P E R I O D I C O O F I C I A L

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "P E R I O D I C O O F I C I A L"

Transcripción

1 P E R I O D I C O O F I C I A L DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de Director: Lic. Vicente Martínez Hinojosa Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: , TOMO CLV Morelia, Mich., Martes 16 de Octubre del 2012 NUM. 41 Responsable de la Publicación Secretaría de Gobierno D I R E C T O R I O Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo Lic. Fausto Vallejo Figueroa Secretario de Gobierno Lic. J. Jesús Reyna García Director del Periódico Oficial Lic. Vicente Martínez Hinojosa Aparece ordinariamente de lunes a viernes. Tiraje: 250 ejemplares Esta sección consta de 6 páginas Precio por ejemplar: $ del día $ atrasado Para consulta en Internet: Correo electrónico periodicooficial@michoacan.gob.mx C O N T E N I D O PODER EJECUTIVO DEL ESTADO MANUAL DE SEÑALAMIENTOS Y AVISOS PARA PREVENIR EL CONSUMO DE PRODUCTOS DEL TABACO FAUSTO VALLEJO FIGUEROA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo confieren los artículos 60 fracciones I y XXII, 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; así como de los artículos 4 y 52 fracción III de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, 2, 3, 4, 5º, 9 y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 1º, 2º fracciones II y VIII, y 7º fracción V de la Ley de Protección de los no Fumadores del Estado de Michoacán de Ocampo; y, C O N S I D E R A N D O Que el 7 de noviembre del 2008, fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, el Decreto que expide la Ley de Protección de los No Fumadores del Estado de Michoacán de Ocampo, de observancia obligatoria y tiene por objeto entre otros, proteger a las generaciones presentes y futuras contra las consecuencias sanitarias sociales, ambientales y económicas, del consumo y exposición al humo del tabaco. Que para el logro y desarrollo de dichos objetivos es necesario de conformidad con el artículo 7º fracción V de esta Ley: «Diseñar el manual de letreros, señalamientos preventivos, informativos o restrictivos, que serán colocados en espacios estratégicos, interiores y exteriores, en las construcciones para prevenir el consumo de productos de tabaco y establecer las prohibiciones pertinentes, mismos que deberán contener iconografía relativa a los daños y consecuencias del tabaquismo». Que el tabaquismo como epidemia, representa una constante oportunidad para brindar la posibilidad de vivir en un ambiente libre de humo de tabaco, e implementar medidas enfocadas a desalentar su consumo y abuso, así como reducir los daños a la salud y evitar miles de muertes. Que en México, según datos del Consejo Nacional Contra las Adicciones (CONADIC), una persona muere cada 10 segundos por enfermedades relacionadas con el tabaquismo, como el cáncer de lengua, laringe y pulmón, algunos padecimientos respiratorios, neumonía, bronquitis y enfermedades cardiovasculares. Toda esta patología es, en gran medida, prevenible y que

2 PAGINA 2 PERIODICO OFICIAL las estadísticas del CONADIC muestran que anualmente en nuestro país, mueren 60,000 personas por enfermedades derivadas del tabaquismo, diariamente 165 personas, lo que equivale a una de cada 10 muertes del país, por lo que el Gobierno Federal destina 30 mil millones anuales al sector Salud. Que los niños tienen un mayor riesgo a enfermar si están expuestos al humo de tabaco, ya que su sistema inmunológico aún no se ha desarrollado totalmente. Que se hace necesaria la adopción de estrategias para impulsar y difundir una mejor cultura de prevención sobre el tabaquismo y la exposición a su humo para la población michoacana. Por lo expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente Decreto que contiene el: MANUAL DE SEÑALAMIENTOS Y AVISOS PARA PREVENIR EL CONSUMO DE PRODUCTOS DEL TABACO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. Las disposiciones contenidas en el presente Manual, son de orden público e interés social. Tienen por objeto establecer los letreros, señalamientos y avisos preventivos, informativos o restrictivos, que serán colocados en espacios estratégicos, interiores y exteriores, en las construcciones, establecimientos, instituciones, dependencias y vehículos de transporte público, de conformidad a lo establecido en la Ley de Protección de los No Fumadores del Estado de Michoacán de Ocampo, para prevenir el consumo de productos del tabaco y establecer las prohibiciones pertinentes, mismos que contendrán la iconografía relativa a los daños y consecuencias del tabaquismo. Artículo 2º. Los objetivos específicos del presente Manual serán los siguientes: para fumar y en general, en la lucha para prevenir el consumo de productos del tabaco estableciendo las prohibiciones pertinentes. Artículo 3º. La fijación o publicación de los señalamientos y avisos contenidos en el presente Manual en el exterior de los lugares a que se refiere el artículo 1º y los señalados en la Ley, se entenderá sin perjuicio de lo que pueda señalar la autoridad municipal en uso de sus facultades reglamentarias. CAPÍTULO II DE LOS SEÑALAMIENTOS INFORMATIVOS Y PREVENTIVOS Artículo 4º. Los señalamientos informativos y preventivos son aquellos que contienen información sobre los daños que producen a la salud el consumo de productos del tabaco y el humo del mismo, incluidas sus propiedades adictivas y los beneficios que se obtienen al dejar de consumirlos y se utilizan para guiar y proporcionar recomendaciones que deben observarse. Se clasificarán en: I. Carteles; II. Manteles individuales; y, Letreros. Artículo 5º. Los carteles serán colocados en lugares visibles para toda persona que ingrese al establecimiento, y no deberán ser obstruidos por ningún objeto, ni colocar sobre ellos información de otro tipo y serán conforme a lo siguiente: I. TEXTO: 60,000 MEXICANOS MUEREN AL DÍA A CAUSA DE LAS COMPLICACIONES POR FUMAR TABACO QUIERES SER PARTE DE LAS ESTADÍSTICAS? I. Establecer los señalamientos y avisos para tener áreas libres de humo de tabaco cuyo contenido advertirá sobre los riesgos y daños relacionados con el consumo de este producto; II. Definir los requerimientos para la publicación, difusión e instalación de Carteles, Manteles Individuales, Letreros Exteriores e Interiores y Señalamientos, a fin de crear una imagen homogénea de los mismos en dichas áreas, para que la población logre identificarlos, reconocerlos y, promover su aplicación; Coadyuvar en el cumplimiento de los ordenamientos de la Ley de Protección de los No Fumadores del Estado de Michoacán de Ocampo y su Reglamento; IV. Promover en la ciudadanía la cohesión y solidaridad social para la prevención y atención del tabaquismo; y, V. Establecer los señalamientos informativos, preventivos y restrictivos que se han de utilizar en los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco, en las zonas exclusivas La estructura de este cartel consiste en un rectángulo con fondo de color verde, el texto en color blanco y rojo: 60,000 MEXICANOS MUEREN AL DÍA A CAUSA DE LAS COMPLICACIONES POR FUMAR TABACO. QUIERES SER PARTE DE LAS ESTADÍSTICAS?, la iconografía en el extremo superior derecho y los datos de contacto para.

