REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN LIC. DAVID PÉREZ ARROYO. ZAMORA, MICHOACÁN 9 DE DICIEMBRE DE 2013
|
|
- Claudia Castillo Iglesias
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN LIC. DAVID PÉREZ ARROYO. ZAMORA, MICHOACÁN 9 DE DICIEMBRE DE 2013
2 I. Disposiciones generales
3 Cláusula Anti-elusión. Art. 5. CFF. Si la autoridad fiscal detecta prácticas u operaciones del contribuyente que formalmente no actualicen el hecho imponible establecido en una norma tributaria y carezcan de racionalidad de negocios, determinará la existencia del crédito fiscal correspondiente a la actualización del hecho imponible eludido.
4 II. Domicilio Fiscal
5 Se adiciona un último párrafo a la fracción I del artículo 10: Cuando los contribuyentes no hayan manifestado un domicilio fiscal o no hayan sido localizados en el mismo, se considerará como domicilio el que hayan manifestado a las entidades financieras o a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo cuando sean usuarios de los servicios que prestan éstas.
6 III. Notificaciones
7 Notificaciones por Buzón Tributario Se adiciona el artículo 17-K: Los contribuyentes inscritos en el RFC tendrán asignado un buzón tributario electrónico ubicado en la página de Internet del SAT, a través del cual: I. El SAT realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido. II. Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes, avisos o darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad, a través de documentos digitales, y podrán realizar consultas sobre su situación fiscal.
8 Entrada en vigor del Buzón Tributario De conformidad con la fracción VII del artículo segundo transitorio del decreto, lo dispuesto en el artículo 17-K entrará en vigor a partir del 30 de junio de 2014 para personas morales y para personas físicas a partir del 1º. de enero de Mientras tanto las notificaciones que deban hacerse vía buzón tributario deberán realizarse en términos del artículo 134 (personalmente, por correo certificado, mensaje de datos, etc.)
9 Notificaciones por Buzón Tributario El SAT enviará por única ocasión un aviso de confirmación que servirá para corroborar la autenticidad y correcto funcionamiento de éste. En lo sucesivo, previamente a cualquier notificación electrónica, el SAT enviará al contribuyente un aviso mediante el mecanismo elegido por el contribuyente en términos del artículo 134. Los contribuyentes deberán consultarlo dentro de los 3 días siguientes a aquél en que reciban el aviso referido anteriormente.
10 Notificaciones por Buzón Tributario Si el contribuyente no abre el documento digital pendiente de notificar dentro del plazo de 3 días posteriores al día en que reciba el aviso, la notificación se tendrá por realizada al cuarto día. (134). Si el contribuyente abre el documento digital, generará y transmitirá automáticamente un acuse de recibo electrónico para el SAT. En éste caso, las notificaciones electrónicas se tendrán por realizadas cuando se genere el acuse de recibo electrónico.
11 Notificaciones personales Se reforma la fracción I del 134, facultando a la autoridad para que pueda notificar personalmente, por correo certificado o mensaje de datos con acuse de recibo en el buzón tributario, citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y actos que puedan ser recurridos. Se reforma el artículo 137 párrafo primero para establecer que cuando la notificación se efectúe personalmente y no se encuentre a quien deba notificarse, se dejará citatorio en el domicilio para que espere a una hora fija del día hábil posterior, o bien, acuda dentro de los 6 días posteriores a notificarse en las oficinas de la autoridad, de lo contrario se le notificará el citatorio a través del buzón tributario.
12 Notificaciones personales Se reforma el párrafo segundo del 137, (antes exclusivamente para actos relativos al PAE), y ordena que el citatorio notificado será siempre para la espera y si la persona citada o su representante legal no esperaren, se practicará la diligencia con quien se encuentre en el domicilio o en su defecto con un vecino. En caso de que se negasen a recibir la notificación, ésta se hará por medio del buzón tributario.
13 Notificación de actos administrativos (38). Prevé que tratándose de actos administrativos que consten en documentos digitales, deban ser notificados personalmente o por medio del buzón tributario debiéndose transmitir codificados a los destinatarios.
14 Notificaciones por estrados Se reforma el artículo 139, para ordenar que las notificaciones por estrados además de realizarse en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad, se realice la publicación del documento que se pretenda notificar en la página electrónica del SAT que para tales efectos se establezca (ambos por 15 días). Se tendrá como fecha de notificación la del décimo sexto día siguiente a aquél en el que se hubiere fijado o publicado el documento.
15 Impugnación de las notificaciones Se deroga el artículo 129, y por lo tanto desaparece la posibilidad de impugnar la notificación de un acto administrativo que no se haya notificado o que se haya notificado en forma ilegal. Queda vigente para estos efectos, el artículo 16 de la LFPCA.
16 IV. Nuevas obligaciones a entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
17 Obligación de que sus cuentahabientes se inscriban al RFC Se reforma el primer párrafo del artículo 27 para ordenar que cualquier persona física o moral que abra una cuenta a su nombre en las entidades del Sistema Financiero o en las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, en las que reciban depósitos o realicen operaciones susceptibles de ser sujetas de contribuciones, deberán inscribirse en el RFC. En complemento a lo anterior, se adicionan las fracciones IX y X al artículo 32-B para ordenar a las entidades financieras y a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, verificar que sus cuentahabientes se encuentren inscritos en el RFC y que proporcionen cualquier información que obtengan de ellos.
18 Obligación de informar Se reforma la fracción IV el artículo 32-B para establecer la obligación a las entidades financieras de proporcionar información directamente o por conducto de la CNBV, CONSAR o CNSF, sobre las cuentas, depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales o cualquier tipo de operaciones, cuando lo soliciten las autoridades fiscales.
19 Obligación de obtener información Se reforma la fracción V del artículo 32-B para sustituir la palabra verificar por obtener, el nombre, denominación o razón social, nacionalidad, residencia, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, clave en el RFC o su número de identificación fiscal y CURP de sus cuentahabientes.
