ROMERO & SIMÓN S.A - MAPFRE

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1 CIF A REG. M. GR-4834 CONCERTADOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL ART.27.1E Y DE CAPACIDAD FINANCIERA ART. 27-1F LEY 26/2006. Aseguramos tu mundo ROMERO & SIMÓN S.A - MAPFRE TARIFAS VÁLIDAS PARA TOMADORES con hasta 10 vehículos para persona física y 5 para persona jurídica Consideraciones más importantes Válido para uso particular o público. Uso transporte de mercancías. Válido para Ámbito Nacional o Unión Europea. No aplicable a clientes Mapfre Exclusiones: Camiones de limpiezas-mercancías peligrosas, porta-vehículos, riesgos conducidos por extranjeros, riesgos con ámbito TIR, vehículos de feria-ambulantes, autoescuelas, maquinaria industrial, vehículos especiales, vehículos de prueba, placas de cualquier tipo, riesgos que circulen por puertos y/o aeropuertos, tren de carretera ( camión + remolque ), camiones/remolques cisterna, riesgos de PMA superior a 41Tn, riesgos que transporten mercancías perecederas y/o bebidas con reparto capilar. Aclaraciones y normativa Cía: 1. Recargos por fraccionamiento: semestral 4%, trimestral 6%. 2. Documentación: ficha técnica por ambas caras-permiso circulación. 3. El ámbito UE cubre Unión Europea, para ámbitos fuera de la UE consultar con el dpto. 4. Cambios de vehículo: Póliza nueva hasta el vto. 1

2 CIF A REG. M. GR-4834 CONCERTADOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL ART.27.1E Y DE CAPACIDAD FINANCIERA ART. 27-1F LEY 26/2006. Aseguramos tu mundo Otras modalidades contratables en Mapfre Cabezas Tractoras Tipo Vehículo Ámbito TR franquicia Hasta PVP TR franquicia Más de PVP Cabeza Tractora Nacional 1.654, ,88 Cabeza Tractora UE 2.603, ,26 Camiones Hasta 20 Toneladas Tipo Vehículo Ámbito TR franquicia Hasta PVP TR franquicia Más de PVP Camión Nacional 1.439, ,42 Camión UE 2.260, ,92 Más de 20 Toneladas Tipo Vehículo Ámbito TR franquicia Hasta PVP TR franquicia Más de PVP Camión Nacional 1.566, ,90 Camión UE 2.462, ,29 Remolques Hasta 20 Toneladas Tipo Vehículo Ámbito TR franquicia Hasta PVP TR franquicia Más de PVP Remolque Nacional 1.153, ,49 Remolque UE 1.810, ,18 Más de 20 Toneladas Tipo Vehículo Ámbito TR franquicia Hasta PVP TR franquicia Más de PVP Remolque Nacional 1.191, ,95 Remolque UE 1.872, ,72 2

3 CIF A REG. M. GR-4834 CONCERTADOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL ART.27.1E Y DE CAPACIDAD FINANCIERA ART. 27-1F LEY 26/2006. Aseguramos tu mundo Complementarios: Mediante los siguientes seguros complementarios se pretende dar a conocer las diferentes posibilidades en el aseguramiento de sus riesgos, ajustándonos a sus necesidades particulares. Asistencia en Viaje Básica Compañía Mapfre 1. Prima: Coberturas: Rescate 500, Remolque del vehículo Capitales superiores consultar Departamento de Producción 4. La asistencia sanitaria establece un límite de Euros y 365 días máximo. Vehículos de 2ª Categoría Asistencia en Viaje BÁSICA Asistencia mecánica in situ Sustitución de rueda Extracción del vehículo Remolque del vehículo (1.000 ). Deposito y custodia (350 ) Falta de combustible Envío de llaves Remolque por rotura de lunas Transporte sanitario Viaje y alojamiento de acompañante por hospitalización / fallecimiento Transporte funerario Asistencia sanitaria en el extranjero Lunas Compañía 64 Valor lunas:

