RESOLUCION EXENTA N RANCAGUA,
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- Julio Rodríguez Martínez
- hace 6 años
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1 Gobierno Regional c gran dal leansder General SernirClo Gobiemo de Chile RESOLUCION EXENTA N 2 7 g REF: Aprueba Convenio de transferencia entre el Gobierno Regional de la Region de O'Higgins y MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS RANCAGUA, 0 4 MAYO 2016 VISTOS: Lo dispuesto en la ConstituciOn Politica de la RepUblica de Chile; ley N , Organica Constitucional de Bases Generales de la AdministraciOn del Estado; ley N , Organica Constitucional sobre Gobierno y AdministraciOn Regional; ley N , que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Organos de la AdministraciOn del Estado; ley N , del 22 de diciembre de 2012, que aprueba Presupuesto del Sector Publico ano 2013;resolucion N 1600, de la Contraloria General de la Republica; decreto supremo N 1323, del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, del 15 de noviembre del aria 2012; la ley N , que crea un subsidio nacional para el transporte pciblico remunerado de pasajeros, modificada por la ley N , y la demos normativa aplicable: CONSIDERANDO: Que la ley N , modificada por la ley N , crea un mecanismo de subsidio de cargo fiscal. destinado a compensar los menores pagos que realizan los estudiantes en los servicios de transporte publico remunerado de pasajeros, con el objeto de promover el use del transporte publico de pasajeros. Que la referida ley otorgo, en su articulo cuarto transitorio, un aporte especial a los Gobiernos Regionales para el transporte y conectividad, para lo cual se constituy6 una provision especial en el presupuesto anual de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior. Que senala dicha disposicion, en lo que interesa, que los gastos e inversiones que se podran realizar con cargo a dicho programa tendran los destinos que alli se indican, tomando en cuenta su impacto o rentabilidad social, entre los cuales se encuentra, en su letra a), la ejecuci6n de un programa especial mediante el cual los Gobiernos Regionales estaran facultados para convocar a un proceso de renovacion de buses. minibuses, trolebuses y taxibuses. Luego, a traves del Decreto Supremo N 44, de 26 de enero de 2011, se aprobo el reglamento del referido articulo cuarto transitorio de la ley N , que regula el programa especial de renovacion de buses, minibuses, trolebuses y taxibuses. El Decreto Supremo N 210 del aria 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior y Seguridad Publica, que aprueba modificaci6n del Decreto N 44 del ano 2011 que aprueba el reglamento para programa especial de renovacion de buses, minibuses, trolebuses y taxibuses en sentido de incorporar los programas de modernizacion del transporte publico y taxis colectivos, en su calidad de transporte publico menor, destinado a la incorporacion de tecnologias menos contaminantes y mejoras en aspectos de seguridad, calidad y eficiencia en beneficio de los usuarios. Que con fecha 09 de junio del ano 2015, la Contraloria General de la Republica Toma RazOn del Decreto Supremo N 210, el cual Modifica el Decreto N 44 de 2011 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento para el Programa Especial de RenovaciOn de Buses, Minibuses. Trolebuses y taxibuses Considerando lo anterior, el 03 de septiembre 2015, se celebro un convenio de colaboracion entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y el Gobierno Regional de O'Higgins, cuyo objeto fue establecer los terminos y condiciones de la colaboracion y asesoria que proporcionara el ministerio al Gobierno Regional en la implementacion de los programas de modernizacion. Convenio aprobado por la ResoluciOn Exenta N 975 de 11 de septiembre del 2015, del Ministerio de Transportes.
