REGLAMENTO GENERAL DE BIBLIOTECA
|
|
|
- Carlos Nieto Aguilar
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO GENERAL DE BIBLIOTECA
2 TABLA DE CONTENIDO CAPÍTULO 1 CAPÍTULO 2 CAPÍTULO 3 CAPÍTULO 4 CAPÍTULO 5 CAPÍTULO 6 CAPÍTULO 7 CAPÍTULO8 CAPÍTULO9 CAPÍTULO 10 De la organización De los usuarios Servicios que presta la biblioteca Normas de comportamiento dentro de la biblioteca Prestación del servicio de los derechos y deberes De las colecciones Requisitos para préstamos Multas Pérdida o daño de elementos de la biblioteca Sanciones administrativas
3 La Biblioteca de la Institución está creada para el apoyo a la construcción de nuevo conocimiento, como proyecto de soporte académico, teniendo en cuenta los principios institucionales de solidaridad y equidad, con el fin de fortalecer a nuestros usuarios los servicios bibliotecarios de manera integral para el beneficio de la docencia, la investigación y la proyección social. Objetivo de la biblioteca: Brindar apoyo a los procesos académicos de investigación y docencia, mediante el acopio, análisis, organización, clasificación, difusión, protección y recuperación de información para la comunidad CIDEISTA. RESUELVE: CAPÍTULO 1 De la organización Artículo 1 1. La Dependencia de la Biblioteca esta bajo la supervisión del Departamento de TIC y Medios Educativos. 2. De acuerdo a la necesidad que se presente de material bibliográfico por cada una de los programas académicos el Representante de la Biblioteca asistirá al comité curricular con el fin que los Directores de Programa realicen sus solicitudes de material bibliográfico, estableciendo la cantidad de material a adquirir. Artículo 2 1. Para prestar el uso oportuno y adecuado de los servicios que ofrecen las sedes de la Biblioteca, se establece el siguiente horario: SEDE PRINCIPAL Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 8:00 p.m. (Jornada continua) Sábado de 7:00 a.m. a 12:30 p.m. SEDE GALERÍAS Lunes a viernes de 7:00am a 8:00 p.m. (Jornada continua) Sábado de 9:00am a 12:00am.
4 CAPÍTULO 2 De los usuarios Artículo 3 Son usuarios de la biblioteca 1. USUARIOS INTERNOS: Directivos, directores de programa, docentes, estudiantes, egresados, personal administrativo y de servicio vinculado a la institución. 2. USUARIO EXTERNOS: Los usuarios externos son aquellas personas que desean ingresar a la Biblioteca mediante el servicio de préstamo interbibliotecario o carta de presentación. Deben diligenciar los formatos establecidos y su carné que lo acredita como estudiante activo de la Institución de la que proviene. CAPÍTULO 3 Servicios que presta la Biblioteca Artículo 4 1. Circulación y préstamo: Préstamo externo: Es el retiro del material bibliográfico fuera de las instalaciones de la biblioteca Consulta en sala: Préstamo que se realiza para consultar dentro de la biblioteca 2. Servicio de referencia: Asesoría a los usuarios en la búsqueda de información y en el uso de las fuentes que han de ser consultadas. 3. Préstamo Interbibliotecario: Intercambio interinstitucional con el cual se tiene acceso a recursos bibliográficos con otras Unidades de Información, mediante convenio de préstamo Interbibliotecario. 4. Carta de Presentación: Generada por la Biblioteca a solicitud del usuario, con la que se presenta al usuario ante otras unidades de información. 5. Equipos de Cómputo: Préstamo de computadores, para fines académicos, acceso a bases de datos y bibliotecas virtuales. 6. Servicios en Línea: Consulta de nuestro catalogo en línea, bases de datos y otros recursos electrónicos. 7. Préstamo de locker: Disponibilidad de espacios para guardar los objetos personales, se prestan durante el tiempo que el estudiante permanezca dentro de la Biblioteca
