Uno de los elementos fundamentales que encauza la práctica deportiva en este Municipio es el asociacionismo deportivo.

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2 BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CLUBES, ENTIDADES Y FUNDACIONES DEPORTIVAS SIN FINES DE LUCRO, CUYAS ACCIONES SE DESARROLLEN REGULARMENTE EN LA COMPETICIÓN FEDERADA, AÑO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La práctica deportiva ha adquirido en la sociedad actual una gran trascendencia, dada su incidencia en el desarrollo armónico e integral de las personas en sí mismas y en su dimensión social, en la mejora de la calidad de vida y en la sana utilización del ocio y el tiempo libre de los ciudadanos. Por ello, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid intentará promover, fomentar y garantizar las actividades deportivas, propiciando y facilitando el acceso de los ciudadanos a la práctica del deporte como medio de garantizar el desarrollo integral de la persona. Uno de los elementos fundamentales que encauza la práctica deportiva en este Municipio es el asociacionismo deportivo. Dado el interés público de las actividades realizados por los Clubes Deportivos, se hace necesario colaborar económicamente con ellos, con el fin de facilitarles la participación en aquellas competiciones de ámbito municipal, regional o nacional, que contribuyan decisivamente a fomentar las correspondientes modalidades deportivas y, por consiguiente, al fomento de la práctica deportiva entre los ciudadanos. También se quiere adecuar la realidad administrativa a la realidad deportiva. Teniendo en cuenta que el funcionamiento normal de las entidades deportivas es por temporadas, lo que dificulta su adaptación a una administración que funciona por años naturales. Por todo ello, nuestra intención es regular la colaboración entre entidades deportivas y el Ayuntamiento por temporadas deportivas, fijándose el ámbito temporal de estas subvenciones entre el 1 de enero al 30 diciembre OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de las presentes Bases es convocar para el año 2013 las subvenciones dirigidas a Clubes Deportivos Locales que desarrollando una actividad sin ánimo de lucro, tengan como finalidad el desarrollo de actividades regulares en la competición federada, en el ámbito del deporte. De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, estas subvenciones se regirán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. 2

3 3.- FINANCIACIÓN DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS Con cargo a la partida Subvenciones Clubes federados/competiciones y eventos hasta la cantidad de Crédito presupuestario disponible: PLAZO DE PRESENTACION. A) El plazo de presentación de solicitudes será del 17 al 31 de octubre de 2013 B) En ningún caso se admitirán Proyectos presentados en plazo posterior al mencionado en esta convocatoria. 5.- REQUISITOS GENERALES DE LOS SOLICITANTES. Los solicitantes antes mencionados, deberán reunir los siguientes requisitos generales para ser beneficiarios de una subvención: A) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en el de la Comunidad Autónoma de Madrid, con un año de antigüedad como mínimo a la fecha de aprobación por la Junta de Gobierno de la presente Convocatoria. B) Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del Municipio de Rivas Vaciamadrid. C) Tener al menos un equipo, o un grupo de deportistas en el caso de deportes individuales, en una de las siguientes categorías: alevín, infantil o cadete y competir regularmente en los eventos organizados por las distintas federaciones. D) Estar en posesión del Código de Identificación Fiscal. E) Haber justificado debidamente subvenciones o ayudas económicas concedidas y percibidas con anterioridad a la presente convocatoria. F) Habrán de desarrollar actividades que carezcan de ánimo de lucro. 6.- OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS. A) Emplear la subvención recibida para los fines que ocasionaron su adjudicación; del mismo modo, deberá comunicar al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, a través de su Concejalía de Deportes, cualquier imprevisto que suponga algún tipo de modificación que afecte al desarrollo y ejecución del Proyecto, objeto de la subvención. 3