20 Solicitud de información a las entidades financieras La solicitud de información que realice el SAT en forma directa a las entidades financieras, se considera una excepción al procedimiento establecido en el artículo 117 de la LIC (siempre lo pedía la autoridad por conducto de la CNBV).
21 V. Nuevas facultades de la autoridad fiscal
22 FACULTADES DE CORRECCIÓN DE DATOS Se reforma el párrafo décimo primero del artículo 27, facultando a la autoridad fiscal para que pueda requerir aclaraciones a los contribuyentes, así como corregir los datos con base en evidencias que recabe, incluyendo aquellas proporcionadas por terceros.
23 FACULTADES PARA VERIFICAR EXISTENCIA DE DOMICILIO Se reforma el párrafo décimo cuarto del artículo 27, facultando a la autoridad fiscal para que pueda verificar la existencia y localización del domicilio fiscal manifestado por el contribuyente en el aviso de cambio de domicilio y en caso de que no lo considere domicilio fiscal o los contribuyentes no sean localizados en dicho domicilio, el aviso de cambio de domicilio no surtirá efectos. Tal situación será notificada a los contribuyentes a través del buzón tributario.
24 FACULTADES PARA PRESUMIR ACTIVIDADES INEXISTENTES Se adiciona el artículo 69-B, facultando a la autoridad fiscal para presumir la inexistencia de operaciones cuando: Detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparen tales comprobantes. O bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados.
25 PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PRESUNCIÓN DE ACTIVIDADES INEXISTENTES Notificación a contribuyentes que se encuentren en dicha situación mediante buzón tributario, así como mediante publicación en el DOF. Tendrán un plazo de 15 días contados a partir de la última notificación efectuada, para aportar pruebas y manifestar lo que a su derecho convenga. Dentro de los 5 días posteriores, la autoridad valorará pruebas, emitirá la resolución y la notificará por buzón tributario.
26 PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PRESUNCIÓN DE ACTIVIDADES INEXISTENTES Posteriormente la autoridad procederá a publicar en el DOF un listado de los contribuyentes que no hubieren desvirtuado los hechos imputados. No podrá publicar el listado antes de los 30 días posteriores a la notificación de la resolución. Los efectos de la publicación del listado serán considerar, con efectos generales, que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos no produjeron ni producen efecto fiscal alguno.
27 PROCEDIMIENTO DE CORRECCIÓN PARA TERCEROS Se establece que las personas físicas o morales que hayan dado cualquier efecto fiscal a los comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes listados, contarán con un plazo de 30 días posteriores a la publicación para: Aclarar que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los comprobantes fiscales. O bien, corregir su situación fiscal mediante la o las declaraciones complementarias correspondientes
28 EFECTOS FISCALES POR NO ACREDITAR O CORREGIR En caso de que la autoridad fiscal, detecte que una persona física o moral no acreditó la efectiva prestación del servicio o adquisición de los bienes, o no corrigió su situación fiscal determinará el o los créditos fiscales que correspondan.
29 EFECTOS PENALES POR NO ACREDITAR O CORREGIR Asimismo, las operaciones amparadas en dichos comprobantes fiscales se considerarán como actos o contratos simulados para efecto de los delitos previstos en este Código. Con la adición de la fracción III al artículo 113, se puede sancionar al contribuyente listado y a los terceros que hayan contratado con él, con una pena privativa de libertad que oscila entre 3 meses y 6 años, por expedir, adquirir o enajenar comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
30 VI. Acuerdos conclusivos
31 PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD DE ACUERDOS CONCLUSIVOS Se adiciona un Capítulo II al Título III del Código Fiscal denominado De los Acuerdos Conclusivos, que comprende de los artículos 69-C a 69-H. Para solicitar la adopción de un acuerdo conclusivo se requiere: Que los contribuyentes sean objeto del ejercicio de las facultades de comprobación a que se refiere el artículo 42 fracciones II, III y IX (se les requiera exhibir su contabilidad en su domicilio para revisión; cuando se les practique visita de inspección para revisar su contabilidad, bienes y mercancías; o cuando se les practiquen revisiones electrónicas para analizar la información que obre en poder de la autoridad sobre una o varias contribuciones).
32 PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD DE ACUERDOS CONCLUSIVOS Que además los contribuyentes no estén de acuerdo con los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial, en la final, en el oficio de observaciones o en la resolución provisional que puedan entrañar incumplimiento de las disposiciones fiscales.
33 PROCEDIMIENTO PARA SU TRAMITACIÓN Se tramitará a través de la PRODECON. Deberá señalar los hechos u omisiones que se le atribuyan con los cuales no este de acuerdo, expresará además la calificación que en su opinión debe darse a los mismos y podrá adjuntar la documentación que considere necesaria. Recibida la solicitud, la PROCECON requerirá a la autoridad para que en un plazo de 20 días a partir del requerimiento, manifieste si acepta o no los términos en que se plantea el acuerdo, los fundamentos y motivos por los cuales no acepta, o bien exprese los términos en los que procedería la adopción del acuerdo.
34 PROCEDIMIENTO PARA SU TRAMITACIÓN La PRODECON una vez que reciba la respuesta de la autoridad, contará con 20 días para concluir el procedimiento, pudiendo convocar a mesas de trabajo, promoviendo la conciliación entre autoridad y contribuyente. La PRODECON, concluido el procedimiento, lo notificará a las partes. Si se suscribe el acuerdo, deberá firmarse por el contribuyente, la autoridad y la PRODECON.
35 EFECTOS DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento suspende los plazos a que se refieren los artículos 46-A y 50 primer párrafo de este Código. 12 meses para concluir la visita en el domicilio fiscal del contribuyente o la revisión de su contabilidad en las oficinas de las autoridades. 6 meses para determinar contribuciones omitidas mediante resolución después de haberse levantado el acta final de la visita.
