UNIVERSIDAD MARIANA. San Juan de Pasto 2014 REGLAMENTO INTERNO DE BIBLIOTECA
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- Francisco Ríos Giménez
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1 UNIVERSIDAD MARIANA San Juan de Pasto 2014 REGLAMENTO INTERNO DE BIBLIOTECA
2 UNIVERSIDAD MARIANA MISIÓN La Universidad Mariana es una institución de educación Superior, Católica y privada. Forma profesionales humana y académicamente competentes, con espíritu crítico, sentido ético y compromiso social. Mediante la interacción con el entorno y el dialogo entre fe, ciencia y cultura contribuye a la transformación sociocultural y al desarrollo con justicia social y respeto por el ambiente, desde el Evangelio de Jesucristo y la Espiritualidad Mariana y Franciscana. VISIÓN En el 2020 la Universidad Mariana será una institución de proyección nacional e internacional, reconocida por su docencia cualificada, por sus egresados competentes humana y profesionalmente, por el desarrollo investigativo pertinente con las disciplinas y el contexto; comprometida con la asimilación y difusión del conocimiento útil, transferencia de tecnología e innovación apropiadas para la transformación social. Hna. Amanda Lucero Vallejo, f.m.i Rectora Mg. Graciela Burbano Guzmán Vicerrectora Academica Esp. Oskar Julian Uasapud Enriquez Director de Biblioteca
3 TABLA DE CONTENIDO Pág. INTRODUCCIÓN 3 CAPITULO 1. FUNDAMENTOS Y PRINCIPIOS GENERALES 4 ARTICULO 1. DEFINICIÓN. 4 ARTICULO 2. MISIÓN. 4 ARTICULO 3. VISIÓN 4 ARTICULO 4. COLECCIONES. 4 ARTICULO 5. ORGANIGRAMA. 5 CAPITULO 2. USUARIOS 6 ARTÍCULO 6. DENOMINACIÓN. 6 ARTICULO 7. RESTRICCIONES. 6 CAPITULO 3. SERVICIOS 7 ARTICULO 8. DENOMINACIÓN. 7 ARTICULO 9. PRÉSTAMO MATERIAL BIBLIOGRÁFICO 8 ARTICULO 10. DEVOLUCIÓN DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO. 9 CAPITULO 4. ACTUALIZACIÓN DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO 10 ARTÍCULO 11. PROCEDIMIENTO ACTUALIZACIÓN DE NUEVAS 10 ADQUISICIONES BIBLIOGRÁFICAS. CAPITULO 5. RÉGIMEN DISCIPLINARIO 12 ARTICULO 12. SANCIONES 12 ARTICULO 13. ESTÍMULOS 13
4 INTRODUCCIÓN La Biblioteca es el cerebro vivo de la Universidad Mariana, es la memoria dinámica que recoge, procesa y distribuye la información necesaria para el núcleo del quehacer universitario, como es el proceso Enseñanza - Aprendizaje. Es el taller intelectual donde se conserva el saber acumulado por la humanidad y en donde se forjan los nuevos conocimientos que posibilitan el avance de las fronteras de la ciencia. La Biblioteca fue creada para el uso de toda la comunidad universitaria Mariana y puesta al servicio de la sociedad en general. La utilidad y calidad del servicio que ella ofrece depende en buena medida del buen cuidado y uso que se haga de sus colecciones y equipos. El compromiso de la biblioteca se establece desde tres ámbitos: el medio ambiente, la comunidad y la sociedad, brindando servicios de información para el desarrollo de las actividades académicas. La Universidad Mariana garantiza y ofrece a sus estudiantes y docentes en los diferentes programas las herramientas necesarias para acceder al conocimiento, desarrollar procesos de docencia, investigación y proyección social a través de diversos medios educativos. Para el desarrollo de sus actividades académicas y de formación profesional cuenta con diversos medios para acceder al conocimiento. Entre ellos tenemos: La Circulación y Préstamo de material bibliográfico, Publicaciones seriadas y Hemeroteca, Material de Referencia; Salas de lectura, Sala Regional y Autores Nariñenses, Centro de Documentación, Sala Virtual con acceso a bases de datos específicas y multidisciplinares, Sala de Investigadores, Biblioteca en Línea, Sala Multimedia, Aula Inteligente, etc. La Biblioteca Preside la Red de Bibliotecas del Sur Occidente Colombiano, suscripción del consorcio cooperativo Hemeroteca Nacional Universidades, La Universidad, hace parte de la Red de Universidades Regionales Latinoamericanas (Red UREL) y en la actualidad hace parte de la Red de Bibliotecas Católicas Universitarias de Latinoamérica y el caribe ODUCAL.
