REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE MEDICINA U.J.E.D., EN GOMEZ PALACIO, DGO.
|
|
- Elvira Velázquez Ortíz
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE MEDICINA U.J.E.D., EN GOMEZ PALACIO, DGO. CAPITULO I.- GENERALIDADES ART. 1o. DEFINICIONES : La Facultad de Medicina de la U.J.E.D. en Gómez Palacio, Dgo., es una unidad docente, de investigación y difusión cultural, cuyo propósito fundamental es la impartición de la carrera de MEDICINA HUMANA, sus niveles y grados consecuentes. ART. 2o. Para el mejor logro del propósito previsto en el ART. anterior, la Facultad promoverá : a) Iniciar al alumno en el campo universitario, inculcándole un alto espíritu de responsabilidad, dedicación y respeto. b) Adiestrar al estudiante en el terreno de las ciencias de la salud para adquirir los conocimientos suficientes que sirvan a la comunidad y que sea guía y asesor en el desarrollo de la misma en aspectos de salud. c) Dar entrenamiento al alumno en el campo clínico, teórico y práctico para integrar diagnósticos y la habilidad necesaria para instituir tratamientos. d) Preparar al educando en forma acorde con las necesidades de la población del país para elaborar medidas preventivas en primera instancia, curativas y de rehabilitación que resuelvan la problemática de salud a nivel médico general. e) Comprometerá al alumno para llevar a cabo estudios de investigación y/o posgrado en nuestra Facultad e Instituciones de salud que tienen encomendada dicha función. f) Promoverá además las actividades científicas, de investigación y culturales que complementen la enseñanza médica continúa.
2 CAPITULO II. DE LAS AUTORIDADES ART. 3o. Son autoridades de la Facultad. a) El Consejo Universitario b) La Junta Directiva c) El rector d) El Director de la Facultad. ART. 4o. Las autoridades mencionadas en él articulo anterior tendrán las facultades que señala la Ley Orgánica y el Reglamento General de la Universidad. CAPITULO III. DEL DIRECTOR ART. 5o. El Director será nombrado de conformidad con la Ley Orgánica y el Reglamento General de la Universidad y tendrá además de las atribuciones señaladas en dichos ordenamientos, las siguientes : a) Determinará la distribución de internos y de pasantes egresados para servicio social, de acuerdo a las necesidades de la Facultad y a la demanda de las Instituciones del Sector Salud. b) Presidir el Comité de Selección para alumnos de nuevo ingreso. c) Presidir el Comité de Selección para alumnos de posgrado. d) Presidir la academia de Planeación y Desarrollo Académico de la Facultad. CAPITULO IV. DE LOS SECRETARIOS ART. 6o. Los secretarios de la Facultad serán nombrados por el Director con la aprobación del Rector de la Universidad. ART. 7o. Los secretarios deberán cumplir con los requisitos y funciones establecidos en la Ley orgánica y el Reglamento General de la Universidad.
3 ART. 8o. El Secretario Académico tendrá además las funciones administrativas y académicas siguientes: a) Sustituirá al Director en ausencias menores de dos meses. b) Vigilará el cumplimiento del presente reglamento. c) Colaborar en todas las funciones directivas de la Facultad. d) Supervisar y en su caso orientar las funciones de los Jefes de Departamento. e) Fungirá como Secretario del Consejo Técnico Consultivo, elaborará los citatorios para las Juntas ordinarias y extraordinarias y levantará el acta correspondiente en cada junta. f) Elaborará los calendarios de exámenes ordinarios y extraordinarios y vigilará su cumplimiento. g) Elaborará los horarios de clase. h) Supervisará el trámite para el derecho al examen profesional. i) Supervisará y autorizará de acuerdo con el Director los exámenes ordinarios, extraordinarios y a título de suficiencia. j) Controlará las inscripciones de los alumnos previa aplicación de la tabla de incompatibilidad. k) Se reunirá periódicamente con el Coordinador de Enseñanza y otros coordinadores para asesorar, vigilar el cumplimiento y estar enterado de todas las actividades académicas que se realizan en la Facultad de Medicina. l) Valorará el grado de desarrollo académico alcanzado en la Facultad de Medicina en forma objetiva para presentarlo ante el Director, el consejo consultivo y autoridades que lo solicitaren. m) Pugnará por mejorar y elevar el grado académico, proponiendo alternativas que coadyuven a obtener y cumplir los objetivos de la Facultad de Medicina.