4 CIF A REG. M. GR-4834 CONCERTADOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL ART.27.1E Y DE CAPACIDAD FINANCIERA ART. 27-1F LEY 26/2006. Aseguramos tu mundo Detalle coberturas de la compañía Mapfre 4

5 CIF A REG. M. GR-4834 CONCERTADOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL ART.27.1E Y DE CAPACIDAD FINANCIERA ART. 27-1F LEY 26/2006. Aseguramos tu mundo RC de la carga Compañía B4 Recuerde que dispone de acceso al Condicionado General de este producto en la Web R&S: Ramo Autos > Segunda Categoría > Opcionales > Responsabilidad Civil de la carga > Cía. B4 1. OBJETO DEL SEGURO: Daños y/o lesiones causados a terceros por la mercancía transportada en el vehículo, incluidas operaciones de carga y/o descarga. 5

6 CIF A REG. M. GR-4834 CONCERTADOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL ART.27.1E Y DE CAPACIDAD FINANCIERA ART. 27-1F LEY 26/2006. Aseguramos tu mundo El Asegurador garantiza la Responsabilidad Civil extracontractual que pudiera incumbir al Asegurado, por lesiones corporales o daños materiales causados a terceros, a consecuencia de accidentes originados por la mercancía transportada en el vehículo designado en las Condiciones Particulares de la presente póliza, incluidas operaciones de carga y/o descarga 2. GARANTÍAS Y CAPITALES ASEGURADOS Explotación: ,00 Defensa de la Responsabilidad Criminal Nota: Las prestaciones máximas en indemnización y gastos de defensa, hechas efectivas por el Asegurador en una sola anualidad de seguro, en relación con todos los siniestros amparados por la póliza, se limitarán al importe de la suma de la garantía máxima establecida para un solo siniestro, haciéndose constar especialmente que dentro del máximo de suma asegurada pactada en esta póliza, se estable un límite máximo por daños personales de EUROS (SESENTA MIL), por persona lesionada. 3. EXCLUSIONES GENERALES: Sin perjuicio de las exclusiones señaladas en el artículo 1.5 de las Condiciones Generales de la póliza las cuales mantienen su vigor, quedan igualmente excluidas de las garantías del presente seguro, las responsabilidades por accidentes producidos con ocasión o como consecuencia de: a) Incumplimiento de alguna de las disposiciones legales que sobre materia de transporte de mercancías hayan establecido o puedan establecer las Autoridades Competentes. b) Daños a la propia mercancía transportada o manipulada. c) Una vez descargada la mercancía del camión, no quedan cubiertos los daños y/o lesiones causados a terceros debidos al movimiento posterior de la misma, durante el trayecto, adecuación, colocación o distribución definitiva del lugar en que debe quedar depositada y/o ubicada la citada mercancía. 6

7 CIF A REG. M. GR-4834 CONCERTADOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL ART.27.1E Y DE CAPACIDAD FINANCIERA ART. 27-1F LEY 26/2006. Aseguramos tu mundo d) Transporte u operaciones de carga y/o descarga de materiales inflamables y/o explosivos, tóxicos, corrosivos, contaminantes, aceites minerales y combustibles líquidos o gaseosos. e) Transporte u operaciones de carga y/o descarga de animales vivos. f) Eventos susceptibles de cobertura por el Seguro de Responsabilidad Civil Automóvil. 4. FRANQUICIAS: Sin aplicación de franquicia alguna. 5. DELIMITACION GEOGRAFICA DE LA COBERTURA: España y resto de países de la Unión Europea. La cobertura otorgada solamente amparará reclamaciones formuladas ante la jurisdicción española que se traduzcan en responsabilidades impuestas con arreglo a las disposiciones legales españolas. El contenido del presente documento está sujeto a valoración, carece de valor efectivo y no es un compromiso contractual. La información y datos que contiene son puramente ilustrativos u orientativos y no constituyen un compromiso vinculante, ni son una propuesta u oferta de productos o servicios. Su texto ha sido elaborado para utilización interna de empleados y auxiliares y está desprovisto de todo contenido o fin publicitario, divulgativo u obligacional" 7