36 EFECTOS DEL PROCEDIMIENTO El contribuyente que haya suscrito un acuerdo conclusivo tendrá derecho, por única ocasión, a la condonación del 100 % de las multas. En las posteriores suscripciones de acuerdos se aplicarán los beneficios del artículo 17 de la LFDC. Las autoridades deberán tomar en cuenta los alcances del acuerdo en la emisión de la resolución que corresponda. En contra de los acuerdos alcanzados no procederá medio de defensa alguno.
37 EFECTOS DEL PROCEDIMIENTO No procederá el juicio de lesividad por que las autoridades no podrán desconocer los hechos u omisiones sobre los que versó el acuerdo, salvo que se compruebe que se trate de hechos falsos. La condonación prevista no da lugar a devolución o compensación alguna. Los acuerdos sólo surtirán efectos entre las partes, no generarán precedentes.
38 VII. Nuevos responsables solidarios
39 SOCIOS O ACCIONISTAS Se reforma el artículo 26 fracción X, agregándose el inciso d) en su redacción para atribuir responsabilidad solidaria a los socios o accionistas, respecto de las contribuciones que se hubieran causado por las actividades realizadas por la sociedad, cuando dicha sociedad desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio en los términos del Reglamento de este Código.
40 Modo de calcular su responsabilidad Se calculará multiplicando el porcentaje de participación que haya tenido el socio o accionista en el capital social suscrito al momento de la causación, por la contribución omitida, en la parte que no se logre cubrir con los bienes de la empresa.
41 Exclusión de ciertos socios o accionistas Únicamente se aplicará a los socios o accionistas que tengan o hayan tenido el control efectivo de la sociedad, entendiendo por ello, la capacidad de una persona o grupo de personas de llevar a cabo cualquiera de los actos siguientes: a) Imponer decisiones en las asambleas generales de accionistas b) Mantener titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de más del 50 % de una persona moral c) Dirigir la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral
42 Responsabilidad de albaceas Se adiciona la fracción XVIII al artículo 26, para atribuir responsabilidad solidaria a los albaceas o representantes de la sucesión, por las contribuciones que se causaron o se debieron pagar durante el período de su encargo.
43 VIII. Medidas de apremio
44 Casos en que procede su aplicación Anteriormente se establecía que cuando los contribuyentes, los responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, se opongan, impidan u obstaculicen físicamente el inicio o desarrollo del ejercicio de facultades de las autoridades fiscales Con la reforma al artículo 40, ahora se establece la aplicación de las medidas de apremio para el caso de que el contribuyente, los responsables solidarios o terceros relacionados con ellos, impidan de cualquier forma o por cualquier medio el inicio o desarrollo de las facultades de las autoridades.
45 Orden de aplicación Se propone su aplicación estricta en el siguiente orden: I. Solicitar auxilio de la fuerza pública. II. Imponer la multa que corresponda. III. Practicar el aseguramiento precautorio de los bienes o de la negociación del contribuyente o responsable solidario. IV. Solicitar a la autoridad competente se proceda por desobediencia o resistencia a un mandato legítimo de autoridad.
46 Antecedente de inconstitucionalidad del aseguramiento precautorio JURISPRUDENCIA 3/ ª. Época. Pleno de la SCJN. ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO DE LOS BIENES O DE LA NEGOCIACIÓN DEL CONTRIBUYENTE. EL ARTÍCULO 40, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ, VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA.
47 Procedimiento para la aplicación del aseguramiento precautorio Se adiciona el artículo 40-A que establece el procedimiento. En dicho artículo se adicionan los supuestos previstos por el anterior artículo 145-A y se deroga este último precepto. Se practicará una vez agotadas las medidas de apremio establecidas en las fracciones I y II del artículo 40. Al practicarse deberá levantarse acta circunstanciada precisando las razones por las cuales realiza dicho aseguramiento y la notificará al contribuyente en ese acto.
48 Aplicación directa del aseguramiento precautorio Se podrá aplicar de manera directa cuando: a) Los contribuyentes no sean localizables en su domicilio fiscal, desocupen o abandonen el mismo sin presentar el aviso correspondiente; hayan desaparecido, o se ignore su domicilio. b) En contribuyentes con locales, puestos fijos o semifijos en la vía pública, que no se encuentren inscritos en el RFC, o que no acrediten la legal posesión o propiedad de sus mercancías.
49 Aplicación directa del aseguramiento precautorio c) Cuando exista riesgo inminente de que los contribuyentes oculten, enajenen o dilapiden sus bienes.
50 Aseguramiento de depósitos en cuentas bancarias Cuando los contribuyentes no sean localizables en su domicilio fiscal, desocupen o abandonen el mismo sin presentar el aviso correspondiente; hayan desaparecido, o se ignore su domicilio, el aseguramiento se practicará sobre depósitos bancarios o cualquier otro componente, producto o instrumento de ahorro o inversión en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta o contrato que tenga a su nombre el contribuyente.
51 Procedimiento para aseguramiento precautorio sobre depósitos bancarios Para el caso de aseguramiento de depósitos en cuentas bancarias y su levantamiento, se prevén los procedimientos correspondientes. El SAT puede solicitar por conducto de la CNBV, CNSF o CONSAR o directamente a la entidad financiera que practique el aseguramiento. La entidad financiera contará con 3 días para practicar el aseguramiento.
52 Procedimiento para aseguramiento precautorio sobre depósitos bancarios Una vez practicado el aseguramiento, la entidad financiera contará con 3 días para informar a la autoridad fiscal las cantidades aseguradas en una o más cuentas o contratos del contribuyente, responsable solidario o tercero relacionado con ellos. La autoridad fiscal notificará personalmente o por buzón tributario al contribuyente, a más tardar el tercer día siguiente a aquél en que se haya practicado, señalando la conducta que lo originó y el monto del mismo.
