Boletín oficial de la Provincia de valladolid

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1 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 1 SUMARIO BOPVA-B II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial de Medio Ambiente. Información pública en expediente de cambio de titularidad del coto de caza VA Página 5 JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo. Resolución 18 de febrero de 2014 del S.T.I.C Y T. Valladolid, dictada por delegación, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación de distribución eléctrica en Iscar (Valladolid). Expediente: AT Página 6 cve: BOPVA-S Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo. Resolución 17 de febrero de 2014 S.T.I.C Y T. de Valladolid, dictada por delegación, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una distribución eléctrica en el término municipal de Moraleja de las Panaderas. Expediente AT Página 9 JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid. Resolución por la que se dispone el registro, depósito y publicación de las tablas salariales para el año 2014 del Convenio Colectivo del Sector de Oficinas y Despachos de Valladolid y provincia. Página 12 JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid. Resolución por la que se dispone el registro, depósito y publicación de las tablas salariales para el año 2014 del Convenio Colectivo del Sector de Industrias y Comercio de la Vid de Valladolid y provincia. Página 15

2 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 2 JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid. Resolución por la que se dispone el registro, depósito y publicación de las tablas salariales para el año 2014 del convenio colectivo de la empresa Centro de Observación y Teledetección Espacial, S.A. Página 18 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID ÁREA DE ECONOMÍA, TURISMO Y PERSONAL. Servicio de Hacienda y Economía. Aprobación definitiva en expediente de Modificación Presupuestaria ESBT-1/2014. Página 41 AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO (EL) Aprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla del Personal. Ejercicio 2014 Página 42 AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO (EL) Exposición pública Proyecto ejecución Frontón descubierto 2ª Fase Página 44 AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA Exposición pública del padrón de contribuyentes del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al ejercicio Página 45 cve: BOPVA-S Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 AYUNTAMIENTO DE GERIA SECRETAÍA. Información pública en expediente de desafectación de bien edificio que albergaba antiguamente el Consistorio Local, sito en Plaza Mayor n. 1. Página 46 AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental para actividad Página 47 AYUNTAMIENTO DE LOMOVIEJO Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental y uso excepcional de suelo rústico para construcción de nave para ganado ovino. Página 48

3 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 3 AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO OFICINA DE MEDIO AMBIENTE. Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental para actividad taller mecánico de reparación de vehículos. Página 49 AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO OFICINA DE MEDIO AMBIENTE. Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental para actividad bar en la plaza Segovia, número. 3. Página 50 AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO OFICINA DE MEDIO AMBIENTE. Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental para actividad para unidad de suministro de carburante, en la calle Álarifes, número 3 y 5. Página 51 AYUNTAMIENTO DE PEDROSA DEL REY Aprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla del Personal. Ejercicio 2014 Página 52 AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS Notificación en expediente sancionador por comisión de una infracción prevista en la Ley 22/2011 de 28 de julio de Residuos y Suelos Contaminantes y en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Gestión de Residuos de Construcción y Demolición. Página 54 cve: BOPVA-S Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS Contratación. Anuncio de licitación para contratar la Explotación del Bar del Centro de día de Tordesillas Página 55 IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1 Edicto de notificación en Procedimiento Despidos/Ceses en General número 205/214 MA Página 57 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Edicto de notificación en Procedimiento Despidos/Ceses en General número 44/2014 Página 58

4 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 4 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Edicto de notificación en Procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 45/2014. Página 60 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Edicto de notificación en Procedimiento Despidos/Ceses en General número 1224/2013. Página 62 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Edicto de notificación en Procedimiento Ordinario número 1087/2012. Página 63 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Edicto de notificación en Procedimiento Despidos/Ceses en General número 1187/ Página 65 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Edicto de notificación en Procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 48/2014. Página 67 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Edicto de notificación en Procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 442/2013 Página 69 cve: BOPVA-S Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 JUZGADO DE LO SOCIAL. AVILES 2 Edicto de notificación en Procedimiento Ordinario número 667/2013. Página 71 V.-PARTICULARES Y OTROS ANUNCIANTES COMUNIDAD DE REGANTES VEGA DE CASTRONUÑO Convocatoria a Junta General Ordinaria a celebrar el 15 de marzo de Página 73 D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

