-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE PODER LEGISLATIVO PODER JUDICIAL

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2 PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE SE OTORGA PLAZO PARA CONSULTA PÚBLICA...5 PODER LEGISLATIVO CONVOCATORIAS... 7 PODER JUDICIAL NOTIFICACIONES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA NOTIFICACIONES DEL JUZGADO PRIMERO MERCANTIL NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEGUNDO MERCANTIL NOTIFICACIONES DEL JUZGADO TERCERO MERCANTIL NOTIFICACIONES DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL... 61

3 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 3 NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL NOTIFICACIONES DEL JUZGADO TERCERO CIVIL NOTIFICACIONES DEL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR NOTIFICACIONES DEL JUZGADO PRIMERO DE ORALIDAD FAMILIAR NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEGUNDO DE ORALIDAD FAMILIAR NOTIFICACIONES DEL JUZGADO TERCERO DE ORALIDAD FAMILIAR NOTIFICACIONES DEL JUZGADO CUARTO DE ORALIDAD FAMILIAR NOTIFICACIONES DEL JUZGADO QUINTO DE ORALIDAD FAMILIAR NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEXTO DE ORALIDAD FAMILIAR NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO PRIMERO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO TERCERO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO

4 PÁGINA 4 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE NOTIFICACIONES DEL JUZGADO CUARTO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO QUINTO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO PRIMERO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL SEGUNDO DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL SEGUNDO DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO PRIMERO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL TERCER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO NOTIFICACIONES DEL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEL TERCER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO AVISO DIVERSO BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN DE FYN Y ASOCIADOS, S.C.P

5 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 5

6 PÁGINA 6 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

7 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 7 PODER LEGISLATIVO EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 101 BIS, SEGUNDO PÁRRAFO, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE YUCATÁN; 25 DE LA LEY DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN DE YUCATÁN, Y SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO 505/2017 POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN DE YUCATÁN, EMITE LA SIGUIENTE CONVOCATORIA: CONVOCA: A organizaciones de la sociedad civil especializadas en materia de fiscalización, de rendición de cuentas y combate a la corrupción o afines para que propongan a candidatos que integren la Comisión de Selección, por un período de tres años, quienes conforme a la ley designarán a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, bajo las siguientes, BASES: PRIMERA. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: Se determinan las etapas del procedimiento para designar a tres de los siete integrantes de la Comisión de Selección, las cuales se llevarán a cabo conforme el calendario siguiente: ETAPA 1. Registro de propuestas 2. Desarrollo de comparecencias 3. Designación PLAZO 12 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria. 6 días naturales contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo otorgado para el registro de propuestas. 10 días naturales contados a partir del día siguiente de la conclusión del plazo otorgado para el desarrollo de las comparecencias. SEGUNDA. MÉTODO DE REGISTRO: Las organizaciones de la sociedad civil especializadas en materia de fiscalización, de rendición de cuentas y combate a la corrupción o afines, podrán presentar candidatos para ocupar el cargo de comisionado de la Comisión de Selección, dentro de un plazo de 12 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria, ante la Oficialía de Partes, organismo auxiliar de la Secretaría General del Poder Legislativo del Estado, ubicada en Periférico Poniente, Tablaje catastral 33,083 entre la Fiscalía General del Estado y Silos Hidrogenadora Yucateca, Colonia Juan Pablo II Alborada de la Ciudad de Mérida, Yucatán, en horario de oficina de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, con excepción del último día, en cual el horario de registro se prolongará hasta las 24 horas. Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, se declarará cerrada la etapa correspondiente al registro de propuestas para ocupar el cargo de comisionado de la Comisión de Selección. TERCERA. REQUISITOS DEL PROPONENTE CONSTITUIDO COMO PERSONA MORAL: La persona moral que realice la propuesta de un candidato deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Estar constituida y registrada o inscrita, conforme a la ley. b) Contar con domicilio legal en el estado.

