BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

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1 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL Orden SAS/3499/2009, de 23 de diciembre, por la que se determinan los nuevos conjuntos de medicamentos, sus precios de referencia, y se revisan los precios de referencia determinados y revisados por Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre. El artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, establece el sistema de precios de referencia en la financiación con fondos públicos de medicamentos prescritos y dispensados a través de receta médica oficial del Sistema de Salud. El precepto legal encomienda al Ministro de Sanidad y Política Social, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos e informe del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud, la determinación de dichos conjuntos que sirven como base para la fijación de los precios de referencia, así como la cuantía de éstos últimos. Por su parte, el artículo 5.1 del Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, por el que se desarrollan determinados aspectos del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios en el marco del sistema de precios de referencia, dispone que la determinación de nuevos conjuntos y precios de referencia se realizará como mínimo una vez al año. Con base en lo anterior, la Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre, ha determinado conjuntos de medicamentos y sus precios de referencia. A su vez, el artículo 5.2 del mencionado Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, establece que la revisión de los precios de referencia correspondientes a conjuntos ya determinados, podrá efectuarse una vez transcurrido un año desde la fecha en la que se produce la efectividad de dichos precios. Habida cuenta que los precios de referencia correspondientes a conjuntos determinados por la Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre, fueron efectivos el 1 de marzo de 2009 y tomando, por tanto, en consideración que cuando la presente orden sea efectiva habrá transcurrido el plazo exigido para modificar los precios de referencia, se concluye que, concurriendo la condición establecida, resulta posible hacer uso de la facultad otorgada por el artículo 5.2 del citado real decreto. En consecuencia, mediante esta orden se procede, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el citado artículo 5.1 del Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, a la determinación de nuevos conjuntos de medicamentos y sus precios de referencia, posibilitando además, mediante lo establecido por la disposición adicional quinta, el ejercicio de la opción prevista en el artículo 93.5 de la Ley 29/2006, de 26 de julio. Por otra parte, con el fin de facilitar la dispensación prevista en el artículo 85 y la sustitución que establecen los artículos 86 y 93.4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, la disposición adicional sexta determina el sistema de información sobre precios menores correspondientes a las presentaciones de medicamentos, incluidas o no en el sistema de precios de referencia. A su vez, existiendo determinadas presentaciones de medicamentos cuya declaración como innovación galénica expira en el año 2010, en el artículo 5 se facilita su incorporación al sistema de precios de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en relación con el artículo 3 del Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, permitiendo el ejercicio de la opción prevista en el ya citado artículo 93.5 de la Ley 29/2006. En otro ámbito, a los efectos de ejercitar la opción antes referida, así como de presentar la opción de reducciones voluntarias de precios sin modificación del, tal y como se prevé en la disposición adicional tercera del presente proyecto, las comunicaciones de los laboratorios deberán dirigirse mediante registro telemático, en aplicación del artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, habida cuenta de que esta orden

2 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág tiene como destinatarios a personas jurídicas o colectivos de personas físicas que tienen garantizado el acceso y la disponibilidad de los medios tecnológicos precisos. Asimismo, mediante la presente orden se procede a revisar los precios de referencia determinados y revisados por Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre. Por otra parte, esta orden incorpora, a efectos de la formación de 4 conjuntos, 46 medicamentos genéricos sometidos a medida cautelar de inmovilización como consecuencia de resolución judicial dictada en procedimiento relativo a la protección de derechos de propiedad industrial. Estos conjuntos no producirán efectos hasta que se incluya en los mismos una presentación de medicamento genérico comercializada no afectada por medida cautelar de inmovilización, o se notifique la resolución judicial firme, para lo cual se ha consignado la correspondiente anotación en el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud. Si la resolución es favorable a los intereses del titular del medicamento genérico, o se produce la incorporación de una presentación de medicamento genérico comercializada no sometida a medidas cautelares de inmovilización, las anotaciones serán suprimidas, aplicándose a las presentaciones contenidas en dichos conjuntos las disposiciones contenidas en la presente norma. En caso contrario, los conjuntos permanecerán inactivos hasta que sean suprimidos, en su caso, por la orden de revisión correspondiente. Por lo que respecta a los conjuntos C-155 y C-159, inactivados en la Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre, habida cuenta que en los mismos se ha determinado la inclusión de presentaciones de medicamentos genéricos no sometidos a medidas cautelares de inmovilización, se podrá proceder a activarlos para que produzcan los efectos correspondientes desde el mismo momento en que se produzca la comercialización del genérico, para lo cual se modifica la Disposición adicional primera de aquélla orden mediante la Disposición adicional primera de la presente. Por último y para facilitar la aplicación de lo previsto en los artículos 85, 86 y 93.4 de la Ley 29/ 2006, esta orden establece que la información sobre los precios menores de los medicamentos es la relacionada en el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud. Respecto a esta información cuya última actualización se incluyó en el Nomenclátor del 1 de julio de 2009, la orden establece el 1 de mayo de 2010, para su próxima actualización, debiendo informarse junto al citado Nomenclátor con dos meses de antelación. En su elaboración han sido oídos los sectores afectados, se ha sometido a informe previo del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud y se ha recabado el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo: Artículo 1. Determinación de nuevos conjuntos y precios de referencia. 