IDEA Modernización - Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía

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1 IDEA Modernización - Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía Novedad Organismo concedente Contexto y objetivos Beneficiarios Modalidades de apoyo Detalle de modalidades de apoyo Criterios de valoración Vigencia y plazos Referencia legal Información y solicitud Documentación y modelos Preguntas frecuentes Novedad Se flexibiliza el concepto de innovación, ampliándolo a innovaciones de tipo no tecnológico. Se crea la categoría de proyectos de Desarrollo empresarial, diseñada para apoyar el crecimiento empresarial con independencia de la localización territorial del proyecto. Asimismo, se sustituyen las subcategorías de proyectos por características adicionales y se incluyen cuatro nuevos tipos: los proyectos que asuman personal desempleado procedente de empresas en situación de crisis o que lo hayan estado en los últimos tres años ; los proyectos de empresas que acrediten actuaciones en materia de Responsabilidad social corporativa; los proyectos de modernización de empresas que presenten un plan de igualdad de género o que contemplen actuaciones que fomenten la igualdad de género y/o introduzca la Perspectiva de género y los proyectos que acrediten actuaciones en materia de eco-innovación. Se simplifican los tipos de incentivos que se concretan en: incentivos directos en forma de subvenciones, ayudas reembolsables, bonificaciones de tipos de interés y préstamos participativos Organismo concedente Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA Contexto y objetivos El Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía tiene como objetivo fundamental apoyar los proyectos y actuaciones de empresas que introduzcan elementos innovadores en su trabajo, en cualquiera de sus formas y favorezcan la creacion de nuevas empresas, así como los proyectos empresariales que coadyuven a la creación de riqueza y a la convergencia económica con el resto de las regiones españolas y de la Unión Europea. Dentro de este programa, la Agencia IDEA apoya los proyectos de Modernización de empresas, Son proyectos de empresas ya existentes, que incorporen mejoras sustanciales en sus productos, procesos o servicios, organización o modelo de negocio o que coadyuven al desarrollo empresarial mediante la ampliación de las capacidades existentes o el incremento de la productividad o el valor añadido de los productos y/o servicios. Las categorías de proyectos incentivables de Modernización de empresas son las siguientes: Proyectos de empresas de base tecnológica (EBT) y/o innovadora (EBI): La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

2 Especialmente, se incluirán en esta categoría los proyectos CAMPUS, que son los correspondientes a empresas de base tecnológica generados en el entorno de las Universidades, Centros de Innovación y Tecnología y otras entidades de investigación. A los efectos de su inclusión en esta categoría, se considerarán empresas de base tecnológica (EBT) y empresas de base innovadora (EBI) aquellas que cumplan los siguientes requisitos: a) Empresa de Base Tecnológica (EBT): Aquella que tenga como fin explotar nuevos productos y/o servicios a partir de resultados de la investigación científica y tecnológica, con capacidad para generar y transferir tecnología, siendo ésta la base de su ventaja competitiva y de su actividad empresarial. b) Empresa de Base Innovadora (EBI): Es aquella creada a partir de la innovación en productos, procesos nuevos métodos de comercialización o nuevos métodos organizativos. Las empresas que basan su negocio en la explotación de un proceso, producto, servicio o método de comercialización nuevo o un nuevo método organizativo, bien fruto de un desarrollo propio o ajeno, con independencia de que esta innovación tenga o no procedencia tecnológica. Proyectos de innovación: Son proyectos de Creación o Modernización que incorporan innovaciones tecnológicas de proceso, producto o servicio, o no tecnológicas [de marketing o de organización], de manera que construyen ventaja competitiva y diferenciación al menos a nivel regional. Se considerarán proyectos de innovación dentro de la línea de creación de empresas a aquéllos que supongan bien la introducción de un nuevo producto o servicio o de un producto o servicio significativamente mejorado, bien la aplicación de un nuevo o mejorado proceso de producción, o bien de un nuevo método de comercialización o de organización de manera que den lugar a una mejora de la productividad y de la competitividad y de diferenciación en relación a su ámbito de referencia. Proyectos que incorporen TICs: Son proyectos de implantación de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) que repercutan de forma directa en la competitividad de las empresas al incorporar TIC a los productos y/o servicios ofrecidos al mercado o cuando modifiquen de forma significativa los procesos empresariales para hacerlos más eficaces, más productivos y mejor adaptados a las demandas de su entorno. No se considerarán proyectos de esta categoría los que consistan en adquisición de equipamientos que se dediquen exclusivamente a la producción. En este apartado se tendrá en cuenta la dimensión de la empresa para valorar la importancia del proyecto que plantea. Proyectos de desarrollo empresarial: Son proyectos de creación de empresas que tengan como finalidad la creación de un nuevo establecimiento que contribuya a la potenciación de la estructura productiva industrial con la incorporación de un importante valor añadido y con impacto significativo en la creación de empleo. Se apoyarán proyectos cuya aportación sea importante en la creación de empleo estable o en la articulación de un territorio con escaso tejido productivo, que aporten valor añadido neto o mejoren la productividad empresarial y que la tecnología de sus procesos o la gama de sus productos y servicios satisfagan las demandas actuales del mercado. Proyectos de servicios avanzados: Son aquellos proyectos que tengan como finalidad la incorporación del diseño, la calidad y seguridad, y otros servicios avanzados. a) Diseño. Proyectos que tengan como finalidad la incorporación, asimilación o aplicación de técnicas de diseño en las empresas: diseño de productos y/o servicios nuevos o la mejora sustancial de los existentes; La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