5 CAPITULO 1. FUNDAMENTOS Y PRINCIPIOS ARTICULO 1. DEFINICIÓN. La Biblioteca, es el centro de documentación de la Universidad Mariana, cuyo propósito consiste en apoyar con recursos y servicios de información las actividades académicas, de investigación, de proyección social y de internacionalización que se llevan a cabo en la Universidad. ARTICULO 2. MISIÓN. La Biblioteca Hna. Elisabeth Guerrero Navarrete f.m.i. es la memoria dinámica que recoge, procesa y distribuye la información necesaria del quehacer universitario, a través de servicios y fuentes de información de calidad para contribuir a la consecución de los objetivos de la Universidad y asegurar un servicio de excelencia a Educadores, Educandos y a la sociedad en general, proporcionando recursos y servicios documentales pertinentes, suficientes y de calidad para apoyar las actividades formativas. ARTICULO 3. VISIÓN. Ser el principal sistema de bibliotecas académicas de la región, líder e innovador en la prestación de servicios y recursos de información; comprometido con la superación de las expectativas de los usuarios habituales y potenciales de la Biblioteca. Lugar de encuentro en donde estudiantes, profesores, empleados y egresados, hacen gestión del conocimiento, contando para ello con tecnología de punta y con los más altos estándares de calidad, convirtiéndose en el eje dinamizador de la formación académica y de investigación de la comunidad universitaria Mariana. ARTICULO 4. COLECCIONES. Se denomina colección a todos los recursos debidamente organizados y catalogados con los que cuenta la Biblioteca, estas colecciones están distribuidas de la siguiente manera: a) COLECCIÓN GENERAL: Comprende los libros que abarcan los conocimientos técnicos científicos y humanísticos necesarios para el desarrollo de las actividades académicas de la comunidad universitaria. b) COLECCIÓN REFERENCIA: Pone al alcance diccionarios, códigos, atlas, enciclopedias, índices, catálogos, resúmenes y otros materiales de consulta rápida. c) COLECCIÓN DE AUTORES NARIÑENSES: Es una colección de libros, catálogos e índices desarrollados por escritores de la región nariñense. d) COLECCIÓN PUBLICACIONES SERIADAS: Entendido como la colección de revistas, boletines, memorias o informes y periódicos distribuidos por cada área de conocimiento específico. e) COLECCIÓN LIBROS DE RESERVA: Comprende textos y publicaciones que contiene lecturas asignadas por los profesores. Libros cuya edición este agotada y de los cuales no exista sino un ejemplar en la colección. f) COLECCIÓN DE TRABAJOS DE GRADO: Comprende las investigaciones realizadas por docentes, estudiantes e investigadores de la Universidad Mariana en los diferentes campos del conocimiento. Esta colección se divide en tres categorías, a saber TRABAJOS DE PREGRADO, TRABAJOS DE POSTGRADO y TRABAJOS DISTANCIA.
6 g) COLECCIÓN DE BIBLIOTECA VIRTUAL: Son recursos electrónicos de gran relevancia científica y que están disponibles en medios de difusión WEB, entre los recursos que se cuentan se encuentran libros, journals, Artículos científicos, revistas científicas e indexadas, videos, Objetos de Aprendizaje Virtual OVA s y un número ilimitado de referencias y definiciones. En la actualidad se cuenta con el acceso a más de 10 Bases de Datos de suscripción propia y 15 Bases de Datos por convenio de uso que están disponibles para la comunidad universitaria. ARTICULO 5. ORGANIGRAMA.