4 B) Comunicar al Ayuntamiento la obtención de cualquier subvención o ayuda económica dirigida al mismo Proyecto correspondiente al año 2013, procedente de otra Administración o Entidad Pública. C) Comunicar al Ayuntamiento cualquier eventualidad que modifique o altere los datos consignados en la solicitud y documentación presentadas. D) Cumplir en la forma y plazos los requisitos de la presente convocatoria. E) Siempre que se publiciten las actividades subvencionadas por este Ayuntamiento, los beneficiarios, deberán obligatoriamente hacer constar en dicha publicidad la participación del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid. F) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. 7.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN DE LA AYUDA Solicitudes: A) La referencia a escribir en la solicitud: SUBVENCIONES A ENTIDADES QUE PARTICIPAN REGULARMENTE EN LA COMPETICIÓN FEDERADA SEGÚN CONVOCATORIA DE LA CONCEJALÍA DE DEPORTES. B) Las solicitudes se formalizarán a través de los correspondientes modelos oficiales (ANEXOS). C) El modelo de solicitud y las correspondientes Bases se encuentran a disposición de los interesados en las dependencias de la Concejalía de Deportes y en la página Web del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ( D) Las instancias de solicitud debidamente cumplimentadas y dirigidas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid deberán ser presentadas en las siguientes dependencias: OFICINAS SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA (SAC) - Tenencia de Alcaldía, Pza de la Constitución s/n. Horario: de lunes a viernes de 8,00 a 19:30 h. y sábados de 9:00 a 12:30h - Ayuntamiento del Casco, Pza. 19 de Abril s/n Horario: de lunes a viernes de 8,00 a 19:30h. 4

5 Asimismo también podrán presentarse en los Registros y Oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con la presentación de la solicitud se presume la aceptación incondicional de las Bases reguladoras de la subvención, así como de los requisitos y obligaciones que en ellas se contienen. Documentación que deberá adjuntarse con la solicitud: La documentación ha de ir obligatoriamente en el mismo orden que se cita a continuación, pudiendo ser motivo para invalidar la solicitud la no presentación de esta forma: 1) ANEXO 1: Impreso de solicitud de subvenciones a los Clubes deportivos de Rivas Vaciamadrid que participan regularmente en competición federada. 2) ANEXO 2: Fichero de acreedores, en donde conste la titularidad de la cuenta bancaria donde se quiera recibir la subvención solicitada. 3) ANEXO 3: Certificado Federación Autonómica donde se especifique: a) Datos relativos a los gastos federativos de la entidad. b) Número de deportistas federados de la entidad (desglosando entre hombres y mujeres). c) Número de Técnicos de la entidad, especificando su titulación deportiva. (Los Clubes que tengan deportistas inscritos en más de una Federación Autonómica deberán presentar de cada Federación Autonómica en la que participen un Anexo 3 debidamente cumplimentado). 4) ANEXO 4: Resumen de Datos. 5) Informe de Trabajadores en alta (I.T.A.) de la Seguridad Social a fecha 30 de Mayo de 2013 (Este documento es sólo para las entidades con Trabajadores de alta en la Seguridad Social). 6) Documentación acreditativa de que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. 7) Certificado expedido por el Secretario de la entidad solicitante acreditativo del acuerdo del órgano de Gobierno por el cual se decide la formulación de la solicitud. El Ayuntamiento podrá recabar de la Entidad solicitante, cuantos documentos y aclaraciones considere necesarias, e incluso podrá disponer que se lleven a efecto las comprobaciones oportunas de los datos aportados por los peticionarios; asimismo 5

6 podrá solicitar cuanta información le sea necesaria a efectos de evaluación y justificación de la subvención. En caso de omisión de datos o falta de documentación se comunicará al interesado que lo subsane en el plazo de 10 días hábiles, si no lo hiciere se entenderá desistida su solicitud, archivándose sin más trámite. Si alguno de los documentos exigidos ya estuviera en poder de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, el solicitante de la subvención podrá acogerse a lo establecido en el apartado f) del artículo 35 de la Ley 30/1.992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento y no habiendo sufrido modificación alguna desde su aportación. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá comportar, en función de la gravedad, la denegación de la subvención, el reintegro, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse de acuerdo con la actual normativa. Impresos asociados: ANEXO 1: IMPRESO DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES A LOS CLUBES DEPORTIVOS DE RIVAS VACIAMADRID QUE PARTICIPAN REGULARMENTE EN COMPETICIÓN FEDERADA ANEXO 2: FICHERO DE ACREEDORES. ANEXO 3: CERTIFICADO FEDERACION AUTONOMICA. ANEXO 4: RESUMEN DE DATOS. 8.- CRITERIOS DE VALORACIÓN. Se busca en este apartado criterios que posibiliten la distribución objetiva de la partida global de subvención. Así, el 100% del total de la partida destinada en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento se dividirá en seis partes, valorándose como conceptos distintos en los porcentajes que se detallan a continuación: A) Gastos Federativos: 35% B) Número de deportistas de la entidad: 45% C) Deporte femenino: 5% D) Deporte minoritario: 2% E) Colaboración con la Concejalía de Deportes: 10 % 6