5 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 5 II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Servicio Territorial de Medio Ambiente ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE EXPEDIENTE DEL PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE TITULARIDAD DEL COTO DE CAZA VA En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de Cambio de Titularidad del Coto Privado de Caza VA-10470, denominado LA SECUOYA, iniciado a instancia de AGROGESTION MARCOS S.L. El objeto del referido expediente es el procedimiento de Cambio de Titularidad del coto de caza situado en el término municipal de Villardefrades en la provincia de Valladolid, con una superficie de 312,20 hectáreas. Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV "De los terrenos", de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de VEINTE DIAS HÁBILES desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente anuncio, en las Oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección de Vida Silvestre), C/ Duque de la Victoria, VALLADOLID, durante el horario de atención al público (9 a 14 horas, de lunes a viernes). cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 5 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON En Valladolid, a 10 de Febrero del El/la Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.- Fdo.: María Dolores Luelmo Matesanz. D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

6 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 6 II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo RESOLUCIÓN DE 18 DE FEBRERO DE 2014 DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE VALLADOLID, DICTADA POR DELEGACIÓN, POR LA QUE SE AUTORIZA Y SE APRUEBA EL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE UNA INSTALACIÓN DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ISCAR VALLADOLID. (Expte.: AT-32321) 1.- ANTECEDENTES DE HECHO 1.1.-Con fecha 23 de enero de 2014, Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. solicitó Autorización Administrativa y Aprobación delproyecto denominado Proyecto de sustitución de celdas de M.T. en el C.T. Mesones ( ), situado en la C/Mesones, en el término municipal de Íscar (Valladolid). A esta solicitud se le dio número de expediente AT No ha sido necesario someter esta solicitud al trámite de información `pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, apartado 3, del Decreto 127/2003, de 30 de octubre FUNDAMENTOS JURÍDICOS cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 6 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Este Servicio Territorial es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León, en el Decreto 156/2003, de 26 de diciembre, por el que se atribuyen y desconcentran competencias en los Delegados Territoriales, así como en la Resolución de 20 de enero de 2004, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo Es reglamentación aplicable a este caso: La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico El Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09

7 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág El Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por Real Decreto 3275/1982, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias El Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias 3.- RESOLUCIÓN Vista la documentación presentada por Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. y cumplidos los trámites establecidos en la reglamentación aplicable, este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo RESUELVE: Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. la instalación de distribución eléctrica en la calle Mesones en el término municipal de Íscar (Valladolid) Aprobar el proyecto de ejecución de instalaciones, redactado por el Ingeniero Técnico Industrial D. José Miguel García Pajares, visado por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid, el día 6 de noviembre de 2013 con el número de visado 1999/13 E cuyas principales características son las siguientes: Sustitución de las celdas de MT existentes por otras de hexafloruro de azufre (SF6). Incluirá reforma eléctrica y trabajos de albañilería La ubicación del suministro será en la C/Mesones en el término municipal de Íscar (Valladolid). Presupuesto ,04. Esta Autorización Administrativa queda sometida a las siguientes cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 7 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON 4.- CONDICIONES Esta autorización se entiende otorgada sin perjuicio de terceros, dejando a salvo los derechos particulares, y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros organismos, necesarias para la realización de las obras de distribución eléctrica Las instalaciones que se autorizan, habrán de realizarse de acuerdo con el Proyecto denominado Proyecto de sustitución de celdas de M.T. en el C.T. Mesones ( ) situado en la C/Mesones en el término municipal de Íscar (Valladolid) subscrito por el Ingeniero Técnico Industrial José Miguel García Pajares con número de visado 1999/13E 06 de noviembre de 2013 por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid Para introducir modificaciones, en las instalaciones, que afecten a los datos básicos a los que se refiere el punto 3.2 de esta Resolución, será necesario obtener la autorización de este Servicio Territorial El plazo para la ejecución de las instalaciones será de seis meses. El interesado podrá solicitar, por razones justificadas, prórroga de dicho plazo.