4 ART. 9o. El Secretario Administrativo tendrá las siguientes funciones: a) Controlar el manejo de los fondos económicos de la Facultad rindiendo informe mensual al Director o cuando sea necesario. b) Llevar el control del personal administrativo y de intendencia. c) Tener el control del mobiliario y equipo de la Facultad con inventario. ART. 10o. Habrá un Coordinador de Enseñanza e Investigación que tendrá el nivel de Secretario. ART. 11o. Para el funcionamiento de la Coordinación de Enseñanza e Investigación habrá tres departamentos cuyos titulares serán: a) Jefe de Enseñanza Básica. b) Jefe de Enseñanza Clínica y de Internado de Pregrado c) Jefe de Servicio Social Universitario y de Pasantes. ART. 12o. El Coordinador de Enseñanza deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Ser médico titulado y tener una especialidad de la carrera de Medicina. b) Ser de reconocida solvencia moral. c) Tener un mínimo de dos años de ejercer su especialidad en una Institución de Salud de reconocida solvencia académica. d) Tener dos años de ser maestro titular de la Facultad. ART. 13o. Las funciones del Coordinador de enseñanza serán:
5 a) Coordinar las actividades de los jefes de departamento asesorándolos y supervisando sus programas de trabajo. b) Intervenir en la selección de alumnos de nuevo ingreso. c) A través de los programas departamentales vigilar cumplimiento de los programas de las diferentes materias. d) Informar al Director de las desviaciones y omisiones en forma mensual. CAPITULO V. DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO ART. 14o. Los Jefes de Departamento deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener una especialidad de las materias que comprenden el ciclo de enseñanza de su responsabilidad. En caso del Jefe del Departamento Social Universitario y de Pasantes, deberá tener especialidad en Salud Pública o Medicina Social o Medicina Familiar. ART. 15o. Son funciones de los Jefes de Departamento: a) Coordinar la elaboración de los programas de enseñanza de las materias de su área y vigilar su estricto cumplimiento. b) Elaborar informe mensual a la Coordinación de Enseñanza del avance de los programas. c) En su caso vigilar en coordinación con la Institución de Salud correspondiente el trabajo y/o los programas de enseñanza de los internos y pasantes. CAPITULO VI. DEL CONSEJO TECNICO CONSULTIVO
6 ART. 16o. El Consejo Técnico Consultivo estará integrado por: a) El director de la Facultad que lo presidirá con voz y voto de calidad. b) El Secretario académico de la Facultad que será el Secretario del Consejo y tendrá voz. c) Un Maestro por cada año académico (dos semestres) con voz y voto. d) Un alumno por cada año académico (dos semestres) con voz y voto. ART. 17o. Los consejeros elegibles deberán tener el 50% más 1 de los sufragios emitidos por el año académico que aspiren representar; la elección deberá recaer en un propietario y en un suplente. ART. 18o. Los Maestros integrantes del Consejo Consultivo deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser Médico titulado b) Ser maestro titular con un mínimo de 2 semestres activos de docencia en la Facultad. ART. 19o. Los maestros consejeros durarán 2 años en su gestión al término del cual podrán ser ratificados por un período igual. ART. 20o. Los alumnos integrantes del Consejo Consultivo deberán tener los siguientes requisitos: a) Ser alumnos regulares de alguno de los dos semestres que representen. b) Tener un promedio superior a 8.4 en los semestres que haya cursado. c) Duraran en su gestión un año al término del cual podrán ser ratificados por un período igual. ART. 21o. Las funciones básicas del Consejo serán:
7 a) Las marcadas en la Ley Orgánica y el Reglamento General de la Universidad. ART. 22o. El Consejo se reunirá cuando menos una vez al mes. CAPITULO VII. DEL PERSONAL ACADEMICO ART. 23o. Los académicos de la Facultad serán nombrados de conformidad con el Reglamento de Personal Académico. ART. 24o. Los catedráticos titulares deberán formar parte de los jurados de exámenes profesionales debiendo observar las formalidades relativas al caso. ART. 25o. Los catedráticos de clase teóricas deberán de impartir las asignaturas en las instalaciones de la Facultad. ART. 26o. Los Académicos tendrán los derechos y obligaciones previstas en la normatividad universitaria. CAPITULO VIII. DE LOS ALUMNOS ART. 27o. Los candidatos a ingresar a la Facultad se ajustarán a las normas establecidas por esta, a más de lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Universidad, su Reglamento General, y el propio del departamento escolar universitario. ART. 28o. Los alumnos procedentes de otras facultades y escuelas de Medicina que soliciten ingreso deberán someterse a las normas y criterios establecidos por la institución. ART. 29o. Los alumnos irregulares solo podrán cursar materias del semestre inmediato superior de acuerdo a la tabla de compatibilidades de la Facultad. ART. 30o. Los alumnos que se inscriban tres veces en una materia y no la aprueben quedarán fuera de la Facultad definitivamente. El mismo tratamiento de exclusión se dará a los alumnos que no aprueben en cuatro oportunidades una materia y a los que excedan diez
8 exámenes extraordinarios en los primeros ocho semestres. Para esta suma se computarán como extraordinarios los ha título de suficiencia. ART. 31o. Los alumnos que por cualquier motivo de los marcados en el artículo anterior queden fuera de otras facultades o escuelas de medicina, no podrán ingresar a esta Facultad. ART. 32o. A los alumnos que habiendo abandonado sus estudios en esta Facultad por más de un año y deseen reingresar, deberán someterse a un examen de evaluación para garantizar la solvencia y permanencia de conocimientos necesarios a la consecución de la carrera y en su caso sujetarse al plan de estudios vigente en la fecha de su reingreso. ART. 33o. Los alumnos que deseen reingresar a esta Facultad después de 3 años de haber abandonado sus estudios tendrán que reingresar al primer semestre cubriendo cubriendo todos los requisitos del Reglamento de Admisión vigente. CAPITULO IX. DE LOS EXAMENES ART. 34o. Los exámenes de la Facultad serán: a) De admisión b) Ordinarios c) Extraordinarios d) A Título de Suficiencia e) Profesionales ART. 35o. El Examen de admisión corresponderá a las materias del curso premédico será escrito y será aceptados los que hayan obtenido las mejores calificaciones de conformidad con las reglas establecidas en la convocatoria correspondiente. ART. 36o. Los exámenes ordinarios podrán ser presentados por los alumnos inscritos en la materia con el 80% de asistencia al curso y la presentación de los exámenes parciales. En las materias de ciclo básico serán escritos, y en las de ciclo clínico y otras que lo ameritan
9 habrá examen prácticos y/o clínicos en presencia de dos sinodales y el catedrático titular de la materia. ART. 37o. Los Exámenes extraordinarios se aplicarán a los alumnos que se encuentren inscritos en la materia y que tengan cuando menos el 60% de asistencia al curso y/o que tengan una calificación superior a 50 en el examen ordinario previo pago de las cuotas que se encuentren vigentes. ART. 38o. La calificación mínima aprobatoria en los exámenes será de 6.0 ART. 39o. El alumno puede solicitar por escrito hasta 48 horas hábiles después de la publicación de los resultados de los exámenes ordinarios, la revisión del resultado obtenido. La revisión del caso se realiza ante el alumno, el profesor del grupo, un alumno representante y el coordinador del ciclo correspondiente. El resultado obtenido puede variar el valor de la calificación y este es inapelable acentandose en el acta correspondiente. Como máximo el alumno solo podrá hacer dos impugnaciones en referencia al semestre que cursa. ART. 40o. Los exámenes a título de suficiencia pueden ser teóricos, orales o escritos y/o prácticos orales con tres catedráticos de la Facultad como jurados. ART. 41o. Para presentar examen a título de suficiencia deberán ser alumnos de la Facultad debidamente inscritos, haber cursado la materia con solicitud por escrito y pagar las cuotas que se encuentren vigentes. ART. 42o. Los exámenes profesionales tendrán las características que se marquen en el Reglamento respectivo vigente. ART. 43o. La División de Estudios de Posgrado será normada por su propio reglamento a más de las disposiciones que le sean aplicables del presente instrumento normativo y de la legislación general de la Universidad. ARTICULOS TRANSITORIOS.- UNICO:- Este reglamento entrará en vigor a los 30 días siguientes a aquel en que sea aprobado por la H. Junta Directiva.
REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO
REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1º.- La División del Doctorado de la Escuela Nacional de Medicina tiene por fines principales los siguientes:
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ
LINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El objeto de los presentes Lineamientos es regular la integración y funcionamiento de las Academias
Más detallesPROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS
PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La Universidad Tecnológica del Sur de Sonora, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas.
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNICO DE FORMACION POLICIAL
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNICO DE FORMACION POLICIAL (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 1994) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Más detallesREGLAMENTO DE PASANTÍA DE LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CONTADURÍA PÚBLICA DEL NÚCLEO UNIVERSITARIO RAFAEL RANGEL. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES Núcleo Universitario Rafael Rangel Departamento de Ciencias Económicas y Administrativas Coordinación de la Carrera Contaduría Pública Coordinación de Pasantías Trujillo REGLAMENTO
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN
INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN REGLAMENTO DE TITULACION EN EL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN 1 Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que
Más detallesANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS
RESOLUCION C.D. Nº 071/08 ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS DEL SISTEMA ARTÍCULO 1 : La Facultad de Ciencias Forestales crea las COORDINACIONES DE CARRERAS, para el seguimiento y actualización
Más detallesREGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales
Más detallesCENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS
CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CONSIDERANDO: - Que el CIESAS es un organismo público descentralizado, con personalidad
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES Y ALUMNOS
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES Y ALUMNOS El Consejo Universitario en sesión del 14 de marzo de 1939, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO I DISPOSICIONES
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE EXAMENES DE LA UJED. ARTICULO 1º. - En la Universidad Juárez del Estado de Durango, los exámenes serán de cinco clases:
REGLAMENTO GENERAL DE EXAMENES DE LA UJED ARTICULO 1º. - En la Universidad Juárez del Estado de Durango, los exámenes serán de cinco clases: I. Ordinarios, que serán sustentados por los alumnos cuando
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE Artículo 1º.- El Departamento Académico de Arte es la unidad de trabajo académico de la Pontificia Universidad
Más detallesNormas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.
Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia CAPITULO I De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos. ARTICULO 1.- El Curso de Maestría en Inmunología es un
Más detallesDEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)
FACULTAD DE VETERINARIA Y DEPARTAMENTO Versión: 01 /22.11. 2012 Página : Página 1 de 9 DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y FUNCIONES (MOF) Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN FEBRERO - 2015 TÍTULO I. Principios, políticas TÍTULO II. Objetivos TÍTULO III. De la estructura organizacional TÍTULO IV. De la admisión y nivelación TÍTULO V. De la
Más detallesCapítulo I Disposiciones generales
Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II REQUISITOS DE REVALIDACIÓN CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO TRANSITORIOS GLOSARIO 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES
Más detallesLineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS. ARTÍCULO l. FUNCIONES
REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS ARTÍCULO l. FUNCIONES El Consejo Técnico Consultivo es el máximo órgano colegiado académico del CIESAS para la asesoría y consulta obligada de la Dirección
Más detallesNORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI
NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las presentes
Más detallesUniversidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,
Más detallesREGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES
REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES ARTICULO PRIMERO.- FINALIDAD TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I
Más detallesBASES DEL LLAMADO A ASPIRACIONES PARA FORMADORES EN LA ENSEÑANZA DE LA EXPRESIÓN CORPORAL (EDUCACIÓN ARTÍSTICA) DE LA FORMACIÓN EN SERVICIO DEL CEIP I
BASES DEL LLAMADO A ASPIRACIONES PARA FORMADORES EN LA ENSEÑANZA DE LA EXPRESIÓN CORPORAL (EDUCACIÓN ARTÍSTICA) DE LA FORMACIÓN EN SERVICIO DEL CEIP I. Objeto del llamado El Consejo de Educación Inicial
Más detallesANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión.