3 diseño dirigido a la mejora de la comercialización, promoción y comunicación de productos y servicios; diseño de identidad corporativa; generación de marcas, envases y embalajes; diseño electrónico; y diseño de elementos de comunicación. b) Calidad y Seguridad. Proyectos que tengan como finalidad la mejora de la seguridad y la calidad: inversiones destinadas a la adaptación y mejora de las condiciones de seguridad de los equipos, procesos e instalaciones industriales; implantación de sistemas de gestión de la seguridad industrial; implantación y certificación de sistemas de aseguramiento de la calidad conforme a normas de calidad establecidas; implantación y certificación de sistemas integrados de gestión (calidad, medioambiente y prevención de riesgos laborales en colaboración con los representantes legales de los trabajadores en la empresa) y de sistemas de gestión de I+D+I; implantación y desarrollo de infraestructuras para la calidad y seguridad industrial en actuaciones ligadas a la acreditación, normalización, auditoría, inspección, certificación, laboratorios de ensayos y de calibración; realización de diagnósticos, análisis y memoria basados en criterios establecidos en el modelo de EFQM; implantación y certificación de otras normas ISO o UNE siempre que se refieran a aspectos que no sean de obligado cumplimiento y que supongan una mejora de la competitividad de la empresa. c) Otros Servicios Avanzados. Proyectos de contratación de servicios avanzados que permitan mejorar el proceso de toma de decisiones de la empresa mediante: asesoramiento sobre nuevas vías de negocio, organización y/o funcionamiento de las empresas; asesoramiento sobre nuevos sistemas de gestión empresarial e innovación de procesos; desarrollo de protocolos de responsabilidad social corporativa; desarrollo de protocolos familiares de sucesión de empresas; desarrollo de planes de igualdad; y cualquier otro servicio avanzado que se considere de interés en las áreas de recursos humanos, ventas, producción, planificación, aprovisionamiento, clientes y finanzas. También se incluirán proyectos de contratación de servicios avanzados que tengan como finalidad las distintas fases de aproximación de las empresas para acceder al Mercado Alternativo Bursátil. En concreto serán subvencionables el sondeo inicial donde se realizará una evaluación de la empresa para decidir si reúne las condiciones mínimas para abordar el inicio del proceso, el estudio en profundidad y preparación de acceso definitivo previo a la colocación de los títulos en el mercado y el proceso de colocación y presentación a inversores. Proyectos altamente generadores de empleo: Son proyectos que tengan como finalidad la creación de un nuevo establecimiento que contribuya a la potenciación de la estructura productiva industrial o supongan una importante ampliación de la capacidad de producción y/o un incremento significativo de la productividad y que contribuyan a la creación de empleo, en términos de aumento neto de puestos de trabajo, por cada euros de inversión incentivable. Provisión de espacios productivos, del conocimiento y de servicios a las empresas: Son proyectos que consistan en la adquisición de naves industriales o espacios en Centros de Servicios Empresariales y Avanzados construidos en los espacios productivos y del conocimiento para la implantación de su actividad. Se considerarán tres tipos de actuaciones: a) Actuaciones conjuntas: Son actuaciones integradas de base territorial o sectorial. Su objetivo es facilitar, mediante una acción colectiva, la implantación de empresas en suelos productivos y/o del conocimiento, mediante la adquisición de instalaciones. articularán conforme al Programa de Actuaciones Conjuntas de Naves en Espacios Productivos y de aquellas otras susceptibles de fomentar la localización empresarial en espacios de innovación y otros emplazamientos de interés estratégico. En todo caso, éstas deberán comprender en su definición un número no inferior a cinco naves y se instrumentarán a través de Convenios con los Ayuntamientos a los que podrán incorporarse otros agentes que intervengan como facilitadores de la actuación. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

