Casa Habitación. Condiciones generales

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Casa Habitación. Condiciones generales"

Transcripción

1 Condiciones generales

2 TABLA DE CONTENIDOS Condiciones Generales I. INTRODUCCIÓN...4 II. DEFINICIONES...4 III. BIENES QUE PUEDEN SER CUBIERTOS...7 SECCIÓN 1: EDIFICIO...7 SECCIÓN 2: CONTENIDOS...8 IV. COBERTURAS...9 A. INCENDIO Y/O RAYO... 9 B. EXTENSIÓN DE CUBIERTA...10 C. FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS...11 D. TERREMOTO Y/0 ERUPCIÓN VOLCÁNICA...15 E. REMOCIÓN DE ESCOMBROS...17 F. GASTOS EXTRAORDINARIOS...18 G. ROBO DE CONTENIDOS...19 H. DINERO EN EFECTIVO...21 I. ROBO DE JOYAS...22 J. CRISTALES...24 K. EQUIPO ELECTRODOMÉSTICO Y ELECTRÓNICO DE USO DOMÉSITCO Y FAMILIAR L. RESPONSABILIDAD CIVIL...27 V. SERVICIOS DE ASISTENCIA...32 I. TIPOS DE ASISTENCIA POR UBICACIÓN DEL BENEFICIARIO A. Servicios de asistencia en la residencia permanente del beneficiario...32 B. Servicios de asistencia desde el Km 0 y hasta toda la república mexicana...34 C. Servicio de asistencia en viaje...34 II. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO...35 III. EXCLUSIONES SERVICIO DE ASISTENCIA...35 Página 2 de 56

3 VI. CONDICIONES GENERALES APLICABLES A TODAS LAS SECCIONES...38 A. SUMA ASEGURADA O VALOR INDEMNIZABLE B. RIESGO EXCLUIDO...38 C. LIMITE TERRITORIAL...41 D. PROPORCIÓN INDEMNIZABLE...41 E. OTROS SEGUROS...41 F. SINIESTROS...41 VII. TRASCRIPCIÓN DE LOS ARTICULOS MENCIONADOS EN LAS PRESENTES CONDICIONES A. LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO...52 B. Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas...55 VIII. GLOSARIO...56 IX. REGISTRO...56

4 I. INTRODUCCIÓN Esta Póliza integrada por su carátula, sus Condiciones Generales, la solicitud del seguro y los endosos que se agreguen registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas constituyen prueba del contrato de seguro celebrado entre el Contratante y la Compañía, AXA Seguros, S.A. de C.V. En estas condiciones se describen los riesgos que pueden ser cubiertos bajo esta Póliza, quedando especificado en la carátula de cada Póliza los riesgos que se ha pactado cubrir y la Suma Asegurada de los mismos. II. DEFINICIONES Los términos que se indican a continuación tendrán el siguiente significado para todos los efectos de esta Póliza de seguro, pudiendo ser en femenino o masculino, plural o singular y si se trata de verbo, en cualquier conjugación. Accidente en la Vivienda: Todo acontecimiento ajeno a cualquier voluntad humana que atente contra la seguridad de la Vivienda y provoque daño físico a la Residencia Permanente del Beneficiario, tales como: derrames de agua que no puedan ser controlados por una llave de paso, ocurridos en las instalaciones de la Vivienda, tanto en alimentadores como en drenajes o tuberías de desagüe y que pueda provocar manchas permanentes en paredes y los techos o que pueda causar daños graves permanentes a pisos, alfombras y al menaje de la Vivienda; fugas de gas en la instalación de la Vivienda que no puedan ser controladas por una llave de paso; corto circuito ocurrido en las instalaciones de la Vivienda y que como consecuencia pudiere provocar un incendio en la Residencia Permanente del Beneficiario; descomposturas que impidan el cierre de puertas y/o ventanas que tengan acceso a la calle; rotura de vidrios que den a la parte exterior de la Vivienda y que pongan en peligro la seguridad de la misma, durante la vigencia de estas Condiciones Generales. Así como todo acontecimiento ajeno a cualquier voluntad humana, que provoque daños físicos a un Beneficiario, causado única y directamente por una causa externa, súbita, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad), que ocurra a un Beneficiario dentro de la Residencia Permanente y durante la vigencia del presente contrato. Asegurado: Persona titular de la Póliza, a quien corresponderán los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato cuyo nombre y domicilio se indican en la carátula de la Póliza. Automóvil(es): Vehículo motorizado de cuatro ruedas en dos ejes, de hasta un máximo de 3.5 (tres y media) toneladas de peso, de máximo 15 (quince) años de antigüedad, de uso y servicio particular, propiedad del Beneficiario, que se encuentre dentro del predio de la Vivienda al momento de presentarse una Situación de Asistencia. Avalanchas de lodo: Deslizamiento de lodo provocado por inundaciones o lluvias. Beneficiario(s): El Titular de la Póliza y su Familia (válida, vigente y emitida por la Compañía), propietario o arrendatario de la Vivienda señalada en la carátula de la Póliza. Compañía: AXA Seguros, S.A. de C.V. Contratante: Persona que celebra el contrato de seguro con la Compañía y que se encuentra obligada al pago de las primas aplicables. El Contratante será el propio Asegurado, salvo indicación en contrario. Página 4 de 56

5 Daños Materiales: Es el daño físico, destrucción o pérdida del objeto asegurado por causas físicas externas. DSMGVDF: Días de Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal. Enfermedad: Cualquier alteración en la salud del Beneficiario que suceda, se origine o se manifieste por primera vez durante la vigencia de las presentes Condiciones Generales. Envío Urgente: Cuando en la Residencia Permanente del Beneficiario, se presenten fugas de gas en la instalación de la Vivienda que no puedan ser controladas por una llave de paso; fugas de agua que no puedan ser controladas por una llave de paso, tanto en alimentadores, como en drenajes o tuberías de desagüe; corto circuito en la instalación eléctrica; descomposturas en puertas o ventanas que den directamente a la calle y que por algún motivo se impida su cierre y no se garantice la seguridad de la Vivienda; reposición de vidrios o cristales rotos que den a la parte exterior de la Vivienda y que pongan en peligro la seguridad de la misma; explosión, caída o impacto de rayo e incendio; cualquiera de tales supuestos se considerará que amerita un Envío Urgente. Equipo Médico: El personal médico y asistencial apropiado que esté gestionando los Servicios de Asistencia por cuenta de la Compañía a un Beneficiario. Equipo Técnico: El personal técnico y asistencial apropiado que esté gestionando los Servicios de Asistencia por cuenta de la Compañía a la Residencia Permanente del Beneficiario. Familia: Cuando se mencione el término Familia, se referirá al Titular de la Póliza, su cónyuge e hijos menores de 24 años que dependan económicamente del Titular y que con él convivan en su Residencia Permanente. Fecha de Inicio: Será la fecha de inicio de vigencia, indicada en la carátula de la Póliza, fecha en que la Compañía comenzará a gestionar los Servicios de Asistencia a los Beneficiarios. Fuerza Mayor: Fuerza Mayor, serán todos aquellos eventos catastróficos en los que sea imposible otorgar los Servicios de Asistencia, ya sea por su magnitud o por la suspensión de las garantías individuales o estados de emergencia declarados por las autoridades competentes o no, a continuación se mencionan algunos de manera enunciativa más no limitativa, tales como fenómenos de carácter meteorológico, estados de sitio, levantamientos de carácter social o político o cualquier otro que impida proporcionar los Servicios de Asistencia de manera efectiva. Golpe de mar o tsunami: Daños por el agua ocasionados por la agitación violenta de las aguas del mar a consecuencia de una sacudida del fondo, que eleva su nivel y se propaga hasta las costas dando lugar a inundaciones. Granizo: Precipitación atmosférica de agua que cae con fuerza en forma de cristales de hielo duro y compacto. Bajo este concepto además se cubren los daños causados por la obstrucción en los registros de la red hidrosanitaria y en los sistemas de drenaje localizados dentro de los predios asegurados y en las bajadas de aguas pluviales a consecuencia del granizo acumulado en las mismas. Página 5 de 56

6 Helada: Fenómeno climático consistente en el descenso inesperado de la temperatura ambiente a niveles iguales o inferiores al punto de congelación del agua en el lugar de ocurrencia. Huracán: Flujo de agua y aire de gran magnitud, moviéndose en trayectoria circular alrededor de un centro de baja presión, sobre la superficie marina o terrestre con velocidad periférica de vientos de impacto directo igual o mayor a 118 kilómetros por hora, que haya sido identificado como tal por el Servicio Meteorológico Nacional. Inhabitable: Será la Compañía a través del Equipo Técnico quien determine si la Residencia Permanente del Beneficiario, está en un estado de daño tal, que no puede ser habitada por los Beneficiarios. Inundación: El cubrimiento temporal accidental del suelo por agua, a consecuencia de desviación, desbordamiento o rotura de los muros de contención de ríos, canales, lagos, presas, estanques y demás depósitos o corrientes de agua, naturales o artificiales. Inundación por lluvia: El cubrimiento temporal accidental del suelo por agua de lluvia a consecuencia de la inusual y rápida acumulación o desplazamiento de agua originados por lluvias extraordinarias que cumplan con cualquiera de los siguientes hechos: - Que las lluvias alcancen por lo menos el 85% del promedio ponderado de los máximos de la zona de ocurrencia en los últimos diez años, de acuerdo con el procedimiento publicado por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (A.M.I.S.), medido en la estación meteorológica más cercana, certificada ésta por el Servicio Meteorológico Nacional de la Comisión Nacional del Agua, o que los bienes asegurados se encuentren dentro de una zona inundada que haya cubierto por lo menos una hectárea. Límite Máximo de Responsabilidad: La Compañía responderá solamente por el daño causado hasta el límite de la Suma Asegurada que se describe en la carátula de la Póliza para cada cobertura. Marejada: Alteración del mar que se manifiesta con una sobre elevación de su nivel debida a una depresión o perturbación meteorológica que combina una disminución de la presión atmosférica y una fuerza cortante sobre la superficie del mar producida por los vientos. Nevada: Precipitación de cristales de hielo en forma de copos. País de Residencia: Para fines de estas Condiciones Generales los Estados Unidos Mexicanos. Póliza de : Toda Póliza de, emitida por la Compañía a cualquier persona física residente en los Estados Unidos Mexicanos, vigente, válida y que no esté cancelada al momento de producirse una Situación de Asistencia. Representante: Cualquier persona designada por el Beneficiario que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia. Residencia Permanente: El domicilio habitual en los Estados Unidos Mexicanos del Beneficiario, que conste en la carátula de la Póliza o cualquier otro que sea probado por medios razonables. Página 6 de 56