5 CAPÍTULO 4 Normas de comportamiento Dentro de la biblioteca Artículo 5 1. Cumplir con el Reglamento General de la Biblioteca. 2. Mantener la voz baja y compostura dentro de la Biblioteca. 3. Dejar en los locker de la biblioteca bolsos, maletas y demás elementos que perturben el ambiente de estudio. Si el usuario posee computador portátil, se autorizará el ingreso del bolso. 4. No ingresar y consumir ninguna clase de alimento (bebida o comida). 5. No fumar. 6. El máximo de usuarios por equipo es de 3 personas. 7. No utilizar instrumentos corto punzantes dentro de la biblioteca (bisturí, Tijeras Etc.). 8. No hablar por celular. 9. No escuchar música. 10. Cuidar y conservar los libros, equipos de cómputo, planta física y equipo mobiliario. 11. Mantener relaciones interpersonales dentro de un clima de respeto y cordialidad 12. Propiciar el orden y el aseo. Son derechos de los usuarios: CAPÍTULO 5 Prestación del servicio De los derechos y deberes Artículo 6 1. Hacer uso de todos los servicios que ofrece la Biblioteca. 2. Recibir información oportuna y pertinente del uso y servicios, por parte del personal que labora en la Biblioteca. 3. Contar con espacios adecuados que permita el desarrollo de la consulta académica mediante espacios físicos y virtuales por medio de clave de acceso. 4. Contar con horarios adecuados que permita el acceso a los recursos bibliotecarios permitiendo un mayor nivel de consulta académica de acuerdo con las modalidades ofrecidas (Presencial, A Distancia y Virtual). 5. Contar con recursos bibliográficos que suplan las necesidades de consulta académica. (Acervo Bibliográfico, Bases de Datos, Bibliotecas Virtuales, Convenios Interbibliotecarios). 6. Formular propuestas que permitan el mejoramiento de la Biblioteca. Artículo 7
6 Son deberes de los usuarios: 1. Conocer y respetar el Reglamento y las normas de la Biblioteca. 2. Aceptar y cumplir responsablemente el Reglamento y las normas de las Bibliotecas de otras instituciones, cuando se hacen consultas a través del convenio de préstamo interbibliotecario o cartas de presentación. 3. Utilizar los espacios de la Biblioteca estrictamente con fines académicos. 4. Cuidar de las instalaciones físicas, salas, cubículos, material bibliográfico equipos y demás elementos de la Biblioteca. 5. Presentar y dejar en consignación el carné vigente (en óptimas condiciones) que lo acredite como estudiante, docente, empleado o egresado para quienes hagan uso de las instalaciones físicas de la biblioteca. Para el caso de los estudiantes a Distancia y Virtual deben acceder mediante usuario y clave de acceso asignados por la institución. 6. Si el bolso o maleta es demasiado grande para guardar en el locker, se identificará el tamaño y dependiendo se permitirá ingreso a la biblioteca sugiriendo que la coloquen en el piso. CAPÍTULO 6 De las colecciones Artículo 8 1. Colección general: Publicaciones con información variada sobre todas las áreas del conocimiento que apoyen el desarrollo de los programas académicos y su préstamo está sujeto a la disponibilidad del material. 2. Colección de referencia: Son obras tales como (diccionarios, enciclopedias, directorios, etc.) que se pueden consultar de una manera rápida dentro de la sala de Biblioteca; su préstamo está sujeto a la disponibilidad del material. 3. Colección Trabajos de Grado: Trabajos elaborados por los estudiantes para obtener su título de pre-grado, se presta únicamente para consulta dentro de la biblioteca y consulta en línea. 4. Hemeroteca: Diarios y Revistas nacionales e internacionales que apoyan el desarrollo académico. 5. Colección Digital: Documentos de las diferentes áreas del conocimiento en formato digital como bases de datos y bibliotecas virtuales que pueden ser consultadas a través de acceso remoto y/o local por toda la comunidad del las diferentes modalidades presencial, a distancia y virtual. CAPÍTULO 7 Requisitos para Préstamos Artículo 9
