernes 0 de julio de 018 Sec. III. Pág. 305 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE FOMENTO 106 Corrección de errores de la Resolución de 6 de junio de 018, de la Dirección General de la Marina
Más detallesCIRCULAR D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO N A-41/013
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE DGTM.Y MM. ORDINARIO Nº 12.600/190 VRS. APRUEBA CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE,
Más detallesBANCO DE PREGUNTAS DE REGLAMENTACIÓN MARÍTIMA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA.
BANCO DE PREGUNTAS DE REGLAMENTACIÓN MARÍTIMA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA. 1.- Indique la normativa que regula las actividades náuticas deportivas en Chile: a.- Ley de Navegación. b.- Reglamento sobre
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO
Núm. 161 Miércoles 4 de julio de 2018 Sec. III. Pág. 67538 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE FOMENTO 9323 Resolución de 26 de junio de 2018, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que
Más detallesNavegación terrestre y costera: Capacidad para determinar la situación del buque utilizando marcas terrestres
Planificar y dirigir una travesía y determinar la situación TABLAS DE CORRESPONDENCIAS CON LA REGLA II/1 DEL STCW Manila 78/2010: Oficiales encargados de la guardia de navegación en buques de arqueo igual
Más detallesR E S U E L V O : PARA OFICIALES Y TRIPULANTES DE NAVES MERCANTES:
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO Nº 12.620/_1 / VRS. ESTABLECE CURSOS MODELO OMI OBLIGATORIOS PARA OFICIALES Y TRIPULANTES DE LA
Más detallesCurso para la obtención n de la titulación n profesional de la Marina Mercante de. Patrón n Portuario
La Dirección n General de la Marina Mercante expedirá el título t tulo profesional de de la Marina Mercante, establecido en el artículo 12 del Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, a quienes cumplan
Más detallesANEXO 09 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TÍTULOS DE PRÁCTICOS, BAQUEANOS FLUVIALES Y TITULARES DE CERTIFICADOS DE CONOCIMIENTO DE ZONA
ANEXO 09 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN Y MANTENIMIENTO DE TÍTULOS DE PRÁCTICOS, BAQUEANOS FLUVIALES Y TITULARES DE CERTIFICADOS DE CONOCIMIENTO DE ZONA ÍNDICE A.09.1 PRÁCTICOS.... 2 A.09.1.1 Condiciones
Más detallesDIRECCIÓN DE INTERESES MARÍTIMOS Y MEDIO AMBIENTE ACUÁTICO DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y TITULACIÓN MARÍTIMA DIVISIÓN TITULACIÓN MARÍTIMA
1 DIRECCIÓN DE INTERESES MARÍTIMOS Y MEDIO AMBIENTE ACUÁTICO DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y TITULACIÓN MARÍTIMA DIVISIÓN TITULACIÓN MARÍTIMA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL USUARIO MARÍTIMO, PARA EL OTORGAMIENTO
Más detallesC.-POBLACIÓN OBJETIVO Oficiales de Cubierta encargados de la guardia de navegación. (Nivel operacional)
1.07 Navegación por Radar, Ploteo de Radar y uso del APRA A.-FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA Este curso está orientado a los oficiales a cargo de la guardia de navegación. Está basado en la Regla B I/12, Técnicas
Más detallesEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A
Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz 1 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A Art. 1º: Modifícase
Más detallesMINISTERIO DE FOMENTO
24932 Martes 10 julio 2001 BOE núm. 164 Disposición transitoria primera. 1. El Consejo General de la Abogacía Española en el plazo de un año aprobará su propio Reglamento de régimen interior. 2. Los Colegios
Más detallesARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE. D.G.T.M. y M.M. ORDINARIO N /385 VRS.
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. y M.M. ORDINARIO N 12.600/385 VRS. VALPARAÍSO, 07 de Septiembre 2015. MODIFICA RESOLUCIÓN DGTM. Y MM. ORD. N 12.600/246
Más detallesPROGRAMACIÓN DE CURSOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA ORGANIZADOS POR LA FACULTAD DE CIENCIAS NÁUTICAS DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (2007).
PROGRAMACIÓN DE CURSOS DE ESPECIALIDAD MARÍTIMA ORGANIZADOS POR LA FACULTAD DE CIENCIAS NÁUTICAS DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (2007). Información y matrícula de todos los cursos: Fundación Universidad Empresa
Más detallesD.G.T.M. Y M.M. ORD. EXENTA Nº 6.600/ 1 VRS.