7 Servicios de Asistencia: Los Servicios Asistenciales que gestiona la Compañía a los Beneficiarios en los términos de estas Condiciones Generales, para los casos de una Situación de Asistencia de un Beneficiario. Siniestro: Es la ocurrencia del riesgo amparado en el contrato de seguro en los términos, condiciones y cláusulas pactadas en este contrato. Situación de Asistencia: Todo acontecimiento ocurrido en la Residencia Permanente del Beneficiario y al Beneficiario, en los términos y con las limitaciones establecidas en estas Condiciones Generales, así como las demás situaciones descritas, que dan derecho a la gestión de los Servicios de Asistencia. Titular: Será la persona física cuyo nombre aparezca en la carátula de la Póliza. Valor de Reposición: Es la suma que se requiere para la construcción y/o reparación cuando se trate de bienes inmuebles y/o adquisición, instalación o reparación cuando se trate de mobiliario y/o equipo de igual clase, calidad, tamaño y/o características de los bienes asegurados sin considerar reducción alguna por depreciación física. Valor Real: Es el precio de un bien nuevo, igual o similar al bien asegurado, menos la depreciación por uso. Vientos tempestuosos: Vientos que alcanzan por lo menos la categoría de depresión tropical, tornado o grado 8 según la escala de Beaufort (62 kilómetros por hora), de acuerdo con el Servicio Meteorológico Nacional o registros reconocidos por éste. Vivienda: Se entenderá por este término la casa habitación donde reside permanentemente el Beneficiario y se considerará sinónimo de Inmueble y de Residencia Permanente. III. BIENES QUE PUEDEN SER CUBIERTOS SECCIÓN 1: EDIFICIO Conjunto de construcciones materiales principales y accesorias, destinadas a casa habitación tales como: bardas, rejas, muros de contención independientes, albercas, patios y construcciones adicionales, en el mismo predio asegurado, incluyendo sus instalaciones fijas de agua, gas, electricidad, calefacción y refrigeración, salvo los excluidos expresamente en cada una de las coberturas. Se consideran parte del edificio los falsos techos, las alfombras fijas, tapices y maderas adheridas al suelo, paredes o techos. En el caso de inmuebles bajo el régimen de constitución en condominio, quedan incluidas las partes proporcionales de los elementos comunes. A. BIENES EXCLUIDOS Cimientos y fundamentos de la construcción diferentes a los cimientos, que se encuentren bajo el nivel del suelo, así como el valor del terreno. Página 7 de 56

8 Árboles, jardines, césped, siembras, cultivos en pie y animales. Condiciones Generales Daños a edificios construidos total o parcialmente sobre o bajo agua. Daños a edificios, instalaciones y construcciones que no estén terminados. SECCIÓN 2: CONTENIDOS Se amparan los bienes contenidos propios a casa habitación de uso particular, mientras éstos se encuentren dentro del inmueble asegurado especificado en la carátula de la Póliza, tales como: mobiliario, equipo electrodoméstico y electrónico de uso familiar, ropa y efectos personales. A. BIENES EXCLUIDOS Máquinas, aparatos o accesorios que se empleen para producir, transformar o utilizar corrientes eléctricas, cuando dichos daños sean causados directamente por corrientes normales o sobre corrientes en el sistema, cualquiera que sea la causa (interna o externa). Daños a contenidos de edificios construidos total o parcialmente sobre o bajo agua. A bienes contenidos en plantas refrigeradoras o aparatos de refrigeración por cambio de temperatura. Anuncios y otras estructuras similares por los cuales se obtenga un lucro. Lingotes de metales preciosos, pedrería que no esté montada. Objetos de arte, manuscritos, planos, croquis, dibujos, patrones, modelos o moldes. Cualquier clase de frescos o murales que estén pintados o formen parte del inmueble asegurado. Títulos, obligaciones, documentos de cualquier clase, timbres, postales fiscales, libros de contabilidad u otros libros de comercio o documentos valiosos por su antigüedad, contenido o valor de cambio. Moneda, billetes de banco, cheques, letras, pagarés, excepto para la cobertura de dinero en efectivo. Daños a contenidos de edificios, instalaciones y construcciones que no estén terminados. Página 8 de 56

9 IV. COBERTURAS A. INCENDIO Y/O RAYO Podrá cubrir las secciones 1 y Riesgos cubiertos Cubre los daños materiales causados directamente a bienes por Incendio y/o Rayo. 2. RIESGOS EXCLUIDOS Esta Póliza en ningún caso cubre los daños a los bienes asegurados causados directa o indirectamente por o a consecuencia de: Fermentación, vicio propio o cualquier procedimiento de calefacción o desecación al cual hubieren sido sometidos los bienes, a menos que, en los dos últimos casos, el daño sea causado por la realización de cualquiera de los riesgos amparados en esta Póliza. Humo o tizne a chimeneas o aparatos industriales o domésticos. Humo o tizne que emane de chimeneas o aparatos industriales o domésticos que se encuentren dentro del predio asegurado, cuando dichos aparatos carezcan de conductos para humo o chimeneas. Robo cometido por el personal del Asegurado o por terceras personas, durante la realización de huelgas, alborotos populares, conmoción civil, vandalismo y daños ocasionados por personas mal intencionadas. Daños o pérdidas que por su propia explosión sufran calderas, tanques, aparatos o cualquier otro recipiente que esté sujeto normalmente a presión, exclusivamente para la cobertura de explosión. Daños causados por talas o podas de árboles o cortes de ramas efectuadas por el Asegurado y/o autoridades, exclusivamente para la cobertura de caída de árboles. Página 9 de 56

10 B. EXTENSIÓN DE CUBIERTA Podrá cubrir las secciones 1 y Riesgos cubiertos a. Explosión. b. Huelgas, alborotos populares, conmoción civil, vandalismo y daños ocasionados por personas mal intencionadas durante la realización de tales actos. c. Colisión de naves aéreas u objetos caídos de ellas. d. Daños o pérdidas causadas por vehículos o naves aéreas propiedad del Asegurado o a su servicio, o propiedad o al servicio de inquilinos. e. Colisión de Vehículos f. Humo y/o tizne. g. Roturas o filtraciones accidentales de tuberías o sistemas de abastecimiento de agua o de vapor, que se localicen dentro de los límites del predio mencionado en la Póliza. h. Descargas accidentales o derrames de agua o de vapor de agua, provenientes de equipos o aparatos industriales o domésticos comprendiendo sistemas de refrigeración, acondicionamiento de aire o calefacción. i. Caída de árboles. j. Caída de antenas parabólicas y de radio de uso no comercial. 2. RIESGOS EXCLUIDOS Esta Póliza en ningún caso cubre los daños a los bienes asegurados causados directa o indirectamente por o a consecuencia de: a. Fermentación, vicio propio o cualquier procedimiento de calefacción o desecación al cual hubieren sido sometidos los bienes, a menos que, en los dos últimos casos, el daño sea causado por la realización de cualquiera de los riesgos amparados en esta Póliza. b. Humo o tizne a chimeneas o aparatos industriales o domésticos. c. Humo o tizne que emane de chimeneas o aparatos industriales o domésticos que se encuentren dentro del predio asegurado, cuando dichos aparatos carezcan de conductos para humo o chimeneas. Página 10 de 56

11 d. Robo cometido por el personal del Asegurado o por terceras personas, durante la realización de huelgas, alborotos populares, conmoción civil, vandalismo y daños ocasionados por personas mal intencionadas. e. Daños o pérdidas que por su propia explosión sufran calderas, tanques, aparatos o cualquier otro recipiente que esté sujeto normalmente a presión, exclusivamente para la cobertura de explosión. f. Daños causados por talas o podas de árboles o cortes de ramas efectuadas por el Asegurado y/o autoridades, exclusivamente para la cobertura de caída de árboles. C. FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS Podrá cubrir las secciones 1 y Riesgos cubiertos Los bienes amparados por este riesgo quedan cubiertos contra pérdidas o daños materiales causados ocasionados directamente por avalanchas de lodo, granizo, helada, huracán, inundación, inundación por lluvia, golpe de mar, marejada, nevada y vientos tempestuosos. Todas las pérdidas originadas por los riesgos cubiertos a los bienes cubiertos se considerarán como un solo siniestro si ocurren durante un evento que continúen por un periodo hasta de 72 horas a partir de que inicie el daño a los bienes asegurados para todos los riesgos señalados en esta cobertura, salvo inundación, para la cual el lapso se extenderá hasta 168 horas. Cualquier evento que exceda de 72 horas consecutivas para todos los riesgos enunciados en esta cobertura o de 168 horas para inundación, se considerará como dos o más eventos. La cobertura aplicable será aquella que origine en forma inmediata los daños directos a los bienes asegurados, independientemente del fenómeno meteorológico que los origine. 2. BIENES EXCLUIDOS En ningún caso se cubrirán las pérdidas o daños causados a: a. Bienes muebles a la intemperie. b. Edificios terminados que por la naturaleza de su ocupación carezcan total o parcialmente de puertas, ventanas o muros macizos completos, cuando dichos edificios no hayan sido diseñados y construidos para operar bajo estas circunstancias, de acuerdo con los reglamentos de construcción de la zona, vigentes a la fecha de la construcción. Esta exclusión aplica también a los contenidos de estos edificios. Página 11 de 56

12 c. Contenidos y existencias de los bienes mencionados en la cláusula 2ª, inciso 1, a menos que los edificios sean destruidos o dañados en sus techos, muros, puertas o ventanas exteriores por la acción directa de los riesgos cubiertos por este Endoso, que causen aberturas o grietas a través de las cuales se haya introducido el agua, el granizo, el lodo, el viento, o la nieve. Esta exclusión no aplica para daños que hayan sido causados por los riesgos de inundación o de inundación por lluvia. d. Cultivos en pie, parcelas, huertas, plantas, árboles, bosques, céspedes, jardines. e. Edificios o construcciones con muros y/o techos de lonas de plástico y/o textil. f. Animales. g. Aguas estancadas, aguas corrientes, ríos, aguas freáticas. h. Terrenos, incluyendo superficie, rellenos, drenaje, alcantarillado. i. Diques, espigones, escolleras, depósitos naturales, canales, pozos, túneles, puentes, equipos flotantes, instalaciones flotantes. j. Cimentaciones e instalaciones subterráneas. k. Muelles y/o cualquier tipo de bien que se encuentre total o parcialmente sobre o bajo agua. l. Daños a la playa o pérdida de playa. m. Campos de golf. n. Líneas de transmisión y/o distribución. o. Edificios en proceso de demolición. p. Edificios en construcción al momento de la contratación de la Póliza. q. Edificios en reparación o reconstrucción cuando no estén completos sus techos, muros, puertas y ventanas exteriores. r. Todo bien ubicado entre el muro de contención más próximo a la playa o costa y el límite del oleaje, o los bienes que se localicen dentro de la zona federal, lo que sea menor. s. Muros de contención hechos con materiales distintos a concreto armado. Página 12 de 56

13 t. Bienes ubicados en zonas consideradas por la Dirección General de Protección Civil o sus Direcciones regionales como de alto riesgo de inundación o de avalancha de lodo. 3. RIESGOS EXCLUIDOS La Compañía en ningún caso cubrirá las pérdidas o daños causados por: a. Mojadura o humedades o sus consecuencias debido a filtraciones: - De aguas subterráneas o freáticas. - Por deficiencias en el diseño o construcción de techos, muros o pisos. - Por fisuras o fracturas de cimentaciones o muros de contención. - Por mala aplicación o deficiencias de materiales impermeabilizantes. - Por falta de mantenimiento. - Por la falta de techos, puertas, ventanas o muros o aberturas en los mismos, o por deficiencias constructivas de ellos. b. Mojaduras, viento, granizo, nieve o lluvia al interior de los edificios o a sus contenidos a menos que se hayan originado por el hecho de que los edificios hayan sido destruidos o dañados en sus techos, muros, puertas o ventanas exteriores por la acción directa de los vientos, o del agua o del granizo o de la nieve o por la acumulación de éstos, que causen aberturas o grietas a través de las cuales se haya introducido el agua, granizo, nieve o viento. Esta exclusión no aplica a los casos de inundación o inundación por lluvia. c. Corrosión, herrumbre, erosión, moho, plagas de toda especie y cualquier otro deterioro paulatino a consecuencia de las condiciones ambientales y naturales. d. El retroceso de agua en alcantarillado y/o falta o insuficiencia de drenaje, en los predios del Asegurado. e. La acción natural de la marea. f. Inundaciones, inundaciones por lluvia o avalanchas de lodo que se confinen sólo a las ubicaciones donde se encuentren los bienes materia del seguro. g. Contaminación directa por agua de lluvia, a menos que haya ocurrido un daño físico amparado bajo este endoso a las instalaciones aseguradas. Página 13 de 56

