PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS
|
|
|
- Juan Saavedra Rivas
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa de otorgamiento de Becas no reembolsables, con el propósito de otorgarlas a estudiantes de Licenciatura de la Carrera de Medicina. ARTÍCULO 1. Objetivos: 1.- Propiciar que estudiantes en situación económica difícil y deseos de superación puedan continuar su proyecto educativo en el nivel de educación superior. 2.- Lograr la equidad educativa mediante la ampliación de oportunidades de acceso y permanencia en el programa educativo, ofrecido por la Facultad de Medicina. 3.- Reducir la deserción escolar y propiciar la terminación oportuna de los estudios. 4.- Impulsar la formación de profesionales en el área de la Salud para contribuir al desarrollo estatal, regional y nacional. ARTÍCULO 2. Requisitos: Podrán participar los alumnos de la Facultad de Medicina que cumplan los siguientes requisitos: 1. Provenir de familias cuyo ingreso familiar sea igual o menor a tres salarios mínimos mensuales. 2. Estar inscritos en la Facultad de Medicina de la UASLP. 3. No contar con una licenciatura previa.
2 4. Presentar la solicitud de beca en los términos y plazos establecidos, anexando la documentación comprobatoria indicada en la convocatoria. 5. Los alumnos que en el ciclo anterior hayan obtenido una beca podrán seguir gozando de este beneficio siempre y cuando hayan aprobado en forma regular el ciclo escolar anterior de acuerdo al plan de estudios para el año cursado. 6. En caso de que el alumno cuente con algún beneficio de tipo económico o en especie otorgado para su educación por organismo público o privado, incluyendo los apoyos económicos otorgados para realizar el servicio social y los del Sector Salud para alumnos de internado de la carrera de Medicina, deberá renunciar a este apoyo. 7. No haber sido sancionado, conforme a lo establecido en la Legislación Universitaria. ARTÍCULO 3. Convocatoria y Gestión: 1. La Secretaría de Servicios Escolares de la Facultad de Medicina difundirá, a más tardar, sesenta días antes de la terminación de cada ciclo escolar, la convocatoria para la tramitación de las becas así como para su renovación, que especificará el calendario, requisitos y procedimientos para su gestión y entrega de resultados. 2. Toda tramitación de beca deberá realizarla el interesado o el padre de familia o tutor. 3. Sólo se dará curso a aquellas solicitudes de beca que se presenten dentro de las fechas indicadas en la convocatoria correspondiente y satisfaga todos los requisitos establecidos.
3 ARTÍCULO 4. Monto y Duración de la beca: 1. La beca consiste en el pago de la inscripción y colegiatura y/o de la alimentación en la cafetería de la Facultad de Medicina. El monto será variable según haya sido asignado por el Comité de Becas. 2. Las becas que se concedan tendrán como vigencia un ciclo escolar, por lo que deberá solicitarse su renovación cada ciclo escolar. 3. La renovación de becas estará sujeta a que prevalezcan las condiciones económicas que dieron lugar a su otorgamiento y que se mantenga el carácter de alumno regular. ARTÍCULO 5. Sistema de asignación: 1. La asignación de la beca se fundamenta en la situación económica familiar, con base a la información que proporcionen los solicitantes bajo protesta de decir verdad y, en su caso, en la evaluación de los antecedentes académicos registrados en la Secretaria Escolar de la Facultad. 2. De considerarlo necesario, el Comité de Becas de la Facultad de Medicina, realizará un estudio socioeconómico que implica una visita para entrevista domiciliaria, para constatar la veracidad de los datos señalados en la solicitud, cuyos resultados se anexarán al expediente del solicitante que revisará el Comité de Becas. 3. De acuerdo con los recursos disponibles, se cubren en primer término las solicitudes de los estudiantes con mayor necesidad económica que cumplan con los requisitos, y en segundo, a los de mejor desempeño académico que hayan gozado de ésta previamente. ARTÍCULO 6. Integración del Comité de Becas: 1. Para la asignación de las becas y sus porcentajes, la Facultad de Medicina integrará un Comité de Becas, que estará conformado por: a) El Secretario de los Servicios Escolares de la Facultad.