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE D.G.T.M. Y M.M. ORD. EXENTA Nº 6.600/ 1 VRS. FIJA LISTA DE PRECIOS DE PUBLICACIONES EDITADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
Más detallesA N E X O A (DGTM. Y MM. ORD. Nº /47 FECHA : 25.OCT.2006 ) FORMULARIO DE INSPECCIÓN DE SIMULADORES.
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE A N E X O A (DGTM. Y MM. ORD. Nº 12.620/47 FECHA : 25.OCT.2006 ) FORMULARIO DE INSPECCIÓN DE SIMULADORES. 1.- DATOS DE LA
Más detallesA N E X O. CURSO DE CAPACITACIÓN MARÍTIMA EN OPERACIONES DE ALTO VOLTAJE A BORDO (High Voltaje Operations on board).
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE A N E X O (D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº 12.600/01/ 735 ) I.- Fundamentación Técnica: CURSO DE CAPACITACIÓN MARÍTIMA EN OPERACIONES
Más detallesA N E X O B (DGTM. Y MM. ORD. Nº / 795 FECHA: 14.JUN.2004 )
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE A N E X O B (DGTM. Y MM. ORD. Nº 12.600/ 795 FECHA: 14.JUN.2004 ) PROGRAMA DEL CURSO MODELO 1.08 RADAR, TRABAJO EN EQUIPO
Más detallesDocumentación a presentar para la obtención de autorización de centro de formación. Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio (BOE 2/08/07).
Para qué sirve la autorización de centro de formación?. La autorización permite a los centros de formación impartir los cursos necesarios para obtener la formación inicial (ordinaria o acelerada) y la
Más detallesA N E X O CURSOS SOBRE PROTECCIÓN PARA LA GENTE DE MAR
A N E X O ( D.G.T.M. Y M.M. ORD. Nº 12.600/01/1275 FECHA: 19.NOV.2014) CURSOS SOBRE PROTECCIÓN PARA LA GENTE DE MAR A.- CURSO 3.26 FORMACIÓN EN SENSIBILIZACIÓN SOBRE PROTECCIÓN PARA LA GENTE DE MAR QUE
Más detallesPROGRAMA FORMATIVO Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera
PROGRAMA FORMATIVO Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera DATOS GENERALES DEL CURSO 1. Familia Profesional: TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS Área Profesional: TRANSPORTE POR CARRETERA
Más detallesArtículo 9.- Sustitúyanse, en lo pertinente, los requisitos establecidos en el decreto con fuerza de ley N 1-18.834, de 1990, del Ministerio del
Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley 1-20.502 Fecha Publicación :31-05-2011 Fecha Promulgación :25-03-2011 Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA
Más detalles3. Objetivo General: 4. Modalidad y Horario de clases:
Magister en Educación Superior, Mención Docencia Universitaria. 2014 Dirigido a Profesionales que no tienen una formación sistémica en el ámbito pedagógico, donde los Profesionales interesados en desarrollar
Más detallesMANUAL DE REQUISITOS PARA INSCRIPCION DE: ASISTENTE TECNICO, TECNICO 1, TECNICO 2 Y ASISTENTE DIPLOMADO EN LABORATORIO DE MICROBIOLOGÍA Y
MANUAL DE REQUISITOS PARA INSCRIPCION DE: ASISTENTE TECNICO, TECNICO 1, TECNICO 2 Y ASISTENTE DIPLOMADO EN LABORATORIO DE MICROBIOLOGÍA Y QUÍMICA CLÍNICA PARA OPTAR POR LA AUTORIZACION EN ALGUNA DE LAS
Más detallesTABLAS DE CORRESPONDENCIAS CON LA REGLA II/2 DEL STCW
TABLAS DE CORRESPONDENCIAS CON LA REGLA II/2 DEL STCW Manila 78/2010: Capitanes y primeros oficiales de puente de buques de arqueo igual o superior a 500 Competencia Conocimientos, comprensión y suficiencia
Más detallesOferta Académica. Listado de Cursos autorizados por el INEA a ser dictados en el CENAVE. CURSOS MODELO OMI BÁSICOS REFERENCIA HORAS ITEM
Listado de Cursos autorizados por el INEA a ser dictados en el CENAVE. Oferta Académica. ITEM BÁSICOS OMI-.3 Primeros auxilios Conocimientos básicos. 6 2 OMI-.9 Técnicas de supervivencia personal. 6 3
Más detallesCURSO MODELO OMI 1.21 SEGURIDAD PERSONAL Y RESPONSABILIDADES SOCIALES
CURSO MODELO OMI 1.21 SEGURIDAD PERSONAL Y RESPONSABILIDADES SOCIALES FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA EL CONVENIO INTERNACIONAL DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR, STCW 78, QUE INCLUYE LAS
Más detallesTRIPULACIÓN DE NAVES MERCANTES Y ESPECIALES Educación Media Diferenciada Técnico Profesional
Instrumento de Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos TRIPULACIÓN DE NAVES MERCANTES Y ESPECIALES Educación Media Diferenciada Técnico Profesional DOMINIO 1: SISTEMAS DE COMUNICACIONES NAVAL.
