LUGARES DE TRABAJO OBJETIVOS CONOCIMIENTOS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LUGARES DE TRABAJO OBJETIVOS CONOCIMIENTOS"

Transcripción

1

2 LUGARES DE TRABAJO Las características de los lugares de trabajo están reguladas por el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los mismos. Los lugares de trabajo deben cumplir una serie de requisitos estructurales, de orden y limpieza, de iluminación, etc., de modo que no den lugar a riesgos, ni perjudiquen la salud y la seguridad laboral. Dichos requisitos deben corresponderse con la actividad que se realiza, el número de personas que trabajan o visitan el centro, y con las sustancias y materiales que se utilizan o se almacenan. OBJETIVOS Adquirir las competencias relacionadas con las características que deben cumplir los lugares de trabajo, para garantizar la seguridad tanto para los trabajadores como para cualquier otra persona que acuda a ese centro de trabajo. CONOCIMIENTOS Marco Legal. Condiciones Constructivas. Condiciones de Seguridad en los. Orden, Limpieza y Mantenimiento. Condiciones Ambientales. Iluminación en los. Servicios Higiénicos y Locales de Descanso. Material y Locales de Primeros Auxilios. 2

3 MARCO LEGAL La Directiva 89/654/CEE del Consejo, de 30 de noviembre de 1989, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en los lugares de trabajo, fue transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril. Junto a las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, el empresario debe asegurar también el cumplimiento de los preceptos de carácter general contenidos en la Ley básica de prevención y en el Reglamento de los servicios de prevención. Es importante tener en cuenta que buena parte de los requisitos regulados por el RD 486/997: condiciones constructivas de los lugares de trabajo, iluminación, servicios higiénicos, locales de descanso, etc., estaban regulados anteriormente por la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo de 1971, la cuál quedo parcialmente derogada por la entrada en vigor del Real Decreto. Ámbito de Aplicación del Real Decreto 486/1997 Lugar de trabajo es el área del centro de trabajo, edificada o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo. RD 486/1997 3

4 A la vista de esta definición, se deduce que el Real Decreto 486/1997 se aplica a una amplia gama de lugares de trabajo, no sólo a instalaciones industriales, fábricas y oficinas, sino también a colegios, hospitales, hoteles, universidades, etc. Además, se consideran expresamente incluidos en la definición: Servicios. Locales de descanso. Locales de primeros auxilios. Comedores. El término lugar de trabajo, también incluye cualquier local, pasillo, escalera, vía de circulación, etc., situadas dentro de las instalaciones, siendo el empresario el responsable de adoptar medidas para que la utilización de estos lugares de trabajo no originen riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores, o al menos, reducirlos al mínimo. Exclusiones El Real Decreto 486/1997 no es de aplicación a determinados lugares de trabajo, por tener legislación propia. Exclusiones del RD 486/1997 Medios de transporte utilizados fuera de la empresa o centro de trabajo, tales como aviones, barcos, trenes, vehículos de carretera o cualquier otro medio de transporte propio de la empresa, así como los lugares de trabajo situados dentro de dichos medios. Industrias de extracción, que se rigen por el Real Decreto 1389/1997. Obras de construcciones temporales o móviles, que se rigen por el Real Decreto 1627/1997. Buques de pesca, que se rigen por el Real Decreto 1216/1997 Campos de cultivo, bosques y otros terrenos que formen parte de una empresa o centro de trabajo agrícola o forestal pero que estén situados fuera de la zona edificada de los mismos. 4

5 CONDICIONES CONTRUCTIVAS Las condiciones en las que se encuentra el espacio de trabajo en el que se va a desarrollar la actividad laboral, influyen de un modo directo en la prevención de los accidentes, ya que una buena parte de los accidentes se podrían evitar si se realizara un diseño adecuado del edificio. Factores de Riesgo que Afectan a los Estructura de los edificios. Espacios de trabajo. Suelos, desniveles y aberturas. Tabiques y paredes. Vías de circulación. Puertas y portones. Rampas, escaleras y plataformas de trabajo. Salidas y vías de evacuación. Protección contra incendios. Instalaciones eléctricas. Accesos a minusválidos. Orden y limpieza. Condiciones ambientales. Servicios higiénicos y locales de descanso. Material y locales de primeros auxilios. 5

6 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS LUGARES DE TRABAJO En el anexo I del Real Decreto 486/1997, se establecen las condiciones de seguridad que deben de cumplir los lugares de trabajo para los trabajadores, sin olvidar que también puede acudir y/o permanecer público, clientes, pacientes o usuarios de servicios. Además de las instalaciones industriales, fábricas, oficinas, etc., también quedan definidos como lugares de trabajo, los tendidos eléctricos ya sean urbanos o rurales, postes, etc., al amparo de cómo se define con un carácter mucho más amplio el lugar de trabajo según el RD 614/2001. También se traslada en parte esa definición de, cualquier lugar dónde deba permanecer un trabajador durante sus labores, al RD 171/2004, a la hora de definir centro de trabajo. Estructura de los Edificios La reglamentación vigente relativa a construcción de edificios y locales industriales exige un proyecto redactado por un técnico facultativo competente, visado por el correspondiente colegio oficial, el cuál ha de presentarse ante en el ayuntamiento correspondiente para obtener la licencia de obra, La empresa constructora está obligada a ejecutar la obra respetando las características técnicas, materiales y diseño del proyecto. La ley le exige además una responsabilidad civil durante 10 años. A la hora de construir los edificios hay que tener en cuenta una serie de consideraciones: Los edificios en los que se encuentran los lugares de trabajo han de poseer una estructura sólida y adecuada a su uso. Todos los elementos que componen la estructura y los que son de servicio como plataformas, escaleras, etc., deberán tener las características adecuadas al trabajo que se desempeña. A la hora de construir los locales de trabajo se han de utilizar elementos con una gran resistencia al fuego y los que tengan poca resistencia han de estar revestidos con materiales ignífugos. Los elementos de servicio, los accesos a techos, etc. no se pueden sobrecargar, y si su resistencia no está garantizada, no se utilizarán sin los equipos de seguridad apropiados. Espacios de Trabajo y Zonas Peligrosas Los locales de trabajo deberían de tener suficiente espacio para permitir a los trabajadores acceder con facilidad a los puestos de trabajo y moverse con facilidad dentro de los mismos. Las dimensiones del local han de estar adaptadas al número de trabajadores, de manera que estos puedan llevar a cabo su trabajo de una forma segura, incluyendo unas condiciones ergonómicas adecuadas, de modo que el trabajador tenga un acceso fácil y cómodo a las diferentes máquinas y equipos. 6

7 Es importante tener en cuenta, que muchas veces es causa de accidente una mala distribución de la maquinaria o equipos de trabajo en el local, por lo que una forma de mejorar las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores es redistribuir la maquinaria en el espacio disponible del local. También se deben guardar las distancias de separación suficientes entre los elementos materiales para que los trabajadores efectúen su tarea diaria de forma cómoda, sin estar expuestos a atropamientos, golpes, tropiezos, etc. Dimensiones Mínimas para cada Trabajador según RD 486/1997 Altura (del suelo al techo) = 3 m. En establecimientos comerciales, de servicios y locales destinados a oficinas y despachos se permite 2.5 m. Superficie libre por trabajador = 2 m 2. Volumen libre por trabajador 10 m 3. Suelos, Desniveles y Aberturas Las estadísticas anuales de accidentalidad muestran que en torno a un 10% de los accidentes en jornada con baja tienen como causa las caídas al mismo nivel. Estas caídas, y en especial los resbalones, se deben la mayoría de las veces a uno de los siguientes factores: Tipo de construcción del suelo. Coeficiente de fricción. Suciedad depositada sobre el suelo, como grasa, polvo, líquidos, materiales, etc. Por tanto, unas condiciones inadecuadas del suelo pueden provocar accidentes por lo que es fundamental elegir el suelo más conveniente en cada caso. Los factores a tener en cuenta en dicha elección son: Carga a soportar. Agresividad de los productos que se van a verter sobre él. Actividad que se va a realizar. El pavimento ha de ser homogéneo, llano, liso y no resbaladizo. Si se almacena sobre él productos inflamables deberá ser incombustible e impermeable, si el proceso es húmedo tendrá que disponer de un buen drenaje, etc. Respecto a las aberturas o desniveles, las escaleras y las rampas hay que tener en cuenta: 7