1. Los nuevos conjuntos y sus precios de referencia son los que se determinan y relacionan en el anexo En el anexo 2 se relacionan las dosis diarias definidas tomadas en consideración para el cálculo de la cuantía del precio de referencia en cada conjunto, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden SCO/3997/2006, de 28 de diciembre, por la que se determinan los conjuntos de medicamentos y sus precios de referencia y por la que se regulan determinados aspectos para la aplicación de lo dispuesto por la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Artículo 2. Nuevas presentaciones excluidas temporalmente de la aplicación del sistema de precios de referencia. A efectos de aplicar lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, por el que se desarrollan determinados aspectos del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios en el marco del sistema de precios de referencia, en el anexo 3 se relacionan las nuevas presentaciones de medicamentos que, por haber sido declaradas innovaciones

3 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág galénicas, quedan excluidas del sistema de precios de referencia así como el correspondiente período de exclusión. Artículo 3. Revisión de los precios de referencia determinados y revisados por Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre. Los precios de referencia determinados en el anexo 1 de la Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre, así como los revisados en los anexos 4 y 5 de la misma orden, son los que se relacionan en el anexo 4 de la presente orden. Artículo 4. Medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema de Salud durante un período inferior a un año. Transcurrido un año desde la fecha en la que se resolvió la inclusión de un medicamento en la prestación farmacéutica del Sistema de Salud con cargo a fondos públicos, dicho medicamento, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 91.6 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, se incorporará a los conjuntos a los que se refieren los artículos 1 y 3 de esta orden. No obstante, cuando el laboratorio titular del medicamento decida acogerse, para sus presentaciones, a lo establecido en la disposición adicional 3ª de esta orden, éstas serán incluidas en el conjunto correspondiente, salvo que aquél indique expresamente lo contrario. La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios efectuará declaración expresa para dejar constancia de dicha integración. Artículo 5. Medicamentos cuya declaración como innovación galénica expira a partir de la entrada en vigor de la presente Orden. 1. Respecto de las presentaciones de medicamentos, cuya declaración como innovación galénica expire a partir de la entrada en vigor de la presente orden, se incorporarán a los conjuntos correspondientes a partir del primer día del mes siguiente a expirar la mencionada declaración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en relación con el artículo 3 del Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre. 2. A efectos informativos se relacionan en el anexo 5 de la presente orden las presentaciones de medicamentos cuya declaración como innovación galénica expira en el año 2010, así como la fecha de su expiración. Disposición adicional primera. Inactividad de los conjuntos C-166, C-170, C- 173 y C Los conjuntos C-166, C-170, C-173 y C-181 del anexo 1 no producirán efectos en tanto no se incorpore una presentación de medicamento genérico comercializada no sometida a medidas cautelares de inmovilización o se notifique, por parte del Tribunal o Juzgado al Ministerio de Sanidad y Política Social, la sentencia firme que desestime las pretensiones del titular de la patente del medicamento o el auto por el que se dejen sin efecto las medidas cautelares de inmovilización del medicamento genérico. 2. En el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud se anotará cualquiera de estas circunstancias. Una vez concurra uno de los supuestos contemplados en el apartado precedente, se procederá a cancelar la anterior anotación y se formulará la oportuna declaración expresa para dejar constancia de ello, aplicándose a las presentaciones contenidas en dichos conjuntos las disposiciones contenidas en esta Orden. 3. Lo previsto en los apartados anteriores será asimismo de aplicación a los conjuntos inactivos creados en virtud de la Disposición adicional primera de la Orden 3803/2008, de 23 de diciembre, de manera que ésta queda modificada por la presente disposición en su actual redactado.

4 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág Disposición adicional segunda. Presentaciones de medicamentos genéricos con precio superior al de referencia y de medicamentos que no dispongan de iguales presentaciones de medicamentos genéricos. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.3 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en el plazo de dos meses desde la fecha de entrada en vigor de la orden, las presentaciones de medicamentos genéricos con precio superior al de referencia no incluidas en el artículo 4 de esta orden, se suministrarán por los laboratorios a un precio industrial que se corresponda con uno igual o inferior al de referencia. En estos supuestos, no se modificará el nacional de la presentación del medicamento. 2. Lo establecido en el apartado anterior será también de aplicación a las presentaciones de medicamentos con precio superior al de referencia no incluidas en el artículo 4 de esta orden que no dispongan de iguales presentaciones de medicamentos genéricos, a efectos de la sustitución prevista en el artículo 93.4 de la citada ley y en tanto se mantenga la situación de no disponibilidad. 