Más detallesREF.: EXENCION DE PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES A TECNICOS EXTRANJEROS Y LAS EMPRESAS QUE LOS CONTRATEN. DEVOLUCION DE FONDOS PREVISIONALES.
Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones CIRCULAR N 553 VISTOS: Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio
Más detallesRequisitos de Ingreso, Permanencia y Promoción para las Carreras de Posgrado
Requisitos de Ingreso, Permanencia y Promoción para las Carreras de Posgrado (Anexo a la Resolución Rectoral Nº 25/15) 1. Los ingresantes deben tener aprobado estudios de grado universitario de cuatro
Más detallesINFORMACION CAP CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL
INFORMACION CAP CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos
Más detallesRef: 09/098509.9/11. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org
Ref: 09/098509.9/11 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN, RELATIVAS A LA ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS DE FORMACIÓN INICIAL PARA IMPARTIR DOCENCIA EN CENTROS PRIVADOS,
Más detallesCIRCULAR MARÍTIMA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUNTA ARENAS C.P.P.A. ORDINARIO N 002/2014 OBJ.: ESTABLECE ÁREA DE FONDEO PARA BUQUES PESQUEROS ASIÁTICOS
ARMADA DE CHILE COMANDANCIA EN JEFE IIIa. ZONA NAVAL GOBERNACIÓN MARÍTIMA DE PUNTA ARENAS CAPITANÍA DE PUERTO DE PUNTA ARENAS CIRCULAR MARÍTIMA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUNTA ARENAS C.P.P.A. ORDINARIO N
Más detallesPROFESIONAL APOYO UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE Código 13-10-PROFDEMAT-NC-12
La Dirección de Obras Hidráulicas Nivel Central Llama a Concurso Público para proveer el cargo de PROFESIONAL APOYO UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE Código 13-10-PROFDEMAT-NC-12 Tipo de Contrato: Contrata, Profesional
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
08-30-93 ACUERDO número 176, por el que se expedirá título profesional a los egresados de las escuelas que se indican. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
Más detallesARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE CAPITANÍA DE PUERTO DE CALBUCO C.P.CAB. ORDINARIO N 12.250/ 605 /Vrs.
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE CAPITANÍA DE PUERTO DE CALBUCO C.P.CAB. ORDINARIO N 12.250/ 605 /Vrs. HABILITA LA OPERACIÓN DEL TERMINAL MARÍTIMO CONCESIONADO
Más detallesTRATADO N 6 PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE OTRAS AUTORIZACIONES
1 TRATADO N 6 PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE OTRAS AUTORIZACIONES DIRECTEMAR SERVICIO PÚBLICO MARÍTIMO DE EXCELENCIA 546 CAPÍTULO 01: RECONOCIMIENTO DE REGIONES MARÍTIMAS PARA OFICIALES DE CUBIERTA
Más detallesD.G.T.M.Y M.M. ORDINARIO N /421 VRS.
D.G.T.M.Y M.M. ORDINARIO N 12.600/421 VRS. ESTABLECE NORMAS PARA LA CERTIFICACIÓN DEL DISPOSITIVO DE POSICIONAMIENTO AUTOMÁTICO, ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO AUTOMÁTICO DE
Más detallesC O N V O C A T O R I A
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACION DE ENTRENADORES DE LA RFEF Y SUS FEDERACIONES DE AMBITO AUTONOMICO C O N V O C A T O R I A CURSO FEDERATIVO DE ENTRENADOR DE FÚTBOL MONITOR DE FÚTBOL BASE Reglamento General
Más detallesAnexo A - Requisitos para Cursos de Extensión OMI Nuevos
Anexo A - Requisitos para Cursos de Extensión OMI Nuevos N CURSO REFERENCIA OMI INFORMACIÓN 1 2 3 4 5 6 Primeros auxilios básicos Modelo OMI 1.13 Prevención y lucha contra incendios Modelo OMI 1.20 Técnicas
Más detallesA N E X O A (DGTM. Y MM. ORD. Nº / 795 FECHA: 14.JUN.2004 ) PROGRAMA DEL CURSO MODELO OMI 1.07 RESTRINGIDO POR RADAR Y PLOTEO DE RADAR.