4 b) Actuaciones individuales: Proyectos de pequeñas y medianas empresas que consistan en el traslado desde casco urbano o zona industrial no programada a suelos productivos y/o del conocimiento. Podrán asimismo acceder mediante una acción individual empresas singulares que, por sus condicionantes de localización o necesidad de superficie, requieran de la adquisición de instalaciones. c) Centros de servicios empresariales y avanzados: su objetivo es incentivar la instalación o el traslado de empresas de servicios u otras actividades avanzadas con usos compatibles, en Parques Tecnológicos, Parques de Innovación Empresarial y otros espacios productivos de interés estratégico que carezcan de esta figura o en los que se constate la existencia de una demanda real y efectiva no satisfecha, a través del incentivo a la adquisición del espacio que necesiten Las Características Adicionales del los Proyectos son las siguientes: Localizados en Parques Científico-Tecnológicos y Parques de Innovación Empresarial Pertenecientes a sectores preferentes y/o cluster Vertebradores e integradores de sectores económicos Empresas de economía social Proyectos promovidos mayoritariamente por jóvenes y/o mujeres Localizados en municipios de baja actividad económica Proyectos que asuman personal desempleado Proyectos que promuevan la conciliación de la vida familiar y laboral Proyectos de empresas que acrediten actuaciones en materia de RSC Proyectos de Eco-innovación Proyectos de empresas que presenten un plan de igualdad de género o que contemplen actuaciones que fomenten la igualdad de género y/o introduzca la perspectiva de género Beneficiarios Los beneficiarios de los incentivos serán las empresas, especialmente las PYMES preferentemente del sector industrial y servicios de apoyo a la industria, que vayan a realizar un proyecto en Andalucía, atendiendo a los siguientes criterios: a) Tamaño: las empresas podrán ser de cualquier tamaño; Grande (No Pyme), Mediana o Pequeña (según la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas). b) Forma jurídica: Organismos (Podrán ser beneficiarias las asociaciones de empresas y las fundaciones que tengan relación con el ámbito empresarial cuando actúen como empresa. En general se considerará que actúan como empresa cuando realicen una actividad económica, entendiendo como tal aquella que tiene como fin prestar bienes o servicios a cambio de una remuneración. También podrán ser beneficiarias las agrupaciones (clúster) innovadoras). Empresas no Societarias (No podrán ser beneficiarios de préstamos participativos). Empresas Societarias (Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades Laborales, Sociedades Cooperativas, Sociedades Comanditarias, no podrán beneficiarse las Sociedades Civiles, ni las Comunidades de Bienes, ni las Sociedades Agrarias de Transformación). Uniones Temporales de Empresa (Las Uniones Temporales de Empresas sí pueden ser beneficiarias, a pesar de no tener personalidad jurídica propia. En este caso se presentará una sola solicitud con un contrato entre las partes en el que se designe un apoderado único en conjunto de solicitantes, con poderes bastantes La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

5 para cumplir las obligaciones que como beneficiario le corresponda. En la resolución habrá que reflejar como beneficiarios a cada una de las empresas que forman la UTE y su participación en ella). Agrupaciones de Interés Económico No podrán ser beneficiarias las empresas en crisis. En consecuencia, una empresa no puede ser simultáneamente beneficiaria de la Orden de Incentivos y de la Orden de empresas viables con dificultades coyunturales. Una empresa beneficiaria de ayudas de la Orden de empresas viables necesitará demostrar que ha superado las dificultades coyunturales para ser beneficiaria de la Orden de Incentivos. c) Sector de actividad: En principio, se puede ser beneficiario de los incentivos cualquiera que sea el sector de actividad dónde se vaya a desarrollar el proyecto, con las excepciones y limitaciones que se indican a continuación Sectores excluidos: no podrán recibir incentivos los proyectos de empresas pertenecientes a la industria del carbón, siderurgia y fibras sintéticas, ni los proyectos de empresas de sector transporte. Se entenderá por sector transporte todas las actividades que están en la sección H del CNAE 2009 TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO. No obstante, las empresas de almacenamiento y actividades anexas al transporte también podrán ser beneficiarias de incentivos si el proyecto puede encuadrarse en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) núm. 800/2008 de la Comisión (Reglamento General de exención por categorías) Sectores regulados por normativa específica: Los incentivos que se concedan a las empresas con proyectos en sectores regulados por normativa comunitaria específica, tales como, construcción naval y producción audiovisual, estarán sujetos a lo dispuesto en la normativa comunitaria que les afecte. En el Sector agroalimentario: Queda expresamente excluida la concesión de incentivos a los proyectos de producción primaria (cultivos) de productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea) y a los proyectos pertenecientes al Sector pesquero y acuícola. Sí se podrán conceder incentivos a los proyectos de transformación y comercialización de productos agrícolas, en la medida de que el producto final obtenido no esté incluido en el citado Anexo I. A estos efectos se entenderá por producto agrícola los productos comprendidos en el Anexo I del Tratado, los productos del corcho y los que imitan o sustituyen a la leche o a los productos lácteos (productos que pueden confundirse con ellos pero cuya composición se diferencia en que contienen grasas o proteínas de origen no lácteo), excluidos los productos de la pesca y la acuicultura. En el Sector minero, los proyectos de producción extractiva del sector minero, sólo serán incentivables cuando generen una transformación del material extraído en productos de valor añadido y/o incorporen medidas para una adecuada protección ambiental y de seguridad con los trabajadores. d) Las Condiciones que tienen que cumplir los proyectos Deben ser técnica, económica y financieramente viables. No pueden ser proyectos presentados por empresas en crisis. El proyecto no puede constituir para las empresas una actividad permanente o periódica ni estar relacionada con los gastos de funcionamiento normales de las mismas. Aquéllos que supongan la realización de inversiones no podrán iniciarse hasta que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía haya notificado por escrito al solicitante que el proyecto, cumple en principio las condiciones establecidas para poder ser considerado incentivable, sin que ello prejuzgue el sentido de la resolución que finalmente se adopte. El resto será susceptible de incentivarse siempre que los mismos no se hubiesen iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud, situación sobre la que aportarán una declaración expresa responsable. Se entenderá por inicio de las inversiones, inicio del proyecto o inicios de los trabajos, o bien el inicio de los trabajos de construcción en la inversión, o bien el primer compromiso en firme para el pedido de equipos. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