8 PÁGINA 8 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE Considerando los requisitos mencionados anteriormente, el proponente constituido como persona moral deberá presentar la documentación siguiente: a) Copia certificada del acta constitutiva. b) Copia certificada del documento que acredite la personalidad de su representante legal. c) Carta de la organización donde se expresen las razones por las cuales se considera idónea la propuesta presentada. CUARTA. REQUISITOS DEL CANDIDATO: La propuesta de candidato deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento, y tener, además, la calidad de ciudadano yucateco. b) Estar en ejercicio de sus derechos políticos y civiles. c) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro delito de deteriore la reputación en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. d) Contar con credencial para votar con fotografía. e) No haber sido titular del Poder Ejecutivo del Estado, de alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública del Estado de Yucatán, de un organismo autónomo, Senador, Diputado Federal, Diputado Local, Presidente Municipal o ministro de culto. f) Haber destacado por su contribución en materia de fiscalización, rendición de cuentas y combate a la corrupción. Considerando los requisitos mencionados anteriormente, el candidato deberá presentar la documentación siguiente: a) Currículum vitae, en el que se precise los datos generales del candidato o candidata, y que contenga principalmente la experiencia profesional, académica o administrativa en materia de fiscalización, rendición de cuentas y combate a la corrupción, anexando toda la documentación idónea que respalden lo manifestado en el currículum. b) Copia certificada del acta de nacimiento. c) Copia simple de la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral. d) Carta en la que manifieste su voluntad expresa de participar en el proceso de designación de tres comisionados, así como una breve exposición de las razones que justifican su idoneidad para el cargo. e) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, o que haya cometido robo, fraude, falsificación, abuso de confianza o cualquier otro delito de deteriore su reputación en el concepto público. f) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que no se encuentra suspendido o privado en el ejercicio de sus derechos civiles o políticos. g) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no haber sido titular del Poder Ejecutivo del Estado, de alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública del Estado de Yucatán, de un organismo autónomo, Senador, Diputado Federal, Diputado Local, Presidente Municipal o ministro de culto. h) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que: he leído y acepto las bases, procedimientos y deliberaciones de la convocatoria para ocupar alguno de los tres cargos para integrar la Comisión de Selección, la cual con posterioridad designará a los siete integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Yucatán. Todos los documentos que se presenten, deberán estar firmados en su margen derecho, y al calce en donde se mencione el nombre del candidato o candidata.

9 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 9 QUINTA. PROCEDIMIENTO DE COMPARECENCIAS. La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia realizará un análisis de las propuestas presentadas, notificará aquellas que les hiciere falta por acreditar algún requisito, para que subsanen en el plazo de 24 horas contadas a partir de la notificación, en caso contrario se determinará su desechamiento. Posteriormente acordará las comparecencias de aquellos que si cumplieron. Las fechas y horarios de las comparecencias serán notificadas personalmente al candidato propuesto, quien deberá presentarse a responder las interrogantes que le realicen los integrantes de la referida comisión permanente. SEXTA. CRONOGRAMA DE COMPARECENCIAS: Las comparecencias se desarrollarán en reuniones de trabajo que determinen los diputados integrantes de la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, en el plazo establecido en la base primera de esta convocatoria. Las comparecencias serán públicas, y podrán ser transmitidas a través del sitio web del H. Congreso del Estado. SÉPTIMA. APROBACIÓN: La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, realizará un análisis de todas las propuestas y elaborará un dictamen que contenga el decreto por el que se emite la lista de candidatos idóneos para integrar la Comisión de Selección, el cual deberá ser aprobado por los diputados integrantes de la referida comisión permanente. El Pleno del H. Congreso del Estado deberá aprobar el dictamen que contenga el decreto por el que se emite la lista de candidatos idóneos para integrar la Comisión de Selección, y realizará la designación a más tardar a los treinta días naturales contados a partir de la publicación de esta convocatoria. OCTAVA. CAUSAS NO PREVISTAS: Cualquier cuestión relacionada con el procedimiento de designación a que se refiere esta convocatoria será resuelta por la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, conforme al procedimiento establecido en la ley. NOVENA. PUBLICACIÓN: La información que se genere con motivo del procedimiento para la designación del comisionado de la Comisión de Selección se publicará a través del sitio web del H. Congreso del Estado. Publíquese esta convocatoria en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y en al menos, uno de los diarios o periódicos de mayor circulación estatal. DADO EN LA SEDE DEL RECINTO DEL PODER LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. PRESIDENTE: ( RÚBRICA ) DIP. MARCO ALONSO VELA REYES SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. MANUEL ARMANDO DÍAZ SUÁREZ SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. JESÚS ADRIÁN QUINTAL IC