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE A N E X O A (DGTM. Y MM. ORD. Nº 12.600/ 795 FECHA: 14.JUN.2004 ) PROGRAMA DEL CURSO MODELO OMI 1.07 RESTRINGIDO POR RADAR
Más detallesVisto, la Resolución Directoral Nº /DCG de fecha 10 setiembre 2003.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº R.D. 0850-2010/DCG FOLIO: 1219-1220 FECHA: 28 octubre 2010 Visto, la Resolución Directoral Nº 564-2003/DCG de fecha 10 setiembre 2003. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución
Más detallesCONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/09/2013
CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/09/2013 ÍNDICE 1. Aspectos generales. 3 2. Convalidación y exención LOGSE-LOE de módulos profesionales. 5 3. Convalidación
Más detallesInformación. Curso de Entrenador de Orientación Nivel I 2016-2018
Información Curso de Entrenador de Orientación Nivel I 2016-2018 La Federación del Deporte de Orientación de la Comunitat Valenciana conjuntamente con la Federación Española de Orientación y la Dirección
Más detallesCIRCULAR D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO N A 42/007
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE ORDINARIO / PERMANENTE DGTM. Y M.M. ORDINARIO N 8330/ VRS. APRUEBA CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO
Más detallesD I R E C C I Ó N N A C I O N A L D E L S E R V I C I O C I V I L
GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL APRUEBA REGLAMENTO DE REGISTRO DE CONSULTORES EXTERNOS ESPECIALIZADOS PARA LA PREPARACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CONCURSOS ESTABLECIDOS
Más detallesLa Especialización estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos con las siguientes características:
PERFIL Y REQUISITOS DE INGRESO La Especialización estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos con las siguientes características: PERFIL DE INGRESO Conocimientos y habilidades. Capacidad de análisis
Más detallesCURSO SOBRE CAPACITACIÓN EN EL MANEJO DE EXTINTORES Y BIE S PARA VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL. Día 12 de abril de 2008
CURSO SOBRE CAPACITACIÓN EN EL MANEJO DE EXTINTORES Y BIE S PARA VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL. PRESENTACIÓN: Día 12 de abril de 2008 El curso se inscribe dentro de las acciones formativas que tienen
Más detallesTERMINOS DE REFERENCIA PARA LICITACION DE CURSO PARA GUARDIAS DE SEGURIDAD
1 TERMINOS DE REFERENCIA PARA LICITACION DE CURSO PARA GUARDIAS DE SEGURIDAD PRESENTACIÓN La Corporación Municipal de Peñalolén - CORMUP, es una organización de derecho privado sin fines de lucro, su objetivo
Más detallesCONSEJO NACIONAL DE EDUCACION
CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION ORDENANZA No. 10 2003 MEDIANTE LA CUAL SE AUTORIZA AL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION Y TITULACION DE ESTUDIOS DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, LA EMISION DE DUPLICADOS
Más detallesResolución Ministerial
Resolución Ministerial N 118-2011-MINCETUR/DM Lima, 20 de abril de 2011 Visto, el Memorándum N 157-2011-MINCETUR/SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; CONSIDERANDO:
Más detallesCURSO TÉCNICO ESPECIALISTA EN PREPARACIÓN FÍSICA PARA JUGADORES EN FORMACIÓN (NIVEL 1) MADRID, 8-9 de FEBRERO de 2013
CURSO TÉCNICO ESPECIALISTA EN PREPARACIÓN FÍSICA PARA JUGADORES EN FORMACIÓN (NIVEL 1) MADRID, 8-9 de FEBRERO de 2013 .:: CURSO NACIONAL DE TÉCNICO ESPECIALISTA EN PREPARACIÓN FÍSICA PARA JUGADORES EN
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS OFICINA GENERAL DE COOPERACIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES
PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCION DE CONVENIOS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Directiva Nº 001- OGCRI- 2003. Aprobada por resolución rectoral Nº 03287- R- 03 del 06/06/2003 I.- II.- III.-
Más detallesOCTUBRE 2015 SEPTIEMBRE 2015 NOVIEMBRE 2015 DICIEMBRE 2015 FEBRERO 2016 ENERO 2016 ABRIL 2016 MARZO 2016 MAYO 2016 JUNIO 2016. [15] - Inicio Curso
[15] - Inicio Curso SEPTIEMBRE 2015 OCTUBRE 2015 1 2 3 4 [12] - Fiesta Nacional de España 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 28 29 30 26 27 28 29 30 31 [2] - Por traslado, Fiesta
Más detallesARMADA DE CHILE DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE
ARMADA DE CHILE DIRECCION GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE OBJ. : ESTABLECE NORMAS PARA DEFINIR LAS DOTACIONES DE SEGURIDAD DE LAS NAVES DE PARA. REF.: A) REGLAMENTO PARA FIJAR DOTACIONES
Más detallesINSTRUCCIONES. Primera: Objeto.