8 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág Una vez realizadas las instalaciones, se deberá solicitar, a este Servicio Territorial, el acta de puesta y autorización de explotación, para lo cual deberá adjuntar certificado final de obra firmado por un técnico titulado competente, visado por su colegio profesional, en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. dará cuenta de la terminación de las instalaciones al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, para realizar las comprobaciones que considere oportunas y el levantamiento del acta de puesta en marcha de las mismas, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento Los empalmes de la nueva instalación autorizada a la red existente no se podrán realizar hasta que este Servicio Territorial haya emitido la correspondiente acta de puesta en marcha y autorización de explotación Todos los elementos de la red de distribución que, con motivo de la instalación que se autoriza en esta resolución, queden sin servicio deberán ser desmantelados, incluidas las cimentaciones de los apoyos, en un plazo de seis meses a partir de la fecha en que se formalice el acta de puesta en marcha y autorización de explotación. Iberdrola deberá comunicar al Servicio Territorial de industria este desmantelamiento en el plazo de 10 días contados a partir del momento en que se realice Las partes aéreas de la instalación de alta tensión, no aisladas, deberán realizarse cumpliendo lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta condición deberán ser recogidas y certificadas por el director de obra en el certificado de dirección de obra. cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 8 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización en el momento en que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas o la declaración inexacta de los datos comunicados. 5.- RECURSOS Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación, Recurso de Alzada ante el Director General de Energía y Minas, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común En Valladolid, a 19 de febrero de 2014, Jefe de Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo Marceliano Herrero Sinovas D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

9 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 9 II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo RESOLUCIÓN DE 17 DE FEBRERO DE 2014 DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE VALLADOLID, DICTADA POR DELEGACIÓN, POR LA QUE SE AUTORIZA Y SE APRUEBA EL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE UNA INSTALACIÓN DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MORALEJA DE LAS PANADERAS (VALLADOLID). (Expte.: AT-32328) 1.- ANTECEDENTES DE HECHO 1.1.-Con fecha 6 de febrero de 2014, Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. solicitó Autorización Administrativa y Aprobación delproyecto denominado Proyecto de reforma del C.T. Moraleja-Panaderas ( ), en el término municipal de Moraleja de las Panaderas (Valladolid). A esta solicitud se le dio número de expediente AT No ha sido necesario someter esta solicitud al trámite de información pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, apartado 3, del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, 2.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 9 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Este Servicio Territorial es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León, en el Decreto 156/2003, de 26 de diciembre, por el que se atribuyen y desconcentran competencias en los Delegados Territoriales, así como en la Resolución de 20 de enero de 2004, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo Es reglamentación aplicable a este caso: La Ley 24/2013, de 26 diciembre, del Sector Eléctrico El Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a El Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales

10 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 10 eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por Real Decreto 3275/1982, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias El Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias 3.- RESOLUCIÓN Vista la documentación presentada por Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. y cumplidos los trámites establecidos en la reglamentación aplicable, este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo RESUELVE: Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. la instalación de distribución eléctrica en el término municipal Moraleja de las Panaderas (Valladolid) Aprobar el proyecto de ejecución de instalaciones, redactado por el Ingeniero Técnico Industrial D. José Miguel Garcia Pajares, visado por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid, el día 27 de noviembre de 2013, con el número de visado 2149/13E cuyas principales características son las siguientes: Reforma del C.T. MORALEJA-PANADERAS para garantizar y mejorar el suministro eléctrico en la zona. Se procederá a sustituir el transformador el transformador y de los elementos de corte al aire y alimentación con conductor tipo HEPRZ1 12/20 kv y aisladores de fachada, foso de bañera de aceite e interconexiones con el cuadro de baja tensión. La situación del suministro es Moraleja de las Panaderas en Valladolid. Presupuesto 9446,19 Esta Autorización Administrativa queda sometida a las siguientes 4.- CONDICIONES cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 10 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Esta autorización se entiende otorgada sin perjuicio de terceros, dejando a salvo los derechos particulares, y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros organismos, necesarias para la realización de las obras de distribución eléctrica Las instalaciones que se autorizan, habrán de realizarse de acuerdo con el Proyecto denominado Proyecto de reforma del C.T. Moraleja-Panaderas ( ) en el término municipal de Moraleja de las Panaderas, (Valladolid) subscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. José Miguel Garcia Pajares, con número de visado 2149/13 el 27 de noviembre de 2013 por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid Para introducir modificaciones, en las instalaciones, que afecten a los datos básicos a los que se refiere el punto 3.2 de esta Resolución, será necesario obtener la autorización de este Servicio Territorial El plazo para la ejecución de las instalaciones será de seis meses. El interesado podrá solicitar, por razones justificadas, prórroga de dicho plazo.