3. En las presentaciones de medicamentos incluidas en los conjuntos C-166, C-170, C-173 y C-181 del anexo 1 de esta orden y en los conjuntos C-155 y C- 159 del anexo 1 de la Orden 3803/2008, de 23 de diciembre que estén incursas en un procedimiento judicial sobre propiedad industrial, habiéndose sometido el medicamento genérico a medida cautelar de inmovilización, o en las presentaciones de medicamentos genéricos que se incorporen a dichos conjuntos una vez comercializadas, los apartados 1 y 2 de esta disposición serán de aplicación en el plazo de dos meses a contar desde que se notifique por el Ministerio de Sanidad y Política Social, a todos los interesados, la declaración expresa por la que se deje constancia de la cancelación de la anotación de la circunstancia que hubiera dado lugar a la inactivación del conjunto correspondiente. En caso necesario, el plazo será ampliado por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente. Disposición adicional tercera. Reducciones voluntarias de precios sin modificación de. 1. Los laboratorios que voluntariamente decidan comercializar las presentaciones de medicamentos a un precio inferior al autorizado para adecuarlo a un nivel igual o inferior al de referencia, sin modificar el, deberán comunicarlo así a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Política Social hasta el 15 de enero de 2010 inclusive. 2. Las presentaciones de medicamentos a las que se refiere el apartado anterior se suministrarán por los laboratorios al nuevo precio en el plazo de dos meses desde la fecha de entrada en vigor de la Orden. 3. En las presentaciones de medicamentos incluidas en los conjuntos C-166, C-170, C-173 y C-181 del anexo 1 de esta orden y en los conjuntos C-155 y C- 159 del anexo 1 de la Orden 3803/2008, de 23 de diciembre que estén incursas en un procedimiento judicial sobre propiedad industrial, habiéndose sometido el medicamento genérico a medida cautelar de inmovilización, o en las presentaciones de medicamentos genéricos que se incorporen a dichos conjuntos una vez comercializadas, el apartado 1 será de aplicación en el plazo de quince días naturales y el apartado 2 en el plazo de dos meses, en ambos casos, contados desde que se notifique por el Ministerio de Sanidad y Política Social, a todos los interesados, la declaración expresa por la que se deje constancia de la cancelación de la anotación de la circunstancia que hubiera dado lugar a la inactivación del conjunto correspondiente. En caso necesario, el plazo será ampliado, por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud, hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente. 4. A los medicamentos incluidos en el artículo 5 de la presente orden, se les aplicará lo previsto en los apartados 1 y 2 de este artículo. En tal supuesto, el plazo fijado en el

5 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág apartado 1 se aplicará en los mismos términos. No obstante, lo indicado en el apartado 2 podrá ser de aplicación a partir de los dos meses previos a la fecha en que se produzca la expiración de la declaración de innovación galénica según lo señalado en el anexo 5, debiendo suministrarse en todo caso a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se produzca la citada expiración. 5. A efectos de cumplimentar lo establecido en los apartados 1, 3 y 4 anteriores, los laboratorios deberán presentar obligatoriamente las comunicaciones mediante registro telemático a través del enlace en aplicación de lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Disposición adicional cuarta. Precio aplicable a las presentaciones de medicamentos afectadas por lo dispuesto en los apartados 6 y 7 del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio. A partir del 1 de marzo de 2010, las nuevas presentaciones de medicamentos afectadas por lo dispuesto en los apartados 6 y 7 del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, que se relacionan en el anexo 6, tendrán el precio industrial que figura en dicho anexo, sin que sea necesario modificar su nacional. Disposición adicional quinta. Precios industriales afectados en más de un treinta por ciento por el sistema de precios de referencia. 1. Los laboratorios farmacéuticos titulares de los medicamentos relacionados en los anexos 7 y 8 que, conforme a lo establecido en el artículo 93.5 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en relación con el artículo 4 del Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, decidan asumir la reducción resultante de la aplicación del sistema de precios de referencia a los precios industriales de sus productos en mínimos de un treinta por ciento al año, deberán ejercitar dicha opción en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente orden, según lo indicado en dicho real decreto, comunicándolo formalmente a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Política Social mediante registro telemático y especificando en la comunicación la cantidad anual por la que se dispensarán los respectivos productos hasta alcanzar el correspondiente precio de referencia. La cantidad comunicada será efectiva a partir del 1 de marzo de En el supuesto de presentaciones de medicamentos incluidas en los conjuntos C-166, C-170, C-173 y C-181 del anexo 1 y en los conjuntos C-155 y C-159 del anexo 1 de la Orden 3803/2008, de 23 de diciembre que se encuentren incursas en un procedimiento judicial sobre propiedad industrial, habiéndose sometido el medicamento genérico a medida cautelar de inmovilización, o en las presentaciones de medicamentos genéricos que se incorporen a dichos conjuntos una vez comercializadas, el apartado anterior de esta disposición será de aplicación en el plazo de un mes para la comunicación de la opción prevista en el artículo 93.5 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, y en el plazo de dos meses para que la cantidad comunicada sea efectiva, contados desde que se notifique por el Ministerio de Sanidad y Política Social, a todos los interesados, la declaración expresa por la que se deje constancia de la cancelación de la anotación de la circunstancia que hubiera dado lugar a la inactivación del conjunto correspondiente. En caso necesario, el plazo será ampliado, por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud, hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente. 3. Los laboratorios farmacéuticos titulares de los medicamentos relacionados en el anexo 9, cuya declaración de innovación galénica expire en el año 2010, y que decidan asumir la reducción resultante de la aplicación del sistema de precios de referencia a los precios industriales de sus productos en mínimos de un 30% al año, podrán ejercitar tal opción en los términos y plazos establecidos en el apartado primero. No obstante, en estos supuestos, la cantidad comunicada será efectiva a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que expire la citada declaración de innovación galénica.