7 Préstamo Material Bibliográfico: 1. Los usuarios que accedan a las sedes físicas de la Biblioteca deberán presentar el carné vigente. 2. Cada usuario podrá disponer de un cupo de consulta de máximo de (3) unidades bibliográficas. 3. El préstamo externo será sujeto a la disponibilidad del número de ejemplares por libro y la concurrencia de consulta. 4. El préstamo externo tendrá un tiempo autorizado de 3 días hábiles. Artículo 10 Préstamo Equipos de Cómputo 1. Los usuarios que accedan a las sedes físicas de la Biblioteca deberán presentar el carné vigente. 2. El usuario se hace responsable del equipo recibido en préstamo (Pantalla, Mouse, Teclado, CPU) hasta el momento de su entrega. 3. La utilización de los equipos de cómputo es de carácter estrictamente académico. 4. El tiempo de préstamo del equipo de cómputo es de 30 minutos por usuario. 5. El tiempo de préstamo del equipo será renovado en caso de que no hayan otros usuarios en espera del mismo. 6. Con dos llamados de atención al usuario, por mal uso del equipo, le será suspendido el servicio. Artículo 11 Préstamo Locker 1. Los usuarios que accedan a las sedes físicas de la Biblioteca deberán presentar el carné vigente. 2. El préstamo y entrega es personal e intransferible. 3. La utilización del locker es exclusivamente para servicio de los usuarios de la Biblioteca. 4. El período de préstamo del locker se limita al tiempo que el usuario permanezca dentro de la biblioteca. 5. La Institución no se hace responsable por los objetos que dejen guardados en el locker. CAPÍTULO 8 Multas Artículo La no entrega del material Bibliográfico y/o locker en el horario y fechas establecidas acarreará una multa de $ pesos colombianos m/cte día calendario, por libro y por día. 2. En caso de pérdida del material bibliográfico, el usuario deberá realizar la devolución con un nuevo ejemplar o cancelar el valor respectivo que estipule la institución. 3. En caso de daño o pérdida del candado, llave o locker, el usuario deberá cancelar el valor respectivo del arreglo o compra que le sea estipulado por la Institución. CAPÍTULO 9 Pérdida O Daño De Elementos De La Biblioteca Articulo 13
8 Una vez retirado el material bibliográfico, cualquier daño en él, es responsabilidad del usuario que lo tenga en préstamo. Se considera daño al material bibliográfico cuando sea: rayado, mutilado, desencuadernado o manchado. Artículo 14 En los equipos de cómputo se considera daño cuando estos sean golpeados, rayados o cuando sus partes (mouse, teclado, CPU) sean desconectadas o que por mal uso presenten alguna inconsistencia en el hardware o software. Articulo 15 Quien raye, escriba, mutile, o dañe cualquier elemento inmobiliario de la biblioteca, (silla, mesa, pared, cortina), deberá reponer el elemento en buen estado o cancelar el valor respectivo del arreglo o compra que le sea estipulado por la Institución. CAPÍTULO 10 Sanciones Administrativas Articulo 16 Para efectos de sanción se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento: 1. Los servicios que ofrece la Biblioteca se suspenderán a aquellos usuarios que presenten morosidad por préstamo de material bibliográfico, hasta que regularice su situación. 2. El usuario que falte con el Reglamento y normas establecidas. recibirá un llamado de atención verbal por primera vez. Si reincide en su comportamiento se le solicitará que se retire de la Biblioteca. Si la conducta persiste se reportará a la unidad académica y administrativa pertinente, quienes evaluarán la falta y determinarán la correspondiente sanción. 3. Uso indebido del carné institucional. El carné es un documento de uso personal e intransferible y obligatorio para acceder a cualquier servicio que preste la Biblioteca. Por lo tanto en caso de uso indebido, se reportará a la unidad académica y administrativa pertinente, quienes evaluarán la falta y determinarán la correspondiente sanción. 4. A quien incumpla con el comportamiento adecuado y la devolución oportuna de los materiales obtenidos por préstamo interbibliotecario, además de las sanciones y multas adquiridas por la institución afectada, se reportará a la unidad académica y administrativa de la CIDE, quienes evaluaran la falta y determinaran la correspondiente sanción.