14 h. Socavación a edificaciones que se encuentren ubicadas en la primera línea de construcción a la orilla del mar, a menos que se encuentren protegidos por muros de contención con cimientos de concreto armado o protegidos por escolleras con tetrápodos de concreto armado. Se exceptúa de esta exclusión a los edificios y sus contenidos que se encuentren a más de 50 metros de la línea de rompimiento de las olas en marea alta o a más de 15 metros sobre el nivel del mar en marea alta. i. Daños o pérdidas preexistentes al inicio de vigencia de este seguro, que hayan sido o no del conocimiento del Asegurado. j. Pérdidas o daños de cualquier tipo, ocasionados por deficiencias en la construcción o en su diseño, o por falta de mantenimiento de los bienes materia del seguro. k. Daños causados por contaminación, a menos que los bienes cubiertos sufran daños materiales directos causados por los riesgos amparados, causando contaminación a los bienes cubiertos. No se amparan tampoco los perjuicios o gastos ocasionados por la limpieza o descontaminación del medio ambiente (tierra, subsuelo, aire o aguas). l. Cualquier daño material o consecuencial derivado de la falta de suministro de agua, electricidad, gas o cualquier materia prima o insumo aún cuando la falta de suministro sea resultado de algún fenómeno hidrometeorológico. m. Rapiña, hurto, desaparición, saqueos o robos que se realicen durante o después de algún fenómeno hidrometeorológico. 4. Deducible En cada reclamación por daños materiales causados por los riesgos amparados por este endoso, o remoción de escombros, en caso de que esta cobertura fuese contratada, siempre quedará a cargo del asegurado una cantidad equivalente al porcentaje que se indica en la tabla siguiente sobre el valor, real o de reposición, de los bienes asegurados según se haya contratado en esta Póliza. Zona Deducible Deducible para ubicaciones situadas frente al mar, lago o laguna, o con fachada de cristal, o bien con muros de materiales ligeros o edificios cerrados con techos de palapa*/ Alfa 1 Península de Yucatán. 2% 5% Alfa 1 Pacífico Sur. 2% 5% Alfa 1 Golfo de México. 2% 5% Página 14 de 56

15 Alfa 1 Interior de la República. 2% 2% Alfa 2 1% 1% Alfa 3 1% 1% El deducible se aplicará separadamente con respecto a cada edificio o sus contenidos. Si el seguro comprende dos o más edificios o sus contenidos, el deducible aplicará de manera separada para cada uno de ellos. Si el asegurado al momento de la contratación declaró puntualmente los bienes a la intemperie asegurados con el detalle de sus valores, el deducible aplicable será el 5% sobre el valor declarado que en conjunto tengan los bienes a la intemperie. En caso de que hayan sido contratadas cobertura de pérdidas consecuenciales, se aplicará el deducible indicado en la carátula y/o especificación de coberturas de la presente Póliza. En caso de tener contratadas las coberturas de terremoto y riesgos hidrometeorológicos para la misma ubicación y ocurrir un evento que produjese daños directos indemnizables por el sismo y por golpe de mar, se aplicará un solo deducible, el del riesgo cuyo deducible estipulado resulte mayor. 5. Coaseguro Es condición indispensable para otorgar la presente cobertura, que el Asegurado soporte, por su propia cuenta, un 10% de toda pérdida o daño indemnizable que sobrevenga a los bienes materia del seguro, y, en su caso, a sus pérdidas consecuenciales y remoción de escombros, si es que estas coberturas hubiesen sido contratadas. Para la cobertura de Golpe de mar, el Coaseguro será el que marca la cobertura de terremoto, de acuerdo a la tarifa de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (A.M.I.S.). Estos coaseguros se aplican después de descontados los deducibles aplicables. D. TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA Podrá cubrir las secciones 1 y Riesgos cubiertos Los bienes amparados por esta Póliza, quedan cubiertos contra daños materiales directos causados por Terremoto y/o Erupción Volcánica. Si los bienes mencionados o parte de ellos fueren destruidos o dañados dentro de la vigencia del seguro consignada en esta Póliza, la Compañía conviene indemnizar al Asegurado el importe de los daños sufridos de conformidad con lo acordado para esta cobertura y demás relativas sin incluir el valor de mejoras (exigidas o no por autoridades) para dar mayor solidez al edificio o edificios afectados o para otros fines, en exceso de aquellas reparaciones para reponer los bienes al mismo estado en que se encontraban al momento del siniestro. Página 15 de 56

16 Los daños amparados por esta cobertura que sean ocasionados por algún Terremoto y/o Erupción Volcánica darán origen a una reclamación separada por cada uno de esos fenómenos; pero si varios de éstos ocurren dentro de cualquier periodo de 72 horas consecutivas durante la vigencia de ésta, se tendrán como un solo siniestro y los daños que causen deberán ser comprendidos en una sola reclamación. 2. BIENES EXCLUIDOS En ningún caso se cubrirán las pérdidas o daños causados: a. A suelos y terrenos. b. A edificios, instalaciones y construcciones que no estén totalmente terminados y sus contenidos. c. Directa o indirectamente, próxima o remotamente por reacciones nucleares, radiaciones o contaminaciones radioactivas, ya sean controladas o no y sean o no como consecuencia de Terremoto y/o Erupción Volcánica. d. Por marejada o inundación aunque éstas fueren originadas por alguno de los peligros contra los cuales ampara este seguro. e. Por vibraciones o movimientos naturales del subsuelo que sean ajenos al terremoto, tales como hundimientos, desplazamientos y asentamientos normales no repentinos. 3. RIESGOS EXCLUIDOS a. La Compañía en ningún caso cubrirá las pérdidas o daños causados: a. A suelos y terrenos. b. A edificios, instalaciones y construcciones que no estén totalmente terminados, así como sus contenidos. c. Directa o indirectamente, próxima o remotamente por reacciones nucleares, radiaciones o contaminaciones radioactivas, ya sean controladas o no y sean o no como consecuencia de Terremoto y/o Erupción Volcánica. d. Por marejada o inundación aunque éstas fueren originadas por alguno de los peligros contra los cuales ampara este seguro. e. Por vibraciones o movimientos naturales del subsuelo que sean ajenos al terremoto, tales como hundimientos, desplazamientos y asentamientos normales no repentinos. Página 16 de 56

17 4. Deducible En toda reclamación indemnizable por esta Póliza, invariablemente quedará a cargo del Asegurado una cantidad o porcentaje estipulado en la carátula de la Póliza para cada uno de los riesgos cubiertos y se aplicará después de haber restado la participación del Asegurado en la pérdida (coaseguro) y aplicado cualquier bajo seguro (Proporción Indemnizable). Si el seguro comprende dos o más incisos o cubre bajo cualquier inciso dos o más edificios, construcciones o sus contenidos, el deducible se aplicará separadamente con respecto a cada inciso y en su caso con respecto a cada edificio, construcción y/o sus contenidos. Para pérdidas consecuenciales: el deducible se expresa en días de espera. 5. Coaseguro Es condición indispensable para el otorgamiento de la cobertura establecida en esta Póliza, que el Asegurado soporte por su propia cuenta conforme a la zona sísmica donde se ubiquen los bienes asegurados, un porcentaje de toda pérdida o daño indemnizable que sobrevenga a los bienes asegurados por Terremoto y/o Erupción Volcánica, porcentaje que se especifica en esta Póliza. Dada la participación en la pérdida a cargo del Asegurado, la prima se calculará sobre la Suma Asegurada menos el coaseguro correspondiente. El coaseguro se aplicará sobre la pérdida indemnizable antes de aplicar a la misma Proporción Indemnizable y de descontar el deducible que corresponda. Las demás cláusulas, que se refieren al Procedimiento en Caso de Pérdida, Aviso de Siniestro, Peritaje, Documentos, Datos e Informes que el Asegurado debe rendir a la Compañía, Traslado de Bienes, Medidas que puede tomar la Compañía en Caso de Siniestro, Lugar de Pago de Indemnización, Disminución y Reinstalación de Suma Asegurada, Prima, Rehabilitación, Subrogación de Derechos, Fraude, Dolo o Mala Fe, Agravación del Riesgo, Terminación Anticipada del Contrato, Prescripción, Comunicaciones, Otros Seguros, Beneficios para el Asegurado, Competencia, Interés Moratorio, Principio y Terminación de Vigencia, Moneda, y el Artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, se aplicarán conforme a la sección de Condiciones Generales aplicables a todas las secciones. E. REMOCIÓN DE ESCOMBROS Podrá cubrir las secciones 1 y Riesgos cubiertos Esta cobertura se extiende a cubrir, en caso de siniestro indemnizable, los gastos que sea necesario erogar para remover los escombros de los bienes afectados como son: desmontaje, demolición, limpieza o acarreos y cualquier otra actividad similar, y los que necesariamente tengan que llevarse a cabo para que los bienes asegurados y dañados queden en condiciones de reparación o reconstrucción. Siendo la responsabilidad máxima de la Compañía para este riesgo el límite máximo mencionado en la carátula de la Póliza. Página 17 de 56

18 Esta cobertura queda sujeta a las condiciones de las Coberturas A, B, C, D de la sección 1 y 2, por lo tanto, en caso de pérdida deberá darse aviso y sujetarse a lo mencionado para este efecto. Asimismo, no obstante lo que indica la cláusula Proporción Indemnizable de las Condiciones Generales, queda sin efecto alguno en cuanto a esta cobertura, ya que la Compañía se obliga a indemnizar al Asegurado hasta el límite máximo contratado, previa comprobación de los gastos erogados por éste. Dentro de los tres días siguientes a partir de que la Compañía reciba del Asegurado una reclamación o bien cuando se acuerde cita con el Asegurado, la Compañía enviará a un Ajustador al lugar del siniestro a realizar la evaluación de los daños. Lo anterior en el entendido de que las condiciones físicas del lugar permitan el acceso al lugar del siniestro y no sea una catástrofe. A partir de la fecha en la que el Ajustador acuda al lugar del siniestro, la Compañía contará con un plazo de treinta días naturales para informar por escrito al Asegurado la fecha en que éste pueda realizar la remoción de escombros y limpia del lugar del siniestro. Si transcurrido dicho plazo la Compañía no ha informado al Asegurado la fecha de remoción de escombros y limpia del lugar del siniestro, el Asegurado tendrá derecho de solicitar por escrito a la Compañía la fecha exacta para proceder con la remoción de escombros y limpia. La Compañía tendrá un plazo no mayor de cinco días naturales para dar contestación a la solicitud por escrito del Asegurado, una vez transcurrido dicho plazo sin dar respuesta por parte de la Compañía, el Asegurado podrá realizar la remoción de escombros sin responsabilidad alguna. 2. RIESGOS EXCLUIDOS La Compañía en ningún caso cubrirá las pérdidas o daños causados cuando la remoción de escombros sea a consecuencia de que los bienes asegurados hayan sido dañados por algún riesgo excluido o por alguna cobertura no contratada. F. GASTOS EXTRAORDINARIOS Podrá cubrir las secciones 1 y Riesgos cubiertos Esta cobertura se extiende a cubrir los gastos erogados por el Asegurado por concepto de renta de casa o departamento, casa de huéspedes u hotel; así como los gastos de mudanza, seguro de transporte del menaje de casa y almacenaje del mismo, necesarios y que permitan al Asegurado continuar con el nivel de vida que llevaba al momento de ocurrir el siniestro y durante el tiempo necesario para reparar o reconstruir los bienes dañados a consecuencia de la realización de alguno de los riesgos contratados. En caso de que el Asegurado sea arrendatario del inmueble, la indemnización por concepto de renta corresponderá a la diferencia entre la nueva renta (incluyendo el depósito) y la que pagaba hasta la fecha del siniestro. La protección que otorga esta cobertura, cesará cuando el Asegurado se reinstale definitivamente en la ubicación señalada en la carátula de la Póliza o en otra ubicación, o en caso contrario, hasta un periodo máximo de indemnización de tres meses sin que quede limitado por la fecha de terminación de la vigencia de la Póliza. Página 18 de 56