6 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág Disposición adicional sexta. Precios menores de presentaciones de medicamentos a efectos de dispensación y de sustitución por el farmacéutico. 1. Para facilitar la aplicación de lo previsto en los artículos 85, 86 y 93.4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, la información sobre los precios menores, correspondiente a las presentaciones de los medicamentos incluidas o no en el sistema de precios de referencia es la relacionada en el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud. 2. La información sobre los precios a que se refiere el apartado anterior se actualizará el día 1 de mayo de A efectos informativos esa actualización se relacionará junto al Nomenclátor con dos meses de antelación a la fecha de su efectividad. 3. Si las variaciones experimentadas en los precios de los medicamentos así lo aconsejaran, y previo acuerdo de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud, la información mencionada en los apartados precedentes podrá ser objeto de actualización en el momento en que las circunstancias lo permitan, pudiendo afectar dicha actualización bien a todo el listado incluido en la relación, bien a los grupos de intercambio que se consideren oportunos. A efectos informativos esa actualización se relacionará junto al Nomenclátor con dos meses de antelación a la fecha de su efectividad. Disposición transitoria primera. Coexistencia de precios y devolución de existencias. 1. Las existencias de las presentaciones de medicamentos que obren en poder de almacenes afectados por las reducciones de precios previstas en esta orden, podrán seguir comercializándose al precio anterior a esta reducción hasta el día 31 de marzo de Las existencias de las presentaciones de medicamentos que obren en poder de las oficinas de farmacia afectadas por las reducciones de precios previstas en esta Orden, podrán seguir comercializándose al precio anterior a esta reducción hasta el día 30 de abril de Al amparo de lo previsto en el artículo del Real Decreto 726/1982, de 17 de marzo, por el que se regula la caducidad y devoluciones de las especialidades farmacéuticas a los laboratorios farmacéuticos, los almacenes de distribución y las oficinas de farmacia, sin coste adicional alguno para ellas, podrán devolver a los laboratorios farmacéuticos, a partir del 1 de mayo de 2010 y conforme a lo establecido en el artículo 8 del citado real decreto, las existencias de las presentaciones con precio en el embalaje anterior a las reducciones establecidas en esta orden. 4. En el supuesto de presentaciones de medicamentos incluidas en los conjuntos C-166, C-170, C-173 y C-181 del anexo 1 de esta orden y en los conjuntos C-155 y C-159 del anexo 1 de la Orden 3803/2008, de 23 de diciembre, que se encuentren incursas en un procedimiento judicial sobre propiedad industrial, habiéndose sometido el medicamento genérico a medida cautelar de inmovilización, o de presentaciones de medicamentos genéricos que se incorporen a dichos conjuntos una vez comercializadas, los plazos de aplicación de esta disposición transitoria serán de tres meses para las medidas contempladas en el apartado 1, de cuatro meses para las medidas contempladas en el apartado 2, y de cuatro meses y un día para las medidas contempladas en el apartado 3, contados desde que se notifique por el Ministerio de Sanidad y Política Social, a todos los interesados, la declaración expresa por la que se deje constancia de la cancelación de la anotación de la circunstancia que hubiera dado lugar a la inactivación del conjunto correspondiente. En caso necesario, el plazo será ampliado, por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud, hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente. Disposición transitoria segunda. Gasto financiado con cargo a fondos públicos. 1. El Sistema de Salud, así como los regímenes especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas

7 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), mantendrán, hasta el 30 de abril de 2010, el precio anterior de los medicamentos afectados por lo establecido en las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta en relación con esta disposición transitoria segunda, a efectos de facturación y en lo que se refiere, exclusivamente, a la parte del gasto satisfecho directamente por dicho Sistema y por los regímenes especiales mencionados. 2. Se liquidarán con los nuevos precios las facturaciones al Sistema de Salud y a los regímenes especiales mencionados en el apartado anterior, cerradas a partir del 1 de mayo de En el supuesto de presentaciones de medicamentos incluidas en los conjuntos del anexo 1 de esta orden y en los conjuntos del anexo 1 de la Orden 3803/2008, de 23 de diciembre que se encuentren incursas en un procedimiento judicial sobre propiedad industrial, habiéndose sometido el medicamento genérico a medida cautelar de inmovilización, y siempre y cuando la sentencia sea favorable a los intereses del titular de dicho medicamento genérico, o en el de presentaciones de medicamentos genéricos que se incorporen a dichos conjuntos una vez comercializadas, los plazos de aplicación de las medidas contempladas en esta disposición transitoria serán de cuatro meses a contar desde la fecha en que se notifique por el Ministerio de Sanidad y Política Social, a todos los interesados, la declaración expresa por la que se deje constancia de la cancelación de la anotación de la circunstancia que hubiera dado lugar a la inactivación del conjunto correspondiente. En caso necesario, por razón de las exigencias relativas a la facturación, ambos plazos serán ampliados hasta hacer coincidir su finalización con, respectivamente, el último día natural del mes correspondiente y el primer día del mes siguiente. Disposición final primera. Título competencial. Esta orden se dicta al amparo de la competencia estatal en materia de legislación sobre productos farmacéuticos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo ª de la Constitución. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de Madrid, 23 de diciembre de La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García Herrera.