11 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág Una vez realizadas las instalaciones, se deberá solicitar, a este Servicio Territorial, el acta de puesta y autorización de explotación, para lo cual deberá adjuntar certificado final de obra firmado por un técnico titulado competente, visado por su colegio profesional, en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. dará cuenta de la terminación de las instalaciones al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, para realizar las comprobaciones que considere oportunas y el levantamiento del acta de puesta en marcha de las mismas, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento Los empalmes de la nueva instalación autorizada a la red existente no se podrán realizar hasta que este Servicio Territorial haya emitido la correspondiente acta de puesta en marcha y autorización de explotación Todos los elementos de la red de distribución que, con motivo de la instalación que se autoriza en esta resolución, queden sin servicio deberán ser desmantelados, incluidas las cimentaciones de los apoyos, en un plazo de seis meses a partir de la fecha en que se formalice el acta de puesta en marcha y autorización de explotación. Iberdrola deberá comunicar al Servicio Territorial de industria este desmantelamiento en el plazo de 10 días contados a partir del momento en que se realice Las partes aéreas de la instalación de alta tensión, no aisladas, deberán realizarse cumpliendo lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta condición deberán ser recogidas y certificadas por el director de obra en el certificado de dirección de obra. cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 11 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización en el momento en que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas o la declaración inexacta de los datos comunicados. 5.- RECURSOS Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación, Recurso de Alzada ante el Director General de Energía y Minas, de conformidad con los artículos 114 y 115 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Valladolid, a 19 de febrero de 2014, Jefe de Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo de Valladolid Marceliano Herrero Sinovas D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

12 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 12 II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid RESOLUCION DE 21 DE FEBRERO DE 2014 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACION TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2014 DEL CONVENIO CO LECTIVO DEL SECTOR OFICINAS Y DESPACHOS DE VALLADOLID Y PROVINCIA (Código ). cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 12 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Visto el Acta de la Comisión Negociadora de las Tablas Salariales para el año 2014 del Convenio Colectivo del Sector OFICINAS Y DESPACHOS DE VALLADOLID Y PROVINCIA (Código ), suscrito el día 14 de febrero de 2014, de una parte, por los representantes designados por la Confederación Vallisoletana de Empresarios (C.V.E.) y la Asociación de Oficinas y Despachos de Valladolid, de otra, por los representantes CC.OO. y U.G.T., con fecha de entrada en este Organismo el día 20 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, al artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Real De creto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y Orden de 22 de abril de 1999, de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica la Orden de 21 de noviembre de 1996, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica y se definen las funciones de los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Turismo y de las Oficinas Territo riales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del Decreto 2/2011, de 27 de junio (BOCYL de 28 de junio), de Reestructuración de Consejerías, esta Oficina Territorial ACUERDA PRIMERO.- Inscribir dichas Tablas Salariales para el año 2014 en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora. SEGUNDO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO.- Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad Valladolid 21 de febrero de dos mil catorce.-.jefe de Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid.-.Fdo.: Carolina Quintana Ordoñez.

13 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 13 ACTA DE ACTUALIZACION DE LAS TABLAS DEL AÑO 2014 DEL C O N V E N I O C O L E C T I V O D E O F I C I N A S Y D E S P A C H O S D E VALLADOLID Y PROVINCIA. En Valladolid siendo las horas del día 14-febrero-2014, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Oficinas y Despachos de Valladolid, en la sede de la Confederación Vallisoletana de Empresarios(C.V.E.) sita en Plaza Madrid 4-2 ª Planta. Comparece las representaciones de : CC.OO: Jesus López Vaquero. Sonia Velasco Vázquez UGT Angel Vallejo Velasco. María de la Concha Morán Vaquero. CVE: Manuel Soler Martínez Félix Sanz Esteban. ASOCIACIÓN OFICINAS Y DESPACHOS DE VALLADOLID José Luis González Curiel (Presidente Asociación de Oficinas y Despachos) Asesora: María José González Romo. cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 13 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Con carácter previo se establece la capacidad y legitimación de esta Comisión Negociadora para acordar la ACTUALIZACIÓN de las tablas del año 2014 en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9 y 14 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Valladolid firmado el Primero: El artículo 9 establece que para el año 2014 se aplicará un incremento de 0,6% siempre que el PIB del periodo 1/enero/2013 a 31/diciembre/ 2013 sea inferior al 2%, si es superior al 2%, se aplicaría un incremento del 1% En base a lo cual las tablas del 2013 se incrementan en un 0,6%.