7 F) Fomento de la calidad en aspectos técnicos, administrativos y de organización interna (3%). Cada entidad recibirá como subvención final la suma de las cantidades obtenidas por cada concepto. La cantidad máxima a percibir por una sola entidad no podrá sobrepasar el 25% del total del crédito presupuestario disponible. A) Gastos Federativos (35 %) Se consideran gastos federativos: 1. Mutualidad General Deportiva. 2. Derechos de Inscripción. 3. Cuota del Club. 4. Costes de Arbitrajes. 5. Cuota de inscripción de Técnicos Titulados. Dividiendo la cantidad asignada para gastos federativos ( ), por el total de gastos federativos justificados por los Clubes, se conseguirá una cantidad fija de subvención por cada euro de gasto federativo justificado. B) Número de deportistas de la entidad (45 %) Si dividimos los entre el sumatorio de todos los puntos obtenidos por los Clubes en la evaluación, obtendremos el valor económico de un punto. El valor económico de un punto multiplicado por los puntos obtenidos por cada Club determinará la cantidad de la subvención que por este concepto le corresponde a cada Club. Se establece la siguiente valoración: Deportista Federado * 1 punto Deportista Escuela Municipal ** 0,2 puntos * Se considera deportista federado aquel que certifique la Federación Autonómica correspondiente a la modalidad deportiva. ** Se considera Deportista de Escuela Municipal, a los inscritos en el Programa Escuelas Deportivas de la Concejalía de Deportes con fecha 30 de Mayo de En aquellas modalidades deportivas que sea necesario federar a los deportistas de la Escuela Municipal con el fin de que puedan acceder a la realización de exámenes para 7

8 pasar de grado y concesión de danes y kyus, el número obtenido por deportistas federados se multiplicará por 0,5. C) Deporte femenino: (5%) Si dividimos los entre el sumatorio de todos los puntos obtenidos por los Clubes en la evaluación, obtendremos el valor económico de un punto. El valor económico de un punto multiplicado por los puntos obtenidos por cada Club determinará la cantidad de la subvención que por este concepto le corresponde a cada Club. Se establece la siguiente valoración: Deportista Federada Mujer 1 punto En deportes practicados mayoritariamente por mujeres (Patinaje sobre ruedas y Gimnasia Rítmica), el criterio que se valorará será el tener practicantes masculinos. D) Deporte minoritario: (2%) Se define deporte minoritario todo aquel que la suma de las licencias federadas de los Clubes del municipio sea inferior a cien. (Para realizar la suma se tendrá en cuenta únicamente las licencias de los Clubes que se presentan a esta convocatoria de subvención). Los se repartirán proporcionalmente entre las entidades que cumplan éste requisito. E) Colaboración con la Concejalía de Deportes (10%) Si dividimos los entre el sumatorio de todos los puntos obtenidos por los Clubes por los conceptos a y b, obtendremos el valor económico de un punto. El valor económico de un punto multiplicado por los puntos obtenidos por cada Club determinará la cantidad de la subvención que por este concepto le corresponde a cada Club. Conceptos susceptibles de valoración: a) Colaboración en organización de eventos de la Concejalía de Deportes: este concepto recoge las colaboraciones que las entidades solicitantes hayan prestado en eventos propios de la Concejalía de Deportes (Jornadas de Juegos Escolares, eventos especiales, ). Se excluyen expresamente en este apartado los eventos realizados por petición expresa del Club y que no forman parte del programa de actividades propias de la Concejalía de Deportes. 8