8 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág conjunto ANEXO 1: s de referencia y precios de referencia aprobados por la presente Orden Vía de Administración C164 Ácido micofenólico ORAL MYFENAX 250 mg cápsulas duras ,33 C164 Ácido micofenólico ORAL MYFENAX 500 mg comprimidos recubiertos con película ,33 C164 Ácido micofenólico ORAL MICOFENOLATO DE MOFETILO SANDOZ 500 mg comprimidos recubiertos con película, 50 comprimidos 108,33 C164 Ácido micofenólico ORAL MICOFENOLATO DE MOFETILO WINTHROP 500 mg comprimidos recubiertos con película, 50 comprimidos 108,33 C164 Ácido micofenólico ORAL MICOFENOLATO DE MOFETIL STADA 500 mg comprimidos recubiertos con película, 50 comprimidos 108,33 C164 Ácido micofenólico ORAL CELLCEPT 500MG 50 COMPRIMIDOS 108,33 C164 Ácido micofenólico ORAL CELLCEPT 250MG 100 CAPSULAS 108,33 C164 Ácido micofenólico ORAL CELLCEPT 1G/5ML 1 FRASCO 110G POLVO PARA SUSP ORAL 151,66 C165 Ácido risedrónico ORAL ACREL 5MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERT PELIC 2 BLISTER 34,68 C165 Ácido risedrónico ORAL RISEDRONATO SEMANAL STADA 35 mg comprimidos recubiertos con película, 4 comprimidos 34,68 C165 Ácido risedrónico ORAL ACTONEL SEMANAL 35MG 4 COMPRIM RECUBIERTOS PELICUL 34,68 C165 Ácido risedrónico ORAL ACREL SEMANAL 35MG 4 COMPRIMIDOS RECUB PELICULA 34,68 C165 Ácido risedrónico ORAL ACTONEL 30MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS PELICULA 208,08 C165 Ácido risedrónico ORAL ACTONEL 5MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS PELICULA 34,68 C166 Atorvastatina ORAL THERVAN 10 mg comprimidos comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER 10 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER 20 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER 40 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA FARMALTER 10 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA FARMALTER 20 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA FARMALTER 40 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER GENERICOS 10 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER GENERICOS 20 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER GENERICOS 40 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER FARMACIA 10 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER FARMACIA 20 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA ALTER FARMACIA 40 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA CINFA 10 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA CINFA 20 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA CINFA 40 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA FARMASCOPIA 10 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA FARMASCOPIA 20 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA FARMASCOPIA 40 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA GOIBELA 10 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA GOIBELA 20 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA GOIBELA 40 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA OSODENT 10 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA OSODENT 20 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA OSODENT 40 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL THERVAN 20 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL THERVAN 40 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA DAVUR 20 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA DAVUR 40 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ATORVASTATINA DAVUR 10 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 6,75 C166 Atorvastatina ORAL PREVENCOR 40MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 26,99 C166 Atorvastatina ORAL PREVENCOR 20MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 13,49 C166 Atorvastatina ORAL CARDYL 40MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 26,99 C166 Atorvastatina ORAL CARDYL 20MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ZARATOR 40MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 26,99 C166 Atorvastatina ORAL ZARATOR 20MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 13,49 C166 Atorvastatina ORAL ZARATOR 10MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 6,75 C166 Atorvastatina ORAL CARDYL 10 10MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 6,75 C166 Atorvastatina ORAL ZARATOR 80MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 53,97 C166 Atorvastatina ORAL CARDYL 80MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 53,97 C166 Atorvastatina ORAL PREVENCOR 80MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 53,97 C166 Atorvastatina ORAL PREVENCOR 10MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 6,75 C167 BISOPROLOL / HIDROCLOROTIAZIDA ORAL BISOPROLOL/HIDROCLOROTIAZIDA TEVA 10/25 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 5,99

9 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág conjunto Vía de Administración C167 BISOPROLOL / HIDROCLOROTIAZIDA ORAL BISOPROLOL/HIDROCLOROTIAZIDA TEVA 10/25 mg comprimidos recubiertos con película, 56 comprimidos 11,98 C167 BISOPROLOL / HIDROCLOROTIAZIDA ORAL EMCORETIC 10 MG/25 MG 28 COMPR REC 5,99 C167 BISOPROLOL / HIDROCLOROTIAZIDA ORAL EMCORETIC 10 MG/25 MG 56 COMPR REC 11,98 C168 Cilazapril ORAL CILAZAPRIL TEVA 1 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 3,27 C168 Cilazapril ORAL CILAZAPRIL TEVA 2.5 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 7,63 C168 Cilazapril ORAL CILAZAPRIL TEVA 5 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 15,27 C168 Cilazapril ORAL INOCAR 5MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 15,27 C168 Cilazapril ORAL INOCAR 2,5MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 7,63 C168 Cilazapril ORAL INOCAR 1MG 30 