7 CAPITULO 2. USUARIOS ARTÍCULO 6. DENOMINACIÓN. Se denomina USUARIO a todas aquellas personas e instituciones que puedan hacer uso del servicio de la biblioteca, entre los que se encuentran: a) Directivos, Decanos, Directores de Programa, Jefes de dependencias, Profesores, Investigadores, Estudiantes matriculados y funcionarios de la Universidad Mariana. b) Egresados de la Universidad Mariana que presenten el carné que lo acredite. c) Particulares que requieran del servicio de consulta interna. d) Estudiantes de otras instituciones de educación superior con carné vigente. e) Profesores y Estudiantes de otras instituciones que requieran el servicio de consulta interna con carné vigente. f) Comunidad en general con inquietudes bibliográficas. Los usuarios deben presentar carné validado dentro del periodo lectivo vigente, si son de la Comunidad Mariana. Los usuarios externos deberán presentar ficha de visitante. El préstamo para los usuarios externos solo será de consulta interna. Toda transacción que se efectué mediante el carné deberá ser hecha por el titular del mismo. El Carné es personal e intransferible y cada usuario deberá responsabilizarse por el uso que se haga con él. ARTICULO 7. RESTRICCIONES. Para el uso de los servicios de biblioteca los usuarios deberán tener en cuenta: a) No se permite el ingreso de alimentos a la biblioteca. b) No se permite el consumo de bebidas en las instalaciones de la biblioteca. c) No se permite el ingreso a la biblioteca con maletines o paquetes. d) El uso del celular está restringido, se recomienda colocarlo en modo silencio. IMPORTANTE: Usuario de la biblioteca que extravié su carné deberá notificarlo inmediatamente en la dirección de la Biblioteca. De lo contrario la biblioteca no se responsabiliza del uso indebido o los préstamos que se realicen con él.
8 CAPITULO 3. SERVICIOS ARTICULO 8. DENOMINACIÓN. Son considerados servicios de la Biblioteca: a) CASILLEROS: Es un servicio gratuito. La Biblioteca no se responsabiliza, ni responde por la pérdida de objetos de valor como: dinero, joyas, computadores portátiles, celulares, tabletas digitales, elementos electrónicos, graficadoras, calculadoras, etc. Por su seguridad se permite guardar una maleta por casillero. Si el usuario sale de la biblioteca debe sacar sus pertenencias y si desea ingresar nuevamente deberá realizar el trámite previsto. Por perdida de la ficha el usuario deberá cancelar un valor estipulado para su reposición. El hacer uso inapropiado del casillero conlleva a una falta grave estipulada en este reglamento CAPITULO 5. FALTAS AL REGLAMENTO, Evite perdida de la ficha colgándola al cuello, esto la asegura. b) CIRCULACIÓN Y PRÉSTAMO: Se encarga de ejecutar los préstamos de material seleccionados por los usuarios. Además cumple funciones de vigilancia y control en la elaboración de registros, confrontación y utilización del carné en la identificación del usuario. El carné es personal e intransferible. La suplantación de identidad se estipula como una falta grave en el presente reglamento CAPITULO 5. FALTAS AL REGLAMENTO. c) REFERENCIA: Este servicio enseña al usuario a utilizar las fuentes más importantes de información como son índices, resúmenes, tesauros, atlas, enciclopedias, diccionarios, almanaques, catálogos, autores nariñenses mediante el uso del sistema de búsqueda de la Biblioteca y las estaciones de búsqueda estipuladas para tal fin. d) DISEMINACIÓN SELECTIVA DE LA INFORMACIÓN: Es un servicio disponible directamente por los promotores de área, en la actualidad se encuentran las siguientes áreas: Área Ciencias Puras y Aplicadas, Área Ciencias de la Salud, Área Ciencias Sociales y Humanidades. Este servicio remite al usuario a las fuentes más apropiadas para documentar su investigación. Acceso a las redes de información sobre los servicios en línea que presta la Biblioteca. e) SERVICIOS ESPECIALES: Se encarga de ejecutar los préstamos del material: Trabajos de grado, audiovisuales y salas de reuniones. Llevando un registro del material prestado y de cada sala solicitada. Además cumple funciones de vigilancia y asesoramiento. En la actualidad todos los trabajos de grado tiene una restricción de uso, por lo cual el préstamo solo se realizará para el área y en equipos especialmente dispuestos para este fin. f) CAPACITACIÓN EN BASES DE DATOS: Los estudiantes nuevos, personal docente y administrativo deben asistir a las capacitaciones que se desarrollan a principios de cada semestre donde se dan a conocer el sistema de búsqueda de material bibliográfico, el manejo de bases de datos especializadas y los servicios que se prestan, además se informa sobre el reglamento de biblioteca. Es un servicio constante, consiste en la enseñanza, uso y manejo adecuado de las diferentes bases de datos documentales existentes en la Universidad, la solicitud del servicio se realiza en dirección de biblioteca.