8 CONDICIONES PARTICULARES - Garantías del Seguro de Asistencia en Viaje para furgones, camiones y autocares. ES DEL PRODUCTO ESTÁNDAR NACIONAL Modalidad ESTÁNDAR NACIONAL Ámbito territorial: Nacional Límites Franquicia kilométrica: NO España extranjero Garantías al Reparación in situ y Remolcaje euros No cubierto vehículo Rescate y Salvamento euros No cubierto Otras Garantías a las personas Según Cond. G ales. No cubierto garantías Garantías de defensa legal en el extranjero Según Cond. G ales. No cubierto Garantías opcionales Traslado Traslado de vehículo euros No cubierto PRIMAS 2014 Tarifa V1. Enero segunda categoría - CAMIONES + TRASLADO ESTANDAR NACIONAL 244,24 296,47 segunda categoría - REMOLQUES + TRASLADO ESTANDAR NACIONAL 97,70 118,59 segunda categoría - AUTOCARES + TRASLADO ESTANDAR NACIONAL 244,24 296,47 primera categoría - FURGONES Y MICROBUSES + TRASLADO ESTANDAR NACIONAL Primas totales en Euros, incluyendo los impuestos vigentes (6,15%) Primas anuales por vehículo y año Inter Partner Assistance S.A. Sucursal en España C/Tarragona, Telf Barcelona (España) Reg. Mercantil de Barcelona, Tomo: , hoja B , Folio 120 NIF: W E. 1/1

9 CONDICIONES PARTICULARES - Garantías del Seguro de Asistencia en Viaje para furgones, camiones y autocares. ES DELPRODUCTO ESTANDAR INTERNACIONAL Modalidad ESTÁNDAR INTERNACIONAL Ámbito territorial: Internacional Límites Franquicia kilométrica: NO España extranjero Garantías al Reparación in situ euros euros vehículo Rescate y Salvamento euros euros Otras Garantías a las personas Según Cond. G ales. Según Cond. G ales. garantías Garantías de defensa legal en el extranjero Según Cond. G ales. Según Cond. G ales. Garantías opcionales Traslado Traslado de vehículo euros euros PRIMAS 2014 Tarifa V1.Enero 2014 segunda categoría - CAMIONES + TRASLADO ESTANDAR INTERNACIONAL 270,57 342,28 segunda categoría - REMOLQUES + TRASLADO ESTANDAR INTERNACIONAL 108,23 136,91 segunda categoría - AUTOCARES + TRASLADO ESTANDAR INTERNACIONAL 270,57 342,28 primera categoría - FURGONES Y MICROBUSES + TRASLADO ESTANDAR INTERNACIONAL Primas totales en Euros, incluyendo los impuestos vigentes (6,15%) Primas anuales por vehículo y año Inter Partner Assistance S.A. Sucursal en España C/Tarragona, Telf Barcelona (España) Reg. Mercantil de Barcelona, Tomo: , hoja B , Folio 120 NIF: W E. 1/1