53 Procedimiento para levantar el aseguramiento La autoridad lo solicitará directamente a la entidad o por conducto de la CNBV, CNSF o CONSAR dentro de los tres días siguientes a aquél en que se actualice el supuesto que ocasiones su levantamiento. Cuando se realice mediante las comisiones señaladas, contarán con tres días para ordenar a la entidad que lo levante.
54 Procedimiento para levantar el aseguramiento La entidad financiera contará con tres días a partir de la recepción de la solicitud para levantarlo. Una vez levantado el aseguramiento, la entidad financiera contará con 3 días posteriores al que lo hubiere realizado para informar a la autoridad fiscal sobre su cumplimiento.
55 IX. Reserva de información
56 Reserva de información (69). Se faculta para que la información de los contribuyentes no sea reservada y pueda publicarse en los supuestos de dicho precepto: créditos fiscales firmes; créditos fiscales determinados que siendo exigibles no se encuentren pagados o garantizados; que se encuentren como no localizados; que haya recaído sobre ellos sentencia condenatoria ejecutoria respecto a la comisión de un delito fiscal; que tengan a su cargo créditos fiscales afectados en los términos del artículo 146-A de este Código (créditos fiscales cancelados por incosteabilidad de cobro o por insolvencia del deudor); créditos condonados.
57 Reserva de información (69). Se adicionan diversos párrafos al artículo 69, facultando a la autoridad fiscal para que pueda proporcionar información de los contribuyentes al INEGI. Se establece un procedimiento de aclaración por la publicación de sus datos.
58 X. Recurso de revocación
59 Procedencia del recurso de revocación Se reforma la fracción II inciso b) del artículo 117, derogando el inciso c) para señalar que el recurso de revocación es procedente en contra de actos del PAE por violaciones al mismo, o bien, en contra de la determinación del valor de bienes embargados.
60 Interposición del recurso de revocación (121). Se reforma dicho precepto y se establecen las siguientes formalidades: a) Debe interponerse mediante buzón tributario. b) Se modifica el plazo de interposición de 45 a 30 días hábiles. c) Se deja la posibilidad de enviar el recurso a través de la autoridad competente en razón del domicilio o a través de la que emitió la resolución, mediante las formas que autorice el SAT.
61 Pruebas (123). Se reforma el plazo para presentar pruebas adicionales y se otorgan 15 días para ello, así como 15 días para exhibirlas en términos del artículo 130. En adición a lo anterior, se deroga el último párrafo del artículo 131 referente al plazo que tiene la autoridad para resolver el recurso.
62 GRACIAS Lic. David Pérez Arroyo Av. Virrey de Mendoza No. 114 interior 202 Col. Jardinadas, Zamora Michoacán (351)
Análisis de la Reforma Fiscal 2014 Código Fiscal de la Federación (CFF)
www.pwc.com Análisis de la Reforma Fiscal 2014 Código Fiscal de la Federación (CFF) Agenda 1 2 3 4 Disposiciones generales Derechos y obligaciones de los contribuyentes Facultades de las autoridades fiscales
Más detallesINICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO
INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforma el Código Fiscal del Estado, en sus artículos 10, segundo párrafo,
Más detallesCODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN 2014.
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN 2014. DOMICILIO FISCAL. Cuando las personas físicas no hayan manifestado como domicilio fiscal su local de negocios o casa habitación, o no sean localizadas por la autoridad
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
BOLETIN INFORMATIVO CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Una de las reformas más importantes es la que corresponde a este ordenamiento, pues a través de él, se establecen nuevas y mayores facultades para las
Más detallesLEY DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO TEXTO VIGENTE TEXTO NUEVO COMENTARIOS
ARTÍCULO 2. No estarán obligadas al pago del impuesto a los depósitos en efectivo: I. La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las entidades de la administración pública paraestatal que,
Más detallesNOTIFICACIONES DERECHO Y OBLIGACIÓN DEL CONTRIBUYENTE FACULTAD DE LA AUTORIDAD P R O M O C I O N E S INDISPENSABLE COMUNICAR EL O F I C I O S
O F I C I O S FACULTAD DE LA AUTORIDAD ACTO DE AUTORIDAD PROPÓSITO Y FUNDAMENTO LEGAL DEL ACTO DE AUTORIDAD INDISPENSABLE COMUNICAR EL ACTO DE AUTORIDAD FORMA Y TÉRMINOS DE LA COMUNICACIÓN DERECHO Y OBLIGACIÓN
Más detallesReformas al Código Fiscal De La Federación. Lic. José De Jesús Gómez Cotero
Reformas al Código Fiscal De La Federación Lic. José De Jesús Gómez Cotero OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL RFC Domicilio Fiscal Art. 10 En caso de que el domicilio fiscal no se ubique en los supuestos
Más detallesReforma Fiscal Preguntas y respuestas Código Fiscal de la Federación 2012
Reforma Fiscal Preguntas y respuestas Código Fiscal de la Federación 2012 1.- Cuál es la vigencia de los certificados de firma electrónica avanzada? 2.- Qué dependencia es la encargada de calcular y publicar
Más detallesIMPUESTOS. Febrero 2016
IMPUESTOS Febrero 2016 CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL Domicilio fiscal Antes Av. Universidad 1200, Col. Xoco, Del. Benito Juárez, C.P. 03339, México, Distrito federal. Ahora Av. Paseo de la Reforma 510,
Más detallesNombre: Facultad revisora o de comprobación. Primera parte.
