CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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1 AÑO CXX JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, martes 22 de julio del 2014 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL SEGUNDA PUBLICACIÓN ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad. A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número CO que promueve la Asociación Sindical de Trabajadores del MINAE e Instituciones Afines de Conservación, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las trece horas y treinta y dos minutos del veintiuno de mayo del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Roberto Miguel Molina Ugalde, cédula de identidad número , en su condición personal y de Secretario General de la Asociación Sindical de Trabajadores del Ministerio de Ambiente y Energía e instituciones afines de conservación (SITRAMINAE), cédula de persona jurídica número y Mauricio Álvarez Mora, cédula de identidad número , para que se declare inconstitucional la Ley N 9205 de 23 de diciembre del 2013, titulación en inmueble propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de La Vertiente, Atlántica. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. La norma se impugna, en cuanto al procedimiento parlamentario, por no haber contado con estudios técnicos previos a la aprobación de la ley que justifiquen la reducción o desafectación de áreas silvestres protegidas. El artículo 3 de la Ley impugnada decreta la desafectación general de la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, a nombre de JAPDEVA, Partido de Limón, folio real N 96658, secuencia 000. Esto, con el fin de autorizar la titulación de inmuebles por personas poseedoras, en los términos del artículo 1 de la Ley de Informaciones Posesorias. Los terrenos desafectados de la finca dicha forman parte de áreas silvestres protegidas, patrimonio natural del Estado y terrenos sometidos a diversas categorías de protección ambiental, entre ellos el Parque Nacional Tortuguero, el Refugio Nacional de Fauna Silvestre Barra del Colorado, la Zona Protectora Tortuguero, el Humedal Nacional Cariari, el Refugio de Vida Silvestre Dr. Archie Carr, la reserva forestal creada por Decreto Ejecutivo N 2886, las zonas protectoras establecidas en el Decreto N 23253, las áreas de bosque incorporadas al patrimonio natural del Estado; el Humedal Caribe Norte, y la zona marítimo terrestre. Alega que se violentó también los artículos 71 y 72 del Decreto Ejecutivo N MINAE, Reglamento a la Ley de Biodiversidad, según los cuales para la declaratoria, modificación o cambio de categoría de manejo de áreas silvestres protegidas debe elaborarse un informe técnico coordinado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Tal estudio debe reunir condiciones mínimas de rigurosidad y profundidad, definidas en el artículo 38 de la Ley Orgánica del Ambiente y ser anterior a la aprobación del proyecto de ley. Como vicios de fondo aducen los accionantes: a) Que el Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf , sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona FISICA, ou=ciudadano, cn=jorge LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: :42:43 Nº Páginas -06'00' artículo 8 de la Ley impugnada establece que las áreas silvestres protegidas y humedales desafectados, genéricamente y sin estudios técnicos, mantendrían su condición de bien demanial y su desafectación se sujeta a estudios posteriores; pero la misma norma establece que esto sería con las salvedades del artículo 7 de la Ley de Informaciones Posesorias, excluyendo del procedimiento a los poseedores decenales anteriores a la creación del área protegida. Se abre así la puerta para la desafectación permanente del dominio público de las zonas ya reseñadas, cuando lo que procura la norma de la Ley de Informaciones Posesoria es garantizar el derecho de indemnización de los poseedores, no consolidar su titularidad sobre un bien de dominio público. b) Además, el artículo 8 declara de interés urbano una serie de poblados y terrenos, desafectando del dominio público la zona restringida y reduciendo sensiblemente la Zona Marítimo Terrestre, con violación del principio de intangibilidad de ese bien demanial, que forma parte del patrimonio natural del Estado y es de uso común. Se está permitiendo su titulación y apropiación definitiva por particulares, bajo el régimen de propiedad privada (Artículos 8 y 9 de la Ley cuestionada). c) Piden tomar en cuenta que el Parque Nacional Tortuguero fue designado en 1996 sitio Ramsar, por los humedales que protege. También se ubica en la zona el Humedal Nacional Cariari, establecido por Decreto Ejecutivo N del 23 de abril de 1994, que abarca canales, caños y lagunas costeros ubicados entre la desembocadura del Río Moín y el límite del Parque Nacional Tortuguero. d) Que esta Sala ha sostenido, reiteradamente, que la reducción de una zona protegida es constitucionalmente posible solo si no implica detrimento del derecho a un ambiente sano. e) También se viola el principio de imprescriptibilidad de los bienes demaniales, el derecho de propiedad sobre bienes públicos y privados y el derecho de acceso a la justicia, por la prohibición arbitraria que contiene el Transitorio II de la Ley N 9205 de anular en vía administrativa o judicial los títulos de propiedad obtenidos en la finca propiedad de JAPDEVA, lo que imposibilita discutir la titularidad pública o privada sobre el bien. f) Así mismo, considera que la Ley implica una lesión del derecho de las personas al libre tránsito, al acceso a los caminos públicos y a disfrutar de un entorno urbano ordenado y planificado, con servicios públicos de calidad, al eximir, en su artículo 