19 Este seguro se extiende a cubrir, de acuerdo con sus límites y condiciones, los gastos erogados por el Asegurado durante un periodo que no excederá de cuatro semanas consecutivas, cuando como resultado directo de un siniestro derivado de los riesgos asegurados se prohíba el acceso al predio por orden de las Autoridades. En caso de siniestro que amerite indemnización, la Compañía pagará al Asegurado un anticipo que será el equivalente a la cantidad resultante de dividir el límite máximo de responsabilidad de esta cobertura entre tres. La cantidad restante, se reembolsará al Asegurado por concepto de gastos erogados y amparados, al presentar los comprobantes respectivos y hasta por la cantidad del límite de responsabilidad establecido, sin aplicar la cláusula Proporción Indemnizable de las Condiciones Generales de la Póliza a la cual se anexa esta cobertura. Será obligación del Asegurado llevar a efecto las reparaciones del inmueble tan pronto como sea posible, así como comprobar sus gastos mediante las notas o recibos correspondientes. 2. RIESGOS EXCLUIDOS La Compañía en ningún caso cubrirá: a. Gastos que no sean comprobados mediante sus respectivas notas o recibos. b. Gastos relativos a nuevas adquisiciones, alimentos, lavandería, renta de aparatos eléctricos y otros que no correspondan a lo que ampara esta cobertura. c. Gastos de mudanza, almacenaje y renta de alojamiento que sean realizados en ciudades distintas a la ubicación del predio asegurado o fuera de la República Mexicana. d. No se reembolsarán los gastos cuando el Asegurado se aloje en la casa de un familiar. G. ROBO DE CONTENIDOS Podrá cubrir la sección Bienes cubiertos Bajo esta cobertura quedan amparados los bienes descritos a continuación, hasta la Suma Asegurada especificada en la presente Póliza, cuando pertenezcan al Asegurado o cualquier miembro permanente de la familia, trabajador doméstico o huésped que no pague manutención o alojamiento, siempre y cuando dichos bienes se encuentren dentro del inmueble asegurado. a. Menaje de casa, como son: muebles, enseres, artículos de uso doméstico, ropa y efectos personales. Página 19 de 56

20 b. Artículos artísticos, deportivos, electrónicos o de difícil reposición, por ejemplo: cuadros, tapetes, esculturas, gobelinos, artículos de cristal, vajillas, porcelanas, biombos, equipos fotográficos, cinematográficos, electrónicos, de pesca o golf, instrumentos musicales o de precisión, antigüedades o artículos de difícil o imposible reposición, hasta por el equivalente de 500 DSMGVDF por valor unitario o por juego sin exceder de la Suma Asegurada para esta cobertura. En caso de siniestro indemnizable, se requiere presentar al momento del mismo las facturas o avalúos correspondientes, efectuados estos últimos por un perito registrado ante las autoridades competentes o en su defecto, algún otro documento que compruebe la existencia del bien y que sea validado por la Compañía. 2. Riesgos cubiertos a. Robo con Violencia: La pérdida de bienes muebles a consecuencia de robo perpetrado por cualquier persona o personas que, haciendo uso de violencia del exterior al interior del inmueble descrito en la carátula de esta Póliza, dejen señales visibles de la violencia en el lugar por donde se penetró. b. Robo por Asalto: Los bienes amparados contra pérdida o daños a consecuencia de robo por asalto o intento del mismo, perpetrado dentro del inmueble, mediante el uso de violencia, ya sea moral o física, sobre las personas. c. Daños materiales: Los daños materiales que sufran los bienes muebles o inmuebles, con motivo del robo o intento de robo a que se refieren los incisos anteriores. 3. RIESGOS EXCLUIDOS a. El robo o abuso de confianza de empleados domésticos al servicio del Asegurado, de personas por las cuales el Asegurado sea civilmente responsable, así como de los integrantes que ocupen la casa habitación. b. Pérdidas como consecuencia de robo sin violencia, extravío. c. Robo y/o asalto ocurrido fuera del inmueble Asegurado. d. Pérdida o daño a bienes que se encuentren en patios, azoteas, jardines, terrazas o en otros lugares al aire libre. e. Robo causado por los Beneficiarios o causahabientes del Asegurado o de los apoderados de cualquiera de ellos. f. Pérdidas directamente causadas por huelguistas o por personas que tomen parte en disturbios de carácter obrero, motines, alborotos populares o vandalismos, durante la realización de tales actos. Página 20 de 56

21 H. DINERO EN EFECTIVO Podrá cubrir la sección Bienes cubiertos Esta cobertura comprende dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, valores, títulos de crédito, cheques, letras y pagarés, propiedad del Asegurado o de terceros bajo su responsabilidad, hasta por el equivalente de 200 DSMGVDF, sin exceder el límite máximo de responsabilidad establecido para esta cobertura en la carátula de la Póliza. 2. Riesgos cubiertos a. Robo con Violencia: la pérdida de dichos bienes muebles a consecuencia de robo perpetrado por cualquier persona o personas que, haciendo uso de violencia del exterior al interior del inmueble descrito en la carátula de esta Póliza, dejen señales visibles de violencia en el lugar por donde se penetró. b. Robo por Asalto: los bienes amparados contra pérdida o daños a consecuencia de robo por asalto o intento del mismo, perpetrado dentro del inmueble, mediante el uso de violencia sobre las personas, ya sea moral o física. c. Daños materiales: los daños materiales que sufran los bienes muebles o inmuebles, con motivo del robo o intento de robo a que se refieren los incisos anteriores. d. Incendio y/o Explosión: cubre las pérdidas o daños materiales a los bienes descritos en esta cobertura causados directamente por incendio y/o explosión. 3. RIESGOS EXCLUIDOS a. El robo o abuso de confianza de empleados domésticos al servicio del Asegurado, de personas por las cuales el Asegurado sea civilmente responsable, así como de los integrantes que ocupen la casa habitación. b. Pérdidas como consecuencia de robo sin violencia, extravío. c. Robo y/o asalto ocurrido fuera del inmueble asegurado. d. Robo causado por los Beneficiarios o causahabientes del Asegurado o de los apoderados de cualquiera de ellos. e. Pérdidas directamente causadas por huelguistas o por personas que tomen parte en disturbios de carácter obrero, motines, alborotos populares o vandalismos, durante la realización de tales actos. Página 21 de 56

22 4. Suma Asegurada La indemnización procedente al amparo de esta cobertura se realizará de conformidad a lo indicado a continuación: a. Tratándose de títulos nominativos o a la orden, de los cuales fuere posible su cancelación y reposición, la responsabilidad de la Compañía se limitará a los costos que representan los gastos de reimpresión y los gastos judiciales, así como los honorarios de peritos y abogados que intervinieren con motivo de la cancelación y reposición para lograr la anulación de los títulos afectados por cualquier riesgo cubierto por esta Póliza, siempre y cuando dichos gastos no excedan del valor del título, en cuyo caso se pagará el valor del mismo. b. En ningún caso la Compañía será responsable por lo que respecta a valores, por una suma superior al valor real efectivo que dichos valores tengan al concluir las actividades bursátiles en México, el día del siniestro, y si no fuera posible determinar el momento en que haya ocurrido el siniestro, la responsabilidad de la Compañía no será superior al valor real en efectivo que los mencionados valores tengan al día inmediato anterior a aquel en que la pérdida haya sido descubierta. c. Tratándose de moneda o billetes extranjeros, la Compañía únicamente será responsable por el equivalente en moneda nacional, considerando el tipo de cambio vigente a la fecha de pérdida, si no fuere posible determinar el momento exacto en que ocurrió el siniestro, la responsabilidad de la Compañía no será superior al equivalente en moneda nacional, considerando el tipo de cambio que la moneda extranjera tuviere el día inmediato anterior a aquel en que la pérdida haya sido descubierta. I. ROBO DE JOYAS Podrá cubrir la sección Bienes cubiertos Esta cobertura comprende los siguientes bienes: Joyas, piezas o artículos de oro y plata, armas, colecciones de cualquier tipo, relojes y pieles hasta por el equivalente de 200 DSMGVDF por valor unitario o por juego, sin exceder el límite máximo de Suma Asegurada establecida para esta cobertura en la carátula de la Póliza. En caso de siniestro indemnizable, se requiere presentar al momento del mismo las facturas o avalúos correspondientes, efectuados estos últimos por un perito registrado ante las autoridades competentes o en su defecto, algún otro documento que compruebe la existencia del bien y que sea validado por la Compañía. 2. Riesgos cubiertos a. Robo con Violencia: la pérdida de bienes muebles a consecuencia de robo perpetrado por cualquier persona o personas que, haciendo uso de violencia del exterior al interior del inmueble descrito en la carátula de esta Póliza, dejen señales visibles de violencia en el lugar por donde se penetró. Página 22 de 56

23 b. Robo por Asalto: los bienes amparados contra pérdida o daños a consecuencia de robo por asalto o intento del mismo, perpetrado dentro del inmueble, mediante el uso de violencia sobre las personas, ya sea moral o física. c. Daños Materiales: los daños materiales que sufran los bienes muebles o inmuebles, con motivo del robo o intento de robo a que se refiere el inciso anterior. 3. RIESGOS EXCLUIDOS a. Robo o abuso de confianza de empleados domésticos al servicio del Asegurado o personas por los cuales el Asegurado fuere civilmente responsable, así como de los integrantes que ocupen la casa habitación. b. Robo causado por los Beneficiarios o causahabientes del Asegurado o de los apoderados de cualquiera de ellos. c. Pérdida o daño a bienes que se encuentren en patios, azoteas, jardines, terrazas o en otros lugares al aire libre. d. Desaparición de bienes en que no se tenga evidencia fehaciente de violencia al penetrar en el inmueble asegurado, robo sin violencia, abuso de confianza o extravío. e. Pérdidas directamente causadas por huelguistas o por personas que tomen parte en disturbios de carácter obrero, motines, alborotos populares o vandalismos, durante la realización de tales actos. f. Robo y/o asalto ocurrido fuera de la casa habitación 4. Suma Asegurada La indemnización procedente al amparo de esta Póliza, se realizará de conformidad a lo indicado a continuación: a. Será a Valor de Reposición hasta el límite máximo de responsabilidad. b. Si la Suma Asegurada estipulada en la carátula de la Póliza fuera menor al valor de reposición, en el momento del siniestro, se aplicará la cláusula Proporción Indemnizable de las Condiciones Generales de esta Póliza. Página 23 de 56