3 PERIODICO OFICIAL PAGINA 3 Color verde para el fondo Texto en color blanco 60,000 mexicanos mueren... TABACO!!!! EL HUMO DEL TABACO PERJUDICA LA SALUD. Texto en color rojo Quieres ser... Ícono en blanco y negro Las dimensiones del cartel es mínimo de 50 centímetros de ancho por 60 centímetros de alto; II. TEXTO: EL TABACO MATA LENTAMENTE A 165 PERSONAS DIARIAMENTE EN MÉXICO QUIERES SER EL PRÓXIMO? Tú decides. Este cartel tendrá las siguientes características: es un rectángulo con fondo color verde, el texto en color blanco NO SEAS PRISIONERO DEL TABACO!!!! EL HUMO DEL TABACO PERJUDICA LA SALUD; con la iconografía en el extremo superior derecho y datos de contacto para obtener. Color de fondo verde Texto en color blanco NO SEAS PRISIONERO... Ícono en color blanco y negro Este cartel consiste en un rectángulo con el fondo en color verde, el texto en color blanco y rojo, con el texto: EL TABACO MATA LENTAMENTE A 165 PERSONAS DIARIAMENTE EN MÉXICO QUIERES SER EL PRÓXIMO? Tu decides; la iconografía colocada en el centro y datos de contacto para obtener. Color verde para el fondo Las dimensiones del cartel es mínimo de 50 centímetros de ancho por 60 centímetros de alto; IV. TEXTO: FUMAR TABACO ES CAUSA DE CÁNCER, IMPOTENCIA SEXUAL, ATAQUE AL CORAZÓN, EMBOLIAS, NECROSIS, ABORTOS, PARTOS PREMATUROS.En México muere una persona cada 10 segundos!!!! Por enfermedades relacionadas con el tabaquismo. Texto en color blanco con rojo Ícono en color blanco y negro (443) , Las dimensiones del cartel es mínimo de 50 centímetros de ancho por 60 centímetros de alto: TEXTO: NO SEAS PRISIONERO DEL

4 PAGINA 4 PERIODICO OFICIAL La estructura de este cartel es de un rectángulo, con fondo verde, con el texto informativo en color rojo y blanco: FUMAR TABACO ES CAUSA DE CÁNCER, IMPOTENCIA SEXUAL, ATAQUE AL CORAZÓN, EMBOLIAS, NECROSIS, ABORTOS, PARTOS PREMATUROS En México muere una persona cada 10 segundos!!!! Por enfermedades relacionadas con el tabaquismo; con el ícono en el extremo superior derecho, contará con los teléfonos y las páginas de Internet, donde se podrá obtener información y orientación. Color de fondo verde Texto en color rojo Fumar tabaco es causa de cáncer... Texto en color blanco En México mueren... Color de fondo verde Texto en color blanco ES POSIBLE DEJAR DE FUMAR...I Icono de prohibido fumar Las dimensiones del mantel es mínimo de 40 centímetros de ancho por 30 centímetros de alto. CAPÍTULO III DE LOS SEÑALAMIENTOS PARA LOS ESPACIOS CIEN POR CIENTO LIBRES DE HUMO DE TABACO ícono Artículo 7º. En los espacios cien por ciento libres de Humo de Tabaco se deberá colocar en el interior y exterior, los letreros siguientes: I. Espacio cien por ciento Libre de Humo de Tabaco. Las dimensiones del cartel es mínimo de 50 centímetros de ancho por 60 centímetros de alto. Artículo 6º. Los manteles individuales serán colocados o proporcionados por los dueños, encargados o trabajadores, según sea el caso, a las personas que ingresen a los establecimientos públicos, en los cuales se comercialicen alimentos o bebidas de cualquier tipo, de acuerdo a lo siguiente: La estructura de este señalamiento consiste en un rectángulo de color verde con el texto en blanco Espacio cien por ciento Libre de Humo de Tabaco; además de la iconografía de prohibido fumar, el logotipo de la campaña, y los datos de contacto para denuncias e información. Color verde para el fondo Texto en blanco Icono prohibitivos El mantel estará estructurado con fondo verde y al margen verde más claro, con siguiente texto en color blanco: ES POSIBLE DEJAR DE FUMAR *A LOS 20 MIN EL RITMO CARDIACO Y LA PRESIÓN ARTERIAL VUELVEN A SU NIVEL NORMAL. *A LAS 24HRS. DISMINUYE EL RIESGO DE SUFRIR UN INFARTO. *DE 2 SEMANAS A 3 MESES MEJORA LA CIRCULACIÓN. *DE 1 A 9 MESES DISMINUYE LA TOS Y LA CONGESTIÓN NASAL. *EN 10 AÑOS EL RIESGO DE INFARTO ES IGUAL AL DEL NO FUMADOR; con iconografía en el centro y datos de contacto para obtener información y orientación. La dimensión mínima será de 20 centímetros de ancho por 23 centímetros de alto; II. APAGA TU CIGARRO ANTES DE ENTRAR. En todos los accesos a los Espacios Cien por Ciento Libres de Humo de Tabaco, se deberá colocar un cenicero de pie con el siguiente letrero: La estructura de este señalamiento consiste en un rectángulo con el fondo de color rojo, el texto en blanco APAGA TU CIGARRO