8 Aberturas o Desniveles Escaleras y Rampas Han de estar dotadas de barandillas de material rígido, de una altura no inferior a 90 cm. y rodapiés no inferior a 15 cm. Asimismo, tendrá una barra intermedia que evite posibles caídas de personas. Las escaleras y rampas con algún lado abierto que tengan más de 60 cm. de altura han de estar protegidas. Los lados que estén cerrados han de tener pasamanos a una altura de 90 cm como mínimo, si la escalera es mayor de 1,2 m. Si es menor de 1,2 m pero con los dos lados cerrados, al menos uno de ellos tendrá pasamanos. Tabiques, Paredes y Ventanas En el Real Decreto 486/1997 se establecen los requisitos que deben cumplir los tabiques las paredes y las ventanas. A continuación, se indica un resumen de los mismos: Tabiques Paredes Ventanas Los tabiques transparentes o translúcidos y sobre todo los acristalados situados en el interior de los centros de trabajo y vías de circulación, han de ser de materiales seguros y estar claramente señalizados. Tienen que ser lisas, de colores claros y que se puedan lavar o blanquear. Si en el recinto existen riesgos específicos serán impermeables y sin juntas para locales en los que se usen o fabriquen sustancias irritantes o tóxicas. Si existen hornos u otro foco de calor han de ser de material incombustible. Deben poder limpiarse de forma segura y sin riesgo para los trabajadores que se encuentren en el interior del edificio y en sus alrededores. Vías de Circulación Todas las vías de circulación que se encuentran en los lugares de trabajo (puertas, pasillos, escaleras, escalas, rampas, muelles de carga) deberán de poder utilizarse de forma fácil y segura tanto para peatones como para vehículos. Sus dimensiones estarán adaptadas a los usuarios y la actividad. 8

9 La anchura mínima de las vías de circulación será: Puertas exteriores: 80 cm. Pasillos: 1 m. Han de estar señalizadas, delimitadas y no utilizarse para almacenar materiales. Aspectos a Considerar en las Vías de Circulación Evitar los suelos irregulares o blandos que puedan provocar el vuelco de los vehículos o la pérdida de su carga. En los cruces de vías de circulación de vehículos con visibilidad reducida, es aconsejable instalar espejos u otros elementos que faciliten la visión. Cuando en una vía de circulación existan zonas con altura limitada, se señalizará a una distancia adecuada. Debe apantallarse adecuadamente cualquier obstrucción potencialmente peligrosa, tal como cables de líneas aéreas de energía eléctrica, o conducciones de tuberías que transporten fluidos a alta presión o temperatura, productos químicos, inflamables, etc. En los puestos de trabajo cercanos a las vías de circulación de vehículos conviene utilizar apantallamiento adecuado para proteger a los trabajadores de los humos de escape o de los materiales que pueden desprenderse de los vehículos. Se deben establecer velocidades máximas de circulación. En los cruces de vías de circulación de vehículos por trabajadores, se deberían señalizar pasos peatonales utilizando pintura reflectante cuando así se requiera. Puertas y Portones Existen distintos tipos de puertas y portones y habrá que tener en cuenta una serie de consideraciones al respecto: Puertas Transparentes Puertas Correderas Puertas de Vaivén Han de estar señalizadas a la altura de la vista y las que no sean de material de seguridad deben estar protegidas contra la rotura. Las puertas correderas o que abran hacia arriba deberán estar dotadas de un sistema de seguridad para no salirse del carril o caerse. Serán siempre transparentes, al menos en parte, de tal manera que permitan la visibilidad de la zona a la que se accede. 9

10 Puertas y Portones Mecánicos Puertas que Accedan a Escaleras Deberán disponer de sistema de parada de emergencia de fácil identificación, como son por ejemplo, los detectores de presencia o un dispositivo que limite la fuerza de cierre de modo que sea insuficiente para causar lesión. Para las automáticas, ha de ser posible su apertura manual en caso de avería del sistema de emergencia. No se abrirán directamente sobre sus escalones sino sobre descansos que posean una anchura al menos igual a la de aquellos. Rampas, Escaleras y Plataformas de Trabajo En las rampas, escaleras y plataformas presentes en el lugar de trabajo el pavimento ha de ser de material no resbaladizo y con elementos antideslizantes. La pendiente no será superior al: 12% si la longitud es menor de 3 m. 10% si es menor de 10 m. 8% para los demás casos. Hasta el 20% en construcciones anteriores a la publicación del RD 486/1997. Requisitos de las Escaleras Fijas Si el pavimento es perforado, la abertura máxima de los intersticios será de 8 mm y de 10 mm para las ya construidas. Anchura mínima de 1m y para las de servicio de 55 cm. Todos los peldaños han de tener las mismas dimensiones. Las escaleras de caracol están prohibidas, excepto si son de servicio. Los escalones: Escaleras de servicio: tendrán una huella mínima de 15 cm y una contrahuella máxima de 25 cm. Escaleras que no son de servicio: tendrán una huella entre 23 y 36 cm y una contrahuella entre 13 y 20 cm. Altura máxima entre los descansos de las escaleras será de 3,7 m. Profundidad de los descansos intermedios, medida en dirección a la escalera, no será menor que la mitad de la anchura de ésta ni de 1m. Espacio libre vertical desde los peldaños no será inferior a 2,2 m. 10

11 DOCUMENTO PARA LA DESCARGA Navegando por esta Competencia, se puede descargar la Nota Técnica de Prevención (NTP) 404 relativa a escaleras fijas. Requisitos de las Escalas Fijas La distancia máxima entre escalones ha de ser de 30 cm. La distancia mínima entre el frente de los peldaños y las paredes más próximas al lado de ascenso, será de 75 cm. La distancia mínima entre la parte posterior de los escalones y el objeto fijo más próximo, será de 16 cm. La anchura mínima de la escala será de 40 cm. A ambos lados del eje de la escala tiene que haber un espacio libre de 40 cm, a menos que esté provista de jaulas u otros dispositivos equivalentes. Cuando exista riesgo de caída por falta de apoyos en el tramo final, la barandilla o lateral de la escala se prolongará al menos 1m por encima del último peldaño u otra seguridad equivalente. Las escalas de altura superior a 4 m dispondrán de protección circundante (jaulas) que cumplirán los siguientes requisitos: Diámetro: cm. Sobrepasará la plataforma superior 1 m. El aro inferior distará del suelo sobre 2 m para facilitar el acceso. Separación entre aros será 1,20 1,50 m. Las escalas fijas con altura mayor de 9 m han de tener plataformas de descanso cada 9 m o fracción. Requisitos de las Escaleras Portátiles Presentan un gran número de accidentes debido a condiciones de conservación inadecuadas. Por ello, antes de su uso se ha de realizar una revisión de su estado. Pueden ser de madera, de acero, de aluminio o de fibra en función del trabajo al que están destinadas, y cada una de ellas se utilizará según las indicaciones del fabricante. Nunca se ha de usar una escalera de construcción improvisada. Han de tener elementos de resistencia y de apoyo. Las escaleras de tijera han de tener elementos que impidan su apertura mientras se utilizan. 11