9 Se establece la siguiente valoración: Colaboración 1 actividad Colaboración 2 actividades Colaboración en 3 ó más actividades b) Colaboración con la Concejalía de Deportes en la gestión y mantenimiento de las instalaciones deportivas: Se establece la siguiente valoración: 4 puntos 8 puntos 12 puntos Gestión integral instalaciones Apertura y cierre de instalaciones 50 puntos 10 puntos F) Fomento de la calidad en aspectos técnicos, administrativos y de organización interna (3%) Si dividimos los entre el sumatorio de todos los puntos obtenidos por los Clubes por los conceptos a y b, obtendremos el valor económico de un punto. El valor económico de un punto multiplicado por los puntos obtenidos por cada Club determinará la cantidad de la subvención que por este concepto le corresponde a cada Club. Se establece la siguiente valoración: a) Fichas de técnicos responsables y titulados. Máximo 15 puntos por Club. Monitor Entrenador 2º Nivel, Regional o provincial Entrenador Nacional/Superior 2 puntos 4 puntos 6 puntos b) Trabajadores del Club dados de alta en la Seguridad Social durante la temporada 1 a 3 trabajadores 4 puntos 4 a 6 trabajadores 8 puntos Más de 6 trabajadores 12 puntos 9.- JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS. A) Las entidades beneficiarias de una subvención quedarán obligadas a justificar la correcta inversión de la subvención total otorgada (incluyendo un listado con todos los documentos presentados y numerados) a través de: 9

10 Una Memoria Justificativa y detallada de las actividades y los gastos realizados, según el Proyecto y el presupuesto que presentaron junto a la solicitud el desglose del presupuesto total de la actividad habrá de ser detallado en su totalidad, incluidos todos los gastos. Obligatoriamente habrá de indicarse la aportación de otras subvenciones de otras entidades y los fondos propios utilizados para la actividad. Presentación de las Facturas originales u otros documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa (por ejemplo, fotocopias compulsadas), justificativas de la realización del gasto o gastos totales del proyecto. Las facturas habrán de estar fechadas entre el 1 de enero de 2013 y 30 de diciembre de 2013 (Incluyendo un listado con la suma total de las Facturas presentadas y con todas las páginas numeradas). Certificado expedido por el Secretario de la Entidad, acreditativo que las facturas que se presentan como justificante, han sido aprobadas por el órgano competente, y además, que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención. Haciendo constar asimismo que los fondos han sido ó van a ser destinados al objeto de la subvención. Un ejemplar de toda la documentación impresa generada por la actividad. Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro del Ayuntamiento situado en Tenencia de Alcaldía (Plaza de la Constitución s/n) o Ayuntamiento del Casco (Pza. 19 de Abril s/n) B) Podrán justificarse en el apartado de gastos, todo aquel gasto realizado en la 1 de enero al 30 diciembre en concepto de: 1.- La adquisición y compra de material y equipamiento deportivo no inventariable para el entrenamiento y la competición. 2.- La participación en competiciones deportivas (desplazamiento y estancia). 3.- Otros que puedan ser reconocidos como indispensables para la consecución de los objetivos deportivos previstos. C) En ningún caso se tendrán en cuenta las facturas derivadas de la compra de productos farmacéuticos. D) En ningún caso serán subvencionables los gastos derivados de celebraciones gastronómicas (almuerzos, comidas, cenas, etc.). E) Una vez recibida la documentación pertinente, por los servicios técnicos de la Concejalía de Deportes, se emitirá informe sobre el grado de cumplimiento de los 10

11 fines para los que se concedió la subvención y la adecuación de los gastos realizados a los mismos. F) La documentación justificativa a la que se hace referencia en el apartado A) se presentará en el plazo máximo de los dos meses siguientes a la fecha de la comunicación de la concesión de la subvención REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN. A) Será causa de devolución de la Subvención concedida, procediéndose al reintegro de las cantidades percibidas, en los siguientes casos: - El incumplimiento de la obligación de la correcta justificación de la Subvención en el plazo y forma previstos en la presente Convocatoria. - Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello. - El incumplimiento total o parcial de la finalidad para la que la subvención fue concedida. - El incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios con motivo de la concesión de la Subvención. - Cuando la documentación publicitaria se haya obviado por parte de la entidad beneficiaria la indicación del patrocinio, ayuda o colaboración del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid. - Incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas. Asimismo, cualquier irregularidad en la aplicación de los fondos percibidos como subvención, tanto contablemente como de aplicación al objetivo para el que se concedió la subvención. B) El procedimiento de Reintegro se iniciará a instancia de los servicios técnicos de la Concejalía de Deportes. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de Ingresos de Derecho Público, siendo de aplicación para su cobranza lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria y en el Reglamento General de Recaudación INFORMACIÓN Y NOTIFICACIÓN. A) Después de ser aprobadas en Junta de Gobierno Local estas Bases de convocatoria de subvenciones, se les dará la mayor publicidad y difusión posible a través de los medios de comunicación del propio Ayuntamiento (Web Municipal, Concejalía de Deportes y en el servicio de información municipal 010). B) Aprobada la resolución de la concesión de subvenciones por el Pleno de la Corporación, se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página Web oficial, indicándose la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, el beneficiario, la cantidad concedida y la finalidad o finalidades de la 11