ESTATUTOS DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CIENCIAS A QUE SE REFIERE EL ACUERDO PRESIDENCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 24 DE ENERO DE 1989 ANTECEDENTE El 24 de enero de 1989 se publicó
Más detallesREGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el
Más detallesEcon. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática
Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática 2013 OBJETIVOS El presente ordenamiento tiene por objeto regular las diferentes actividades y las competencias que corresponde
Más detallesREGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES
REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES ARTICULO PRIMERO.- FINALIDAD. TITULO I GENERALIDADES CAPITULO
Más detallesSECRETARÍA ACADÉMICA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MOF - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Página : Página 1 de 8 SECRETARÍA ACADÉMICA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MOF - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Elaboración:
Más detallesCentro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesEstos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.
Requisitos Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos de ingreso Los aspirantes a ingresar a alguna de las
Más detallesUNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS ENERO 2016 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Condición de egresado 3 TÍTULO III Grado académico de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional
Más detallesDirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento
Más detallesUniversidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina. División de Estudios de Posgrado
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina División de Estudios de Posgrado Lineamientos Operativos de los Cursos de Posgrado de Alta Especialidad en Medicina Este documento obedece a
Más detallesNormativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial
Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Estas normas están referidas al Reglamento de Titulación, aprobado por el
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO.
EL C. P. RICARDO ARMANDO REBOLLLO MENDOZA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE GÓMEZ PALACIO, DGO., A LOS HABITANTES HACE SABER: QUE EL PROPIO AYUNTAMIENTO, CON FUNDAMENTO
Más detallesRequisitos de ingreso Cumplir con lo estipulado en el Reglamento General de Servicios Escolares de la Universidad Autónoma de Sinaloa.
5.1 Proceso de admisión Requisitos de ingreso Cumplir con lo estipulado en el Reglamento General de Servicios Escolares de la Original y copia de: Título de licenciatura en el área de ciencias de la salud
Más detallesPROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES
PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de
Más detallesCREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I
138 CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0018662 de 21 de noviembre de 2000 1. Apruébase la creación del
Más detallesMAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA
MAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA Entidades académicas participantes: Facultad de Psicología, Facultad de Estudios Superiores Iztacala, Facultad de Estudios Superiores Zaragoza. Entidades afines: Instituto
Más detallesPROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS
COMISIÓN DE BECARIOS PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS Elaborado por la Subdirección de Docencia Revisado por la Dirección Académica e integrantes de la Comisión de
Más detallesBENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA FACULTAD DE MEDICINA
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA FACULTAD DE MEDICINA SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS DE POSGRADO COORDINACIÓN DE ESPECIALIDADES MÉDICAS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LAS RESIDENCIAS MÉDICAS
Más detallesSecretario General DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: MISIÓN DEL PUESTO
Secretario General DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: HORARIO DE TRABAJO Secretario General Confianza Edificio principal
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DE MONITORÍAS
CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DE MONITORÍAS INTRODUCCIÓN Se aprueba y se adopta el presente Reglamento Interno de Monitorías con el fin de posibilitar la adecuada implementación de este recurso
Más detallesNORMAS DE CONTROL ESCOLAR
Objetivo Establecer las normas aplicables para todos los estudiantes inscritos en planteles del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada, con la finalidad de dar seguimiento a su trayectoria académica
Más detallesReglamento General de Exámenes
Reglamento General de Exámenes 7 Reglamento General de Exámenes CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. El conocimiento de las asignaturas que se imparten en las escuelas y facultades de la Universidad
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs Reglamento para la Evaluación y Certificación de los Aprendizajes y Competencias del
Más detallesBASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL
BASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL En sesión de Consejo Académico de la Universidad Santa María-Campus Guayaquil, celebrada
Más detallesFunciones de los integrantes del Área de Servicios Escolares
Funciones de los integrantes del Área de Servicios Escolares Funciones del Jefe de Proyecto de Servicios Escolares Realizar la administración escolar integral requerida por el Campus, de conformidad con
Más detallesLa Universidad Nacional Autónoma de México. a través del. Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería
La Universidad Nacional Autónoma de México a través del Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería Con el objetivo de formar investigadores con una sólida formación profesional, científica y metodológica,
Más detallesarquitectura INSTRUCTIVO DE PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO EN LAS OPCIONES DE TITULACIÓN
arquitectura INSTRUCTIVO DE PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO EN LAS OPCIONES DE TITULACIÓN Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Arquitectura ÍNDICE Introducción / 3 a) Titulación por tesis o
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud Maestría en Rehabilitación Neurológica (Área de Salud Infantil y Prevención de Secuelas del Desarrollo)
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ
ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesREGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado
REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el
Más detallesCONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
Más detallesLa Universidad Nacional Autónoma de México. a través del. Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería
La Universidad Nacional Autónoma de México a través del Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería Con el objetivo de formar investigadores con una sólida formación profesional, científica y metodológica,
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL
ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO/ ADMISIONES Revisó: Director de y Registro Académico Coordinador de Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 8 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 2004 Resolución
Más detallesREGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010.