10 Carretera de Pozuelo N.50 Majadahonda Código Postal NIF: A TEL: Madrid - España Núm. Póliza: 01 Duración: ANUAL, PRORROGABLE PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMÓVILES CONDICIONES PARTICULARES Tomador Domicilio Reg. Merc. de Madrid, tomo 487, folio 166, hoja M inscripción 121. Póliza Propietario Localidad PERÍODO DE VIGENCIA Efecto Vencimiento 13:10H 13:10H Actúa como Vehículo Asegurado CAMIÓN MERCEDES BENZ 416 CDI 2 P Uso: TRANSPORTE, Servicio Público Materias transportadas: Mercancías general-no peligrosas Zona circulación habitual: Ambito de circulacion: Nacional Descripción accesorios asegurados por cuenta del Propietario Teléfono DNI- NIF DNI - NIF Conductores F./Nacimiento Permiso Conducir No. Expedido Habitual 10/12/ /07/1996 Matrícula: Número de Plazas: 2 Mes/Año Matricula 03/2002 Lugar de garaje:vía pública Coberturas contratadas TERCEROS AMPLIADO Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria Responsabilidad Civil Suplementaria hasta EUR Defensa Jurídica hasta 600 EUR Seguro del Conductor (Accidentes Personales). - Muerte EUR Beneficiario en caso de muerte:los herederos legales de la persona fallecida. - Invalidez permanente hasta EUR - Asistencia médica hasta EUR (Máximo 365 días) Rotura de Parabrisas y Lunas hasta 610 EUR Asistencia en viaje básica - Límite de extracción de 500 EUR - Límite de remolque de EUR - El límite máximo conjunto por las prestaciones de extracción y remolque del vehículo es de EUR P.P. El Tomador del Seguro, 1/7

11 PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMÓVILES CONDICIONES PARTICULARES Tomador Núm. Póliza 01 Cláusulas a las que se debe prestar especial atención por limitar la cobertura Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria: Quedan excluidos los siguientes daños: a) Los causados por las lesiones o fallecimiento del conductor. b) En el vehículo asegurado, cosas en él transportadas, bienes de titularidad del tomador, asegurado, propietario, conductor y cónyuge o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad de los anteriores. c) A las personas y en los bienes causados por un vehículo robado. d) Por conducción sin permiso de conducir, incumplimiento de normas de seguridad del vehículo y uso ilegítimo del mismo, salvo robo. La Aseguradora no podrá oponer esta exclusión frente al perjudicado, sin perjuicio de su derecho de repetición. La Aseguradora, una vez efectuado el pago, podrá ejercer su derecho de repetición contra: a) El conductor, propietario y asegurado, si los daños fueren debidos a la conducta dolosa de cualquiera de ellos, o a la conducción bajo la influencia del alcohol, drogas, estupefacientes o psicotrópicos. b) El tercero responsable. c) El tomador o el asegurado por las causas previstas en este contrato o en la Ley de Contrato de Seguro. d) En cualquier otro supuesto en que proceda de acuerdo con nuestra legislación vigente. Excluye las consecuencias de: Coberturas Seguro Voluntario (Resto Coberturas) a) Hechos intencionados del asegurado, salvo estado de necesidad. b) Riesgos extraordinarios. c) Accidentes del conductor por tasas de alcohol superiores a las permitidas, consumo de drogas, tóxicos, estupefacientes o psicotrópicos. Carencia del permiso o licencia y quebrantamiento de la condena o sanción de privación o suspensión del permiso de conducir. d) Sustracción ilegítima del vehículo, sin perjuicio de lo dispuesto en las modalidades de Robo e Inmovilización del Vehículo Asegurado. e) Accidentes por infracciones del asegurado o conductor relativas a requisitos, número de personas transportadas y peso o medida de la carga. f) Transportes de mercancías peligrosas. g) Lo dispuesto específicamente en las coberturas de esta póliza. h) Los derivados de la celebración de competiciones o pruebas preparatorias, así como la circulación dentro del recinto restringido de aeropuertos. P.P. El Tomador del Seguro, 3/7