24 J. CRISTALES Podrá cubrir las secciones 1 y Bienes cubiertos Cristales debidamente instalados en el inmueble descrito en la carátula de la Póliza, así como los cristales de sobrecubiertas, vitrinas, divisiones, lunas, espejos, domos y análogos, que se localicen en el interior del mismo. 2. Riesgos cubiertos Ampara la reposición de cristales por su rotura accidental, súbita e imprevista o por actos vandálicos. También se cubre el costo de instalación y remoción de los mismos, en caso de siniestro. Para las secciones 1 y 2 se amparan daños o pérdidas ocasionadas al decorado del cristal o cristales asegurados (tales como plateado, grabado, dorado, teñido, pintado, corte, rotulado, realzado y análogos) así como sus marcos. 3. BIENES EXCLUIDOS Cristales con espesor menor a 4 milímetros. 4. Riesgos excluidos a. Por remoción de cristal o cristales asegurados y mientras no quede(n) debidamente colocado(s), entendiéndose por remoción el hecho de cambiar o mover de sitio un cristal. b. Por reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pintura del inmueble aquí descrito y/o del cristal o cristales asegurados, ya sea que los cristales estén removidos o debidamente colocados. c. Los daños por raspaduras, ralladuras u otros defectos superficiales en cristales de cualquier espesor. d. Responsabilidad civil hacia terceros en sus bienes o en sus personas por pérdidas o daños causados por los bienes asegurados. Página 24 de 56

25 5. Suma Asegurada La indemnización procedente al amparo de esta Póliza, se realizará de conformidad a lo indicado a continuación: a. Será a Valor de Reposición hasta el límite máximo de responsabilidad. b. Si la Suma Asegurada estipulada en la carátula de la Póliza fuera menor al valor de reposición, en el momento del siniestro, se aplicará la cláusula Proporción Indemnizable de las Condiciones Generales de esta Póliza. K. EQUIPO ELECTRODOMÉSTICO Y ELECTRÓNICO DE USO DOMÉSTICO Y FAMILIAR Podrá cubrir la sección Bienes cubiertos Esta cobertura ampara el equipo electrodoméstico y electrónico de uso personal, es decir, los aparatos electrónicos de uso cotidiano en el hogar, como: Lavadoras de ropa, de vajillas, aspiradoras, refrigeradores, videocaseteras, televisores, antenas parabólicas, computadoras personales, pulidoras de piso, ventiladores, sierras eléctricas, taladros, bombas, secadoras de ropa, compresoras de aire para pintura y aire acondicionado, equipos de grabación y sonido, máquinas de escribir eléctricas, reguladores de voltaje, estufas eléctricas, lavadoras de alfombras, hornos de microondas, DVDs y máquinas tejedoras eléctricas. 2. Riesgos cubiertos Esta Póliza cubre daños o pérdidas materiales que sufran los bienes asegurados en forma súbita e imprevista, a consecuencia de los riesgos que a continuación se mencionan, siempre y cuando se encuentren dentro del inmueble consignado en la carátula de la presente Póliza. La cobertura de esta sección queda sujeta al cumplimiento por parte del Asegurado de las siguientes obligaciones: a. No sobrecargar los equipos, habitual o intencionalmente, o utilizarlos en trabajos para los que no fueron construidos. b. Cumplir con los respectivos reglamentos técnicos sobre la instalación y funcionamiento del equipo. Los riesgos cubiertos son los siguientes: a. Pérdidas o daños causados directa o indirectamente por falla o interrupción en el suministro de energía eléctrica. b. Corto circuito, arco voltaico, perturbaciones por campos magnéticos, aislamiento insuficiente, sobre tensiones causadas por rayo o tostaduras de aislamientos. Página 25 de 56

Condiciones Generales Casa Habitación Colectivo

Condiciones Generales Casa Habitación Colectivo CONTRATO Esta póliza integrada por su carátula, sus condiciones generales, la solicitud del seguro y los endosos que se agreguen registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas constituyen prueba

Más detalles

Por qué un seguro de casa habitación?

Por qué un seguro de casa habitación? Por qué un seguro de casa habitación? Alguna vez te has puesto a pensar Cuánto te costo en tiempo y dinero obtener tu casa? Y Cuánto tiempo tardarías en recuperar tu patrimonio? Por que sabemos que estamos

Más detalles

Condiciones Generales Pyme Latino

Condiciones Generales Pyme Latino 1000008-A 0 CONDICIONES GENERALES Condiciones Generales La Latinoamericana, Seguros, S.A. (en adelante la Compañía), de conformidad con las Condiciones Generales y Particulares de cada una de las Secciones

Más detalles

Pack Hogar CLÁUSULA 1 RIESGO CUBIERTO 1. INCENDIO DE EDIFICIO

Pack Hogar CLÁUSULA 1 RIESGO CUBIERTO 1. INCENDIO DE EDIFICIO Pack Seguro Hogar CLÁUSULA 1 RIESGO CUBIERTO 1. INCENDIO DE EDIFICIO Cobertura: Básica Medida de la prestación: A primer riesgo absoluto Límite de la suma asegurada indicada como máximo asegurado Valor

Más detalles

Polifam. Condiciones Generales. Marzo Seguro Múltiple Familiar. FPC031100_0412CSC.indd

Polifam. Condiciones Generales. Marzo Seguro Múltiple Familiar. FPC031100_0412CSC.indd Polifam Seguro Múltiple Familiar Condiciones Generales Marzo 2011 _0412CSC.indd 2 Condiciones Generales Polifam 3 Contenido I Definiciones 7 II Bienes cubiertos en la cobertura de Incendio Todo Riesgo

Más detalles

Homeowners IIG. Seguro Múltiple Familiar. Condiciones Generales

Homeowners IIG. Seguro Múltiple Familiar. Condiciones Generales Homeowners IIG Seguro Múltiple Familiar Condiciones Generales Julio 2015 1 Contenidos I Definiciones.5 II Bienes cubiertos en la cobertura de Incendio Todo Riesgo 11 A Inmueble 11 B Contenidos del Inmueble

Más detalles

SEGUROS EL POTOSI INCISO 9.- MATERIAS PRIMAS: Materias primas de todas clases, propias e inherentes al negocio del asegurado. INCISO 10.-PRODUCTOS EN PROCESO DE ELABORACIÓN: Materias o materiales que hayan

Más detalles

Daños. Guía del usuario Casa Habitación Individual

Daños. Guía del usuario Casa Habitación Individual Daños Guía del usuario Casa Habitación Individual Casa Habitación Individual Guía del usuario AXA te acompañará en todo momento Mi seguro Número de póliza Número del asegurado Qué hacer en caso de siniestro?

Más detalles

Daños. Protección Hogar

Daños. Protección Hogar Daños Protección Hogar Para reporte de siniestro llama al 01 800 002 8888 Servicios de Asistencia llama al 01 800 227 2724 en donde recibirás atención rápida y personalizada las 24 horas los 365 días del

Más detalles

Protege tu Patrimonio

Protege tu Patrimonio Protege tu Patrimonio Seguro de Hogar Llama a la Línea Preferente sin costo desde cualquier parte de la República al 0181.8156.4444, visita cualquier Centro de Atención Preferente o entra a banorte.com/bancapreferente

Más detalles

I. COBERTURA DAÑO TOTAL EN TRANSPORTACION

I. COBERTURA DAÑO TOTAL EN TRANSPORTACION QBE DE MÉXICO COMPAÑÍA DE SEGUROS, S. A. DE C. V., denominada en lo sucesivo LA COMPAÑÍA, con sujeción a las Condiciones Generales y Condiciones Particulares teniendo prelación estas últimas sobre las

Más detalles

SECCION I - EDIFICIO Y CONTENIDOS DAÑO DIRECTO A EDIFICIO Y CONTENIDOS

SECCION I - EDIFICIO Y CONTENIDOS DAÑO DIRECTO A EDIFICIO Y CONTENIDOS SECCION I - EDIFICIO Y CONTENIDOS DAÑO DIRECTO A EDIFICIO Y CONTENIDOS CLÁUSULA 1ª BIENES CUBIERTOS. Si en el Detalle de Coberturas de esta Póliza aparece como contratada esta sección, entonces, sin exceder

Más detalles

CONDICIONES GENERALES

CONDICIONES GENERALES ÍNDICE ESPECIFICACIÓN DE COBERTURAS 9 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES CONTRA TODO RIESGO PARA EDIFICIO(S). 9 CLÁUSULA 1ª. BIENES CUBIERTOS 9 CLÁUSULA 2ª BIENES EXCLUIDOS. 10 CLÁUSULA 3ª. RIESGOS CUBIERTOS

Más detalles

Condiciones Adicionales. Estación Segura Gasolineras. Estación Segura Gasolineras. Condiciones Adicionales. Seguros de Daños

Condiciones Adicionales. Estación Segura Gasolineras. Estación Segura Gasolineras. Condiciones Adicionales. Seguros de Daños Seguros de Daños Índice CLÁUSULA 1ª. BIENES CUBIERTOS................................................... 1 EDIFICIO........................................................................ 1 CONTENIDOS....................................................................

Más detalles

Hogar Versátil. Condiciones Generales

Hogar Versátil. Condiciones Generales Hogar Versátil Condiciones Generales Octubre 2015 1 Contenido I Definiciones.5 II Bienes cubiertos en la cobertura de Incendio Todo Riesgo 11 A Inmueble 11 B Contenidos del Inmueble 12 III Coberturas.14

Más detalles

Seguro contra Incendio y/o Rayo

Seguro contra Incendio y/o Rayo Seguro contra Incendio y/o Rayo 0600102-B Cláusula 1ª. Riesgos Cubiertos por la póliza... 4 Cláusula 2ª. Bienes y riesgos excluidos pero que pueden cubrirse mediante convenio expreso.... 4 Cláusula 3ª.

Más detalles

SEGURO de incendio. Condiciones Generales

SEGURO de incendio. Condiciones Generales SEGURO DE INCENDIO Condiciones Generales 1 SEGURO de incendio Condiciones Generales Contenido Página PRIMERA PARTE. BIENES 3 Bienes Cubiertos 3 Sección I. Incendio Edificios 3 Sección II. Incendio Contenidos

Más detalles

INCENDIO Y LINEAS ALIADAS. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC

INCENDIO Y LINEAS ALIADAS. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC INCENDIO Y LINEAS ALIADAS Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC OBJETO DEL SEGURO Indemnizar al asegurado por las pérdidas de, o los daños a los bienes asegurados, causados directamente por incendio y/o

Más detalles

ANEXO IV. Especificación de coberturas adicionales para las secciones IX, X y XI, que mediante convenio expreso entre el Asegurado y la Compañía.

ANEXO IV. Especificación de coberturas adicionales para las secciones IX, X y XI, que mediante convenio expreso entre el Asegurado y la Compañía. ANEXO IV Especificación de coberturas adicionales para las secciones IX, X y XI, que mediante convenio expreso entre el Asegurado y la Compañía. FF-383-PDF/07-2015 Daños 22/Julio/2015 CONTENIDO ANEXO IV...

Más detalles

Endoso para cubrir las pérdidas o daños físicos directos ocasionados por fenómenos hidro-meteorológicos.