10 PÁGINA 10 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE PODER LEGISLATIVO EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 101 BIS, SEGUNDO PÁRRAFO, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE YUCATÁN; 25 DE LA LEY DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN DE YUCATÁN, Y SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO 505/2017 POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN DE YUCATÁN, EMITE LA SIGUIENTE CONVOCATORIA: CONVOCA: A instituciones de educación superior y de investigación, para que propongan a candidatos que integren la Comisión de Selección, por un período de tres años, quienes conforme a la ley designarán a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, bajo las siguientes, BASES: PRIMERA. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: Se determinan las etapas del procedimiento para designar a cuatro de los siete integrantes de la Comisión de Selección, las cuales se llevarán a cabo conforme el calendario siguiente: ETAPA 1. Registro de propuestas 2. Desarrollo de comparecencias 3. Designación PLAZO 12 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria. 6 días naturales contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo otorgado para el registro de propuestas. 10 días naturales contados a partir del día siguiente de la conclusión del plazo otorgado para el desarrollo de las comparecencias. SEGUNDA. MÉTODO DE REGISTRO: Las instituciones de educación superior y de investigación, podrán presentar candidatos para ocupar el cargo de comisionado de la Comisión de Selección, dentro de un plazo de 12 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria, ante la Oficialía de Partes, organismo auxiliar de la Secretaría General del Poder Legislativo del Estado, ubicada en Periférico Poniente, Tablaje catastral 33,083 entre la Fiscalía General del Estado y Silos Hidrogenadora Yucateca, Colonia Juan Pablo II Alborada de la Ciudad de Mérida, Yucatán, en horario de oficina de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, con excepción del último día, en cual el horario de registro se prolongará hasta las 24 horas. Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, se declarará cerrada la etapa correspondiente al registro de propuestas para ocupar el cargo de comisionado de la Comisión de Selección. TERCERA. REQUISITOS DEL PROPONENTE CONSTITUIDO COMO PERSONA MORAL: La persona moral que realice la propuesta de un candidato deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Estar constituida y registrada o inscrita, conforme a la ley. b) Contar con domicilio legal en el estado.

11 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 11 c) Tener como objeto o fin la realización de actividades de carácter profesional y/o educativo. Considerando los requisitos mencionados anteriormente, el proponente constituido como persona moral deberá presentar la documentación siguiente: a) Copia certificada del acta constitutiva. b) Copia certificada del documento que acredite la personalidad de su representante legal. c) Carta de la institución de educación superior o de investigación donde se expresen las razones por las cuales se considera idónea la propuesta presentada. CUARTA. REQUISITOS DEL CANDIDATO: La propuesta de candidato deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento, y tener, además, la calidad de ciudadano yucateco. b) Estar en ejercicio de sus derechos políticos y civiles. c) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro delito de deteriore la reputación en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. d) Contar con credencial para votar con fotografía. e) No haber sido titular del Poder Ejecutivo del Estado, de alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública del Estado de Yucatán, de un organismo autónomo, Senador, Diputado Federal, Diputado Local, Presidente Municipal o ministro de culto. f) Haber destacado por su contribución en materia de fiscalización, rendición de cuentas y combate a la corrupción. Considerando los requisitos mencionados anteriormente, el candidato deberá presentar la documentación siguiente: a) Currículum vitae, en el que se precise los datos generales del candidato o candidata, y que contenga principalmente la experiencia profesional, académica o administrativa en materia de fiscalización, rendición de cuentas y combate a la corrupción, anexando toda la documentación idónea que respalden lo manifestado en el currículum. b) Copia certificada del acta de nacimiento. c) Copia simple de la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral. d) Carta en la que manifieste su voluntad expresa de participar en el proceso de designación de cuatro comisionados, así como una breve exposición de las razones que justifican su idoneidad para el cargo. e) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, o que haya cometido robo, fraude, falsificación, abuso de confianza o cualquier otro delito de deteriore su reputación en el concepto público. f) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que no se encuentra suspendido o privado en el ejercicio de sus derechos civiles o políticos. g) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no haber sido titular del Poder Ejecutivo del Estado, de alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública del Estado de Yucatán, de un organismo autónomo, Senador, Diputado Federal, Diputado Local, Presidente Municipal o ministro de culto. h) Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que: he leído y acepto las bases, procedimientos y deliberaciones de la convocatoria para ocupar alguno de los cuatro cargos para integrar la Comisión de Selección, la cual con posterioridad designará a los siete integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Yucatán. Todos los documentos que se presenten, deberán estar firmados en su margen derecho, y al calce en donde se mencione el nombre del candidato o candidata.