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 3,27 C168 Cilazapril ORAL INHIBACE 1MG 30 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 3,27 C168 Cilazapril ORAL INHIBACE 2.5MG 28 COMPRIMIDOS 7,63 C168 Cilazapril ORAL INHIBACE 5MG 28 COMPRIMIDOS 15,27 C169 Diosmina ORAL DAFLON 500MG 60 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 8,80 C169 Diosmina ORAL DIOSMINA CINFA 500 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 4,40 C169 Diosmina ORAL DIOSMINA CINFA 500 mg comprimidos recubiertos con película, 60 comprimidos 8,80 C169 Diosmina ORAL DIOSMINA PENSA 500 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 4,40 C169 Diosmina ORAL DIOSMINA PENSA 500 mg comprimidos recubiertos con película, 60 comprimidos 8,80 C169 Diosmina ORAL DAFLON 500MG 30 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 4,40 C170 Donepezilo ORAL ARICEPT FLAS 5 mg, comprimidos bucodispersbles, 28 comprimidos 46,62 C170 Donepezilo ORAL ARICEPT FLAS 10 mg, comprimidos bucodispersbles, 28 comprimidos 93,24 C170 Donepezilo ORAL DONEPEZILO GERARD 10 MG comprimidos recubiertos con pelicula, 28 comprimidos 93,24 C170 Donepezilo ORAL DONEPEZILO MYLAN 10 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 93,24 C170 Donepezilo ORAL ARICEPT 10MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 93,24 C170 Donepezilo ORAL ARICEPT 5MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 46,62 C171 Epirubicina URETRAL EPIRUBICINA MAYNE 2MG/ML 5ML X 10MG SOLUCION INYEC 10,17 C171 Epirubicina URETRAL EPIRUBICINA MAYNE 2MG/ML 25ML X 50MG SOLUC INYECT 50,87 C171 Epirubicina URETRAL EPIRUBICINA MAYNE 2MG/ML 50ML X 100MG SOLUC INYECT 101,74 C171 Epirubicina URETRAL EPIRUBICINA MAYNE 2MG/ML 100ML X 200MG SOLUC INYEC 203,48 C171 Epirubicina URETRAL SENDRAS 2 mg/ml solución inyectable o para perfusión, 1 vial de 5 ml 10,17 C171 Epirubicina URETRAL SENDRAS 2 mg/ml solución inyectable o para perfusión, 1 vial de 25 ml 50,87 C171 Epirubicina URETRAL SENDRAS 2 mg/ml solución inyectable o para perfusión, 1 vial de 50 ml 101,74 C171 Epirubicina URETRAL SENDRAS 2 mg/ml solución inyectable o para perfusión, 1 vial de 100 ml 203,48 C171 Epirubicina URETRAL SENDRAS 2 mg/ml solución inyectable o para perfusión, 5 viales de 5 ml 50,87 C171 Epirubicina URETRAL FARMORUBICINA 200MG 1 VIAL LIQUIDO 203,48 C171 Epirubicina URETRAL FARMORUBICINA 50MG 1 VIAL SOLUCION 50,87 C171 Epirubicina URETRAL FARMORUBICINA 10MG 1 VIAL SOLUCION 5ML 10,17 C171 Epirubicina URETRAL FARMORUBICINA 10MG 1 VIAL + 1 AMPOLLA 10,17 C171 Epirubicina URETRAL FARMORUBICINA 50MG 1 VIAL 50,87 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA SANDOZ 20 mg cápsulas, 28 cápsulas 7,19 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA SANDOZ 40 mg cápsulas, 28 cápsulas 14,37 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA BEXAL 20 mg cápsulas, 28 cápsulas 7,19 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA BEXAL 40 mg cápsulas, 28 cápsulas 14,37 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA TEVA 20 mg cápsulas, 28 cápsulas 7,19 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA TEVA 40 mg cápsulas, 28 cápsulas 14,37 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA PROLIB SANDOZ 80 mg comprimidos de liberación prolongada, 28 comprimidos 28,74 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA TEVA 80 mg comprimidos de liberación prolongada, 28 comprimidos 28,74 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA RATIOPHARM PROLIB 80 mg comprimidos de liberación prolongada, 28 comprimidos 28,74 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA STADA 80 mg comprimidos de liberación prolongada, 28 comprimidos 28,74 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA PROLIB BEXAL 80 mg comprimidos de liberación prolongada, 28 comprimidos 28,74 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA WINTHROP 80 mg comprimidos de liberación prolongada, 28 comprimidos 28,74 C172 Fluvastatina ORAL FLUVASTATINA MYLAN 80 mg comprimidos de liberacion prolongada, 28 comprimidos 28,74 C172 Fluvastatina ORAL LESCOL 40 40MG 28 CAPSULAS 14,37 C172 Fluvastatina ORAL LESCOL 20 20MG 28 CAPSULAS 7,19 C172 Fluvastatina ORAL LYMETEL 20 20MG 28 CAPSULAS 7,19 C172 Fluvastatina ORAL LYMETEL 40 40MG 28 CAPSULAS 14,37 C172 Fluvastatina ORAL LIPOSIT 20MG 28 CAPSULAS 7,19 C172 Fluvastatina ORAL LIPOSIT 40MG 28 CAPSULAS 14,37 C172 Fluvastatina ORAL DIGARIL 20 MG 28 CAPSULAS 7,19 C172 Fluvastatina ORAL DIGARIL 40 MG 28 CAPSULAS 14,37

10 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág conjunto Vía de Administración C172 Fluvastatina ORAL VADITON 20MG 28 CAPSULAS 7,19 C172 Fluvastatina ORAL VADITON 40MG 28 CAPSULAS 14,37 C173 Galantamina ORAL GALANTAMINA TEVA 4 MG comprimidos recubiertos con película 14 comprimidos 8,51 C173 Galantamina ORAL GALANTAMINA TEVA 4 MG comprimidos recubiertos con película 56 comprimidos 34,05 C173 Galantamina ORAL GALANTAMINA TEVA 8 MG comprimidos recubiertos con película 56 comprimidos 68,09 C173 Galantamina ORAL GALANTAMINA TEVA 12 MG comprimidos recubiertos con pelicula 56 comprimidos 102,14 C173 Galantamina ORAL REMINYL 4MG/ML 100ML SOLUCION ORAL 60,80 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN STADA 75 mg comprimidos, 28 comprimidos 5,70 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN STADA 150 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,39 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN STADA 300 mg comprimidos, 28 comprimidos 22,79 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN CINFA 75 mg comprimidos, 28 comprimidos 5,70 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN CINFA 150 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,39 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN CINFA 300 mg comprimidos, 28 comprimidos 22,79 