5 PERIODICO OFICIAL PAGINA 5 ANTES DE ENTRAR y la iconografía que se señala. Color rojo para el fondo I. Texto: Zona Exclusiva para Fumar No podrán permanecer en esta área: Mujeres embarazadas, ni menores de edad. Texto en color blanco Ícono El cenicero y el letrero deberán colocarse al menos a 2 metros de distancia de la entrada, de tal forma que el humo de tabaco no entre a la construcción; PROHIBIDO FUMAR EN ESTA ZONA. Color blanco para el fondo En las zonas donde se prohíbe consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco se deberá colocar el siguiente señalamiento: En esta aplicación se utilizará un cuadrado de color blanco con el texto: PROHIBIDO FUMAR EN ESTA ZONA y la iconografía prohibitiva de fumar. Texto en color negro PROHIBIDO FUMAR EN ESTA ZONA La estructura de este letrero consiste en un rectángulo con el fondo de color amarillo y el texto en color negro: Zona Exclusiva para Fumar. La iconografía prohibitiva para mujeres embarazadas y menores de edad también irán en blanco con negro y rojo. La iconografía restrictiva, incluyendo el de la prohibición de introducir alimentos, estarán delimitados por un círculo cruzado en rojo y su diámetro no podrá ser menor de 6 centímetros. Así mismo, se deberán incluir los datos de contacto para las denuncias e información. II. Color amarillo para el fondo Texto en color negro Íconos prohibitivos Teléfonos para denuncias 070,089 También se deberá colocar en la zona exclusiva para fumar el letrero de acceso restrictivo para mujeres embarazadas y menores de edad, lo siguiente: Ícono prohibitivos La dimensión mínima será de 20 centímetros de ancho por 23 centímetros de alto. CAPÍTULO IV DE LOS SEÑALAMIENTOS RESTRICTIVOS Artículo 8º. Los señalamientos restrictivos son aquellos que limitan, prohíben o impiden la actividad de fumar en los Espacios Cien por Ciento Libres de Humo de Tabaco o en las zonas exclusivas para fumar, y conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-026- STPS-2008 TABLA 1, 2 y 3 deberán contar con las siguientes características: fondo blanco, círculo con banda circular y banda diametral oblicua a 45 con la horizontal, símbolo en negro. Todos los señalamientos restrictivos a que se refiere este Manual tendrán una dimensión mínima de 40 centímetros de ancho por 28 centímetros de alto. Así mismo, deberán ser colocados en una zona visible y de acceso al público para identificar el lugar fácilmente. En esta aplicación se utilizará un rectángulo con el fondo de color amarillo y textos en negro y rojo: Zona Exclusiva para Fumar No podrán permanecer en esta área: Mujeres embarazadas ni menores de edad. La iconografía prohibitiva para mujeres embarazadas y menores de edad también irán en negro y encerrados en un círculo cruzado en color rojo. Los datos de contacto para las denuncias e información irán igualmente en negro. La figura de la mano deberá ser de color rojo en la cual el término ALTO estará en blanco dentro de la mano. Color amarillo para el fondo Texto en color negro CAPÍTULO V DE LAS ZONAS EXCLUSIVAS PARA FUMAR Texto en color rojo Íconos prohibitivos Artículo 9º. En las zonas exclusivas para fumar se fijarán, en su interior y exterior, los letreros siguientes: Teléfonos para denuncias (443) o 070,089