12 PÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE QUINTA. PROCEDIMIENTO DE COMPARECENCIAS. La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia realizará un análisis de las propuestas presentadas, notificará aquellas que les hiciere falta por acreditar algún requisito, para que subsanen en el plazo de 24 horas contadas a partir de la notificación, en caso contrario se determinará su desechamiento. Posteriormente acordará las comparecencias de aquellos que si cumplieron. Las fechas y horarios de las comparecencias serán notificadas personalmente al candidato propuesto, quien deberá presentarse a responder las interrogantes que le realicen los integrantes de la referida comisión permanente. SEXTA. CRONOGRAMA DE COMPARECENCIAS: Las comparecencias se desarrollarán en reuniones de trabajo que determinen los diputados integrantes de la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, en el plazo establecido en la base primera de esta convocatoria. Las comparecencias serán públicas, y podrán ser transmitidas a través del sitio web del H. Congreso del Estado. SÉPTIMA. APROBACIÓN: La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, realizará un análisis de todas las propuestas y elaborará un dictamen que contenga el decreto por el que se emite la lista de candidatos idóneos para integrar la Comisión de Selección, el cual deberá ser aprobado por los diputados integrantes de la referida comisión permanente. El Pleno del H. Congreso del Estado deberá aprobar el dictamen que contenga el decreto por el que se emite la lista de candidatos idóneos para integrar la Comisión de Selección, y realizará la designación a más tardar a los treinta días naturales contados a partir de la publicación de esta convocatoria. OCTAVA. CAUSAS NO PREVISTAS: Cualquier cuestión relacionada con el procedimiento de designación a que se refiere esta convocatoria será resuelta por la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, conforme al procedimiento establecido en la ley. NOVENA. PUBLICACIÓN: La información que se genere con motivo del procedimiento para la designación del comisionado de la Comisión de Selección se publicará a través del sitio web del H. Congreso del Estado. Publíquese esta convocatoria en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y en al menos, uno de los diarios o periódicos de mayor circulación estatal. DADO EN LA SEDE DEL RECINTO DEL PODER LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. PRESIDENTE: ( RÚBRICA ) DIP. MARCO ALONSO VELA REYES SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. MANUEL ARMANDO DÍAZ SUÁREZ SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. JESÚS ADRIÁN QUINTAL IC

13 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 13 PODER LEGISLATIVO EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 30 FRACCIÓN XXXII BIS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA; 56 BIS DE LA LEY DE GOBIERNO DEL PODER LEGISLATIVO; 43 TER Y 43 QUATER DE LA LEY DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, TODOS LOS ORDENAMIENTOS DEL ESTADO DE YUCATÁN, EMITE LA SIGUIENTE CONVOCATORIA: CONVOCA: Mediante consulta pública a la sociedad en general para que través de las instituciones académicas, de investigación, asociaciones, colegios de profesionales o cualquier ciudadano, propongan candidatos para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, por un período de cinco años, el cual entrará en funciones el día que señale el decreto de designación respectivo, bajo las siguientes, BASES: PRIMERA. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: Se determinan las etapas del procedimiento para designar al titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, los cuales se llevarán a cabo conforme el calendario siguiente: ETAPA 1. Registro de propuestas 2. Desarrollo del proceso, emisión del Acuerdo y comparecencias 3. Designación PLAZO 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria. 8 días naturales contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo otorgado para el registro de propuestas. 7 días naturales contados a partir del día siguiente de la conclusión del plazo otorgado para el desarrollo de las comparecencias. SEGUNDA. MÉTODO DE REGISTRO: La sociedad en general para que través de las instituciones académicas, de investigación, asociaciones, colegios de profesionales o cualquier ciudadano, deberán presentar su propuesta por duplicado, para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, dentro de un plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria, ante la Oficialía de Partes, organismo auxiliar de la Secretaría General del Poder Legislativo del Estado, ubicada en Periférico Poniente, Tablaje catastral 33,083 entre la Fiscalía General del Estado y Silos Hidrogenadora Yucateca, Colonia Juan Pablo II Alborada de la Ciudad de Mérida, Yucatán, en horario de oficina de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, con excepción del último día, en cual el horario de registro se prolongará hasta las 24 horas. Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, se declarará cerrada la etapa correspondiente al registro de propuestas para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado.