6 Los trabajos preparatorios, como la realización de estudios previos de viabilidad, no se considerarán inicio de las inversiones, inicio del proyecto o inicio de los trabajos. En el caso de que los proyectos se hubieran iniciado antes de haberse cumplido las condiciones establecidas en el primer párrafo de este subapartado, la totalidad del proyecto no podría optar a la ayuda. Cuando en la resolución de concesión así lo establezca o cuando la actuación haya sido incentivada en la categoría de Proyectos altamente generadores de empleo, el beneficiario deberá mantener el empleo creado con el proyecto incentivado y/o el existente en la empresa por un período de tres años si se trata de una Pyme o de cinco años si es una gran empresa, a contar desde la fecha de la finalización de la ejecución y acreditar en la justificación y seguimiento de los incentivos la creación y el mantenimiento de empleo correspondiente. Modalidades de apoyo Con carácter general el Programa de incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial en Andalucía contempla las siguientes opciones de instrumentos de apoyo. Estas opciones se aplicarán de forma específica en función de cada subprograma específico y de cada proyecto empresarial: a) Incentivo directo a fondo perdido. b) Incentivos reembolsables c) Bonificaciones de tipo de interés d) Préstamos participativos Intensidad de los Incentivos Con carácter general hasta el 35%, con la excepción de los proyectos de Incorporación de TICs y Servicios Avanzados, en los que el máximo es del 40%, estos porcentajes podrán incrementarse en función de las características adicionales del proyecto y de la empresa. Las intensidades máximas habrá que entenderlas con todas las ayudas concurrentes. Incompatibilidad entre Incentivos Para el proyecto se podrán solicitar tantas modalidades de incentivos como se consideren adecuadas y necesarias para la financiación del proyecto, no existiendo ninguna incompatibilidad entre ellas. Detalle de modalidades de apoyo Instrumentos de apoyo: Incentivo directo a fondo perdido: Consisten en la entrega de una cantidad obtenida como un porcentaje de la inversión y/o gasto considerado incentivable que no hay que devolver. Incentivos reembolsables: Consisten en la entrega de una cantidad que habrá que devolver. Son préstamos al 0% de tipo de interés, Plazo máximo: entre 5 y 10 años, Carencia máxima: 2 años. Importe máximo: El 75% de la inversión incentivable, Garantías: Se tendrán que aportar garantías suficientes. Bonificaciones de tipo de interés: Disminución del tipo de interés de préstamos utilizados para financiar los proyectos. Esta disminución se realizará aplicando el importe del incentivo a la amortización de capital de La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

7 los préstamos. Se aplicarán las condiciones del Convenio Junta de Andalucía Entidades Financieras que esté vigente. Préstamos participativos: Préstamos con la garantía del propio proyecto y con la deuda subordinada a todos los demás acreedores comunes. Para poder amortizarlos anticipadamente hay que hacer una aportación de capital social por un importe equivalente. Se aplicarán solamente a proyectos CAMPUS. Conceptos de inversión o de gasto incentivables: Terrenos (Se establece un precio máximo por metro cuadrado. El coste incentivable de los terrenos no podrá superar el 10% de la Inversión total incentivable del proyecto). Traídas y acometidas de servicios, Urbanización, Naves y Construcciones (Para estas partidas se establecen unos precios máximos). Bienes de equipo de procesos. Bienes de equipo auxiliares (De los elementos de transporte exterior únicamente será incentivable el importe de la adaptación de los mismos a las necesidades específicas de la empresa). Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general. Adquisición y tratamiento de software (Se aceptará, tanto la adquisición de software bajo licencia, como el desarrollado a medida. No se considerará incentivable la adquisición de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos y de aplicaciones de ofimática. Tampoco serán incentivables los gastos internos de personal utilizado en el desarrollo de las herramientas informáticas). Planificación, ingeniería y dirección facultativa (Para las NO PYMES no serán incentivables los gastos de planificación, ingeniería y dirección facultativa). Otras inversiones en activos fijos materiales necesarias para el proyecto (Las que se consideren necesarias para el proyecto no incluidas en los apartados anteriores). Inversiones en activos fijos inmateriales (Adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados). Gastos de constitución y de primer establecimiento (Para las NO PYMES no será incentivable este concepto al tratarse de un gasto). Auditoría de justificación de proyectos (Para las NO PYMES no será incentivable este concepto al tratarse de un gasto. No podrá sobrepasar el 5% de la inversión incentivable con un importe máximo de euros.). Otras inversiones en activos fijos materiales (Las que se consideren necesarias para el proyecto no incluidas en los apartados anteriores) Inversiones en activos fijos inmateriales (Adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.) No serán incentivables los siguientes conceptos: El Impuesto sobre el valor añadido (IVA) (Salvo en los supuestos de entidades sin ánimo de lucro para los que podrá considerarse incentivable el IVA no recuperable). Los gastos financieros producidos como consecuencia de la inversión (Excepto en el caso de la bonificación de intereses en los incentivos a la inversión, aunque estos gastos financieros no formarán parte de la base incentivable. Sí serán incentivables en los incentivos a pequeñas empresas de reciente creación). Gastos de garantías bancarias (Excepto en el caso de las bonificaciones del coste del aval) Maquinaras y bienes usados (Salvo para las PYMES, siempre que se adquieran en condiciones de mercado y deduciendo aquellos activos para cuya adquisición el transmitente hubiera recibido incentivos. En cualquier caso, la consideración de este concepto tendrá carácter excepcional.) Toda clase de impuestos, transporte y aranceles. Así como las inversiones de reposición o mera sustitución Los gastos que tengan carácter continuo o periódico (Se entenderán como tales, los gastos que se destinen a la financiación de gastos de funcionamiento habituales de la empresa, así como los destinados a la exportación entendiendo por estos últimos todos los incentivos directamente asociados a las cantidades La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