9 HISTORIAL DE CAMBIOS FECHA VERSIÓN CAMBIOS 27/AGO/09 02 Inclusión de utilización y Préstamo de lockers, se estableció el valor de la multa por mora y el período de sanción por mala conducta. 27/ENE/10 03 Se ajusta al nuevo horario de biblioteca. 18/NOV/10 04 Se realizan ajustes en la estructura del documento, teniendo en cuenta los requerimientos del ministerio de educación nacional (MEN) 9/DIC/ /MAY/ /ABR/ /ABR/15 08 Incorporación capitulo 4 normas de comportamiento dentro de la biblioteca Modificación del horario de atención a los usuarios teniendo en cuenta los tiempos muertos del uso de las instalaciones Modificación del horario de atención a los usuarios según las sedes y el horario del personal. Se ajusta a los cambios del organigrama. Exclusión del ítem 7 del artículo 7 respectivamente. Se actualiza el logo en el reglamento, teniendo en cuenta la imagen institucional
REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA. Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de sus servicios el
Página 1 de 5 REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de sus servicios el Departamento de Biblioteca de la Fundación Universitaria Navarra - UNINAVARRA-,
UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN SECCIONAL BUCARAMANGA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN SECCIONAL BUCARAMANGA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CONTENIDO TITULO I ASPECTOS GENERALES DE LA BIBLIOTECA CAPITULO I DE LA MISION DE LA BIBLIOTECA EN LA UMB CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS
Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
LUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m.
LUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m. Formar parte del Núcleo Coordinador de un Sistema de Información que contribuya con normas y aplicación de políticas de información y
REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN
REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN Título I: Condiciones Generales: Artículo 1 El presente reglamento tiene por objeto regular el uso de la unidad de Biblioteca y Documentación del Centro
1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Préstamo Interno: El préstamo es personal, ya que el carné es intransferible. Al solicitar el material bibliográfico para consulta en la sala o fotocopia, debe dejar el carne
Los alumnos del Pregrado de la Universidad ESAN tienen acceso a los servicios y productos de la Biblioteca y Centro de información ESAN/Cendoc.
REGLAMENTO BIBLIOTECA PREGRADO ESAN/Cendoc Biblioteca y Centro de Información 2011 1. Disposiciones generales Los alumnos del Pregrado de la Universidad ESAN tienen acceso a los servicios y productos de
Guía de Uso de la Biblioteca
Guía de Uso de la Biblioteca Noviembre 2015 1 ÍNDICE 1. Disposiciones generales 3 2. De las colecciones 4 3. De los servicios 4 4. De los usuarios 5 4.1. Deberes 7 4.2. Sanciones 8 5. Disposición final
CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK
CONSIDERANDO CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK QUE: es indispensable reglamentar, en la Biblioteca, el ingreso y préstamo de los libros, así como del material bibliográfico que dispone; QUE:
Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción
Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción Artículo 1 El presente reglamento se establece con la finalidad de salvaguardar el acervo bibliográfico y documental, así como
1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Préstamo Interno: El préstamo es personal, ya que el carné es intransferible. Al solicitar el material bibliográfico para consulta en la sala o fotocopia, debe dejar el carne
REGLAMENTO PARA EL BUEN USO DE LA BIBLIOTECA
REGLAMENTO PARA EL BUEN USO DE LA BIBLIOTECA La Biblioteca del Colegio Inmaculada, está a disposición de la comunidad educativa del establecimiento, la cual debe sentirse motivada a aprovechar sus materiales,
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA.
Página 1 de 6 ESCUELA SUPERIOR FRANCISCANA ESPECIALIZADA/AGAPE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Página 2 de 6 La finalidad del presente Reglamento es determinar la organización y operación de la Biblioteca. Objetivos:
Controlar la calidad en el servicio que se ofrece. Cuidar la integridad física del acervo bibliográfico, mobiliario y equipo.