4 b) El presidente del Comité de Padres de Familia de la Facultad. c) El Consejero Maestro de la Facultad. d) El Consejero Alumno de la Facultad. e) El presidente del Consejo Estudiantil. ARTÍCULO 7. Aspectos operativos del Comité de Becas: 1. El Comité de Becas se reunirá dos veces en un ciclo escolar, para determinar la convocatoria de becas y para dictaminar sobre las solicitudes. 2. Las convocatorias para las reuniones serán expedidas por el Secretario de los Servicios Escolares. 3. El comité de Becas se reunirá en pleno para la revisión de las solicitudes, considerándose constituido con la presencia de cuando menos la mitad mas uno de sus miembros. 4. Todos los miembros del Comité de Becas tienen derecho a voz y voto en la decisión del otorgamiento y porcentaje de beca asignado. 5. Las decisiones del Comité de Becas son inapelables. 6. Una vez que el Comité de Becas haya emitido su fallo sobre las solicitudes, la Secretaría de Servicios Escolares informará los resultados a los solicitantes. 7. Los resultados del proceso estarán disponibles durante los quince días hábiles anteriores al inicio oficial del ciclo escolar para el cual se solicitó la beca. ARTÍCULO 8. Derechos y obligaciones de los becarios: 1. Solicitar por escrito al Comité de Becas de la Facultad, señalando de una manera explícita y clara los motivos de su solicitud. 2. Entregar la solicitud de beca en la Secretaría de Servicios Escolares de la Facultad. 3. Presentar la documentación requerida por el Comité de Becas
5 4. Recibir el monto de la beca otorgada siempre que cumpla con las obligaciones que tiene como estudiante y las señaladas en el programa. 5. Iniciar el programa de estudios en la fecha establecida por la Facultad de Medicina. 6. Asistir con regularidad a clases y cursar las materias del plan de estudios en los tiempos establecidos. 7. Observar buena conducta dentro y fuera de la institución educativa y mantener un buen desempeño académico. 8. El estudiante que obtuvo una beca para cursar el primer año de estudios, en caso de reprobar alguna materia (asignatura) o no cursar la totalidad de las materias del plan de estudios de un periodo (semestre o año) escolar, deberá regularizar su situación antes de que termine el ciclo (año) escolar, respectivo. ARTÍCULO 9. Suspensión de la beca: 1. Las becas no se suspenderán durante el ciclo escolar en que fueron otorgadas y las calificaciones parciales de las asignaturas no constituirán fundamento para suspender la vigencia de una beca. 2. Se suspenderán las becas si se incurre en lo siguiente: a) Incapacidad física o mental del becario médicamente justificada que impida continuar sus estudios b) Falsificar, alterar u omitir algunos de los datos proporcionados por el solicitante. c) Por perder el carácter de alumno regular. d) Por negarse a recibir la visita domiciliaria para efectuar el estudio socioeconómico. e) No solicitar la renovación en el período establecido en el calendario correspondiente. f) Por incumplimiento al Reglamento de la Institución otorgante. 3. Los alumnos que hayan perdido su beca por cualesquiera razones y que posteriormente requieran su rehabilitación, su trámite se
6 considerará de petición, debiendo concursar con los demás solicitantes. 4. La suspensión podrá ser temporal o definitiva. TRANSITORIO ARTÍCULO El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el H. Consejo Técnico Consultivo de la Facultad de Medicina. (Aprobado el día 26 de enero del año 2009, por el H.C.T.C.)
REGLAMENTO DE BECAS. Artículo 3. Para el otorgamiento de la beca se tomará en consideración la trayectoria académica en el periodo escolar anterior.
REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente reglamento establece las bases y criterios que regulan el otorgamiento, requisitos, vigencia, cuantía, suspensión y cancelación
BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (PRONABES -TLAXCALA) CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR
BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (PRONABES -TLAXCALA) CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR 2010-2011 Con el objeto de propiciar que las y los estudiantes en situación económica adversa, pero con deseos de superación
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el
LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.
LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2016 RENOVACIÓN
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2016 RENOVACIÓN El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales
REGLAMENTO DE BECAS. Julio, 2017
REGLAMENTO DE BECAS Julio, 2017 REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEFINICIONES GENERALES Apoyo educativo. Es el porcentaje total de exención del pago
REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO
REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el otorgamiento,
Convocatoria. Beca Escolar Febrero - julio 2018 CONVOCA TÉRMINOS Y CONDICIONES: I. REQUISITOS
Convocatoria La Universidad Veracruzana, convoca a los alumnos de los niveles Técnico Superior Universitario y de Licenciatura a participar por una: Beca Escolar Apertura de la convocatoria: 23/02/2018
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO PRIMERA PROMOCIÓN 2018
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO PRIMERA PROMOCIÓN 2018 El Gobierno del Estado de México, a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) con fundamento en los
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2017 RENOVACIÓN
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2017 RENOVACIÓN El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) de conformidad con lo establecido
REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO
REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO Actualización Agosto 2017 REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1. - Art. 2º.- Art. 3º.- Art. 4º- Art. 5º.- Art. 6º.-
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 5,
PROGRAMA NACIONAL DE BECAS BECAS DE MANUTENCIÓN (Antes PRONABES) PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR
PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MANUTENCIÓN (Antes PRONABES) PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2014-2015 2015 Con base en el Acuerdo 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del
BECAS DE EDUCACIÓN DUAL
CE:203/F/011/16 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL SEGUNDA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), de conformidad con lo
Centro de Estudios Superiores de Tepeaca Clave de Incorporación 21MSU1038V REGLAMENTO DE BECAS. Página 1 de 9
REGLAMENTO DE BECAS Página 1 de 9 Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 1. Beca es la ayuda económica en la reducción de cuotas de colegiaturas que el Centro de Estudios Superiores de Tepeaca, asigna
REGLAMENTO DE BECAS INSTITUCIONALES
Instituto Consorcio Clavijero Secretaría de Educación de Veracruz REGLAMENTO DE BECAS INSTITUCIONALES Índice TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES...3 TÍTULO II: DEL COMITÉ DE BECAS...5 TÍTULO III: DE LAS
REGLAS DE OPERACIÓN del Programa de Becas Económicas CONSIDERANDO
REGLAS DE OPERACIÓN del Programa de Becas Económicas CONSIDERANDO Que es importante otorgar becas con el propósito de apoyar los programas de formación educativa y personal, ampliar las oportunidades educativas
CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016
CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 3, 3.1, 3.3, 4, 4.1,
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO Convocatoria de Ingreso al Programa de Becas del Doctorado en Ciencias de la Administración
REGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La Universidad Tecnológica del Sur de Sonora, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas.