8 exportadas, al establecimiento y al funcionamiento de una red de distribución o a los gastos corrientes derivados de la actividad exportadora.) Los costes internos de personal utilizado en el desarrollo de las herramientas informáticas. Los costes de licencias informáticas en sistemas operativos y aplicaciones de ofimática (Las licencias informáticas de sistemas operativos y aplicaciones de ofimática. Sí serán incentivables el resto de licencias informáticas). Criterios de valoración Para valorar los proyectos se tendrán en cuenta los elementos que se definen a continuación. De igual forma en los proyectos susceptibles de cofinanciarse con el Programa Operativo FEDER Andalucía deberán cumplirse los criterios de selección de las operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento del citado programa. 1 Innovación: Se valorará el carácter innovador del proyecto en base a lo que suponga respecto al desarrollo de nuevos productos, procesos y/o servicios con una clara diferenciación positiva frente a los de la competencia. Se valorará más alto la innovación en nuevos productos y/o servicios. En los proyectos de I+D+I se tendrá en cuenta el grado de novedad que supondrán los resultados del proyecto, en caso de finalización con éxito y la integración de los resultados en el negocio de la empresa. 2 Tecnología: Se valorará el nivel tecnológico de la empresa antes y después del proyecto en relación con las áreas de tecnología de producto/servicio, tecnología de procesos, tecnologías de la información y la comunicación y tecnología medioambiental. Cuando se trate de un proyecto de creación se comparará el nivel tecnológico con la media de las empresas de su competencia. 3 C reación de empleo: Se valorará el número de empleos estables creados en relación con el importe de la inversión incentivable. 4 Medioambiente: Se valorará, por un lado, la situación medioambiental en que se encuentra la empresa y, por otro, la nueva situación en que se encontrará cuando se finalice el proyecto, teniendo en cuenta la sostenibilidad medioambiental. En los proyectos de creación se comparará con las empresas de su sector y/o entorno. 5 Insumos de procedencia regional: Se valorará la utilización de materias primas u otros factores productivos que tengan origen regional y especialmente local. 6 Incremento de productividad: Se valorará relacionando el valor añadido bruto dividido por el número de trabajadores antes y después de la realización del proyecto. 7 Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC): Se valorará que la incorporación de estas tecnologías permita incrementar el nivel de madurez tecnológica de la empresa y la mejora de su competitividad. 8 Incorporación de servicios avanzados: Se valorará la influencia que el servicio contratado pueda tener en la competitividad de la empresa. 9 Ubicación en espacios productivos: Se valorará especialmente el que se realice mediante una actuación conjunta. Si es una actuación individual se tendrá en cuenta la creación de empleo, el valor añadido de la empresa y los insumos de procedencia regional. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

9 10 Grado de colaboración Ciencia-Tecnología-Empresa: Se valorará el grado de colaboración con organismos públicos o privados de investigación, la participación en programas regionales, nacionales o europeos de investigación y la cooperación con otras empresas de su sector o auxiliares. 11 Capacidad en I+D+I: Se valorará la capacidad que la empresa tiene de desarrollar actividades de I+D+I, teniendo en cuenta sus antecedentes en este sentido y las que se le plantean a partir del nuevo proyecto. 12 Alineación con objetivos del Parque Tecnológico: Se valorará que las actividades de I+D+I que plantea la empresa estén alineados con el sector de actividad en el que se especializa ese Parque Tecnológico. 13 Contribución al sector o cluster: Se valorará la relevancia de la empresa dentro de su sector y/o cluster y la importancia que el proyecto puede suponer para el mismo y cómo contribuyen a su articulación y desarrollo. 14 Grado de cooperación: Se valorará el nivel de cooperación que se plantea con clientes, proveedores, con empresas del sector y/o cluster o del entorno y grado de desarrollo que alcanza la cooperación (acuerdo puntual, colaboración, cooperación, alianza). En proyectos de I+D+I se valorará también el intercambio de conocimientos, la intensidad de participación de Pymes en el proyecto de cooperación, el reparto de los resultados del proyecto y la comercialización conjunta del mismo. 15 Contratación de trabajadores de empresas en crisis: Se valorará el número de trabajadores que se vayan a contratar procedentes de empresas en situación de crisis actual o extrabajadores de empresas que se hayan encontrado en esa situación en los últimos tres años y que estén en situación de desempleo. 16 Conciliación de la vida familiar y/o laboral: Se valorará que la empresa haya implantado o esté implantando actuaciones que faciliten el cumplimiento de las obligaciones familiares y el cuidado y atención de menores y de personas en situación de dependencia. 17 Responsabilidad Social Corporativa: Se valorará en función de las actuaciones relevantes de la empresa en esta materia. 18 Eco-innovación: Se valorarán la mejoras en los nuevos o mejorados procesos y /o productos que contribuyan al desarrollo sostenible, utilicen procesos más limpios y eficientes, reduzcan el impacto ambiental, sustituyan materiales o cualquier otra contribución dirigida a prevenir, limitar o reducir al mínimo o corregir el daño ambiental así como otros problemas asociados a los residuos, el ruido y la protección de ecosistemas. 19 Proyectos altamente generadores de empleo: se valorará la relación que existe entre la inversión presentada y el número de empleos fijos anuales a crear teniendo en cuenta una graduación en la concesión de puntos en relación con la cuantía de la inversión incentivable por cada empleo fijo anual a crear. Vigencia y plazos Convocatoria abierta para el periodo La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