El presente reglamento tiene como propósito presentar las normas y políticas de acceso a los servicios bibliotecarios de la Universidad Pedagógica Nacional Unidad 061 y; el comportamiento que deberán observar
CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
BIBLIOTECA CENTRAL REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART. 1º. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA, LOS ALUMNOS INSCRITOS EN LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo
REGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE
REGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE ARTÍCULO I DEL HORARIO Y LOS SERVICIOS A) La Biblioteca UNIBE ofrece sus servicios a la comunidad universitaria y al público en general, de lunes a viernes en horario ininterrumpido
REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM
REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y
REGLAMENTO RECURSOS RECURSOS EDUCATIVOS
REGLAMENTO REGLAMENTO DE DE RECURSOS RECURSOS EDUCATIVOS EDUCATIVOS RESOLUCIÓN NO. 001 DEL 15 DE FEBRERO RESOLUCIÓN NO. DE 001 2015 DEL 15 DE FEBRERO DE 2015 Resolución del Consejo Superior No. 005 de
Reglamento de Biblioteca
Reglamento de Biblioteca El propósito de este reglamento, es dar a conocer a los usuarios de la Biblioteca, sus derechos y obligaciones en relación con los servicios bibliotecarios. CAPÍTULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CHIAPAS.
El Dr. Jorge Luis Zuart Macias, Rector de la Universidad Politécnica de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos20 y 23 fracciones XVIII, del Decreto que Reforma, Adiciona
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Con el fin de prestar un servicio eficiente que beneficie a toda la comunidad, se han fijado unas Normas que regulan el funcionamiento de la Biblioteca, e indican los deberes y
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA JULIO DEL 2005 ÍNDICE Página CAPÍTULO I GENERALIDADES 2 CAPÍTULO II DE LAS COLECCIONES 2 CAPÍTULO III DE LOS SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS CAPÍTULO IV DEL
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CONTENIDO TÍTULO I TÍTULO II TÍTULO III TÍTULO IV TÍTULO V TÍTULO VI TÍTULO VII TÍTULO VIII TÍTULO IX TÍTULO X TÍTULO XI : DISPOSICIONES GENERALES : DE LOS USUARIOS : CARNÉ DE
EL CCS Y LA ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS EMPRESARIALES RESUELVEN:
Doc: OSIDS003 Rev: 6 Pág: 1 El Reglamento de Circulación y Préstamo tiene por objeto establecer las pautas que regulan el servicio de consulta y préstamo de material bibliográfico existente en la biblioteca
Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Reglamento de la Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto FLACSO-Sede Académica Argentina Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Centro de Medios Programa de Comunicación Social
Centro de Medios Programa de Comunicación Social REGLAMENTO ESTUDIO DE TELEVISIÓN Y LABORATORIO DE POSPRODUCCIÓN. El presente reglamento tiene como objetivo establecer normas para el correcto uso de los
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS 1 INDICE CAPÍTULO PÁG. I.- DISPOSICIONES GENERALES 3 II.- DEL ACCESO 3 III.- DE LA DISCIPLINA 4 IV.- DE LOS PRÉSTAMOS 4 IV.- DE LOS SERVICIOS 5 V.- SANCIONES 5 TRANSITORIOS 6
BIBLIOTECA CNC POLITICAS DE ACCESO A RECURSOS DIGITALES Y USO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS
ACCESO A RECURSOS DIGITALES La asignación del Usuario/Contraseña es exclusiva para la comunidad académica del New Cambridge School. El Usuario/Contraseña asignadas, es personal, confidencial e intransferible,
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA I.- Disposiciones Generales Artículo 1. La finalidad del presente Reglamento es establecer los objetivos, estructura y operación de la Biblioteca Universidad Tecnológica de San
NORMAS PARA EL USO DE LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN i
1. JUSTIFICACION NORMAS PARA EL USO DE LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN i La Universidad Politécnica Salesiana como parte de su infraestructura tecnológica dispone de los Laboratorios de Computación, cuyo propósito
REGLAMENTO BIBLIOTECA
ÍNDICE REGLAMENTO BIBLIOTECA ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO SEGUNDO... 4 De los Servicios... 4 CAPÍTULO TERCERO... 5 Del Préstamo... 5 CAPÍTULO CUARTO... 6 Devolución de material...