12 subvención. Asimismo, les será comunicado mediante notificación individual a los interesados TRAMITACIÓN, SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PLAZO DE RESOLUCIÓN. A) El plazo máximo de resolución tendrá lugar durante el cuarto trimestre del año. B) Al efecto de evaluar y valorar los proyectos presentados, se constituirá una Comisión de Evaluación integrada por: - El/la Concejal/la de Deportes. - Un representante de cada grupo político con representación municipal. - El/la Concejal/la de Participación Ciudadana o en quién delegue. - Al menos un representante de alguna Asociación, Entidad o Fundación elegido por sorteo. - Un Técnico/a del Ayuntamiento que actuará como asesor, con voz pero sin voto. - Un administrativo/a del Ayuntamiento que actuará como secretario, con voz pero sin voto. C) La Concesión de Subvenciones y sus cuantías corresponde al Pleno de la Corporación, a propuesta de la Concejalía de Deportes, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa correspondiente, debidamente motivada. D) En caso de que finalizado el plazo que se establece en estas Bases, valoradas las solicitudes y concedidas las subvenciones correspondientes, no se hubiese agotado los créditos presupuestarios consignados con esta finalidad, el Pleno podrá aprobar nuevas subvenciones hasta agotar el crédito LEGISLACIÓN SUBSIDIARIA. Para lo no regulado en estas Bases, se estaría a lo dispuesto en la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, en la Ley General de Subvenciones (38/2003, de 17 de noviembre), en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (Ley 7/1985, de 2 de abril), en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), y en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre). 12

13 AYUNTAMIENTO DE RIVAS VACIAMADRID A DATOS DEL PRESIDENTE DEL CLUB APELLIDOS NOMBRE ANEXO 1: IMPRESO DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES A LOS CLUBES DEPORTIVOS DE RIVAS VACIAMADRID QUE PARTICIPAN REGULARMENTE EN COMPETICION FEDERADA B DATOS DEL CLUB REPRESENTADO NOMBRE DEL CLUB DEPORTIVO NIF NUM. REGISTRO DOMICILIO DEL CLUB (CALLE/PLAZA, NÚMEROY PUERTA) CP LOCALIDAD PROVINCIA TELÉFONO FAX C. ELECTRÓNICO C EXPOSICIÓN Que desea acogerse a la Resolución del la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, por la que se convocan Subvenciones para 2013 destinadas a los Clubes Deportivos que participan regularmente en Competición Federada. Que de acuerdo con las Bases de la convocatoria, posee los requisitos que se solicitan, se compromete al cumplimiento de las obligaciones que se establecen y declara no haber desfigurado la verdad ni ocultado información referente a los datos que constan en la presente solicitud. D DECLARACIÓN RESPONSABLE Declara no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el articulo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 2076, de 18/11/03) E COMUNICACIÓN De acuerdo con el artículo 25.4 y 25.5 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se informa que : - El plazo máximo para resolver y notificar la presente solicitud es de 6 meses desde la ubicación de la convocatoria. - El efecto que producirá el silencio administrativo, si transcurre el plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución correspondiente, es desestimatorio de la solicitud. Ejemplar para la Concejalía de Deportes Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid F SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN Que sea concedida una subvención para apoyar la participación regular en Competición Federada. Autorizo al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid a recabar los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatales y de la comunidad autónoma) y frente a la Seguridad Social, pudiendo en cualquier momento anular dicha autorización: SI, de de La persona solicitante Sello del Club Firma: Los datos de carácter personal contenidos en el impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por este órgano administrativo, como titular responsable de fichero, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas y en el ámbito de sus competencias. Asimismo, se le informa de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 5 de la Ley orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE nº 298, de 14/12/99). NO CONCEJALÍA DE DEPORTES DE RIVAS VACIAMADRD REGISTRO DE ENTRADA FECHA ENTRADA EN ORGANO COMPETENTE 13