14 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 14 Tablas Salariales para el año 2014: Niveles Salario Salario Suplido Base/mes Base/año I 1863, ,92 575,58 II 1794, ,93 575,58 III 1727, ,23 575,58 IV 1660, ,29 575,58 V 1594, ,43 575,58 VI 1546, ,05 575,58 VII 1430, ,35 575,58 VIII 1361, ,50 575,58 IX 1233, ,20 575,58 X 1086, ,32 575,58 X bis 1035, ,92 575,58 XI 986, , ,58 XII 850, ,07 575,58 XIII 756, ,52 575,58 cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 14 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON SEGUNDO: El artículo 14 establece para el concepto de indemnización o suplido, que para el año para el año 2014 el importe a aplicar será el resultante de aplicar el 0,6% a la cantidad del año 2013 siempre que el PIB del periodo 1/enero/2013 a 31/diciembre/ 2013 sea inferior al 2%, si es superior al 2%, se aplicaría un incremento del 1%. La cantidad por suplido para el año 2013 fue de 40,87 euros /mes y 572,15 euros año. Con lo cual después de aplicar a la cantidad anterior el 0,6% para el año 2014 el resultado es /mes y 575,58 /año Todos los comparecientes manifiestan su plena conformidad a los acuerdos adoptados y expresados en la presente acta, siendo firmada por todos los comparecientes. CC.OO UGT CV E ASOCIACIÓN OFICINAS Y DESPACHOS DE VALLADOLID D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

15 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 15 II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid RESOLUCION DE 20 DE FEBRERO DE 2014 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACION TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2014 DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID DE VALLADOLID Y PROVINCIA (Código ). cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 15 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Visto el Acta de la Comisión Negociadora relativa a la aprobación de las Tablas Salariales para el año 2014 del Convenio Colectivo Provincial del Sector de INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID de Valladolid y provincia (Código ), suscrito el día 14 de febrero de 2014, de una parte, por los representantes de la Asociación de Industriales y Comerciantes de Vino de Valladolid y, de otra, por los representantes de CC.OO. y U.G.T., con fecha de entrada en este Organismo el día 19 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Tra bajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y Orden de 21 de noviembre de 1996 de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo por la que se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del Decreto 2/2011, de 27 de junio (BOCYL de 28 de junio), de Reestructuración de Consejerías, esta Oficina Territorial ACUERDA PRIMERO.- Inscribir las Tablas Salariales para el año 2014 en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Mixta Paritaria. SEGUNDO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO.- Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad. Valladolid, 20 de febrero de La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.-Carolina Quintana Ordóñez

16 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 16 ACTA DE ACTUALIZACION DE LAS TABLAS DEL AÑO 2014 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID DE VALLADOLID Y PROVINCIA En Valladolid siendo las horas del día 14-FEBRERO-2014, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID de Valladolid, en la sede de la Confederación Vallisoletana de Empresarios(C.V.E.) sita en Plaza Madrid 4-2ª Planta. ASISTENTES: En representación de los trabajadores comparecen: CC.00: Sheila Mateos Canelo... DNI T Jose Angel Lentijo Nieto... DNI IN Antonio Ortega Rodríguez... DNI E UGT: Antonio Alvarez Redondo... DNI D Félix Jiménez Rodríguez... DNI H Mario González Cantalapiedra... DNI G En representación de la parte empresarial comparecen: ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE VINO DE VALLADOLID cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 16 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Fernando Benito Caballero Arroyo... DNI Z Tomás Vega García......DNI L Fernando Vicente de la Torre......DNI L Francisco Javier Andrés Abad... DNI N Vicente Orihuela Villamariel... DNI E Asesora: María José González Romo Con carácter previo se establece la capacidad y legitimación de esta Comisión Negociadora para acordar la ACTUALIZACION de las tablas del año 2014 en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 del Convenio Colectivo de la Industria y comercio de la Vid de Valladolid firmado el El artículo 24 del convenio establece: Que para el año 2014 la subida salaria será del 1% si el PIB del año 2013 fuera superior al 2% y en caso de no alcanzar dicho porcentaje los salarios se incrementarán en un 0,5% en los conceptos retributivos establecidos en el artículo 23. En base a lo establecido en el articulo 24 la tabla del 2013 se incrementa en un 0,5%, resultando para el ario 2014 la tabla que se adjunta a continuación:

17 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 17 cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 17 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Tabla salarial año 2014: Grupos categorías Horas ext. 40% Salario convenio Total anual euros mes - euros Técnicos Títulados Técnicos Título Superior 18, , ,81 Técnico Título Medio 14, , ,64 Técnico Título Inferior 13, , ,47 Técnicos no titulados Encargado de Bodegas 14, , ,64 Encargado de Laboratorio 13, , ,47 Auxiliar de Laboratorio 10,29 862, ,08 Administración = Jefe Sup. Administración 18, , ,81 Jefe de 1.ª 16, , ,07 Jefe de 2.ª 14, , ,54 Oficial de 1.ª 12, , ,60 Oficial de 2.ª 10,75 901, ,55 Auxiliar 9,82 822, ,34 Comerciales Jefe superior comercial 18, , ,81 Jefe de ventas 16, , ,07 Inspector de ventas 13, , ,47 Coordinador de ventas 12, , ,60 Corredor Viajante Prom. 11,22 940, ,58 Subalternos Conserje 10,29 862, ,08 Subalterno 1.ª 10,29 862, ,08 Subalterno 2.ª 9,36 784, ,47 Limpieza 9,36 784, ,47 Obreros profesionales Capataz Bodega 14,31 39, ,20 Encargado de Sección 13,22 36, ,53 Oficial 1.ª 12,30 33, ,33 Oficial 2.ª 10,88 30, ,87 Oficial 3.ª 10,39 28, ,42 Oficial 1.ª Chófer Ruta 11,33 31, ,65 Conductor 1.ª Autoventista 11,33 31, ,65 Oficial 2.ª 10,88 30, ,87 Peón Especialista 9,92 27, ,60 Peón 9,46 26, Pinche años 7,73 21, ,61 Oficios Auxiliares Oficial 1.ª 11,33 31, ,65 Oficial 2.ª 10,88 30, ,87 Oficial 3.ª 10,39 28, ,42 Todos los comparecientes manifiestan su plena conformidad a los acuerdos adoptados y expresados en la presente acta, siendo firmada por todos los comparecientes. CC.OO UGT ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE VINO DE VALLADOLID D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B

18 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 18 II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid RESOLUCION DE 19 DE FEBRERO DE 2014 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACION TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL, S.A. (Código ) cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 18 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL, S.A. (Código ), suscrito el día 14 de noviembre de 2013, de una parte, por la representante de la empresa y, de otra, por los representantes de los trabajadores, con fecha de entrada en este Organismo el día 20 de diciembre de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Le gislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Real De creto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y Orden de 22 de abril de 1999, de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica la Orden de 21 de noviembre de 1996, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica y se definen las funciones de los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Turismo y de las Oficinas Territo riales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del Decreto 2/2011, de 27 de junio (BOCYL de 28 de junio), de Reestructuración de Consejerías, esta Oficina Territorial ACUERDA PRIMERO.- Inscribir dicho Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora. SEGUNDO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO.- Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad. Valladolid, 19 de febrero de La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.- Carolina Quintana Ordóñez