Endoso para cubrir las pérdidas o daños físicos directos ocasionados por fenómenos hidro-meteorológicos. Endoso para cubrir las pérdidas o daños físicos directos ocasionados por fenómenos hidro-meteorológicos. Cláusula 1ª Cobertura. Con sujeción a las condiciones generales y especiales de la póliza a la cual

Más detalles

Condiciones Generales Seguro Múltiple Familiar Atlas. Daños 26/Junio/2015

Condiciones Generales Seguro Múltiple Familiar Atlas. Daños 26/Junio/2015 Condiciones Generales Seguro Múltiple Familiar Atlas I Daños 26/Junio/2015 FF-367-PDF/05-2015 CONTENIDO CONDICIONES GENERALES... 5 DEFINICIONES... 5 PRELIMINAR... 7 SECCIONES I Y II DAÑOS MATERIALES A

Más detalles

Polifam. Seguro Múltiple Familiar. Condiciones Generales

Polifam. Seguro Múltiple Familiar. Condiciones Generales Polifam Seguro Múltiple Familiar Condiciones Generales Agosto 2012 1 Contenido I Definiciones II Bienes cubiertos en la cobertura de Incendio Todo Riesgo III Coberturas IV Exclusiones generales aplicables

Más detalles

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES 5

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES 5 SEGUROS BANORTE ÍNDICE CONDICIONES GENERALES 5 SEGURO A TODO RIESGO PARA NEGOCIO O COMERCIO 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES CONTRA TODO RIESGO PARA EDIFICIO(S). 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES CONTRA TODO

Más detalles

1. Qué coberturas contempla este seguro?

1. Qué coberturas contempla este seguro? 1. Qué coberturas contempla este seguro? COBERTURA INCENDIO: La compañía asegura contra el riesgo de incendio del contenido del edificio y se obliga a indemnizar al asegurado, hasta el monto máximo anual

Más detalles

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES APLICABLES A TODAS LAS SECCIONES 97 GLOSARIO DE TÉRMINOS 117

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES APLICABLES A TODAS LAS SECCIONES 97 GLOSARIO DE TÉRMINOS 117 SEGUROS BANORTE ÍNDICE SEGURO A TODO RIESGO PARA NEGOCIO, EMPRESA O COMERCIO 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES CONTRA TODO RIESGO PARA EDIFICIO(S) 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES CONTRA TODO RIESGO PARA CONTENIDOS

Más detalles

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES APLICABLES A TODAS LAS SECCIONES 97 GLOSARIO DE TÉRMINOS 118

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES APLICABLES A TODAS LAS SECCIONES 97 GLOSARIO DE TÉRMINOS 118 SEGUROS BANORTE ÍNDICE SEGURO A TODO RIESGO PARA NEGOCIO, EMPRESA O COMERCIO 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES CONTRA TODO RIESGO PARA EDIFICIO(S) 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES CONTRA TODO RIESGO PARA CONTENIDOS

Más detalles

DERECHOS DEL ASEGURADO

DERECHOS DEL ASEGURADO DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los siguientes derechos: 1. A solicitar a los agentes, empleados o apoderados, la identificación que los acredite

Más detalles

Seguro de Responsabilidad Civil Privada y Familiar. Condiciones particulares

Seguro de Responsabilidad Civil Privada y Familiar. Condiciones particulares Seguro de Responsabilidad Civil Privada y Familiar Condiciones particulares Condiciones generales Página Condiciones particulares I. Cobertura Básica 4 II. Personas Aseguradas 5 III. Cobertura Adicional

Más detalles

Condiciones Generales Micronegocio Protegido

Condiciones Generales Micronegocio Protegido 1 450576-ICA_0414CG.indd 2 3 Contenido Definiciones 7 Bienes Cubiertos en las Coberturas de Incendio Todo Riesgo 13 Coberturas I Daños al Inmueble por Incendio Todo Riesgo 15 A. Daños al Inmueble y Contenidos

Más detalles

Banco de México. Condiciones generales de seguros de daños a casa habitación

Banco de México. Condiciones generales de seguros de daños a casa habitación Condiciones generales de seguros de daños a casa habitación 2017 1 Índice Índice... 2 Información general de seguros de daños a casa habitación... 3 AXA Seguros... 4 Incendio Edificio e Incendio Contenidos...

Más detalles

INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS

INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS PROGRAMA ANUAL DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE BIENES PATRIMONIALES Del 27/Febrero

Más detalles

Anexo A : Materias mínimas para Cursos de Formación y Examen de Conocimientos

Anexo A : Materias mínimas para Cursos de Formación y Examen de Conocimientos Anexo A : Materias mínimas para Cursos de Formación y Examen de Conocimientos Normas legales y reglamentarias: 1.- D.F.L. Nº 251, de 1931, Ley sobre Compañías de Seguros (texto vigente). 2.- D.L. Nº 3.538,

Más detalles

Es motivo de indemnización, la interrupción de operaciones debido a un acto súbito y no previsto causado directamente por:

Es motivo de indemnización, la interrupción de operaciones debido a un acto súbito y no previsto causado directamente por: PÓLIZA DE SEGURO DE RIESGOS TÉCNICOS COBERTURA DE ROTURA DE MAQUINARIA ANEXO DE CONDICIONES ESPECIALES DE PÉRDIDA DE BENEFICIOS A CONSECUENCIA DE ROTURA DE MAQUINARIA Para adherir y formar parte de la

Más detalles

Corpbanca Colombia S.A.

Corpbanca Colombia S.A. Modalidad de cobertura Póliza de Todo Riesgo de Daños Materiales para Incendio y/o Terrremoto bajo la modalidad de Primera Pérdida Absoluta, sin aplicación de infraseguro ni demérito por uso Tipo de Valores

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SEGURO MULTIPLE PARA EMPRESAS ÍNDICE DE COBERTURAS PARA EL SEGURO MULTIPLE PARA EMPRESAS

CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SEGURO MULTIPLE PARA EMPRESAS ÍNDICE DE COBERTURAS PARA EL SEGURO MULTIPLE PARA EMPRESAS OFICINA MATRIZ Patriotismo 266 San Pedro de los Pinos 03800 I CDMX ITel: 01800.2254.399 Buzón Electrónico atenciaonaclientes@gseguros.com.mx CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SEGURO MULTIPLE PARA EMPRESAS

Más detalles

Condiciones generales

Condiciones generales Daños Condiciones generales Hogar Integral Condiciones generales Página I. Definiciones 7 1. Agravación Esencial del Riesgo 7 2. Alcantarillado 7 3. Asegurado 7 4. Asegurado Titular 7 5. Avalanchas de

Más detalles

Casa Más. Condiciones Generales. Septiembre 2014

Casa Más. Condiciones Generales. Septiembre 2014 Casa Más - Condiciones Generales Septiembre 2014 1 Contenido I Definiciones II Bienes cubiertos en las coberturas de Incendio III Coberturas IV Exclusiones generales aplicables a todas las coberturas V

Más detalles

Seguro de Incendio Condiciones Generales

Seguro de Incendio Condiciones Generales Seguro de Incendio Condiciones Generales Buzón de Inconformidades Si usted tiene una inconformidad en relación al servicio que le hemos proporcionado, por favor accese a www.royalsun.com.mx y dé click

Más detalles

SEGURO DE SUSTRACCION MI PLATA SEGURA AMPAROS Y EXCLUSIONES

SEGURO DE SUSTRACCION MI PLATA SEGURA AMPAROS Y EXCLUSIONES GSG-29-02 SEGURO DE SUSTRACCION MI PLATA SEGURA AMPAROS Y EXCLUSIONES 1. AMPARO BASICO - HURTO CALIFICADO GENERALI COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A., QUE EN ADELANTE SE LLAMARA "LA COMPAÑIA", EN CONSIDERACION

Más detalles

MM Hogar Global Guía rápida

MM Hogar Global Guía rápida 902 555 595 / 91 557 82 85 www.mmhogar.es MH0_009_1601 Guía rápida Resumen de Coberturas del Seguro QUÉ CUBRE? A TENER EN CUENTA Incendio, explosión y caída de rayo Los daños materiales producidos por

Más detalles

Condiciones Generales Casa Habitación

Condiciones Generales Casa Habitación TABLA DE CONTENIDOS Condiciones Generales I. INTRODUCCIÓN...3 II. DEFINICIONES...3 III. BIENES QUE PUEDEN SER CUBIERTOS...6 SECCIÓN 1: EDIFICIO...6 SECCIÓN 2: CONTENIDOS...7 IV. COBERTURAS...8 A. INCENDIO

Más detalles

Condiciones Generales de la Póliza

Condiciones Generales de la Póliza Condiciones Generales de la Póliza Abaseguro Empresarial DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los siguientes derechos: 1. A solicitar a los agentes,

Más detalles

Seguro de Protección al Hogar. Índice

Seguro de Protección al Hogar. Índice SegurodeProtecciónalHogar Índice ObjetoyDefiniciones CONDICIONESPARTICULARES SECCIONESI.EDIFICIOYII.CONTENIDOS COBERTURASYExclusionesGenerales SECCIÓNIII.ROBODECONTENIDOS COBERTURASYEXCLUSIONESGENERALES

Más detalles

INFORMACIÓN MÍNIMA DE SEGUROS ASOCIADOS A

INFORMACIÓN MÍNIMA DE SEGUROS ASOCIADOS A INFORMACIÓN MÍNIMA DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE INCENDIO Y SISMO a) Información sobre la Compañía Aseguradora 1. Nombre de la Compañía Aseguradora: Liberty Compañía Seguros Generales

Más detalles

Asistencia. Seguro Casa Habitación. En caso de siniestro. En caso de asistencia. primero seguros.com POLIZA SEGURO PAQUETE FAMILIAR

Asistencia. Seguro Casa Habitación. En caso de siniestro. En caso de asistencia. primero seguros.com POLIZA SEGURO PAQUETE FAMILIAR En caso de siniestro 01 800 017 6288 Seguro Casa Habitación En caso de asistencia Para cualquier duda o aclaración, consulta a tu agente de seguros o llámanos: 01 800 2774 637 primero seguros.com Asistencia

Más detalles

GNP Hogar Versátil. Condiciones Generales. Octubre FPC031100_0812VD.indd

GNP Hogar Versátil. Condiciones Generales. Octubre FPC031100_0812VD.indd GNP Hogar Versátil Condiciones Generales Octubre 2015 _0812VD.indd 2 Condiciones Generales Polifam Condiciones Generales Hogar Versátil 3 Contenido SECCIÓN I Definiciones 7 SECCIÓNII Daños 13 I Bienes

Más detalles

RESPONSABILIDAD CIVIL DE GARAJE, ESTACIONAMIENTO O TALLER DE AUTOMÓVILES

RESPONSABILIDAD CIVIL DE GARAJE, ESTACIONAMIENTO O TALLER DE AUTOMÓVILES RESPONSABILIDAD CIVIL DE GARAJE, ESTACIONAMIENTO O TALLER DE AUTOMÓVILES RESPONSABILIDAD CIVIL DE GARAJE, ESTACIONAMIENTO O TALLER DE AUTOMÓVILES CONDICIONES GENERALES RESPONSABILIDAD CIVIL DE GARAJE,

Más detalles

100% 100% 100% 100% (Max 2500 por aparato) 100% (Max 4500 por aparato) 100% 3% max % 6% % Bienes de terceros 6% % 100% 100%

100% 100% 100% 100% (Max 2500 por aparato) 100% (Max 4500 por aparato) 100% 3% max % 6% % Bienes de terceros 6% % 100% 100% HOGAR ÉLITE Vivienda Permanente INCENDIO Y OTROS DAÑOS Incendio Explosión e implosión Caída del rayo Daños por humo Acciones tumultuarias y huelgas Impactos desde el exterior Daños eléctricos - Instalación