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover
Ser estudiantes regulares, inscritos en alguno de los programas educativos que se imparten en esta Casa de Estudios.
2.4 BECAS Con el objetivo de brindar a los estudiantes un apoyo permanente, así como fomentar el interés en su superación personal, para el mejor desempeño en su vida profesional, procurando su permanencia
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer
CRITERIOS ACADÉMICOS. I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. II. Permanencia.
CRITERIOS ACADÉMICOS I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. Haber aprobado en su totalidad el plan de estudios del nivel medio superior. Haber sido aceptado por la Comisión de Ingreso. Realizar
TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO DEL VALLE DE CHALCO REGLAMENTO DE BECAS PRESENTACIÓN 2 TRANSITORIOS 8
TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO DEL VALLE DE CHALCO REGLAMENTO DE BECAS Pág. PRESENTACIÓN 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE LOS TIPOS DE BECAS CAPITULO III DE LA RENOVACIÓN DE LAS BECAS 3 5
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover
Solicitud de Beca INFORMACIÓN PARA EL SOLICITANTE REQUISITOS ACADÉMICOS ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO PROCEDIMIENTO DE TRÁMITE
Solicitud de Beca INFORMACIÓN PARA EL SOLICITANTE Los interesados en aplicar a un Apoyo Académico UDLAP Jenkins Graduate School, deberán conocer y aceptar las disposiciones contenidas en el Aviso de Privacidad,
Universidad Autónoma de Guadalajara
Universidad Autónoma de Guadalajara PROGRAMA DE BECAS BECA ACADÉMICA Aplica para alumnos mexicanos de nuevo ingreso a Licenciaturas y UNICO, con mayores restricciones en la carrera de Médico Cirujano y
REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO
REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO INDIVISA MANENT Lo Unido Permanece León, Guanajuato. México. 14 de julio de 2004. REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD
SOLICITUD DE APOYO INSTITUCIONAL
No. de expediente: Nombre y Apellidos: Fecha: SOLICITUD DE APOYO INSTITUCIONAL I. PROGRAMA DE APOYO INSTITUCIONAL La Universidad Anáhuac se suma al esfuerzo de aquellos estudiantes que cuentan con un buen
CRUZ ROJA MEXICANA Coordinación Estatal de Capacitación Ciudad de México SOLICITUD DE BECA HOJA FRONTAL
CRUZ ROJA MEXICANA Coordinación Estatal de Capacitación Ciudad de México SOLICITUD DE BECA HOJA FRONTAL PARA USO EXCLUSIVO POR EL DEPARTAMENTO DE BECAS Fecha No. de expediente Folio: 00001 Apellido Paterno:
FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR
Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones
FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR
Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2017 2018 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Universidad Abierta Por un ser incompleto, consciente de su incompletitud REGLAMENTO GENERAL DE BECAS TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente
SOLICITUD DE BECA Y CRÉDITO EDUCATIVO
PARA USO EXCLUSIVO DEL DEPARTAMENTO DE BECAS Fecha No. de expediente Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre: SOLICITUD DE BECA Y CRÉDITO EDUCATIVO I. PROGRAMA DE BECAS La Universidad Anáhuac se suma
CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR
CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR 2010-2011 EL COMITÉ TÉCNICO DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS PARA ESTUDIOS SUPERIORES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ (PRONABES SAN LUIS POTOSÍ) El Comité Técnico del Programa Nacional
1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5
PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL OBJETIVO El Espacio Común de Educación Superior tiene dentro de sus objetivos, el de impulsar la movilidad de estudiantes a través del apoyo a la realización
REGLAMENTO DE BECAS ÍNDICE. Contenido
REGLAMENTO DE BECAS 0 REGLAMENTO DE BECAS ÍNDICE Contenido Capítulo I 2 Generalidades Capítulo II 3 Becas Capítulo III 4 Requisitos para la obtención de beca Capítulo IV 4 Refrendo de beca Capítulo V 5
PARA USO EXCLUSIVO DEL DEPARTAMENTO DE BECAS. Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre: SOLICITUD DE BECA
PARA USO EXCLUSIVO DEL DEPARTAMENTO DE BECAS Fecha No. de expediente Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre: SOLICITUD DE BECA I. PROGRAMA DE BECAS La Promotora Artística Musical Mexicana AC PACM se
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, el miércoles 25 de octubre de 2006. Lic.