19 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 19 II CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL, S.A. Protocolo Se formaliza el presente protocolo a efectos de manifestar que la base sobre la que la dirección de la empresa y representación de los trabajadores ha negociado el Convenio Colectivo es el compromiso mutuo en la filosofía que a continuación se detalla. Por consiguiente, las partes manifiestan la siguiente filosofía: 1. Continuar con una política de crecimiento que trate de garantizar los puestos de trabajo de los empleados actuales, tanto fijos como eventuales, y la creación de nuevos puestos de trabajo. 2. Garantizar los derechos económicos de los trabajadores actuales tanto indefinidos como eventuales. 3. Seguir apostando por una más completa y diversificada formación de los empleados actuales de la Compañía. 4. Salvaguardar los derechos de la Compañía de las malas prácticas que puedan ser realizadas por cualquier miembro de la organización y que puedan perjudicar la estabilidad e intereses del resto de los trabajadores. CAPÍTULO I Disposiciones generales cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 19 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Artículo 1. Ámbito funcional y personal. El presente Convenio de ámbito de empresa afectará, con exclusión de cualquier otro, a todo el personal que preste sus servicios para la empresa Centro de Observación y Teledetección Espacial, S.A., así como al personal cuya contratación se efectúe durante la vigencia del mismo. Artículo 2. Ámbito material y territorial. El presente Convenio regula las condiciones generales de trabajo del personal que preste sus servicios para la empresa Centro de Observación y Teledetección Espacial, S.A., siendo de aplicación en la totalidad de los centros de trabajo establecidos o de futuro establecimiento dentro del territorio nacional. Artículo 3. Vigencia y duración. La vigencia del presente Convenio será de cuatro años, extendiéndose desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2016, con independencia

20 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 20 del momento de su firma, depósito o registro, prorrogándose tras esta fecha, anualmente por tácita aceptación, y en sus propios términos, en tanto no se solicite su revisión y se formule su necesaria denuncia en los términos del artículo 4. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, las partes firmantes podrán solicitar la revisión, previa formulación de denuncia conforme a lo estipulado en el artículo 4 del presente Convenio, con anterioridad al 31 de diciembre de Artículo 4. Procedimiento de denuncia para revisión. cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 20 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Las partes firmantes del presente Convenio acuerdan dar por denunciado este Convenio y por solicitada su revisión, convocándose ambas partes formalmente, en el acto de la firma de este Convenio, para constituir la Mesa Negociadora del II Convenio Colectivo de Centro de Observación y Teledetección Espacial, S.A. dentro del mes de enero de 2017, al objeto de negociar un nuevo Convenio Colectivo. No obstante lo anterior, por cualquiera de las partes firmantes del presente Convenio podrá pedirse a la otra la revisión del mismo con anterioridad al 31 de diciembre de 2016, mediante escrito notificado fehacientemente con un mínimo de un mes de antelación respecto a la fecha de finalización de su vigencia anual. En el caso de solicitarse la revisión del Convenio, la parte que formule su denuncia, y para que ésta sea válida, deberá emitir a la otra parte, en el plazo máximo de los tres meses siguientes al de la denuncia, una propuesta concreta sobre los puntos y contenidos que comprenda la negociación solicitada. De esta comunicación y de la propuesta, se enviará copia a la autoridad laboral competente. A partir de la fecha de notificación de la propuesta regulada en el párrafo anterior, la Comisión Negociadora se constituirá en el plazo máximo de quince días, elaborando el calendario de negociación que no podrá exceder el plazo de dos meses a computar desde la fecha de notificación de la propuesta de puntos y contenidos objeto de negociación a que se refiere el párrafo anterior. En caso de incumplimiento de los requisitos formales anteriormente enunciados, se entenderá por no efectuada la denuncia. En caso de que la Mesa Negociadora no alcance acuerdo sobre los puntos y contenidos, objeto de negociación, continuará la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de Artículo 5. Compensación y absorción. Todas las condiciones económicas que se establecen en el presente convenio, sean o no de naturaleza salarial, son compensables en su conjunto y cómputo anual con las mejoras de cualquier tipo que vinieran anteriormente satisfaciendo las empresas, bien sea por imperativo legal, convenio colectivo, laudo, contrato individual, uso o costumbre, concesión voluntaria de las empresas o por cualesquiera otras causas. Dichas condiciones también serán absorbibles, hasta donde alcancen y en cómputo anual, por los aumentos que en el futuro pudieran establecerse en virtud de preceptos legales, convenios colectivos o contratos individuales de trabajo, con