14 PÁGINA 14 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE TERCERA. REQUISITOS: Las propuestas de candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos: I.- Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. II.- Tener treinta y cinco años cumplidos el día de la designación. III.- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año. IV.- Contar, al momento de su designación, con una experiencia de al menos, cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. V.- Contar al día de su designación, con antigüedad mínima de cinco años, con título profesional relacionado con las actividades a que se refiere la fracción anterior, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello. VI.- Contar con reconocida solvencia moral. VII.- No pertenecer o haber pertenecido en los cinco años anteriores a su designación, a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios a la comisión ni haber fungido como consultor o auditor externo de la comisión, en lo individual durante ese periodo. VIII.- No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. IX.- No haber sido secretario de estado, fiscal general del estado, senador, diputado local, dirigente, miembro de órgano rector, alto ejecutivo o responsable del manejo de los recursos públicos de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la propia designación. CUARTA. DOCUMENTACIÓN: Las propuestas de candidatos a titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, considerando los requisitos mencionados en la base tercera, deberán presentarse acompañadas de la documentación siguiente: I. Copia simple de la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral. II. Original o copia certificada del acta de nacimiento. III. Antecedentes No penales original o copia certificada IV. Currículum vitae, con el que se acredite experiencia en materia en el control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, con documentación idónea. V. Copia certificada del título y cédula profesional expedidos por autoridad e institución legalmente facultada para ello. VI. Carta bajo protesta de decir verdad que cuenta con reconocida solvencia moral, de no pertenecer o haber pertenecido en los cinco años anteriores a su designación, a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios a la comisión ni haber fungido como consultor o auditor externo de la comisión, en lo individual durante ese periodo, de no estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público y de no haber sido secretario de estado, fiscal general del estado, senador, diputado local, dirigente, miembro de órgano rector, alto ejecutivo o responsable del manejo de los recursos públicos de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la propia designación. VII. Carta en la que manifieste su interés y los motivos por los cuales se considera idóneo para ocupar el cargo como titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado. QUINTA. PROCEDIMIENTO DE COMPARECENCIAS. La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia realizará un análisis de las propuestas presentadas, determinará el desechamiento de aquellas que no cumplan con los

15 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 15 requisitos constitucionales y legales y acordará las comparecencias de aquellos que si los cumplan. Una vez realizado lo anterior la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia emitirá un acuerdo el cual contendrá lo siguiente: a) El listado con los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Constitución y las leyes correspondientes; b) El plazo con que cuentan los aspirantes, cuya solicitud haya sido desechada, para recoger su documentación y la fecha límite para ello, y c) El día y hora en donde tendrán verificativo las comparecencias ante la Comisión de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, de los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos, a efecto de velar por su garantía de audiencia y conocer su interés y razones respecto a su posible designación en el cargo. Las fechas y horarios de las comparecencias serán notificadas personalmente al candidato propuesto, quien deberá presentarse a responder las interrogantes que le realicen los integrantes de la referida Comisión. SEXTA. CRONOGRAMA DE COMPARECENCIAS: Las comparecencias se desarrollarán en reuniones de trabajo las cuales determinarán en el acuerdo emitido por la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, en el plazo establecido en la base primera de esta convocatoria. Las comparecencias serán públicas. SÉPTIMA. APROBACIÓN: La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia para la designación del titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, tomará en cuenta experiencia en el manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. El Pleno del H. Congreso del Estado deberá aprobar el dictamen que contenga las la lista de candidatos aptos para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado. Una vez aprobado el dictamen; este se le hará llegar a la Junta de Gobierno y Coordinación Política, para que determine la propuesta del nombre del Candidato a titular del órgano de control interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado. Lo anterior, con la finalidad de darlo conocer en una sesión del Pleno del H. Congreso del Estado, para que se proceda a su discusión y votación en los términos que establezca esta ley y demás normatividad aplicable. Todo el procedimiento de designación del titular del órgano de control de la Comisión de Derechos Humanos, será a más tardar a los treinta días naturales contados a partir de la publicación de esta convocatoria. OCTAVA. CAUSAS NO PREVISTAS: Cualquier cuestión relacionada con el procedimiento de designación a que se refiere esta convocatoria será resuelta por la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, conforme al procedimiento establecido en la ley.

16 PÁGINA 16 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE NOVENA. PUBLICACIÓN: La información que se genere con motivo del procedimiento para la selección del titular del Órgano de Control Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado se publicará a través del sitio web del H. Congreso del Estado. Publíquese esta convocatoria en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y en al menos, uno de los diarios o periódicos de mayor circulación estatal. DADO EN LA SEDE DEL RECINTO DEL PODER LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. PRESIDENTE: ( RÚBRICA ) DIP. MARCO ALONSO VELA REYES SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. MANUEL ARMANDO DÍAZ SUÁREZ SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. JESÚS ADRIÁN QUINTAL IC