Bases Fiscales 1 Sesión No. 5 Nombre: Facultad revisora o de comprobación. Primera parte. Objetivo de la sesión: El estudiante identificará las ventajas y desventajas de las facultades de comprobación
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA No. 135 CIR_GJN_MBCL_135.13
México D.F. a 19 de agosto de 2013 Asunto: Se envían notas relevantes de la modificación al Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Más detallesType a quote here. Johnny Appleseed
Type a quote here. Johnny Appleseed Qué puede hacer Fac Review por tí y porqué? 1. Entorno recaudatorio - SAT 2. Estrategia integral de recaudación 3. Contribuyentes preparados? 4. Estrategia integral
Más detallesCONDONACIÓN DE MULTAS, ARTÍCULO 74
CONDONACIÓN DE MULTAS, ARTÍCULO 74 La SHCP podrá condonar hasta el 100% de las multas por infracción a las disposiciones fiscales y aduaneras, inclusive las determinadas por el propio contribuyente, para
Más detallesPROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013
PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 Estimados clientes y amigos: El 18 de Febrero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer los lineamientos para
Más detallesLicenciatura en DERECHO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ESCUELA SUPERIOR DE ZIMAPÁN Licenciatura en DERECHO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE NOTIFICACIÓN. Lic. CARLOS ORLANDO ACEVEDO JAGUEY Julio Diciembre 2014 Tema:
Más detallesPAGO REFERENCIADO. Autor y expositor: Francisco Cárdenas Guerrero Con la colaboración: Nicolás Pérez Méndez.
1 PAGO REFERENCIADO Autor y expositor: Francisco Cárdenas Guerrero Con la colaboración: Nicolás Pérez Méndez 2 Capítulo II.2.8.5. Presentación de declaraciones de pagos provisionales y definitivos vía
Más detallesLISTA DE CONTRIBUYENTES INCUMPLIDOS OPERACIONES INEXISTENTES
LISTA DE CONTRIBUYENTES INCUMPLIDOS OPERACIONES INEXISTENTES Hoy día resulta común encontrarnos con casos en los que contribuyentes presenta dificultades para llevar a cabo diversos trámites ante el SAT,
Más detallesRESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2007 (Reglas y )
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007 RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2007 (Reglas 2.1.16 y 2.1.17) 2.1.16. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo,
Más detallesLA COORDINACIÓN GENERAL DE REVISIÓN Y LIQUIDACIÓN FISCAL TENDRÁ LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:
LA COORDINACIÓN GENERAL DE REVISIÓN Y LIQUIDACIÓN FISCAL TENDRÁ LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES: I. Ejercer facultades de administración, determinación, liquidación y fiscalización, tratándose de las contribuciones
Más detallesCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Suspensión de plazo devolución de impuestos Cuando con motivo de la solicitud de devolución la autoridad fiscal inicie facultades de comprobación
Más detallesFicha técnica de trámites
Nombre del Trámite En qué consiste? Cuándo se realiza? Solicitud de condonación de multas por infracciones formales, conforme al artículo 74 del Código Fiscal de la Federación, para créditos notificados.
Más detallesFormas de notificación fiscal y procedimientos de desahogo
Formas de notificación fiscal y procedimientos de desahogo A. Notificaciones ordinarias Las notificaciones ordinarias se conforman por: 1. Notificación personal 2. Citación al afectado 3. Notificación
Más detallesDecreto 192/2014 por el que se condonan Impuestos Estatales Actualizados, Recargos, Multas y Gastos de Ejecución
PÁGINA 66 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 29 DE MAYO DE 2014. Decreto 192/2014 por el que se condonan Impuestos Estatales Actualizados, Recargos, Multas y Gastos de Ejecución Rolando Rodrigo Zapata
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO ASUNTO: REGLAS FISCALES RELEVANTES
El pasado 23 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 (RMF2016), la cual entró en vigor el 1 de enero de 2016 y estará vigente hasta
Más detallesPublicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2014
DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS AUDITORES Y OTROS PROFESIONALES QUE AUXILIEN A LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES EN SUS FUNCIONES DE INSPECCIÓN
Más detallesCÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE QUERÉTARO
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTÍCULO 109 Artículo 109. Las notificaciones se harán: I. Personalmente; II. Por cédula; III. Por correo electrónico; IV. Por correo; V. Por edictos;
Más detallesPÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 26 DE MAYO DE 2016.
PÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 26 DE MAYO DE 2016. Acuerdo AAFY 19/2016 por el que se establecen disposiciones administrativas para la presentación de la solicitud de condonación de multas
Más detallesMecanismo retorno de las inversiones.
Anexo 1 Comentarios DECRETO que otorga diversas facilidades administrativas en materia del ISR sobre repatriación de capitales en el primer semestre del ejercicio 2017. Sujetos del Decreto (Artículo Primero).