Ref: 09/426551.9/15 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA BILINGÜE
Más detallesSERVICIO NACIONAL DE TURISMO DIRECCION REGIONAL DE LOS RIOS
IDENTIFICACIÓN DEL CARGO SERVICIO NACIONAL DE TURISMO DIRECCION REGIONAL DE LOS RIOS NOMBRE DEL CARGO ANALISTA OFICINA LOCAL DE LA UNIÓN Nº DE PUESTOS 01 RESPONSABILIDAD ANTE DIRECTOR REGIONAL LUGAR DE
Más detallesGrado en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo
Competencias Objetivos Grado en Ingeniería Náutica Transporte Marítimo Escuela de 1 COMPETENCIAS Y OBJETIVOS DEL TÍTULO 1. Competencias 1.1. Competencias generales, básicas específicas La relación de competencias
Más detallesBASES CONCURSO DE ANTECEDENTES PARA PROVEER CARGO ACADÉMICO ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN HOTELERA Y GAS- TRONÓMICA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO
BASES CONCURSO DE ANTECEDENTES PARA PROVEER CARGO ACADÉMICO ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN HOTELERA Y GAS- TRONÓMICA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO El presente documento comprende las Bases Generales que regularán
Más detallesII.- Directivos de exclusiva confianza. www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1 Fecha Publicación :28-03-2012 Fecha Promulgación :08-03-2012 Organismo Título :MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN :FIJA PLANTAS DE PERSONAL DE LAS SUBSECRETARÍAS DE EVALUACIÓN
Más detallesQue, muchas naves no afectas a las disposiciones del Convenio SOLAS también llevan una RLS instalada a bordo.
ARMADA DE CHILE DIRECCION DEL TERRITORIO MARITIMO Y DE MARINA MERCANTE DIRECCION DE SEGURIDAD Y OPERACIONES MARITIMAS SERV. DE TELECOMUNICACIONES MARITIMAS DGTM Y MM ORD N 12.600/183 /vrs. DISPONE PROCEDIMIENTO
Más detallesUniversidad Autónoma de Tamaulipas Dirección de Revalidación de Estudios
7 LINEAMIENTOS PARA LA REVALIDACIÓN, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACION DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS. Con fundamento en el Artículo 6, Fracción V y VIII del Estatuto
Más detallesMinisterio de Economía y Finanzas PROCESO CAS Nº 027-2016-PERÚ COMPRAS
PROCESO CAS Nº 027-2016- BASES CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (O1) AUXILIAR ADMINISTRATIVO I. GENERALIDADES 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA: Contratar los servicios de:
Más detallesCAPÍTULO I BACHILLERATO NAVAL
CAPÍTULO I BACHILLERATO NAVAL BN 04 Bachillerato Naval (5º Diversificación Científica) --- Núcleo Común------------------------------------------------ Brindar al alumno la formación académica establecida
Más detalles---GUÍA DEL USUARIO---
PLAN DE RECEPCIÓN Y MANIPULACIÓN DE DESECHOS PROCEDENTE DE LOS BUQUES, EN LOS PUERTOS DEPENDIENTES DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA 1. DESECHOS GENERADOS POR BUQUES Y RESIDUOS DE CARGA En la actualidad,
Más detallesNIVEL BÁSICO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
NIVEL BÁSICO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Queremos agradecerle la confianza depositada en nosotros para formarse en el Curso de Prevención de Riesgos Laborales / Nivel Básico PRL. Presentación y objetivos
Más detallesREGLAMENTO DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA ESCUELA DE INGENIERÍA INDUSTRIAL ARTÍCULOS INTRODUCTORIOS
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO FACULTAD DE INGENIERÍA ESCUELA DE INGENIERÍA INDUSTRIAL REGLAMENTO DE DOCENCIA DE PREGRADO DE LA ESCUELA DE INGENIERÍA INDUSTRIAL ARTÍCULOS INTRODUCTORIOS
Más detallesRegión de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN DE 22 DE OCTUBRE DE 2014 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO
Más detallesPROGRAMACION FORMACION Y ORIENTACION LABORAL 2015/16 TECNICO EN COCINA Y GASTRONOMIA
PROGRAMACION FORMACION Y ORIENTACION LABORAL 2015/16 TECNICO EN COCINA Y GASTRONOMIA 1. IDENTIFICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN Esta programación se desarrolla conforme a lo establecido en el RD 1396/2007 de