6 PAGINA 6 PERIODICO OFICIAL En la zona exclusiva para fumar se deberán colocar en el exterior el siguiente letrero, como medida de advertencia de alto riesgo para la salud, mientras la alarma de presión este activada en el lugar. En esta aplicación se utilizará un rectángulo con el fondo en amarillo y el texto en negro y rojo: PROHIBIDO EL ACCESO A LA ZONA EXCLUSIVA PARA FUMAR MIENTRAS LA ALARMA ESTÉ ACTIVADA. La iconografía prohibitiva, los datos de contacto para las denuncias e información irán en negro. Rectángulo con el fondo en amarillo En esta aplicación se utilizará un rectángulo con el fondo de color rojo y el texto en blanco: HABITACIÓN EXCLUSIVA PARA FUMADORES Prohibido el acceso a Menores de Edad; así como la iconografía prohibitiva y los datos de contacto para las denuncias e información. Color rojo para el fondo Texto en blanco Texto en negro y rojo Ícono prohibitivo Ícono prohibitivo Teléfonos para denuncias 070 o 089 IV. Para el interior de la zona exclusiva para fumar se deberá colocar el siguiente letrero, como medida de advertencia de alto riesgo para la salud mientras la alarma de presión esté activada en el lugar. Teléfonos para denuncias 070 o 089 CAPÍTULO VI DE LA VIGILANCIA Artículo 10. La vigilancia y supervisión del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Manual estará a cargo de la Secretaría, a través de la Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios y las Jurisdicciones Sanitarias, y se sujetará al procedimiento de visitas de verificación establecido por la Secretaría. ARTÍCULOS TRANSITORIOS En esta aplicación se utilizará un rectángulo con el fondo en amarillo y el texto en negro y rojo: FAVOR DE APAGAR TU CIGARRO Y SALIR INMEDIATAMENTE DE ESTA ZONA MIENTRAS LA ALARMA ESTÉ ACTIVADA, así como la iconografía que se señala y los datos de contacto para las denuncias e información. Rectángulo amarillo para el fondo Texto en negro y rojo Íconos Teléfonos para denuncias 070,089 V. En los lugares destinados al hospedaje donde existan habitaciones exclusivas para fumar, se deberá colocar en el exterior e interior el letrero siguiente: Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo. Segundo. Se dejan sin efectos las disposiciones de carácter administrativo en lo que se opongan al presente Manual. Morelia, Michoacán de Ocampo, 27 de agosto de A T E N T A M E N T E " SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN" FAUSTO VALLEJO FIGUEROA GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO (Firmado) JOSÉ JESÚS REYNA GARCÍA SECRETARIO DE GOBIERNO (Firmado) RAFAEL DÍAZ RODRÍGUEZ SECRETARIO DE SALUD (Firmado)

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

PERIODICO O F ICIAL C O N T E N I D O. DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867

PERIODICO O F ICIAL C O N T E N I D O. DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 PERIODICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P SEXTA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O

Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P SEXTA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O P E R I Ó D I C O O F I C I A L DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse

Más detalles

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

LEY DEL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO. Ley publicada en el Periódico Oficial, el lunes 6 de junio del 2005, t. CXXXVI, núm.

LEY DEL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO. Ley publicada en el Periódico Oficial, el lunes 6 de junio del 2005, t. CXXXVI, núm. LEY DEL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO TEXTO ORIGINAL Ley publicada en el Periódico Oficial, el lunes 6 de junio del 2005, t. CXXXVI, núm. 31 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LÁZARO CÁRDENAS

Más detalles

Que por el artículo 27 de la citada ley se declara como autoridad de aplicación de la misma a este Ministerio.

Que por el artículo 27 de la citada ley se declara como autoridad de aplicación de la misma a este Ministerio. Ministerio de Salud TABACO Resolución 497/2012 Apruébase la Normativa Gráfica de Empaquetado, Venta y Consumo de Productos de Tabaco. Bs. As., 17/4/2012 VISTO la Ley Nº 26.687 y el Expediente Nº 2002-25070/11-0

Más detalles

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P Tels. y Fax: ,

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P Tels. y Fax: , PERIODICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA DISCRIMINACION DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA DISCRIMINACION DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA DISCRIMINACION DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. ING. CARLOS LOZANO DE LA TORRE, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en

Más detalles

Lugares de trabajo 100% libres de humo de tabaco

Lugares de trabajo 100% libres de humo de tabaco Lugares de trabajo 100% libres de humo de tabaco Contenido Introducción Qué encontrarás en este manual Objetivos Diagnóstico Posibles acciones Recomendaciones generales Conclusión 5 9 11 13 19 Materiales

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

CAPÍTULO PRIMERO CONSIDERANDO

CAPÍTULO PRIMERO CONSIDERANDO Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado El 24 de marzo del 2006. LÁZARO CÁRDENAS BATEL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en ejercicio de las atribuciones

Más detalles

DEROGA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY ESTATAL DE SALUD,con

DEROGA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY ESTATAL DE SALUD,con SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL. P R E S E N T E S. LA DIP. LUANA ARMIDA AMADOR VALLEJO Y LOS DIPUTADOS ABAJO FIRMANTES, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción

Más detalles

SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL CATÁLOGO DE LETREROS Y SEÑALAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NO FUMADORES www.metraindustrial.com SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL CATÁLOGO DE LETREROS

Más detalles

Manual de Señalamientos y Avisos para la Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de México

Manual de Señalamientos y Avisos para la Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de México Manual de Señalamientos y Avisos para la Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de México SECRETARÍA DE SALUD INSTITUTO MEXIQUENSE CONTRA LAS ADICCIONES

Más detalles

ACUERDO QUE CREA EL CONSEJO ESTATAL CONTRA LAS ADICCIONES, COMO ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO

ACUERDO QUE CREA EL CONSEJO ESTATAL CONTRA LAS ADICCIONES, COMO ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO 2000. Acuerdo publicado en el Periódico Oficial No. 67, el viernes 18 de agosto del CONTRA LAS ADICCIONES, COMO ORGANO. Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Gobierno del Estado Libre y Soberano

Más detalles

PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O

Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O P E R I Ó D I C O O F I C I A L DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE ABRIL DE 2004

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE ABRIL DE 2004 PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE ABRIL DE 004 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CATÁLOGO DE LETREROS Y SEÑALAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NO FUMADORES. ASA EBBA CHRISTINA

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DE FOMENTO GANADERO PARA EL ESTADO DE COAHUILA EN MATERIA DE SANIDAD PECUARIA

REGLAMENTO DE LA LEY DE FOMENTO GANADERO PARA EL ESTADO DE COAHUILA EN MATERIA DE SANIDAD PECUARIA REGLAMENTO DE LA LEY DE FOMENTO GANADERO PARA EL ESTADO DE COAHUILA EN MATERIA DE SANIDAD PECUARIA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Coahuila,

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO O FICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ADVERTENCIAS SANITARIAS CONTEMPLADAS EN LA LEY DE CONTROL DEL TABACO.