UNIVERSIDAD TÉCNICA FEDERICO SANTA MARÍA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i
REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i CAPÍTULO I GENERALIDADES Art. 1 El Departamento de Bienestar Estudiantil es la unidad administrativa responsable del manejo de créditos educativos y pagos
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO DIVISIÓN DE UNIVERSIDAD ABIERTA CONVOCATORIA
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTS. 22 DEL REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES, 14 INCISO d) Y 16 DEL REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES, 9º DEL REGLAMENTO DEL ESTATUTO DEL SISTEMA UNIVERSIDAD ABIERTA Y EDUCACIÓN
Más detallesInstrumento para determinar la Evaluación Favorable, con base en el artículo 98, Fracciones IV del RIPPPA.
NOMBRE DEL PROFESOR ID UNIDAD ACADÉMICA SEDE/MUNICIPIO DEPARTAMENTO O ACADEMIA FECHA a) La evaluación del cumplimiento de las funciones y actividades académicas, estará dirigida al personal académico con
Más detallesANEXO NO. 7 REGLAMENTO COMITÉ DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO
ANEXO NO. 7 REGLAMENTO COMITÉ DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO CAPÍTULO I ESTRUCTURA PARA LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL EN EL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA Artículo 1 - Estructura organizacional.-
Más detallesConsejo Directivo. CONSIDERANDO: Que el Punto 1 de las mismas establece la integración de los Comités de
RESOLUCIÓN Nº 098-11 1 SANTA ROSA, 15 de abril de 2011 VISTO la Resolución Nº 001-11 por la cual el establece las Pautas para la integración y funcionamiento de los comités de selección para la evaluación
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA Facultad de Ciencias Administrativas. Administrador. Director
Página : 1 de 5 Ubicación del puesto:, Mexicali. Unidad Rio Nuevo. Nivel del puesto: IV Jefe inmediato: Director Subordinados inmediatos: Contactos permanentes: Responsable del Sistema de Información Académica.
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES
I. Primer ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a sus estudiantes tomando en cuenta el grado de capacitación académica y las condiciones
Más detallesReglamento de Opciones de Evaluación Profesional de la Universidad Autónoma del Estado de México
Reglamento de Opciones de Evaluación Profesional de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE OPCIONES DE EVALUACIÓN PROFESIONAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
Más detallesDECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA
DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización
Más detallesDecreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. D.O.F. 31 de agosto de 1981
Decreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. D.O.F. 31 de agosto de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
Más detallesManual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental
Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental Gerencia de Recursos ENERO 2010 Í N D I C E I.- Presentación. 3 II.- Marco Legal. 3 III.- Objetivos del Comité
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO
REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE
Más detallesANEXO NO. 8 BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
ANEXO NO. 8 BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Objeto.- El presente reglamento tiene por objeto
Más detallesDOCTORADO EN INGENIERÍA
Con el objetivo de formar investigadores con una sólida formación profesional, científica y metodológica, propiciar la elevación del nivel de la enseñanza y la investigación y formar grupos trabajo de
Más detallesINTERRELACIÓN CON OTRAS ÁREAS DE LA ENAP
INTERRELACIÓN CON OTRAS ÁREAS DE LA ENAP Área Dirección Secretaría General Secretaría Académica Secretaría Administrativa Secretaría de la Dirección y Planeación Sede Taxco Requieren del DAE. Informes
Más detallesManual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Convocatorias para Licitación Pública y de Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIAS A LICITACIÓN PÚBLICA Y DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ Abril de 2012
Más detallesESCUELA DE POSGRADO. (Aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2008)
ESCUELA DE POSGRADO (Aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2008) Artículo 1. Objeto La Escuela de Posgrado de la Universidad de Granada tiene por objeto la gestión y coordinación
Más detallesREGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE
REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE (Reforma Integral aprobada en sesión 3081-04, 16/04/1984. Publicada en el Alcance a La Gaceta Universitaria 06-1984, 08/05/1984) I. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO BASES DE CONCURSO DE ASCENSOS PARA SERVIDORES ADMINISTRATIVOS CALLAO 1 BASES ADMINISTRATIVAS PARA EL CONCURSO INTERNO DE MERITOS PARA ASCENSO DEL SERVIDOR ADMINISTRATIVO
Más detallesREGLAMENTO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIENTIFICAS DE TECNOLOGIA MEDICA DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU CAPITULO I GENERALIDES CAPITULO II
REGLAMENTO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIENTIFICAS DE TECNOLOGIA MEDICA DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU CAPITULO I GENERALIDES CAPITULO II DE LOS FINES CAPITULO III DE LA CONFORMACION CAPITULO IV
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO
CGU-REGL.-13 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL NOMBRAMIENTO POR RESOLUCIÓN PARA EL SECTOR DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ
Más detallesCONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016
6, XXXV Aniversario del CONVOCATORIA PARA CURSOS DE VERANO 2016 La Subdirección Académica del a través de la División de Estudios Profesionales te invita a participar en los Cursos de Verano 2016. OBJETIVO
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO Quito, 16 de octubre de 2014 CONTENIDOS A. El Examen de Grado de Carácter Complexivo
Más detallesREGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS
REGLAMENTO DE EXÁMENES PREPARATORIOS El Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, en ejercicio de la atribución consagrada en el Capítulo V, numeral 89 del Reglamento
Más detallesDescripción. Objetivo. Perfil de ingreso
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades Área Académica de Sociología y Demografía Licenciatura en Planeación y Desarrollo Regional Descripción El Desarrollo
Más detallesFUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD
REGLAMENTO PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS Con el objetivo de establecer directrices institucionales que permitan cumplir con el Programa Nacional de Bilingüismo 2004-2019 que el Ministerio de Educación
Más detallesFACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y
FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y coordinar la política fiscal del ayuntamiento, previo acuerdo
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS 1997-I TACNA - PERU REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS DE LA ESCUELA PROFESIONAL
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA
EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Régimen Académico del Sistema Nacional de Educación Superior en el Art. 18 establece que el crédito es una unidad de tiempo
Más detallesDESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: Jefe del Departamento de Documentación
Más detallesMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA
REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1: La Pasantía es aquella actividad curricular, que como requerimiento académico, comprende un conjunto de actividades de formación
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DEL PROGRAMA DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA UNIDAD REGIONAL CENTRO HERMOSILLO.
REGLAMENTO INTERNO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DEL PROGRAMA DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA UNIDAD REGIONAL CENTRO HERMOSILLO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Art.1 Art. 2 Art.3 El nombre
Más detallesCONVOCATORIA A PRE INSCRIPCIÓN PARA EL PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE CARRETERAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIVERSIDAD DE NARIÑO CONVOCATORIA A PRE INSCRIPCIÓN PARA EL PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE CARRETERAS PROGRAMA DE INGENIERÍA CIVIL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA CIVIL
Más detallesRégimen Jurídico del Gasto Público y del Presupuesto
GUÍA DOCENTE 2013-2014 Régimen Jurídico del Gasto Público y del Presupuesto 1. Denominación de la asignatura: Régimen Jurídico del Gasto Público y del Presupuesto Titulación Graduado o Graduada en Ciencia
Más detallesP R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS
P R O P U E S T A D E REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO DE LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS EN EL MARCO DEL NUEVO MODELO ACADÉMICO UAZ
Más detallesLlamado a Concurso del CECyT
Prorroga Llamado a Concurso del CECyT Cargo: Consejo Asesor 1 Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Consejo Asesor del CECyT por un período de dos años desde su designación
Más detalles