12 PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMÓVILES CONDICIONES PARTICULARES Tomador Núm. Póliza 01 Responsabilidad Civil Suplementaria No cubre los daños: a) Los causados por las lesiones o fallecimiento del conductor. b) Sufridos por el vehículo asegurado, salvo cobertura expresa. c) En las cosas transportadas. d) En los bienes de titularidad del tomador, propietario, conductor y cónyuge o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad de los anteriores. e) Producidos por las cosas transportadas, salvo en turismos de uso particular. f) Causados a personas transportadas cuando el vehículo no esté autorizado para el transporte de personas, salvo deber de socorro o estado de necesidad. g) Sufridos en accidentes de trabajo por empleados o asalariados de las personas cuya responsabilidad civil resultare cubierta por esta póliza. No cubre: Defensa Jurídica a) El pago de multas, recursos o gastos por sanciones al asegurado. b) Los gastos por reclamaciones injustificadas o desproporcionadas salvo que se ejerciten acciones judiciales y se obtenga resolución favorable o indemnización en cuantía similar a la pretensión inicial. c) La defensa de la responsabilidad civil del conductor o propietario. La defensa penal del conductor no incluye gasto por la defensa de su responsabilidad civil, la del propietario, así como, en su caso, la de la propia Aseguradora P.P. El Tomador del Seguro, 4/7

13 PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMÓVILES CONDICIONES PARTICULARES Tomador Núm. Póliza 01 Agente: ROMERO Y SIMON, S.A. Sociedad de correduría de seguros EL TOMADOR DEL SEGURO: MANIFIESTA que son ciertas las declaraciones formuladas para la suscripción de esta póliza; que conoce y acepta las CLÁUSULAS LIMITATIVAS DE SUS DERECHOS que, de acuerdo con el art. 3 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, se destacan en letra negrita en las Condiciones Generales, de las que, en cumplimiento del deber de información, se entrega al Tomador en este acto un ejemplar con referencia: MA002C El tomador autoriza el tratamiento de los datos personales suministrados voluntariamente a través del presente documento y durante la vigencia del contrato, la actualización de los mismos y los que se obtengan mediante grabación de conversaciones telefónicas o como consecuencia de su navegación por las páginas web de Internet, con motivo del desarrollo del contrato o de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, para: - El cumplimiento del propio contrato de seguro. - Realización de estudios estadísticos y control de calidad. - Remitirle información, incluso por vía electrónica, sobre productos y servicios, promociones, obsequios y campañas de fidelización de MAPFRE FAMILIAR y de las distintas entidades del Grupo MAPFRE ( o de aquellas entidades terceras con las que cualquier empresa del Grupo MAPFRE haya suscrito acuerdos de colaboración, con el objeto de adecuar nuestras ofertas comerciales a su perfil particular incluso una vez extinguida la relación contractual existente. - Realizar análisis de siniestralidad. - La prevención del fraude en la selección del riesgo y en la gestión de siniestros incluso aunque no se formalice el contrato de seguro, como en su caso, una vez extinguida la relación contractual. - Gestión de otras solicitudes o contratos de cualquiera de las distintas entidades del Grupo MAPFRE. ( - Remitirle información sobre sistemas de seguridad. Asimismo, acepta que sus datos puedan ser cedidos, exclusivamente para las finalidades indicadas anteriormente, a otras entidades aseguradoras, reaseguradoras, financieras, inmobiliarias o de prestación de servicios de reparaciones domiciliarias, de automoción o de atención a personas, del Grupo MAPFRE ( filiales y participadas, así como a la Fundación MAPFRE y a otras personas físicas o jurídicas que desarrollen cualesquiera de las referidas actividades y con las que las distintas entidades del Grupo MAPFRE concluyan acuerdos de colaboración, incluso cuando la cesión suponga una transferencia internacional de datos, todo ello tanto si se formalizase o no operación alguna como, en su caso, una vez extinguida la relación contractual existente, respetando en todo caso la legislación española sobre protección P.P. El Tomador del Seguro, 5/7