17 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 17 PODER LEGISLATIVO EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 30 FRACCIÓN XXXII BIS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA; 56 BIS DE LA LEY DE GOBIERNO DEL PODER LEGISLATIVO; 30 TER Y 30 QUATER DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, TODOS LOS ORDENAMIENTOS DEL ESTADO DE YUCATÁN, EMITE LA SIGUIENTE CONVOCATORIA: CONVOCA: Mediante consulta pública a la sociedad en general para que través de las instituciones académicas, de investigación, asociaciones, colegios de profesionales o cualquier ciudadano, propongan candidatos para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por un período de cinco años, el cual entrará en funciones el día que señale el decreto de designación respectivo, bajo las siguientes, BASES: PRIMERA. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: Se determinan las etapas del procedimiento para designar al titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, los cuales se llevarán a cabo conforme el calendario siguiente: ETAPA 1. Registro de propuestas 2. Desarrollo del proceso, emisión del Acuerdo y comparecencias 3. Designación PLAZO 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria. 8 días naturales contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo otorgado para el registro de propuestas. 7 días naturales contados a partir del día siguiente de la conclusión del plazo otorgado para el desarrollo de las comparecencias. SEGUNDA. MÉTODO DE REGISTRO: La sociedad en general para que través de las instituciones académicas, de investigación, asociaciones, colegios de profesionales o cualquier ciudadano, deberán presentar su propuesta por duplicado, para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, dentro de un plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria, ante la Oficialía de Partes, organismo auxiliar de la Secretaría General del Poder Legislativo del Estado, ubicada en Periférico Poniente, Tablaje catastral 33,083 entre la Fiscalía General del Estado y Silos Hidrogenadora Yucateca, Colonia Juan Pablo II Alborada de la Ciudad de Mérida, Yucatán, en horario de oficina de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, con excepción del último día, en cual el horario de registro se prolongará hasta las 24 horas.

18 PÁGINA 18 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, se declarará cerrada la etapa correspondiente al registro de propuestas para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. TERCERA. REQUISITOS: Las propuestas de candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos. II. Tener por lo menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación. III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión. IV. No haber sido secretario de estado, fiscal general del estado, senador, diputado, gobernador, dirigente, miembro de órgano rector, alto ejecutivo o responsable del manejo de los recursos públicos de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la propia designación. V. Contar, al momento de su designación, con una experiencia de, al menos, cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. VI. Contar, al día de su designación, con antigüedad mínima de cinco años, con título profesional relacionado con las actividades a que se refiere la fracción anterior, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello. VII. Contar con reconocida solvencia moral. VIII. No pertenecer o haber pertenecido en los cuatro años anteriores a su designación, a despachos que hubieren prestado sus servicios al instituto o haber fungido como consultor o auditor externo del instituto en lo individual durante ese periodo. IX. No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. CUARTA. DOCUMENTACIÓN: Las propuestas de candidatos a titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, considerando los requisitos mencionados en la base tercera, deberán presentarse acompañadas de la documentación siguiente: I. Copia simple de la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral. II. Original o copia certificada del acta de nacimiento. III. Antecedentes No penales original o copia certificada IV. Currículum vitae, con el que se acredite experiencia en materia en el control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, con documentación idónea. V. Copia certificada del título y cédula profesional expedidos por autoridad e institución legalmente facultada para ello. VI. Carta bajo protesta de decir verdad que cuenta con reconocida solvencia moral, de no pertenecer o haber pertenecido en los cinco años anteriores a su designación, a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios a la comisión ni haber fungido como consultor o auditor externo de la comisión, en lo individual durante ese periodo, de no estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público y de no haber sido secretario de estado, fiscal general del estado, senador, diputado local, dirigente, miembro de órgano rector, alto ejecutivo o responsable del manejo de los recursos públicos de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la propia designación. VII. Carta en la que manifieste su interés y los motivos por los cuales se considera idóneo para ocupar el cargo como titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