MINISTERIO DE SALUD LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ADVERTENCIAS SANITARIAS CONTEMPLADAS EN LA LEY DE CONTROL DEL TABACO. MINISTERIO DE SALUD LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ADVERTENCIAS SANITARIAS CONTEMPLADAS EN LA LEY DE CONTROL DEL TABACO. San Salvador, Octubre 2011. Ministerio de Salud Viceministerio

Más detalles

GRUPO PARLAMENTARIO INICIATIVA

GRUPO PARLAMENTARIO INICIATIVA 1 DE REFORMA AL ARTÍCULO 10 FRACCIÓN X TER DE LA LEY DE PROTECCIÓN A LA SALUD DE LOS NO FUMADORES DEL DISTRITO FEDERAL Diputado presidente los que suscriben diputados Gilberto Sánchez Osorio e Israel Betanzos

Más detalles

A n e x o a l P e r i ó d i c o O f i c i a l. Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua

A n e x o a l P e r i ó d i c o O f i c i a l. Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua A n e x o a l P e r i ó d i c o O f i c i a l Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua Todas las leyes y demás disposiciones supremas son obligatorias por el sólo hecho de publicarse en este Periódico.

Más detalles

PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIÓ D ICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

LEY DE FOMENTO AL USO DE LA BICICLETA Y PROTECCIÓN AL CICLISTA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY DE FOMENTO AL USO DE LA BICICLETA Y PROTECCIÓN AL CICLISTA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO LEY DE FOMENTO AL USO DE LA BICICLETA Y PROTECCIÓN AL CICLISTA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO TEXTO ORIGINAL LEY PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014, TOMO: CLXI,

Más detalles

Resolución MS N 497/2012 (Texto consolidado) ANEXO I

Resolución MS N 497/2012 (Texto consolidado) ANEXO I NORMATIVA GRAFICA DE EMPAQUETADO, VENTA Y CONSUMO DE PRODUCTOS DE TABACO Resolución MS N 497/2012 (Texto consolidado) Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco

Más detalles

Universidad Regiomontana

Universidad Regiomontana Universidad Regiomontana Ley General para el Control del Tabaco Impacto en la Universidad Regiomontana Primeramente debemos saber que la aplicaciónd e esta ley estará a cargo de la Secretaría a de Salud

Más detalles

PROGRAMA DE PROTECCIÓN A PERSONAS NO FUMADORAS Y EDIFICIOS LIBRES DE HUMO DE TABACO EN EL ISSSTEZAC

PROGRAMA DE PROTECCIÓN A PERSONAS NO FUMADORAS Y EDIFICIOS LIBRES DE HUMO DE TABACO EN EL ISSSTEZAC PROGRAMA DE PROTECCIÓN A PERSONAS NO FUMADORAS Y EDIFICIOS LIBRES DE HUMO DE TABACO EN EL ISSSTEZAC PROGRAMA DE PROTECCIÓN A PERSONAS NO FUMADORAS Y EDIFICIOS LIBRES DE HUMO DE TABACO EN EL ISSSTEZAC.

Más detalles

LEY DE FOMENTO AL USO DE LA BICICLETA Y PROTECCIÓN AL CICLISTA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY DE FOMENTO AL USO DE LA BICICLETA Y PROTECCIÓN AL CICLISTA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO LEY DE FOMENTO AL USO DE LA BICICLETA Y PROTECCIÓN AL CICLISTA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EL 16 DE DICIEMBRE DE 2016, TOMO: CLXVI, NÚMERO:

Más detalles

Qué es el tabaquismo? Cuáles son sus causas? Cuáles son sus efectos en la salud? Ejemplos de afecciones vinculadas a fumar:

Qué es el tabaquismo? Cuáles son sus causas? Cuáles son sus efectos en la salud? Ejemplos de afecciones vinculadas a fumar: Qué es el tabaquismo? El tabaquismo es una adicción a la nicotina del tabaco. En la mayoría de los casos, se produce a través del consumo de cigarrillos y con menor frecuencia a través del consumo de habanos,

Más detalles

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIÓDICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE SALUD

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE SALUD Lunes 2 de marzo de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE SALUD ACUERDO por el que se dan a conocer la serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios

Más detalles

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O PERIODICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

Secretaría del H. Ayuntamiento de Morelia SIN VALOR LEGAL. Ciudadanos Integrantes del Honorable Ayuntamiento de Morelia Michoacán Presentes.