12 Las escaleras de madera son más inseguras por estar expuestas a las inclemencias del tiempo (lluvia, calor, etc.) aconsejándose su uso sólo para alturas pequeñas. DOCUMENTO PARA LA DESCARGA Navegando por esta Competencia, se puede descargar la Nota Técnica de Prevención (NTP) 239 relativa a escaleras manuales. Requisitos de las Plataformas de Trabajo Pueden ser fijas o móviles, pero su estructura y resistencia han de ser siempre adecuadas en función de las cargas o esfuerzos a los que van a ser sometidas. El piso y pasillos han de ser antideslizantes manteniéndose libres de obstáculos y con un sistema de drenaje. Las que estén situadas a más de 2 m de altura se protegerán con barandillas u otros sistemas de protección equivalentes. Salidas y Vías de Evacuación Las vías y salidas han de estar libres de obstáculos y despejadas, desembocando lo más directamente posible en el exterior o zona de seguridad. No deben utilizase nunca como zona de almacenaje provisional o permanente para ningún tipo de objeto o material. Su utilización debe ser posible en cualquier momento. Han de estar situadas de modo que permitan evacuar rápidamente a todos los trabajadores y en condiciones de seguridad. Su número, distribución y dimensiones serán función del aforo máximo, los equipos de trabajo, etc. Deben estar adecuadamente señalizadas, según el Real Decreto 485/1997, y equipadas con iluminación de seguridad, por si existe una avería en la iluminación. Protección Contra Incendios Los lugares de trabajo han de ajustarse a las condiciones de protección contra incendios según el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. Los locales han de estar dotados de los equipos adecuados en función de las dimensiones y uso de equipos y locales, de las sustancias químicas presentes y del número de personas. 12

13 Los dispositivos no automáticos de lucha contra incendios serán de fácil acceso y manipulación además de estar adecuadamente señalizados, según establece el Real Decreto 485/1997. Instalaciones Eléctricas Las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo, cumplirán con todos los requisitos exigidos en la normativa, fundamentalmente en los Reglamentos Electrotécnicos de Baja Tensión y de Alta Tensión. En cualquier caso, la instalación ha de cumplir los siguientes requisitos: No debe existir riesgo de incendio o explosión. Los trabajadores estarán adecuadamente protegidos contra estos riesgos frente a contactos directos o indirectos. Accesos a Minusválidos El acceso a los lugares de trabajo y en particular las puertas, vías de circulación y de evacuación, escaleras, servicios higiénicos y puestos de trabajo utilizados u ocupados por minusválidos, han de estar en condiciones para que estos puedan usarlos correctamente. En muchas comunidades autónomas existen leyes de promoción de la accesibilidad y supresión de las barreras arquitectónicas, en las que se dan disposiciones sobre barreras arquitectónicas urbanísticas y en edificios. Estas disposiciones pueden servir como guía a la hora de acondicionar los lugares y puestos de trabajo utilizados u ocupados por trabajadores minusválidos. 13

14 ORDEN, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO En cualquier actividad laboral, para conseguir un grado de seguridad aceptable, tiene especial importancia el asegurar y mantener el orden y la limpieza, ya que son numerosos los accidentes que se producen por golpes y caídas como consecuencia de un ambiente desordenado o sucio, suelos resbaladizos, materiales colocados fuera de su lugar y acumulación de material sobrante o de desperdicio. Velar por el orden y la limpieza del lugar de trabajo es un principio básico de seguridad. DOCUMENTO PARA LA DESCARGA Navegando por esta Competencia, se puede descargar la Nota Técnica de Prevención (NTP) 481, Orden y Limpieza en los. Actuaciones Fundamentales Con el objetivo de mantener los puestos de trabajado ordenados y limpios, contribuyendo de esta forma a un trabajo más eficiente y más seguro, conviene seguir unas normas básicas cuya gestión no es tarea fácil. Por eso, es necesario facilitar la comunicación y la participación de los trabajadores, mejorando la forma de hacer las cosas, fomentando la creación de nuevos hábitos de trabajo, y responsabilizando a todos los trabajadores y mandos intermedios sobre este tema. Actuaciones Fundamentales Eliminar lo Innecesario y Clasificar lo Útil Facilitar medios para eliminar lo que no sirva. Establecer criterios para priorizar la eliminación y clasificación en función de su utilidad. Actuar sobre las causas de acumulación. 14

15 Acondicionar los Medios para Guardar y Localizar Fácilmente el Material Evitar Ensuciar y Limpiar Después Favorecer el Orden y la Limpieza Guardar adecuadamente las cosas en función de quién, cómo, cuándo y dónde ha de encontrar lo que se busca. Habituarse a colocar cada cosa en su lugar y a eliminar lo que no sirve de forma inmediata. Eliminar y controlar lo que se pueda ensuciar. Organizar la limpieza del lugar de trabajo y de los elementos clave con los medios necesarios. Aprovechar la limpieza como medio de control del estado de las cosas. Procurar que el entorno favorezca comportamientos adecuados. Subsanar las anomalías con inmediatez. Normalizar procedimientos de trabajo acordes con el orden y la pulcritud. Requisitos Relativos al Orden y a la Limpieza En el Anexo III del Real Decreto 486/1997 se establecen los requisitos que deben cumplir los lugares de trabajo, en lo que al orden, la limpieza y el mantenimiento se refieren: Requisitos Relativos al Orden y la Limpieza Mantener las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo, libres de obstáculos, así como las salidas y vías de circulación previstas para la evacuación en caso de emergencia. La peridiocidad de la limpieza dependerá del tipo de lugar de trabajo y de su utilización. En este sentido existe el falso mito de que los suelos pulidos pueden mantenerse más limpios que los rugosos. Esto no es necesariamente cierto, Un suelo rugoso también puede mantenerse limpio aunque supondrá un esfuerzo mayor. Se debe utilizar el método de limpieza más adecuado a cada situación, así por ejemplo, es mejor limpiar por aspiración que por barrido ya que de esta última forma, se puede producir una dispersión de polvo en el ambiente. Se desaconsejan las pistolas de aire comprimido para la limpieza de los puestos de trabajo. Es preciso establecer un procedimiento para el mantenimiento de los lugares de trabajo y sus instalaciones, manteniéndolas en un estado de eficiencia adecuado. 15

16 CONDICIONES AMBIENTALES Las condiciones ambientales no deben suponer un riesgo para la seguridad de los trabajadores ni para su salud, o ser un factor de molestia, para ello, se ha de evitar, entre otros, los cambios bruscos, temperaturas y humedad extremas, corrientes de aire, malos olores, excesiva irradiación y ruido. Temperatura Humedad Para trabajos sedentarios ha de estar entre 17 y 27 ºC. Para trabajos ligeros entre 14 y 25 ºC. En general ha de estar entre 30 y 70%. Para locales con riesgos por electricidad estática entre el 50 y 70%. Los trabajadores no deben estar expuestos a corrientes de aire, estando limitada la velocidad del aire a: 0,25 m/s para ambientes no calurosos. 0,5 m/s para ambientes calurosos. 0,75 m/s para trabajos no sedentarios en ambientes calurosos. Para corrientes de aire acondicionado, los límites son: Ventilación 0,25 m/s para trabajos sedentarios. 0,35 m/s para los demás. La renovación de aire mínima en los locales de trabajo (sin perjuicio de lo dispuesto en el RD 1618/1980 de 4 de julio) será: 30 m 3 de aire limpio por hora y trabajador, para trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco. 50 m 3 de aire limpio por hora y trabajador para los restantes trabajos. 16

