PRODUCCION DE OBRAS T.V.1 CREMASCHI NIZAN LAFALCE
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- Blanca Correa Maidana
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1 PRODUCCION DE OBRAS T.V.1 CREMASCHI NIZAN LAFALCE NIVEL II. Ciclo Lectivo 2012 INCUMBENCIAS EJERCICIO PROFESIONAL COLEGIO DE ARQUITECTOS Arq. Jorge Oliva Agosto de 2012
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3 Quién? Qué? Por qué? Cuándo? Dónde? Cómo? Ejercicio Profesional Marco Legal
4 Construcción del Conocimiento TITULO HABILITANTE Ejercicio Profesional - Colegio de Arquitectos MATRICULA PROFESIONAL
5 INCUMBENCIAS - Determinación originaria. Resolución Ministerio de Educación y Justicia de la Nación nº de octubre de Firmado: Dr. Jorge Sábato - Ministro de Educación y Justicia de la Nación. INCUMBENCIAS Determinación originaria. Resolución Ministerio de Educación y Justicia de la Nación nº de octubre de Firmado: Dr. Jorge Sábato - Ministro de Educación y Justicia de la Nación.
6 1 Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la concreción de los espacios destinados al hábitat humano 2 Proyectar, dirigir y ejecutar la construcción de edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento o infraestructura y de otras obras destinadas al hábitat humano. 3 Proyectar, calcular, dirigir y ejecutar la construcción de estructuras resistentes correspondientes a obras de arquitectura 4 Proyectar, calcular, dirigir y ejecutar la construcción de instalaciones complementarias correspondientes a obras de arquitectura, excepto cuando la especificidad de las mismas implique la intervención de las ingeniería 5 Proyectar, dirigir y ejecutar obras de recuperación, renovación, rehabilitación y refuncionalizacion de edificios, conjuntos de edificios y otros espacios, destinados al hábitat humano 6 Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la construcción del equipamiento interior y exterior fijo y móvil, destinado al hábitat del hombre, incluyendo los habitáculos para el transporte de personas 7 Diseñar, proyectar, y efectuar el control técnico de componentes y materiales destinados a la construcción de obras de arquitectura 8 Programar, dirigir y ejecutar la demolición de obras de arquitectura 9 Realizar estudios, proyectar y dirigir la ejecución de obras destinadas a la concreción del paisaje 10 Efectuar la planificación arquitectónica y urbanística de los espacios destinados a asentamientos humanos 11 Proyectar parcelamientos destinados al hábitat humano
7 12 Realizar medición y nivelación de parcelas con el objetivo de concretar la ejecución de obras de arquitectura 13 Realizar estudios e investigaciones referidos al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura 14 Asesorar en lo concerniente al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat, y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura 15 Participar en planes, programas y proyectos de ordenamiento físico ambiental del territorio y de ocupación del espacio urbano y rural 16 Participar en la elaboración de normas legales relativas al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat humano 17 Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos que no siendo de su especialidad afecten al hábitat humano 18 Realizar relevamientos, tasaciones y valuaciones de bienes inmuebles 19 Realizar arbitrajes, peritajes, tasaciones y valuaciones relacionadas con el ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y con los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura AMPLICACIÓN DE INCUMBENCIAS - Determinación actualizada Resolución N Resolución N 498/2006 en su anexo X como ACTIVIDADES PPROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE ARQUITECTO Firmado: Daniel F. Filmus - Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la Nación. 20 Proyectar, ejecutar, dirigir y evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en obras de arquitectura
8 CPI Consejo Profesional de la Ingeniería (ley 5140) CAPBA Colegio de Arquitectos Provincia de Buenos aires (Ley 10405) 25 AÑOS DE HISTORIA La institución cuya misión es representar a todos los arquitectos que desarrollan su actividad dentro del ámbito provincial, lleva a cabo tareas de atención tanto en lo que hace a los aspectos del ejercicio profesional como de servicio al matriculado. El CAPBA comprende diez Distritos que abarcan la totalidad del territorio provincial, cada uno de los cuales cuentan con una Sede Distrital y Delegaciones, siendo el Consejo Superior, con Sede en la Ciudad de La Plata, el órgano ejecutivo y de gobierno del Colegio.
9 LEY TITULO I DE LOS ARQUITECTOS CAPITULO I EJERCICIO PROFESIONAL. REQUISITOS CAPITULO II DE LA INSCRIPCION EN LA MATRICULA CAPITULO III DEBERES Y DERECHOS DE LOS ARQUITECTOS CAPITULO IV REGIMEN DISCIPLINARIO TITULO II DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROV. DE B.S A.S CAPITULO I CARACTER Y ATRIBUCIONES CAPITULO II AUTORIDADES DEL COLEGIO Art Son órganos directivos del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires: 1) La Asamblea 2) El Consejo Superior 3) El Tribunal de Disciplina
10 CAPITULO III DE LA ASAMBLEA Art. 32) La Asamblea es la autoridad máxima del Colegio. Estará integrada por los miembros titulares de los Consejos Directivos de los Colegios de Distrito, quienes tendrán voz y voto según la siguiente escala: 1) Distritos de hasta quinientos (500) matriculados, un voto por representante. 2) Distritos de quinientos (500) a mil (1.000) matriculados, dos votos por representante. 3) Distritos de más de mil (1.000) matriculados, tres votos por representante. Ante la imposibilidad fundada de participación en la Asamblea de los miembros titulares, cada Colegio de Distrito podrá incorporar a los suplentes que corresponda. La Asamblea será presidida por el presidente del Colegio el que sólo tendrá voto en caso de empate. CAPITULO IV DEL CONSEJO SUPERIOR Art El Colegio de Arquitectos de la Provincia será conducido por un Consejo Superior integrado por un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario, un (1) Tesorero, cinco (5) Vocales Titulares y cinco (5) Suplentes. Los cuatro (4) mencionados en primer término constituirán la Mesa Ejecutiva. del Colegio.