CATALOGO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
No. SECCIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO FECHA 1 Colección Se modifico el contexto y también el formato del catalogo 28/08/2013 2 Servicios Se modifico el contexto y también el formato del catalogo 28/08/2013
REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO
REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO El presente Reglamento tiene como finalidad establecer normas de acceso, préstamo y uso de los materiales así como de los equipos e instalaciones con que cuenta la Biblioteca
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS:
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye
NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA.
NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA. El presente documento interno pretende regular explícitamente, el uso del acceso,
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología Av. Calle 100 No. 18A- 51 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL
REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional
Liceo Nº 1 Javiera Carrera Biblioteca CRA Marina Silva Maturana REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional TITULO I Presentación El presente reglamento tiene como objetivo establecer las
Normas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo
Normas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo NORMAS DEL BUEN USO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO Uso del laboratorio NORMAS DEL BUEN USO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO Uso del laboratorio 1. Se permite el uso
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SANTIAGO, 2011 Título I. Definición y Misión Título II. Condición de usuarios de Biblioteca Título III. Servicios y plazos de préstamos Título IV. Préstamos interbibliotecarios
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REVISION: 04 HOJA 1 DE 8 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-22-01 MISIÓN Brindar eficiencia en la consulta de los materiales informativos que requieren los alumnos y maestros de la Universidad Cuauhtémoc, mediante
Reglamento Biblioteca
UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA Reglamento Biblioteca CONSEJO SUPERIOR ACUERDO 12 DE 2001 Archivo de la Secretaría General de la UM, Tomo 2001, folio 26-33. 8 P. "Por medio del cual se adopta la actualización
ÍNDICE. Preámbulo. Disposiciones generales. Artículo Transitorio. Documentos directamente relacionados. Historial de cambios.
REG-104-01 USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 1/9 ED. 2.1 ÍNDICE Preámbulo Título I. Título II. Título III. Disposiciones generales De los usuarios De las sanciones Artículo Transitorio Documentos
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El Reglamento del Centro de
La Biblioteca Alberto Quijano Guerrero en 18 preguntas. Universidad de Nariño. 1. Qué es la BAQG?
La Biblioteca Alberto Quijano Guerrero en 18 preguntas 1. Qué es la BAQG? Es la biblioteca Alberto Quijano Guerrero de la que toma su nombre de uno de los humanistas más preclaros de nuestra parcela (1919-1995)
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: La Biblioteca de La Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud
Resolución No. 082 de marzo 09 de 2015 por medio de la cual se adopta el Reglamento para el uso y funcionamiento del gimnasio del IES-CINOC.
Resolución No. 082 de marzo 09 de 2015 por medio de la cual se adopta el Reglamento para el uso y funcionamiento del gimnasio del IES-CINOC. RESOLUCIÓN No. 082 (de marzo 09 de 2015) Por la cual se adopta
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMAC
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNÓLOGICA DE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES QUE LE CONFIERE
Instituto Tecnológico Superior de la Costa Chica
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE LA COSTA CHICA Instituto Tecnológico Superior de la Costa Chica Reglamento de Centros
POLÍTICA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CONTROL DE CAMBIOS
CONTROL DE CAMBIOS No. SECCIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO FECHA 1 Declaratoria Actualización de Representante de la Dirección y Gestor Interno de la Calidad. 13 de Febrero de 2014 2 Descripción de los servicios