10 Referencia legal Orden de 18 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2012 a Publicada en el BOJA nº 18 de 27/01/2012 Orden de 27 de junio de 2013, por la que se modifica la de 18 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2012 y Información y solicitud Las Gerencias provinciales de la Agencia IDEA realizan las funciones de atención previa y asesoramiento a empresas y solicitantes. Más información disponible en la Guía del solicitante. Es altamente recomendable, antes de iniciar el proceso de solicitud, la obtención de primera información a través del formulario de asesoramiento. Se trata de un paso muy simple que motivará de forma inmediata obtener una primera información por parte de la Agencia IDEA ajustada a las características de cada proyecto. Desea acceder al formulario de asesoramiento? Documentación y modelos El proceso de solicitud de ayudas en relación a este programa se realiza de forma telemática, mediante un formulario en el tramitador de incentivos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía. Es por tanto necesario disponer de firma electrónica. Este proceso se podrá ver optimizado gracias a la obtención previa de primeras orientaciones por parte de la Agencia IDEA, a través del formulario de asesoramiento (ver sección "información y solicitud"). Preguntas frecuentes Si se cancela el préstamo incentivado de manera anticipada, se pierde la ayuda recibida? En primer lugar, si se va a realizar una cancelación del préstamo, parcial o total, se deberá solicitar por escrito a la Agencia de Innovación, a través de la Gerencia Provincial correspondiente. Ésta examinará los antecedentes y realizará el cálculo correspondiente por si procede la devolución de una parte del incentivo abonado en su momento. Este importe será comunicado al interesado y a la entidad financiera para que se proceda a su reintegro. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

11 Son compatibles las ayudas establecidas en la Orden de incentivos con otras ayudas para el mismo proyecto? Los incentivos contemplados en el Programa de Incentivos para el Desarrollo Industrial y la Creación de Empleo en Andalucía se financiarán con las dotaciones previstas en los programas presupuestarios de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y con cargo a las aplicaciones presupuestarias correspondientes al Programa Operativo FEDER Andalucía Los incentivos serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros Organismos Internacionales, siempre que el importe de los mismos, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, ingresos o recursos, no superen los límites máximos especificados en el Mapa español de ayudas regionales para el periodo o en los correspondientes regímenes de ayudas en los que se enmarcan los incentivos comprendidos en la presente Orden. Las ayudas que se concedan no se podrán acumular con ayudas de mínimis relativas a los mismos costes incentivables si tal acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior a la establecida en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de Cuando los gastos incentivables puedan acogerse a incentivos de finalidades distintas, la parte común quedará sujeta al límite más favorable de los regímenes de que se trate. Qué es la afección registral? Cuando se incentiva la adquisición de bienes inmuebles en un proyecto, es la inscripción en el registro público correspondiente en la que deberá figurar que dicho bien se destinará al objetivo que motiva la concesión del incentivo por un período no inferior a cinco años. En estos casos, el solicitante deberá aportar en la justificación del proyecto la escritura de compraventa y certificado de tasador independiente, debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial. El importe de la afección será la parte proporcional del incentivo a fondo perdido que está directamente vinculado a los bienes inmuebles. Puede una No Pyme presentar un proyecto bajo la Orden de incentivos? No, solo pueden beneficiarse de las ayudas del Programa de Incentivos para el Desarrollo Industrial y la Creación de Empleo en Andalucía las pequeñas y medianas empresas (PYMES). En la memoria del proyecto, el incentivo forma parte de la financiación del proyecto? No, los incentivos no deben formar parte del esquema de financiación del proyecto. Si mi empresa tiene aprobada una ayuda con cargo a la Orden de incentivos en vigor, o a las anteriores, puede presentar una nueva solicitud? Sí pueda presentarla, siempre que se trate de un proyecto diferente. Si alguno de sus proyectos anteriormente incentivados se encuentra en fase seguimiento por las ayudas abonadas se deberán observar los requisitos establecidos para dicho periodo, en especial a lo referido al mantenimiento del empleo. Es incentivable el Impuesto sobre el Valor Añadido? No. El IVA no es incentivable. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