14 PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMÓVILES CONDICIONES PARTICULARES Tomador Núm. Póliza 01 de datos de carácter personal y sin necesidad de que le sea comunicada cada primera cesión que se efectúe a los referidos cesionarios. Todos los datos son tratados con absoluta confidencialidad, no siendo accesibles a terceros para finalidades distintas para las que han sido autorizados. El fichero de datos personales está ubicado en Edificio MAPFRE Nº3, Crtra. de Pozuelo, nº50, Majadahonda (Madrid), bajo la supervisión y control de MAPFRE FAMILIAR, quien asume la adopción de las medidas de seguridad de índole técnica y organizativa para proteger la confidencialidad e integridad de la información, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás legislación aplicable y ante quien el titular de los datos puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación mediante comunicación escrita dirigida a Crtra. de Pozuelo, nº50, Majadahonda (Madrid) o a cualquier oficina de MAPFRE. [ ] Vd. Puede marcar esta casilla en caso de oponerse al tratamiento y comunicación de los datos de carácter personal y para finalidades indicadas anteriormente distintas del cumplimiento de la relación contractual. En caso de que los datos facilitados se refieran a personas físicas distintas del tomador, éste deberá, con carácter previo a su inclusión en el presente documento, informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores. De conformidad con la habilitación legal contenida en el artículo 25.4 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, las entidades aseguradoras, a través de su Asociación Empresarial, UNESPA han constituido los siguientes Ficheros: - Fichero Histórico de Seguros de Automóviles, cuya finalidad es la tarificación y selección de riesgos. El fichero se constituye con la información aportada por las Entidades Aseguradoras en el se recogen sus antecedentes siniestrales de los los cinco últimos años, en los términos expresados en la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro. Le comunicamos que los datos sobre su contrato de seguro del automóvil y los siniestros serán cedidos al citado fichero común. - El fichero Común de pérdida total, incendios y robo del seguro del automóvil. La finalidad del citado fichero, constituido con la información aportada por las entidades aseguradoras, es la prevención y detección del fraude, bien previniendo a la entidad aseguradora en el momento de la contratación de la póliza, bien detectando fraude ya cometido en los siniestros declarados. - El fichero contiene la integridad de información que consta en su contrato de seguro, incluidos sus datos de carácter personal, así como los siniestros que se declaren y las liquidaciones que perciba. P.P. El Tomador del Seguro, 6/7

15 PÓLIZA DE SEGURO DE AUTOMÓVILES CONDICIONES PARTICULARES Tomador Núm. Póliza 01 Así mismo, con el objeto de poder localizar los vehículos desaparecidos por robo, tendrá acceso a la información CENTRO ZARAGOZA y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, a los únicos efectos de realizar las pertinentes comprobaciones de vehículos que sean para poder informar a la entidad aseguradora de su puesta a disposición del propietario o, en caso de que el vehículo haya sido indemnizado, de la propia entidad aseguradora. Le comunicamos que, en caso de que tenga un siniestro en el que haya pérdida total, ya sea por daños, incendio o robo, los datos sobre su contrato de seguro del automóvil y la información relacionada con el siniestro serán cedidos al citado fichero común. En caso de que el tomador haya facilitado datos del propietario del vehículo, por cuenta del cual ha contratado la póliza, deberá, con carácter previo a su inclusión en el presente documento, informarle de los extremos contenidos en los párrafos anteriores. Si desea ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición puede dirigirse a TIREA, Crta. Las Rozas a El Escorial km 0.3 Las Rozas MADRID debiéndose identificar mediante DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia, u otro documento válido que lo identifique y, en caso de que actúe mediante representante, autorización expresa del interesado, todo ello con la finalidad de impedir el ejercicio de derechos a quién no sea el interesado. En el supuesto de que el domicilio que figure en el documento de identidad sea distinto del que solicita se remita la información, los documentos y correspondencia se remitirá al domicilio que figure en el documento de identidad, salvo que se manifieste otro y se acredite suficiente, dado que, al tratarse de un derecho personalísimo deben adoptarse las mayores salvaguardas para asegurar que quien ejercita el derecho sea el propio interesado y garantizar la privacidad y confidencialidad de sus datos. P.P. El Tomador del Seguro, 7/7

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