Más detallesLa solicitud de condonación de multas por infracciones a las disposiciones fiscales deberá contener los siguientes requisitos y anexos:
Acuerdo AAFY 15/2015 por el que se establecen Disposiciones Administrativas para la Presentación de la Solicitud de Condonación de Multas por Infracciones a las Disposiciones Fiscales Carlos Manuel de
Más detallesCriterios normativos aprobados durante el tercer trimestre de 2014
Consultoría Fiscal 2014-17 Criterios normativos aprobados durante el tercer trimestre de 2014 El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su página de Internet (www.sat.gob.mx) el
Más detallesÁrea Académica: Licenciatura en administración. Impuestos. CP. Mirna Sánchez Lara. Julio-Diciembre 2011
Área Académica: Licenciatura en administración Asignatura: Profesor: Periodo: Impuestos CP. Mirna Sánchez Lara Julio-Diciembre 2011 TOPIC:POWERS OF TESTING ABSTRACT The work presented is the fifth unit
Más detallesPROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE ACUERDOS CONCLUSIVOS
+ ACUERDOS CONCLUSIVOS 1 1 Qué es la PRODECON? Primer Ombudsman fiscal mexicano. Preserva, defiende y promueve los derechos de los contribuyentes. 2 Objetivo de la PRODECON Garantizar el derecho a recibir
Más detallesREFERENCIA JURÍDICA. Ley Aduanera. Última reforma: D.O.F. 15/12/1995 Vigor: 01/04/1996. D.O.F. 09/12/02013 En vigor: 10/12/2013
REFERENCIA JURÍDICA Ley Aduanera D.O.F. 15/12/1995 Vigor: 01/04/1996 Última reforma: D.O.F. 09/12/02013 En vigor: 10/12/2013 REGLAMENTO LEY ADUANERA D.O.F. 20/04/2015 En vigor 20/06/2015 REGLAS GENERALES
Más detallesExposición de Motivos
INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 69 B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, SUSCRITA POR EL DIP. JOSÉ LUIS OROZCO SÁNCHEZ ALDANA (PRI) E INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI El suscrito, diputado
Más detallesPREGUNTAS Y RESPUESTAS IDE
PREGUNTAS Y RESPUESTAS IDE TEMA ACREDITAMIENTO CONTRA ISR ACREDITAMIENTO, COMPENSACIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL IDE RECAUDADO ACREDITAMIENTO. RÉGIMEN INTERMEDIO ASEGURAMIENTO O EMBARGO DE CUENTAS PLAZO PARA EL
Más detallesANEXO 1-A DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Trámites de Comercio Exterior
ANEXO 1-A DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Trámites de Comercio Exterior FICHAS DE TRAMITE AUTORIDAD ANTE LA QUE SE PRESENTA 4/LA 5/LA Instructivo de trámite para inscribirse en el
Más detallesMartes 3 de abril de 2007 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
ACUERDO-JG-SAT-IE-3-2007 por el que se emiten las Reglas para la condonación total o parcial de los créditos fiscales consistentes en contribuciones federales cuya administración corresponda al Servicio
Más detallesDECRETO EN MATERIA DE IMPUESTOS ESTATALES QUE VENCE EL 30 DE JUNIO 2017
Junio 09, 2017 Circular No. 8 / 2017 A nuestros clientes DECRETO EN MATERIA DE IMPUESTOS ESTATALES QUE VENCE EL 30 DE JUNIO 2017 El 13 de enero 2017 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del
Más detallesB O L E T Í N F i s c a l
B O L E T Í N F i s c a l 01 www.zesati.com.mx Enero 2013 zesati@zesati.com.mx ASUNTO: LEY DE INGRESOS 2013 1. Estimación de ingresos 2013 Art. 1o. La Federación estima obtener para 2013 $ 3,956,361.6
Más detallesAbril 045/2014. Reglamento del Código Fiscal de la Federación
Abril 045/2014 Reglamento del Código Fiscal de la Federación Reglamento del Código Fiscal de la Federación www.natera.com.mx Estimados clientes y amigos: Hoy, 2 de abril, se publicó en el Diario Oficial
Más detallesTransparencia, Secreto Fiscal y Uso Indebido de Comprobantes Fiscales.
Transparencia, Secreto Fiscal y Uso Indebido de Comprobantes Fiscales. DOCUMENTO TÉCNICO INVESTIGACIÓN SUBPROCURADURÍA DE ANÁLISIS SISTÉMICO Y ESTUDIOS NORMATIVOS DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS JURÍDICOS
Más detallesLey del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
Nota Informativa- Socios del IMECE Miscelánea fiscal 2017 y sus impactos en materia de Comercio Exterior. El pasado 30 de noviembre de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto
Más detallesSOBRE LA REFORMA FISCAL Y SU APLICACIÓN 1. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
SOBRE LA REFORMA FISCAL Y SU APLICACIÓN 1. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Personas Morales En materia de deducciones: a).- Las erogaciones por remuneraciones que sean ingresos exentos para el trabajador
Más detallesMéxico, D.F., a 15 de septiembre de 2015
Administración General de Auditoría Fiscal Federal Oficio: 500-05-2015-30961 Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio ejercieron el derecho previsto en
Más detallesReformas relevantes al código fiscal
Reformas relevantes al código fiscal 1 Reformas fiscales jurídicas relevantes I. TRÁFICO DE COMPROBANTES FISCALES (HUARACHES) II.RESPONSABILIDAD FISCAL DE SOCIOS O ACCIONISTAS 2 I. Trafico de Comprobantes
Más detallesCONSECUENCIAS LEGALES
CONSECUENCIAS LEGALES PARA QUIENES HAN RECURRIDO A ESTRATEGIAS FISCALES PARA PAGAR MENOS IMPUESTOS (COMPRA DE FACTURAS, ESQUEMAS DE OUTSOURCING, ASIMILADOS A SALARIOS, ETC.) En 2014 se estableció en la
Más detallesDerechos del Contribuyente Preguntas y Respuestas Frecuentes
Derechos del Contribuyente Preguntas y Respuestas Frecuentes 1 A quién le son aplicables los derechos establecidos en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente? A los contribuyentes y responsables
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA No. 07/2014 PARA TODOS NUESTROS CLIENTES NUEVO REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
CIRCULAR INFORMATIVA No. 07/2014 PARA TODOS NUESTROS CLIENTES NUEVO REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO 1).- Introducción. Sumario 2).- Procedimiento de objeción de los
Más detalles7/1/2016 DOF - Diario Oficial de la Federación
7/1/2016 DOF - Diario Oficial de la Federación OFICIO 500-05-2015-39249 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 no ejercieron el derecho previsto en el artículo
Más detallesComentarios sobre algunas Modificaciones a la Ley Aduanera. Lic. Ruperto Flores y Fernández
Comentarios sobre algunas Modificaciones a la Ley Aduanera Lic. Ruperto Flores y Fernández Diciembre 2013 Funciones mas importantes de las Aduanas. Cumplimiento de las leyes. Seguridad Nacional. Pago de
Más detallesPropuesta. Reforma Hacendaria. Expositor: C.P.C. Alfonso Pérez Reguera M. de E. Septiembre/Octubre 2013
Propuesta Reforma Hacendaria 2014 Expositor: C.P.C. Alfonso Pérez Reguera M. de E. Septiembre/Octubre 2013 1 Circular Resumen Paquete Propuesto de Reformas Fiscales 2014 Anexos: Anexo 1. Razones y sinrazones
Más detallesForo Contabilidad Electrónica. Aspectos Legales: Plazos, Infracciones y sanciones
Foro Contabilidad Electrónica Aspectos Legales: Plazos, Infracciones y sanciones Colegio Neolaredense de Contadores Públicos, A.C. 11 de julio de 2014 Contabilidad electrónica CFF.- Artículo 28, fracciones:
Más detallesFORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL
FORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios: De conformidad con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los Lineamientos
Más detallesDecreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.