12 Existen limitaciones para los beneficiarios por su forma jurídica? Podrán ser beneficiarios tanto las empresas individuales (autónomos), como las empresas societarias: sociedades anónimas, sociedades anónimas laborales, sociedades limitadas, sociedades limitadas laborales, sociedades limitadas nueva empresa, sociedades cooperativas, sociedades en comandita, siempre que estén válidamente constituidas y estén inscritas en el correspondiente registro empresarial Quedan expresamente excluidas del Programa de incentivos las sociedades civiles. Si la empresa se encuentra en situación de crisis, puede solicitar incentivos dentro de la Orden? En ningún caso podrán ser incentivables los proyectos de empresas en crisis, conforme a la definición que de las mismas recogen los Decretos 114/2014 y 115/2014, ambos de 22 de julio de Es subvencionable una inversión en bienes de equipo de segunda mano? Las inversiones en maquinaria y bienes usados no son incentivables a no ser que se adquieran en condiciones de mercado y siempre deduciendo aquellos activos para cuya adquisición el vendedor hubiera recibido incentivos. En cualquier caso, solo se considerarán en casos excepcionales y deberá presentar informe de tasación realizado por tasador independiente y declaración de las ayudas públicas que recibió, en su caso, el vendedor para adquirir el bien. Si en el momento de la justificación del proyecto la empresa presenta deudas con Hacienda y la Seguridad Social, se puede compensar la ayuda a recibir con dicha deuda? No podrá proponerse el pago a los beneficiarios que no se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o que sean deudores de la Comunidad Autónoma de Andalucía por cualquier otro ingreso de Derecho Público, eliminándose la posibilidad de la compensación. Qué ocurre si por alguna circunstancia el proyecto no se puede ejecutar en su totalidad, habiendo recibido ya resolución de concesión favorable? Si en cualquier momento considera que no podrá ejecutar el proyecto por cualquier circunstancia, comuníquelo mediante escrito a la Agencia de Innovación y solicite la renuncia a los incentivos que le han sido concedidos. Si solicita la renuncia una vez que haya recibido anticipos a cuenta con cargo a los incentivos concedidos deberá aportar junto con el documento de renuncia el justificante de devolución del pago recibido. El importe a reintegrar será igual a la suma de la cantidad percibida más el interés de demora correspondiente. Para el cálculo del interés se considerará la fecha de la realización del pago anticipado del incentivo y la fecha en la que presente la renuncia. Qué es el seguimiento de las operaciones y cuánto dura? Es el proceso mediante el que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía comprueba que las condiciones bajo las que se otorgó el incentivo se mantiene durante el periodo exigido en la Resolución de concesión, que será de cinco años en el caso de Grandes Empresas y de tres en el caso de PYMES, a contar desde la fecha límite de ejecución del proyecto y de realización de las inversiones y/o gastos a éste vinculados. El seguimiento de operaciones se inicia una vez que sea abonado el incentivo y culmina una vez que vence el periodo indicado anteriormente. Durante este periodo, el beneficiario deberá comunicar a la Agencia, cualquier modificación que se produzca en los proyectos incentivados. Los incumplimientos totales y parciales dan lugar a que la Agencia solicite el reintegro, de parte o de la totalidad del incentivo, más los intereses de demora correspondientes. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

13 Se pueden solicitar simultáneamente todos los instrumentos de ayuda que plantea la Orden para un mismo proyecto? Un mismo proyecto podrá recibir más de una modalidad de incentivo siempre que el conjunto de todos los concedidos no sobrepase las intensidades máximas establecidas en cada caso. Es incentivable el leasing? Los costes relativos al arrendamiento de activos materiales (leasing) son incentivables siempre que se ejercite la opción de compra dentro del plazo concedido en la resolución de concesión para la realización de las inversiones. Con carácter excepcional el leasing no es incentivable en los proyectos de la tipologia de Altamente generadores de empleo. Si se solicita una bonificación de tipos de interés, puede presentarse cualquier préstamo de la empresa? No, el préstamo incentivable debe estar vinculado a la realización del proyecto y cumplirá las condiciones de los Convenios suscritos por la Junta de Andalucía con las diferentes Entidades y Organismos Financieros que estén vigentes así como la normativa de aplicación de los mismos. Es incentivable cualquier proyecto, con independencia del sector económico en el que se enclave? Cómo puedo saber si el sector al que se dedica mi empresa es incentivable o no? No, existen dos grupos de proyectos, el primero integrado por los proyectos de: Emprendedores, Nuevas Iniciativas Empresariales, creación de empresas innovadoras vinculadas a la Especialización Productiva de Andalucía, Inversión Industrial, Cooperación Empresarial Innovación vinculados a la Especialización Productiva de Andalucía Que deben desarrollarse en los sectores de actividad considerados como industriales a los efectos del este programa y que quedan recogidos en sus bases reguladoras. BOJA _ pdf Qué ocurre si se producen modificaciones en la ejecución del proyecto con respecto a lo presentado en la solicitud? Una vez que detecte esta situación debe informar inmediatamente por escrito a la Agencia de Innovación. En este documento deberá exponer las causas y los cambios que se han producido y solicitar de forma motivada la modificación de la resolución a la vista de los cambios que se han operado en el proyecto. De acuerdo con la solicitud, la Agencia se pronunciará mediante resolución en la que se pueden considerar las justificaciones que plantea y acceder a la modificación del proyecto. La solicitud de modificación deberá estar suficientemente justificada, presentándose de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que la motiven y con antelación a la finalización del plazo de ejecución inicialmente concedido. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