17 ILUMINACIÓN EN LOS LUGARES DE TRABAJO Unas condiciones inadecuadas de iluminación en los lugares de trabajo pueden tener consecuencias negativas para la seguridad y salud de los trabajadores; desde fatiga visual hasta accidentes como consecuencia de una iluminación insuficiente en escaleras, vías de circulación, etc. La iluminación del local de trabajo ha de estar adaptada a la actividad que se realiza y a sus exigencias visuales utilizando siempre que sea posible una iluminación natural que se complementará con la artificial cuando ésta no sea suficiente. Se evitarán deslumbramientos directos e indirectos del trabajador. La iluminación tampoco debe afectar a la percepción de contrastes, profundidad o distancias. DOCUMENTO PARA LA DESCARGA Navegando por esta Competencia, se puede descargar la Nota Técnica de Prevención (NTP) 211 relativa a la iluminación en los lugres de trabajo. Niveles Mínimos de Iluminación En el RD 486/1997 se establecen unos niveles mínimos de iluminación en función de las tareas y evitando variaciones bruscas dentro de una zona de operación y en sus alrededores. Zona o Parte del Lugar de Trabajo Nivel Mínimo de Iluminación (lux) Bajas exigencias visuales 100 Exigencias visuales moderadas 200 Exigencias visuales altas 500 Exigencias visuales muy altas 1000 Áreas o locales de uso ocasional 50 Áreas o locales de uso habitual 100 Vías de circulación de uso ocasional Vías de circulación de uso habitual

18 Casos en los que Debe Duplicarse el Nivel Mínimo de Iluminación Los niveles mínimos de iluminación deberán duplicarse siempre que se de alguna de las siguientes situaciones: En las áreas o locales de uso general y en las vías de circulación cuando por sus características, estado u ocupación, existan riesgos apreciables de accidente. La aplicación de este criterio requiere una evaluación previa de los riesgos de accidente existentes en dichas áreas. En las zonas dónde se efectúen tareas, cuando un error de apreciación visual durante la realización de estas, pueda suponer un peligro para el trabajador que las ejecuta o terceros. Al igual que antes, la decisión de duplicar el nivel mínimo de iluminación debe tomarse sobre la bases de la evaluación previa de riesgo de accidente. Cuando el contraste de luminancias o de color entre objeto a visualizar y el fondo sobre el que se encuentra sea débil. Esta situación puede darse por ejemplo en trabajos de igualación de colores, cosido de telas con hilo del mismo color, etc. Cabe destacar que la iluminación también debería incrementarse para trabajadores que requieran un nivel de luz superior al habitual como consecuencia de su edad o de una menor capacidad visual. 18

19 SERVICIOS HIGIÉNICOS Y LOCALES DE DESCANSO Dado el tiempo que las personas pasan en sus lugares de trabajo, estos han de estar dotados de todas las instalaciones de aseo que sean necesarias, es decir: Vestuarios en los que los trabajadores puedan cambiarse y depositar su ropa. Duchas. Lavabos y retretes en número proporcional a la magnitud de la plantilla. En algunos casos, locales de descanso colectivo para trabajadores especiales, como mujeres embarazadas. Locales y provisionales y trabajos al aire libre, cuando la seguridad o la salud de los trabajadores lo exijan. Las dimensiones de los vestuarios, locales de aseo e inodoros serán adecuadas. Estarán construidos de modo que se facilite su uso y su limpieza y estarán separados para hombres y mujeres. Todas las condiciones se especifican en el RD 486/1997. Los locales de descanso son algo más que una obligación legal, ya que pueden ayudar mucho a reducir la fatiga, mejorar la productividad y mantener la salud de los trabajadores. DOCUMENTOS PARA LA DESCARGA Navegando por esta Competencia, se pueden descargar documentos que permitirían comprender los temas tratados en este apartado: Punto de Comprobación 94 Punto de Comprobación 95 Punto de Comprobación 96 Punto de Comprobación 97 19

20 MATERIAL Y LOCALES DE PRIMEROS AUXILIOS En todo lugar de trabajo ha de existir material de primeros auxilios adecuado al número de trabajadores, al tamaño de la empresa, característico de los riesgos a los que estén expuestos y dificultades para acceder al centro de asistencia médica más próximo. Como mínimo ha de existir un botiquín portátil. La distribución, acceso y señalización de este material en el lugar de trabajo deberá garantizar que la prestación de los primeros auxilios se realiza con rapidez. Es obligatorio disponer de un local específico para aquellos lugares de trabajo utilizados por primera vez o que hayan sufrido ampliaciones o transformaciones desde la entrada en vigor del RD 486/97, y que consten de más de 50 trabajadores o más de 25 teniendo en cuenta la peligrosidad y las dificultades de acceso al centro de asistencia más próximo si así lo determina la autoridad laboral. Tanto el material como los locales de primeros auxilios deben estar señalizados conforme señala el RD 485/97 relativo a señalización en los lugares de trabajo. 20

21 21

5. OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES 5.4 Cumplimiento del RD 486/ Cumplimiento del RD 486/97 Seguridad y Salud en los lugares de trabajo

5. OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES 5.4 Cumplimiento del RD 486/ Cumplimiento del RD 486/97 Seguridad y Salud en los lugares de trabajo 5.4. Cumplimiento del RD 486/97 Seguridad y Salud en los lugares de trabajo EDIFICIOS DE USO PÚBLICO Real Decreto 486/97 de 14 de abril Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Más detalles

c. Están establecidas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales d. Están establecidas en el Real Decreto 1216/1997 de 18 de julio.

c. Están establecidas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales d. Están establecidas en el Real Decreto 1216/1997 de 18 de julio. 1. A qué lugares de trabajo no se aplica en el R.D. 486/97? a. Las obras de construcción b. La industria de extracción. c. Los buques de pesca y los campos de cultivo. d. Todas las respuestas son ciertas.

Más detalles

TERMINAL DE AUTOBUSES INTEGRADA EN LA ESTACIÓN INTERMODAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA PROYECTO BÁSICO

TERMINAL DE AUTOBUSES INTEGRADA EN LA ESTACIÓN INTERMODAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA PROYECTO BÁSICO 5. CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO [REAL DECRETO 486/97 DE 14 DE ABRIL DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO B.O.E.

Más detalles

SOLUCIONES: 1 A, 2 C, 3 C, 4 A, 5 B, 6 A, 7 D SEGURIDAD Y SALUD: LUGARES DE TRABAJO 2009

SOLUCIONES: 1 A, 2 C, 3 C, 4 A, 5 B, 6 A, 7 D SEGURIDAD Y SALUD: LUGARES DE TRABAJO 2009 1.- Según el R.D 486/ 97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, la adopción de medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no originen riesgos

Más detalles

Nombre, Identidad, Firma y Sello del Responsable de Edificio Evaluado:

Nombre, Identidad, Firma y Sello del Responsable de Edificio Evaluado: LISTA DE CHEQUEO (CHECK-LIST) PARA LA EVALUACION DE VUENRABIIDAD FISICA Y ORGANIZACIONAL FRENTE A EVENTOS NATURALES Y/O ANTROPICOS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS FECHA VISITA: APLICADA

Más detalles

LUGAR DE TRABAJO. Servicio de Prevención de Riesgos Laborales IDENTIFICACION DEL LUGAR FECHA VISITA TÉCNICO DEL APRL

LUGAR DE TRABAJO. Servicio de Prevención de Riesgos Laborales  IDENTIFICACION DEL LUGAR FECHA VISITA TÉCNICO DEL APRL IDENTIFICACION DEL LUGAR FECHA VISITA TÉCNICO DEL APRL PERSONA DE CONTACTO / CARGO FAX TELEFONO @ PERSONA QUE ACOMPAÑA EN LA VISITA / CARGO DELEGADO/S DE PREVENCION PRESENTES DESCRIPCION DEL OTROS ASPECTOS

Más detalles

UNIDAD DIDÁCTICA 4 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

UNIDAD DIDÁCTICA 4 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo UNIDAD DIDÁCTICA 4 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo 1. Lugar de trabajo 2. Condiciones constructivas y materiales empleados de los edificios y lugares de trabajo 3.