14 AYUNTAMIENTO DE RIVAS VACIAMADRID ANEXO 2 FICHERO DE ACREEDORES Nombre del Acreedor... Domicilio: C/Pz./Av. nº... piso., C.P.., Localidad.. NIF /CIF:. Teléfono.. Fax.. Sírvase efectuar los pagos correspondientes a los créditos pendientes, presentados en el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid en el siguiente domicilio de pago: Entidad Bancaria:. Oficina / sucursal:.... Nº cuenta (20 dígitos): A partir del primero que se realice desde la presentación de esta solicitud, y será válido mientras no se efectúe orden en contrario. En.., a. de.. De FIRMA DEL INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL Fdo.:. DILIGENCIA DE CONFORMIDAD POR LA ENTIDAD FINANCIERA Bajo mi responsabilidad declaro que los datos citados corresponden a la cuenta corriente abierta, con el nombre que se cita, en esta entidad bancaria. FIRMA, FECHA Y SELLO Fdo.:.. 14

15 AYUNTAMIENTO DE RIVAS VACIAMADRID APELLIDOS A DATOS DE LA FEDERACIÓN NOMBRE ANEXO 3 CERTIFICADO FEDERACIÓN AUTONÓMICA EN CALIDAD DE FEDERACIÓN MADRILEÑA DE B CERTIFICADO CERTIFICA que el Club: participó en competiciones organizadas por esta Federación, o por la Federación española de la modalidad, en la temporada y como consecuencia de su participación tuvo los siguientes datos: A) Gastos Federativos ( seguros deportivos, derechos de inscripción, cuota de club, costes de arbitrajes, tramitación de licencias): B) Deportistas Federados de la entidad: (1) Deportistas Federados Hombres (2) Deportistas Federados Mujeres (1 + 2) Total Deportistas Federados Total Número: C) Fichas de Técnicos responsables y Titulados de la entidad Monitor Entrenador 2º Nivel, Regional o provincial Entrenador Nacional/Superior Total Número: Y para que conste, a efectos de su presentación en la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, expide este Certificado., de de Firma: Los datos de carácter perrsonal contenidos en el impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por este órgano administrativo, como titular responsable del fichero, en el uso de las funciones propias que tiene atrivuidas y en el ámbito de sus competencias. Asímismo, se le informa de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 5 de la Ley Orgánicas 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE nº 298, de 14/12/99). CONCEJALÍA DE DEPORTES DE RIVAS VACIAMADRID 15

16 AYUNTAMIENTO DE RIVAS VACIAMADRID ANEXO 4 RESUMEN DATOS A DATOS DEL CLUB NOMBRE DEL CLUB NIF NUMERO REGISTRO ASOCIACIONES DIRECCIÓN CORREO ELECTRÓNICO B RESUMEN DATOS a) Gastos Federativos ( seguros deportivos, derechos de inscripción, cuota de club, costes de arbitrajes, tramitación de licencias) Total Gastos Federativos b) Número de Deportistas de la Entidad Deportistas Federados (1) Deportistas Escuela Municipal (2) Total Deportistas (1 + 2) c) Número de Deportistas Federadas Mujeres Total Mujeres Federadas d) Colaboración con Concejalía de Deportes d1) Colaboración en Actividades 1 Actividad 2 Actividades 3 ó más actividades Denominación actividad: d2) Colaboración en Gestión y Control Instalaciones - Gestión integral instalaciones SI NO - Apertura y cierre instalaciones SI NO e) Fomento de la calidad e1) Fichas de Técnicos e2) Trabajadores Monitores 2º Nivel Superior 1 a 3 Trabajadores 4 a 6 Trabajadores Más de 6 Trabajadores Y para que conste, a efectos de su presentación en la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, expide este certificado:, de de Firma: Los datos de carácter perrsonal contenidos en el impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por este órgano administrativo, como titular responsable del fichero, en el uso de las funciones propias que tiene atrivuidas y en el ámbito de sus competencias. Asímismo, se le informa de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 5 de la Ley Orgánicas 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE nº 298, de 14/12/99). CONCEJALÍA DE DEPORTES DE RIVAS VACIAMADRID 16

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