9 g) ESTADÍSTICAS: Todo usuario establecido en CAPITULO 2. USUARIOS del presente reglamento deben registrarse al momento de ingreso a la biblioteca en el sistema estadístico, los préstamos internos y externos de material bibliográfico entraran al paquete estadístico. En caso de requerir datos estadísticos sobre ingreso o uso de material, deberá ser solicitada directamente a Dirección de Biblioteca. h) HORARIO DE SERVICIO: La biblioteca está al servicio de la comunidad en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 10:00 p.m. en jornada continua y sábados de 8:00 a.m. A 4.00 p.m. en jornada continua. ARTICULO 9. PRÉSTAMO MATERIAL BIBLIOGRÁFICO a) COLECCIÓN GENERAL: se denomina colección general a todos los libros que se encuentra distinguidos con un solo rotulo de color verde, rojo o azul en su lomo. ESTUDIANTES DE PREGRADO, POSGRADO Y EDUCACIÓN A DISTANCIA: Los estudiantes de pregrado, postgrado y educación a distancia podrán solicitar hasta cinco (5) libros de la colección general por ocho (8) días calendario, con opción a revalidarlo por ocho (8) días más, para ello deberá presentar del carné estudiantil vigente. No se acepta ningún otro documento para la realización del préstamo de material, los estudiantes de primer semestre deberán realizar el trámite del carné lo antes posible para acceder al servicio. Para la renovación del préstamo, puede hacerlo personalmente en la Unidad de Circulación y Préstamo, telefónicamente o vía internet en el sistema platón. ESTUDIANTES QUE LABORAN TRABAJOS DE GRADO: los estudiantes que realizan trabajos de grado podrán solicitar cinco (5) libros de las colecciones por ocho (8) días calendario, previa presentación del carné estudiantil vigente o carta expedida por el Decano de la Facultad. DOCENTES: Podrán solicitar ocho (8) libros de la colecciones por ocho (8) días calendario, previa presentación del carné vigente con opción de revalidación por ocho (8) días más. Si desea renovar su préstamo, puede hacerlo personalmente en la Unidad de Circulación y Préstamo, telefónicamente o vía internet en el sistema platón. Nota: El préstamo a los docentes se hará siempre y cuando figuren activos en el sistema. INVESTIGADORES Y ASISTENTES DE INVESTIGACIÓN: podrán solicitar cinco (5) libros de las colecciones por ocho (8) días calendario, previa presentación del carné estudiantil vigente o con previa autorización del Centro de Investigaciones. DIRECTIVOS, DECANOS, DIRECTORES DE PROGRAMA, COORDINADORES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SERVICIOS GENERALES: Podrán solicitar ocho (8) libros de la colecciones por ocho (8) días calendario, previa presentación del carné con opción de revalidación por ocho (8) días más. Si desea renovar su préstamo, puede hacerlo personalmente en la área de Circulación y Préstamo, telefónicamente o vía internet en el sistema platón. EGRESADOS: Podrán solicitar el préstamo de material bibliográfico existente para consulta interna previa presentación del carné de egresado. En casos especiales el
10 préstamo se realizara mediante la autorización del director de programa o mediante una carta expedida por el Decano de la Facultad. PUBLICO EN GENERAL: Podrán solicitar el préstamo de material bibliográfico existente para consulta interna. b) COLECCIÓN DE RESERVA: Libros de reserva se identifican con un rotulo de color naranja ubicado en la parte superior del lomo del libro, estos libros, tendrán un préstamo por dos (2) horas durante el día y a partir de las 6:00 de la tarde se prestaran hasta las 10 de la mañana del día siguiente, los días sábados se prestan a partir de las 12:00 del mediodía para devolver al siguiente día hábil antes de la 10 de la mañana, previa autorización de la dirección de la Biblioteca. c) COLECCIÓN ESPECIALES: Las normas para obtener acceso a estos préstamos serán con previa autorización de la Dirección de la Biblioteca. Trabajos de Grado en CD ROM o Impresas (carta autorizada por autor) se hará por 24 horas. Colección de Videos (se podrán prestar dos unidades de video) se hará por 24 horas