Más detalles

Seguridad y salud en los lugares de trabajo

Seguridad y salud en los lugares de trabajo CONDICIONES AMBIENTALES DE LOS LUGARES DE TRABAJO. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores, y en

Más detalles

EL LUGAR DE TRABAJO. Noviembre / INTRODUCCIÓN... Pág. 03. DEFINICIONES... Pág. 04. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO... Pág. 04

EL LUGAR DE TRABAJO. Noviembre / INTRODUCCIÓN... Pág. 03. DEFINICIONES... Pág. 04. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO... Pág. 04 EL LUGAR DE TRABAJO INTRODUCCIÓN... Pág. 03 DEFINICIONES... Pág. 04 OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO... Pág. 04 CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD EN LOS LUGARES DE TRABAJO...... Pág. 05 NOTICIAS DE INTERÉS...

Más detalles

2CONDICIONES CONSTRUCTIVAS. 3 Qué riesgos hay que proteger?

2CONDICIONES CONSTRUCTIVAS. 3 Qué riesgos hay que proteger? 3 Qué riesgos hay que proteger? 2CONDICIONES CONSTRUCTIVAS Qué riesgos hay que proteger? El diseño y las características constructivas de los lugares de trabajo deberán ofrecer seguridad frente a los siguientes

Más detalles

RESUMEN DE LOS LUGARES DE TRABAJO

RESUMEN DE LOS LUGARES DE TRABAJO RESUMEN DE LOS LUGARES DE TRABAJO Artículo 4. Condiciones Constructivas. 1. El diseño y las características constructivas de los lugares de trabajo deberán ofrecer seguridad frente a los riesgos de resbalones

Más detalles

DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LUGARES DE TRABAJO R.D. 486/97, de 14 abril

DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LUGARES DE TRABAJO R.D. 486/97, de 14 abril Listado verificación del cumplimiento de las DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LUGARES DE TRABAJO R.D. 486/97, de 14 abril Anexo I: Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo

Más detalles

CAPITULO I. Disposiciones generales

CAPITULO I. Disposiciones generales Real Decreto 486/1997, de 14 de Abril, sobre disposiciones mínimas de Seguridad Y Salud en los Lugares de Trabajo (BOE del 23 de abril de 1997) Modificada por Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre

Más detalles

DISEÑO, UBICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LABORATORIOS IMPORTANCIA EN PREVENCIÓN

DISEÑO, UBICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LABORATORIOS IMPORTANCIA EN PREVENCIÓN DISEÑO, UBICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LABORATORIOS IMPORTANCIA EN PREVENCIÓN OBJETIVOS Proteger la salud y el medio ambiente a partir de una adecuada ubicación, diseño y distribución Se trata de eliminar,

Más detalles

RD 486/1997 Seguridad y Salud en los lugares de trabajo

RD 486/1997 Seguridad y Salud en los lugares de trabajo La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel

Más detalles

Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE nº 97 23/04/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud

Más detalles

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Sumario: CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. o Artículo 1. Objeto.

Más detalles

REAL DECRETO 486/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el lugar de trabajo. (BOE nº 97 23/04/1997)

REAL DECRETO 486/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el lugar de trabajo. (BOE nº 97 23/04/1997) REAL DECRETO 486/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el lugar de trabajo. (BOE nº 97 23/04/1997) ÓRGANO EMISOR: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ÍNDICE: CAPITULO I Disposiciones

Más detalles

REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPO-

REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPO- REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPO- SICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO., por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad

Más detalles

Origen de los Riesgos

Origen de los Riesgos Origen de los Riesgos 1 Origen de los Riesgos Origen Riesgos Riesgos Derivados de las Condiciones de Seguridad Riesgos Derivados de las Condiciones del Medioambiente del Trabajo Riesgos Derivados de la

Más detalles

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo 1/16 Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo BOE 23 Abril 1997 LA LEY 1423/1997 Preámbulo La Ley 31/1995,

Más detalles

Base de Datos de Legislación

Base de Datos de Legislación Page 1 of 16 Base de Datos de Legislación Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Sumario: CAPÍTULO I.

Más detalles

REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Exposición de motivos La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención

Más detalles

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE nº 97 23-04-1997 Órgano emisor: Ministerio de Trabajo y Asuntos

Más detalles

LISTA DE CHEQUEO PARA INSPECCIONES DE SEGURIDAD EN CENTROS FIJOS

LISTA DE CHEQUEO PARA INSPECCIONES DE SEGURIDAD EN CENTROS FIJOS Página 1 de 7 CENTRO DE TRABAJO USO DEL CENTRO INSPECCIÓN REALIZADA POR FECHA Características Generales Condiciones generales del local Las características constructivas de los locales, ofrecen seguridad

Más detalles

Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Más detalles

REAL DECRETO 486 / 97, Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los Lugares de Trabajo.

REAL DECRETO 486 / 97, Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los Lugares de Trabajo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1 Objeto Artículo 2 Definiciones CAPITULO II: OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO. Artículo 3 Obligaciones generales del empresario. Artículo

Más detalles

REAL DECRETO 486/1997 por el que se establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

REAL DECRETO 486/1997 por el que se establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. REAL DECRETO 486/1997 por el que se establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE 23 abril 1997, núm. 97/1997 La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 1989L0654 ES 27.06.2007 001.001 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B DIRECTIVA DEL CONSEJO de 30 de noviembre de 1989 relativa a

Más detalles

REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO

REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,

Más detalles

Normas de Habitabilidad y Diseño de Viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana

Normas de Habitabilidad y Diseño de Viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana Real Decreto 486/1997, de 14 abril, del MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Normas de Habitabilidad y Diseño de Viviendas

Más detalles

INSHT. Exposición de motivos. CAPÍTULO I: Disposiciones Generales. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Índice

INSHT. Exposición de motivos. CAPÍTULO I: Disposiciones Generales. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Índice Disposición Real decreto REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE nº 97 23-3- 1997 Órgano emisor: Ministerio

Más detalles

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE nº 97 23-04-1997 Órgano emisor: Ministerio de Trabajo y Asuntos

Más detalles

ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS, INSTALACIONES Y SERVICIOS DE USO PÚBLICO

ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS, INSTALACIONES Y SERVICIOS DE USO PÚBLICO CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD Y HABILITABILIDAD EN LUGARES PÚBLICOS La integración laboral de las personas con minusvalía, y la adaptación del trabajo a la persona exige que los centros y los puestos de

Más detalles

qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwerty uiopa sdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasdfghjkl zxcvbnmqwertyuiopasdfghjklzxcvbn mqwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwert

qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwerty uiopa sdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasdfghjkl zxcvbnmqwertyuiopasdfghjklzxcvbn mqwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwert qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwerty uiopa sdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasdfghjkl LUGARES DE TRABAJO zxcvbnmqwertyuiopasdfghjklzxcvbn JORNADA DE SALUD LABORAL mqwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwert 06/10/2017 Secretaria

Más detalles

INSHT. Exposición de motivos. CAPÍTULO I: Disposiciones Generales. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Índice

INSHT. Exposición de motivos. CAPÍTULO I: Disposiciones Generales. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Índice Disposición Real decreto REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE nº 97, de 23 de abril. BOE nº 97 23-3-1997