Más detalles

SEGURO AGRÍCOLA DE GARANTÍA DE PRODUCCIÓN CONDICIONES ESPECIALES

SEGURO AGRÍCOLA DE GARANTÍA DE PRODUCCIÓN CONDICIONES ESPECIALES SEGURO AGRÍCOLA DE GARANTÍA DE PRODUCCIÓN CONDICIONES ESPECIALES PÓLIZA No.: CULTIVO: ZONA: CICLO AGRÍCOLA: Estas condiciones especiales forman parte integrante de la Póliza No. expedida por La Compañía,

Más detalles

SEGUROS INDUSTRIALES (Terremoto 27F)

SEGUROS INDUSTRIALES (Terremoto 27F) SEGUROS INDUSTRIALES (Terremoto 27F) Santiago de Chile, 2 de Septiembre de 2010 Ing. Marcelo Ceccherini Agenda 1. Alcance y modalidad de cobertura 2. Deducibles cat: operatividad 3. Cláusulas, endosos

Más detalles

POLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS

POLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS Av Isidora Goyenechea 3520, CP 755-0071, Las Condes, Santiago Chile T# 600 700 4000 (desde celulares T# 562694 7566) wwwmapfrecl POLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS MAPFRE Seguros Generales considerando :

Más detalles

Sistema de cálculo de riesgo Hidrometeorológico de carteras de edificaciones en la Republica Mexicana

Sistema de cálculo de riesgo Hidrometeorológico de carteras de edificaciones en la Republica Mexicana RH-Mex Mex Sistema de cálculo de riesgo Hidrometeorológico de carteras de edificaciones en la Republica Mexicana Características Generales El sistema RH-Mex tiene como objetivo el cálculo de la reserva

Más detalles

CONTENIDO PÓLIZA MÚLTIPLE FAMILIAR CONDICIONES GENERALES SECCIÓN 1: DEFINICIONES SECCIÓN 2: COBERTURAS 2.1 DAÑOS AL INMUEBLE

CONTENIDO PÓLIZA MÚLTIPLE FAMILIAR CONDICIONES GENERALES SECCIÓN 1: DEFINICIONES SECCIÓN 2: COBERTURAS 2.1 DAÑOS AL INMUEBLE CONTENIDO PÓLIZA MÚLTIPLE FAMILIAR CONDICIONES GENERALES SECCIÓN 1: DEFINICIONES SECCIÓN 2: COBERTURAS 2.1 DAÑOS AL INMUEBLE 2.2 DAÑOS A LOS CONTENIDOS 2.3 PÉRDIDAS CONSECUENCIALES REMOCIÓN DE ESCOMBROS

Más detalles

CÉDULA B. Módulo: Riesgos empresariales de los seguros de daños. Objetivo: Dirigido a: Agentes de Seguros cuyo segmento de mercado sea el empresarial.

CÉDULA B. Módulo: Riesgos empresariales de los seguros de daños. Objetivo: Dirigido a: Agentes de Seguros cuyo segmento de mercado sea el empresarial. CÉDULA B Módulo: Riesgos empresariales de los seguros de daños La aprobación de este módulo le permitirá al Agente de Seguros a intermediar pólizas de flotilla, Incendio, Diversos Misceláneos, Diversos

Más detalles

Allianz Residencial Seguro de Casa Habitación

Allianz Residencial Seguro de Casa Habitación Allianz Residencial Seguro de Casa Habitación 1 Índice I. BIENES CUBIERTOS.- EDIFICIO Y CONTENIDOS I.1 Edificio. I.2 Contenidos. II. III. BIENES EXCLUIDOS.- EDIFICIO Y CONTENIDOS COBERTURAS BASICAS PARA

Más detalles

Seguro de Incendio. Condiciones generales. SEGURO DE INCENDIO Condiciones Generales 1

Seguro de Incendio. Condiciones generales. SEGURO DE INCENDIO Condiciones Generales 1 Seguro de Incendio Condiciones generales SEGURO DE INCENDIO Condiciones Generales 1 AVISO DE PRIVACIDAD En cumplimiento a las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión

Más detalles

DERECHOS DEL ASEGURADO

DERECHOS DEL ASEGURADO DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los siguientes derechos: 1. A solicitar a los agentes, empleados o apoderados, la identificación que los acredite

Más detalles

Condiciones Generales Casa Habitación

Condiciones Generales Casa Habitación TABLA DE CONTENIDOS Condiciones Generales I. INTRODUCCIÓN...3 II. DEFINICIONES...3 III. BIENES QUE PUEDEN SER CUBIERTOS...6 SECCIÓN 1: EDIFICIO...6 SECCIÓN 2: CONTENIDOS...7 IV. COBERTURAS...8 A. INCENDIO

Más detalles

Argumentario Segupyme Agosto 2012.pdf 1 03/12/12 12:34

Argumentario Segupyme Agosto 2012.pdf 1 03/12/12 12:34 Argumentario Segupyme Agosto 2012.pdf 1 03/12/12 12:34 Argumentario Segupyme Agosto 2012.pdf 2 03/12/12 12:34 El mercado en promedio ofrece costos más altos. El mercado ofrece deducibles más altos. El

Más detalles

Endoso de Riesgos Hidrometeorológicos

Endoso de Riesgos Hidrometeorológicos Endoso de Riesgos Hidrometeorológicos I. Condiciones para cubrir Daños Materiales ocasionados directamente por Fenómenos Hidrometeorológicos Cláusula 1ª Cobertura... 2 Cláusula 2ª Bienes excluidos que

Más detalles

COBERTURAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES PARA LAS SECCIONES A Y B EDIFICIOS Y CONTENIDOS... 3 PRELIMINAR... 3

COBERTURAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES PARA LAS SECCIONES A Y B EDIFICIOS Y CONTENIDOS... 3 PRELIMINAR... 3 Coberturas Adicionales y Condiciones Especiales para las Secciones Ay B Incendio en Cobertura Amplia para Edificios y Contenidos Atlas PYME a tu Medida. FF- 280-PDF/03-2015 Daños 07/Julio/2015 CONTENIDO

Más detalles

CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO

CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO HOGAR BIEN SEGURO 1 2 ÍNDICE DE CONTENIDO GLOSARIO... SECCIÓN I EDIFICIO... SECCIÓN II CONTENIDOS... SECCIÓN III PÉRDIDAS CONSECUENCIALES... SECCIÓN IV RESPONSABILIDAD

Más detalles

Guía de Suscripción CONSTRUCCIÓN CEMENTO, LADRILLO, YESO. Producción SEGUROS EMPRESARIALES

Guía de Suscripción CONSTRUCCIÓN CEMENTO, LADRILLO, YESO. Producción SEGUROS EMPRESARIALES Producción SEGUROS EMPRESARIALES 01. PROCESOS / ACTIVIDADES / SERVICIOS Producción de ladrillo, cemento, yeso. Almacenamiento de los mencionados productos terminados. Almacenamiento de materias primas

Más detalles

LICITACIÓN PUBLICA N 01/2015 ANEXO 3: SEGUROS

LICITACIÓN PUBLICA N 01/2015 ANEXO 3: SEGUROS S.A. LICITACIÓN PUBLICA N 01/2015 ANEXO 3: SEGUROS OBRAS DE RECUPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA ETAPA N 2 ARICA CHILE ANEXO N 3 SEGUROS APLICABLES PARA EL CONTRATO QUE SE ADJUDIQUE EN LA LICITACIÓN

Más detalles

Allianz Residencial. Protege tu patrimonio, mientras tú lo disfrutas

Allianz Residencial. Protege tu patrimonio, mientras tú lo disfrutas Allianz Residencial Protege tu patrimonio, mientras tú lo disfrutas Allianz Residencial Protege tu patrimonio, mientras tú lo disfrutas Para la mayoría de los mexicanos nuestra casa es el patrimonio más

Más detalles

ESTADISTICAS TECNICAS

ESTADISTICAS TECNICAS ESTADISTICAS TECNICAS En esta sección se publican cuadros estadísticos que contienen información de cada una de las compañías que operan en el mercado y que permiten analizar éste en relación a la operación

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE PÓLIZA MULTIPLE FAMILIAR

CONDICIONES GENERALES DE PÓLIZA MULTIPLE FAMILIAR CONDICIONES GENERALES DE PÓLIZA MULTIPLE FAMILIAR SECCIÓN l. EDIFICIO El edificio ocupado por casa habitación, descrito en la carátula de la presente Póliza, queda cubierto, sin exceder de la suma asegurada

Más detalles

49. Artículo N 27. Se entiende que en el caso de existencia de multas aplicadas por la Dirección del Trabajo los contratistas mientras dichos

49. Artículo N 27. Se entiende que en el caso de existencia de multas aplicadas por la Dirección del Trabajo los contratistas mientras dichos ACLARACIÓN N 3 Estimados Proveedores participantes de la LICITACIÓN DE SEGURIDAD Y ASISTENTES PARA ESTACIONES E INTERMODALES DE METRO S.A. : Junto con saludarlos, y en el marco de la presente licitación,

Más detalles

SEGUROS PARA COMERCIOS GARAGES

SEGUROS PARA COMERCIOS GARAGES SEGUROS PARA COMERCIOS GARAGES Septiembre 2014 INTRODUCCIÓN Este producto es de aplicación para GARAGES con cocheras fijas y móviles. Excluyéndose playas de estacionamiento descubiertas. Ámbito de cobertura:

Más detalles

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES 5

ÍNDICE CONDICIONES GENERALES 5 SEGUROS BANORTE ÍNDICE CONDICIONES GENERALES 5 ESPECIFICACIÓN DE COBERTURAS 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES AL INMUEBLE 5 SECCIÓN DE DAÑOS MATERIALES A LOS CONTENIDOS DEL INMUEBLE 8 SECCIÓN DE RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS

Más detalles

CONDICIONES GENERALES SEGUPYME

CONDICIONES GENERALES SEGUPYME SEGUPYME SEGUPYME CONDICIONES GENERALES SEGUPYME 1 ÍNDICE DE CONTENIDO Glosario... 3 SECCIÓN I Edificio... 9 SECCIÓN II Contenidos... 9 Endoso de Fenómenos Hidrometeorológicos... 12 Endoso de Terremoto

Más detalles

Póliza de Hogar Allianz

Póliza de Hogar Allianz Póliza de Hogar Allianz Esta póliza permite asegurar, la vivienda, los contenidos o ambos, de los empleados de planta con contrato a término indefinido y otorga amplias coberturas tanto para daños ocasionados

Más detalles

Avería de maquinaria y Equipos electrónicos

Avería de maquinaria y Equipos electrónicos Avería de maquinaria y Equipos electrónicos Seguros para la maquinaria Toda empresa propietaria de maquinaria necesita tener la seguridad de que está bien protegida. Zurich cuenta con una solución aseguradora

Más detalles

SLIP DE COTIZACION SEGURO HOGAR SOLIVIVIENDA. ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA Fecha: 22 de diciembre de 2015 Agencia SEAS MAC SEGUROS

SLIP DE COTIZACION SEGURO HOGAR SOLIVIVIENDA. ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA Fecha: 22 de diciembre de 2015 Agencia SEAS MAC SEGUROS SLIP DE COTIZACION SEGURO HOGAR SOLIVIVIENDA ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA Fecha: 22 de diciembre de 2015 Agencia SEAS MAC SEGUROS PRESENTACION PÓLIZA DE SEGURO DEL HOGAR, SOLIVIVIENDA PROGRAMA BASICO