Secretaría del H. Ayuntamiento de Morelia SIN VALOR LEGAL. Ciudadanos Integrantes del Honorable Ayuntamiento de Morelia Michoacán Presentes. Ciudadanos Integrantes del Honorable Ayuntamiento de Morelia Michoacán Presentes. Quien suscribe, Mtro. Alfonso Jesús Martínez Alcázar, Presidente Municipal de Morelia, con fundamento en lo dispuesto por

Más detalles

Lucha contra el tabaquismo en la UE 2

Lucha contra el tabaquismo en la UE 2 CONTENIDO: 1 Lucha contra el tabaquismo en la UE 2 1 Se prohíbe la reproducción total o parcial del contenido de este "Boletín Europa al Día" sin citar la fuente o sin haber obtenido el permiso del Consejo

Más detalles

Tomo 96 Colima, Col., Viernes 14 de Enero del año 2011; Núm. 02-1; pág. 8. ACUERDO

Tomo 96 Colima, Col., Viernes 14 de Enero del año 2011; Núm. 02-1; pág. 8. ACUERDO Tomo 96 Colima, Col., Viernes 14 de Enero del año 2011; Núm. 02-1; pág. 8. ACUERDO DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE FINANZAS POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS MONTOS ESTIMADOS Y EL CALENDARIO

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA RESPONSABLE OFICIALIA MAYOR

BOLETIN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA RESPONSABLE OFICIALIA MAYOR DECRETO DE CREACION BOLETIN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA RESPONSABLE OFICIALIA MAYOR Las leyes y disposiciones de carácter oficial son obligatorias con el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

8.870 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : CAPÍTULO I DEL OBJETO

8.870 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : CAPÍTULO I DEL OBJETO LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : CAPÍTULO I DEL OBJETO ARTÍCULO 1º.- Créase el Programa Provincial Permanente de Prevención, Tratamiento y Control del Tabaquismo,

Más detalles

LEY DE PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES Y EL CONSUMO ABUSIVO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y TABACO DEL ESTADO ÍNDICE

LEY DE PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES Y EL CONSUMO ABUSIVO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y TABACO DEL ESTADO ÍNDICE LEY DE PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES Y EL CONSUMO ABUSIVO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y TABACO DEL ESTADO ÍNDICE ARTS. TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. OBJETO Y NATURALEZA CAPÍTULO II. DE

Más detalles

P E R I O D I C O O F I C I A L

P E R I O D I C O O F I C I A L P E R I O D I C O O F I C I A L DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO FUNDADO EN 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO ESTATAL CONTRA LAS ADICCIONES DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO ESTATAL CONTRA LAS ADICCIONES DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Última Reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado El 14 de Mayo de 2009. Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado El 29 de Julio de 2008. ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO ESTATAL

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL PERIODICO OFICIAL C O N T E N I D O. DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867

COPIA SIN VALOR LEGAL PERIODICO OFICIAL C O N T E N I D O. DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

Consejería Jurídica Dirección de Reglamentación Municipal y Legislación

Consejería Jurídica Dirección de Reglamentación Municipal y Legislación Consejería Jurídica Dirección de Reglamentación Municipal y Legislación REGLAMENTO DE LA COMISION DE BIENESTAR SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA FECHA DE APROBACIÓN: FECHA DE PUBLICACIÓN: VIGENCIA:

Más detalles

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P NOVENA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P NOVENA SECCIÓN Tels. y Fax: , C O N T E N I D O PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

LEY DE LA POLICIA ESTATAL PREVENTIVA DE BAJA CALIFORNIA

LEY DE LA POLICIA ESTATAL PREVENTIVA DE BAJA CALIFORNIA LEY DE LA POLICIA ESTATAL PREVENTIVA DE BAJA CALIFORNIA Publicado en el Periódico Oficial No. 47, de fecha 31 de octubre de 2001, Tomo CVIII, Número Especial CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO

Más detalles

PERIODICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PERIODICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PERIODICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

LEY DE APOYO A MIGRANTES DEL ESTADO DE MÉXICO

LEY DE APOYO A MIGRANTES DEL ESTADO DE MÉXICO LEY DE APOYO A MIGRANTES DEL ESTADO DE MÉXICO ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed: Que la Legislatura del Estado, ha tenido a

Más detalles

Información de colores Información de fotografía Cajetillas Envolturas o cartones en general... 13

Información de colores Información de fotografía Cajetillas Envolturas o cartones en general... 13 NORMATIVA GRÁFICA REGULACIÓN GRAFICA PARA EL USO Y APLICACIÓN DE LAS ADVERTENCIAS SANITARIAS EN ENVASES, PUBLICIDAD DE CIGARRILLOS Y DE OTROS PRODUCTOS HECHOS CON TABACO. LEY 28705, Ley General para la

Más detalles

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN ALCANCE DOS DEL PERIÓDICO OFICIAL, EL 22 DE DICIEMBRE DE GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN ALCANCE DOS DEL PERIÓDICO OFICIAL, EL 22 DE DICIEMBRE DE GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO LEY DEL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO. ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN ALCANCE DOS DEL PERIÓDICO OFICIAL, EL 22 DE DICIEMBRE DE 2014. Ley publicada en el Periódico Oficial 10 Bis, el 10 de marzo

Más detalles

PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO

PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO

PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza Informe de correspondencia y turno a Comisión:

Más detalles

PRIMERA SECCION I N D I C E

PRIMERA SECCION I N D I C E < PRIMERA SECCION ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA TOMO CXXIII Saltillo, Coahuila, viernes 17 de junio de 2016 número 49 REGISTRADO

Más detalles

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de enero de 2014

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de enero de 2014 ACUERDO por el que se dan a conocer la serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado

Más detalles

Ushuaia, 10 Septiembre VISTO: la Ley Provincial Nº 175; y

Ushuaia, 10 Septiembre VISTO: la Ley Provincial Nº 175; y Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Ushuaia, 10 Septiembre 2004 VISTO: la Ley Provincial Nº 175; y CONSIDERANDO: Que mediante la misma se estableció la

Más detalles

PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O

PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O REGLAMENTO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA ENTREGA DE ÚTILES ESCOLARES EN EL ESTADO DE TABASCO PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 LIC. MANUEL ANDRADE DÍAZ,

Más detalles

PERIODICO O F ICIAL C O N T E N I D O. DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867

PERIODICO O F ICIAL C O N T E N I D O. DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 PERIODICO O F ICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O ARMANDO ALEJANDRO RIVERA CASTILLEJOS, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 31 fracción I y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro,

Más detalles

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 11 DE ENERO DE 2008 No. 251 JEFATURA DE GOBIERNO Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Más detalles

TEXTO ORIGINAL. Ley publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado: 22 de Diciembre del DECRETO NUMERO 27.