Nota: El préstamo del material bibliográfico se realizara según lo anteriormente dispuesto a menos que sean de la colección de referencia o de reserva. ARTICULO 10. DEVOLUCIÓN MATERIAL BIBLIOGRÁFICO. La devolución del material bibliográfico deberá hacerse en el área de Circulación y Préstamo. Presentar el carné vigente, el auxiliar le realizara la devolución. Se presume que mientras el material bibliográfico no aparezca debidamente registrado, no habrá sido devuelto. Los usuarios deberán revisar cuidadosamente el estado del material que llevan en préstamo, el último usuario en solicitarlo en préstamo es el responsable de todo daño del material y deberá responsabilizarse de su reposición.
11 CAPITULO 4. ACTUALIZACIÓN DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO ARTÍCULO 11. PROCEDIMIENTO ACTUALIZACIÓN DE NUEVAS ADQUISICIONES BIBLIOGRÁFICAS. Es obligación de los programas mantener la actualización del material bibliográfico que usen en los programas analíticos, por lo cual la biblioteca deberá actualizar por lo menos una vez al año las colecciones Bibliográficas, para la realización de este proceso de la siguiente manera: 1. Cada programa debe designar un representante quien será el vocero en todos los temas relacionados con biblioteca para el programa. Por otra parte, la biblioteca debe: 2. Crear el COMITÉ DE BIBLIOTECA, este comité está conformado por: Un representante de cada Programa Académico Director de la Biblioteca Un representante de Procesos Técnicos (Este comité de Biblioteca se elegirá en Enero por un periodo de un año.) 3. Una vez conformado el comité cumplirá con las siguientes tareas: Adquisición de la nueva Bibliografía y Acompañamiento directo de todas las actividades que realiza la biblioteca ADQUISICIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL MATERIAL BIBLIOGRÁFICO: Para la adquisición de material bibliográfico, el representante de programa deberá, en reunión con el director y los demás docentes del programa, seleccionar el material bibliográfico requerido para los dos próximos periodos académicos bajo los siguientes criterios: El material seleccionado, deberá tener como máximo 5 años de antigüedad, además, se deberá consignar todos los datos completos y reales del libro en el FORMATO PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO suministrado por la biblioteca. Todo material en otro idioma o de difícil consecución, se deberá suministrar información adicional como contactos u otros datos que permitan la localización del mismo. Para el material de tipo electrónico, se requiere una evaluación por parte de Biblioteca, además se deberá determinar el valor adicional por parte del programa en presupuesto para su compra y su mantenimiento año a año. Todas las compras que se requieran por parte del programa estarán sometidas a evaluación por parte de la biblioteca. CADA PROGRAMA DE LA UNIVERSIDAD DEBERÁ PRESUPUESTAR ANUALMENTE LA COMPRA DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICA DENTRO DE LAS INVERSIONES. En reunión del comité de Biblioteca (primer semestre del año), cada representante entregara al director, su lista de nuevas adquisiciones de libros (solo material de Libros y revistas) para enriquecer este listado se debe tener previa concertación con
12 sus compañeros Docentes y Directivos de su facultad, según circular número 1 de enero 16 de 2009 la nuevas adquisiciones de material bibliográfico se realizaran mediante Acuerdo de Facultad y el control sobre su eficiente utilización será responsabilidad de los directores de programa y de los decanos de facultad. El Acuerdo pasara al representante de procesos técnicos para verificar si: - En el sistema de Biblioteca está en existencias - Si esta nueva Adquisición está actualizada Una vez verificada la lista se procederá a la cotización del material para la realización del pedido. Se tendrá en cuenta el número de estudiantes de cada semestre para la relación de un libro por cada veinte estudiantes. 4. El comité se reunirá una vez por mes previa citación del director de Biblioteca.