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN GOIBELA 75 mg comprimidos, 28 comprimidos 5,70 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN GOIBELA 150 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,39 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN GOIBELA 300 mg comprimidos, 28 comprimidos 22,79 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN SANDOZ 300 mg comprimidos, 28 comprimidos 22,79 C174 Irbesartán ORAL IRBESARTAN URQUIMA 300 mg comprimidos recubiertos con película, 28 comprimidos 22,79 C174 Irbesartán ORAL APROVEL 75MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS PELICULA 5,70 C174 Irbesartán ORAL APROVEL 150MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS PELICULA 11,39 C174 Irbesartán ORAL APROVEL 300MG 28 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS PELICULA 22,79 C174 Irbesartán ORAL KARVEA 75MG 28 COMPRIMIDOS RECUB CON PELICULA 5,70 C174 Irbesartán ORAL KARVEA 150MG 28 COMPRIMIDOS RECUB CON PELIC 11,39 C174 Irbesartán ORAL KARVEA 300MG 28 COMPRIMIDOS RECUB CON PELIC 22,79 C175 Lactulosa ORAL DUPHALAC 15ML 10 SOBRES SOLUCION ORAL 3,12 C175 Lactulosa ORAL LACTULOSA LEVEL 66,75G/100ML 200ML SOLUCION ORAL 3,12 C175 Lactulosa ORAL LACTULOSA LAINCO 10 g solucion oral en sobres, 10 sobres 3,12 C175 Lactulosa ORAL LACTULOSA LAINCO 3,33 g/5 ml solucion oral, 1 botella de 200 ml 3,12 C175 Lactulosa ORAL DUPHALAC SOLUCION ORAL 10G/SOB 50 SOBRES 7,21 C175 Lactulosa ORAL DUPHALAC 800ML SOLUCION ORAL BOTELLAS 7,69 C175 Lactulosa ORAL DUPHALAC 200ML SOLUCION ORAL BOTELLAS 3,12 C175 Lactulosa ORAL BELMALAX 66,75G/100ML 200ML SOLUCION ORAL 3,12 C175 Lactulosa ORAL BELMALAX 66,75G/100ML 800ML SOLUCION ORAL 7,69 C176 Letrozol ORAL LETROZOL NORMON 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL TEVA 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL STADA 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL QUALITEC 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL QUASSET 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL PHARMASSETS 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL SANDOZ 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL BEXAL 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL TECNIGEN 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL LETROZOL PREMIUM PHARMA 2,5 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 30 comprimidos 133,18 C176 Letrozol ORAL FEMARA 2.5MG 30 COMPRIMIDOS LAQUEADOS 133,18 C176 Letrozol ORAL LOXIFAN 2,5MG 30 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS PELICULA 133,18 C177 Levocetirizina ORAL XAZAL 5 mg/ml gotas orales en solucion, 1 frasco de 20 ml 9,24 C177 Levocetirizina ORAL XAZAL 0,5 mg/ml solución oral, 1 frasco de 200 ml 9,24 C177 Levocetirizina ORAL LEVOCETIRIZINA TEVA 5 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 9,24 C177 Levocetirizina ORAL ALTORAL 5 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comp con cubierta pelicular 9,24 C177 Levocetirizina ORAL MUNTEL 5MG 20 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA 9,24 C177 Levocetirizina ORAL XAZAL 5 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 9,24 C178 Levofloxacino ORAL LEVOFLOXACINO STADA 500 mg comprimidos recubiertos con película, 10 comprimidos 28,19 C178 Levofloxacino ORAL TAVANIC 500MG 10 COMPRIMIDOS 28,19 C178 Levofloxacino ORAL LEVOFLOXACINO NORMON 500 mg comprimidos recubiertos con película,10 comprimidos 28,19 C178 Levofloxacino ORAL ASEY 500 mg comprimidos recubiertos con película, 10 comprimidos 28,19 C179 Nebivolol ORAL NEBIVOLOL TEVAGEN 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBIVOLOL SANDOZ 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBIVOLOL WINTHROP 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBIVOLOL BEXAL 5 MG comprimidos, 28 comprimidos 11,27

11 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág conjunto Vía de Administración C179 Nebivolol ORAL NEBIVOLOL ACOST 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBIVOLOL RATIOPHARM 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBINE 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBIVOLOL NORMON 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 11,27 C179 Nebivolol ORAL LOBIVON 5MG 28 COMPRIMIDOS RANURADOS 11,27 C179 Nebivolol ORAL SILOSTAR 5MG 28 COMPRIMIDOS RANURADOS 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBILOX 5MG 28 COMPRIMIDOS 11,27 C179 Nebivolol ORAL NEBILET 5MG 28 COMPRIMIDOS 11,27 C180 PERINDOPRIL / INDAPAMIDA ORAL PERINDOPRIL/INDAPAMIDA ARROW 4mg/1,25mg comprimidos, 30 comprimidos 26,89 C180 PERINDOPRIL / INDAPAMIDA ORAL PRETERAX 2MG/0,625MG 30 COMPRIMIDOS RANURADOS 13,45 C180 PERINDOPRIL / INDAPAMIDA ORAL BIPRETERAX 4MG/1,25MG 30 COMPRIMIDOS 26,89 C180 PERINDOPRIL / INDAPAMIDA ORAL BIPREDONIUM 4MG/1,25MG 30 COMPRIMIDOS 26,89 C181 Pramipexol ORAL MIRAPEXIN 0,088MG 30 COMPRIMIDOS 5,40 C181 Pramipexol ORAL MIRAPEXIN 0,18MG 30 COMPRIMIDOS 11,04 C181 Pramipexol ORAL MIRAPEXIN 0,18MG 100 COMPRIMIDOS 36,81 C181 Pramipexol ORAL MIRAPEXIN 0,7MG 30 COMPRIMIDOS 42,94 C181 Pramipexol ORAL MIRAPEXIN 0,7MG 100 COMPRIMIDOS 143,14 C181 Pramipexol ORAL PRAMIPEXOL STADA 0.18 mg comprimidos, 30 comprimidos 11,04 C181 Pramipexol ORAL PRAMIPEXOL STADA 0.18 mg comprimidos, 100 comprimidos 36,81 C181 Pramipexol ORAL PRAMIPEXOL STADA 0.7 mg comprimidos, 30 comprimidos 42,94 C181 Pramipexol ORAL PRAMIPEXOL STADA 0.7 mg comprimidos, 100 comprimidos 143,14 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA KERN PHARMA 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA KERN PHARMA 5 mg comprimidos, 60 comprimidos 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA KERN PHARMA 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA KERN PHARMA 30 mg comprimidos, 30 comprimidos 5,08 