TEXTO ORIGINAL. Ley publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado: 22 de Diciembre del DECRETO NUMERO 27. TEXTO ORIGINAL Ley publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado: 22 de Diciembre del 2000. DECRETO NUMERO 27. La Quincuagésima Octava Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA JUVENTUD PARA EL ESTADO DE MORELOS

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA JUVENTUD PARA EL ESTADO DE MORELOS Consejería Jurídica del. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA JUVENTUD PARA EL ESTADO DE MORELOS OBSERVACIONES GENERALES.- 4922 Tierra y Libertad Consejería Jurídica del. MARCO ANTONIO ADAME CASTILLO, GOBERNADOR

Más detalles

AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., A 1 DE NOVIEMBRE DEL

AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., A 1 DE NOVIEMBRE DEL Reglamento de Organización, Administración y uso de las instalaciones de la pista de patinaje La Palma, del Municipio de Salvatierra, Gto. 01 NOVIEMBRE 2002 AÑO LXXXIX TOMO CXL GUANAJUATO, GTO., A 1 DE

Más detalles

SECRETARÍA DE SALUD REGLAMENTO SOBRE CONSUMO DE TABACO

SECRETARÍA DE SALUD REGLAMENTO SOBRE CONSUMO DE TABACO SECRETARÍA DE SALUD REGLAMENTO SOBRE CONSUMO DE TABACO ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo

Más detalles

Decreto Número 73. ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue:

Decreto Número 73. ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue: RAMO: GOBERNACION No. OFICIO: 1031 EXPEDIENTE: I-E-3-05 ASUNTO: DECRETO NUMERO 73. 28 de julio del 2005. C. ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT GOBERNADOR DEL ESTADO. P R E S E N T E. La LIX Legislatura del

Más detalles

(Presentada por el C. Senador Francisco Salvador López Brito, del grupo parlamentario del PAN)

(Presentada por el C. Senador Francisco Salvador López Brito, del grupo parlamentario del PAN) INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS, EN MATERIA DE PRODUCTOS DEL TABACO (Presentada

Más detalles

Ley 28/2005 en la UPV/EHU. Iñigo Apellaniz Servicio de Prevención

Ley 28/2005 en la UPV/EHU. Iñigo Apellaniz Servicio de Prevención Ley 28/2005 en la UPV/EHU Iñigo Apellaniz Servicio de Prevención 1 CONTENIDO. 1. LEY 28/2005. 2. Grupo de trabajo del Comité de Seguridad y Salud Intercampus. 3. Medidas a tomar en la UPV/EHU. a. A corto

Más detalles

SEGUNDA SECCION I N D I C E

SEGUNDA SECCION I N D I C E < SEGUNDA SECCION ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA TOMO CXXIV Saltillo, Coahuila, martes 11 de julio de 2017 número 55 REGISTRADO COMO

Más detalles

PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI.

PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI. PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI. AÑO LXXIX.- SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P., VIERNES 10 DE MAYO DE 1996.- NÚMERO 57. TERCERA SECCIÓN SUMARIO.- PODER EJECUTIVO DEL

Más detalles

GATS COSTA RICA ENCUESTA MUNDIAL DE TABAQUISMO EN ADULTOS: RESUMEN EJECUTIVO CDC FOUNDATION Helping CDC Do More, Faster

GATS COSTA RICA ENCUESTA MUNDIAL DE TABAQUISMO EN ADULTOS: RESUMEN EJECUTIVO CDC FOUNDATION Helping CDC Do More, Faster GATS COSTA RICA ENCUESTA MUNDIAL DE TABAQUISMO EN ADULTOS: RESUMEN EJECUTIVO 2015 CDC FOUNDATION Helping CDC Do More, Faster Los hallazgos y conclusiones que se presentan en este informe son de los autores

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO LEY DEL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO. TEXTO ORIGINAL Ley publicada en el Periodico Oficial el 10 de marzo de 2008. GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO MIGUEL ANGEL OSORIO CHONG,GOBERNADOR

Más detalles

LEY DE IMAGEN INSTITUCIONAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE YUCATÁN

LEY DE IMAGEN INSTITUCIONAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE YUCATÁN H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN LEY DE IMAGEN INSTITUCIONAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE YUCATÁN SECRETARÍA GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO UNIDAD DE SERVICIOS TÉCNICO-LEGISLATIVOS Nueva Publicación

Más detalles

H. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO SEPTUAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS

H. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO SEPTUAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DIP. RAYMUNDO ARREOLA ORTEGA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Los que suscriben, Diputada Nalleli Julieta Pedraza Huerta, Diputada Andrea Villanueva Cano y

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO. CAPITULO I DE SU 0RGANIZACION

REGLAMENTO DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO. CAPITULO I DE SU 0RGANIZACION ALFREDO BARANDA G. GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, EN EL EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 89 FRACCION X DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO

Más detalles

CIRCULAR URGENTE. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. SUSPENSIÓN OBLIGATORIA DE LABORES DEL 1 AL 5 DE MAYO DEL Sumario.