19 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 19 QUINTA. PROCEDIMIENTO DE COMPARECENCIAS. La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia realizará un análisis de las propuestas presentadas, determinará el desechamiento de aquellas que no cumplan con los requisitos constitucionales y legales y acordará las comparecencias de aquellos que si los cumplan. Una vez realizado lo anterior la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia emitirá un acuerdo el cual contendrá lo siguiente: a) El listado con los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Constitución y las leyes correspondientes; b) El plazo con que cuentan los aspirantes, cuya solicitud haya sido desechada, para recoger su documentación y la fecha límite para ello, y c) El día y hora en donde tendrán verificativo las comparecencias ante la Comisión de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, de los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos, a efecto de velar por su garantía de audiencia y conocer su interés y razones respecto a su posible designación en el cargo. Las fechas y horarios de las comparecencias serán notificadas personalmente al candidato propuesto, quien deberá presentarse a responder las interrogantes que le realicen los integrantes de la referida Comisión. SEXTA. CRONOGRAMA DE COMPARECENCIAS: Las comparecencias se desarrollarán en reuniones de trabajo las cuales determinarán en el acuerdo emitido por la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, en el plazo establecido en la base primera de esta convocatoria. Las comparecencias serán públicas. SÉPTIMA. APROBACIÓN: La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia para la designación del titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, tomará en cuenta experiencia en el manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. El Pleno del H. Congreso del Estado deberá aprobar el dictamen que contenga las la lista de candidatos aptos para ocupar el cargo de titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Una vez aprobado el dictamen; esté se le hará llegar a la Junta de Gobierno y Coordinación Política, para que determine la propuesta del nombre del Candidato a titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Lo anterior, con la finalidad de darlo conocer en una sesión del Pleno del H. Congreso del Estado, para que se proceda a su discusión y votación en los términos que establezca esta ley y demás normatividad aplicable. Todo el procedimiento de designación del titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, será a más tardar a los treinta días naturales contados a partir de la publicación de esta convocatoria. OCTAVA. CAUSAS NO PREVISTAS: Cualquier cuestión relacionada con el procedimiento de designación a que se refiere esta convocatoria será resuelta por la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, conforme al procedimiento establecido en la ley.

20 PÁGINA 20 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE NOVENA. PUBLICACIÓN: La información que se genere con motivo del procedimiento para la selección del titular del Órgano de Control Interno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales se publicará a través del sitio web del H. Congreso del Estado. Publíquese esta convocatoria en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y en al menos, uno de los diarios o periódicos de mayor circulación estatal. DADO EN LA SEDE DEL RECINTO DEL PODER LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. PRESIDENTE: ( RÚBRICA ) DIP. MARCO ALONSO VELA REYES SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. MANUEL ARMANDO DÍAZ SUÁREZ SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. JESÚS ADRIÁN QUINTAL IC

21 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 21 PODER LEGISLATIVO EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 43 FRACCIÓN II DE LA LEY DE GOBIERNO DEL PODER LEGISLATIVO, Y 16 FRACCION I Y 45 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA, AMBAS DEL ESTADO DE YUCATÁN, EMITE LA SIGUIENTE CONVOCATORIA: CONVOCA: Mediante consulta pública a organizaciones de la sociedad civil, académica y a todos los ciudadanos residentes en el Estado, para que propongan candidatos que cumplan con los requisitos de ley para ocupar el cargo de titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, por un período de cuatro años, el cual entrará en funciones el día que señale el decreto de designación respectivo, bajo las siguientes, BASES: PRIMERA. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: Se determinan las etapas del procedimiento para designar al titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, los cuales se llevarán a cabo conforme el calendario siguiente: ETAPA 1. Registro de propuestas 2. Selección de los observadores, revisión y análisis de la documentación 3. Desarrollo de comparecencias 4. Formulación del Dictamen PLAZO 10 días hábiles contados a partir de la publicación de esta convocatoria. 5 días hábiles contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo otorgado para el registro de propuestas. 5 días hábiles contados a partir del día siguiente del término de la revisión y análisis de la documentación recibida. 3 días hábiles contados a partir del día siguiente a la realización de las entrevistas y evaluación de los candidatos. SEGUNDA. MÉTODO DE REGISTRO: Las organizaciones de la sociedad civil, académica y a todos los ciudadanos residentes en el Estado, deberán presentar su propuesta de candidato para ocupar el cargo de titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, dentro de un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de esta convocatoria, ante la Oficialía de Partes, organismo auxiliar de la Secretaría General del Poder Legislativo del Estado, ubicada en Periférico Poniente, Tablaje catastral 33,083 entre la Fiscalía General del Estado y Silos Hidrogenadora Yucateca, Colonia Juan Pablo II Alborada de la Ciudad de Mérida, Yucatán, en horario de oficina de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, con excepción del último día, cuyo horario de registro se prolongará hasta las 24 horas. Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, se declarará cerrada la etapa correspondiente al registro de propuestas para ocupar el cargo de titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado. TERCERA. REQUISITOS: Las propuestas de candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, y tener, además, la calidad de ciudadano yucateco;

