Arzobispado de Toledo

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1 Normativa para la regularización de la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo Arzobispado de Toledo

2 Normativa Normativa para la regularización de la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo Prólogo Hoy día, debido al auge que ha adquirido la actividad turística en Toledo se ha considerado necesario regular la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo. Siendo conscientes de la complejidad de esta realidad, la presente norma se establece como una herramienta necesaria para velar por la mejora de la gestión en el patrimonio histórico-artístico del Arzobispado de Toledo puesto al servicio de turistas, visitantes y residentes. Además, la calidad, la modernización, la protección y conservación, son factores que se han tenido en cuenta en la redacción de esta misma, deseando siempre colaborar con los actuales y futuros agentes que estén implicados en la promoción, fomento, difusión e interpretación del patrimonio histórico-artístico del Arzobispado de Toledo. Las materias contempladas en esta normativa se presentan con gran amplitud y flexibilidad pero siempre ajustándose al marco legal en el que se circunscribe. Para la elaboración de esta normativa se han tenido en cuenta directivas europeas, leyes y reglamentos nacionales y regionales. Objetivo general El objetivo de la presente normativa es regular la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo. Objetivos específicos: Promocionar el patrimonio histórico-artístico del Arzobispado de Toledo puesto al servicio de la actividad turística y consolidarlo como un referente en el sector turístico nacional e internacional. Impulsar la mejora y modernización de los servicios turísticos prestados en los monumentos del Arzobispado de Toledo. Fomentar acciones formativas que promuevan el conocimiento científico del patrimonio histórico-artístico del Arzobispado de Toledo.

3 Preservar y conservar en las mejores condiciones los recursos y bienes culturales del Arzobispado de Toledo puestos al servicio del sector turístico. Marco legal El marco legal de esta norma es el establecido por las autoridades competentes en materia de patrimonio, servicios, actividades recreativas y turismo. Para la redacción de la misma se han tenido en cuenta las siguientes directivas europeas, leyes y reglamentos nacionales y regionales: Directiva 2006/123/CE (Directiva de Servicios o Bolkestein), directiva del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea relativa a los Servicios en el Mercado interno redactada en base a la libertad de establecimiento, la libertad de circulación de servicios y el principio del país de origen. Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la que establece la declaración de BIC y la categoría de monumentos. Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (ley paraguas), siendo esta ley la adaptación a la normativa española de la Directiva 2006/123/CE. Ley ómnibus, ley española 25/2009 de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE. Así mismo esta ley completa la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (ley paraguas). Ley 8/1999 de ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, siendo la ley vigente actual en la región castellanomanchega. Decreto 96/2006 de Ordenación de las Profesiones Turísticas en Castilla- La Mancha, decreto que adaptó la regulación existente a la Ley 8/1999 de Ordenación del Turismo en Castilla-La Mancha. Ley 7/2009 de Castilla-La Mancha de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE.

4 Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación de la presente normativa es todo monumento del Arzobispado de Toledo abierto a turistas, visitantes y residentes para su disfrute a través de la figura profesional del guía de turismo, quien será el encargado de informar e interpretar el patrimonio histórico-artístico mencionado. En este aspecto debe existir una estrecha colaboración entre los responsables y trabajadores de los monumentos del Arzobispado de Toledo y los guías de turismo, quienes deberán respetar la norma aquí presentada. Vigencia La normativa que regula la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo tiene validez desde el 1 de junio de 2017 y poseerá carácter permanente. Competencias Corresponderá al Arzobispado de Toledo la competencia para: Ampliar y mejorar, si fuese necesario, la presente normativa. Adoptar las medidas adecuadas para la planificación y ordenación de la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo. Otorgar la habilitación para la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo en base a esta normativa. Imponer las sanciones que procedan para las faltas que se contemplan en la presente norma. Derechos y obligaciones de los guías que desempeñen su oficio en monumentos del Arzobispado de Toledo. Los guías de turismo que deseen prestar sus servicios en los monumentos del Arzobispado de Toledo deben: Ser poseedores de la habilitación como guía oficial de turismo concedida por la autoridad administrativa competente (en estado de validez). Ser poseedores de la habilitación concedida por el Arzobispado de Toledo (en estado de validez).