2 Que, con fecha 09 de octubre de 2015, mediante ResoluciOn Exenta N 0562 del Gobierno Regional se aprueba las bases de la convocatoria proceso 2015, para la presentacion al programa especial de especial de modernizacion y renovacion de taxis colectivo Region de O'Higgins. Que, por Oficio N 1191, del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Region de O'Higgins de fecha 09 de diciembre de 2015, se envia certificados de postulacion da primera etapa para su correspondiente firma. Que, por Oficio N 249, del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Ia Region de O'Higgins de fecha 22 de marzo de 2016, se envia listado de beneficiarios Programa Renueva Tu Colectivo. RESUELVO: 1 APRUEBESE el convenio de transferencias que sigue, el que es parte integrante de la presente resolucion y de siguiente tenor: CONVENIO DE TRANSFERENCIA PROGRAMA DE MODERNIZACION PARA LA RENOVACION DE TAXIS COLECTIVOS, ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE LA REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS Y MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS En Rancagua, Republica de Chile, a 28 de marzo de 2016, comparecen el Gobierno Regional de O'Higgins, RUT: , persona juridica de derecho public, con patrimonio propio, representado por la lntendenta (S) de la Region del Libertador General Bernardo O'Higgins, dolia TERESA NUNEZ CORNEJO, RUT: , chilena, ambos con domicilio en Edificio Intendencia, Plaza de los Heroes S/N, de Ia ciudad de Rancagua en adelante el Gobierno Regional, por una parte y por la otra don MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS, en adelante el beneficiario (a), quienes acuerdan el siguiente convenio en virtud de las clausulas siguientes: PRIMERA: El objeto del presente convenio es la transferencia de fondos por parte del Gobierno Regional al beneficiario, el cual tendra la calidad de ente receptor y ejecutor, por motivos del antedicho programa, quien, en la aplicacion de los recursos que se le transferiran en virtud del presente Convenio observara irrestrictamente toda Ia normativa legal que se aplique en la especie. SEGUNDA: Seran obligaciones de don MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS, propietario del vehiculo Placa Patente Unica GBZV60 en su calidad de beneficiario responsable de los fondos transferidos las siguientes: a) El vehiculo entrante no podra participar nuevamente del Programa, sino solo como vehiculo saliente, y dentro de un plazo no inferior a 48 meses desde que se haya recibido el beneficio. b) El vehiculo entrante debera mantenerse prestando servicios de transporte public de pasajeros por, al menos, 48 meses contados desde el otorgamiento del beneficio. El incumplimiento de esta exigencia, salvo en los supuestos de fuerza mayor o caso fortuito, obligara al beneficiario a restituir la suma percibida, reajustada de conformidad a la variacian que experimente el Indice de Precios al Consumidor determinado por el Institute Nacional de Estadisticas o la entidad que lo reemplace, entre el mes anterior a aquel en que se percibi6 y el que antecede a su restitucian. La devolucion debera materializarse dentro de un plazo de sesenta dias habiles contado desde que haya quedado establecido el precitado incumplimiento por la Subsecretaria de Transportes. c) El vehiculo entrante no podra cambiar de modalidad ni de region dentro del periodo indicado en el literal precedente mientras la propiedad del vehiculo entrante corresponda al postulante. TERCERA: Mediante el presente, el Gobierno Regional se compromete a entregar, una vez firmada la ResoluciOn que apruebe el presente convenio, la suma de $ a MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS, RUT , mediante cheque nominativo a su nombre. El Gobierno Regional podra adelantar o postergar la entrega de recursos, si asi lo requiriera la ejecucion del presente Convenio, debiendo proceder a su modificacion, siempre que dichos recursos esten contemplados en la Ley depres (124x,\\ puestos del afio respectivo. - 1 xas
3 El Gobierno Regional, acorde a lo establecido en la Glosa N 02 comon para los Gobiernos Regionales, de la ley N de Presupuestos del Sector Public() del ano 2016, transferira los recursos al beneficiario, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley N 1263 de 1975, de Administracibn Financiera del Estado y sus modificaciones y lo que establece la Resolucion N 30 de la Contraloria General de la Republica que entr6 en vigencia el 01 de junio de CUARTA: El otorgamiento del incentivo representado por el beneficio por renovacion sera regulado conforme a los terminos contenidos en el Decreto Supremo N 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior y Seguridad Publica y en la Convocatoria respectiva y que se entienden conocidos por la parte beneficiaria. Tratandose de Beneficiarios personas juridicas, estos deberan acreditar ante el Gobierno Regional, en forma previa a la realizacion de la transferencia, su inscripcion en el Registro de Personas Juridicas Receptoras de Fondos Publicos, cuyos requisitos pueden ser bajados desde la pagina web entregando al efecto el respectivo certificado de inscripcion. QUINTA: Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio convencional en la ciudad de Rancagua y se someten a la competencia de sus tribunales. PERSONERiAS La personeria del Sra. Intendenta, para actuar en representacion del GOBIERNO REGIONAL DE LA REGION O'HIGGINS consta en el Decreto Supremo N 231, del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, de 04 de Marzo de 2016, documentos que no se insertan, por ser de publico conocimiento. Este documento se firma en cinco ejemplares de igual fecha y tenor quedando uno de ellos en poder del Beneficiario y cuatro ejemplares en poder del Gobierno Regional de O'Higgins. 2 IMPUTESE el gasto que irrogue la presente resolucion al subtitulo 33.item 01, asignacion 010, transferencias de capital al sector privado del programa 02 del Gobierno Regional del presupuesto vigente para el ano ERESA N ntendenta (S) Gobierno Regional Region de O'Higgins..: KV- L1 G \,6-. csolkin, IL /0 Cedk,_ )11101C1,9,...)a. A. e, oria Juridica.--s>, sba c3:>. obiernp Regional s'"----t---- Regi6n de O'Higgins LFG/JCV/TBG DISTRIBUCION -Oficina de partes -Beneficiario -Division de Analisis y Control de Gestion -Departamento de Coordinacion Municipal -Archivo del Programa