CIRCULAR URGENTE. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. SUSPENSIÓN OBLIGATORIA DE LABORES DEL 1 AL 5 DE MAYO DEL Sumario. CIRCULAR URGENTE. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. SUSPENSIÓN OBLIGATORIA DE LABORES DEL 1 AL 5 DE MAYO DEL 2009. Sumario. 1).- Introducción. 2).- Suspensión obligatoria de labores del 1 al 5 de mayo. 3).-

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA "COESIDA"

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA COESIDA REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA "COESIDA" TEXTO ORIGINAL Publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 3 de abril

Más detalles

PRESUPUESTO DE EGRESOS JIMÉNEZ, COAHUILA DE ZARAGOZA EJERCICIO FISCAL 2016.

PRESUPUESTO DE EGRESOS JIMÉNEZ, COAHUILA DE ZARAGOZA EJERCICIO FISCAL 2016. < SEGUNDA SECCION ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA TOMO CXXIII Saltillo, Coahuila, martes 30 de agosto de 2016 número 70 REGISTRADO

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 3, 9, 35, 36, 37 y 40 y adiciona los artículos 55, 56, 57 y 58 de la Ley para la Protección de los No Fumadores en el Estado de Coahuila de

Más detalles

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,

Más detalles

DOF: 28/07/2016 AVISO por el que la Secretaría de Energía modifica el Formato DG UVIE AP 001/NOM 001 SEDE 2012, Solicitud de aprobación como unidad de verificación de instalaciones eléctricas para la evaluación

Más detalles

Mendoza. Ordenanza Nº

Mendoza. Ordenanza Nº Mendoza Ordenanza Nº 3670 05-09-06. Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de diversos aspectos relativos al consumo, comercialización y publicidad del tabaco en todo el ámbito

Más detalles

A n t e c e d e n t e s

A n t e c e d e n t e s CG40/2009 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITEN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2, PÁRRAFO 2 DEL CÓDIGO FEDERAL

Más detalles

Illinois Libre-de-Humo. Guía para Negocios Hospitalarios

Illinois Libre-de-Humo. Guía para Negocios Hospitalarios Illinois Libre-de-Humo Guía para Negocios Hospitalarios ILLINOIS AHORA ESTA LIBRE-DE-HUMO TA B L A D E C O N T E N I D O : A partir del 1 ro de Enero de 2008, todos los lugares de trabajo y lugares públicos,

Más detalles

Gobierno del Estado de Puebla

Gobierno del Estado de Puebla Gobierno del Estado de Puebla Secretaría de Servicios Legales y Defensoría Pública Orden Jurídico Poblano ACUERDO del Ejecutivo del Estado, por el que se establece los Lineamientos para la Asignación del

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

Dip. José Guillermo Aréchiga Santamaría

Dip. José Guillermo Aréchiga Santamaría INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE CREA LA LEY DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA Y SE REFORMAN LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA Y EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA

Más detalles

DECRETA NÚMERO 209. I.- Elaborar los proyectos de programas anuales de inversión en materia de caminos;

DECRETA NÚMERO 209. I.- Elaborar los proyectos de programas anuales de inversión en materia de caminos; Publicado en el Periódico Oficial del Estado el 16 de marzo de 1989 JAIME GENOVEVO FIGUEROA ZAMUDIO, Gobernador Constitucional Interino del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, a todos sus habitantes

Más detalles

Gobierno del Estado de Puebla

Gobierno del Estado de Puebla Gobierno del Estado de Puebla Secretaría General de Gobierno Orden Jurídico Poblano Decreto que crea el Instituto de Capacitación y Desarrollo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado

Más detalles

DECRETO QUE CREA LA POLICÍA AUXILIAR DEL ESTADO DE COLIMA

DECRETO QUE CREA LA POLICÍA AUXILIAR DEL ESTADO DE COLIMA Tomo 102, Colima, Col., Sábado 06 de Mayo del año 2017; Núm. 29 pág. 1070. DECRETO DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA QUE CREA LA POLICÍA AUXILIAR DEL ESTADO DE COLIMA

Más detalles

C U A R T A P A R T E

C U A R T A P A R T E PERIODICO OFICIAL 11 DE SEPTIEMBRE - 2012 PAGINA 1 Fundado el 14 de Enero de 1877 Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924 AÑO XCIX TOMO CL GUANAJUATO, GTO., A 11 DE SEPTIEMBRE

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL ESTADO DE PUEBLA

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL ESTADO DE PUEBLA REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL ESTADO DE PUEBLA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Puebla, el lunes 31 de octubre

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. ACUERDO por el que se modifica el diverso mediante el cual se dan a conocer las disposiciones para la formulación, aprobación, aplicación, utilización e incorporación de las leyendas, imágenes, pictogramas,

Más detalles

Jueves 24 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE SALUD

Jueves 24 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE SALUD Jueves 24 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE SALUD ACUERDO mediante el cual se dan a conocer las disposiciones para la formulación, aprobación, aplicación, utilización

Más detalles

Tomo 99, Colima, Col., Sábado 16 de Agosto del año 2014; Núm. 39, pág. 2. ACUERDO

Tomo 99, Colima, Col., Sábado 16 de Agosto del año 2014; Núm. 39, pág. 2. ACUERDO Tomo 99, Colima, Col., Sábado 16 de Agosto del año 2014; Núm. 39, pág. 2. DELGOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS PARTICIPACIONES

Más detalles