G 0006/2016 México D.F., a 6 de Enero de 2016 Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación. A TODA LA COMUNIDAD DE
Más detallesReglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.
Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones
Más detallesTribunales Colegiados de Circuito Publicación: viernes 28 de abril de :32 h Tesis Aislada (Laboral)
Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2014192 6 de 53 Tribunales Colegiados de Circuito Publicación: viernes 28 de abril de 2017 10:32 h Tesis Aislada (Laboral) SALARIO DIARIO. FORMA DE CUANTIFICARLO
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL POR LA QUE SE DETERMINA LA ACTUALIZACIÓN DEL SUPUESTO JURÍDICO PARA LA INSCRIPCIÓN, PRESENTACIÓN DE AVISOS Y CANCELACIÓN DE
RESOLUCIÓN GENERAL POR LA QUE SE DETERMINA LA ACTUALIZACIÓN DEL SUPUESTO JURÍDICO PARA LA INSCRIPCIÓN, PRESENTACIÓN DE AVISOS Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS
Más detallesFolio Decreto IMMEX. Enero 28 de REFORMAS EL DECRETO IMMEX.
Folio-001-16. Decreto IMMEX. Enero 28 de 2016. REFORMAS EL DECRETO IMMEX. Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía, mediante Diario Oficial de la Federación, publicó el día 6 de Enero del
Más detallesDecreto por el cual se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales
Consultoría Fiscal 2015-5 Decreto por el cual se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales El 26 de marzo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el
Más detallesSubprocuraduría de Protección de los Derechos de los Contribuyentes (Quejas y Reclamaciones)
Boletín de la Subprocuraduría de Asesoría y Defensa (Representación legal gratuita) Subprocuraduría de Protección de los Derechos de los Contribuyentes Subprocuraduría de Análisis Sistémico y Estudios
Más detallesCONDONACIÓN DE CONTRIBUCIONES FEDERALES. Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2013.
CONDONACIÓN DE CONTRIBUCIONES FEDERALES Estimados Clientes y Amigos: Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2013. Tercero. Se condona total o parcialmente los créditos fiscales
Más detallesRégimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras Facilidades Administrativas 2016
Facilidades de comprobación: Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, 1.2. Podrán deducir con documentación comprobatoria que al menos reúna los requisitos establecidos en la fracción III de la presente
Más detallesD E C R E T O. La LXI Legislatura del Congreso del Estado de Campeche decreta: NÚMERO 32
D E C R E T O La LXI Legislatura del Congreso del Estado de Campeche decreta: NÚMERO 32 PRIMERO.- Se reforman los artículos 11, 28 último párrafo, 31 párrafo primero, 48 párrafo cuarto, 50, 51, 57 párrafo
Más detallesResolución Miscelánea Fiscal 2011
Resolución Miscelánea Fiscal 2011 Publica: Área Fiscal Fecha: Julio 18, 2011 RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2011 El asado viernes 1 de julio del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación
Más detallesTEXTO MODIFICADO SEGÚN LEY N
TEXTO ORIGINAL DE LOS ARTÍCULOS Artículo 41 D.- A las sociedades anónimas abiertas y las sociedades anónimas cerradas que acuerden en sus estatutos someterse a las normas que rigen a éstas, que se constituyan
Más detallesFORMATO OFICIAL PARA EL ALTA Y REGISTRO DE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES.
FORMATO OFICIAL PARA EL ALTA Y REGISTRO DE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES. CONSIDERANDO Que el 17 de octubre de 2012 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la
Más detallesEstán obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
IVA pagado al comisionista Impuesto al Valor Agregado pagado al comisionista Ley del Impuesto al Valor Agregado Artículo 1-A II d) Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade,
Más detallesI.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA. 7 de noviembre de Hacienda y Crédito Público.
DIRECCIÓN GENERAL DE APOYO PARLAMENTARIO DIRECCIÓN DE APOYO A COMISIONES SUBDIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO JURÍDICO A COMISIONES No. Expediente: 0088-1PO1-06 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1.-Nombre
Más detalles12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 24 de Abril de 2013
12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 24 de Abril de 2013 LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NÚMERO 506.- ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman, las fracciones VI y VII del artículo 55; Se adicionan, el artículo
Más detallesEl SAT tiene facultad de reducir el 100% de las multas y aplicar una tasa de recargos menor.