13 CAPITULO 5. RÉGIMEN DISCIPLINARIO ARTICULO 12. SANCIONES. Se establece las siguientes sanciones para quienes las cometan: MATERIAL BIBLIOGRÁFICO: La fecha de vencimiento de estos materiales se fija por sistema. Su devolución es de obligatorio cumplimiento por parte del usuario. En caso de mora deberá cancelar una multa por día si es de la colección general y por hora si es de la colección de reserva o material audiovisual. El valor de la multa se fijara año a año con la Vicerrectoría Administrativa. Nota: Vencimiento De Multas - El plazo máximo para la cancelación de las sumas por mora es de 10 días calendario contados a partir de la fecha de su imposición. Vencido este término, si el usuario no cancela su multa seguirá corriendo. PÉRDIDA DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO Y AUDIOVISUALES: El usuario que pierda algún material en préstamo deberá informar a Dirección de Biblioteca, para que mientras dura el trámite de reposición, esos días no sean tenidos en cuenta para efectos de multa; una vez reponga el libro el usuario deberá cancelar un valor agregado por procesos técnicos. En caso de mutilación o daño parcial del material en préstamo el usuario deberá cancelar el valor de su reposición. La Biblioteca no acepta valores monetarios para la reposición del material, solo se aceptara material en la mismas o mejores condiciones del extraviado. PERDIDA DE FICHA DE CASILLERO: En el eventual caso de pérdida de ficha, los elementos consignados en el casillero no podrán ser retirados hasta que el usuario realice la reposición de la ficha con una copia de la extraviada. No se aceptaran valores monetarios por la reposición de este elemento. ACTOS DE INDISCIPLINA. Los actos de indisciplina son en general toda conducta que perjudiquen la correcta utilización de los servicios de la biblioteca, serán sancionados con la suspensión temporal o definitiva del servicio, sin perjuicio de las acciones disciplinarias que puedan imponerse de acuerdo con el reglamento académico. Se determina como acto de indisciplina los siguientes actos: Hacer ruido excesivo en las áreas de consulta de la biblioteca. Realizar clases en las instalaciones de la biblioteca. Consumo de alimentos en la biblioteca. Uso de celular en las áreas de consulta. Actos deshonrosos en la biblioteca. USO DEL CARNÉ: El carné es un documento personal intransferible y obligatorio para acceder a los servicios que ofrece la biblioteca, quien presente este documento para obtener servicios a favor de terceros, le será retenido mientras establezca el motivo por el cual posee este documento y se notificara al Decano de la Facultad, para la sanción según el reglamento de la Universidad. El carné deberá estar en buen estado, legible en su información y fotografía. No se permite tachones, ni enmendaduras en él. DAÑO O USO INDEBIDO DE MESAS Y SILLAS: Al usuario que sea visto o llamado la atención por daño o uso indebido de sillas y mesas se le realizara una amonestación para la sanción según el reglamento de la Universidad.
14 ARTICULO 13. ESTÍMULOS. Se establecen estímulos en el desarrollo de actividades especiales a los usuarios y programas de la siguiente manera: USUARIOS: En conmemoración al día del idioma el 23 de Abril, junto a las actividades que desarrolla la biblioteca, se entregara un reconocimiento individual a todos aquellos usuarios que hagan uso masivo de los servicios de biblioteca y que el sistema los registre como tales. PROGRAMAS: En conmemoración al día del idioma el 23 de Abril, se entregara reconocimiento a los programas cuyos estudiantes hagan uso masivo de los servicios de biblioteca. PREMIACIONES: Para el desarrollo de actividades culturales y académicas se brindara a los usuarios participantes estímulos monetarios, según lo estipule la actividad. Esp. OSKAR JULIAN UASAPUD DIRECTOR BIBLIOTECA UNIVERSIDAD MARIANA
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