14 De qué tiempo se dispone para ejecutar el proyecto objeto de apoyo? En la Resolución de concesión de incentivos que recibe el beneficiario se establece el plazo de ejecución del proyecto. Este es el plazo en el que el proyecto debe estar totalmente ejecutado, realizadas las inversiones y/o los gastos comprometidos. También se establece el plazo de justificación o de acreditación de todas las condiciones. Este plazo, que en general será de tres meses adicionales al plazo anterior, es el período de tiempo que el beneficiario dispone para reunir toda la documentación que tendrá que presentar para acreditar que cumple con las condiciones exigidas, así como terminar de realizar los pagos por cuenta de las inversiones y gastos comprometidos en el proyecto en el momento de la solicitud de ayuda. La ayuda solicitada puede cubrir la totalidad del proyecto a ejecutar? No, el tope máximo queda establecido en el Régimen de Ayudas que le sea de aplicación y dependerá también del tamaño de la empresa. En cualquier caso, el beneficiario deberá aportar una contribución financiera mínima del 25% del proyecto, bien mediante sus propios recursos o bien mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública y habrá de acreditarse en la cuenta justificativa de la incentivación, indicando importe, procedencia y aplicación a la actividad subvencionada. Se admiten pagos en efectivo metálico? No serán admitidos los pagos al contado en metálico ni las certificaciones de empresa de haber recibido pagos en efectivo. A fin de acreditar el pago de las inversiones o gastos incentivados será necesario que las facturas hayan sido pagadas por los beneficiarios mediante medios verificables documentalmente: transferencias bancarias, cheques nominativos, pagarés o recibos domiciliados en cuenta o acreditación del cargo de los mismos en extractos bancarios. Si la empresa ya existe y plantea la apertura de otro centro de trabajo, es incentivable este nuevo centro? En caso afirmativo, se tratará de un proyecto de modernización? El nuevo centro podría ser incentivable, dependiendo del resto de condiciones o características que reúna el proyecto y la empresa. Si se trata de un establecimiento independiente y no de una ampliación de otro centro existente, debe considerase como un proyecto de Creación y no de Modernización. Si el solicitante ya tiene un centro de trabajo, para ser considerado como nueva empresa será necesario que constituya o cree un nuevo centro, separado del anterior. El elemento relevante es que se trate de un proyecto de nuevo establecimiento. Cómo puedo cobrar el incentivo aprobado?, Qué hay que presentar? Accediendo a la Herramienta de Solicitud del Sistema Unificado de Gestión de Incentivos en la web de la Agencia IDEA. Allí encontrará las pantallas que deberá cumplimentar para el correcto cumplimiento del trámite de justificación. En ella podrá incorporar los documentos e información necesarios. La solicitud del cumplimiento de condiciones es el documento mediante el cual el beneficiario solicita formalmente la justificación del incentivo. En dicha solicitud, indicará el incentivo que ha recibido, así como la documentación que aporta para su justificación. Si la empresa tiene un domicilio social en una provincia determinada pero va a ejecutar el proyecto en otra provincia andaluza diferente, dónde se realiza la solicitud? La solicitud se realiza siempre de forma telemática a través de los tramitadores del programa. No obstante la tramitación del expediente se realizara por la gerencia provincial en la que se realice la inversión. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

15 Si mi proyecto no genera empleo, puede ser incentivado? Únicamente son incentivables en el marco de este programa los proyectos que no generen empleo que se encuadren en la tipologías vinculadas a la Especialización Productiva de Andalucía: creación de empresas innovadoras vinculadas a la Especialización Productiva de Andalucía, Innovación vinculados a la Especialización Productiva de Andalucía Cómo se valora un proyecto?, de dónde sale el porcentaje de subvención que aparece en la resolución? La determinación de la cuantía de incentivo se realiza teniendo en consideración el porcentaje mínimo establecido para cada tipologia de proyectos: Emprendedores 25% Nuevas Iniciativas Empresariales 20% Nuevas empresas innovadoras vinculadas a la Especialización Productiva 25% Altamente Generadores de Empleo 15% Inversión industrial 15% Cooperación empresarial 15% Innovación vinculada a la Especialización Productiva 15% Y añadiéndole a este los porcentajes adicionales correspondientes a cada característica adicional que reuna el proyecto, según lo establecido en el ANEXO IV de las bases reguladoras de este programa (enlace a la Orden) Cuándo puedo comenzar a ejecutar mi proyecto? Debo esperar a obtener la resolución por parte de la Agencia IDEA? Los proyectos no podrán estar iniciados con anterioridad a la presentación de la solicitud y, en el caso de proyectos de inversión, no podrán comenzar las inversiones hasta que reciban una comunicación de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía que les indique que el proyecto de inversión sujeto al resultado final derivado de una verificación detallada, cumple en principio las condiciones establecidas en la convocatoria para poder ser considerado incentivable. Para aquéllos proyectos que contemplen la adquisición, construcción, ampliación o reforma de bienes inmuebles el inicio no podra ser anterior a la rmision del acta notarial de presencia de no inicio de proyectos que deberá ser de fecha posterior a la presentación de la solicitud Tratándose de proyectos en los que no se realicen inversiones la ejecución puede comenzar a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Cumplido el punto anterior, el proyecto puede iniciarse, entendiendo como tal que se pueden generar facturas y pagos por los conceptos incluidos en el mismo. Por tanto, no tiene por qué esperar a obtener la resolución de la Agencia de Innovación. Todo proyecto de inversión en el que se haya adquirido algún elemento o se haya realizado algún pago adelantado a cuenta del mismo, no podrá ser apoyado. Si esta circunstancia se detectara tras la concesión del incentivo, se dictará resolución de revocación de los incentivos concedidos. La elaboración de la Guía Infoempresa ha sido cofinanciada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía

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