Nombre del Trámite Solicitud de reducción de multas y aplicación de la tasa de recargos por prórroga, conforme al artículo 70-A del CFF, para créditos fiscales notificados. En qué consiste? El SAT tiene
Más detallesPUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 29 DE JUNIO DE 2009
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 29 DE JUNIO DE 2009 LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES PARA OBTENER LA CONSTANCIA CON LA QUE SE ACREDITA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS
Más detallesCONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
14 de Marzo de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 45 CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR
Más detallesPublicado en el D.O.F. del 18 de enero de 2017
DECRETO que otorga diversas facilidades administrativas en materia del impuesto sobre la renta relativos a depósitos o inversiones que se reciban en México. Publicado en el D.O.F. del 18 de enero de 2017
Más detallesOrden Jurídico Poblano
Orden Jurídico Poblano Puebla, Estado de Derecho y Justicia Acuerdo del Secretario de Finanzas y Administración por el cual otorga diversos beneficios a los contribuyentes que presenten adeudos pendientes
Más detallesORDINARIO I N D I C E
< ORDINARIO ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA TOMO CXX Saltillo, Coahuila, viernes 20 de diciembre de 2013 número 102 REGISTRADO COMO
Más detallesSistema de Justicia en Línea) (Juicio en Línea)
Sistema de Justicia en Línea) (Juicio en Línea) Villahermosa, Tabasco, octubre de 2009 1 Que es el Sistema de Justicia en Línea? Que es el Juicio en Línea? 2 Sistema de Justicia en Línea El Sistema de
Más detallesVerificación del domicilio fiscal Cancelación del Sello Digital
Verificación del domicilio fiscal Cancelación del Sello Digital Durante las últimas semanas el SAT ha estado» implementando un programa de visitas a los domicilios fiscales de los contribuyentes, con la
Más detallesBoletín núm. P051 Ciudad de México, a 15 de julio de 2016
Fecha: 15/07/2016 Asunto Boletín Núm. P051 Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de Comercializadora e importadora, Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Certificado
Más detallesA&CEM Contabilidad electrónica 23-abr-15
A&CEM Contabilidad electrónica 23-abr-15 Planteamiento del caso. - Una institución educativa (La Institución) es una institución de enseñanza con reconocimiento de estudios de validez oficial. - Hasta
Más detallesOficio: Folio: PAB PROYECCION ABEDUL, S.A. DE C.V.
Oficio: 500-05--39025 PAB100330737 PROYECCION ABEDUL, S.A. DE C.V. Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio no ejercieron el derecho previsto en el artículo
Más detallesInstructivo en la expedición de los CFDI, respecto del método de pago.
Instructivo en la expedición de los CFDI, respecto del método de pago. Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes
Más detallesAl margen un logotipo, que dice: Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Reglas de carácter general a las que deberán sujetarse las instituciones de banca múltiple para clasificar la información relativa a operaciones activas y pasivas a que se refiere el artículo 124 de la
Más detallesDevolución de saldos a favor. Código Fiscal de la Federación. Artículo 22
Devolución de saldos a favor Código Fiscal de la Federación Artículo 22 Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. En el
Más detallesCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES Actualización de Multas Se incluye la actualización aplicable a multas establecidas en la Ley Aduanera, al adicionarse un sexto párrafo al
Más detallespara Personas Morales
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES para Personas Morales Como parte de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014 se adiciono la Regla I.2.5.26 la cual establece la facilidad para que las Personas
Más detallesDeclaraciones informativas Sujetos obligados a presentarlas
Declaraciones informativas 2013. Sujetos obligados a presentarlas La regla II.2.6.4.1 de la RMF para 2014 señala que para los efectos del artículo 31, primer párrafo, del CFF y de los artículos 76, fracciones
Más detallesCiudad de México, a 14 de septiembre de Fundamento jurídico aplicable.
DICTAMEN RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS POR PARTE DE LA COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN, PREVISTO EN LOS LINEAMIENTOS Y LAS BASES
Más detallesDECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO PARA EL FOMENTO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE EXPORTACIÓN.
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO PARA EL FOMENTO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE EXPORTACIÓN. Modificaciones de fondo. Definiciones (Artículo 2). Se Adicionan las
Más detallesCONDONACIÓN DE MULTAS
DE MULTAS OBJETIVO Estudiar y analizar las solicitudes de condonación de multas y emitir una opinión fundamentada en la legislación vigente, aplicable al trámite en cuestión, acerca de su procedencia o
Más detallesSOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS,GENERALIDADES Y PUNTOS A SEGUIR
SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS,GENERALIDADES Y PUNTOS A SEGUIR E A su vez, dicho precepto prevé que dichas sociedades estarán a lo siguiente : l pasado 14 de Marzo del 2016 se dio a conocer el Decreto
Más detallesREGLAS PARA EL ENVÍO AL SAT DE LA CONTABILIDAD POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
REGLAS PARA EL ENVÍO AL SAT DE LA CONTABILIDAD POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Damos continuación a nuestras circulares emitida el 16 de junio y 7 de julio de 2014 adicionadas con las publicaciones en el Diario
Más detallesOficio: Folio
Oficio: 500-05--24071 Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio no ejercieron el derecho previsto en el artículo 69- B, segundo párrafo del Código Fiscal
Más detallesCONDONACIÓN DE MULTAS
CONDONACIÓN DE MULTAS OBJETIVO Estudiar y analizar las solicitudes de condonación de multas y emitir una opinión fundamentada en la legislación vigente, aplicable al trámite en cuestión, acerca de su procedencia
Más detallesReglas de la Resolución Miscelánea Fiscal aplicables a Fedatarios Públicos correspondientes a 2014
I.2.4.1. Capítulo I.2.4. De la inscripción al RFC Protocolización de actas donde aparecen socios o accionistas de personas morales Para los efectos del artículo 27, octavo párrafo del CFF y 24 de su Reglamento,
Más detallesBeneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica
Consultoría Fiscal 2014-21 Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica El 5 de diciembre de 2014 se publicó en el
Más detallesReforma Fiscal. Ley de Ingresos de la Federación
Reforma Fiscal Ley de Ingresos de la Federación 2013 Recargos Continúan tasas de recargos mensuales para el ejercicio fiscal 2013 Por Prórroga 0.75% En pago a plazos: Por pago en Parcialidades Hasta 12
Más detallesConsiderando: Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente:
Acuerdo AAFY xx/2016 por el que se delegan facultades en los Jefes de Departamento:de Control y Evaluación de Obligaciones de la Dirección de Servicios al Contribuyente, de Cobro Coactivo y de Control
Más detallesSAT EMITE REGLAS PARA CONDONAR MULTAS FORMALES
AVISO IMPORTANTE SAT EMITE REGLAS PARA MULTAS FORMALES Tras un análisis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, llevada acabo por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), advirtió
Más detallesInstructivo de trámite para inscribirse en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, (Regla
Instructivo de trámite para inscribirse en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, (Regla 1.3.2.) Instructivo de trámite para inscribirse en el Padrón de Importadores
Más detalles