21 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 21 la única excepción de aquellos conceptos que expresamente fuesen excluidos de absorción en el texto del presente convenio. Artículo 6. Vinculación a la totalidad. Las condiciones aquí pactadas forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente en cómputo anual. Artículo 7. Garantía personal. Se respetarán las condiciones personales que, con carácter global computadas en su conjunto y anualmente, excedan de lo establecido en el presente Convenio, manteniéndose estrictamente a título personal; sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5. Artículo 8. Comisión Paritaria. cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 21 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON Se constituye una Comisión Paritaria de interpretación y vigilancia del Convenio que constará de cuatro/dos (GT) vocales, dentro de los componentes de la Mesa Negociadora, designándose dos/uno (GT) por la empresa y dos/uno (GT) por los trabajadores, pudiendo acudir a las reuniones acompañados de sus asesores, quienes tendrán voz pero no voto. Serán funciones de la Comisión las que se exponen a continuación: a) Conocer los asuntos y diferencias que se deriven de la aplicación e interpretación de este convenio, debiendo emitir dictamen sobre ellos. b) Evacuar los informes que sobre este convenio solicite la Autoridad Laboral o la Jurisdicción Social. c) Resolver los expedientes que se sometan a su conocimiento de acurdo con lo establecido en este convenio. d) Vigilar y hacer cumplir en sus propios términos las disposiciones del Convenio. e) Cualquier otra materia que la Comisión acepte someter a su deliberación. El domicilio de la Comisión Paritaria se fija en la sede del domicilio social de la empresa. Su reglamento de funcionamiento seré el siguiente: la Comisión Paritaria será convocada por cualquiera de las partes firmantes, mediante comunicación escrita, incluida la comunicación a través de correo electrónico profesional, en la que se expresarán los puntos en el Orden del Día a tratar y la fecha propuesta para la reunión. La Comisión Paritaria se reunirá dentro del plazo que las circunstancias que la motiven aconsejen, en función de la importancia y urgencia del asunto, pero en ningún caso excederá de diez días contados a partir del requerimiento. La Comisión se entenderá válidamente constituida cuando asista la mayoría simple de cada una de las partes. Los acuerdos de la Comisión requerirán, en

22 Núm. 49 Viernes, 28 de febrero de 2014 Pág. 22 cualquier caso, el voto favorable de la mayoría de cada una de las partes. El pronunciamiento de la comisión Paritaria tendrá carácter vinculante de manera inmediata, siendo incorporado al texto del siguiente convenio colectivo. En el supuesto de desacuerdo en el seno de la Comisión Paritaria la discrepancia se someterá a mediación. De cada reunión se levantará acta que será firmada por quien haga de Secretario y por un representante de cada parte. La Comisión recabará, en su caso, de los organismos oficiales, los asesoramientos técnicos que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 9. Derecho supletorio. En lo no previsto en el presente Convenio Colectivo, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o norma que lo sustituya; y demás normas legales de general aplicación. CAPÍTULO II Organización, jornada, vacaciones, licencias y ropa de trabajo Artículo 10. Organización del trabajo. cve: BOPVA-A Viernes, 28 de febrero de 2014 Núm. 49 Pág. 22 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON La organización del trabajo en todos sus aspectos es una facultad del empresario y dentro de la empresa es competencia de los órganos directivos. A tales efectos, se comprenden dentro de las facultades directivas de la empresa las siguientes: a) La adscripción o traslado de personal dentro de los centros de trabajo del ámbito funcional de la empresa, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, y previa comunicación por escrito. b) La modificación de los métodos de trabajo. c) La determinación del contenido de la prestación laboral, así como cualquier cambio de funciones o servicios de los trabajadores que no perjudique su formación profesional o que, en otro caso, sea de carácter temporal. d) El cambio de puesto de trabajo de acuerdo con la normativa de aplicación. e) La determinación de los rendimientos mínimos conducentes a considerar como actividad normal la que desarrolla un empleado en su trabajo, bajo una dirección competente, sin el estímulo de una remuneración con incentivo, caracterizándose por un esfuerzo constante y razonable. f) El establecimiento de incentivos y sus sistemas, así como la fijación de índices de productividad y de calidad.

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