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ABEX 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ABEX 5 mg comprimidos, 60 comprimidos 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ABEX 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ABEX 30 mg comprimidos, 30 COMPRIMIDOS 5,08 C182 Prednisona ORAL DACORTIN 2.5MG 30 TABLETAS 3,12 C182 Prednisona ORAL DACORTIN 5MG 30 TABLETAS 3,12 C182 Prednisona ORAL DACORTIN 5MG 60 TABLETAS 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ALONGA 10 10MG 30 COMPRIMIDOS 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ALONGA 5MG 30 COMPRIMIDOS 3,12 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ALONGA 50 50MG 30 COMPRIMIDOS 8,47 C182 Prednisona ORAL DACORTIN 30MG 30 COMPRIMIDOS 5,08 C182 Prednisona ORAL PREDNISONA ALONGA 5MG 60 COMPRIMIDOS 3,12 C183 Tizanidina ORAL TIZANIDINA MILO 2 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C183 Tizanidina ORAL TIZANIDINA MILO 4 mg comprimidos, 30 comprimidos 5,71 C183 Tizanidina ORAL SIRDALUD 2MG 30 COMPRIMIDOS 3,12 C183 Tizanidina ORAL SIRDALUD 4MG 30 COMPRIMIDOS 5,71

12 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág ANEXO 2: Dosis diaria definida de las presentaciones de medicamentos incluidos en los conjuntos creados por la presente Orden Principio Activo Vía Administración DDD Unidad C164 Ácido micofenólico ORAL 2.000,00 mg C165 Ácido risedrónico ORAL 5,00 mg C166 Atorvastatina ORAL 20,00 mg C167 Bisoprolol / Hidroclorotiazida ORAL 1,00 U.D.O C168 Cilazapril ORAL 2,50 mg C169 Diosmina ORAL 1.000,00 mg C170 Donepezilo ORAL 7,50 mg C171 Epirubicina URETRAL 127,50 mg C172 Fluvastatina ORAL 60,00 mg C173 Galantamina ORAL 16,00 mg C174 Irbesartán ORAL 150,00 mg C175 Lactulosa ORAL 6.700,00 mg C176 Letrozol ORAL 2,50 mg C177 Levocetirizina ORAL 5,00 mg C178 Levofloxacino ORAL 500,00 mg C179 Nebivolol ORAL 5,00 mg C180 Perindopril / Indapamida ORAL 1,00 U.D.O C181 Pramipexol ORAL 2,50 mg C182 Prednisona ORAL 10,00 mg C183 Tizanidina ORAL 12,00 mg C88 Lovastatina ORAL 45,00 mg C107 Pravastatina ORAL 30,00 mg C116 Simvastatina ORAL 30,00 mg Para los conjuntos C88, C107 y C116, se procede a revisar la Dosis Diaria Definida que quedaron establecidas por la Orden SCO/3397/2006 ANEXO 3: Presentaciones de medicamentos calificados como innovaciones galénicas o formas farmacéuticas innovadoras. Principio Activo Vía de Administración Grupo Forma Farmacéutica REMINYL 8MG 28 CAPSULAS DURAS LIBERACION PROLONGAD Galantamina ORAL CAPSULAS LIBERACION MODIFICADA REMINYL 16MG 28 CAPSULAS DURAS LIBERACION PROLONGA Galantamina ORAL CAPSULAS LIBERACION MODIFICADA REMINYL 24MG 28 CAPSULAS DURAS LIBERACION PROLONGA Galantamina ORAL CAPSULAS LIBERACION MODIFICADA SEROQUEL PROLONG 150 mg comprimidos de liberación prolongada, 60 comprimidos Quetiapina ORAL COMPRIMIDOS LIBERACION PROLONGADA VADITON PROLIB 80MG 28 COMPRIMIDOS LIBERAC PROLONG Fluvastatina ORAL COMPRIMIDOS LIBERACION MODIFICADA LIPOSIT PROLIB 80MG 28 COMPRIMIDOS LIBERAC PROL Fluvastatina ORAL COMPRIMIDOS LIBERACION MODIFICADA LESCOL PROLIB 80MG 28 COMPRIMIDOS LIBERAC PROLONG Fluvastatina ORAL COMPRIMIDOS LIBERACION MODIFICADA LYMETEL PROLIB 80MG 28 COMPRIMIDOS LIBERAC PROLONG Fluvastatina ORAL COMPRIMIDOS LIBERACION MODIFICADA DIGARIL PROLIB 80MG 28 COMP DE LIBERAC PROLONGADA Fluvastatina ORAL COMPRIMIDOS LIBERACION MODIFICADA 5 Vigencia

13 Núm. 313 Martes 29 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág ANEXO 4: Revisión de los precios de referencia determinados y revisados por Orden SCO/3803/2008, de 23 de diciembre C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MYLAN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MYLAN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO BEXAL 100 mg comprimidos, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO BEXAL 100 mg comprimidos, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO KERN PHARMA 100MG 20 COMPRIMIDOS EFG 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO KERN PHARMA 100MG 40 COMPRIMIDOS EFG 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALTER 100MG 20 COMPRIM RECUB PELI EFG 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALTER 100MG 40 COMPRIM RECUB PELI EFG 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALPROFARMA 100MG 20 COMPR REC PEL EFG 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALPROFARMA 100MG 40 COMPR REC PEL EFG 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO DAVUR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO DAVUR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CUVE 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CUVE 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MABO 100 mg Comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MABO 100 mg Comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CINFA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CINFA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO GOIBELA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO GOIBELA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACLOCEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACLOCEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ALAFEN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ALAFEN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ARACLOFENAC 100 MG comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ARACLOFENAC 100 MG comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ACYGEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ACYGEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 8,52 C1 Aceclofenaco ORAL ARACENAC 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 4,26 C1 Aceclofenaco ORAL ARACENAC 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 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