10, para la inscripción de planos en el Catastro Nacional, de los requisitos básicos establecidos en los artículos 4 de la Ley de Caminos Públicos; 32 y 33 de la Ley de Planificación Urbana, sobre ancho de carreteras y caminos vecinales, acceso a vía, cesión de áreas para uso público, condiciones de construcción de calles, aceras, cañerías, drenajes pluviales y sanitarios, electrificación y alumbrado público, visado municipal y refrendo del INVU, constitución y extinción de servidumbres. No debe olvidarse que se permite la titulación de terrenos de hasta 300 hectáreas (artículo 5 de la Ley). g) Por otra parte, se pide declarar inconstitucional la Ley N 9205, debido a que su artículo 16 viola la independencia de poderes, la reserva de jurisdicción, el deber estatal de proteger y recuperar los bienes públicos, la irretroactividad de la ley y el principio de cosa juzgada, al permitir que se archiven las causas pendientes relacionadas con la finca de JAPDEVA, de cualquier clase, y la restitución de poseedores desalojados. El artículo 17 contradice el derecho de propiedad y a la seguridad jurídica, al autorizar la inscripción de títulos de propiedad sobre bienes inmuebles, aún

2 Pág 2 BOLETIN JUDICIAL Nº 140 Martes 22 de julio del 2014 cuando cuenten con títulos inscribibles en el Registro Público de la Propiedad. La posibilidad de omitir el requisito del artículo 1 inciso f) De la Ley de Informaciones Posesorias abre un peligroso portillo legal. h) Alega también que se quebrantó el principio de no regresión del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación a los accionantes proviene de la lesión de intereses difusos, por tratarse de la defensa del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como del patrimonio natural del Estado. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones , , y ) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Para notificar a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, comisión que se hará llegar por medio del correo interno. Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho, Presidente. San José, 22 de mayo del (IN ) Gerardo Madriz Piedra Secretario TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes A los causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Osorio Montoya c.c. Miguel Aguilar Montoya, quien fue mayor casado dos veces, vecino de Barrio La Cananga de Nicoya, 25 metros al norte del bar La Primavera, con cédula de identidad número , se les hace saber que María Martha Gómez Fonseca, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número , vecina de La Cananga de Nicoya, 25 metros al norte del bar La Primavera, se apersonó en este despacho en calidad de cónyuge del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N LA. Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 22 de abril del Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roberto Araya Espinoza, mayor, casado, peón de construcción, cédula , vecino de Grecia, fallecido el 7 de febrero del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N LA. Juzgado Laboral de Menor Cuantía de Grecia, 7 de julio del año Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edixson Solís Calvo, mayor, cédula , divorciado, guarda de seguridad privada, y vecino de Grecia, fallecido el 6 de junio del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N LA. Edixson Solís Calvo a favor de María Teresa Calvo Paniagua. Juzgado Laboral de Menor Cuantía de Grecia, 7 de julio del año Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Daniel Cordero Contreras, cédula , fallecido el día 9 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N LA. Promovido por Miriam Pilar Paniagua Sánchez a favor de los causahabientes del fallecido. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yamilleth Palma Flores, cédula , fallecida el día 27 de diciembre del año 2003, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignacion de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N LA. Promovido por Allan José Palma Flores y otros a favor de los causahabientes de la fallecida. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del año Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Manuel Valenciano Cervantes, cédula , fallecido el día 1 de mayo del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N LA. Promovido por Jeannette Valenciano Araya y otros a favor de los causahabientes del fallecido. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del año Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Javier Arias Leandro, cédula , fallecido el día 06 de mayo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a

3 Martes 22 de julio del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 140 Pág 3 la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N LA. Promovido por Fainier Rodríguez Vega a favor de los causahabientes del fallecido. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 1 de julio del año Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Gustavo Cortés Castro, cédula , fallecido el día 26 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N LA. Promovido por Flory Castro Escalante a favor de los causahabientes del fallecido. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Beatriz de Jesús Lobo Aguilar, cédula , fallecida el día 19 de setiembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N LA. Promovido por María Emilia Mesén Lobo a favor de los causahabientes de la fallecida. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del año Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María de Los Ángeles del Carmen Durán Román, cédula , fallecida el día 21 de julio del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente Número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Francisco Martín Barrantes Madrigal a favor de los causahabientes de la fallecida. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Humberto Eloy del Carmen Salas González, cédula , fallecido el día 22 de octubre del 2001, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Iliana Castillo Rojas a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leonardo Estanislao Castillo Jiménez, cédula , fallecido el día 20 de julio del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por José Castillo Molina a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Randall Horacio Sibaja Salas, cédula , fallecido el día 8 de abril del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Lidiette Argentina Salas Pérez a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeffry Alejandro García Navarro, cédula , fallecido el día 5 de mayo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Sykes Latin America S. A., a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Paulo Antonio Rojas Rivero, cédula , fallecido el día 9 de febrero del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por María Laura Bolaños Zeledón a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ramón Aguilar Barquero, cédula , fallecido el día 12 de noviembre del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Ana Virginia Arley Solís y otra a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Santos Justino Orias Orias; cédula , fallecido el día 18 de abril del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Teresa Chavarría Rosales a favor de los

4 Pág 4 BOLETIN JUDICIAL Nº 140 Martes 22 de julio del 2014 causahabientes del fallecido. Expediente N LA. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de julio del Lic. Ileana García Arroyo, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Juan de Jesús García Martínez, portador de la cédula de identidad número , se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de según lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. De conformidad con la circular número del 25 de agosto del 2009, esta publicación está exonerada por el principio de gratuidad. Juzgado Contravencional Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí, Puerto Viejo, 8 de abril del Lic. Nain Isaac Monge Segura, Juez. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Lorenzo Miranda Oporta, portador de la cédula de identidad número , se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente número LA, a hacer valer sus derechos, de según lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. De conformidad con la circular número del 25 de agosto del 2009, esta publicación está exonerada por el principio de gratuidad. Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 19 de noviembre del Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza. 1 vez. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eder Florencio Fernández Fernández, fallecido el 6 de julio del 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consig. Prest. Sector Privado bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por a favor de Eder Florencio Fernández Fernández. Expediente N LA. Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 9 de julio del Lic. Claudio Morera Salas, Juez. 1 vez. (IN ). ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este despacho remataré al mejor postor, soportando reservas y restricciones a las citas tomo: trescientos veintidós, asiento: cero cinco mil ochocientos setenta y siete, consecutivo: cero uno, secuencia: cero novecientos ocho y subsecuencia cero cero uno, así como hipoteca de primer grado a las citas tomo: quinientos setenta y cinco, asiento: setenta y ocho mil quinientos ochenta y cinco, consecutivo: cero uno, secuencia: cero cero cero uno, subsecuencia: cero cero uno, la finca del partido Limón, matrícula de folio real número setenta y cinco mil quinientos cuarenta y siete-cero cero cero, con las siguientes bases: 1) cuatro millones cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos veintisiete colones, remate que se celebrará a las ocho horas treinta minutos del once de agosto de dos mil catorce. Para el segundo remate la base en la suma de tres millones trescientos cincuenta y ocho mil setenta colones con veinticinco céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil catorce. Para el tercer remate con la base en la suma de un millón ciento diecinueve mil trescientos cincuenta y seis colones con setenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce (veinticinco por ciento de la base original). El inmueble se describe así: terreno para construir con una casa, lote siete, situado en el distrito cinco: Duacari, cantón seis: Guácimo de la provincia de Limón, linda: al norte, con Arnoldo Alvarado Alfaro; al sur, con calle pública; al este, con servidumbre de paso con frente a esta de veinticuatro metros con veinte decímetros lineales; y al oeste, con Jorge Guerrero Valverde. Mide: quinientos cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, posee plano número L-cero cero veintiséis mil novecientos treinta y nuevemil novecientos noventa y dos. Exp. N CI-3 de Gelen Mora Mora contra Johel Retana Núñez y otra. Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores, 27 de junio de Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez. (IN ). hipotecarios, a las nueve horas del uno de setiembre de dos mil catorce y con la base de cinco millones quinientos ochenta y dos mil trescientos setenta y dos colones con cincuenta y dos céntimos por cada finca, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número , la cual es terreno de café. Situada en el distrito 06 San Juan, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hermanos Acuña Jara S. A.; al este, Flora Cecilia Portuguez Valenciano; y al oeste, Flora Cecilia Portuguez Valenciano. Mide: dos mil doscientos veintiséis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número , la cual es terreno de café. Situada en el distrito 06 San Juan, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 17 metros con 66 centímetros; al sur, Hermanos Acuña Jara S. A.; al este, Marlene Vargas Rojas; y al oeste, lote 3. Mide: dos mil doscientos veintiséis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones ciento ochenta y seis mil setecientos setenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos por cada finca y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del tres de octubre de dos mil catorce, con la base de un millón trescientos noventa y cinco mil quinientos noventa y tres colones con trece céntimos por cada finca. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón contra Adriana Salazar Chinchilla. Expediente: CJ. Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 6 de marzo del Lic. Brayan Li Morales, Juez. (IN ). hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, según citas , a las trece horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil catorce y con la base de siete millones ciento cincuenta y seis mil cincuenta colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y cuatro mil seiscientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa N 295. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, INVU; al sur, calle pública; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento catorce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil catorce, con la base de cinco millones trescientos sesenta y siete mil treinta y siete colones con setenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil catorce, con la base de un millón setecientos ochenta y nueve mil doce colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado

5 Martes 22 de julio del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 140 Pág 5 a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Hipoteca Uno S. A. contra Karla Vado Vega. Expediente: CI. Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 2 de junio del Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez. (IN ). hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: , a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce y con la base de dos millones cuarenta y cuatro mil quinientos dieciséis colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número , la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Diriá, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de veinte metros lineales; sur; y este, José Noguera Buzano; oeste, Teresa Noguera Buzano. Mide: seiscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos treinta y tres mil trescientos ochenta y siete colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce, con la base de quinientos once mil ciento veintinueve colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón contra Martina Yodelit Juárez Aguilar. Expediente: CJ. Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de mayo del Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez. (IN ). hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso AyA, citas: , demanda ordinaria, citas: , a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil catorce y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y tres mil ciento noventa y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote C4 terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto de Inversiones la Esperanza Bagaceña S. A. destinado a calle pública con un frente de 7 metros; al sur, Llmo Gutiérrez Reyes y Henry Arias Ulate; al este, lote 5C; y al oeste, lotes 1 y 2 C y resto de Inversiones la Esperanza Bagaceña S. A. Mide: ciento sesenta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Castrillo Gómez contra Jiménez Chavarría Marta Mireya y Villarreal Calero Jacobo. Expediente: CJ. Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 26 de junio del Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez. (IN ). prendarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del uno de octubre de dos mil catorce y con la base de ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C , marca Kenworth, categoría carga pesada, carrocería cabezal o tracto camión, chasis 2XKWDR9X2NM928359, uso particular, estilo W900, capacidad 2 personas, año 1992, color gris, número motor 06R , combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de octubre de dos mil catorce, con la base de seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre de dos mil catorce, con la base de doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Rili K F S. A. contra Transportes Los Del Camino S. A. Exp CJ. Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de mayo del Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza. (IN ). hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: , a las nueve horas y treinta minutos del seis de agosto del dos mil catorce y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y dos mil quinientos sesenta y trescero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito cuarto Belén, cantón quinto Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Emérito Méndez Marchena; al este, calle pública, Cesar Mejicano Chaves y Gregorio Mejicano Zapata; y al oeste, Nicolás Angulo Díaz. Mide: ocho mil trescientos ochenta y nueve metros con catorce decímetros cuadrados. Plano: G Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tian Zhi Huang Xiaoi contra Agropecuaria Río Brasil S. A. Expediente: CI. Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de mayo del Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez. (IN ). prendarios, pero soportando decreto de embargo con las citas , a las quince horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil catorce y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa , marca Mitsubishi, estilo Montero, año 1997, color blanco, vin JA4MT31P9VP Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil catorce, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior

6 Pág 6 BOLETIN JUDICIAL Nº 140 Martes 22 de julio del 2014 debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Adriana Núñez Valerín contra Francisco Carlos Espinoza Madrigal. Expediente: CJ. Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 15 de mayo del Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez. (IN ). En la puerta exterior de este despacho, soportando embargo practicado anotado al tomo 800 y asiento 14485, a las diez horas y cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce y con la base de un millón quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y seis colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número , 002 y 003, la cual es terreno con dos casas para habitación de cemento. Situada en el distrito San Antonio, cantón Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 10 mts 14 centímetros de frente; al sur, José Gerardo Montero Solano pared de bloque de concreto a un metro de colindancia no hay construcciones vecinas; al este, Ronald Esquivel Venegas, pared de bloques de concreto a 5 decímetros de la colindancia de la casa exterior pared lateral a un metro del límite de la propiedad pared vecina; y al oeste, José Antonio Berrocal Cerdas, paredes laterales de bloques de concreto muro de contención vecino. Mide: trescientos cinco metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de un millón ciento cincuenta y seis mil nueve colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, con la base de trescientos ochenta y cinco mil trescientos treinta y seis colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Esteban Francisco Godínez López. Expediente: CA. Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de junio del Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez. (IN ). hipotecarios, a las once horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil catorce y con la base de cinco millones cuatrocientos treinta y dos mil seiscientos veinticuatro colones con setenta y seis céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número y 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8.15 metros de frente; al sur, Bartolomé Maertínez Pérez; al este, Fernando Cordero Pacheco; y al oeste, Walter Solís Torres. Mide: ciento sesenta y seis metros con treinta y un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones setenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del tres de octubre del dos mil catorce, con la base de un millón trescientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y seis colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Mairena Rodríguez y Luz Marina Rodríguez Rodríguez. Expediente: CJ. Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de junio del Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza. (IN ). hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta minutos del veintidós de agosto del año dos mil catorce, y con la base de veinticuatro millones novecientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno finca filial cinco destinada a vivienda ubicada en el primer proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Francisco Méndez Granados; al sur, alameda; al este, finca filian tres y al oeste, finca filian siete. Mide: cuarenta y siete metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce, con la base de dieciocho millones seiscientos noventa mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil catorce con la base de seis millones doscientos treinta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Lauri Ceciliano Granados. Exp. N CI. Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 7 de julio del Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez. (IN ). hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones según citas así como servidumbres de paso según citas y ; a las quince horas y diez minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la base de veintiún millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil novecientos veinticinco - cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito Savegre, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, servidumbre agrícola; al este, Marojul S. A. y al oeste calle pública. Mide: diecinueve mil veintiocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y diez minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de dieciséis millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y diez minutos del once de diciembre de dos mil catorce con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Sebastián Rojas Mora contra William Roberto Barrantes Ceciliano. Exp. N CJ. Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 30 de abril del Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez. (IN ). prendarios; a las diez horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de quince mil doscientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL Marca Kia. Estilo K2700. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año Color blanco. Vin KNCSHX71AB Cilindrada 2665 cc. Combustible diesel. Motor Nº J Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil catorce, con la base de once mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce con la base de tres mil ochocientos quince dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código

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