Más detalles

INSTRUCTIVO PRESENTACIÓN DE RECLAMOS DE SEGUROS DE DAÑOS

INSTRUCTIVO PRESENTACIÓN DE RECLAMOS DE SEGUROS DE DAÑOS INSTRUCTIVO PRESENTACIÓN DE RECLAMOS DE SEGUROS DE DAÑOS INSTRUCTIVO PRESENTACIÓN DE RECLAMOS DAÑOS SEGUROS DE DAÑOS El siguiente instructivo lleva consigo la finalidad de describir las coberturas y procesos

Más detalles

Programa de servicios adicionales de asistencia en el Hogar Póliza Relax Hogar

Programa de servicios adicionales de asistencia en el Hogar Póliza Relax Hogar Programa de servicios adicionales de Póliza Relax Hogar Índice 1 DISPOSICIONES PREVIAS... 3 1.1 Definiciones.... 3 1.2 Territorialidad.... 5 2 BENEFICIOS... 6 2.1 Pago y envío de especialistas para reparaciones

Más detalles

Seguro Casa En caso de Siniestro

Seguro Casa En caso de Siniestro Seguro Casa En caso de Siniestro Priv. Cerro de la Silla 919 NOTAS CONDICIONES GENERALES I. PRELIMINAR 2 II. CONDICIONES GENERALES 2 SECCIÓN I EDIFICIO Y II CONTENIDOS 2 RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS TERREMOTO

Más detalles

Cláusulas Adicionales del Seguro Ganadero para Eventos de Alta Mortalidad

Cláusulas Adicionales del Seguro Ganadero para Eventos de Alta Mortalidad Cláusulas Adicionales del Seguro Ganadero para Eventos de Alta Mortalidad Estas Cláusulas Adicionales se anexan a las Condiciones Generales del Seguro Ganadero que forman parte de la póliza de aseguramiento

Más detalles

Condiciones Generales. Condiciones Generales

Condiciones Generales. Condiciones Generales Condiciones Índice DEFINICIONES.................................................................. 1 SECCIÓN I. EDIFICIO............................................................... 6 A. BIENES Y RIESGOS

Más detalles

Casa Habitación Individual Guía del usuario AXA te acompañará en todo momento

Casa Habitación Individual Guía del usuario AXA te acompañará en todo momento Casa Habitación Individual Guía del usuario AXA te acompañará en todo momento Mi seguro 1. Mantén la calma y reúne tu información Póliza: 1. Número de póliza. 2. Nombre del titular de la póliza. 3. Lugar,

Más detalles

Ficha Técnica de Seguros Asociados a los Créditos Hipotecarios. seguro de daños

Ficha Técnica de Seguros Asociados a los Créditos Hipotecarios. seguro de daños Ficha Técnica de Seguros Asociados a los Créditos Hipotecarios seguro de daños instituciones participantes: Banbajio Banca Mifel Banorte Banregio BBVA Bancomer CitiBanamex HSBC Inbursa Santander Scotiabank

Más detalles

EmpresaSegura Bancomer. Condiciones Generales

EmpresaSegura Bancomer. Condiciones Generales Condiciones Generales SECCIÓN I. INCENDIO EDIFICIO 3 SECCIÓN II. INCENDIO CONTENIDOS 3 SECCIÓN III. TERREMOTO Y OTROS RIESGOS CATASTRÓFICOS 6 SECCIÓN IV. ROTURA DE CRISTALES 19 SECCIÓN V. ROBO CON VIOLENCIA

Más detalles

SEGUROS PARA COMERCIOS STANDS EN EXPOSICIONES

SEGUROS PARA COMERCIOS STANDS EN EXPOSICIONES SEGUROS PARA COMERCIOS STANDS EN EXPOSICIONES Septiembre 2014 INTRODUCCIÓN En este manual encontrará toda la información necesaria para conocer las ventajas diferenciales y el alcance de las coberturas,

Más detalles

-1- SOLUCIONES DEL SECTOR ASEGURADOR ANTE EL RIESGO DE INUNDACIÓN

-1- SOLUCIONES DEL SECTOR ASEGURADOR ANTE EL RIESGO DE INUNDACIÓN SOLUCIONES DEL SECTOR ASEGURADOR ANTE EL RIESGO DE INUNDACIÓN Vigo, 29 de enero de 2013 Antonio González López Delegado en Galicia del Consorcio de Compensación de Seguros CONTENIDO 1 INTRODUCCIÓN: QUÉ

Más detalles

BENEFICIO ADICIONAL DE COMPRA PROTEGIDA

BENEFICIO ADICIONAL DE COMPRA PROTEGIDA BENEFICIO ADICIONAL DE COMPRA PROTEGIDA Condiciones Generales 1 BENEFICIO ADICIONAL DE COMPRA PROTEGIDA Condiciones Generales Protege en un solo lugar lo más valioso de tu vida. 2 BENEFICIO ADICIONAL DE

Más detalles

BRIO PAQUETES PREDEFINIDOS. AMPLIO PRECIOS: NIVEL 1: $ $2,230.65 NIVEL 2:$3,217.41 NIVEL 3: $5,050.04 y NIVEL 4: $7,167.61

BRIO PAQUETES PREDEFINIDOS. AMPLIO PRECIOS: NIVEL 1: $ $2,230.65 NIVEL 2:$3,217.41 NIVEL 3: $5,050.04 y NIVEL 4: $7,167.61 SEGURO EMPRESARIAL BRIO PAQUETES PREDEFINIDOS AXA SEGUROS PAQUETE EMPREARIAL PBE PLAN PROTEGE BANORTE ACE SEG. CHARTIS AMPLIO AMPLIO AMPLIO COBERTURAS: PAQUETE: BASICO PRECIOS: NIVEL 1: $ $1,637.71 NIVEL

Más detalles

HURTO CALIFICADO DE DINEROS RETIRADOS DE CAJEROS ELECTRONICOS

HURTO CALIFICADO DE DINEROS RETIRADOS DE CAJEROS ELECTRONICOS HURTO CALIFICADO DE DINEROS RETIRADOS DE CAJEROS ELECTRONICOS CONDICIONES GENERALES. ACE SEGUROS S.A., QUIEN EN ADELANTE SE DENOMINARÁ "LA COMPAÑÍA" O ACE, CON SUJECIÓN A LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA

Más detalles

EMPRESA MÁSTER PÓLIZA MÚLTIPLE EMPRESARIAL RIESGOS NOMBRADOS Condiciones Generales

EMPRESA MÁSTER PÓLIZA MÚLTIPLE EMPRESARIAL RIESGOS NOMBRADOS Condiciones Generales EMPRESA MÁSTER PÓLIZA MÚLTIPLE EMPRESARIAL RIESGOS NOMBRADOS Condiciones Generales EMPRESA MÁSTER PÓLIZA MÚLTIPLE EMPRESARIAL RIESGOS NOMBRADOS Condiciones Generales 1 AVISO DE PRIVACIDAD En cumplimiento

Más detalles

CONTRATO DE SEGURO ÍNDICE

CONTRATO DE SEGURO ÍNDICE CONTRATO DE SEGURO ÍNDICE CONTENIDO BIENES CUBIERTOS. SECCIONES AMPARADAS 1. SECCIÓN DE CONTENIDOS 1.1 BIENES CUBIERTOS 1.2 RIESGOS CUBIERTOS 1.3 RIESGOS QUE SE PUEDEN AMPARAR MEDIANTE CONVENIO EXPRESO.

Más detalles

SEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK, NETBOOK Y TABLET TOSHIBA

SEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK, NETBOOK Y TABLET TOSHIBA SEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK, NETBOOK Y TABLET TOSHIBA DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS Y PROCEDIMIENTOS PARTE INTEGRANTE LA POLIZA N 5370 DE HDI SEGUROS S.A. Sociedad Integradora Fincoser S.A. para

Más detalles

SEGURO DE PROTECCION DE TARJETAS

SEGURO DE PROTECCION DE TARJETAS SEGURO DE PROTECCION DE TARJETAS CLÁUSULAS ADICIONALES LAS ÚNICAS CLÁUSULAS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO DE SEGURO SON LAS EXPRESAMENTE ESPECIFICADAS EN LAS CONDICIONES PARTICULARES O CERTIFICADOS

Más detalles

Seguro Empresarial PYME

Seguro Empresarial PYME SEGURO DE AUTOMOVILES RESIDENTES En caso de siniestro 01 800 017 6288 Para cualquier duda o aclaración, consulta a tu agente de seguros o llámanos: 01 800 2774 637 E primero seguros.com Seguro Empresarial

Más detalles

PÓLIZA COLECTIVA DE HOGAR FONDO DE EMPLEADOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES FESS CARACTERÍSTICAS Y COBERTURAS

PÓLIZA COLECTIVA DE HOGAR FONDO DE EMPLEADOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES FESS CARACTERÍSTICAS Y COBERTURAS PÓLIZA COLECTIVA DE HOGAR FONDO DE EMPLEADOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES FESS CARACTERÍSTICAS Y COBERTURAS Aseguradora Solidaria de Colombia presenta a continuación, el resumen del alcance de

Más detalles

Servicio Geológico Mexicano. Gerencia de Recursos Materiales y de Servicios. Anexo Técnico para Programa de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales

Servicio Geológico Mexicano. Gerencia de Recursos Materiales y de Servicios. Anexo Técnico para Programa de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales Servicio Geológico Mexicano Gerencia de Recursos Materiales y de Servicios Anexo Técnico para Programa de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales Vigencia De las 00:00 horas del 1 de abril a las 24:00 horas

Más detalles

Marketing & Comunicación HOGAR BIEN SEGURO. Noviembre 2011

Marketing & Comunicación HOGAR BIEN SEGURO. Noviembre 2011 Marketing & Comunicación HOGAR BIEN SEGURO Noviembre 2011 Hogar Bien Seguro QUÉ CUBRIMOS? Edificio Contenidos Equipo Electrónico Objetos Personales Joyas y Artículos de Valores Cristales Familia Empleado

Más detalles

RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EL COMERCIO

RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EL COMERCIO RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EL COMERCIO RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EL COMERCIO CONDICIONES GENERALES RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EL COMERCIO 1 CONDICIONES GENERALES RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EL COMERCIO

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO MULTIPLE EMPRESARIAL

CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO MULTIPLE EMPRESARIAL CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO MULTIPLE EMPRESARIAL Tu podrás realizar cualquier tipo de operación, consulta o aclaración relacionada con nuestros servicios en: Sompo Seguros México, S.A. de C.V. Avenida

Más detalles

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO Y SISMO DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO Y SISMO DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO Y SISMO DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGUROS CONTRATADOS: INCENDIO Y SISMO POL 1 2013 1490 / CAD 1 2013 0598 / CAD

Más detalles

COBERTURAS DAÑOS INCENDIOS

COBERTURAS DAÑOS INCENDIOS DAÑOS INCENDIOS Nombre del sub ramo: Directo Nombre de la cobertura: Incendio y/o rayo, explosión o 1er riesgo Nombre del sub ramo: Catastróficos Nombre de la cobertura: Fenómenos hidrometeorológicos o

Más detalles

Seguro Empresarial. En caso de siniestro. n caso de si stencia SEGURO DE AUTOMOVILES RESIDENTES. primero seguros.com POLIZA PAQUETE SEGURO EMPRESARIAL

Seguro Empresarial. En caso de siniestro. n caso de si stencia SEGURO DE AUTOMOVILES RESIDENTES. primero seguros.com POLIZA PAQUETE SEGURO EMPRESARIAL DE AUTOMOVILES RESIDENTES En caso de siniestro 01 800 017 6288 Seguro Empresarial Para cualquier duda o aclaración, consulta a tu agente de seguros o llámanos: 01 800 2774 637 E primero seguros.com POLIZA

Más detalles