Más detalles

MÓDULO I RIESGO EN LOS LUGARES Y ESPACIOS DE TRABAJO

MÓDULO I RIESGO EN LOS LUGARES Y ESPACIOS DE TRABAJO MÓDULO I RIESGO EN LOS LUGARES Y ESPACIOS DE TRABAJO 1.1 INTRODUCCIÓN Se define como lugar de trabajo el área del centro de trabajo, edificado o no, donde los trabajadores deban permanecer o a los que

Más detalles

Temario Prevención de riesgos laborales para Web

Temario Prevención de riesgos laborales para Web Temario Prevención de riesgos laborales para Web Nº lección 1 Objeto, ámbito de aplicación y definiciones 1 Normativa sobre prevención de riesgos laborales X 2 Objeto, carácter de la norma y ámbito de

Más detalles

Seguridad en el trabajo 6 edición. Índice 1.- LOS ACCIDENTES Y LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Seguridad en el trabajo 6 edición. Índice 1.- LOS ACCIDENTES Y LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO Seguridad en el trabajo 6 edición Índice 1.- LOS ACCIDENTES Y LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO QUÉ SON LOS ACCIDENTES DE TRABAJO? Accidentes de trabajo y otros tipos de daños Características esenciales de los

Más detalles

Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Lugares de Trabajo

Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Lugares de Trabajo Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo Lugares de Trabajo Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo 1 Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Actualizada) 2 Reglamento

Más detalles

Financiado por: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Financiado por: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Financiado por: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Salud laboral Actividad que tiene por finalidad: Fomentar y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas sus

Más detalles

Reglamento Nacional de Edificaciones NORMA A.060 INDUSTRIA CAPITULO I ASPECTOS GENERALES

Reglamento Nacional de Edificaciones NORMA A.060 INDUSTRIA CAPITULO I ASPECTOS GENERALES NORMA A.060 CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- Se denomina edificación industrial a aquella en la que se realizan actividades de transformación de materia primas en productos terminados. Artículo

Más detalles

Seguridad y salud laboral en diferentes sectores de la economía verde. Tratamiento de residuos sólidos

Seguridad y salud laboral en diferentes sectores de la economía verde. Tratamiento de residuos sólidos Seguridad y salud laboral en diferentes sectores de la economía verde. Tratamiento de residuos sólidos 26 de ABRIL 2012 Presentación de FCC Servicios Ciudadanos FCC nace en 1992 de la fusión de dos empresas:

Más detalles

7_Vestuarios.qxp 23/03/ :42 PÆgina Vestuarios

7_Vestuarios.qxp 23/03/ :42 PÆgina Vestuarios Vestuarios 7 Tipos de vestuarios - aseos 7.1 Vestuarios - Aseos para usuarios particulares. Vestuarios - Aseos para equipo de deportistas Vestuarios - Aseos para árbitros/ profesores/monitores Superficies

Más detalles

Trabajadores con discapacidad

Trabajadores con discapacidad Trabajadores con discapacidad Recomendaciones técnicas Itinerario horizontal Itinerario horizontal Se considera itinerario horizontal aquel cuyo trazado no supera en ningún punto del recorrido el 6% de

Más detalles

CONCEPTOS Y PARÁMETROS BÁSICOS Y ANTROPOMÉTRICOS MONTILLA CURSO DE FORMACIÓN. MONTILLA Una ciudad para todos EDIFICACIÓN

CONCEPTOS Y PARÁMETROS BÁSICOS Y ANTROPOMÉTRICOS MONTILLA CURSO DE FORMACIÓN. MONTILLA Una ciudad para todos EDIFICACIÓN MONTILLA CURSO DE FORMACIÓN EDIFICACIÓN MONTILLA Una ciudad para todos OCTUBRE 2004 CONCEPTOS Y PARÁMETROS BÁSICOS Y ANTROPOMÉTRICOS CONCEPTOS Y PARÁMETROS BÁSICOS Y ANTROPOMÉTRICOS CONCEPTOS Y PARÁMETROS

Más detalles

Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Lugares de Trabajo

Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Lugares de Trabajo Edición 2010 Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo Lugares de Trabajo Legislación y Normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo 1 Ley de Prevención de Riesgos Laborales 2 Reglamento

Más detalles

3.2 Características de las barreras de protección

3.2 Características de las barreras de protección 2 En las zonas de público (personas no familarizadas con el edificio) se facilitará la percepción de las diferencias de nivel que no excedan de 550 mm y que sean susceptibles de causar caídas, mediante

Más detalles

VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO SEGÚN RD 1000/2010 (BOE )

VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO SEGÚN RD 1000/2010 (BOE ) VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO SEGÚN RD 1000/2010 (BOE 6-08-2010) Relación de aspectos que se deben comprobar Comprobación de la corrección del proyecto de ejecución de edificación conforme a la legislación

Más detalles

N/A: NO SE APLICA EN LA EMPRESA

N/A: NO SE APLICA EN LA EMPRESA SERVICIOS HIGIÉNICOS Agua potable SI NO N/A OBSERVACIONES Los lugares de trabajo disponen de agua potable en cantidad suficiente y fácilmente accesible. Se evita toda circunstancia que posibilite la contaminación

Más detalles

CUEVA DE POZALAGUA. Información General. Atención al público y otra información de interés. Discapacidad Intelectual

CUEVA DE POZALAGUA. Información General. Atención al público y otra información de interés. Discapacidad Intelectual CUEVA DE POZALAGUA Dirección: Karrantza Harana / Valle de Carranza 48891 Valle de Carranza (Bizkaia) Teléfono: 946806857 Web: http://www.karrantza.org Fachada principal Información General La cueva de

Más detalles

ANEXO 8. NP-003 Orden y limpieza en EBHISA

ANEXO 8. NP-003 Orden y limpieza en EBHISA ANEXO 8 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES Mantenimiento Eléctrico Orden y limpieza en EBHISA Página 1 de 5 02/01/14 1. INTRODUCCIÓN La información a desarrollar en la presente norma preventiva

Más detalles

FOTOS SITUACIÓN RIESGOS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DECRETO 911/96

FOTOS SITUACIÓN RIESGOS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DECRETO 911/96 a). Falta de barandas de protección. b). Falta de redes de protección. c). No existe señalización en los pisos indicando el riesgo. d). El acceso y circulación del personal no está restringido. 2). Caída

Más detalles

Normas Sanitarias y Condiciones Higiénico Ambientales - Talleres de Automóviles

Normas Sanitarias y Condiciones Higiénico Ambientales - Talleres de Automóviles Normas Sanitarias y Condiciones Higiénico Ambientales - Talleres de Automóviles Indice Normas Sanitarias y Condiciones Higiénico Ambientales - Talleres de Automóviles... 3 SUPERFICIE Y CUBICACION:...3

Más detalles

Lugares de trabajo AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 1

Lugares de trabajo AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 1 Lugares de trabajo AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 1 No será de aplicación a : a) los medios de transportes utilizados fuera de la empresa o centro de trabajo o dentro de medios de transportes. B) obras de construcción

Más detalles

Lugares de trabajo AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 1 AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 2

Lugares de trabajo AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 1 AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 2 Lugares de trabajo AGUSTIN LUQUE FERNÁNDEZ 1 No será de aplicación a : a) los medios de transportes utilizados fuera de la empresa o centro de trabajo o dentro de medios de transportes. B) obras de construcción

Más detalles

Requisitos en laboratorios.