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO
Página 1 de 7 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA BOLSA DE TRABAJO PARA LOS PUESTOS RECOGIDOS EN EL ANEXO I DE PERSONAL NO CUALIFICADO, DEL REGLAMENTO DE BOLSA MUNICIPAL DE EMPLEO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
Más detallesCONVOCATORIA DE OPOSICIONES A CUERPOS DE SECUNDARIA
CONVOCATORIA DE OPOSICIONES A CUERPOS DE SECUNDARIA Resolución de 16 de abril de 2010 (BOCM del 23), de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso
Más detallesC O N S I D E R A N D O : R E S U E L V O :
D.G.T.M. Y M.M. ORDINARIO N 12.600/ 558 VRS. VALPARAÍSO, 19 de Abril de 2007 APRUEBA INSTRUCTIVO QUE ESTABLECE LOS PROCEDIMIENTOS PARA AUTORIZAR EL EMPLEO, POR PARTICULARES, DE VÉRTICES GEODÉSICOS Y COTAS
Más detallesCIRCULAR DGTM. Y MM. ORDINARIO O-71/024
ARMADA DE CHILE DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE VALPARAÍSO, 02 de Marzo de 2007 DGTM. Y MM. ORDINARIO N 12.600/163 VRS. APRUEBA CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO
Más detallesPROCESO CAS N 076-2015-SUTRAN/06.1.1 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE: AUXILIAR DE OFICINA 01 AUXILIAR DE OFICINA
PERÚ Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías Lima, 25 de Febrero de. PROCESO CAS N 076 --SUTRAN/06.1.1 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE:
Más detallesGaceta Oficial No. 40.483 de fecha 26 de agosto de 2014
Resolución N 000073, mediante la cual se dicta los Requisitos para la Autorización de Manejadores de Sustancias, Materiales o Desechos Peligrosos y Registro de Generadores de Desechos Peligrosos. REPÚBLICA
Más detallesSUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES ESTABLECE NORMAS PARA LAS ESCUELAS DE CONDUCTORES PROFESIONALES, CLASE A (Publicado en el Diario Oficial de 9 de febrero de 1999) Modificaciones: D.S. Nº7/2000 Núm. 251.- Santiago,
Más detallesREGLAMENTO NACIONAL PARA LA ACREDITACION DE SUPERVISORES MUNICIPALES DE OBRAS
REGLAMENTO NACIONAL PARA LA ACREDITACION DE SUPERVISORES MUNICIPALES DE OBRAS DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERÚ Enero 2012 REGLAMENTO NACIONAL PARA LA ACREDITACION DE SUPERVISORES MUNICIPALES DE OBRAS
Más detallesARMADA DE CHILE REGLAMENTO GENERAL DE DEPORTES NÁUTICOS
ORDINARIO 7-50/13-01 LIBRO G.O. y L ARMADA DE CHILE LIBRO G.O. 7-50/ 13 1 9 9 7 REGLAMENTO GENERAL DE DEPORTES NÁUTICOS (D.S. (M) Nº 087 del 14-MAY-1997) O R D I N A R I O EJEMPLAR Nº / 7-50/13-02 ORDINARIO
Más detallesORD. CIRCULAR N 1086 / MAT.: Competencia de profesionales y no profesionales en Ingeniería Sanitaria SANTIAGO, 11 NOV 1993
ORD. CIRCULAR N 1086 / ANT.: No hay MAT.: Competencia de profesionales y no profesionales en Ingeniería Sanitaria SANTIAGO, 11 NOV 1993 DE: SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS A: SEGÚN DISTRIBUCION
Más detallesAcuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia, por el que se aprueba la Agenda Temática de los Grupos de Trabajo, para el mes de abril de 2014
COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA ACUERDO 3-289: 27/03/2014 Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia, por el que se aprueba la Agenda Temática de los Grupos de Trabajo, para el mes de abril de 2014
Más detallesLey del Servicio Comunitario
Ley del Servicio Comunitario Gaceta Oficial N 38.272 del 14-09-05 La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta la siguiente, Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación
Más detallesPARTE I. www.licenciasba.net
PARTE I www.licenciasba.net ACCIDENTE ES DIFERENTE DE INCIDENTE El término accidente tiene una connotación de suceso impredecible e inevitable, imposible de controlar. De este modo, el uso del mismo conlleva
Más detalles3. Ubicación geográfica: Éstas están referidas a la carta S.H.O.A. N 1322, 4ª Edición de 1957, Caletas del Litoral de Antofagasta.
