Normas de acceso a la documentación para los usuarios de los archivos y biblioteca de la fundación 1º de Mayo
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- Carlos Vidal Pérez
- hace 8 años
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1 Normas de acceso a la documentación para los usuarios de los archivos y biblioteca de la fundación 1º de Mayo 1. Servicio de Archivos y Biblioteca de la Fundación 1º de Mayo La Fundación 1º de Mayo acoge el patrimonio documental y bibliográfico de CCOO constituido por el Centro de Documentación de las Migraciones, el Archivo de Historia del Trabajo, y la Biblioteca Especializada. El Archivo de Historia del Trabajo (AHT) de la Fundación 1º de Mayo es el garante de preservar la memoria del sindicalismo de Comisiones Obreras y de la experiencia histórica de los trabajadores, mediante la conservación y tratamiento de todo tipo de documentos (escritos, fotografías, carteles, películas, etcétera). Al mismo tiempo, se encarga de hacer accesible a la ciudadanía y de valorizar ante el público ese conjunto de documentos que constituye un verdadero patrimonio histórico y cultural, a través de diversas actividades. El Centro de Documentación de las Migraciones (CDM) tiene entre sus objetivos: recuperar, organizar y custodiar todo tipo de testimonio (escrito, impreso o audiovisual) de la vida de los emigrantes españoles y de su movimiento asociativo; promover iniciativas (programas de estudio e investigación, cursos, seminarios, ediciones, exposiciones, etcétera) que contribuyan a un mayor conocimiento del fenómeno de la emigración española; y estrechar relaciones con las asociaciones de la emigración y promover acciones socioculturales en común. También se ocupa de la recuperación, organización y divulgación de la documentación generada por la inmigración en España. Asimismo realiza todo tipo de actividades seminarios, jornadas, estudios destinadas a profundizar en el conocimiento del fenómeno de la inmigración y a difundir dicho conocimiento con el fin de contribuir a la integración social de las personas inmigrantes en nuestro país. La Biblioteca Especializada tiene como objetivos recoger, organizar y difundir el patrimonio bibliográfico de CCOO, y todas aquellas publicaciones, de cualquier procedencia y formato, relacionadas con el mundo del trabajo (relaciones laborales, historia social, sindicalismo) con el fin de facilitar la investigación y el estudio. 2. Objeto del Servicio de Archivos y Biblioteca de la Fundación 1º de Mayo Desde la Fundación 1º de Mayo se entiende el desarrollo de estos servicios como un medio para la transformación de la información en conocimiento. A tal fin se presta un servicio de atención al público para garantizar el acceso a la información de manera libre y gratuita, mediante la consulta en sala dentro de las instalaciones de la Fundación 1º de Mayo. Este servicio cubre los materiales del Archivo de Historia del Trabajo, Centro de Documentación de las Migraciones y Biblioteca Especializada. 1
2 3. Acceso al Servicio de Archivos y Biblioteca de la Fundación 1º de Mayo El acceso a los fondos documentales y bibliográficos de los archivos y la biblioteca de la Fundación 1º de Mayo es público. Puede tener acceso al mismo cualquier persona que alegue un interés legítimo de consulta con fines de investigación o personales. En todo caso, la Fundación 1º de Mayo se reserva el derecho de admisión. Para hacer uso de los Servicios de Consulta en Sala, el investigador deberá identificarse a través de una ficha facilitada por el personal encargado de la Biblioteca o Archivo. Dicho personal asesorará también si lo necesita al interesado después de acreditarse. El registro de usuarios de los Archivos y Biblioteca de la Fundación 1º de Mayo tiene únicamente fines de control e información. Sus datos pueden ser utilizados en informes de actividades o estadísticas de la Fundación 1º de Mayo, pero respetando en todo caso los datos de carácter personal del mismo. 4. Normas para la consulta de los fondos Horario de consulta De lunes a viernes, de 9 a 14 horas. Cerrado sábados, domingos, festivos y agosto. Sala de lectura La sala de lectura general tiene capacidad para 12 personas y se encontrará atendida por el personal de la Fundación 1º de Mayo. Por respeto a otros lectores, se mantendrá el debido orden y silencio necesarios. No está permitido introducir bebidas y comida en la sala. Condiciones de acceso a la sala de lectura Sólo se permite el acceso a la sala con papel en blanco y lápiz. Bolsas, carteras y otro tipo de enseres, incluidos teléfonos móviles, cámaras fotográficas o de video, pen drive o cualquier otro tipo de instrumentos informáticos y de telecomunicaciones serán depositadas en las taquillas habilitadas a tal fin. Los abrigos y otras prendas se alojarán en percheros específicos. Ordenadores portátiles Los ordenadores portátiles se pueden utilizar en la sala de investigación, salvo en casos de consulta de material audiovisual, en los que se utilizará únicamente el visor del que dispone la Fundación para dichos materiales. Acceso al material La Fundación 1º de Mayo permite el acceso a toda persona suficientemente acreditada a sus fondos, salvo los documentos de acceso restringido, según la legislación vigente (Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y Ley 15/1999 de Protección de Datos). El 2