Requisitos en laboratorios. Requisitos en laboratorios. Los laboratorios son lugares en los que se manipulan productos químicos o agentes biológicos peligrosos, lo que sumado a las operaciones específicas que se realizan, hace que

Más detalles

Programación semanal

Programación semanal semanal En la programación semanal te presentamos un reparto del trabajo de la asignatura a lo largo de las semanas del cuatrimestre. Capítulo 1. Seguridad en los puestos de trabajo y técnicas aplicables

Más detalles

ARTICULO 529. DORMITORIOS. El número de personas por dormitorio estará acorde con las condiciones y capacidad del mismo.

ARTICULO 529. DORMITORIOS. El número de personas por dormitorio estará acorde con las condiciones y capacidad del mismo. ARTICULO 526. SANEAMIENTO DE TERRENOS DESTINADOS PARA LA CONSTRUCCION. Antes de comenzar la construcción de cualquier edificación se procederá al saneamiento del terreno escogido. En caso de presentarse

Más detalles

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN GUÍA A DE APLICACIÓN RÉGIMEN DE APLICACIÓN CAÍDAS IMPACTO O ATRAPAMIENTO APRISIONAMIENTO ILUMINACIÓN INADECUADA ALTA OCUPACIÓN AHOGAMIENTO VEHÍCULOS EN MOVIMENTO ACCIÓN DEL RAYO 1 APLICACIÓN N del DB SU

Más detalles

MODELO ORIENTATIVO PARA LA REDACCIÓN DE CERTIFICADO TÉCNICO QUE DEBE ACOMPAÑAR LAS COMUNICACIONES PREVIAS DE UNA ACTIVIDAD INOCUA.

MODELO ORIENTATIVO PARA LA REDACCIÓN DE CERTIFICADO TÉCNICO QUE DEBE ACOMPAÑAR LAS COMUNICACIONES PREVIAS DE UNA ACTIVIDAD INOCUA. EXCMO. AYTO. DE SANTA CRUZ DE TENERIFE ÁREA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO Certificado Técnico. Versión 20150206 MODELO ORIENTATIVO PARA LA REDACCIÓN DE CERTIFICADO TÉCNICO

Más detalles

INFORME DE FACTORES DE RIESGOS LABORALES PARA LAS NUEVAS FUNCIONES DEL ACUERDO MARCO ESTATAL DE BINGOS

INFORME DE FACTORES DE RIESGOS LABORALES PARA LAS NUEVAS FUNCIONES DEL ACUERDO MARCO ESTATAL DE BINGOS INFORME DE FACTORES DE RIESGOS LABORALES PARA LAS NUEVAS FUNCIONES DEL ACUERDO MARCO ESTATAL DE BINGOS 1. DEFINICIÓN CRUPIER... 2 1.1 RIESGOS PSICOSOCIALES-CROUPIER:... 2 1.2 CARGA MENTAL CROUPIER.-...

Más detalles

Condiciones materiales y ambientales en los lugares de trabajo

Condiciones materiales y ambientales en los lugares de trabajo Condiciones materiales y ambientales en los lugares de trabajo Talleres de carpintería y fabricación de muebles V PLAN DIRECTOR DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID El Instituto

Más detalles

Materiales didácticos PRL. Educación secundaria. Material para el profesor. 1- Apuntes técnicos. 2- Propuestas de actividades GOLPES Y CAÍDAS

Materiales didácticos PRL. Educación secundaria. Material para el profesor. 1- Apuntes técnicos. 2- Propuestas de actividades GOLPES Y CAÍDAS Materiales didácticos PRL Educación secundaria Material para el profesor 1- Apuntes técnicos 2- Propuestas de actividades 1- Apuntes técnicos Si en cualquier actividad mantener el orden y la limpieza es

Más detalles

ANEXO VII BARRERAS ARQUITECTÓNICAS

ANEXO VII BARRERAS ARQUITECTÓNICAS ANEXO VII BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EDIFICIOS DE USO PUBLICO CARTILLA Edificios de Uso Público EDIFICIOS DE USO PUBLICO I. AREA DE CIRCULACIÓN 1 ÁMBITO Y ALCANCE Edificios de Uso Público Edificios - Viviendas

Más detalles

NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO

NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO ESCALERAS DE MANO OCTUBRE 07 INFORMACION PREVIA: Se redacta este documento teniendo en cuenta el REAL DECRETO 1215/1997, y las modificaciones que ha sufrido

Más detalles

Colocar pasamanos a ambos lados T A I - 1 1

Colocar pasamanos a ambos lados T A I - 1 1 E01 Accesos de Uso Público E01.01 E01.03 Actuaciones (Principal) U C S.U S.I Orden ETAPA Pavimento - Mecanismos Instalar un Punto de Llamada ACCESIBLE según DB SUA Anejo 1. Colocarlo a, como mínimo, 0,35

Más detalles

TEATRO DE ROJAS. Información General. Atención al público y otra información de interés. Discapacidad Intelectual

TEATRO DE ROJAS. Información General. Atención al público y otra información de interés. Discapacidad Intelectual TEATRO DE ROJAS Dirección: Plaza Mayor, s/n 45001 Toledo (Toledo) Teléfono: 925215708 Web: http://www.teatroderojas.es Edificio del teatro Información General El Teatro Principal es un teatro antiguo.

Más detalles

FICHA DE DIAGNOSTICO DE ACCESIBILIDAD FÍSICA DE HOTELES

FICHA DE DIAGNOSTICO DE ACCESIBILIDAD FÍSICA DE HOTELES FICHA DE DIAGNOSTICO DE ACCESIBILIDAD FÍSICA DE HOTELES Elaborada por un equipo de trabajo coordinado por PREDIF y compuesto por técnicos de CEAPAT, Vía Tipología establecimiento: HOTEL Nombre: Código

Más detalles

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN ARCHIVOS

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN ARCHIVOS PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN ARCHIVOS La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Normativa aplicable. Aplicación específica en archivos y bibliotecas. Riesgos más comunes. La Inspección de Trabajo

Más detalles

Prevención de Riesgos Laborales : Prevención de Riesgos Laborales Módulo General y H

Prevención de Riesgos Laborales : Prevención de Riesgos Laborales Módulo General y H En este módulo el alumno asimilará los conceptos más importantes en materia de prevención de riesgos laborales y les servirá como base para que constituya el fundamento para mejorar las condiciones de

Más detalles

Medios de acceso a máquinas BRÜHL. medios de acceso a máquinas brühl. medios de acceso a máquinas

Medios de acceso a máquinas BRÜHL. medios de acceso a máquinas brühl. medios de acceso a máquinas 209 medios de acceso a máquinas Medios de acceso a máquinas BRÜHL Plataformas de acceso, pasos elevados y barandillas según la norma de seguridad DIN EN ISO 14122 partes 1 4 210 Plataformas de acceso,

Más detalles

TEATRO ROSALÍA DE CASTRO

TEATRO ROSALÍA DE CASTRO TEATRO ROSALÍA DE CASTRO Dirección: Riego de Agua, 37A 15001 A Coruña (A Coruña) Teléfono: 981184348 Web: http://www.coruna.es Fachada principal Información General El Teatro Rosalía de Castro está en

Más detalles

CUESTIONARIO SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO EN LABORATORIOS (LOCALES)

CUESTIONARIO SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO EN LABORATORIOS (LOCALES) CUESTIONARIO SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO EN LABORATORIOS (LOCALES) CÓDIGO DE EVALUACIÓN: / /_/_/ Revisión: 2 Evaluación 1ª DEPARTAMENTO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO: ÁREA DEL DEPARTAMENTO: COORDINADOR DEL

Más detalles

LISTA VERIFICACIÓN N 03 - BODEGA COMÚN

LISTA VERIFICACIÓN N 03 - BODEGA COMÚN LISTA VERIFICACIÓN N 03 - BODEGA COMÚN El Decreto Supremo N 43 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas (D.O. 27/07/2016), propone la opción de Bodega Común, que corresponde ser un recinto