CAPÍTULO I. DE SU FINALIDAD, ALCANCES y FUNCIONES
CAPÍTULO I. DE SU FINALIDAD, ALCANCES y FUNCIONES ARTÍCULO 1. La sala audiovisual consiste en una aula acondicionada con equipo multimedia, computadora, retroproyector (cañón), equipo de aire acondicionado,
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento establece las normas generales de organización y operación
Estantería abierta. un reto de organización y una oportunidad para la investigación
Estantería abierta un reto de organización y una oportunidad para la investigación NUESTRA BIBLIOTECA Es un centro especializado de recursos de la información. Comprende: Biblioteca Central / Biblioteca
INTRODUCCIÓN A LA BIBLIOTECA DIGITAL
1 INTRODUCCIÓN A LA BIBLIOTECA DIGITAL Tutorial para el Usuario 2 INDICE ACCESO A LA PÁGINA PRINCIPAL DE BIBLIOTECA... 3 PÁGINA DE INICIO:... 4 Menú principal... 4 Servicios de la biblioteca... 4 Servicios
INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN
INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1. Es responsabilidad de la Biblioteca
Todas las guías de laboratorio están estructuradas de la siguiente forma:
BASE DE DATOS I 1 Base de Datos I, Guía 1 2 Introducción Este manual ha sido elaborado para orientar al estudiante de BASE DE DATOS I en el desarrollo de sus prácticas de laboratorios. El uso de este manual
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN DEL ITSE. Capítulo I. Generalidades
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN DEL ITSE Capítulo I Generalidades Art. 1 La finalidad del Centro de Información es fortalecer el conocimiento mediante la promoción y apoyo de actividades encaminadas
ALCALDIA MUNICIPAL DE SANDONA
COORDINACIÓN DE BIBLIOTECA Y WEB MASTER En mi calidad de Coordinadora de master, Yo DAISSY MARCELA SAAVEDRA ZAMBRANO, Maestra en Artes visuales (UDENAR) identificada con cedula de ciudadanía 1.086.132.586
PROCEDIMIENTO SUGERIDO POR LA OFICINA DE ACREDITACIÓN PARA EL INICIO DEL PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN. 1. Una aproximación al concepto de Autoevaluación.
PROCEDIMIENTO SUGERIDO POR LA OFICINA DE ACREDITACIÓN PARA EL INICIO DEL PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN A continuación se presenta de manera sistemática el procedimiento sugerido para hacer uso del modelo de
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA DE EL SALVADOR BIBLIOTECA LICDA. ETELVINA TREJO DE PALENCIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA DE EL SALVADOR BIBLIOTECA LICDA. ETELVINA TREJO DE PALENCIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Capítulo I DEL REGLAMENTO Art. 1. El presente reglamento tiene como finalidad establecer los
Manual de Convivencia
Manual de Convivencia Manual de Convivencia Comunidad Educativa CEINFES 1. Valores y principios: Orientarán las prácticas académicas y de convivencia que garantizarán un ambiente favorable para el desarrollo
Carta de servicios. Biblioteca Universitaria
Carta de servicios Biblioteca Universitaria 2012-2013 Periodo 2016-2017 Plano de localización Biblioteca Central (Hospital Real) Misión Misión de la Biblioteca: La Biblioteca Universitaria de Granada tiene
Laboratorios de Entrenamiento Basico ANEXO II RES. Nº 1221/2005 REGLAMENTO
Infraestructura REGLAMENTO Salón de Practica Mesas para Practicas Mesas de pared para Practicas Lavaderos Taburetes Equipos y Accesorios Salón de Preparado de Practica Escritorios Sillas Bibliotecas Capacidad
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE APATZINGÁN LINEAMIENTO PARA PRÉSTAMOS DE PROYECTORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE APATZINGÁN LINEAMIENTO PARA PRÉSTAMOS DE PROYECTORES 1 ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.. CAPÍTULO II DE LOS USUARIOS.. CAPÍTULO III DEL TRÁMITE DE PRÉSTAMOS
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Disposiciones generales Artículo 1.- Sobre el Servicio La Biblioteca, es un Centro de la Universidad de Piura que depende del Rectorado y que cuenta con una estructura administrativa
Reglamento de Sala de Cómputo REGLAMENTO DE SALA DE CÓMPUTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE SALA DE CÓMPUTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DE LOS USUARIOS Artículo 1o. Se consideran como usuarios: a) Alumnos inscritos en el semestre escolar vigente. b) Tesistas egresados de