11 CAPITULO V DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA CODIGO DE ETICA PROFESIONAL CAPITULO VI DEL REGIMEN ELECTORAL Art La elección de las autoridades del Colegio se realizará cada tres (3) años, CAPITULO VII DEL REGIMEN FINANCIERO 1) El derecho de inscripción o de reinscripción en la matrícula. 2) La cuota por ejercicio profesional, cuyo monto y forma de percepción determinará el Consejo Superior ad referéndum de la Asamblea. 3) El importe de las multas que aplique el Tribunal de Disciplina, por trasgresiones a la presente ley, su reglamentación o sus normas complementarias. 4) Los ingresos que perciba por servicios prestados de acuerdo a las atribuciones que esta ley le confiere. 5) Las rentas que produzcan sus bienes, como así el producto de sus ventas. 6) Las donaciones, subsidios, legados y el producto de cualquier otra actividad lícita que no se encuentre en pugna con los objetivos del Colegio.
12 TITULO III DE LOS COLEGIOS DE DISTRITO CAPITULO I COMPETENCIA Y ATRIBUCIONES CAPITULO II AUTORIDADES Art Son órganos directivos de los colegios de Distrito: 1) La Asamblea de Colegiados del Distrito 2) El Consejo Directivo CAPITULO III DE LA ASAMBLEA DE COLEGIADOS CAPITULO IV DEL CONSEJO DIRECTIVO TITULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS El Distrito I en La Plata. El Distrito II en Lomas de Zamora El Distrito III en Morón El Distrito IV en San Martín El Distrito V en Mercedes El Distrito VI en Pergamino El Distrito VII en Pehuajó El Distrito VIII en Azul El Distrito IX en Mar del Plata El Distrito X en Bahía Blanca TITULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS
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14 CAPBA LEY (Colegio de arquitectos de la Provincia de buenos Aires) FADEA - Federación Argentina de Entidades de Arquitectos. Afiliación voluntaria, objetivo unir todas las entidades de arquitectos del país. FEPUBA - Federación de Entidades Profesionales Universitarios de la Prov. Bs As adherida a la confederación general de profesionales FPAA - Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos UIA - Unión Internacional de Arquitectos
15 CAPBA LEY MATRICULACION (Colegio de arquitectos de la Provincia de buenos Aires) CAAITBA LEY LEY AFILIACION (Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos) AFIP _ La Administración Federal de Ingresos Públicos (monotributo impuesto de régimen simplificado para pequeños contribuyentes) (responsable inscripto ) ARBA Agencia de Recaudación bs as - I.B. ingresos brutos
16 CAPBA LEY MATRICULACION (Colegio de arquitectos de la Provincia de buenos Aires) MATRICULA ANUAL $ 500. C.E.P. $ 124. MINIMO - C.E.P. 3 % SEGÚN HONORARIOS PACTADOS TIMBRADO 0.1 % SEGÚN HONORARIOS PACTADOS
17 CAAITBA LEY LEY AFILIACION (Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos)
18 La Ley (y sus modificatorias) establece que todo profesional con matrícula vigente se encuentra automáticamente afiliado a la Caja, y como tal es sujeto de derechos y obligaciones. Derechos se encuentran la jubilación ordinaria, la extraordinaria y la pensión. Obligaciones se cuenta la de aportar el 10 % sobre los honorarios por tareas profesionales y el cumplimiento de la Cuota Mínima Anual Obligatoria (C.M.A.O.). La integración de esta cuota se dará por cumplida con los aportes del 10 % citado en caso de llegar al monto total de la misma. Durante los primeros 5 años de graduado tendrá la obligación de cubrir al menos el 50 % de la C.M.A.O.;, el 50 % restante deberá integrarla a lo largo de su carrera profesional. VALORES C.M.A.O. OBLIGATORIOS 1º de enero de 2012 $ 5.160
19 AFIP _ La Administración Federal de Ingresos Públicos (monotributo impuesto de régimen simplificado para pequeños contribuyentes) (responsable inscripto ) Según Categoría $ 39 mínimo por mes ARBA Agencia de Recaudación bs as - I.B. ingresos brutos Según Facturación 3,5%
20 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO TITULO ARQUITECTO COLEGIO DE ARQUITECTOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES MATRICULACION Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos AFILIACION AFIP INSCRIPCION ARBA INSCRIPCION
21 MATRICULA PROVINCIAL CAPBA MATRICULA MUNICIPAL PROYECTO Y DIRECCION MATRICULA MUNICIPAL EJECUCION ENCOMIENDA DE TRABAJO
22 CALCULO DE HONORARIOS MINIMOS
23 CALCULO DE HONORARIOS MINIMOS
24 CALCULO DE HONORARIOS MINIMOS
25 CALCULO DE HONORARIOS MINIMOS
26 CALCULO DE HONORARIOS MINIMOS
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30 TRAMITACION DEL PERMISO MUNICIPAL DE CONSTRUCCION
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INCUMBENCIAS PROFESIONALES
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