4 CONVENIO DE TRANSFERENCIA PROGRAMA DE MODERNIZACION PARA LA RENOVACION DE TAXIS COLECTIVOS, ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE LA REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS Y MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS En Rancagua, Republica de Chile, a 28 de marzo de 2016, comparecen el Gobierno Regional de O'Higgins. RUT: , persona juridica de derecho public, con patrimonio propio, representado por la Intendenta (S) de la Region del Libertador General Bernardo O'Higgins, done TERESA NUNEZ CORNEJO, RUT: , chilena, ambos con domicilio en Edificio Intendencia, Plaza de los Heroes S/N, de la ciudad de Rancagua en adelante el Gobierno Regional, por una parte y por la otra don MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS, en adelante el beneficiario (a), quienes acuerdan el siguiente convenio en virtud de las clausulas siguientes: PRIMERA: El objeto del presente convenio es la transferencia de fondos por parte del Gobierno Regional al beneficiario, el cual tendra la calidad de ente receptor y ejecutor, por motivos del antedicho programa, quien, en la aplicaci6n de los recursos que se le transferiran en virtud del presente Convenio observara irrestrictamente toda la normative legal que se aplique en la especie. SEGUNDA: Seran obligaciones de don MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS, propietario del vehiculo Placa Patente Unica GBZV60 en su calidad de beneficiario responsable de los fondos transferidos las siguientes: a) El vehiculo entrante no podra participar nuevamente del Programa, sino solo como vehiculo saliente, y dentro de un plazo no inferior a 48 meses desde que se haya recibido el beneficio. b) El vehiculo entrante debera mantenerse prestando servicios de transporte publico de pasajeros por, al menos, 48 meses contados desde el otorgamiento del beneficio. El incumplimiento de esta exigencia, salvo en los supuestos de fuerza mayor o caso fortuito, obligara al beneficiario a restituir la suma percibida, reajustada de conformidad a la variacion que experimente el Indice de Precios al Consumidor determinado por el Institute Nacional de Estadisticas o la entidad que lo reemplace, entre el mes anterior a aquel en que se percibi6 y el que antecede a su restitucion. La devolucion debera materializarse dentro de un plazo de sesenta dies habiles contado desde que haya quedado establecido el precitado incumplimiento por la Subsecretaria de Transportes. c) El vehiculo entrante no podra cambiar de modalidad ni de region dentro del period() indicado en el literal precedente mientras la propiedad del vehiculo entrante corresponda al postulante. TERCERA: Mediante el presente, el Gobierno Regional se compromete a entregar, una vez firmada la Resolucion que apruebe el presente convenio, la suma de $ a MISAEL ENRIQUE OYARZUN CONTRERAS, RUT , mediante cheque nominativo a su nombre. El Gobierno Regional podra adelantar o postergar la entrega de recursos, si asi lo requiriera la ejecucion del presente Convenio, debiendo proceder a su modificacion, siempre que dichos recursos esten contemplados en la Ley de Presupuestos del ano respectivo. El Gobierno Regional, acorde a lo establecido en la Glosa N 02 comun para los Gobiernos Regionales, de la ley N de Presupuestos del Sector Public. del ano 2016, transferira los recursos al beneficiario, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley N 1263 de 1975, de AdministraciOn Financiera del Estado y sus modificaciones y lo que establece la Resoluci6n N 30 de la Contraloria General de la RepOblica que entr6 en vigencia el 01 de junio de CUARTA: El otorgamiento del incentivo representado por el beneficio por renovacion sera regulado conforme a los terminos contenidos en el Decreto Supremo N 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior y Seguridad PUblica y en la Convocatoria respective y que se entienden conocidos por la parte beneficiaria. :( ) 1 ist'l. :11S01.
5 Gobierno Regional a.ri.,,t1.111,orthelor Gvneol ff,,,rdo Gobierno de Chile cuyos requisitos pueden ser bajados desde la paging web entregando al efecto el respectivo certificado de inscripcion QUINTA: Para todos los efectos legates, las partes fijan su domicilio convencional en la ciudad de Rancagua y se someten a la competencia de sus tribunales. PERSONERiAS La personeria del Sra. lntendenta, para actuar en representacion del GOBIERNO REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS consta en el Decreto Supremo N 231, del Ministerio del Interior y Seguridad Pt:thee, de 04 de Marzo de 2016, documentos que no se insertan, por ser de public conocimiento. Este documento se firma en cuatro ejemplares de igual fecha y tenor quedando uno de ellos en poder del Beneficiario y tres ejemplares en poder del Gobierno Regional de O'Higgins. MISA 'PIQUE OYARZUN CONTRERAS TE SA, &IQ ntendenta (S) Gobierno Pt!gional Regi6n del Libertador General Bernardo O'Higgins oria Juridica Gobierno Regional del Libertador:Gbm ral Bernardo O'Higgins 15:V
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