Más detalles

GOBIERNO DE ARAGON. Departamento de Economía, Hacienda y Empleo

GOBIERNO DE ARAGON. Departamento de Economía, Hacienda y Empleo GOBIERNO DE ARAGON Departamento de Economía, Hacienda y Empleo Caída de personas a distinto nivel: Accidentes con baja en Aragón AÑO 2000 LEVES GRAVES MORTALES TOTALES 1.638 74 2 1.714 1. er TRIMESTRE

Más detalles

HOTEL CUATRO POSTES (H***)

HOTEL CUATRO POSTES (H***) HOTEL CUATRO POSTES (H***) Dirección: Carretera de Salamanca, 23 05002 Ávila (Ávila) Teléfono: 920220000 Web: www.hotel-cuatropostes.es Fachada del Hotel Información General El hotel cerca del centro de

Más detalles

PARADOR DE VIELHA (H****)

PARADOR DE VIELHA (H****) PARADOR DE VIELHA (H****) Dirección: 25530 Vielha (Lleida) Teléfono: 973640100 Web: www.parador.es Rampa de acceso a la recepción del Parador Atención al público y otra información de interés El personal

Más detalles

e-prevenga PREVENCIÓN MEDIANTE EL MÉTODO DE LAS 5S

e-prevenga PREVENCIÓN MEDIANTE EL MÉTODO DE LAS 5S e-prevenga PREVENCIÓN MEDIANTE EL MÉTODO DE LAS 5S MÉTODO En nuestro lugar de trabajo pasamos, a menudo, más tiempo que en nuestro hogar por lo que debería ser limpio, seguro, confortable y bien organizado

Más detalles

10.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 10.1 COMPETENCIAS 10.2 FUNCIONES

10.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 10.1 COMPETENCIAS 10.2 FUNCIONES 10.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 10.1 COMPETENCIAS Dentro de las funciones del Consejo Escolar, las competencias en materia de seguridad, salud y prevención de riesgos laborales recaen sobre los miembros

Más detalles

Industrial. Noguera. Cartagena, 24 de

Industrial. Noguera. Cartagena, 24 de Proyecto Fin de Carrera Diseño de una Planta Industrial Productora de Film y Máquinas Envolvedoras. Titulación: Ingeniería de Organización Industrial. Alumno/a: D. José Montoya Belmonte Director/a/s: D.

Más detalles

CHARLA DE INTRODUCCION A LA SEGURIDAD INDUSTRIAL E HIGIENE LABORAL

CHARLA DE INTRODUCCION A LA SEGURIDAD INDUSTRIAL E HIGIENE LABORAL CHARLA DE INTRODUCCION A LA SEGURIDAD INDUSTRIAL E HIGIENE LABORAL Todos tenemos derecho a la protección de nuestra vida, salud e integridad física. Cada 3 minutos, en algún lugar del mundo, muere una

Más detalles

Presencia A distancia X Teleformación

Presencia A distancia X Teleformación Descripción de la acción formativa Datos acción formativa Número de acción 6 Acción PREVENCION RIESGOS LABORALES: PRL BASICO Denominación ampliada Participantes La acción formativa se corresponde con un

Más detalles

INTRODUCCIÓN. Código: DSST-NT-04 Revisión: 01 Fecha: 13/08/2013. Orden y Limpieza

INTRODUCCIÓN. Código: DSST-NT-04 Revisión: 01 Fecha: 13/08/2013. Orden y Limpieza INTRODUCCIÓN En cualquier actividad laboral, para conseguir un grado de seguridad aceptable, tiene especial importancia el asegurar y mantener el orden y la limpieza. Son numerosos los accidentes que se

Más detalles

PISCINAS MUNICIPALES EL PLANTÍO

PISCINAS MUNICIPALES EL PLANTÍO PISCINAS MUNICIPALES EL PLANTÍO Dirección: Calle Camino de las piscinas 05414 Cuevas del Valle (Ávila) Teléfono: 920 391 004 E-mail: cuevasvalle@diputacionavila.es Web: http://www.diputacionavila.es Panorámica

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LOS LOCALES PÚBLICOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

ORDENANZA REGULADORA DE LOS LOCALES PÚBLICOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ORDENANZA REGULADORA DE LOS LOCALES PÚBLICOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE Fecha de aprobación Pleno: 16/12/2002 Fecha publicación BOP: 25/01/2003 Modificación BOP: 11/02/2006 ORDENANZA REGULADORA DE LOS LOCALES

Más detalles

LUGAR Y SUPERFICIE DE TRABAJO.

LUGAR Y SUPERFICIE DE TRABAJO. SEGURIDAD EN EL TRABAJO LUGAR Y SUPERFICIE DE TRABAJO. Rampas. Escaleras fijas y de servicio. Plataformas de trabajo. Los accidentes principales en rampas y escaleras pueden sobrevenir por una deficiente

Más detalles

CENTRO DE TRABAJO. Servicio de Prevención de Riesgos Laborales IDENTIFICACION DEL CENTRO DIRECCION

CENTRO DE TRABAJO. Servicio de Prevención de Riesgos Laborales  IDENTIFICACION DEL CENTRO DIRECCION IDENTIFICACION DEL CENTRO DIRECCION FECHA CONSTRUCCION DEL EDIFICIO FECHA REFORMA DEL EDIFICIO OCUPACION MÁXIMA USO DEL EDIFICIO AFORO Administrativo Hospitalario Docente NUMERO DE PLANTAS METROS CUADRADOS

Más detalles

APARTAMENTOS RÍO ULLA

APARTAMENTOS RÍO ULLA APARTAMENTOS RÍO ULLA Dirección: Bamio Campanario, 67 36618 Villagarcía de Arousa (Pontevedra) Teléfono: 986505430 Web: www.campingrioulla.com Fachada de los apartamentos Información General Se encuentra

Más detalles

CENTRO COMERCIAL Y OCIO BONAIRE

CENTRO COMERCIAL Y OCIO BONAIRE CENTRO COMERCIAL Y OCIO BONAIRE Dirección: Ctra. A-3 Km. 345 46960 Aldaia (Valencia) Teléfono: 961579224 Web: http://www.bonaire.es Fachada principal del Centro Comercial Bonaire Información General El

Más detalles

PLAYA ACCESIBLE "LAS PROTEGIDAS",TORRE DEL MAR(VÉLEZ-MÁLAGA)

PLAYA ACCESIBLE LAS PROTEGIDAS,TORRE DEL MAR(VÉLEZ-MÁLAGA) PLAYA ACCESIBLE "LAS PROTEGIDAS",TORRE DEL MAR(VÉLEZ-MÁLAGA) Dirección: Paseo Marítimo de Levante. 29740 Torre del Mar, Vélez-Málaga (Málaga) Teléfono: 952 540 471 E-mail: playas@velezmalaga.es Web: www.velezmalaga.es

Más detalles

Trabajadores con discapacidad

Trabajadores con discapacidad Trabajadores con discapacidad Recomendaciones técnicas Itinerario vertical Itinerario vertical 1 Escaleras no mecánicas 2 Rampas no mecánicas 3 Pasamanos y barandillas de rampas y escaleras 4 Ascensores

Más detalles

ANEXO V: FICHA JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS TÉCNICAS DE ACCESIBILIDAD Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS

ANEXO V: FICHA JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS TÉCNICAS DE ACCESIBILIDAD Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS ANEXO V: FICHA JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS TÉCNICAS DE ACCESIBILIDAD Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS FICHA JUSTIFICATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE: Decreto 72/1992, de 5 de Mayo, por

Más detalles