3 material de los archivos y biblioteca no es de libre acceso y será el personal especializado de la Fundación 1º de Mayo el encargado de servir estos materiales a los solicitantes. Su consulta sólo puede efectuarse en la sala de lectura. No se hace préstamo domiciliario. Para solicitar el material el investigador debe rellenar una ficha previamente a serle servida la documentación o bibliografías. Se servirán de manera simultánea: - Hasta 3 libros o folletos de la biblioteca - Hasta 3 expedientes, siempre del mismo fondo documental. No se servirán simultáneamente expedientes de diversos fondos. - 1 Colección de prensa. En el caso de que las colecciones solicitadas se compongan de hasta 5 números diferentes, se servirán hasta 3 colecciones. - Hasta tres sobres de positivos o tres tiras de negativos fotográficos. Para este último caso, la Fundación facilitará una pantalla de luz, a fin de poder realizar la consulta. En caso de que los fondos documentales que se soliciten se hallen en depósitos externos a la sede de la Fundación 1º de Mayo, será necesario un plazo de 72 horas para ser servidos. Se recomienda a los usuarios informarse previamente por teléfono sobre este particular. Por lo que respecta a las imágenes en movimiento o documentos audiovisuales, sólo se prestará un título cada vez. Este tipo de documentos videos VHS, CDs, DVDs, etcétera serán obligatoriamente visionados en aparatos de la Fundación 1º de Mayo, que serán en cada caso puestos a disposición del usuario. El visionado de este tipo de documentos se efectuará haciendo uso de cascos auditivos, a fin de evitar molestias a otros usuarios que puedan compartir la sala. En lo concerniente a la consulta de documentos gráficos como positivos y negativos fotográficos o diapositivas, deberán utilizarse guantes de algodón. El personal de sala permanecerá con el investigador mientras consulte este tipo de material. Los documentos, una vez consultados, deben dejarse encima de la mesa o en la mesa del personal de sala. En el caso de negligencia en la utilización de los documentos y materiales se podrá retirar el derecho de consulta de los mismos. Temporalmente puede quedar excluida de la consulta la documentación cuyo estado de conservación no sea adecuado o que esté deteriorada. De todo trabajo de investigación publicado y realizado con los fondos de los archivos de la Fundación 1º de Mayo, se hará entrega de 1 ejemplar del mismo. Restricciones al acceso a consulta No estarán disponibles para consulta los documentos de archivo, así como los libros y otras ediciones que, por razones de su deficiente estado de conservación, necesiten someterse a procesos de restauración. Del mismo modo, no serán accesibles aquellos documentos de archivo que: 3
4 - La CS de CCOO califique como reservados por un periodo determinado - Contengan datos personales de carácter policial, procesal, clínico o de cualquier otra índole que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen, excepción hecha de que exista consentimiento expreso de los afectados o que haya trascurrido un plazo de 25 años desde su muerte, si es fecha conocida o, en otro caso, de cincuenta años, a partir de la fecha de los documentos. De este modo, la Fundación 1º de Mayo se ajusta a las exigencias normativas del artículo 57c de la Ley 16/1985. Queda asimismo garantizada la observación de la L.O. de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, cuando en su artículo 1 señala su objeto de proteger y garantizar, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar. Reproducción de documentación La reproducción, por cualquier procedimiento, sólo se realizará por el personal de la Fundación. La solicitud se realizará rellenando el impreso correspondiente y abonando el importe según la tarifa vigente. La Fundación facilitará la reproducción, con fines docentes de investigación o estudio y atendiendo siempre a las disposiciones vigentes. Los gastos que se originen serán asumidos por cuenta del peticionario. En caso de querer proceder a su publicación deberá solicitar el permiso y abonar los correspondientes derechos de reproducción según la tarifa vigente. Se podrá facilitar la reproducción completa de aquellas obras no sujetas a derechos de propiedad intelectual y obras agotadas. En todo caso no se realizarán más de 20 fotocopias de libros sujetos a derechos de autor. La reproducción de obras que no pertenecen al dominio público sólo es posible cuando se realice sin ánimo de lucro y exclusivamente para fines de investigación (Art R.D.L. 1/1996). La Fundación no se responsabiliza del uso que pueda hacerse de las reproducciones, en contra de los derechos de autor protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual. Todas las copias se realizarán para uso privado. Si en algún caso se pretenden publicar o exhibir deberán solicitarse los permisos correspondientes. Las peticiones de reproducción para muestras y exposiciones de carácter no comercial estarán sujetas a convenios de colaboración entre el organismo solicitante y la Fundación 1º de Mayo. Las peticiones de reproducción para uso comercial se harán rellenando una solicitud específica por parte de la empresa o entidad solicitante. No se realizarán más de 10 fotocopias en el momento. A partir de 10 fotocopias, el personal de los Archivos y Biblioteca se reserva el derecho a organizar los trabajos de reproducción solicitados, sin compromiso previo en el plazo de entrega. En estos casos a partir de 100 fotocopias se remitirán por correo contra reembolso y se solicitará el pago por adelantado del 50% del precio total. No se reproducen las imágenes en movimiento (videos, dvd., película, etcétera). 4
5 5. Tarifas de reproducción de imágenes y documentos Fotocopias en b/n: Din A4: 0'20 euros Din A3: 0'25 euros Reproducción digital de fotografías en soporte cdrom: Investigadores y acuerdos específicos de uso no comercial: 15 euros uso comercial: 150 euros Reproducción digital de fotografías en papel fotográfico (paper photo din A4): investigadores y acuerdos específicos de uso no comercial: 15 euros uso comercial: 150 euros Reproducción digital de carteles en soporte cdrom: investigadores y acuerdos específicos de uso no comercial: 20 euros uso comercial: 220 euros * Estas tarifas no incluyen IVA 5
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