22 PÁGINA 22 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE II. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; III. Haber residido en el Estado durante los dos años anteriores al día de la designación; IV. No haber sido titular del Poder Ejecutivo del Estado, de alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública del Estado de Yucatán, de un organismo autónomo, Senador, Diputado Federal, Diputado Local, Presidente Municipal o ministro de culto, durante un año previo al día de la designación; V. Contar con título y cédula profesional; VI. Acreditar, al menos, cinco años de experiencia en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidad; VII. Entregar una declaración de intereses conforme a los lineamientos que el Congreso del Estado determine para ésta. CUARTA. DOCUMENTACIÓN: Las propuestas de candidatos para ocupar el cargo de titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, considerando los requisitos mencionados en la base tercera, deberán presentarse acompañadas de la documentación siguiente: I. Copia certificada del acta de nacimiento. II. Copia simple de la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral. III. Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. IV. Constancia de residencia emitida por autoridad correspondiente, o en su caso, carta bajo protesta de decir verdad en el que manifiesten el tiempo de residencia en el estado, firmado por dos testigos.. V. Carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no haber sido titular del Poder Ejecutivo del Estado, de alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública del Estado de Yucatán, de un organismo autónomo, Senador, Diputado Federal, Diputado Local, Presidente Municipal o ministro de culto, durante un año previo al día de la designación. VI. Copia certificada del título y cédula profesional expedidos por autoridad e institución legalmente facultada para ello. VII. Currículum vitae, en el que se precise los datos generales del candidato o candidata, y que contenga principalmente la experiencia profesional, académica o administrativa, de cuando menos 5 años, en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidad, anexando toda la documentación idónea que respalden lo manifestado en el currículum. VIII. Carta bajo protesta de decir verdad en la que manifieste no tener conflicto de intereses para desempeñar el cargo. QUINTA. SELECCIÓN DE LOS OBSERVADORES. La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia podrá invitar a las organizaciones de la sociedad civil y académicas para que sean observadores del proceso, de los cuales se seleccionarán a cinco de ellos por insaculación, quienes registrarán cada uno al ciudadano que fungirá como observador durante dicho proceso de designación. SEXTA. PROCEDIMIENTO DE COMPARECENCIAS. La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia realizará un análisis de las propuestas presentadas, determinará el desechamiento de aquellas que no cumplan con los requisitos constitucionales y legales y acordará las comparecencias de aquellos que si los cumplan.

23 MÉRIDA, YUC., VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE DIARIO OFICIAL PÁGINA 23 Las fechas y horarios de las comparecencias serán notificadas personalmente al candidato propuesto, quien deberá presentarse a responder las interrogantes que le realicen los integrantes de la referida Comisión Permanente. SÉPTIMA. CRONOGRAMA DE COMPARECENCIAS: Las comparecencias se desarrollarán en reuniones de trabajo que determinen los diputados integrantes de la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, en el plazo establecido en la base primera de esta convocatoria. Las comparecencias serán públicas, y podrán ser transmitidas a través del sitio web del Congreso del Estado. OCTAVA. APROBACIÓN: La Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, realizará un análisis de todas las propuestas y elaborará un dictamen que contenga la propuesta de terna de los candidatos mejor evaluados e idóneos para ocupar el cargo de titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado. El Pleno del H. Congreso del Estado deberá aprobar el dictamen que contenga las propuestas señaladas en el párrafo anterior para ocupar el cargo, una vez aprobado el dictamen se procederá a la designación de quién deberá cubrir el cargo, dentro de la terna, mediante el voto mayoritario de sus miembros presentes. NOVENA. CAUSAS NO PREVISTAS: Cualquier cuestión relacionada con el procedimiento de designación a que se refiere esta convocatoria será resuelta por la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública y Transparencia, conforme al procedimiento establecido en la ley. DÉCIMA. PUBLICACIÓN: La información que se genere con motivo del procedimiento para la designación del titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado se publicará a través de los sitios web del H. Congreso del Estado y de la Auditoría Superior del Estado. Publíquese esta convocatoria en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y en al menos, tres de los diarios o periódicos de mayor circulación estatal. DADO EN LA SEDE DEL RECINTO DEL PODER LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. PRESIDENTE: ( RÚBRICA ) DIP. MARCO ALONSO VELA REYES SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. MANUEL ARMANDO DÍAZ SUÁREZ SECRETARIO: ( RÚBRICA ) DIP. JESÚS ADRIÁN QUINTAL IC

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