5 Exhibir el carné de habilitación expedido por el Arzobispado de Toledo durante la prestación de sus servicios y, en caso necesario, mostrarlo a los profesionales de los monumentos y control del Arzobispado de Toledo que así lo soliciten. Informar a sus clientes sobre las normas básicas de visita y comportamiento en los monumentos y comprobar que las cumplen. Los guías son responsables de las acciones de sus clientes, así como de sus consecuencias, durante la visita. Mantener y respetar en todo momento el rigor histórico-artístico y religioso en las explicaciones que realizan a sus clientes referentes al patrimonio del Arzobispado de Toledo. Deben colaborar con el Arzobispado de Toledo y con los profesionales de los monumentos y control que así lo soliciten. Aceptar y firmar la presente norma que regula la prestación de servicios ofrecidos por guías turísticos en los monumentos del Arzobispado de Toledo. Los guías de turismo que deseen prestar sus servicios en los monumentos del Arzobispado de Toledo pueden: Establecer acuerdos de colaboración con el Arzobispado de Toledo. Solicitar acciones formativas en base a las necesidades detectadas en la prestación de sus servicios en los monumentos del Arzobispado de Toledo. Colaborar conjuntamente con el Arzobispado de Toledo en favor de aumentar la calidad en la prestación de sus servicios. Proceso de habilitación como guía para desempeñar su oficio en monumentos del Arzobispado de Toledo Para poder obtener la habilitación como guía por el Arzobispado de Toledo serán requisitos indispensables: Poseer la habilitación como guía oficial de turismo. Para obtener la habilitación es preceptivo realizar el curso sobre Toledo Monumental - Pulsera turística y resultar apto en las pruebas de aptitud. Los cursos monográficos tienen el objetivo de reforzar y actualizar los contenidos y conocimientos proporcionados en el curso sobre Toledo Monumental - Pulsera turística y, además, brindar la posibilidad al guía de formarse no sólo en temática histórico-artística. Las

6 temáticas elegidas para los cursos monográficos en el primer plan formativo quinquenal giran en torno a la interpretación, comunicación, marketing y gestión del patrimonio. Las temáticas de los próximos cursos atenderán a las necesidades detectadas en el desarrollo de la actividad de guía turístico. Cada uno de los cursos, bien de carácter general sobre Toledo Monumental - Pulsera turística bien monográficos, contemplan pruebas de aptitud, siendo necesaria la calificación de apto para obtener la habilitación y su posterior renovación. Renovación de la habilitación como guía para desempeñar su oficio en monumentos del Arzobispado de Toledo El carné que habilita como guía para desempeñar su oficio en los monumentos del Arzobispado de Toledo tiene una validez de cinco años desde la fecha de emisión. Cada cinco años se podrá renovar el carné si: 1. El guía de turismo realiza tres de los cursos monográficos ofertados por el Arzobispado de Toledo en el periodo de cinco cursos lectivos. 2. El guía de turismo realiza de nuevo el curso sobre Toledo Monumental - Pulsera turística. En el caso de no renovar el carné en fecha y forma indicada, automáticamente, el carné dejará de tener validez (habilitación caducada) y no estará permitido prestar los servicios como guía al titular del mismo en los monumentos del Arzobispado de Toledo. En el caso de suspensión de la habilitación por sanción (faltas y sanciones contempladas en esta normativa), no se podrá renovar la misma hasta el siguiente año siendo preceptivo volver a realizar el curso sobre Toledo Monumental - Pulsera turística. Formación, plan formativo quinquenal La presente normativa prevé la continua habilitación de guías de turismo para el correcto desarrollo de esta actividad profesional en los monumentos del Arzobispado de Toledo y por ello plantea un programa quinquenal no sólo de habilitación, si no acciones de mejora y actualización de conocimientos. El primer plan formativo quinquenal queda establecido de la siguiente forma:

7 Año académico 2017: Dos cursos sobre Toledo Monumental-Pulsera turística en Toledo (abril) y uno en Madrid (noviembre). Año académico 2018: Dos cursos sobre Toledo Monumental - Pulsera turística, uno en Toledo y el segundo, dependiendo de la demanda, en Toledo o Madrid. Acciones formativas complementarias en Toledo: o Curso monográfico sobre interpretación del patrimonio. o Curso monográfico sobre comunicación aplicada al patrimonio. Año académico 2019: Dos cursos sobre Toledo Monumental - Pulsera turística, uno en Toledo y el segundo, dependiendo de la demanda, en Toledo o Madrid. Acciones formativas complementarias en Toledo: o Curso monográfico sobre gestión del patrimonio cultural. o Curso monográfico sobre marketing en turismo cultural. Año académico 2020: Dos cursos sobre Toledo Monumental - Pulsera turística, uno en Toledo y el segundo, dependiendo de la demanda, en Toledo o Madrid. Acciones formativas complementarias en Toledo o Madrid: o Curso monográfico sobre interpretación del patrimonio. o Curso monográfico sobre comunicación aplicada al patrimonio. Año académico 2021: Dos cursos sobre Toledo Monumental - Pulsera turística, uno en Toledo y el segundo, dependiendo de la demanda, en Toledo o Madrid. Acciones formativas complementarias en Toledo o Madrid: o Curso monográfico sobre gestión del patrimonio cultural. o Curso monográfico sobre marketing en turismo cultural.

8 Faltas Las faltas relacionadas con la prestación de servicios por parte de guías de turismo, siendo ellos los sujetos responsables, en los monumentos del Arzobispado de Toledo son: Faltas leves. Constituyen faltas leves: No informar a sus clientes sobre las normas básicas de visita y comportamiento en los monumentos del Arzobispado de Toledo. No hacer cumplir las normas de visita y comportamiento entre sus clientes en los monumentos del Arzobispado de Toledo. No respetar en todo momento el rigor histórico-artístico y religioso en las explicaciones que realizan referentes al patrimonio del Arzobispado de Toledo. Trato descortés al usuario turístico y/o a los trabajadores de los monumentos del Arzobispado de Toledo. Faltas graves. Constituyen faltas graves: La prestación de servicios como guías en los monumentos de Arzobispado de Toledo sin poseer la habilitación otorgada por esta entidad o poseyéndola caducada. Utilizar un carné (u otro tipo de distintivo, rotulo o placa) distinto al emitido por el Arzobispado de Toledo como habilitación para la prestación de servicio de guía. No respetar el patrimonio histórico-artístico del Arzobispado de Toledo puesto al servicio de los turistas, visitantes y residentes, pudiendo generar daños o deterioro en los mismos. No respetar el culto en los monumentos del Arzobispado de Toledo que conjugan actividad religiosa y actividad turística. La no entrega de datos o información, o falseamiento de los mismos, solicitada por el Arzobispado de Toledo en relación a la prestación de servicios por parte de guías turísticos (como indicar número incorrecto de personas que conforman un grupo en el acceso a un monumento). Incumplir tres o más veces alguna falta leve. Las faltas aquí contempladas no tendrán carácter retroactivo.

9 Sanciones Las sanciones administrativas serán: Para las faltas leves: Apercibimiento. Para las faltas graves: Suspensión de la habilitación que permite la prestación de servicios al guía turístico en los monumentos del Arzobispado de Toledo. La entidad competente para la imposición de sanciones es el Arzobispado de Toledo. Las faltas leves prescribirán en seis meses y las graves en un año. Artículos transitorios Se establece el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2017 y 31 de diciembre de 2018 de transición para que, si bien es recomendable habilitarse como guías según las condiciones expuestas en esta normativa, cualquier guía habilitado como oficial pueda prestar sus servicios en los monumentos del Arzobispado de Toledo. Tras el 31 de diciembre de 2018 será necesaria la habilitación contemplada en esta normativa para poder prestar servicios profesionales como guía de turismo en los monumentos del Arzobispado de Toledo. La presente normativa no será de aplicación a las faltas que se hayan cometido antes de su entrada en vigor.

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