Capitanía de Puerto de Mejillones C.P. MEJILLONES ORD. N 12.600/85 Vrs. HABILITA PROVISORIAMENTE EL MUELLE MECANIZADO CENTINELA Y ESTABLECE SUS CONDICIONES DE OPERACIÓN. Mejillones, 15 Septiembre 2015.
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA PROGRAMA MODULAR DE FORMACIÓN UNIVERSITARIA PARA FUNCIONARIOS DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS CSI F
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA PROGRAMA MODULAR DE FORMACIÓN UNIVERSITARIA PARA FUNCIONARIOS DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS 1.- PRESENTACION Este Programa Modular se inserta en el marco
Más detallesPOLITÉCNICA. Capítulo 3. Acceso por traslado procedente de un título de Grado. Anexos. I y III NORMATIVA DE ACCESO Y MATRICULACION
POLITÉCNICA NORMATIVA DE ACCESO Y MATRICULACION (Aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 26 de marzo de 2015) Curso 2015-2016 Capítulo 3. Acceso por traslado procedente de un título de Grado.
Más detallesPatrón Portuario. 150 horas (110 de teoría 40 de prácticas)
Patrón Portuario Objetivo: El curso de Patrón Portuario forma al alumno en los conocimientos necesarios para ejercer el mando de los buques mercantes con las atribuciones que le han sido otorgadas. El
Más detallesC O N V O C A T O R I A
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACION DE ENTRENADORES DE LA RFEF Y SUS FEDERACIONES DE AMBITO AUTONOMICO C O N V O C A T O R I A CURSO FEDERATIVO DE ENTRENADOR DE FÚTBOL MONITOR DE FÚTBOL BASE EN COLLADO VILLALBA
Más detallesEspecialidades ANEXO I A. CUERPO: MAESTROS EDUCACIÓN FISICA EDUCACIÓN INFANTIL IDIOMA EXTRANJERO: INGLES
ANEXO I A. CUERPO: MAESTROS Especialidades EDUCACIÓN FISICA EDUCACIÓN INFANTIL IDIOMA EXTRANJERO: INGLES Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad Título de maestro- especialidad
Más detallesEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Decreta la siguiente, LEY DE TITULOS, LICENCIAS Y PERMISOS DE LA MARINA MERCANTE CAPITULO I De la Marina
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Decreta la siguiente, LEY DE TITULOS, LICENCIAS Y PERMISOS DE LA MARINA MERCANTE CAPITULO I De la Marina Mercante Artículo 1º.- A los efectos de esta Ley y sus
Más detallesLEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005
LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente,
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD AZCAPOTZALCO División de Ciencias Sociales y Humanidades
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD AZCAPOTZALCO División de Ciencias Sociales y Humanidades Licenciatura en Derecho Título: Licenciado o Licenciada en Derecho PLAN DE ESTUDIOS I. OBJETIVO GENERAL
Más detallesPrimero: Requisitos de los aspirantes:
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CUBRIR UN PUESTO DE MAESTRO/A, EN EL PROGRAMA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA EN JARANDILLA DE LA VERA Habiendo sido concedida a este Ayuntamiento mediante Resolución de
Más detalles